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Caso - derecho - Dayana Moreano

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ESCUELA 
SUPERIOR 
POLITECNICA 
DE 
CHIMBORAZO.
Katherine Moreano
Iveth Lamiña
Gabriela Paguay
Ariel Anilema
Michael Quichimbo
SOBRE EL CASO
• Agresor: Bolívar Espín
• Víctima: Paola Guzmán (13 de Diciembre 2002)
• Madre de la víctima: Petita Albarracín
• Caso: Violencia sexual
INTRODUCCIÓN
• Paola del Rosario Guzmán Albarracín fue una adolescente ecuatoriana que se quitó la vida luego de 
sufrir años de acoso y abuso sexual por parte del vicerrector del colegio donde estudiaba.
• El caso quedó inicialmente en la impunidad
• Su caso llegó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos después de 18 años
HECHOS
• Paola Guzmán empezó a ser acosada sexualmente en 2001, cuando contaba con 14 años y cursaba el 
tercer curso en el colegio público Miguel Martínez Serrano, de la ciudad de Guayaquil. Bolívar Espín 
Zurita, el vicerrector del colegio y que en ese entonces contaba con 65 años de edad, le ofreció ayuda 
en dos asignaturas en las que ella tenía problemas si aceptaba salir en una cita con él.
• Bolívar Espín siguió acosándola durante el resto del año escolar, llegando a obligarla a tocarle los 
genitales. Desde octubre de 2002 empezó a abusar sexualmente de ella.2
• Días antes de su muerte Paola les contó a sus amigas del colegio que estaba embarazada del vicerrector. 
Espín le sugirió realizarse un aborto, por lo que Paola fue donde el médico del colegio, Raúl David 
Ortega Gálvez,9 quien supuestamente realizaría el procedimiento. Sin embargo, este también intentó 
abusar sexualmente de ella.8 Hacia 2020, Ortega Gálvez trabajaba en el Hospital Luis Vernaza de 
Guayaquil como urólogo.9
https://es.wikipedia.org/wiki/Guayaquil
https://es.wikipedia.org/wiki/Caso_Paola_Guzm%C3%A1n_Albarrac%C3%ADn#cite_note-espectador-2
https://es.wikipedia.org/wiki/Caso_Paola_Guzm%C3%A1n_Albarrac%C3%ADn#cite_note-impunidad-9
https://es.wikipedia.org/wiki/Caso_Paola_Guzm%C3%A1n_Albarrac%C3%ADn#cite_note-precedente-8
https://es.wikipedia.org/wiki/Caso_Paola_Guzm%C3%A1n_Albarrac%C3%ADn#cite_note-impunidad-9
Fallecimiento
• El 12 de diciembre de 2002, durante el recorrido del bus escolar hacia el colegio, Paola confesó a varias de sus 
amigas que había ingerido fósforo blanco. Al llegar al colegio fueron a la enfermería, pero no le prestaron 
atención ni llamaron a sus familiares. La madre de Paola, Petita Albarracín, llegó al colegio media hora después 
gracias a la llamada de una de las amigas de su hija.2
• Al ver la condición de su hija, que se hallaba presa de fuertes dolores en una camilla,2 la llevó rápidamente al 
Hospital Luis Vernaza,1 donde falleció un día después por intoxicación.10 Al momento de su deceso Paola tenía 
16 años.11
• En su mochila se encontraron dos cartas, una dirigida a su madre y otra a Espín.1
• Luego de la muerte de Paola, saltaron a la luz pública casos adicionales de acoso sexual por parte de Espín, 
entre ellos el de una profesora y de otra alumna del plantel, quien declaró haber sido amonestada por el rector 
del colegio, José Ruiz Méndez, luego de denunciar el hecho.12 La profesora, por su parte, reveló que Espín había 
intentado encerrarla en su oficina en 1998.2
