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Modulo 02 - Erik Chala (1)

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MODULO 2
Catedrático:
Ing. Fiorela Bendezú Monge
Especialista en Residuos Sólidos
SESIÓN 1: 
CONDICIONES GENERALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE RESIDUOS SÓLIDOS
Artículo 98.- Condiciones generales
98.1 Toda infraestructura de residuos sólidos, en forma previa a la construcción e inicio de sus operaciones, debe contar
con el IGA y el proyecto debidamente aprobados por la autoridad competente, según corresponda; así como con la
respectiva Licencia de Funcionamiento, de acuerdo con la normativa vigente.
98.2 El MINAM aprobará normas complementarias para el diseño, operación y mantenimiento de las infraestructuras de
residuos sólidos, las mismas que serán de cumplimiento obligatorio.
98.3 Toda infraestructura de residuos sólidos debe cumplir como mínimo con lo siguiente:
a) Garantizar la accesibilidad a la infraestructura de residuos sólidos;
b) Sistema de seguridad contra incendios, dispositivos de seguridad operativos y equipos e indumentaria de
protección para el personal de acuerdo con la naturaleza y características de los residuos;
c) Exclusividad para la realización de las actividades operativas de la infraestructura, quedando excluido para fines
de vivienda, crianza de animales y la quema de residuos sólidos;
d) Instalaciones sanitarias y vestuarios;
e) Señalización en las zonas de tránsito y áreas de seguridad, según corresponda;
f) Barrera sanitaria natural y/o artificial en todo el perímetro de la infraestructura de disposición final. Para las otras
infraestructuras deben contar con cerco perimétrico de material noble;
g) Suministro de agua para realizar actividades de lavado e higienización, alcantarillado y suministro de energía
eléctrica;
h) Registro de la cantidad de residuos sólidos manejados.
ESTUDIOS PREVIOS Y REQUISITOS GENERALES
 PARA TODO TIPO DE IRS, SE NECESITA:
DOC. QUE ACREDITE LA PROPIEDAD DEL ÁREA.
COMPATIBILIDAD DE USO – INFORME DE SELECCIÓN DE SITIO.
*LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN Y FUNCIONAMIENTO.
CIRA, ANA, SERNAP, CENEPRED.
CERTIFICACIÓN AMBIENTAL.
CONSENTIMIENTO SOCIAL
ES
TU
D
IO
S 
B
A
SI
C
O
S
ESTUDIO DEMOGRAFICO
POBLACION ACTUAL
TASA DE CRECIMIENTO DE 
LA POBLACION
ESTUDIO DE 
CARACTERIZACION DE 
RESIDUOS
GENERACION PERCAPITA
GENERACION TOTAL DE RS
PROYECCION DE LA 
PRODUCCION TOTAL
CLASE O TIPO DE RESIDUO A 
MANEJAR
1. Residuos domiciliarios. 
2. Residuos comerciales. 
3. Residuos de limpieza de 
espacios públicos. 
4. Residuos de 
establecimiento de salud.
5. Residuos industriales. 
6. Residuos de las 
actividades de construcción. 
7. Residuos agropecuario. 
8. Residuos de instalaciones 
sanitarias o actividades 
especiales
COMPOSICION
DENSIDAD
ESTUDIO TOPOGRAFICO
CURVAS DE NIVEL
ESCALAS
INFORMACION ANEXADA
SESIÓN 2: 
¿QUE ES LA CARACTERIZACIÓN DE RR.SS. MUNICIPALES?
CANTIDAD
DENSIDAD
COMPOSICIÓN
HUMEDAD
PLANIFICACIÓN 
DEL MANEJO DE 
LOS RRSS
TÉCNICA
OPERATIVA
PLANIFICACIÓN DEL 
SERVICIO DE 
LIMPIEZA PÚBLICA
ADMINISTRATIVA
FINANCIERA
CONSIDERACIONES PARA LA ACTUALIZACIÓN DEL ESTUDIO
• Crecimiento poblacional
• Desarrollo o incremento de actividades 
económicas: comerciales, productivas, 
servicios, extractivas y otras que desarrollen 
en sus distritos.
