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Lectura complementaria Historia del Derecho Argentino - Lucio Quiñonez Colman

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Unidad 1- Historia del derecho argentino 
 
BASES HISTORICAS Y JURIDICAS 
DEL DERECHO ARGENTINO Y 
DEL CHACO 
 
 
 
UNIDAD 1- HISTORIA DEL DERECHO ARGENTINO 1 
 
BASES HISTORICAS Y JURIDICAS DEL DERECHO ARGENTINO Y DEL CHACO 
 
Introducción 
A continuación citaremos brevemente extractos del “Manual de Historia del Derecho”, cuyo autor 
Ricardo Rabinovich Berkman, en los que ilustra notablemente períodos históricos, comprendiendo 
en su brillante exposición la síntesis del contexto social, político y económico e histórico, en que se 
desarrollaron las fuentes del derecho patrio. 
Antecedentes del Derecho Castellano: 
El sistema romano: 
El derecho español -que iba a imperar en nuestro territorio a partir del siglo XVI- fue el producto de 
múltiples influencias exteriores y de creaciones propias, cuyos orígenes deben buscarse en la 
filosofía griega y en el derecho romano. Mientras los pensadores griegos fueron los iniciadores de 
la especulación filosófica y dentro de ella estudiaron los problemas morales vinculados con la 
conducta humana y las normas que deben regirla los juristas de Roma elaboraron un sistema de 
derecho. 
El primer régimen jurídico que debemos ocuparnos por su influencia universal y porque fue el punto 
de partida de todo o casi todo el derecho en de Roma, entre otros derechos de la antigüedad, el 
romano sobresale por su carácter científico y su carácter orgánico. 
La historia de Roma comienza con la fundación de la ciudad en el año 573 A.C.. A la Monarquía 
primitiva sucedió bien pronto la República (509 a. C.), presidida por dos Cónsules que ejercían una 
magistratura anual. En esta época Roma se va destacando entre las demás naciones de la 
antigüedad, y al vencer a los cartaginenses en el Siglo III AC, se convierte en la primera potencia del 
Mediterráneo. 
Sin embargo, esta amplitud de poder provoca sucesivas crisis políticas, que conducen a la formación 
del imperio, en el año 27 AC. 
Los dos primeros siglos son de desarrollo cultural, pero después vuelven a producirse guerras civiles 
y se manifiesta el peligro de pueblo bárbaros situados en la frontera. 
En el año 395 el Imperio se divide, Roma continúa siendo la Capital del Imperio de Occidente, 
mientras que en el oriente se instala Constantinopla. Pocos años después, ya comienzan en 
occidente las invasiones de los bárbaros, que en 476 destronan al último emperador de occidente. 
El imperio de Oriente, en cambio, perdura hasta 1453 año en que los turcos se apoderan de 
Constantinopla. 
La cultura romana era bastante semejante a la griega, tenían vestimentas, edificios, teatros y foros 
similares, los dioses familiares, la predominancia de la comedia sobre la tragedia, y se ve que las 
peculiaridades de Jupiter y Minerva no son las de Palas y Zeus. Los romanos se veían a si mismos 
poco originales. Sin embargo, cuando cuando fueron transformándose en amos del Mediterráneo y 
su poder se hizo sentir desde el Asia Menor hasta el estrecho de Gibraltar (y todo permitía presagiar 
que seguirían los éxi-tos), cobró auge la idea de que no podían ser apenas una mezcla de lo etrusco 
y lo griego, sino que debían tener un destino superior y un punto de partida más célebre. 
 
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BASES HISTORICAS Y JURIDICAS DEL DERECHO ARGENTINO Y DEL CHACO 
Necesitaban hallarse un lugar en el contexto clásico, explicar cómo podían ser a un tiempo tan 
comunes y tan especiales. Era imperioso figurar en las obras de Homero. Ese fue el gran legado del 
poeta Virgilio (70 a.C. - 19 a.C.), miembro del círculo de Augusto, que compuso la Eneida. Basado en 
tradiciones previas (incluso griegas), continuó el relato de la Ilíada. 
Sin embargo, para cuando el mito del origen troyano y sus secuelas toma forma definitiva con 
Virgilio (y con el historiador Tito Livio), Roma dejó de ser la ciudad del Lacio sede de una república 
seudo-democrática turbulenta, y se convirtió en un país extensísimo, sin precedentes en Europa, 
que abarca desde Francia y España hasta Medio Oriente, el norte de África, casi toda la cuenca del 
Mediterráneo, etcétera. 
La democracia, en el siglo I a.C., está herida de muerte. La "cultura romana", si es que alguna vez 
había existido, y más allá de los esfuerzos de Augusto, hijo adoptivo de Julio César, se tiñe 
definitivamente con los influjos egipcio, galo, germano, judío, griego, y de cuanto pueblo hubiese 
quedado dentro o cerca de su territorio. 
En el campo jurídico, la fuente principal que poseemos acerca de las normas y las ideas doctrinarias, 
es la obra concretada durante el gobierno del emperador de Bizancio, Justiniano el Grande (482 - 
565). Para entonces, la Parte Occidental del Imperio se ha dividido en infinidad de reinos y pequeñas 
unidades políticas diversas. 
El latín clásico en que la compilación justinianea se formula, ya no se habla (en Bizancio se emplea 
mucho más el griego). Las instituciones del principado, en que se plasmaran la mayoría de las 
opiniones recopiladas, eran un remoto recuerdo frente al crudo despotismo bizantino. 
Construcciones jurídicas basadas en una cosmovisión pagana quedaban incomprensibles tras varios 
siglos de cristianismo, los principales testimonios de la civilización jurídica romana "clásica" 
provienen de otra civilización distinta. 
Influencia griega: La idea de humanidad de los romanos, aparece en la última etapa republicana de 
Roma y llegó de Grecia con el estoicismo, que era una corriente filosófica que de inmediato atrajo a 
los juristas latinos. Apareció en el año 300 a.C., en plena expansión militar y cultural griega al Oriente 
(gestada por Alejandro Magno), proclamada por Zenón, filósofo de posible origen fenicio, daba 
clases debajo de una columnata del ágora de Atenas (de allí lo de estoicos, derivado de "columnata", 
stoa). Los estoicos griegos desarrollaron las premisas abstractas de la doctrina, su cosmovisión, su 
análisis de la naturaleza (fysis) y su metafísica, deduciendo principios de conducta a seguir, que fue 
lo que más interesó a los estoicos romanos, transformándose en objeto de sus elucubraciones y 
estudios. Así que estos adoptaron posturas esencialmente pragmáticas. Solían ver al hombre 
estrechamente vinculado con la divinidad en su naturaleza, y tendían a predicar la igualdad y la 
universalidad del género humano (inclusive el respeto a las demás criaturas y a la naturaleza). Creían 
que cada hombre tiene un destino: la cuestión no radica en modificarlo, sino en aceptarlo con 
ecuanimidad, procurar la estabilidad del espíritu en medio de los altibajos que trae la providencia, 
sin euforias ni depresiones. 
Frente al destino inmutable, el hombre sabio debe llevar una existencia tranquila, frugal y ecuánime, 
caracterizada por la eutimia (buen ánimo, "tranquilidad de ánimo" en los latinos) y la eudaimonia 
(felicidad derivada del equilibrio del espíritu). La injusticia es rechazada como cualidad del 
pensamiento y de la acción, porque quiebra ese equilibrio y genera remordimiento al hombre 
virtuoso. El estoico suele considerar que el mejor premio de una vida ordenada es esa misma vida 
 
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BASES HISTORICAS Y JURIDICAS DEL DERECHO ARGENTINO Y DEL CHACO 
ordenada, nada más. Algunos creen en la inmortalidad del alma, otros no. Pero no son proclives a 
imágenes de castigos post-mortales. Varios estoicos son politeístas (ya vimos el epitafio de 
Epicteto), otros tienden a una identificación de un dios único con la naturaleza, y con el mundo todo 
(panteísmo). 
Una de las consecuencias del pensamiento estoico romano es la construcción del concepto de 
"humanidad", que se identifica con una visión de nuestra especie como un grande y único pueblo, 
y la tierra como si fuera un enorme país universal. 
El digesto de Justiniano: El siglo III es un período de crisis, de las que emerge un poder imperial 
mucho más autoritario, basado en el apoyo militar y afincado sobre una complicada burocracia, con 
una ideologíateológica de sustento. El emperador viste de púrpura, lleva corona y vive en un palacio 
colosal. La administración se divide en la Parte de Occidente (con capital en Roma) y la de Oriente, 
basada en Constantinopla (hoy Estambul). En cada una gobierna un emperador, aunque el Imperio 
es uno solo. El conjunto es militantemente cristiano desde el siglo IV. 
La Parte de Occidente va quedando bajo control de guerreros de origen germánico, y deja de tener 
su propio emperador en 476. Los gobernantes locales (muchos de ellos son reyes) no reconocen al 
de Oriente. El territorio occidental se divide en muchas unidades políticas. Seis años después nace 
Flavio Justiniano. Lo adopta su tío, el general Justino, analfabeto y de origen muy humilde, que le 
brinda una excelente educación. En 518, Justino es elegido emperador y va introduciendo en el 
gobierno a Justiniano, que lo sucede en 527 y muere en 565. "Justiniano el Grande" parece tener un 
plan ambicioso: recuperar Occidente y restaurar la ciencia jurídica romana en todo su esplendor. 
Constantinopla sería para él una nueva Roma, y él mismo un segundo Augusto. Cuenta con el apoyo 
del genial estratega Belisario y el erudito jurista Triboniano. Se recupera el control de la cuenca 
occidental del Mediterráneo, incluida Italia, y las compilaciones que dirige Triboniano son 
probable-mente las obras jurídicas más importantes de toda la historia romana. Una de ellas, el 
Digesto, tal vez sea la más trascenden-tal de toda la ciencia del derecho. 
Las tierras recuperadas se pierden en las décadas siguientes, pero la obra jurídica de Justiniano 
(llamada en la Edad Media Cuerpo del Ius Civil) sobrevive y es estudiada en las universidades, cuyos 
egresados la toman como modelo para las grandes normativas europeas (VII Partidas en Castilla, 
leyes de Federico Barba Roja en Alemania, legislación de Eduardo I en Inglaterra). Su noción 
autoritaria del poder se adecua al deseo de restaurar el Imperio (Alfonso X el Sabio, Federico Barba 
Roja), o los esfuerzos de los reyes por dominar a los señores (Eduardo I, Felipe IV el Hermoso de 
Francia). Luego, la Compilación es la base común del derecho civil latinoamericano. Por su 
intermedio llega Andrés Bello a la doctrina romana. Dalmacio Vélez Sarsfield (el codificador 
argentino) y el brasileño Augusto Teixeira de Freitas, la conocen bien y la citan profusamente. El 
conocimiento actual del derecho romano proviene, en gran medida, de la Compilación. Su parte 
principal es el Digesto (en griego llamado Pandectas). 
Etapas fundamentales de la cronología de la antigua roma, teniendo en cuenta los aspectos 
jurídicos y jurídico políticos. Se distinguen cuatro períodos: monarquía, republica, principado y 
dominado. 
 
