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Participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa
Artículo 117 
Los trabajadores participarán en las utilidades de las empresas, de conformidad con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.
Artículo 118
Para determinar el porcentaje a que se refiere el artículo anterior, la Comisión Nacional practicará las investigaciones y realizará los estudios necesarios y apropiados para conocer las condiciones generales de la economía nacional y tomará en consideración la necesidad de fomentar el desarrollo industrial del país, el derecho del capital a obtener un interés razonable y la necesaria reinversión de capitales.
Artículo 120
El Porcentaje fijado por la Comisión constituye la participación que corresponderá a los trabajadores en las utilidades de cada empresa. Para los efectos de esta Ley, se considera utilidad en cada empresa la renta gravable, de conformidad con las normas de la Ley del Impuesto sobre la Renta
Artículo 122 
El reparto de utilidades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual, aun cuando esté en trámite objeción de los trabajadores.
Sesenta días después de la fecha en que deba pagarse el impuesto anual (31 de Marzo), por lo que en caso de Personas Morales del Régimen General a más tardar el 30 de Mayo deberá entregarse al trabajador su participación en las utilidades y el 29 de Junio para las Personas Físicas del Régimen General de las Actividades Empresariales.
Artículo 123
La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales: la primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.
Artículo 124
Para los efectos de este capítulo, se entiende por salario la cantidad que perciba cada trabajador en efectivo por cuota diaria. No se consideran como parte de él las gratificaciones, percepciones y demás prestaciones a que se refiere el artículo 84, ni las sumas que perciba el trabajador por concepto de trabajo extraordinario.
En los casos de salario por unidad de obra y en general, cuando la retribución sea variable, se tomará como salario diario el promedio de las percepciones obtenidas en el año.
Artículo 126 
Quedan exceptuadas de la obligación de repartir utilidades:
I. Las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento;
II. Las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento. La determinación de la novedad del producto se ajustará a lo que dispongan las leyes para fomento de industrias nuevas;
III. Las empresas de industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración;
Artículo 126 
IV. Las instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios;
V. El Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia; y
VI. Las empresas que tengan un capital menor del que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, previa consulta con la Secretaría de Economía. La resolución podrá revisarse total o parcialmente, cuando existan circunstancias económicas importantes que lo justifiquen.
Artículo 127
El derecho de los trabajadores a participar en el reparto de utilidades se ajustará a las normas siguientes
I. Los directores, administradores y gerentes generales de las empresas no participarán en las utilidades;
II. Los demás trabajadores de confianza participarán en las utilidades de las empresas, pero si el salario que perciben es mayor del que corresponda al trabajador sindicalizado de más alto salario dentro de la empresa, o a falta de esté al trabajador de planta con la misma característica, se considerará este salario aumentado en un veinte por ciento, como salario máximo.
III. El monto de la participación de los trabajadores al servicio de personas cuyos ingresos deriven exclusivamente de su trabajo, y el de los que se dediquen al cuidado de bienes que produzcan rentas o al cobro de créditos y sus intereses, no podrá exceder de un mes de salario;
Artículo 127
IV. Las madres trabajadoras, durante los períodos pre postnatales, y los trabajadores víctimas de un riesgo de trabajo durante el período de incapacidad temporal, serán considerados como trabajadores en servicio activo;
IV Bis. Los trabajadores del establecimiento de una empresa forman parte de ella para efectos de la participación de los trabajadores en las utilidades;
V. En la industria de la construcción, después de determinar qué trabajadores tienen derecho a participar en el reparto, la Comisión a que se refiere el artículo 125 adoptará las medidas que juzgue conveniente para su citación;
VI. Los trabajadores domésticos no participarán en el reparto de utilidades; y
VII. Los trabajadores eventuales tendrán derecho a participar en las utilidades de la empresa cuando hayan trabajado sesenta días durante el año, por lo menos.
Renta gravable
Ingreso que está sujeto al pago del impuesto sobre la renta, una vez se hayan restado de la utilidad bruta los gastos deducibles a los que tiene derecho el contribuyente por mandato de la ley.
¿Qué es el reparto de utilidades?
El reparto de utilidades es un derecho de los trabajadores sobre las ganancias que obtiene durante un año la empresa o el patrón.
De acuerdo a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), el reparto de utilidades es un pago adicional al salario que realizan los centros de trabajo cuando han tenido ganancias en el año.
La Procuraduría Federal del Trabajo indica que los trabajadores participarán en las utilidades de acuerdo al porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas y que actualmente es 10% de las utilidades netas.
¿Cuánto recibiré de utilidades?
Para calcular el monto que le corresponde a cada trabajador se toman en cuenta dos variables:
Los días trabajados (incluyendo incapacidades, periodos de maternidad, vacaciones, permisos y feriados).
El nivel de ingresos.
Factor de días 
Para calcular el factor de días debemos dividir entre 2.
Días trabajados en el año.
