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Cobranzas documentarias Lic. Félix Cahuas Andrade Las cobranzas documentarias son una alternativa a las cartas de crédito, que ofrecen un grado de protección tanto al importador como al exportador. Los bancos actúan como intermediarios para el intercambio de documentos de títulos para pagos pero no están obligados a pagar, como sería el caso con las cartas de crédito. Características Las dos condiciones más comunes para la cesión de documentos son: Documentos contra pago (D/P): Los documentos pueden ser liberados sólo si el importador efectúa el pago inmediato, según el acuerdo concertado entre el exportador y el importador. También conocido como cobranza a la vista. Documentos contra aceptación (D/A): los documentos podrán ser liberados sólo si el importador acepta la letra de cambio respectiva, de modo que el exportador contrae la obligación de pagar en una fecha futura específica. Ventajas Una alternativa económica a las cartas de crédito No es necesario que el importador tenga una línea de crédito abierta en su banco El exportador tiene control sobre los documentos de titularidad hasta que el comprador extranjero haya hecho el pago o aceptado la obligación de pago Transferencia bancaria La transferencia bancaria es un modo de mover dinero, que se lleva a cabo empleando entidades de crédito, como los bancos. Se hacen entre cuentas de una misma persona física o jurídica en un mismo banco o también en diferentes bancos en diferentes países o entre cuentas de diferentes titulares. Normalmente si las dos cuentas están en el mismo banco y son de la misma persona, se llama traspaso y no se suele cobrar comisión. A veces aún estando en el mismo banco, se cobra comisión por estar la cuenta de destino en otro lugar (otra ciudad o barrio) o pertenecer a una persona distinta. Para facilitar los pagos entre bancos, se suelen utilizar códigos de identificación bancaria nacionales e internacionales. El de mayor utilización internacional es el SWIFT, aunque actualmente se utilice cada vez más el IBAN promulgado por el Comité Europeo de Estándares Bancarios. Carta de crédito Es un instrumento de pago independiente del contrato que dio origen a la relación entre las partes negociantes, es decir, el comúnmente llamado contrato de compra-venta internacional. Tiene sustento legal en las Reglas y Usos Uniformes Relativos a los Créditos Documentarios - UCP 600 de la ICC (International Chamber of Commerce), que en la industria son popularmente conocidas en conjunto como "la brochure 600"... Actores que intervienen Ordenante Banco emisor Beneficiario Banco corresponsal Ordenante Es el importador o comprador de la mercancía, y es entonces quien solicita la apertura del crédito documentario e instruye al banco emisor sobre las condiciones para llevarlo a cabo. Banco emisor Es el banco sobre el que recae la obligación principal para con el beneficiario, y el que deberá abrir el crédito documentario a favor de éste. Obra a pedido y bajo las instrucciones del ordenante. Beneficiario: Es el exportador o vendedor de la mercancía, y el que tiene el derecho de cobro en función del cumplimiento de las condiciones impuestas en el crédito. Es el receptor del documento que sustenta el crédito, y el que recibirá entonces una garantía de pago siempre que esté en posición de presentar la documentación requerida en los plazos Banco corresponsal: Según la responsabilidad que tenga, se llamará banco pagador si debe entregarle dinero a la vista al beneficiario contra el cumplimiento de sus obligaciones (pago a la vista), banco negociador si estuviera encargado de descontar letra/s al beneficiario contra el cumplimiento de sus obliglaciones (pago diferido), banco aceptador si acepta la/s letra/s del beneficiario para pagárselas al vencimiento o banco avisador si solo actúa notificando al beneficiario de la apertura del crédito a su favor. Los usos y costumbres hacen que el banco corresponsal pueda investir la figura de más de un sujeto, por tener responsabilidades diferentes (por ejemplo, puede ser banco avisador y banco negociador a la vez). Tipos de cartas de crédito[editar] Tipos de cartas de crédito Domésticas Contra pago:Pago a la vista , Diferido (pagadero a plazo) Contra aceptación Contra Negociación Revocables o irrevocables Cartas de crédito particulares:-Transferibles, Rotativa,De Anticipo,Back to Back
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