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Monarquía: la fecha tradicional de la fundación de Roma (753 a.C.). En esa época, la liga de ciudades 
etruscas del centro-norte de la península italiana estaba en plena construcción. A su vez, los griegos 
fundaban ciudades y asentamientos comerciales en la mitad sur de la península. 
El enfrentamiento surgió finalmente, y los etruscos se aliaron con las temibles flotas fenicio-
cartaginesas. Durante los siglos VI y V a.C., se sucedieron batallas marítimas y costeras, y ambas 
culturas consolidaron sus fronteras, permitiendo el desarrollo de civilizaciones intermedias, con 
características combinadas griegas y etruscas. 
A mediados del siglo V a.C., se había establecido ya un estado fuerte al sur de la región etrusca, en 
el valle del Lacio, regado por el río Tíber, una zona pantanosa y pobre, que no interesaba a griegos 
ni a etruscos. 
Al principio existieron dos ciudades, En el Palatino, la de los latinos. En el Quirinal, la de los sabinos. 
Con el tiempo, sus habitantes fueron descendiendo y poblando en forma permanente el valle. En 
algún momento, ambas poblaciones, culturalmente emparentadas, se integraron, y el resultado fue 
Roma. Los romanos conservarían luego el recuerdo mítico de esa unión en la leyenda del "rapto de 
las sabinas". Habrían adoptado de Etruria la forma monárquica de gobierno (la tradición conservaba 
el recuerdo de varios reyes etruscos), la división de la ciudadanía en grupos con funciones militares-
políticas ("curias", co-viría, grupo de hombres) 
y el cuerpo asesor de hombres de cierta edad ("sena-do", de senex, anciano) llamados "padres". 
Existía un grupo aristocrático descendiente de éstos (los "patricios"), y había una cantidad de 
sacerdotes encargados de cumplir las funciones sacramentales. 
Este período fue historiado por Tito Livio, (en tiempos de Augusto c. 60 a.C. -17 d.C.). Nacido y criado 
en la norteña y próspera Padua, se instaló en Roma tras el triunfo de Augusto, al que se vinculó. Su 
única obra con-servada ( en parte) es conocida como Libros desde la fundación de la urbe, pero en 
realidad su relato se inicia antes. Usó una cantidad de fuentes que no nos han llegado, pero la verdad 
de sus versiones es discutible. Parece que compuso una obra políticamente correcta, adecuada al 
proyecto de Augusto. 
El aspecto jurídico del período monárquico habría estado signado por tres conceptos: ius, mas y fas 
(este último, con connotaciones más marcadamente religiosas, que involucraban un esquema de 
prohibiciones y permisos de acuerdo a las prescripciones del culto y los anuncios del futuro, 
interpretados por los augures mediante procedimientos adivinatorios). 
La declaración de lo justo e injusto, de lo fasto (acorde al fas) y nefasto, estaba en manos de 
sacerdotes (especialmente los pontífices), pertenecientes a los grupos dominantes, situación que se 
proyectaría sobre los primeros tiempos de la República. 
Nos acercaremos a la idea de mos (plural, mores), a través de Publio Valerio Máximo, que vivió a 
comienzos del Principado. Parece que era de familia humilde, pero trabó vínculos con personas de 
la clase senatorial. 
La República: En las ciudades del área etrusca hubo trastornos sociales y políticos importantes sobre 
fines del siglo VI a.C., y Roma no fue la excepción. La tradición establece en el año 508 a.C. el 
derrocamiento de la monarquía y su reemplazo por una república oligárquica, dominada por los 
 
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BASES HISTORICAS Y JURIDICAS DEL DERECHO ARGENTINO Y DEL CHACO 
patricios. Al rey suceden dos cónsules, elegidos anualmente, que conservan el emblema monárquico 
etrusco de unas hachas sobre haces de leña (fasces) llevadas por los lictores. 
"República" ("cosa del pueblo", y al parecer, originalmente, "del ejército común") es una 
denominación usada por los romanos sin referencia a la forma de gobierno, semejante a la 
expresión griega "políteía" (Cicerón traduce el título de la obra de Platón, Políteía, por República). 
Pero en el Principado se habla de "restaurar la República" o "volver a la República", y se va 
construyendo la imagen actual. 
El período republicano, el más extenso de todos, es el más rico para la formación de la civilización 
romana. La Urbe atrae población nueva, que en algunos casos se suma al grupo dominante (v.g., la 
gente sabina "Claudia"), pero en su enorme mayoría integra el sector de los artesanos y del pueblo 
raso: la "plebe". Ésta va tomando conciencia de clase, y los conflictos con el patriciado crecen en 
consecuencia. 
Sobre el 450 a.C., se habría producido una especie de huelga general, en que los plebeyos habrían 
exigido y obtenido la redacción de un cuerpo normativo escrito y público. La versión corriente dice 
que los rebeldes querían poner fin a la incertidumbre y las injusticias generadas por el íus y los mores 
(interpretados por los pontífices patricios), mediante unas leyes, a las que la tradición atribuía 
inspiración griega. 
Habrían sido escritas originalmente en doce tablas de madera, luego en otras tantas placas de 
bronce y expuestas públicamente en el Foro. Cuando los galos saquearon Roma en 390 a.C., sesupone que las destruyeron o robaron, pero Cicerón dice que en su tiempo eran transmitidas de 
memoria. Ninguna versión completa ha sobrevivido, sólo citas y fragmentos. Su influjo parece haber 
sido decisivo, por el respeto que siempre merecieron. Eran llamadas "íus de los antiguos", y muchos 
principios o máximas posteriores surgían de ellas. 
Durante la República, el Derecho va perdiendo su sacralidad previa, con la intervención cada vez 
mayor del pueblo y los magistrados. Se construyen respuestas más racionales para una convivencia 
que se va complicando al trabarse relaciones con otras culturas, y crecer el poder político y militar 
de Roma. En los últimos siglos aparece la ciencia jurídica, al tiempo que se integran el patriciado y 
la plebe mediante un sistema político complejo, especialmente tras el saqueo de 390 a.C. 
En períodos de extrema necesidad, en la República temprana se designaba a un dictador, por un 
máximo de seis meses, con poderes semejantes a los del rey. Para esta magistratura se buscaba un 
hombre a quien se considerase ejemplo de genio estratégico y virtud ciudadana (para que no 
quisiera quedarse con el gobierno). Tal el campesino Cincinato, que a mediados del siglo V a.C. 
habría sido requerido por los cónsules dos veces, mientras labraba su campo. Sin dudarlo, habría 
dejado el arado y tomado las armas. Derrotado el enemigo, habría regresado a sus labores de 
inmediato, en ambas oportunidades. La dictadura, en la República media, fue empleada a veces 
para frenar actitudes vistas por la oligarquía dominante como amenazas a su poder. 
Las magistraturas: El proceso que terminó con la monarquía, llevó al reemplazo de los reyes por 
muchos funcionarios, generalmente elegidos por los ciudadanos y con períodos de desempeño 
delimitados. Algunos de ellos derivaban de cargos ya existentes durante el período monárquico. 
Otros surgieron en forma novedosa, y algunos como resultado de las luchas sociales y políticas. 
Fueron los "magistrados". 
 
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Las magistraturas se proyectan desde la Monarquía, se desarrollan y fructifican durante la 
República, y a lo largo del Principado van decayendo, tornándose meros títulos vacíos, hasta que en 
el Dominado las que sobreviven sólo constituyen designaciones honoríficas. La característica 
fundamental de varias de ellas es una cierta forma de poder complejo, llamado imperio, que permite 
convocar comicios, proponer leyes y can-didatos, reunir al senado y solicitarle senadoconsultos, 
publicar edictos, dictar sentencias judiciales, imponer castigos, mandar ejércitos. Sólo el cónsul, el 
pretor y el dictador tenían imperio. 
Los cónsules fueron posiblemente instituidos durante los conflictos sociales, para armonizar al 
patriciado y la plebe. Su importancia jurídica fue grande, porque reiteradamente convocaban a los 
comicios para proponerles leyes, y al senado a fin de obtener senadoconsultos. Además de su 
facultad jurisdiccional, y su activa intervención en litigios judiciales y cuestiones doctrinarias. El 
consulado, como otras magistraturas, era cole-giado: más de un magistrado ejercía 
simultáneamente, cada uno con la totalidad del poder por sí solo, y sin necesidad de consenso o de 
consulta del otro, que a su vez poseía el derecho de vetar las decisiones de su colega. 
El pretor era un magistrado encargado de la resolución de conflictos, designado por el voto de los 
ciudadanos, por períodos anuales. Antes de las elecciones, presentaba una proclama llamada 
"edicto", con las "acciones" o pretensiones que reconocería, y las "excepciones" o defensas que 
serían admitidas contra ellas. La pretura aparece, según la tradición, en 336 a.C., relevando de la 
jurisdicción (tarea de "decir el ius") a los cónsules. 
En el 242 A.C., al aumentar las relaciones con los extranjeros "peregrinos", se crea el "pretor 
peregrino" para intervenir en los conflictos que involucran a aquellos entre sí o con romanos. En 
227 a.C., pasan a ser cuatro, y desde entonces su número crece. El pretor urbano (el anterior) se 
halla restringido por las fórmulas legales (acciones de la ley), pero el pretor peregrino goza de más 
libertad, usando principios del ius de gentes. Con el tiempo, éste último influye sobre el primero, 
que abandona paulatinamente el formalismo legal y crea soluciones nuevas, plasmadas en su edicto. 
El más prestigioso magistrado sin imperio era el censor, elegido cada lustro, por el término de un 
año y medio (había largos períodos de vacancia). Se le encomendaban tareas concretas como 
confeccionar el censo de ciudadanos y la lista de senadores. También se ocupaba de velar por la 
conservación de las "buenas costumbres" (evitando cambios que alterasen la coexistencia mítica 
entre antepasados, vivos y no-nacidos), y de supervisar las grandes contrataciones públicas. 
El tribuno de la plebe no tenía imperio. Tampoco el cuestor ni el edil. El cuestor se vinculaba a la 
instrucción de ca usas criminales, especialmente si estaba en juego una pena de muerte. Siempre 
fue un cargo jurídico, hasta en el Dominado. Y los ediles cumplían funciones de policía urbana. 
Avanzada la República, se consolidó el cursus honorum ("carrera de honores", como se llamaba 
familiarmente a las magistraturas), un orden que se suponía debía seguirse en forma ascendente, 
desde los cargos con menos poder, como la cuestura, hasta las designaciones superiores (pretura, 
consulado y censura). Se fijó la edad mínima de 27 años para el acceso (vedado a las mujeres). Los 
ejemplos de su incumplimiento abundan. 
El senado tenía probablemente origen etrusco. Que a sus miembros se los llamase siempre padres, 
hace pensar que pudo partir de la reunión de los jefes de las gentes primeras. Si Roma surgió por un 
acuerdo entre las familias políticamente autónomas (teorías de Scialoja y Bonfante), el Senado 
 
