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Derecho Mercantil Estudio de Caso II - Samuel Martinez

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Universidad Británica de México
“Estudio de Caso II”
Derecho Mercantil
Derecho | 6°B | Vespertino
Samuel Ebenezer Martinez Paredes
Situación del problema.
CASO 2.
Mis parientes y yo queremos formar una sociedad mercantil; aunque no sabemos todavía qué clase de sociedad, estamos platicando al respecto, pero nos encontramos con que no todos podemos aportar sólo dinero, pues uno de ellos dice: yo puedo aportar una camioneta que tengo, bueno, y en ese caso, yo puedo aportar también mi vasta experiencia sobre el giro del negocio, que suma muchos años.
Análisis exhaustivo del caso.
Para comenzar, tenemos que identificar a los sujetos que quieren formar una sociedad mercantil, en este caso, son Los Parientes y Yo; Pero cómo se puede observar, no saben aun que clase de sociedad es la que tendrán que crear. Ahora bien, no todos pueden aportar solo con capital, si no que aportaran diferentes cuestiones para poder constituir la sociedad mercantil.
Una vez analizando el caso un poco a fondo, es necesario que se desarrolle alguna solución al caso fundamentando y motivando los argumentos brindados, auxiliándome del Código de Comercio, En la Ley General de Sociedades Cooperativas, en Jurisprudencias, etc. Para poder desarrollar la actividad solicitada por el profesor.
Desarrollo de una solución al caso.
Para comenzar, es necesario identificar que clase de sociedad es la que se busca crear, y para ello, me auxiliare en la Ley General de Sociedades Mercantiles, y esto para conocer que son las Sociedades de Responsabilidad Limitada:
Artículo 58.- Sociedad de responsabilidad limitada es la que se constituye entre socios que solamente están obligados al pago de sus aportaciones, sin que las partes sociales puedan estar representadas por títulos negociables, a la orden o al portador, pues sólo serán cedibles en los casos y con los requisitos que establece la presente Ley.
Ahora que conocemos que son las Sociedades de Responsabilidad Limitada, ahora es necesario que nos enfoquemos en la Ley General de Sociedades Cooperativas, esto con el fin de conocer que es una Sociedad Cooperativa:	
Artículo 2.- La sociedad cooperativa es una forma de organización social integrada por personas físicas con base en intereses comunes y en los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, a través de la realización de actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios.
Ahora que conocemos cuales son las diferencias entre estos dos tipos de sociedades, tenemos que irnos directamente al caso en concreto, ya que nos encontramos con que no todos pueden aportar sólo dinero, pues uno de ellos dice: “yo puedo aportar una camioneta que tengo”, y otro menciona que “yo puedo aportar también mi vasta experiencia sobre el giro del negocio, que suma muchos años”. Podemos mencionar que en la Sociedad de Responsabilidad Limitada, es necesario un capital ya que se necesita realizar el pago a sus aportaciones, pero, en la Sociedad Cooperativa, se toma en cuenta lo que son los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, en donde podemos decir que el capital social esta reconocido, por tanto, no solo se requiere de capital para poder constituir una sociedad, así que, la solución es que se comience constituyendo una Sociedad Colectiva, para próximamente, ya que todos tengan capital necesario y suficiente, constituir una Sociedad Anonima, puesto que en mi punto de vista personal, es la que mas les conviene a los socios, hablando en cuanto a particularmente, o si no, constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada, ya que aquí, los socios no se hacen responsables por el total, si no que por su parte o su participación en la empresa, por lo que se puede decir que es una buena solución.

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