Factor de días =	50% de la PTU a repartir/Total de días
FACTOR DE SUELDOS
La PTU a repartir es el 50% del total de las utilidades reportadas
El Total de sueldos pagados es en un año calendario
Factor de sueldos =	50% de la PTU a repartir/ Total de sueldos pagados
EJEMPLOS
	Renta gravable	100,000.00
	Total a repartir entre los trabajadores	10,000.00
	Parte repartible por días	$ 5,000.00
	Parte repartible por sueldos	$ 5,000.00
	5,000/1315= 3.8022	3.8022
	5,000/57,990= 0.08622	0.08622
	empleado	Días laborados	Salario anual	Participación
Días trabajados	Participación por sueldos	Total de reparto de utilidades
	No 1	350	$15,300	1,330.77	1,319.17	2649.94
	No 2	325	$12,740	1,235.72	1,098.44	2334.16
	No 3	340	$13,400	1,292.750	1,155.35	2448.10
	No 4	300	$16,550	1,140.66	1,426.94	2567.60
	Totales	1315	$57,990			9,999.80
	Renta gravable	$ 2,000,000.00
	Total a repartir entre los trabajadores	$ 200,000.00
	Parte repartible por días	$ 100,000.00
	Parte repartible por sueldos	$ 100,000.00
	100,000/1315= 	76.0456
	100,000/57,990= 	1.7244
	empleado	Días laborados	Salario anual	Participación
Días trabajados	Participación por sueldos	Total de reparto de utilidades
	No 1	350	$15,300	$ 26,615.96	$ 26,383.32	$ 52,999.28
	No 2	325	$12,740	$ 24,714.82	$ 21,968.86	$ 46,683.68
	No3	340	$13,400	$ 25,855.50	$ 23,106.96	$ 48,962.46
	No 4	300	$16,550	$ 22,813.68	$ 28,538.82	$ 51,352.50
	Totales	1315	$57,990			$199,997.92
CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO
Artículo 153-A
Los patrones tienen la obligación de proporcionar a todos los trabajadores, y éstos a recibir, la capacitación o el adiestramiento en su trabajo que le permita elevar su nivel de vida, su competencia laboral y su productividad, conforme a los planes y programas formulados, de común acuerdo, por el patrón y el sindicato o la mayoría de sus trabajadores.
Las instituciones, escuelas u organismos especializados, así como los instructores independientes que deseen impartir formación, capacitación o adiestramiento, así como su personal docente, deberán estar autorizados y registrados por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
¿Qué es la capacitación laboral?
La capacitación laboral implica la aportación de conocimiento al nuevo personal, es decir que se ejerce durante la etapa de integración de nuevo talento humano. Sin olvidar que también contempla la preparación de los empleados que son promovidos y, por ende, ocuparan un nuevo cargo, desempeñando funciones distintas a las que solía realizar.
Objetivo
La capacitación tiene como objetivo proporcionar, conocimientos relacionados al aspecto técnico del trabajo.
Características de la capacitación
lo primero es que una propuesta de capacitación debe contar obligatoriamente con un programa estructurado, en el que se reflejen los temas y tiempos definidos para cada fase.
También hay que destacar la importancia de que en la capacitación se implemente un programa de medición de rendimiento, en el que se puede observar el desarrollo de la persona.
Como otra característica a destacar, tenemos que mencionar que toda empresa promueve y estimula el trabajo en equipo Por lo que, en la mayoría de las veces, la capacitación se lleva a cabo en equipo, fomentando el trabajo en grupo.
1. Capacitación organizacional
2. Comunicación asertiva
3. Formación en liderazgo
4. Formación motivacional
5. Desarrollo de competencias digitales
ADIESTRAMIENTO
El adiestramiento laboral forma parte de las acciones de formación de los trabajadores de una empresa. Es un proceso educacional que se da a corto plazo a través del cual los empleados adquieren conocimientos, desarrollan habilidades y trabajan actitudes en función de tareas específicas que se deban implementar para el trabajo.
Tipos de adiestramientos
Adiestramiento por inducción
Adiestramiento en aulas
Adiestramiento por rotación de puestos
Adiestramiento preliminar
nómina
¿Qué es la nómina de la empresa?
La nómina es una hoja personal e intransferible y para que se facilite la comprobación de la situación laboral de un trabajador, deben reflejarse los datos personales más importantes.
¿Por qué es importante
la nómina?
Es la prueba de que las leyes de trabajo y obligaciones fiscales están siendo cumplidas.
Facilitan trámites legales y agilizan los pago de impuestos que conlleva manejar una empresa.
Permiten llevar un orden en la contabilidad financiera de la empresa. 
Es una manera de administrar y controlar el uso de los recursos.
Los recibos de nómina son un documento útil para que tus empleados conozcan de manera detallada sus percepciones y deducciones
Información obligatoria que debe aparecer en la nómina
Datos del empleado y del empleador/empresa. (RFC y nombre)
Percepciones salariales y prestaciones.
Deducciones y retenciones.
Ingreso neto.
Número de IMSS
Modo de pago
régimen fiscal
periodicidad de la nómina
cantidad de días pagados
fecha inicial y final de pago
lugar donde se expide la nómina.
prestaciones
Algunas prestaciones de ley son obligatorias. Por otra parte, existen prestaciones laborales que son obligatorias y otras que pueden ser opcionales (como vales de despensa, fondo de ahorro, alimentos, transporte, prestamos, ayuda con jubilación, etc.).
12 puntos importantes de prestaciones la Ley Federal 
del Trabajo. 
Vacaciones	Prima Vacacional. 	Aguinaldo. 
Pago de utilidades.	Afore		Prima dominical. 
Licencia de maternidad.	Periodo de lactancia.
Licencia de adopción. 	Prima de antigüedad
Licencia de adopción y paternidad. 	Liquidación
Seguridad Social		Infonavit	Finiquito laboral
Reparto de Utilidades o PTU	Día de descanso semanal
Prima de Antigüedad	Incapacidad por maternidad
¿Cuáles son las prestaciones superiores a la Ley en México?
Seguro de gastos médicos mayores
Seguro de Vida
Vales de despensa
Fondos de ahorro
Bono de productividad
Ayuda o servicio de transporte
Automóvil
Descuentos y precios preferenciales
Comedor
Estacionamiento
Préstamos y/o créditos

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