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habría sido previo a la organización monárquica. Sus resoluciones nunca fueron obligatorias, 
significa "reunión de ancianos". Senex ("viejo") es una palabra arcaica y misteriosa, que podría 
derivar del etrusco, aunque no se ve en ese pueblo algo semejante, ni en otros (tal vez de ese 
carácter tan propio de Roma se derive su extraor-dinario éxito temporal). En la monarquía, pasó a 
ser un cuerpo asesor, integrado por patres familias, pero su era de gloria llegó con la República. Lo 
formaban en ese tiempo, fundamentalmente, ex magistrados y ciudadanos destacados. Ya se 
asemejaba más a algunos cuerpos griegos. En el cambiante clima republicano, su antigüedad y la 
calidad de sus miembros lo volvían un símbolo de permanencia y seguridad. Se transformó en el 
motor de las políticas a largo plazo que las nuevas realidades imponían. Polibio lo consideró el factor 
de equilibrio por excelencia del sistema latino, responsable del éxito y la expansión de Roma. Es 
posible que muchos romanos compartieran ese punto de vista. 
El Senado podía ser reunido por ciertos magistrados, o bien autoconvocarse, cosa que hacía a 
menudo. Podía sesionar cualquier día, incluso los que los augurios o los mores desaconsejaban, en 
su sede normal (la Curia) o en cualquier otro sitio. El primero en hablar, originalmente el ex censor 
más antiguo, era el Príncipe del Senado, título privilegiado desde Augusto por los gobernantes (de 
allí la denominación del Principado). Tras él, exponían los demás interesados, según sus antiguas 
magistraturas y su edad. Como eran varios cientos (llegaron al millar), muchos quedaban sin hablar. 
Se los llamaba "peatones", porque sólo les restaba el voto, que se ejercía poniéndose de pie y 
rodeando al senador cuya opinión se apoyaba. 
Las funciones tradicionales del Senado incluían la designación del "interrey" (para gobernar, en 
períodos de cinco días, en caso de vacancia, primero del monarca, luego del consulado),la 
"autoridad de los padres" (para poner en vigor las decisiones de los comicios) y la respuesta a 
consultas de los magistrados, por medio de un "senadoconsulto”. Este podía referirse a cualquier 
asunto. No era obligatorio, pero poseía enorme peso. Los pretores solían equiparlos a la ley y al 
plebiscito. Muchos senadoconsultos tuvieron vigencia hasta la compilación de Justiniano. Como las 
leyes, tenían nombre de su proponente. El principado, el Senado, que va siendo controlado por los 
gobernantes, el ocasional baluarte de las ideas republicanas. 
Senado fue uno de los órganos de la República que más poder mantuvo durante el Principado, 
porque decantaron hacia él funciones de los comicios, que desaparecieron, y asumió un papel 
legislativo renovado y a veces vigoroso. Pero en el Dominado quedó reducido a un cuerpo municipal, 
con pocas facultades. 
Clase senatorial: Avanzado el siglo III A.C., cuando ya la división entre patricios y plebeyos ha ido 
perdiendo significación económica y política, va tomando forma como grupo dominante el que suele 
conocerse como "clase senatorial", por devenir su poder, fundamentalmente, de la integración de 
ese cuerpo. La nueva realidad, se presenta con la interacción entre los magistrados, el pueblo y el 
senado. 
Las guerras fenicias y el derecho: En el siglo III a.C., se deteriora progresivamente la antiquísima 
alianza con los fenicios africanos de Cartago. Se va haciendo obvio que ambas potencias deberán 
competir por la preponderancia en el Mediterráneo. En 264 a.C., estallan las Guerras Fenicias. Son 
tres, terminan en 146 a.C., y acaban con el aniquilamiento total de Cartago, requerido en el Senado 
por Catón. En su lugar, se fundó una importante colonia romana, luego ciudad bizantina, y en 610, 
el hijo del gobernador de Cartago se convirtió en el emperador Heraclio, restaurador de la gloria de 
Constantinopla. 
 
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La conquista de los importantísimos asentamientos fenicio-cartagineses, puso a las claras que Roma, 
que ya era la principal ciudad de Italia, constituiría un poder universal sin precedentes. Como 
resultado de estas guerras, Roma entra también en la península ibérica y en Grecia. 
Crisis de la Republica: El control de un territorio colosal y el consecuente aumento del poder, 
pusieron en jaque a las instituciones republicanas, mal preparadas para la nueva realidad. Las 
unidades políticas griegas fueron incorporadas al imperio. Se agudizó el contacto con civilizaciones 
distintas, como la de Egipto, que influyó mucho a los romanos. 
Pero los resultados de la expansión no aprovechaban a todos por igual, e incluso eran negativos 
para muchos. Las clases dominantes se apoderaban del uso de enormes tierras públicas 
("latifundios", en latín: "amplios campos") tomadas a los vencidos, y adquirían otras en Italia, 
desalojando a los campesinos o comprándoles sus lotes por precio vil. 
Estos desposeídos engrosaban las filas del "proletariado" (los que sólo tenían su "prole" como 
riqueza económica) urbano. Ni siquiera podían quedarse a servir en los campos, que eran trabajados 
por esclavos, mucho más económicos. A menudo, esos nuevos proletarios eran los mismos soldados 
autores de las conquistas. La tensión social llegó a un nivel insostenible. 
Para peor, las ciudades italianas aliadas de Roma, cuyas tropas habían participado en pie de igualdad 
en las campañas, quedaban postergadas a la hora de recibir beneficios, y ni siquiera sus habitantes 
accedían a la tan buscada ciudadanía romana. El clima de tormenta entre los "socios" italianos y 
Roma fue creciendo desde la terminación de las Guerras Fenicias, y estalló en una contienda cruel, 
llamada Guerra Social, en la primera mitad del siglo I a.C. Roma estuvo en difícil situación, y debió 
hacer la paz, concediendo muchas de sus demandas a los italianos. 
Los hermanos Tiberio y Cayo Graco, aristócratas, nietos de Escipión, general victorioso en las 
Guerras Fenicias, intentaron en la última mitad del siglo II a.C. obtener leyes agrarias (de repartición 
del agro público), pero fallaron frente a la oposición oligárquica. Los poderosos ejércitos de la 
República, espejos y focos de todas las turbulencias, se fueron convirtiendo cada vez más en 
herramientas de presión política. De sus filas, a fines del siglo II a.C., emergió Cayo Mario, un italiano 
de oscuro origen, que llegaría a ejercer el consulado varias veces, retomando en parte el proyecto 
de los Gracos. 
Pero la República entra en el siglo I a.C. herida de muerte. No tarda en estallar la guerra civil. Las 
respuestas republicanas se habían mostrado tardías e inadecuadas para los reclamos del 
proletariado. El sector popular ya no se contenta con el mero voto. Las instituciones le son ajenas y 
remotas. Va aceptando paulatinamente la idea de un gobierno más rígido y expeditivo, que desplace 
el poder de la nueva oligarquía patricio-plebeya, surgida de la expansión. Varios caudillos, 
generalmente con apoyo militar, muchas veces provenientes del patriciado o de la oligarquía, 
intentan rebelarse con apoyo proletario. Cayo Julio César será el último de esa línea. 
Comienzo del principado: El general Cayo Julio César, que se había hecho con el poder en Roma, al 
amparo de su fuerza militar y del apoyo del proletariado, al parecer recibió augurios nefastos que 
le anunciaban su muerte. En 45 a.C., redactó su último testamento, adoptando en forma póstuma 
a su sobrino nieto Octavio, y lo confió a la Vestal Máxima, como era de estilo entonces. 
Efectivamente, en marzo de 44 A.C., un grupo de miembros de la oligarquía republicana, liderados 
por Bruto y Casio, lo asesinaron en plena reunión del Senado (donde no estaba permitido llevar 
 
