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REGISTROS A CARGO DE LAS CÁMARAS DE COMERCIO
PRESENTADO POR:
NICOLE DAYANA RODRIGUEZ
PRESENTADO A:
SANTIAGO BERMUDES
CORPORACION UNIVERSITARIA AUTONOMA DE NARIÑO
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES
CONTADURIA PUBLICA
PUERTO ASIS-PUTUMAYO
2020
1. ¿Averiguar Tres de los registros a cargo de las Cámaras de Comercio?
· Registro Mercantil
· Registro Nacional de Turismo
· Registro de Entidades Sin Animo de Lucro 
2. ¿De los tres registros qué llevan las Cámaras de Comercio, de acuerdo a su respuesta anterior, hasta qué fecha se tiene plazo para la renovación oportuna? 
· Registro Mercantil: Todo empresario debe hacer la renovación de la matrícula mercantil dentro de los tres primeros meses de cada año. Es decir, hasta el 31 de marzo. 
· Registro Nacional de Turismo: La inscripción en el RNT tiene una vigencia anual y debe renovarse dentro de los tres primeros meses de cada año.
· Registro de Entidades Sin Animo de Lucro: A partir del Decreto 19 de 2012, las entidades sin ánimo de lucro deben renovar su inscripción ante las cámaras de comercio dentro de los tres primeros meses de cada año.
3. ¿Hasta qué fecha se tienen para renovar oportunamente el Registro Único de Proponentes?
“De acuerdo con el artículo 2.2.1.2.1.4.9 del Decreto 1082 de 2015 “La persona inscrita en el RUP debe presentar la información para renovar su registro a más tardar el quinto día hábil del mes de abril de cada año. De lo contrario cesan los efectos del RUP.”
4. Qué sucede para el año 2020 con la fecha de renovación oportuna de los registros a cargo de las Cámaras de Comercio por el tema del Covid19. ¿Averiguar hasta qué fecha se extendió el plazo?
El plazo se extendió hasta el 3 de Julio del presente año.
“La decisión se tomó a través del Decreto 434 de 2020, con el propósito de disminuir el impacto económico en las empresas por el COVID-19, y de reducir las congestiones que podrían presentarse en las diferentes sedes de las Cámaras de Comercio, y en el transporte público debido al cumplimiento de esta obligación legal para empresarios y comerciantes que tenía como fecha límite el 31 de marzo.”
La ampliación del plazo aplica para la renovación de la matrícula mercantil, el Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza (Runeol), Entidades Sin ánimo de Lucro; Entidades de Economía Solidaria, Turismo, Veedurías Ciudadana, y los demás registros que integran el Registro Único Empresarial y Social – RUES.
*Para el caso del Registro Único de Proponentes (RUP), el plazo se extendió hasta el 7 de julio

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