Logo Studenta

PRUEBAS (DERECHO AGRARIO Y RESTITUCION DE TIERRAS)

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

DERECHO AGRARIO Y RESTITUCION DE TIERRAS
PRUEBAS Art. 89
Son pruebas admisibles todas las reconocidas por la ley (las del CGP, son las mismas). En particular el Juez o Magistrado tendrá en cuenta los documentos y pruebas aportadas con la solicitud, evitará la duplicidad de pruebas y la dilación del proceso con la práctica de pruebas que no considere pertinentes y conducentes. Tan pronto el Juez o Magistrado llegue al convencimiento respecto de la situación litigiosa, podrá proferir el fallo sin necesidad de decretar o practicar las pruebas solicitadas. Ejemplo, que la parte dice que necesita que practique o decrete tales pruebas, pero resulta que con lo presentado ya el se convenció, el podrá negarse. 
El valor del predio lo podrá acreditar el opositor mediante el avalúo comercial del predio elaborado por una Lonja de Propiedad Raíz de las calidades que determine el Gobierno Nacional. Si no se presenta controversia sobre el precio, se tendrá como valor total del predio el avalúo presentado por la autoridad catastral competente. HECHO HISTÓRICO: cuando se inició con 1448, los opositores acudían para acreditar el avalúo catastral a lonjas de propiedad raíz, inmobiliarias, que fueran avaladas por la entidad que el gobierno determina que podía avalarlas, es entidad ANTERIORMENTE era la ANT, pero ella fue relevada de esa tarea (porque hay conflicto de intereses9 entonces la autoridad ACTUALMENTE es el IGAC para dar estos avales. Si el propietario quiere demostrar el avalúo comercial, le puede decir al IGAC que necesita eso o solicitar la experticia ante una lonja de propiedad que esté certificada por el IGAC para dar esa experticia. 
Se presumen fidedignas las pruebas provenientes de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras despojadas en el Registro de Tierras Despojadas y abandonadas forzosamente a que se refiere esta ley. Eso quiere decir que las pruebas que la unidad recaude sea en la etapa admón. o de análisis previo, cuando sea llevada ante el juez, vana a gozar del beneficio de ser presumidas fidedignas. La DISCUCIÓN está en que la víctima si acude a un abogado convencional (diferente del de la URT) pierde ese beneficio y OTROS dicen que aun así no pierden ese beneficio, sin importar quien las presente porque esas pruebas fueron recogidas por la URT en una etapa específica y el abogado no tiene poder para cambiarlas. (esas pruebas fueron recogidas, inmersas en un trámite y oficializadas al inscribirse ante el registro de tierras). 
PRUEBAS QUE RECAUDA LA UNIDAD DE RESTITUCIÓN: 
· Estudios registrales enviados por la superintendencia de notariado y registro. 
· Escrituras solicitadas a notarias
· Registros civiles dados por la registraduría nacional del estado civil
· Información solicitada a las distintas entidades pertenecientes al SNARIV
· Testimonios; que son grabados y consignados en papel
· Análisis de contexto DAC
· Cartografías sociales
Todos esos documentos quedan oficializados en papel. Ahora bien, si solicita al centro de memoria histórica si es verdad tal hecho, ese centro responderá entregándole que consultadas las bases de datos se informa que sí se dio esos hechos en tal época y zona, eso es un documento membretado. 
Los documentos enviados a la URT son membretados, se les asigna un consecutivo que es único, entran por 472, se les asigna un sticker, lo suben a sistema de registro y allí le asignan otro consecutivo. 
Entonces el VALOR QUE LE ATRIBUYE LA LEY A LAS PRUEBAS es el de ser fidedignas. 
PERIODO PROBATORIO: Art. 90
Duración se debe agotar en 30 días hábiles. En ellos se practican las pruebas solicitadas por el solicitante, ministerio público, opositores. 
EN EL PROCESO JUDICIAL hay inversión de la carga de la prueba también. El que debe probar es el opositor. 
NOTA: a la hora de preguntarle al solicitante si quiere seguir el proceso o no con la URT se le graba un conocimiento informado y se entrega un acta donde se relacionan todos los documentos que se le entregarán.

Continuar navegando