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armas). Pero no pudieron controlar el gobierno, y debieron escapar de Roma. Allí se instaló un 
triunvirato, formado por el veterano general lugarteniente de César Marco Antonio, Octavio (ahora 
llamado Cayo Julio César como su padre adoptivo) y Marco Lépido. 
El joven César se enfrentó luego con Marco Antonio. Lo venció en la decisiva batalla de Actium (31 
a.C.) y luego Antonio se suicidó en Alejandría. Octavio declaró restaurada la paz en el Imperio (27 
a.C.) y devolvió al Senado y al pueblo sus poderes, que no fueron aceptados. El Senado le atribuyó 
el título arcaico, posiblemente etrusco, de Augusto (" designado por los augurios") que pasó a ser 
su nombre. Se declaró iniciada una nueva era, una especie de refundación de Roma, y fue 
oficialmente restaurada la República. 
En realidad, Augusto mantuvo en sus manos cargos políticos y sacerdotales claves, que le 
permitieron manejar el país. A veces se habla de una "monarquía encubierta", porque se 
conservaron las apariencias republicanas. Pero lo que aparece es una construcción nueva y única, 
que no es ni republicana ni monárquica. Roma vivió un florecimiento notable de las artes y las letras, 
mejoró mucho la calidad de vida de los ciudadanos, creció la obra pública, se embellecieron las 
ciudades. 
El esquema creado por Augusto y sus asesores se mantuvo, con altibajos, por décadas. El poder fue 
pasando, de hecho, a través de la adopción (excepción hecha de Claudio) por los sucesivos 
herederos de la familia Julia-Claudia (Augusto, Tiberio, Calígula, Claudia y Nerón). Todos usaron 
predominantemente el título de príncipe (primer orador) del Senado (de allí lo de "Principado"). 
En las siguientes dinastías, se hizo más evidente el sustrato militar del poder del príncipe. Fue 
cobrando más relevancia el título de Emperador (General). Pero la apariencia republicana se 
mantuvo, y las ideas también. Calígula, mofándose de la República, habría hecho designar cónsul a 
su caballo, pero acabó asesinado y pasó a la historia como un tirano infame (ayudó el retrato terrible 
que pintó Suetonio). "Buen emperador"se suele llamar, en el Principado, a aquél bajo cuyo gobierno 
se respira un aire republicano. Mientras tanto, arrecia el influjo de las viejas monarquías despóticas 
orientales y se debilita lo que resta de democracia. 
El dominado: Se sincera la situación que se venía gestando, estableciéndose un gobierno 
monárquico despótico de tipo oriental. El Imperio es reestructurado. La experiencia de varias 
regiones que se independizaran durante los años de caos, para proveer a su propia protección, 
impulsa a Diocleciano a dar un paso drástico: la división del Imperio en dos. 
Tal vez previendo que la parte oriental tendría más posibilidades de sobrevivir, la adoptó como sede. 
Las costumbres políticas se volvían más orientales, y el poder también pasaba a la zona helenística. 
El título de príncipe fue siendo reemplazado por "Dominus" (amo, señor) o déspota, del griego. De 
los reyes persas se adoptó un nuevo ceremonial oficial: todos se debían prosternar ante el 
emperador, y besar el borde de su vestidura. 
El problemático ejército imperial dejó de ser esa fuerza de ciudadanos conscriptos que caracterizara 
a Roma desde la expansión republicana. Se convirtió en una milicia mercenaria, integrada con los 
grupos menos romanizados, incluso extranjeros (principalmente germanos). Los ciudadanos podían 
pagar un impuesto para eximirse del servicio militar. Con ese dinero, se solventaba a un mercenario 
en su reemplazo. 
 
UNIDAD 1- HISTORIA DEL DERECHO ARGENTINO 10 
 
BASES HISTORICAS Y JURIDICAS DEL DERECHO ARGENTINO Y DEL CHACO 
Los crecientes conflictos internos, la presión constante de los vecinos, y la inflación que había 
destruido la moneda, se intentaron resolver mediante el foedus (palabra intraducible, antecedente 
de "federalismo" y de "feudalismo"). Era un acuerdo entre el Imperio y un pueblo determinado 
("federado" de Roma). Al no poderse retribuir a los federados de otro modo, se usaba la 
hospitalidad: cada romano que poseyera un campo, lo dividía en tres partes, y escogía una. Luego 
el huésped (federado) elegía la segunda, y la tercera quedaba para el propietario original. Tal política 
implicaba "poner al zorro a cuidar el gallinero". Los federados se volvían incontrolables, y se debía 
federar a otros para que los reprimiesen. Así, en el siglo V hubo que federar a los visigodos para 
detener a los suevos, alanos y vándalos, que habían sido federados antes. 
Aumentaron el estatismo y la burocracia, con criterios tributarios del Egipto helenístico. Todos 
debían, de un modo u otro, trabajar para servir al Imperio. Ello requirió un aparato de control y 
recaudación impresionante, la pertenencia al cual acabó volviéndose obligatoria. 
Semejante máquina no podía subsistir sino con un andamiaje teórico de inusitada fortaleza, que 
sería pergeñado por Constantino (327 -337), vencedor de la guerra civil que siguió a la abdicación 
de Diocleciano. Instaló la nueva capital en Constantinopla, la antigua ciudad griega de Bizancio, 
actual Estambul, estratégicamente situada en los pasajes entre el Mar Negro y el Mediterráneo. 
Constantino, hijo de una cristiana (Santa Elena), comprendió que la fuerza moral imprescindible 
para sustentar el nuevo Imperio, sólo podía prestarla una estructura que llevaba ya tres siglos de 
desarrollo: la Iglesia. El factor religioso brindó así la pieza faltante al rompecabezas. El emperador 
ya no era una divinidad como antes, pero sí el elegido por el único Dios vivo. y la obediencia a Roma 
no era sólo una cuestión burocrática, jurídica o patriótica: era un deber de fe. Teodosio (379-395) 
completó el ciclo, y adoptó el cristianismo como credo oficial y militante del Imperio. 
Destaca en este período la introducción de ideas cristianas en el derecho, y el inicio de las 
compilaciones o códigos, como parte del intento, un tanto ingenuo, de cristalizado todo: las 
costumbres, las leyes, los trabajos, hasta las ropas. El Dominado y su continuador directo, el Imperio 
Bizantino, abrevaron jurídicamente el legado del principado, y su gloria principal consistió en 
rescatar esa herencia y transmitirla a la posteridad. 
El sistema político egipcio-sasánida no era extraño a los habitantes de la Parte Oriental, que lo 
conocían desde hacía siglos, pero era muy distinto para la población del Occidente. A su vez, en las 
ciudades (incluso en Roma) se redujo la población. Algunas fueron abandonadas. La vida se hizo más 
rural. Ante la presencia de tropas y bandas dedicadas al saqueo, muchas personas buscaron a 
quienes pudieran brindarles protección. En el siglo IV se desarrollaron formas señoriales, hasta en 
Italia. En el siguiente, se establecieron reinos federados o independientes dentro del territorio 
imperial. En Galia y la Península Ibérica el reconocimiento del emperador era sólo formal. En 
Britania, las legiones fueron expulsadas, y los bretones retomaron el control. Para muchos 
ciudadanos, vivir bajo gobierno germánico era preferible a estar sometidos al Dominado. 
Oriente va desentendiéndose cada vez más de Roma, donde los líderes guerreros germanos van 
tomando de hecho el poder. En 476, el jefe hérulo Odoacro obliga al emperador Rómulo 
"Augústulo", de unos 15 años, a abdicar, y envía sus insignias a Bizancio. El emperador Zenón (que 
nunca había reconocido a Rómulo) acepta a Odoacro como Rey de Italia. Esa fue la llamada "caída 
de Roma". Luego, se produce la a ascensión de Juliano (más tarde llamado "el Apóstata") en 355. 
 
UNIDAD 1- HISTORIA DEL DERECHO ARGENTINO 11 
 
BASES HISTORICAS Y JURIDICAS DEL DERECHO ARGENTINO Y DEL CHACO 
La ciencia jurídica romana: La civilización romana construyó una ciencia jurídica específica, desde 
Cicerón, de Ulpiano y otros juristas del "período clásico", hasta la Compilación de Justiniano I. Por 
lo que al terminar el período romano antiguo, empieza a gestarse la jurisprudencia. 
En el período de su nacimiento ocurre una larga crisis republicana, terminada ya la Guerra Social 
(con las otras ciudades italianas aliadas). La palabra que se emplea es "jurisprudencia", es decir, 
"sabiduría del ius" (un sentido diferente del que posee en nuestros días). Esta "sabiduría" ("scientia", 
del verbo “scio", conocer, de donde deriva "ciencia", es un sinónimo, se abre camino de las 
consideraciones teológicas y filosóficas, para dedicarse a planteos centrados en la problemática de 
la convivencia. 
La reflexión filosófica nació, hasta donde se sabe, en Grecia. Pero la reflexión jurídica parece que vio 
la luz en Roma. Tal vez éste haya sido el más original y propio de los aportes de la civilización latina, 
que preciaba la formación de sus jóvenes en el derecho tanto o más que en las armas, y daba a este 
saber un lugar pinacular, semejante al que se otorgaba en la Atenas de Pericles a la filosofía, o entre 
los hebreos a los estudios religiosos. 
Brillan en el aciago período de la crisis de la República, antes y después de la Guerra Social, nombres 
como los de Junio Bruto, Mario Manilio, Publio Mucio Scaevola, Aquilio Galo, Servio Sulpicio Rufo, 
Alfenio Varo, y Cicerón. 
Suele denominarse "período clásico" de la jurisprudencia romana a un segmento que abarca, a 
grandes rasgos, la segunda mitad del siglo II y las primeras dos décadas del III. Es decir, 
aproximadamente desde el principado de Antonino Pío (138 - 161) hasta el de Caracalla (211 - 217). 
Ésta es la época más brillante de la ciencia jurídica latina. La mayoría de los grandes doctrinarios 
vivieron en ella, y muchos cayeron de resultas de sus turbulencias. Gayo, Paulo, Modestino (193- 
211), Papiniano (c. 140 - 212). Éste último (el "Príncipe de la Jurisprudencia") fue decapitado, 
acusado de traición por Caracalla, como sabemos, y Ulpiano (170 - 228) habría sido asesinado por 
conspiradores militares. 
Las construcciones jurídicas romanas estaban listas para ser estudiadas científicamente, y el clima 
cultural favoreció la aparición de los hombres con la capacidad de hacerlo. Florecieron las escuelas 
y estudios de derecho. Alparecer entre los principados de Antonino Pío y de Marco Aurelio y Lucio 
Vero, un cierto Gaius (Gayo, el prenombre romano mas común), publicó sus Instituciones, en cuatro 
libros. Éste fue el manual de derecho más empleado hasta su reemplazo (obligatorio) en el siglo VI, 
por las Instituciones de Justiniano (muy basadas en las de Gayo). Es decir, que se trata del texto con 
que se formaron la mayoría de los juristas latinos a lo largo de 400 años. 
Los visigodos: 
En el siglo III a.C. (Segunda Guerra Fenicia), Roma ocupa el territorio cartaginés de la Península 
Ibérica, que es su parte austral, y se volverá así la más "romanizada" de Hispania, cuya conquista 
termina bajo el principado de Augusto. En la península nacieron tres emperadores: Trajano, Adriano 
y Teodosio. 
En 476, cuando las insignias de la Parte Occidental son devueltas a Bizancio por Odoacro, quienes 
poseen mayor poder en la Península son los visigodos ("godos del oeste"). Hablan un idioma 
germánico, y una centuria antes se han separado de los ostrogodos ("godos del este"), asentándose 
en la frontera romana del río Danubio, sellando acuerdos (foedus). A cambio de vigilar la frontera, 
 