• Implementación de estrategias de 
minimización de residuos sólidos
Se realiza cada 5 
años
ETAPAS PARA ELABORAR E IMPLEMENTAR EL ESTUDIO DE 
CARACTERIZACIÓN DE RR.SS. MUNICIPALES
ETAPA 1
PLANIFICACIÓN
ETAPA 3
ANALISIS DE INFORMACIÓN
ETAPA 2
TRABAJO DE CAMPO Y 
OPERACIONES
1.1. Conformación del 
equipo planificación
1.2 Conformación del 
equipo campo
1.4. Identificación de las muestras 
por fuentes de generación
3.3. Estimación de generación de 
RRSS no domiciliarios
3.2. Validación de la GPC hallada
3.1. Estimación de GPC de RRSS 
domiciliarios
2.3. Procedimiento para el 
análisis de las muestras
1.3. Aseguramiento de 
aspectos logísticos
2.2. Procedimiento para el 
manejo de las muestras
2.1. Procedimiento para la 
participación de los predios del 
estudio
3.4. estimación de generación de 
RRSS especiales
3.5. estimación de generación total 
de RRSS municipales
3.6. estimación de generación de 
RRSS especiales
3.7. estimación de la densidad de 
los RRSS
3.8. estimación de la humedad de 
RRSS
ECOSERMAC E.I.R.L.
GENERACIÓN TOTAL Y GENERACIÓN PER CÁPITA TOTAL 
MUNICIPAL
Población urbana del 
distrito 
(N° hab.)
GPC per cápita 
domiciliaria 
(kg/hab/día)
Generación 
Domiciliaria
(Kg/día)
Generación No 
Domiciliaria
(Kg/día)
Generación 
Municipal
(Kg/día)
GPC 
Municipal 
(Kg/hab/día)
862 0.37 318.94 32.37 351.11 0.41
SESIÓN 3: 
ECOSERMAC E.I.R.L.
CRITÉRIOS DE SELECCIÓN DE SITIO PARA LA UBICACIÓN DE LAS
INFRAESTRUTURAS DE RESIDUOS SÓLIDOS.
ESTUDIO DE SELECCIÓN DE SITIO-
COMPATIBILIDAD DE USO
MARCO LEGAL
Artículo 110.- Condiciones para la ubicación de infraestructuras de disposición final de residuos sólidos
Las infraestructuras de disposición final de residuos sólidos deben seguir las siguientes condiciones:
a) Ubicarse a una distancia no menor a 500 metros de poblaciones, así como de granjas porcinas, avícolas,
entre otras. Por excepción, y de acuerdo a lo que se establezca en el IGA, la autoridad ambiental podrá
permitir su ubicación a distancias menores sobre la base de los potenciales riesgos para la salud o la
seguridad de la población;
b) No estar ubicadas a distancias menores de 500 metros de fuentes de aguas superficiales. Por excepción y
de acuerdo a lo que establezca en el IGA, la autoridad ambiental podrá permitir su ubicación a distancias
menores, considerando la delimitación de la faja marginal conforme a la normativa vigente de la materia;
c) No estar ubicada en zonas de pantanos, humedales o recarga de acuíferos en la zona de emplazamiento
del proyecto;
d) No estar ubicada en zonas con presencia de fallas geológicas;
e) No estar ubicada en zonas donde se puedan generar asentamientos o deslizamientos que desestabilicen
la integridad de la infraestructura de residuos sólidos;
f) Otros que establezca la normatividad sobre la materia.
ECOSERMAC E.I.R.L.
DISPOSICIONES 
COMPLEMENTARIAS
IMPORTANCIA Y REQUISITOS
• Permite ubicar la mejor área para la 
disposición final de los residuos 
sólidos que cuente con las 
características más optimas para ello.
IMPORTANCIA
• Áreas ubicadas dentro del distrito.
• Áreas con saneamiento físico legal.
• Con aprobación social.
REQUISITOS
PROCESO
1. Ubicación
•Contar con 2 o 3 opciones.
•Deben contener ciertos criterios para su selección.
•Realizar estudios al área seleccionada.
2. Informe de 
Selección de Sitio
•Se analizan los criterios de selección.
•Se comparan entre 2 o 3 alternativas.
•Se elige a la de mayor puntuación.
•* Se tramitan la obtención del CIRA, ANA, 
INDECI, SERNANP.
3. 
COMPATIBILIDAD 
DE USO
•Se tramita sobre el área con 
mayor puntuación.
