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politica regulacion de la velocidad, paso 8 - Loraine Castañeda

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P OLITICA DE REGULACION DE LA 
VELOCIDAD 
 
 
 
 
NIT: 110.129.779-0 Vía 40 Barranquilla/Atlantico (57) 3022665999 Safe_Journey@sitioincreible.com 
 
 
FECHA 
CÓDIGO 
VERSIÓN 
26 . 04 . 
2023 
PESV-012 
01 
 
La empresa Safe Journey en cumplimiento de lo establecido en la Ley 1239 de 
2008, Ley 769 de 2002 y demás normativas relacionadas a la velocidad vehicular y 
en la búsqueda de prestar un servicio de calidad, eficiente, eficaz, efectivo y seguro 
a toda la población de la ciudad de Barranquilla y su Área Metropolitana, y bajo los 
lineamientos normativos que rigen la prestación del mismo, estipula que en el 
desarrollo de la labor sus vehículos deberán transitar según los límites de velocidad 
estipulados dependiendo de la zona que transiten. Los límites de velocidad 
establecidos según la ley 769 del año 2002 normativa vigente y bajo los que nos 
comprometemos a operar son: 
 
Zona o área Límite máximo de velocidad 
Rutas internas 10 Km/h. 
Zona de lavado (Patio) 10 Km/h. 
Zona de parqueo 10 Km/h. 
Zonas urbanas 50 Km/h. 
Zonas escolares 30 km/h. 
Zonas hospitalarias 20Km/h. 
 
En consecuencia, las acciones a desarrollar para cumplir el objetivo serán: 
 
• Se programarán capacitaciones preventivas a los conductores y a través de los 
distintos medios de divulgación. con el propósito de recordar de conformidad con la 
norma los límites de velocidad establecidos por las autoridades como zonas 
residenciales, escolares, zonas con baja visibilidad entre otras, así mismo la 
sensibilización sobre las sanciones a las que pueden llegar a ser sujetos por la 
violación de los límites de velocidad establecidos en la ley. 
 
• La velocidad de los vehículos de “SAFE JOURNEY”, en las vías externas o rutas 
será la estipulada por las autoridades de transito competente de conformidad con la 
norma que regulen la materia y la correspondiente señalización que se encuentre 
en la vía. Los conductores serán los sujetos activos de las sanciones a que puedan 
verse sometidos de parte de las autoridades en caso de incumplimiento de los 
límites mínimos y máximos de velocidad permitidas y a sanciones complementarias 
de las empresas. 
 
• La velocidad a la que se operan los vehículos de la empresa, de empleados, 
contratistas en las vías internas de la empresa será de 10 K/h tal como indica 
 
 
 P OLITICA DE REGULACION DE LA 
VELOCIDAD 
 
 
 
 
NIT: 110.129.779-0 Vía 40 Barranquilla/Atlantico (57) 3022665999 Safe_Journey@sitioincreible.com 
 
 
FECHA 
CÓDIGO 
VERSIÓN 
26 . 04 . 
2023 
PESV-012 
01 
respectiva señalización. De violar esta política se impondrán comparendos 
pedagógicos internos, de ser repetitiva se llamará a descargo la persona infractora. 
 
Los conductores que sean infractores y sobrepasen estos límites serán llamados a 
descargo y se les realizaran acciones disciplinarias de la siguiente manera: 
 
Infracción: 
• Comparendo por exceso de velocidad. Sin consecuencia. 
• Exceso de velocidad identificada por el apoyo tecnológico. 
• Comparendo por exceso de velocidad. Con consecuencias (accidente de 
tránsito) 
• Exceso de velocidad identificada por el apoyo tecnológico. 
• Reincidente de comparendo por exceso de velocidad. 
• Exceso de velocidad identificada por el apoyo tecnológico. 
 
Acción correctiva: 
• Sensibilización mediante cursos pedagógicos (escuelita de conductores). 
• Se tomarán las acciones disciplinarias pertinentes. 
• Podría ser motivo de terminación de contrato. 
 
Protocolo de aplicación del control. 
• Acciones pedagógicas formativas. 
• Sanciones a los infractores. 
 
Socialización de la Política de velocidad. 
La empresa Safe Journey, socializará esta política por medio de una acción 
formativa en la temática de manejo defensivo, también será impresa y entregada a 
los trabajadores. 
 
 
 P OLITICA DE REGULACION DE LA 
VELOCIDAD 
 
 
 
 
NIT: 110.129.779-0 Vía 40 Barranquilla/Atlantico (57) 3022665999 Safe_Journey@sitioincreible.com 
 
 
FECHA 
CÓDIGO 
VERSIÓN 
26 . 04 . 
2023 
PESV-012 
01 
 
La presente se firma a los 3 días del mes de marzo del 2023 en la ciudad de 
Barranquilla. 
 
 
 
Neyla Castañeda 
GERENTE GENERAL 
Cc 1042850667

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