UNIDAD 1- HISTORIA DEL DERECHO ARGENTINO 12 
 
BASES HISTORICAS Y JURIDICAS DEL DERECHO ARGENTINO Y DEL CHACO 
reciben un subsidio y el derecho de instalarse pacíficamente. Pero, cuando los hunos destruyen el 
reino lindero de los alanos, todos emigran hacia el oeste. Así que, sobre 376, se les permite entrar 
al Imperio, pero con condiciones muy desfavorables, por lo que se rebelan, generándose una guerra 
en la que muere el emperador Valente (Adrianópolis, 378). Su sucesor, el español Teodosio, autoriza 
(382) a los visigodos a asentarse en la Mesia (actual Bulgaria). Con ello, su romanización se 
intensifica. 
Muchos visigodos han adoptado el cristianismo "arriano" a consecuencia de la prédica del obispo 
Ulfila, hijo de visigodo y romana, que crea un alfabeto especial y traduce textos bíblicos al godo. En 
348, es autorizado a establecerse con sus conversos en Mesia. 
Estos cristianos contribuyen al bautismo y romanización de sus paisanos que llegan en 382. Pero los 
visigodos mantienen su identidad étnica, y la conciencia de su parentesco con los ostrogodos, 
también arrianos. Esa identidad crece cuando el arrianismo es declarado herejía y pasa a ser, de 
hecho, una religión visigoda. Tal vez Teodosio, nativo del poco romanizado norte hispano, 
incentivara, por medio de la adopción del cristianismo, la mezcla con los germanos, que en su 
tiempo ya ocupan altos rangos en el ejército, tanto que a su muerte (395) la regencia del Occidente 
pasa a un germano, el latinizado vándalo Estilicón, casado con una princesa imperial y jefe del 
ejército. Se desata una guerra civil, en la que entran los visigodos, desde la estratégica Mesia, 
eligiendo rey al belicoso Alarico. 
El invierno del 405 o 406 fue muy frío. El Rhin se congeló. Aprovechando que Estilicón había 
debilitado las guarniciones fronterizas por la guerra civil, varios grupos (alanos, suevos, vándalos, 
etc.) cruzaron el río y asolaron Galia. Alarico suma a otras etnias germánicas y, aprovechando la 
situación, marcha sobre Roma. El emperador Honorio se niega a negociar. Alarico lo hace sustituir 
por Atalo y pone a su cuñado Ataúlfo como jefe militar. Luego depone a Atalo. Saquea Roma (410) 
y por dos años devasta Italia y Galia. El emperador Constantino III, con un ejército de francos y 
burgundios (germanos), es vencido por los alanos, suevos y vándalos, que en 409 cruzan los Pirineos 
hacia Hispania. Sobre 411, obtienen un foedus (feudos) y se instalan allí. Los suevos, alanos y algunos 
vándalos forman un reino estable al Noroeste. Otros vándalos (silingos) se ubican al Sur, en la parte 
más romanizada, quizás llamada "Vandalucía" por esa razón. 
El usurpador Jovino, aliado de francos, burgundios y visigodos rebeldes, sucede a Constantino III. El 
nuevo rey visigodo, Ataúlfo (el general colocado por Alarico), se alía con 
emperador legítimo, Honorio, hijo de Teodosio, y derrota a Jovino, pero Honorio se niega a federar 
a su gente, y entonces se apoderan de la costa gala del Mediterráneo, para cruzar a África, granero 
del Imperio. 
El reino visigótico de Tolosa: En 415 Ataúlfo es asesinado y lo sucede Valia. Los vándalos silingos y 
los alanos han violado su foedus y atacado las ricas ciudades romanas del Sur. Los visigodos pasan 
por una hambruna y entonces Valla pacta con Honorio para someter a los rebeldes a cambio de 
trigo. Los vence y es autorizado a asentarse al Sur de Galia como federado (419). Gobierna desde 
Tolosa (Toulouse), con un poder más personal (sobre los visigodos) que territorial. 
En 451, cuando Roma, al mando del general Aedo, derrota a Atila en los Campos Cataláunicos, su 
fuerza vertebral son los visigodos, cuyo rey, Teodorico, muere en combate. En tanto, Tolosa florece, 
atrayendo a intelectuales galorromanos, y va aumentando la presencia de visigodos allende el 
 
UNIDAD 1- HISTORIA DEL DERECHO ARGENTINO 13 
 
BASES HISTORICAS Y JURIDICAS DEL DERECHO ARGENTINO Y DEL CHACO 
Pirineo (quizás el pacto de 415 entre Valla y Honorio diera a los visigodos el control de la Península, 
fuera del reino suevo). 
Por otra parte, desde el siglo IV surgen en Occidente grupos de campesinos (bagaudae) que asolan 
las ciudades y los establecimientos rurales, aumentando el clima de inseguridad y violencia al que 
ya nos hemos referido. Para reprimir una de esas oleadas, los visigodos cruzan el Pirineo en 454 y 
dejan guerreros al norte de la meseta hispana, región que más tarde será llamada "Campos Góticos". 
Arlés, ciudad conocida por sus escuelas de derecho, queda bajo la égida de Tolosa. Los reyes 
visigodos van adoptando elementos de los emperadores bizantinos. Las costumbres van siendo 
sustituidas por las leyes escritas, en latín. Parece que la romanización es mayor en el grupo 
dominante que en el sector popular que, en tiempos de Teodorico, según Sidonio (V.5), aún habla 
en godo. 
En 454, Valentiniano III mata a Aedo, y es asesinado a su vez (por jefes bárbaros de su propia guardia 
470) al año siguiente. La situación potencia un enfrentamiento entre los godos, que apoyan a un 
emperador, y los vándalos, que saquean Roma en 455. Los suevo-vándalos (católicos), con apoyo 
de la población hispano-romana, ocupan gran parte de la Península y las Baleares. Teodorico II, hijo 
de Teodorico, los derrota, pero con saqueos de iglesias y matanzas de sacerdotes, que dañan mucho 
la imagen de los visigodos ante los habitantes. 
No obstante, en la década de 460, el poder de Tolosa se afirma sobre la región de Narbona (sur de 
Galia) e Hispania. La cantidad de galorromanos que quedan, de hecho, bajo autoridad visigoda, es 
muy grande, y los reyes se ven en la necesidad de darles leyes, que con los siglos serán la base del 
sistema normativo del sur de Francia, que tanto incidirá en la codificación napoleónica. 
Paralelamente se refuerza el poder de Tolosa sobre la Península Ibérica, cuyo manejo queda 
delegado a los obispos. Los suevos se someten al godo. En 465, Teodorico II es asesinado y lo sucede 
su hermano Eurico, que ya no renueva el foedus con Roma. 
Así que en 476, el Reino de los Visigodos queda como la unidad política más fuerte de Europa. Rige 
casi toda la actual Francia y la totalidad de la Península Ibérica. Eurico encarga a los juristas de Tolosa 
tomar las fuentes romanas (posiblemente incluido el Código Teodosiano) y adecuarlas a las 
circunstancias. El resultado es el Código de Eurico (c. 475), un cuerpo legal típicamente romano. Se 
duda si su vigencia era territorial (para todos) o sólo era para la población latina, y los godos seguían 
usando sus costumbres y llevando sus litigios ante sus jefes. 
El reino visigótico de Toledo: En el Código de Eurico la organización institucional del reino parece 
ya delineada. Funcionarios que se verán siglos después (como el sayón, un alguacil ejecutor de 
causas litigiosas) yaaparecen. 
De los antiguos comités germánicos (compañeros del rey que juran seguirlo hasta la muerte) deriva 
el Aula Regia (Cámara Real), cuerpo de asesores que puede legislar. Los jefes guerreros (también 
llamados condes) son jueces de sus hombres. Para los litigios de romanos se designa un juez con 
formación jurídica latina. Ambos pueden integrar un tribunal conjunto. El consejo de veteranos 
guerreros, que en Mesia elegía al rey, pasa a ser un senado, y sus miembros reciben el apelativo 
honorífico de señor. 
 
