Descarga la aplicación para disfrutar aún más
Vista previa del material en texto
DERECHO INTERNACIONAL Profe. ANGÉLICA MARÍA GÓMEZ GÓMEZ agomez793@unab.edu.co LO QUE VAMOS A VER: 01. Generalidades del derecho internacional. 02. Sujetos del derecho internacional. 03. El estado y sus derechos. 04. Límites de los estados. 05. Principios del Derecho internacional. GENERALIDADES DEL DERECHO INTERNACIONAL 01. DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO Y PRIVADO DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO El derecho internacional público es un conjunto de normas jurídicas, costumbres y principios jurídicos que regulan las relaciones entre los Estados y sujetos de derecho internacional. Este derecho nace para mantener la armonía de la comunidad internacional. En ese sentido, establece fronteras, delimita espacios terrestres, marítimos, aéreos y preserva los recursos naturales para el bien de interés general. DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO El derecho internacional privado es el conjunto de normas, o el marco jurídico, que regula las relaciones entre los individuos en un contexto internacional. "Individuos" son personas naturales o jurídicas privadas, diferentes a actores públicos o estatales. Conoce de situaciones de derecho de familia y comercial. SUJETOS DEL DERECHO INTERNACIONAL 02. EL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO Regula las relaciones entre: ESTADOS SUJETOS DE DERECHO INTERNACIONAL ORDEN SOBERANA DE MALTA SANTA SEDE SUJETOS RECONOCIDOS COMO BELIGERANTES D E R E C H O S Y D E B E R E S D E L O S E S T A D O S AUTOCONSERVACIÓN SOBERANÍA SUPREMACÍA TERRITORIAL RESPETO DEL HONOR DERECHO A LA IGUALDAD JURÍDICA Toda nación tiene derecho a: Existir. Proteger. Conservar. Su existencia. AUTOCONSERVACIÓN SOBERANÍA RESPETO A LA INDEPDENDENCIA “Ningún estado puede intervenir en los asuntos internos, ni externos de otro estado”. Carta ONU El estado puede gobernar a las personas que habitan el territorio, cualquiera que sea su nacionalidad y no es lícita la intervención de otro estado. Se aplican algunas excepciones a la jurisdicción exclusiva: • Inmunidad de agentes diplomáticos. • Asilo diplomático. • Tripulación de barcos en aguas internacionales. SUPREMACÍA TERRITORIAL Un Estado no puede intervenir en el territorio de otro y debe abstenerse de realizar actos de carácter oficial en espacios de supremacía extranjera sin permiso del estado territorial. RESPETO DEL HONOR Queda prohibido para un estado denigrar de los símbolos públicos de la soberanía estatal: • Escudo. • Bandera. • Uniformes. • Himno Nacional. DERECHO A LA IGUALDAD JURÍDICA ✓Estados independientes entre sí. ✓Son jurídicamente iguales. ✓Ningún estado soberano debe estar subordinado a otro. DERECHO A LA IGUALDAD JURÍDICA ESTADOS. ORGANIZACIONES INTERNACIONALES MULTINACIONALES O TRASNACIONALES PERSONA HUMANA COMPONENTES MÁS IMPORTANTES DE LA SOCIEDAD INTERNACIONAL LÍMITES DE LOS ESTADOS04.
Compartir