https://es.wikipedia.org/wiki/F%C3%B3sforo_blanco
https://es.wikipedia.org/wiki/Caso_Paola_Guzm%C3%A1n_Albarrac%C3%ADn#cite_note-espectador-2
https://es.wikipedia.org/wiki/Caso_Paola_Guzm%C3%A1n_Albarrac%C3%ADn#cite_note-espectador-2
https://es.wikipedia.org/wiki/Hospital_Luis_Vernaza
https://es.wikipedia.org/wiki/Caso_Paola_Guzm%C3%A1n_Albarrac%C3%ADn#cite_note-inicio-1
https://es.wikipedia.org/wiki/Intoxicaci%C3%B3n
https://es.wikipedia.org/wiki/Caso_Paola_Guzm%C3%A1n_Albarrac%C3%ADn#cite_note-preventiva-10
https://es.wikipedia.org/wiki/Caso_Paola_Guzm%C3%A1n_Albarrac%C3%ADn#cite_note-destitucion-11
https://es.wikipedia.org/wiki/Caso_Paola_Guzm%C3%A1n_Albarrac%C3%ADn#cite_note-inicio-1
https://es.wikipedia.org/wiki/Caso_Paola_Guzm%C3%A1n_Albarrac%C3%ADn#cite_note-maira-12
https://es.wikipedia.org/wiki/Caso_Paola_Guzm%C3%A1n_Albarrac%C3%ADn#cite_note-espectador-2
Caso Paola del Rosario Guzmán Albarracín y familiares
• El 17 de octubre de 2008 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) aceptó tratar el caso, bajo el 
nombre Paola del Rosario Guzmán Albarracín y familiares,17 en cuya petición se aseveraba que tanto el colegio 
como el Estado habían incumplido su deber de proteger a Paola, más aún en su condición de menor de edad.2
• La Comisión concluyó que Paola fue víctima de violencia sexual por parte de Espín y del médico del colegio y que 
esto fue un factor determinante en su suicidio. Pidió a Ecuador que realizara reparaciones materiales y morales a 
la familia de Paola, entre ellas la adopción de medidas de compensación económica. También recomendó que el 
Estado ecuatoriano brindase tratamiento psicológico a la madre y al resto de la familia de Paola de forma 
gratuita y que creara protocolos para atender este tipo de delitos,8 así como la reconstrucción de la memoria de 
Paola, pues en muchos diarios locales se calificó el acoso y abuso sexual sistemático sufrido por Paola como 
"relación sentimental" y su suicidio como producto de una "decepción amorosa".2 18
• Ante la falta de cumplimiento por parte de Ecuador de las recomendaciones presentadas, la CIDH decidió elevar 
el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH),19 que el 7 de febrero de 2019 lo acogió. El 
hecho se convirtió en precedente por constituir el primer caso de abuso sexual en un ámbito educativo tratado 
por la Corte IDH.8
https://es.wikipedia.org/wiki/Comisi%C3%B3n_Interamericana_de_Derechos_Humanos
https://es.wikipedia.org/wiki/Caso_Paola_Guzm%C3%A1n_Albarrac%C3%ADn#cite_note-17
https://es.wikipedia.org/wiki/Caso_Paola_Guzm%C3%A1n_Albarrac%C3%ADn#cite_note-espectador-2
https://es.wikipedia.org/wiki/Caso_Paola_Guzm%C3%A1n_Albarrac%C3%ADn#cite_note-precedente-8
https://es.wikipedia.org/wiki/Caso_Paola_Guzm%C3%A1n_Albarrac%C3%ADn#cite_note-espectador-2
https://es.wikipedia.org/wiki/Caso_Paola_Guzm%C3%A1n_Albarrac%C3%ADn#cite_note-18
https://es.wikipedia.org/wiki/Corte_Interamericana_de_Derechos_Humanos
https://es.wikipedia.org/wiki/Caso_Paola_Guzm%C3%A1n_Albarrac%C3%ADn#cite_note-19
https://es.wikipedia.org/wiki/Caso_Paola_Guzm%C3%A1n_Albarrac%C3%ADn#cite_note-precedente-8
DELITO
• En su sentencia, emitida en junio, la CIDH "encontró al Estado de Ecuador responsable por la violencia 
sexual sufrida por Guzmán".
