Logo Studenta

inbound176031216977100819 - Bryan Andres Loor

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA INDOAMÉRICA 
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y ECONÓMICAS 
TAREA 8 
REALIZADO POR: 
LOOR RODRIGUEZ BRYAN ANDRES 
TEMA: 
TUTELAS Y CURADURIAS 
MATERIA: 
DERECHO DE FAMILIA 
TUTORA: 
Mgs. ERIKA CRISTINA GARCÌA ERAZO 
FECHA DE ENTREGA: 
12 DE JULIO DEL 2019 
CARRERA: 
DERECHO 
SEMESTRE: 
TERCERO 
PARALELO: 
2 
 
No se extienden solo a los bienes, sino a 
las personas sometidas a ellas. 
Están sujeto a tutela los 
menores 
Los individuos sujetos a tutela 
se llaman pupilos 
No se puede otorgar a quien 
esté bajo patria potestad 
Pueden estar dos o más 
individuos 
Pueden ser testamentarias, 
legitimas o dativas 
El padre o madre puede dar tutor en el testamento 
siempre y cuando no estuviera bajo la patria potestad, 
en tal caso se designa curador. 
Pueden ser a menores o mayores 
interdictos, siempre que no estén bajo 
tutela 
Carecerán de derechos los padres que 
se les ha quitado la patria potestad por 
orden del juez 
Cualquiera podrá nombre tutor o 
curador bajo testamento o acto 
entre vivos 
Podrán ser dos o más tutores 
simultáneamente 
Admiten condición 
suspensiva y resolutoria 
Tiene lugar cuando se emancipa el menor y se suspende 
la paria potestad de los padres 
• En primer lugar, el padre del menor 
• En segundo lugar, la madre 
• En tercer lugar, los demás 
ascendientes 
 
Si continuando el pupilaje cesare el guardador 
legitimo será reemplazado por otro 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
TUTELAS Y CURADURÍAS EN GENERAL 
Son cargos impuestos a ciertas personas a 
favor de aquellos que no pueden gobernarse 
ni administrarse así mismo 
TUTELA TESTAMENTARIA 
TUTELA LEGÍTIMA 
A falta de otra tutela tendrá lugar la dativa 
El juez deberá oír a los familiares del pupilo 
sigilosamente para poder dar la tutela dativa 
 
 
 
 
TUTELA DATIVA

Continuar navegando