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Evolución de los derechos humanos (derechos humanos-maestría) - Jorge Escamilla

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Jorge Luis Escamilla García
Derechos Humanos. MAAPE, 2023-1
Primer Semestre Grupo B
Titular: Aurora Elizabeth Martínez Martínez 
EVOLUCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS
Siglo XVII fe en un rey, conferida por Dios.
Teoría del contrato social: en estado de naturaleza acuerdan delegar algunos de sus derechos a uno o varios de su grupo para lograr las ventajas respecto a la paz y seguridad.
Pueblo=muchedumbre
Nobleza= riqueza
Carta Magna (1912): Primera declaración de derechos humanos.
Declaración de derechos humanos y del ciudadano de Francia: referencia para desarrollo de todos los movimientos socio revolucionarios.
Afirmación del individuo como sujeto de derechos que se han consagrado en las constituciones.
Universalidad: Creencia de que eran solo para aquellos que poseen capital y poder. Reconocimiento hasta 1948.
Necesidad de contar con una concepción común de los derechos humanos por parte de los países firmantes para poder asegurar el respeto efectivo de estos.
Obligatoriedad: se deduce de la tutela legar que debe dar muestra de contar con mecanismos eficaces y trasparentes para promover los derechos humanos.
Responsabilidad jurídica del que no los observa.
Progresividad: abordada dentro de la universalidad ya que ha tenido un carácter ideal y avance paulatino que ha tenido el reconocimiento de los derechos humanos para concretar la universalidad.
El sujeto de la titularidad de los atributos y derechos que deben tener realidad en la sociedad es el hombre.
Todos los seres humanos son poseedores de estas dimensiones y por lo tanto, del patrimonio constituido por los derechos humanos.
Sociabilidad: es una de las expresiones de la dimensión unoversal del individuo y debiera desarrollar la capacidad de los seres humanos de asumir el interés de los demás como el propio y de adoptar conductas de procuración del interés general sobre su interés particular.
Los atributos del hombre son los que rigen la vida en sociedad.
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1920
1924
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1948
1953
1966
1981
1986
1989
1990
1999
2000
2011
Carta magna de Inglaterra
Petición de derechos de Inglaterra
Habeas Corpus Amendment Act 
Declaración de derechos Inglaterra
Declaración de derechos del buen pueblo de Virginia (USA)
Declaración de derechos del hombre y del ciudadano. (Francia)
Derecho al voto de la mujer
Decimotercera enmienda a constitución (USA)
Derecho voto mujer (N. Zelanda)
Derecho voto mujer blanca (USA)
Derecho voto mujer cabeza de familia (España)
Derecho voto mujer (Uruguay)
Declaración Americana de derechos y deberes del hombre.
Declaración universal de los derechos humanos.
Convenio 87 de la OIT sobre libertad sindical.
Derecho voto mujer (México)
Pacto internacional de derechos civiles y políticos.
Pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales.
Carta africana derechos humanos y de los pueblos.
Carta asiática de los derechos humanos
Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales.
Declaración de El Cairo de los derechos humanos en el Islam.
Convenio 182 de la OIT sobre prohibición de las peores formas de trabajo infantil.
Reforma constitucional en materia de DDHH, México.
Carta de los derechos fundamentales de la Union europea.
Protocolo para prevenir trata de personas.
Declaración del milenio.
CLASIFICACIÓN
Loewenstein: (alemán); 
Libertades civiles: protección contra la detención arbitraria, inviolabilidad del domicilio, protección contra registro y confiscaciones ilegales, libertad y secreto de correspondencia y de otros medios de comunicación, libertad de residencia y derecho a formar familia.
De autodeterminación económica: libertad de actividad económica, de elección de profesión, competencia, de propiedad y libertad de contrato.
Libertades políticas fundamentales: de asociación, de reunicoon, de derecho a organizarse en grupos, de votar y a igual acceso a cargos públicos.
Derechos sociales, económicos y culturales: al trabajo, protección en caso de desempleo, salario mínimo, sidicación, enseñanza y asistencia y seguridad social.
Carl Schmitt (alemán):
Derechos de libertad de individuo aislado: libertad de conciencia, personal, propiedad privada, inviolabilidad del domicilio y secreto de correspondencia.
De libertad del individuo con otros: libre manifestación de opiniones, libertad de discurso, de prensa, de cultos, de reunión y asociación.
Del individuo en el estado como ciudadano: igualdad ante la ley, derecho de petición, sufragio igual y acceso igual a los cargos públicos.
Derechos del individuo a prestaciones del estado: derecho al trabajo, derecho a asistencia y socorro, educación, formación e instrucción.
Maurice Duverger (francés);
Libertades civiles: protección contra detención arbitraria, libertad e inviolabilidad de domicilio, libertad de correspondencia, libertad de movimiento, de educación, contraer matrimonio.
Libertades económicas: derecho a propiedad, libertad de empresa y comercio e industria.
Libertad de pensamiento.
Luis Sánchez Agesta (español);
Derechos civiles: intimidad personal
Derechos de seguridad personal: protección de libertad mediante garantía de ley aplicada por el juez
Derechos de seguridad y libertad económica: garantías de la propiedad y legalidad de impuestos.
Derechos públicos: libertades de reunión, de expresión del pensamiento, de información, constituir asociaciones políticas y culturales.
Derechos políticos: de petición, sufragio, ejercer cargos públicos.
Derechos sociales: desenvolvimiento personal, prestación positiva del estado basada en principios de justicia y seguridad social; trabajo, salario, seguros sociales, asociación laboral.