1. Ubicación
•Contar con 2 o 3 opciones.
•Deben contener ciertos criterios para su selección.
•Realizar estudios al área seleccionada.
Criterios de 
selección
ITEM CRITERIOS DE SELECCIÓN LEY DL N° 1278 Y SU 
REGLAMENTO DS 
N° 014-2017
1 Distancia a la población mas cercana (m) > 500 (*)
2 Distancia a granjas de crianza de animales (m) > 500 (*)
3 Distancia a fuentes de agua superficiales, zonas de 
pantanos, humedales o recarga de acuíferos (m)
> 500 (*)
4 Distancia a fallas geológicas > 500 (*)
5 Vulnerabilidad a desastres naturales (inundaciones , 
deslizamientos)
6 Infraestructuras existentes (embalses, represas, 
obras hidroeléctricas, entre otros).
7 Distancia a aeropuertos o pistas de aterrizaje (m) > 13000 (*)
8 Área del terreno (m2)
9 Vida util 3 a 10 años (**)
10 Dirección predominante del viento (contraria a la 
población mas cercana)
11 Pendiente del terreno (topografía)
2. Informe de 
Selección de Sitio
(*) Por excepción la autoridad podrá permitir su ubicación a distancias menores.
(**) 03 años para cerrar celda transitoria / > o = 10 años para rellenos sanitarios
ITEM CRITERIOS DESELECCIÓN LEY DL N° 1278 Y SU 
REGLAMENTO DS 
N° 014-2017
12 Geología del suelo (permeabilidad)
13 Profundidad de la napa freática (m)
14 Posibilidad del material de cobertura
15 Cuenta con barrera sanitaria natural
16 Accesibilidad al área (distancia a vía de acceso 
principal km)
17 Uso actual del suelo y del área de influencia
18 Opinión pública
19 Área natural protegida por el estado
20 Área arqueológica
21 Propiedad del terreno
Criterios de 
selección
MATRIZ DE 
CALIFICACIÓN PARA 
SELECCIÓN DE 
ÁREA
ITEM
CRITERIOS DE SELECCIÓN LEY DL N° 1278 Y SU REGLAMENTO 
DS N° 014-2017
PUNTAJE (A)
Alternativa 1 Alternativa 2
1 Distancia a la población mas cercana (m) > 500 (*)
2 Distancia a granjas de crianza de animales (m) > 500 (*)
3 Distancia a fuentes de agua superficiales, zonas de pantanos, humedales o recarga 
de acuíferos (m)
> 500 (*)
4 Distancia a fallas geológicas > 500 (*)
5 Vulnerabilidad a desastres naturales (inundaciones , deslizamientos)
6 Infraestructuras existentes (embalses, represas, obras hidroeléctricas, entre otros).
7 Distancia a aeropuertos o pistas de aterrizaje (m) > 13000 (*)
8 Área del terreno (m2)
9 Vida util 3 a 10 años (**)
10 Dirección predominante del viento (contraria a la población mas cercana)
11 Pendiente del terreno (topografía)
12 Geología del suelo (permeabilidad)
13 Profundidad de la napa freática (m)
14 Posibilidad del material de cobertura
15 Cuenta con barrera sanitaria natural
16 Accesibilidad al área (distancia a vía de acceso principal km)
17 Uso actual del suelo y del área de influencia
18 Opinión pública
19 Área natural protegida por el estado
20 Área arqueológica
21 Propiedad del terreno
Grados Puntaje
Regular 1
Moderado 3
Bueno 5
Una vez asignado el
puntaje a cada
criterio según los
parámetros
establecidos, se
procede a multiplicar
el puntaje asignado
por el ponderado B,
para cada alternativa.