UNIDAD 1- HISTORIA DEL DERECHO ARGENTINO 14 
 
BASES HISTORICAS Y JURIDICAS DEL DERECHO ARGENTINO Y DEL CHACO 
A Eurico sucede su hijo Alarico II (484). En 493, Clodoveo (Clovis), rey de los francos y los burgundios, 
casa a su hermana con Teodorico, rey de los ostrogodos de Italia (aliados de Tolosa) y, como 
sabemos, adopta el catolicismo, ganando el apoyo de los galorromanos y de Bizancio. En 498 
arrebata a los visigodos Burdeos (Bordeaux), su segunda ciudad. Alarico II celebra un pacto dilatorio 
con Clodoveo y apura el paso de los visigodos al otro lado del Pirineo. Quizás para atraer a los 
romanos (amplia mayoría en la región) dispone la elaboración de un cuerpo legal, la Ley romana de 
los visigodos (o Breviario de Alarico II), promulgado en 506 en un Concilio (asamblea de nobles y 
sacerdotes), al estilo bizantino. Esta importante obra se inspira en los Códigos de Teodosio y Eurico, 
con influjo de las Instituciones de Gayo, y otras fuentes. Su plan, expuesto en la carta que sirve de 
prólogo, recuerda al de Justiniano, al que precede en tres décadas. El Breviario tuvo enorme vigencia 
en el sur de Francia y fue la base del derecho del "Mediodía" francés, pilar del Código Napoleón 
pero, paradójicamente, no consiguió ganar para Alarico II el apoyo de los galorromanos, que 
siguieron prefiriendo a Clodoveo. 
Éste quiebra el tratado con Alarico II e invade en 507. En Vogladium (Vouillé), cerca de Poitiers 
(donde, unos dos siglos después, los francos frenarían el avance musulmán), los visigodos son 
vencidos y su rey muere en combate. Tolosa se pierde. Teodorico Ámal el Grande, rey de los 
ostrogodos, interviene por los derechos de su nieto Amalarico, hijo de Alarico II, y logra que se 
conserve la región de Narbona. Como Amalarico es un niño, ejerce la regencia Teodorico, que se 
enemistó con Bizancio, aliado de Clodoveo. Una invasión imperial es posible, y Amalarico es casado 
con una mujer de una rica familia narbonense, en busca de apoyo local. 
El emperador Justino establece normas contra los arrianos, mientras otro ataque franco cuesta 
Narbona y la vida de Amalarico. En 531, Teudis, el ostrogodo que representaba a Teodorico, ciñe la 
corona. El reino es ahora peninsular. El reino católico de los suevos, alanos y vándalos (amalgamados 
con lusitano-romanos y galaico-romanos) sobrevive hasta 585. Luego se habla del "reino de todos 
los godos y suevos". El centro del gobierno se comparte al principio entre Toledo y Sevilla (la Hispalis 
romana), pero se va fijando cada vez más en la primera. En la década de 550, en el contexto de la 
guerra civil entre los caudillos Agila y Atanagildo, una de las facciones pide la ayuda de Justiniano, y 
el Imperio desembarca sus tropas, ocupando gran parte de Andalucía, con capital en Córdoba, y 
designando para el gobierno a un respetado hispanorromano. Córdoba es tomada por Leovigildo, 
pero Bizancio tendrá parte de la Península hasta 625. Durante ese período es posible que rigieran 
allí las compilaciones justinianeas, o que fueran conocidas por los hispanorromanos, que 
mantuvieron constante nexo con Constantinopla. Pero el derecho bizantino (y por asociación el 
romano clásico también) era visto con recelo por la elite visigoda, aun tras su conversión al 
catolicismo. 
Leovigildo, que reina de 572 a 586, hace preparar un Código revisado, vinculado al de Eurico, para 
atraerse a los hispanorromanos. Luego algunos sabios, incluido Isidoro de Sevilla, habrían iniciado 
la redacción de un cuerpo normativo más completo, quizás para todos los súbditos del reino, que 
cuajaría en el Liber Iudiciorum ("Libro de los Juicios" o "Libro de los Jueces") o Forum Iudiciorum o 
Lex Wisígothorum ("Ley de los Visigodos") o Codex Wisigothorum ("Código de los Visigodos"), 
promulgado en 654 por Recesvinto, donde se recopilan las leyes del reino, bajo inspiración del 
Código justinianeo. 
Los problemas jurídico políticos del reino: 
 
UNIDAD 1- HISTORIA DEL DERECHO ARGENTINO 15 
 
BASES HISTORICAS Y JURIDICAS DEL DERECHO ARGENTINO Y DEL CHACO 
Leovigildo toma símbolos y características de emperador romano, y se casa (con dispensa) con una 
hispanorromana católica, madre de sus hijos Hermenegildo y Recaredo, cuyas esposas también lo 
son. Hermenegildo adopta el catolicismo y se alza desde Sevilla contra su padre, pero es derrotado 
en 584 y muere en prisión al año siguiente. En 586 fallece Leovigildo y lo sucede Recaredo (Ricardo). 
En 587 anuncia públicamente su conversión. Dos años después, bajo la égida de San Leandro de 
Sevilla, en el III Concilio de Toledo, ante el rey y su familia, casi todos los obispos arrianos, los nobles 
y los jefes guerreros abjuran. Si Recaredo espera con esto obtener la ayuda del papa contra Bizancio, 
fracasa. El imperio con su capital en Cartagena permanece por décadas. 
Sin embargo, se genera un vínculo estrecho entre la monarquía y la iglesia católica peninsular, que 
cuajará, entre otros frutos, en compilaciones de normas canónicas (los preceptos legales católicos 
se llaman "cáno-nes") de gran importancia. 
Se reúnen varios sínodos y concilios, que legislan y son usados por los reyes para promulgar leyes y 
para confirmar sus actos de gobierno (y hasta la asunción al trono). Posiblemente, además, muchas 
tareas burocráticas de gobierno sean confiadas a los obispos. Así, las normas canónicas pasan a 
abarcar temas como la familia y las personas. El cuerpo normativo principal, llamado Hispana, es 
atribuido a los hermanos Leandro e Isidoro, y sería de principios del siglo VII. 
Terminado el problema entre católicos y arrianos, subsiste el de la sucesión al trono, que nunca 
llegará a resolverse y ensangrentará al reino reiteradamente. 
La última versión del Liber Iudiciurum daría el reinado de Egica a su hijo Witiza (principios del Siglo 
VIII) habría ediciones privadas (vulgatas), con fragmentos de las Etimologías de Isidoro de Sevilla. 
Una de éstas, traducida al castellano, es llamada Fuero juzgo y dada como fuero por Fernando III el 
Santo a Córdoba (1241). 
La invasión musulmana: 
Sobre 570, en la ciudad de Meca nace Muhammad (o Mohammed). Conocedor, desde su infancia 
de las religiones judía y cristiana, alrededor de 610 comienza a predicar entre los árabes el 
monoteísmo. Rechazado en Meca, pasa a la ciudad de Yathrib (luego Medina), como profeta al 
frente de belicosas tribus árabes. 
Ese episodio, llamado "hégira" (hishrá, en árabe: "migración"), habría ocurrido en 622, y a partir de 
él los musulmanes (del árabe mus'lim, "some-tido") cuentan los años (lunares). Muhammad escribe 
el Corán ("la recitación"), considerado una revelación de Dios (Alá) por medio del arcángel Gabriel. 
En sus 114 capítulos trae muchas normas de índole jurídica, base central del derecho islámico. Pero 
éste es para los musulmanes, y no se aplica a los demás en sus cuestiones internas, lo que genera 
un personalismo, donde la religión de cada uno decide su ordenamiento. Los judíos, entonces, se 
rigen por sus preceptos bíblicos, pero los cristianos siguen empleando las normas que tenían antes. 
Coherente con criterios bíblicos sobre la beligerancia de Dios, el Corán llama a la "guerra santa", 
ofreciendo a los caídos en defensa del Islam la promesa del paraíso, y la del infierno para los 
desertores, junto a la propiedad de cuatro quintos del botín. Esto ayudará a transformar a los 
musulmanes en extraordinarios conquistadores. Muhammad muere en 632, y menos de una década 
después el califa Ornartoma Egipto. En 661, se establece la capital islámica en Damasco. En 710, ya 
se ha sometido todo el norte de África, y quizás se lanzan las primeras incursiones a España. Es 
 
UNIDAD 1- HISTORIA DEL DERECHO ARGENTINO 16 
 
BASES HISTORICAS Y JURIDICAS DEL DERECHO ARGENTINO Y DEL CHACO 
posible que el jefe de la región, el yemenita Musa lbn Nusair, pacte una alianza con alguna de las 
partes en lucha en la última guerra de sucesión visigoda. Es poco lo que se sabe, pero parece que 
en 711, en un combate en Andalucía (tradicionalmente situado en el río Guadalete), los musulmanes 
derrotan al rey godo Rodrigo por completo. A su frente está el bereber Tárik Ibn Ziyad, subalterno 
de Musa, enviado probablemente con conocimiento del califa de Damasco, Walid. 
Tras la victoria, parece que Tárik avanza a Toledo, mientras Musa ingresa con un gran ejército, 
mayoritariamente de yemenitas y bereberes. En pocos meses, la mayor parte de la Península pasa 
sin mayores obstáculos al control islámico. Apenas dos décadas después, en 732, los musulmanes 
son vencidos por los francos en Poitiers, ya largamente cruzado el Pirineo, por el general Carlos 
Martel ("martillo"), abuelo del emperador Carlomagno. El reino franco, a su vez, establece su control 
del lado de la Península. Así se va creando la "Marca Hispánica", cuyos condados generarán los 
reinos de Navarra (Pamplona) y Aragón, y Cataluña. 
Pero la mayor parte de la Península sigue en manos musulmanas. Quizás incidiera en esto la poca 
simpatía de los habitantes por el reino visigótico. La gran comunidad judía ha sido objeto de atroces 
persecuciones y, en cambio, tiene buen trato con el Islam. Los hispano-romanos, a pesar de la 
conversión, seguían sujetos a la minoría goda. Y las sanguinarias guerras civiles (el "morbo gótico") 
en nada ayudaron. Así que muchos nobles godos recibieron bien a los musulmanes. Algunos de ellos, 
e influyentes hispanorromanos (como los "hijos de Casio"), abrazan el Islam. Los caudillos 
musulmanes se casan a menudo con mujeres hispanas o visigodas. En las generaciones posteriores, 
muchos jefes tendrán ancestros hispanos, germánicos o vascos. 
Los musulmanes se concentran en la zona más romanizada, con excepciones (Toledo, Zaragoza). El 
Betis pasa a llamarse Guadalquivir ("río grande"), y "Vandalucía" pasa a llamarse Al-Ándalus, nombre 
a menudo usado para toda la Península. Es posible que a los hispanorromanos les recuerde el 
período imperial: la capital está lejos, al este (Damasco o Egipto), los funcionarios son designados 
allí por plazos breves y rinden cuentas al regresar (un cronista, en 754, los llama duques). El centro 
vuelve a la romana y católica Sevilla, y luego pasa a Córdoba, otra ciudad latina. Los árabes de la 
elite conocen el latín, pues vienen de grupos contactados con el Imperio. Las primeras monedas 
musulmanas se acuñan en ese idioma (luego son bilingües). Las guerras civiles de sucesión parecen 
cosa del pasado. 
"Combatid contra aquéllos, de los que recibieron el Libro, que no crean en Alá ni en el Último Día", 
manda el Corán, en referencia al judaísmo y al cristianismo, únicas religiones oficialmente toleradas 
por el Islam. Para que "no hagan ilícito lo que Alá y Su mensajero han hecho ilícito y no sigan la 
verdadera práctica de Adoración; hasta que paguen la yizia con sumisión y aceptando estar por 
debajo". La yizia es el impuesto que han de pagar los dhimmíes, que son aquellos de la gente del 
Libro que establecen un pacto con los musulmanes que les permite vivir bajo la protección del emir 
de éstos, quedando exentos de las obligaciones de los musulmanes y siendo respetadas sus propias 
leyes, pero teniendo que pagar, a cambio, un tributo y aceptar un estatuto determinado, explica 
Abdel Ghani Melara Navío, y agrega que la referencia a la sumisión puede también interpretarse 
como que el pago ha de hacerse "con sus propias manos sin delegar en nadie". A la yizia se sumaba 
el jaraj o jaray, si el no musulmán era dueño de tierras. Si abonan esos tributos, pues, cristianos y 
judíos pueden seguir con sus creencias. Se les prohíbe hacer proselitismo, y puede haber 
restricciones de vestimenta, montura o armas, pero su vida sigue sin mayores óbices (y la de los 
israelitas mejora bastante). Hay en Al-Ándalus largos períodos de convivencia, y florecen 
 
