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TITULO 2 CONSTITUCIÓN POLITICA 1991 Grupo 2

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA 1991
Presentado por 
Barceló Zuleima
Dix Luz
Aimeé Gonzalez
Larios Katiuska 
Sarmiento Milagros
CAPITULO I 
Derechos Fundamentales
Llamados también Derechos de Primera Generación, le pertenecen a la persona, son inalienables y le permiten un desarrollo óptimo e integral de su ser. Por lo tanto, deben ser respetados sin distinción alguna.
Estos derechos incluyen los derechos civiles y los derechos políticos, buscan garantizar la libertad de los individuos. No pueden ser transgredidos, cedidos ni anulados. El Estado debe hacerlos respetar mediante la Constitución.
El derecho a la vida es el mas importante y de el se derivan los demás y agrupados de la siguiente manera
• Derechos a la vida y a la integridad personal: se prohíben la desaparición forzada (art. 12), la esclavitud y la trata de seres humanos en todas sus formas (art. 17), entre otros. El ser humano no puede ser discriminado por su raza, sexo ni religión (art. 13).
• Derechos que protegen las libertades: libertad de culto, libertad de conciencia libertad de expresión, libertad para participar en la conformación, el ejercicio y el control político y libertad de protestar pacíficamente.
• Derechos que protegen la igualdad, la honra, la intimidad y las garantías procesales: los ciudadanos y ciudadanas serán considerados inocentes, hasta que la ley demuestre lo contrario y, en ese caso, tienen derecho a ser juzgados conforme a la ley y ante las autoridades competentes (artículo 29). Este juzgamiento debe ser llevado a cabo en el territorio nacional con excepción de los delitos cometidos en el exterior (art. 35)
CAPITULO II 
DERECHOS SOCIALES, ECONOMICOS Y CULTURALES
Estos derechos son llamados Derechos de Segunda Generación y tienen como objetivo proteger el derecho al trabajo digno, al bienestar económico y, así mismo, a la educación y la cultura. Son derechos que cobijan al individuo como parte de una sociedad. Se pueden encontrar en la Constitución desde el artículo 42 hasta el 77.
CAPITULO III 
Derechos Colectivos y del Ambiente
Se reconocen los derechos llamados de Tercera Generación, que son todos aquellos derechos colectivos y solidarios, entre los cuales se mencionan el control de calidad de los bienes ofrecidos y prestados a la comunidad (artículo 78), el derecho a disfrutar un ambiente sano (artículo 79), el aprovechamiento de los recursos naturales de una forma óptima y sostenible (artículo 80), la prevalencia del interés público frente al privado en lo que respecta al espacio público, el cual regula el Estado mediante el artículo 82. Dentro de estos derechos, también se plantea la prohibición respecto a la fabricación, importación, posesión y uso de armas químicas, biológicas y nucleares (artículo 81).
CAPITULO IV 
De Protección y Aplicación de los Derechos
Establece las formas de protección y cumplimiento de los mismos. Por esta razón, la Constitución presenta, desde el artículo 83 hasta el 94. Dentro de estas medidas de protección, tenemos:
 La acción de tutela como uno de los mecanismos más importantes dados por la Constitución a los colombianos para la defensa de sus Derechos Fundamentales (artículo 86). Este artículo demanda que cualquier colombiano, sin necesidad de ser abogado, puede recurrir a ella en el momento que lo necesite. El fallo deberá ser de inmediato cumplimiento. En caso de que este se desee impugnar, debe ser presentado ante un juez competente quien lo remitirá a la Corte Constitucional para su revisión.
CAPITULO III 
Bibliografía 
Constitución politica de Colombia 199.
Constitucion política Universidad Católica.
https://www.google.com/url?sa=t&source=web&rct=j&url=https://repository.ucatolica.edu.co/bitstream/10983/14365/4/Competencias_0y1.pdf&ved=2ahUKEwj8r5rckav3AhVVTTABHXiaCV8QFnoECAsQAQ&usg=AOvVaw1ucqIZqhVwl02OptI_oCSu
¡MUCHAS GRACIAS!