Jean Marquiset (francés); derecho a la vida, integridad corporal, vida intrauterina, secreto de vida privada, disponer del cuerpo, sobre el propio cadáver, salud, vida sexual, justicia.
Germán J. Bidart Campos (argentino); derecho a personalidad jurídica, vida, integridad física y psíquica, dignidad personal, nombre, nacionalidad, identidad sexual, honor, libertad personal, libre expresión, libertad religiosa, conciencia y culto, enseñanza, remuneración, libre asociación, reunión, matrimonio, petición, contratar, huelga, propiedad, comercio, industria, seguridad social, jurisdicción, libertad política y participación.
GENERACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS
	Primera generación (revolución francesa)	Segunda generación	Tercera generación	Cuarta generación
	1.- toda persona tiene derecho y libertad sin distinción de raza, color, idioma o posición social económica.		Paz.	Igualdad de derechos sin distingos de nacionalidad.
	2.- Derecho a la vida, libertad y seguridad jurídica.	Derecho a formar sindicatos para defensa de intereses.	Independencia económica y política.	Derecho a formar un estado y derecho supranacionales.
	3.- Hombres y mujeres igual derechos.	Derecho a nivel de vida adecuado que asegure salud, alimentación, vestido.	Entendimiento y confianza.	Derecho a plena y total integración de la familia humana.
	4.- No esclavitud o servidumbre.	Derecho a trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias.		
	5.- No torturas ni tratos crueles.		Patrimonio común de la humanidad.	
	6.- No pueden ser molestados en vida privada o familiar.	Derecho a salud física y mentar.		
	7.- Derecho a circular libremente y elegir residencia.		Cooperación internacional y regional.	
	8.- Derecho a nacionalidad.		Identidad nacional y cultural.	
	9.- Derecho a buscar asilo y disfrutar de él.		Justicia internacional.	
	10.- Derecho a casarse y decidir número de hijos.	Derecho a cuidados y asistencia especiales.	Autodeterminación.	
	11.- Derecho a libertad de pensamiento y religión.			
	12.- Derecho a libertad de opinión.			
	13.- Libertad de reunión y asociación pacifica.			
		Derecho a seguridad social y derechos económicos, sociales y culturales.	Desarrollo de vida digna.	
		Derecho a educación primaria y secundaria obligatoria y gratuita.		Derecho a igualdad en condiciones de acceso a las nuevas tecnologías.
				Derecho a libertad informática.
				Derecho a privacidad, anonimato y seguridad en transacciones en línea.
Conclusión
Históricamente la definición de “derechos humanos” ha sido entendida, adoptada y modificada según el orden de estado el cual brindaba o permitía la aceptación de derechos humanos. Desde el atribuir un orden especial conferido para la nobleza o el pueblo, cada grupo social tenia su percepción de lo que debería corresponder como derecho humano y cuales poder prestar a los de menor puesto social-cultural; es decir un rey dictaminaba sus derechos, libertades y obligaciones basadas en su estatus de realeza mientras que la misma nobleza dictaminaba los que les correspondían al pueblo todo ello basado en el propio orden monárquico; de tal manera que la interpretación de tener “derechos humanos” distaba mucho según el estatus social, cultural, religioso y hasta región del mundo.
Por ello diferentes movimientos globales que surgieron desde el siglo XVI, alentados por poder catalogar y homologar un concepto de derechos humanos “universales”; desde acordar con reyes, conceptualizar las diferencias religioso-políticas y hasta derrocar reinados, son diferentes vías las que la población buscaba obtener la universalidad de ellos.
Si en occidente la aceptación y percepción era una, en Europa y países de oriente distaban de la percepción que en tales países se acordaría; movimientos como revoluciones civiles e incluso la guerra mundial fueron ventanas donde se pudo abordar la aceptación y definición –moderna- de lo que hasta esas épocas definían los derechos humanos; acciones que fueron ejercidas por movimientos sociales de inaceptación o abuso de autoridad y que gracias a estos movimientos fueron claves para que en diferentes regiones del mundo se iniciaran cambios bajo un mismo concepto sin discrepar del resto.
Los principales países donde se vieron movimientos proactivos en relación a la materia de derechos humanos fueron países donde históricamente estos eran ridiculizados y hasta inexistentes; países donde se permitía la esclavitud o el trabajo de niños, así como la trata de mujeres y personas, en estos países fueron donde inicialmente la sociedad inconforme luchó y buscó hacer valer sus derechos de libertad, trabajo y educación principalmente.
Decir que un país hasta el siglo XIX o XX había prohibido la esclavitud o permitía por primera vez el voto a una mujer es el claro ejemplo de como históricamente los derechos humanos han sido manejados y de cierta forma –administrados- por el estado político; declaración de derechos humanos que han sido manejadas a pro y favor del orden político cuando estos deberían ser aceptados bajo ninguna condición ni religiosa, política o social mas que el propio individuo; un yo intimo, un yo social y un yo político.
Bibliografía
Trujillo, M. G. S. (2019). Evolución de los Derechos Humanos. In Derechos Humanos y su protección legal y jurisdiccional en México (pp. 13-31). Editorial Porrúa.
Evolución de los derechos humanos a nivel internacional y nacional. (n.d.). Org.ma. Retrieved February 25, 2023, from https://www.cndh.org.ma/es/bulletin-d-information/evolucion-de-los-derechos-humanos-nivel-internacional-y-nacional
Gonzalez, N. (2003). Los derechos humanos en la historia. Alfaomega Grupo Editor.

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