UNIDAD 1- HISTORIA DEL DERECHO ARGENTINO 17 
 
BASES HISTORICAS Y JURIDICAS DEL DERECHO ARGENTINO Y DEL CHACO 
comunidades cristianas mozárabes ("entre árabes") y hebreas. Cada tanto existen persecuciones, a 
veces graves, al llegar nuevas doctrinas del Oriente. En esos momentos, muchos migran hacia los 
reinos cristianos del Norte. 
Al-Ándalus es, desde 711, territorio provincial de Damasco, donde gobiernan los califas omeyas 
(descendientes de Ornar). Pero en 750 un sangriento golpe derroca a la dinastía. Abd Ar-Rahmán I, 
omeya salvado de la masacre, es proclamado Emir en Córdoba (756). Y en 929, Abd Ar-Rahmán III 
se declara Califa. Esa etapa termina en 1031, cuando el califato es sucedido por varios reinos 
menores ("taifas"). En los dos siglos siguientes, las ideas extremistas de los almorávides y los 
almohades propugnan la conversión forzada, y las emigraciones al sector cristiano aumentan. En 
1492 se rinde de Granada y acabó Al-Ándaluz. 
Rabinovich Berkman, en este sentido indica que no cree que deba hablarse de “Conquista” y 
“reconquista”, indicando que considera a esos términos cargados de connotación nacionalista, 
menciona que no parece que el 711 hubo una conquista, y de haber existido lo conquistado fue el 
reino de los visigodos que desapareció y no fue continuado. 
Surgimiento de Castilla: 
Los musulmanes no llegan a ejercer un control efectivo sobre el Noroeste peninsular, católico desde 
antes de 589, pero poco romanizado. Se mezclan allí los pobladores originales con los suevos, alanos 
y vándalos y con inmigrantes bretones (los antepasados "celtas" de los gallegos). Entre las etnias 
antiguas está la de los rústicos astures, que se guarecen en sus sierras, escabrosas e impenetrables. 
A ellas llega un noble fugitivo de la derrota de 711, Pelayo (Pelagius), y es reconocido corno duque 
o corno rey. 
Sobre 722, en la gruta de Covadonga (la "Cueva de la Señora"), sus tropas derrotan a los islamitas, 
al parecer gracias a un temblor, atribuido a un milagro de la Virgen. En el siglo siguiente, en la zona 
bretona (Compostela) se hallan restos atribuidos al apóstol Santiago, lo que genera un movimiento 
religioso que desde entonces atrae millones de peregrinos de toda Europa. Sobre 850, se afirma que 
Santiago combate con los cristianos. 
La derrota de los musulmanes en Poitiers genera una guerra entre ellos, y los asturianos aprovechan 
para crecer hacia el norte. Alfonso I, yerno de Pelayo, aporta Cantabria. El valle del Duero (los 
"campos góticos") queda despoblado: sus habitantes emigran al Norte. A mediados de siglo, la 
capital de Asturias se fija en Oviedo. Renace la vida religiosa de los monasterios, que tienen tierras, 
siervos y ganados. Casi todos los documentos son redactados por los monjes o confellos. El reino de 
Asturias, reconocido por el papa, se alía con Carlomagno. Pero en 795 los musulmanes llegan a 
Oviedo, con lo que se hace evidente la necesidad de fortificar los accesos. Sobre el 800, la región del 
valle del Ebro, acceso de los musulmanes desde Zaragoza a Asturias, es llamada "al-Kila" o 
"Cashtilia", deformación del latín vulgar, "castilla" o "castel/a" ("castillos"), pues hay muchos 
bastiones romanos, reforzados por godos y vascones en sus guerras, y ahora reconstruidos por 
Asturias y Navarra, junto a otros nuevos. 
Sobre 930, Castilla es un condado del reino de León. Al construirse los castillos que le dan su nombre, 
se fundan o recuperan villas (ciudades) y establecimientos agrarios. Paralelamente, León se 
extiende por la costa atlántica, dando lugar a Portugal. En los períodos de persecución religiosa en 
Al Ándalus, muchos mozárabes (cristianos) y algunosjudíos dejan el ambiente culto y confortable 
 
UNIDAD 1- HISTORIA DEL DERECHO ARGENTINO 18 
 
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de la región musulmana y emigran a las tierras más rústicas del norte. Manejan el árabe, por lo que 
el castellano y el portugués son las lenguas europeas occidentales con más influencia de ese idioma. 
Paradójicamente, traen el Libro de los juicios y la Hispana, que han seguido aplicando, y revitalizan 
la cultura jurídica roma no visigótica en Castilla, cuyos condes, conscientes de su poder estratégico, 
se vuelven reyes independientes en 1035 (Fernando I). 
A menudo ambos reinos tienen el mismo soberano, pero en 1230 Castilla absorbe a León (Fernando 
III el Santo) y la "corona" de Castilla pasa a abarcar ambos reinos. Entre 1109 y 1179, a su vez, se 
independiza el condado de Portugal, con la familia francesa de Borgoña, y queda como reino 
autónomo bajo protección feudal de la Santa Sede (Alfonso I Enríquez). 
Es un tiempo de inestabilidad y dispersión política y jurídica. La vida es muy rural, con poco comercio 
e industria. 
La violencia es permanente y reina una religiosidad profunda. No es una época "oscura" ni 
"retrógrada". Es una realidad distinta, con sus interesantes manifestaciones culturales. En ese 
contexto, los "fueros" y las "cartas pueblas" se vinculan con la repoblación. Aquellos, en los 
asentamientos de villas, participativos, democráticos y espontáneos. Las cartas pueblas, más 
relacionadas con el campo, suelen ser propuestas por los señores. 
Los fueros: Por los fueros, Castilla se construye bastante como un conjunto de poblaciones con alto 
porcentaje de hombres libres no nobles (villanos o "hombres de behetría"). La guerra constante y 
el papel preponderante del rey, frenan el feudalismo, que queda en formas embrionarias. En 
Portugal aparecen las "forales" (Jorais), que tienden a ser dadas por los reyes, como los típicos 
estatutos municipales medievales, presentes en casi toda Europa. 
Los "fueros breves", de pequeña extensión, son típicos de la repoblación castellana y suelen 
constituirlos los propios repobladores. Son bastante democráticos en su formación. Estos fueros 
suelen traer generosas concesiones a los vecinos (vicinus es el que vive en el vicus, la aldea), porque 
se busca convencer a la gente de otros lados para que inmigren. 
Dispersión jurídica: En Castilla no llega a darse el feudalismo, pero sí un cuadro muy complejo, un 
mosaico jurídico donde los fueros, fazañas y elementos típicos señoriales impiden que el rey tenga 
un poder fuerte. Levaggi habla, por ello, de una situación "centrífuga". Entre esos factores de 
dispersión está la inmunidad, una cesión de derechos señoriales con liberación de cargas fiscales. 
Podía ser concedida por el rey o un señor poderoso, sobre tierras que estuvieran bajo su dominio, 
a favor de otro noble, una villa o una comunidad religiosa, como sucede en el caso que veremos, 
sobre 1181. 
Dispersión social: Veamos ahora un ejemplo del clima de dispersión político-jurídico en la segunda 
mitad del siglo XI. 
Los órdenes de prelación: Reunidas las cortes en Alcalá de Henares en 1348, Alfonso XI el Justiciero, 
biznieto de Alfonso el Sabio, propuso e hizo sancionar un ordenamiento que, por primera vez, 
pondría en vigor las Siete Partidas. 
Alfonso XI, tras una larga y problemática minoridad (había accedido al trono con un año de edad), 
se afirmó en el trono en 1325. Lo hizo con el apoyo de la burguesía y de la baja nobleza, alianza 
 
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típica de la Europa del siglo XIV. Llegó así a un grado de poder que no conocieran sus antepasados. 
Dos años después de las cortes de Alcalá, murió víctima de la peste negra. 
La Ley Primera, buscaba poner un orden en las normas vigentes, y consolidar la tarea unificadora 
que venía realizándose desde el reinado de San Femando, padre de Alfonso el Sabio. Posiblemente 
se buscó terminar con la coexistencia entre "pleitos foreros" y "pleitos del rey", y limitar la amplitud 
decisoria de los jueces. 
Las leyes de Toro: En 1505, reunidas las Cortes en la ciudad castellana de Toro, se promulgaron 
estas leyes de enorme vigencia e importancia, que pueden considerarse, como lo hace Levaggi, 
dentro del período moderno, o bien como cierre de la tradición de ordenamientos medievales, por 
sus características de forma y de fondo, aunque fueran dadas después del descubrimiento de 
América. 
Las cuestiones religiosas en el derecho: La repoblación castellana favoreció la situación de los 
judíos. En sus primeros siglos, Castilla mostró un clima de tolerancia y respeto notable (Inglaterra y 
Francia masacraron y expulsaron a los hebreos entre fines del S. XIII y principios del XIV). Pero se 
acusaba a los israelitas de sacrificar niños cristianos, de ultrajar la hostia, de quemar a sus propios 
hijos si manifestaban deseos de convertirse, etc. Reyes y señores necesitados de dinero recurrían a 
prestamistas hebreos, cediéndoles a cambio el derecho de cobrar los tributos. Esto contribuyó al 
antisemitismo. En 1391 estalló una ola de asaltos sangrientos a comunidades judías de toda la 
Península. Miles de israelitas se convirtieron, aterrorizados u obligados. Otros fueron masacrados. 
En 1412, la reina Catalina de Lancaster dictó una pragmática que transformó la vida de los hebreos 
en un infierno, con lo que aumentaron las conversiones. 
Expulsión de los judíos de castilla: En 1492, tras la conquista de Granada, los Reyes Católicos 
emitieron sendas reales provisiones, con fecha 31 de marzo, por las que ordenaron abandonar 
Castilla y Aragón, antes del 31 de julio de ese año, a los judíos que no adoptasen el catolicismo. La 
brevedad del plazo, la imposibilidad material de realizar los bienes a valores justos, y el secular 
arraigo de los israelitas en España, generaron que varios miles (el número se desconoce) prefirieran 
ser bautizados y quedarse. 
Las libertades y buenas costumbres: Alfonso IX, último rey de León antes de su integración con 
Castilla (1230), accede al trono en 1188 y habría reunido a la Curia Regia (heredera de su homónima 
visigótica), incorporando por primera vez a los representantes de las ciudades, elegidos por éstas. 
El conjunto ya se llama en este reinado "Cortes". Esa incorporación posiblemente obedeciera al 
deseo del rey (de 16 años) de apaciguar a las ciudades, frente a los impuestos que requerirían sus 
planes bélicos y la oposición de su madrastra, miembro de la poderosa Casa de Haro. Necesitaba el 
apoyo de todos sus súbditos, nobles y villanos, que son conscientes de ello, y obtienen el 
reconocimiento de las libertades y garantías que ya están en vigencia y el establecimiento de otras 
nuevas, dando nacimiento al documento llamado "Carta Magna Leonesa". 
La Carta Magna de Inglaterra: Los decretos de Alfonso IX se conocen como "Carta Magna leonesa" 
en referencia a la otra, más célebre (hay quien cree que debería ser al revés), dada en Inglaterra en 
1215. La lucha contra la avidez fiscal ha sido fecunda en materia de derechos existenciales, 
mostrando lo débil que es el límite entre lo patrimonial y lo extrapatrimonial, y lo importante que 
es el bolsillo. 
 