ITEM
CRITERIOS DE SELECCIÓN PONDERADO
(B)
PUNTAJE (AxB)
Alternativa 1 Alternativa 2
1 Distancia a la población mas cercana (m) 6
2 Distancia a granjas de crianza de animales (m) 6
3 Distancia a fuentes de agua superficiales, zonas de pantanos, humedales o recarga 
de acuíferos (m)
6
4 Distancia a fallas geológicas 6
5 Vulnerabilidad a desastres naturales (inundaciones , deslizamientos) 6
6 Infraestructuras existentes (embalses, represas, obras hidroeléctricas, entre otros). 5
7 Distancia a aeropuertos o pistas de aterrizaje (m) 5
8 Área del terreno (m2) 5
9 Vida util 5
10 Dirección predominante del viento (contraria a la población mas cercana) 4
11 Pendiente del terreno (topografía) 4
12 Geología del suelo (permeabilidad) 4
13 Profundidad de la napa freática (m) 4
14 Posibilidad del material de cobertura 3
15 Cuenta con barrera sanitaria natural 4
16 Accesibilidad al área (distancia a vía de acceso principal km) 4
17 Uso actual del suelo y del área de influencia 4
18 Opinión pública 5
19 Área natural protegida por el estado 5
20 Área arqueológica 5
21 Propiedad del terreno 4
TOTAL 100
Valores finales
PUNTAJE PONDERADO 
TOTAL
CALIFICACIÓN
0 -195 Terreno No aceptable – Regular (*)
195 – 355 Terreno aceptable – Moderado
355 a más Terreno aceptable de primera opción - Bueno
(*) La alternativa a seleccionar debe
caer en el puntaje correspondiente a
“moderado” o “bueno”.
Contenido del informe 
de selección de sitio
CAPÍTULO I
1. UBICACIÓN
2. VULNERABILIDAD ANTE DESASTRES NATURALES
3. INFRAESTRUCTURA EXISTENTE
4. ÁREA DEL TERRENO Y VIDA ÚTIL
5. LOS FACTORES CLIMÁTICOS, TOPOGRÁFICOS, GEOLÓGICOS, 
GEOMORFOLÓGICOS, HIDROGEOLÓGICOS, ENTRE OTROS.
6. MATERIAL PARA LA COBERTURA
7. BARRERA SANITARIA NAURAL
8. VIAS DE ACCESO
9. COMPATIBILIDA CON EL USO DE SUELO Y PLANES DE EXPANSIÓN 
URBANA.
10. OPINÓN PÚBLICA
11. PRESERVACIÓN DE LAS ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL 
ESTADO
12. PRESERVACIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL
13. SANEMAENTO FÍSICO LEGAL DEL TERRENO
CAPÍTULO II
1. MATRIZ DE CALIFICACIÓN PARA LA SELECCIÓN DE SITIO
Instituciones en competencia
N°
Nombre del instrumento
Noma legal que lo 
contempla
Instancia que 
aprueba
1
COMPATIBILIDAD DE USO – Informe de
selección de sitio.
Municipalidad Provincial
CIRA de la alternativa ganadora D.L. N° 1278, Ley de 
gestión integral de 
residuos sólidos.
Ministerio de Cultura.
Certificado del SERNANP de la
alternativa ganadora.
Ministerio del Ambiente.
Informe de Riesgo y Vulnerabilidad de la
alternativa ganadora.
GORE - INDECI
Propiedad del terreno de la alternativa
ganadora.
Registros Públicos.
SESIÓN 4: EVALUACIÓN DEL 
IMPACTO AMBIENTAL DE 
PROYECTOS DE 
INFRAESTRUCTURAS DE 
RESIDUOS SÓLIDOS.
EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL DE PROYECTOS DE
INFRAESTRUCTURAS DE RESIDUOS SÓLIDOS.
 Artículo 2: Ámbito de la ley
 Quedan comprendidos en el ámbito de
aplicación de la presente Ley, los
proyectos de inversión públicos y
privados que impliquen actividades,
construcciones u obras que puedan
causar impactos ambientales negativos,
según disponga el Reglamento de la
presente Ley.
INSTRUMENTOS DE 
GESTIÓN AMBIENTAL
(IGAs)
a) Categoría I - Declaración de Impacto Ambiental.- Incluye aquellos proyectos cuya
ejecución no origina impactos ambientales negativos de carácter significativo.
b) Categoría II - Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado.- Incluye los proyectos
cuya ejecución puede originar impactos ambientales moderados y cuyos efecto
negativos pueden ser eliminados o minimizados mediante la adopción de medida
fácilmente aplicables.
c) Categoría III - Estudio de Impacto Ambiental Detallado.- Incluye aquellos proyectos
cuyas características, envergadura y/o localización, pueden producir impactos
ambientales negativos significativos, cuantitativa o cualitativamente, requiriendo un
análisis profundo para revisar sus impactos y proponer la estrategia de manejo
ambiental correspondiente.