Que, conforme al artículo 393 de la Constitución de la República, el Estado debe garantizar la seguridad humana a 
través de políticas y acciones integradas, para prevenir las formas de violencia y discriminación, para lo cual se 
encargará a órganos especializados en los diferentes niveles de gobierno la planificación y aplicación de estas 
políticas.
• DE ABUSO DE CONFIANZA
Aguiar. infidelidad que consiste en burlar o perjudicar a otro que, por inexperiencia, afecto, bondad excesiva o 
descuido, le ha dado crédito
• Sentencia
• En agosto de 2020 la Corte IDH dictó la sentencia histórica de que el Estado de Ecuador es responsable 
por la violencia sexual e institucional de la que Paola fue víctima, y sentó jurisprudencia para el 
tratamiento y respuesta ante los casos que se presenten en las escuelas y colegios de la región.
CONSTITUCIÓN
• Art. 3.- Son deberes primordiales del 
Estado:
• Garantizar sin discriminación alguna
el efectivo goce de los derechos 
establecidos en la Constitución y en
los instrumentos internacionales, en
particular la educación, la salud, la 
alimentación, la seguridad social y el 
agua para sus habitantes.
DERECHOS 
IMPLEMENTADOS
CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
• Art. 11.- El interés superior del niño.
El interés superior del niño es un principio que está orientado a satisfacer el ejercicio
efectivo del conjunto de los derechos de los niños, niñas y adolescentes
• Art. 12.- Prioridad absoluta.
En la formulación y ejecución de las políticas públicas y en la provisión de recursos, 
debe asignarse prioridad absoluta a laniñez y adolescencia, a las que se asegurará
DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL Y 
REPRODUCTIVA
• Los delitos de abuso o acoso sexual son más graves y serán sancionados con una pena mayor cuando la 
víctima sea menor de catorce años de edad o con discapacidad; cuando la persona no tenga capacidad
para comprender el significado del hecho o por cualquier causa no pueda resistirlo; o si la víctima, como
consecuencia de la infracción, sufra una lesión física o daño psicológicos
CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL
• Artículo 164.- Inseminación no consentida.
La persona que insemine artificialmente o transfiera óvulo fecundado a una mujer sin su
consentimiento, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años.
• Artículo 166.- Acoso sexual.
La persona que solicite algún acto de naturaleza sexual, para sí o para un tercero, prevaliéndose de 
situación de autoridad laboral, docente, religiosa o similar, sea tutora o tutor, curadora o curador, 
ministros de culto, profesional de la educación o de la salud, personal responsable en la atención y 
cuidado del paciente o que mantenga vínculo familiar o cualquier otra forma que implique
subordinación de la víctima, con la amenaza de causar a la víctima o a un tercero, un mal 
relacionado con las legítimas expectativas que pueda tener en el ámbito de dicha relación, será
sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.
DERECHOS VULNERADOS EN EL CASO.
• Libertad de expresión.
Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas, ya sea oralmente, por 
escrito, o a través de las nuevas tecnologías de la información, el cual no puede estar sujeto a censura previa sino 
a responsabilidades ulteriores expresamente fijadas por la ley."
• Derecho a la mujer.
Derecho a tomar decisiones libres, informadas, voluntarias y responsables sobre su sexualidad, y su vida y 
orientación sexual. Derecho a tomar decisiones libres, responsables e informadas sobre su salud y vida 
reproductiva y a decidir cuándo y cuántos hijas e hijos tener. Derecho a la intimidad personal y familiar.
• Artículo 10
Derecho a una audiencia pública y justa
Los juicios deben ser públicos y han de efectuarse en plena igualdad, a cargo de un tribunal imparcial e 
independiente.

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