Logo Studenta

empresa unipersonal - Luis Manuel

¡Este material tiene más páginas!

Vista previa del material en texto

Yeilin herrera Zúñiga 
Luis Manuel Rodriguez
Jovana Levete Tapia 
Empresa Unipersonal 
Ley 222 de 1995
Es aquella que forma una persona jurídica distinta al dueño. Técnicamente no es una sociedad.
Empresa unipersonal 
Solo para comerciantes, Que sea persona natural o jurídica. Podrá destinar parte de sus activos para realización de una o varias actividades de carácter mercantil, tiene personería jurídica.
Origen y evolución 
Se dio en Alemania, con la creación de un patrimonio autónomo y propio.
¿Como se crea?
1.Nombre, documento de identidad, domicilio y dirección del empresario.
2. Denominación o razón social de la empresa, seguida de la expresión "Empresa Unipersonal", o de su sigla E.U., so pena de que el empresario responda ilimitadamente.
3.El domicilio.
4. El término de duración, si éste no fuere indefinido.
5.Una enunciación clara y completa de las actividades principales, a menos que se exprese que la empresa podrá realizar cualquier acto lícito de comercio.
6. El monto del capital haciendo una descripción pormenorizada de los bienes aportados, con estimación de su valor. El empresario responderá por el valor asignado a los bienes en el documento constitutivo.
7 .El número de cuotas de igual valor nominal en que se dividirá el capital de la empresa.
8. La forma de administración y el nombre, documento de identidad y las facultades de sus administradores. A falta de estipulaciones se entenderá que los administradores podrán adelantar todos los actos, comprendidos dentro de las actividades previstas.
Objetivo
Se creo con el objetivo de separar el patrimonio familiar de la persona natural, del patrimonio que se encuentra dedicado a la explotación de la actividad comercial.
Prohibiciones 
Retiro de bienes: el empresario no podrá retirar bienes que hagan parte de la empresa.
Operaciones con el empresario: se establece que el titular y la empresa unipersonal celebren contrato alguno.
Utilidades 
Las utilidades que genere la empresa deben estar por estados financieros según los principios de contabilidad generalmente aceptados.
Aportación de bienes 
El empresario podrá aumentar el capital de la empresa mediante la aportación de nuevos bienes.
 Duración
Puede pactarse un término como el las sociedades o en su defecto puede pactarse a término indefinido también.
Cuotas
El capital empresarial se dividirá en Cuotas de igual valor aunque este sea totalmente innecesario.
Prohibiciones de cesión de cuotas
Puedes cederse cuotas:
Total o parcialmente a personas naturales o jurídicas 
Se hace través de documento escrito 
 Inscrito en el registro público mercantil 
 En el acto acude el cedente y el cesionario para su respectivo registro
Control 
Quedará bajo vigilancia de la Superintendencia de sociedades, cuya inconstitucionalidad es clara en el numeral 24. Del artículo 189.

Continuar navegando