Datos!
Artículo 66.- Áreas degradadas por
resíduos
Aquellas áreas degradadas que no cuenten
con un instrumento de gestión ambiental,
podrán optar por los siguientes
instrumentos correctivos:
• a) Programa de Reconversión y Manejo
de Áreas Degradadas por Residuos el
cual constituye un instrumento
correctivo de gestión ambiental, y tiene
como finalidad la adecuación de áreas
degradadas por residuos para efectos de
que operen como infraestructuras
adecuadas para la disposición final.
b) Plan de Recuperación de Áreas
Degradas por Residuos, constituye un
instrumento de gestión ambiental que
tiene como finalidad garantizar que no
subsistan impactos ambientales
negativos al cierre de las áreas
degradadas por residuos.
En el reglamento del presente Decreto
Legislativo, se definirá el alcance de los
instrumentos correctivos señalados en
el presente artículo así como su
procedimiento de aprobación.
CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
Certificación Ambiental en IRS
Certificación Ambiental 
D.L. N° 1278, Ley de gestión integral de residuos sólidos
SENACE
•IGA de Infraestructuras de residuos
municipales para 02 o más regiones.
Detallados y Semi Detallados.
•IGA de Proyectos de inversión públicos y
privados de infraestructura de manejo de
residuos No Municipales y Mixtos ubicada
fuera de instalaciones industriales o
productivas, lotes de concesión o lote del
titular del proyecto. Detallados y Semi
Detallados.
•IGA de Proyectos de inversión de
infraestructuras de manejo de residuos No
Municipales y Mixtos de titularidad de una
EO-RS. Detallados y Semi Detallados.
•IGA Complementarios de proyectos de
Recuperación de Áreas Degradadas que
sirvan a 02 o más regiones
•IGA Complementarios de proyectos de
Reconversión de Áreas Degradadas que
sirvan a 02 o más regiones.
Sectores
• Proyectos de actividades
de su sector, incluida la
infraestructura de manejo
de residuos sólidos
propios de dichas
actividades
Gobierno Regional
•Infraestructura de residuos
municipales para 02 o más
provincias de la región
(Públicos y privados de una
EO-RS o se encuentren
fuera del lote de las
instalaciones industriales del
titular).
•IGA Complementariosde
proyectos de Reconversión
de Áreas Degradadas que
sirvan a 02 o más
provincias.
•IGA Complementarios de
proyectos de Recuperación
de Áreas Degradadas que
sirvan a 02 o más provincias.
Municipalidad 
provincial
• Infraestructura de
residuos municipales
para 01 o más distritos de
la provincia (Públicos y
privados de una EO-RS o
se encuentren fuera del
lote de las instalaciones
industriales del titular).
• IGA Complementarios de
proyectos de
Reconversión de Áreas
Degradadas que sirvan a
01 o más distritos de la
provincia.
• IGA Complementarios de
Áreas Degradadas que
sirvan a 01 o más
distritos de la provincia.
D.L. N° 1389 (05 Set. 2018) Plazos para la presentación de Programas de Reconversión (08 meses) y Recuperación de áreas degradadas (02 años)
D.L. N° 1394 (06 Set. 2018) Incorpora los EIAsd a las competencias del SENACE.
D.L. N° 1451 (16 Set. 2018) Se precisa competencias de SENACE en la GIRS, incluyendo a los EIA y precisa competencias de GORE y GL sobre
IGA complementarios
1. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
a) Los antecedentes generales del proyecto, indicando su nombre, la identificación legal y administrativa
del proponente.
b) El marco de referencia legal y administrativo, especificando los aspectos legales y administrativos de
carácter ambiental que tienen relación directa con el proyecto, especialmente aquellos relacionados
con la protección del ambiente, la conservación de los recursos naturales e histórico – culturales, el
cumplimiento de normas de calidad ambiental y la obtención de permisos para uso de recursos
naturales, entre otros.
c) El objetivo y justificación del proyecto. La localización geográfica y política del proyecto en
coordenadas UTM, refrendado con cartografía a escala apropiada.
d) Descripción secuencial de las distintas etapas del proyecto precisando su respectivo cronograma.
e) La envergadura del proyecto, estableciendo su área de influencia (directa e indirecta) en función de
los impactos ambientales potenciales que se generarán.
