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DERECHO PROCESAL EJE 1

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DERECHO PROCESAL
conjunto de principios y normas
jurídicas que regulan la actividad
judicial del Estado y de los particulares
en la realización indirecta del derecho.
EJE 1
PROCESO JUDICIAL
“Serie gradual, progresiva y concatenadas de actos jurídicos
procesales que nacen como consecuencia del ejercicio de
poderes y cumplimiento de deberes que realizan los sujetos
procesales intervinientes con la finalidad de obtener una
resolución jurisdiccional que, administrando justicia,
resuelva definitivamente el conflicto de intereses que le dio
origen”
CARACTERES PROCESO JUDICIAL
PUBLICO
AUTONOMO
COMPLEJO
RASGO TELEOLOGICO
ELEMENTOS PROCESO JUDICIAL
OBJETIVO
SUBJETIVO
TELEOLOGICO
gradual
progresivo
concatenado
actos juridicos procesales
SUJETOS 
FIN INMEDIATO
FIN MEDIATO
• objeto del proceso es la actividad de juez 
• El contenido del proceso está dado por las
pretensiones o declaraciones de voluntad cuyo
acogimiento se intenta obtener
PRESUPUESTOS PROCESALES
son los requisitos necesarios o indispensables para la
constitución de una relación jurídica procesal valida
REQUISITOS FORMALES DE LA DEMANDA
CAPACIDAD PROCESAL
COMPETENCIA DEL JUEZ
PRESUPUESTOS SENTENCIALES
aquellos requisitos cuya concurrencia es necesaria para
que pueda ser pronunciada una sentencia valida sobre el
fondo del asunto. Para esto se requiere un procedimiento
previo y completo que se haya cumplido según las
formas, tiempo y lugar.
CIVIL- ORDINARIO
Introductoria
probatoria
discusoria
decisoria
3 dias para comparecer
10 dias contestar demanda
se ofrece solo documental
toda la prueba
40 dias
prorrogable por 20 
ORAL
60 dias
prorrogable por 30 
CIVIL-EJECUTIVO
PREPARACION
VIA EJECUTIVA
JUICIO
Deudor reconozaca su firma
manifieste si el locatario y exhiba recibos
señale el plazo el tribunal del pago
Presentada la demanda, si el título invocado trae aparejada ejecución, se ordenará sin más trámite
que se trabe embargo sobre bienes del demandado y que se lo cite para que comparezca a estar a
derecho en el plazo de ley, y de remate para oponer excepciones dentro de los tres días siguientes al
vencimiento de aquel plazo, bajo apercibimiento
FAMILIA
PREJURISDICCIONAL
JUICIO
LABORAL
CONCILIACION
JUICIO
SISTEMAS PROCESALES
son los distintos modos de desenvolverse en el proceso, examinado
desde el punto de vista externo, y que tienen estrecha vinculación
con los principios formativos del proceso y la teoría de los actos
jurídicos procesales.
CARACTERES
RELATIVIDAD
INTERCAMBIABILIDAD
NEUTRALIDAD JUICIOS DE VALOR
SISTEMAS PROCESALES- TIPOS
DISPOSITIVO
INQUISITIVO
ACUSATORIO
MIXTO
asigna a los particulares tanto la iniciativa del proceso como el impulso
posterior
es el juez o tribunal a quien le competen esos poderes y los que deben actuar
por si e investigar
fiscal investiga, juez juzga
fiscal investiga, juez juzga, pero tambien puede investigar
SISTEMAS PROCESALES- TIPOS
ORAL
ESCRITO
MIXTO
la mayoria procedimientos tiene parte oral y escrita
es utilizado en el procedimiento penal, familiar y laboral. requiere que la
sentencia se funde solo en aquellas alegaciones que hayan sido verbalmente
expresadas por las partes ante el tribunal de la causa
es utilizado en el procedimiento civil
SISTEMAS PROCESALES- TIPOS
DOBLE INSTANCIA
INSTANCIA UNICA
propia de los procedimientos civiles. la existencia de dos órganos
jurisdiccionales que actúan en momentos diferentes del proceso
para los demás procedimientos, en donde la sentencia dictada solo puede ser
impugnada por vía de recursos extraordinarios, las ventajas se fundamentan en
su agilidad y vigencia de la inmediación.
PRINCIPIOS PROCESALES
Son los presupuestos políticos que determinan la existencia
funcional de un ordenamiento procesal cualquiera. Son las líneas
directrices u orientadoras que rigen el proceso.
implica que los actos que se cumplan deban o puedan ser conocidos
por las partes, intervinientes o sociedad, ya que en el trámite existe un
interés público, que es el de garantizar la paz y justicia, logrando así
una mayor transparencia en la administración de la justicia y un
control adecuado de la actividad procesal. Esta publicidad se puede
limitar o restringir cuando pudiere afectarse a la moral o al orden
público, u ocasionarse perjuicios materiales o morales a los
interesados.
PUBLICIDAD
INMEDIACION
contacto directo entre el juez las partes y las pruebas. 
BILATERALIDAD
Es también denominada principio de contradicción 
ECONOMIA PROCESAL
de gastos y de esfuerzos
ADQUISICION
significa que los resultados de la actividad de las partes se adquieren para el
proceso, independientemente de cuál de ellas haya realizado tal actividad
REGLA PROCESAL
PRECLUSION
imposibilidad de volver a etapas ya pasadas.

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