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A menudo se soportan humillaciones a la libertad y al honor, pero se reacciona violentamente a la 
presión tributaria. Muchas garantías y libertades arrancadas a gobernantes medievales buscan 
mejoras impositivas, aunque acaben defendiendo la libertad (como la prohibición de prisión por 
deudas fiscales). O la intimidad (interdicción para cuidar moradas). 
Aún hoy los ataques tributarios ponen en evidencia agresiones a los derechos básicos (caso de los 
datos personales). La Magna carta puede colocarse en esta línea. 
Normandía es una región del norte de Francia, que debería su nombrea su ocupación por 
escandinavos ("Nordmaenner" "hombres del norte") desde el siglo IX. 
En 911, su jefe Hrothrulf (o rollo), que sitiara París años antes, jura vasallaje a Carlos el Simple, Rey 
de los Francos (tratado de Saint-Clair del Elite), es bautizado como Roberto (latín para Hrothrulf) 
Carlos ( el primero de tan musical nombre) y recibe el título de conde ("comes", "compañero de 
armas" del monarca), que con el tiempo se transforma en duque ("dux", "conductor"), mejor 
traducción del nórdico "laetr" (líder) y, además, un título feudal superior. Roberto I habría tomado 
por esposa a Gisela, hija natural del rey franco, prometiendo frenar otros ataques vikingos y 
conquistar Bretaña, que es independiente. Los normandos se fueron casando con mujeres franco-
latinas y adoptando la cultura cristiana. 
En 1035 muere el duque Roberto el Magnífico, en plena peregrinación a Jerusalén. Antes de partir, 
ha nombrado heredero a su hijo Guillermo (Williame o Guillaume), fruto de sus relaciones con 
Arlette (Herleva), hija de un embalsamador funerario de la aldea de Falaise. Guillermo tiene unos 8 
años, es bastardo e hijo de una burguesa. Aunque lo apoyan el alto clero y el rey Enrique I de Francia, 
tarda doce peligrosos años en ser reconocido como duque, parte de ellos escondido como simple 
campesino. Incluso ya asumido el poder, sus vasallos se muestran díscolos, y por detrás lo apodan 
"el Bastardo". 
En 1041, Eduardo, hijo de Aethelred el Mal Aconsejado, rey anglosajón de Inglaterra, que estaba 
refugiado en Normandía desde la derrota de su padre y el ascenso al trono del danés Knut el Grande 
(su madre es Ema, tía abuela de Guillermo) regresa a su país. El nuevo rey danés de Inglaterra, 
Harthaknut, es hijo de Knut y de Ema, y convoca a su medio hermano. Al año siguiente, al brindar 
en un casamiento cae muerto y Eduardo ciñe la corona en Westminster. De inmediato debe 
enfrentar la oposición del poderoso noble Godwin de Wessex, con cuya hija se casa para hacer las 
paces. Pero, por su obsesiva religiosidad, no consuma el matrimonio. Parece que ofreció sucederlo 
al hijo mayor de Godwin, Harold, conde de Essex (tal vez en conjunto con su hermano menor, Tostig, 
conde de Northumbria) y también a su joven pariente Guillermo. 
Eduardo muere en 1066 y el consejo de nobles eclesiásticos y laicos (Witan) acepta como rey a 
Harold Godwinson. Guillermo envía emisarios con sus pretensiones, que son duramente 
rechazadas. Así que resuelve invadir Inglaterra por mar desde el sur. Es una empresa desesperada, 
porque los acantilados de la costa permiten una defensa cómoda. La célebre caballería pesada 
normanda requiere de enormes corceles, muy difíciles de desembarcar. El alto riesgo obliga a 
Guillermo a conceder a sus seguidores, para el caso de un hipotético triunfo, privilegios feudales 
inauditos. 
No se debe menospreciar, en la historia, la importancia de la suerte. La colosal flota normanda está 
lista para zarpar pero los vientos no son favorables. En tanto, Tostig invade Inglaterra por el norte, 
 
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con un gran ejército de noruegos, escoceses y algunos anglosajones y toma York (la ciudad más 
escandinava de la isla). Al saberlo, Harold debe desguarnecer la costa sur y correr hacia York. Vence 
en un duro combate, mientras los vientos han cambiado, y Guillermo cruza y desembarca 
tranquilamente en las playas de Pevensey, en el propio señorío de Harold. Escoge la vecina región 
de Hastings, adecuada para su caballería pesada, y espera a las tropas de Harold, que llegan 
cansadas y reducidas. Combaten más de un día. Harold muere y vencen los normandos. Dos meses 
después, sofocada toda resistencia, Guillermo el Bastardo se ciñe la corona de Inglaterra, y pasa a 
ser conocido como "El Conquistador". 
Entonces debe cumplir sus promesas, lo que genera un tipo de feudalismo fuerte, con barones de 
enorme poder y privilegios. La diferencia étnica, lingüística y cultural con los campesinos 
anglosajones, y su actitud indómita que cuaja en varias revueltas, aumentan la sensación de 
alienación entre señores y siervos, consolidando la postura altiva de aquellos. 
La debilidad del rey ante la nobleza es uno de los principales problemas de los sucesores de 
Guillermo y crece cuando estos se interesan más en Inglaterra y menos en sus ricas posesiones 
continentales. Enrique I "Buencura", un hijo de Guillermo que reina entre 1100 y 1135, organiza la 
Curia regia y refuerza su poder. Mantiene buena relación con el pueblo anglosajón y se casa con una 
descendiente de la antigua casa real. Pero a su muerte los barones normandos recuperan poder, 
basados en los castillos que Guillermo levantó en toda Inglaterra para controlar a los conquistados, 
y otros nuevos que se erigen. 
El documento: En 1154, muerto Esteban sin descendencia, sube al trono Enrique II "Mantocorto" 
de Anjou, bisnieto de Guillermo y primer rey de la Casa de Plantagenet, que ceñirá la corona por 
siglos. Enrique gobierna casi hasta el Mediterráneo y los Pirineos, y conquista Irlanda, de acuerdo 
con el único papa inglés de la historia (Adrián IV). 
En Inglaterra busca restaurar el poder real, tras las huellas de Enrique I, demoliendo castillos de 
nobles e imponiéndoles contribuciones para sostener un ejército regular del reino. Envía jueces 
reales al interior, donde usan el sistema de jurados (doce hombres locales dan sentencia junto al 
juez). No tarda en chocar con la nobleza y el clero, al que retira los privilegios de inmunidad y de 
asilar en las iglesias a los perseguidos ("santuario"). El asesinato de su antiguo amigo el arzobispo 
de Canterbury, Tomás Becket, por hombres que, al parecer, creían obedecer sus órdenes, lo frena 
en lo referente al clero, pero no ante los señores feudales, que se rebelan, aliados con los hijos del 
rey. Enrique es derrotado y muere en 1189. Es coronado su hijo Ricardo "Corazón de León". Como 
tiene derecho al Reino de Jerusalén, cumple la promesa paterna de una cruzada para liberar Tierra 
Santa del Islam, como expiación por la muerte de Tomás Becket. 
Para ello, vende privilegios y cartas municipales a las villas inglesas. No recobra Jerusalén, pero logra 
un buen tratado con los islamitas, y al regreso es capturado y queda en manos del Sacro Emperador 
Romano Germánico, que exige un fuerte rescate. De sus diez años de reinado, Ricardo sólo pasa 
unos meses en Inglaterra. Todos los avances de su padre ante la nobleza se revierten. Muere en 
1199 sin descendencia, y la corona pasa a su hermano Juan "Sin-Tierra", el hijo preferido de Enrique, 
que trató de hacerlo coronar en Irlanda (de la que lo nombró Señor), y luego quizás intentó 
convertirlo en su sucesor. 
Su oposición a Ricardo es notoria, con un alzamiento incluido. Juan fue apoyado por su poderosa 
madre, Eleonora de Aquitania, y (paradójicamente) por la alta nobleza inglesa y normanda. Parece 
 
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haber sido un hombre severo, carente de sensibilidad política. Como Señor de Irlanda, ofende a los 
nobles locales, enojados por los impuestos, burlándose de sus largas barbas. Durante sus guerras 
en Francia, humilla a sus aliados y somete a malos tratos a sus prisioneros nobles. En general, se 
lleva muy mal con la alta nobleza laica y eclesiástica, pero parece estar mejor con los burgueses y el 
pueblo bajo. Su reinado abre con triunfos y esperanzas, pero en 1204 pierde la mayoría de sus 
posesiones continentales, incluido el Ducado de Normandía. Es una desgracia para él, pero lleva a 
la formación de la "mentalidad insular británica". Ese año se agravan sus problemas con Roma. 
Rechaza a Esteban Langton, arzobispo de Canterbury electo por el papa Inocencia III, y es 
excomulgado en 1209, para acabar declarando (1213) a Inglaterra como feudo pontificio, y 
comprometiéndose al pago de una suma periódica

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