f) El tiempo de vida útil del proyecto y monto estimado de la inversión.
g) La descripción de la etapa de levantamiento de información sobre las características del terreno,
incluyendo las acciones empleadas para la recolección de datos utilizados para el diseño de
ingeniería del proyecto.
h) La descripción de la etapa de construcción, indicando las acciones y requerimientos de
materiales, maquinarias, equipos, campamentos, personal y requerimientos logísticos que sean
necesarios; así como las vías de acceso para acceder al emplazamiento.
i) La descripción de la etapa de operación y mantenimiento, detallando las diferentes fases del
proceso de producción o transformación. Los recursos naturales, las materias primas, los insumos
químicos, entre otros, que se utilizaran en los procesos de extracción, producción o transformación;
su origen, características y peligrosidad, así como las medidas de control para su transporte,
almacenamiento y manejo, la cantidad de producción diaria, mensual, anual de productos
terminados e intermedios. Las características de los efluentes, emisiones y residuos sólidos
generados. La cantidad de personal, los requerimientos logísticos y las vías de acceso, entre otros.
j) La descripción de la etapa de abandono o cierre, incluyendo las acciones generales que
implementará el proponente del proyecto de inversión en dicha etapa.
2. LÍNEA BASE
Este aspecto debe contener las
características del área o lugar donde
se ejecutará el proyecto, precisando la
delimitación de las áreas de influencia
directa e indirecta, incluyendo los
siguientes elementos, sólo en la
medida que sean afectados por el
proyecto:
ASPECTOS SOCIO 
CULTURALES
ASPECTOS FÍSICOS
ASPECTOS BIOLÓGICOS 
La descripción y caracterización de los aspectos 
social, económico, cultural, y antropológico 
a) Índices demográficos, sociales, económicos, de
ocupación laboral y otros similares.
b) Servicios, infraestructura básica y actividades
principales que aporten información relevante
sobre la calidad de vida y costumbres de las
comunidades involucradas.
c) Descripción y análisis del uso actual del
territorio, teniendo en consideración su aptitud y la
tenencia de tierras.
d) Otros aspectos que la autoridad competente
determine.
• El titular deberá elaborar el “Plan de Participación Ciudadana”, tomando en
consideración las disposiciones establecidas en las normas sectoriales y el
Titulo IV del D. S. Nº 002-2009-MINAM, según corresponda.
• El titular presentará en el acápite correspondiente del EIA-sd, los resultados
debidamente sustentados del desarrollo del Plan de Participación Ciudadana,
donde se evidencie las estrategias, acciones y mecanismos de
involucramiento y participación de las autoridades, población y entidades
representativas de la sociedad civil debidamente acreditadas, en las
diferentes etapas de elaboración del EIA-sd.
• De acuerdo lo establecido en el D.S. Nº 002-2009-MINAM, cuando la
autoridad competente determine la procedencia de la realización de la
audiencia pública, el Plan de Participación Ciudadana debe contener,
adicionalmente, el informe consolidado de las observaciones formuladas por
la ciudadanía durante dicho proceso.
• El informe solo incluirá las opiniones sustentadas de las aclaraciones,
rectificaciones o ampliaciones de información efectuadas por la población y
entidades representativas de la sociedad civil debidamente acreditadas,
destacando la forma como se dieron respuesta a ellas en el proceso de
elaboración del EIA-sd.
Plan de Participación Ciudadana
Se debe de tomar en consideración la identificación y
caracterización de los impactos ambientales, así como los
riesgos a la salud humana y los riesgos ambientales del
proyecto, en todas sus fases y durante todo su periodo de
duración. Para tal fin, se deberá realizar el procedimiento
siguiente:
• Identificar, evaluar, valorar y jerarquizar los impactos
ambientales positivos y negativos que se generarán, así como
los riesgos inducidos derivados de la planificación,
construcción, operación, mantenimiento y cierre del
proyecto, utilizando para ello las metodologías de evaluación
aceptadas internacionalmente.
3. Caracterización de Impacto Ambiental
4. Estrategia de Manejo Ambiental
Debe considerar los mecanismos y acciones para la
implementación de las actividades y compromisos a
los que está obligado a cumplir el titular del
proyecto durante su periodo de duración; de
conformidad con la Ley Nº 27446, el presente
reglamento y otras normas complementarias
aplicables.
Plan de manejo ambiental
Plan de vigilancia ambiental
Plan de contingencias
Plan de abandono o cierre
EIA PARA INFRAESTRUCTURAS DE RRSS
•Centro de acopio municipal
•Planta de valorización
•Planta de transferencia
• Infraestructura de disposición final-
relleno sanitario
Centro de acopio municipal
CLASIFICACIÓN 
ANTICIPADA
EIA-sd
DIA
Comprende las actividades de 
segregación, almacenamiento, 
limpieza, compactación física, 
picado, triturado, empaque y/o 
embalaje, con una capacidad de 
operación mayor a 25 t/día de 
residuos sólidos inorgánicos no 
peligrosos, ubicados en zonas de 
uso de suelo industrial.
Comprende las actividades de 
segregación, almacenamiento, 
limpieza, compactación física, 
picado, triturado, empaque y/o 
embalaje, con una capacidad 
de operación mayor a 10 t/día 
y menor o igual a 25 t/día de 
residuos sólidos inorgánicos no 
peligrosos, ubicado en zonas 
de uso de suelo industrial
Planta de valorización
CLASIFICACIÓN 
ANTICIPADA
EIA-sd DIA
Comprende actividades de procesos de 
degradación de los residuos sólidos orgánicos, 
con una capacidad de operación mayor a 50 
t/día de residuos sólidos y que además cumpla 
por lo menos con una de las siguientes 
condiciones:
Ubicación en:
– Zona uso de suelo industrial o urbano
– A una distancia no menor a 500 metros de 
instituciones educativas, establecimientos de 
salud y servicios médicos de Apoyo, mercados y 
centros de concentración pública.
Comprende las actividades de Comprendeactividades de procesos de degradación de los 
residuos sólidos orgánicos, con una capacidad 
de operación mayor a 03 t/día y menor o igual 
a 50 t/día. de residuos sólidos y además 
cumpla por lo menos con una de las siguientes 
condiciones:
Ubicación en:
– Zona de uso de suelo industrial o rural
– A una distancia mayor a 700 m de 
instituciones educativas, establecimientos de 
salud y servicios médicos de apoyo, mercados y 
centros de concentración pública.
Planta de transferencia
CLASIFICACIÓN 
ANTICIPADA
EIA-sd DIA
Con una capacidad de operación mayor de 400 t/día 
y que además cumpla por lo menos con una de las 
siguientes condiciones:
Ubicación en:
– Áreas pertenecientes al Sistema Nacional de Áreas 
Naturales Protegidas por el Estado y de ecosistemas 
frágiles
– Áreas de patrimonio arqueológico, cultural y 
monumental
– Zona urbana
– A una distancia menor a 500 metros desde 
Instituciones Educativas, Establecimientos de Salud y 
Servicios Médicos de Apoyo, mercados y centros de 
concentración pública.
Con una capacidad de operación 
mayor de 200 t/día hasta 400 t/día 
de residuos sólidos y que además 
cumpla por lo menos con una de las 
siguientes condiciones:
Ubicación en:
– Zona industrial o urbana
– A una distancia no menor a 500 
metros desde instituciones 
educativas, establecimientos de salud 
y servicios médicos de Apoyo, 
mercados y centros de concentración 
públicas.
Con una capacidad de 
operación hasta 200 t/día 
de residuos sólidos, 
ubicada en zona de uso de 
suelo industrial, y a una 
distancia mayor a 1000 m 
de instituciones 
educativas, 
establecimientos de salud 
y servicios médicos de 
apoyo, mercados y centros 
de concentración pública.
EIA-d
Infraestructura de disposición final- relleno sanitario
CLASIFICACIÓN 
ANTICIPADA
EIA-sd DIA
Con una capacidad de operación mayor a 
400 t/ día, ubicada a una distancia no menor 
de 1 km de la población y áreas donde se 
desarrollan actividades económicas, y que 
además cuente con por lo menos con una de 
las siguientes condiciones:
Ubicación en:
– Distancia de aeropuertos: Entre 4 y 13 km
– Fuente superficial: a distancia mayor a 500 
metros y menor a 800 metros, ubicado en la 
faja marginal de una fuente de agua.
– Áreas con fallas geológicas: A una distancia 
mayor a 60 y menor o igual a cien (100) m de 
zonas de falla geológica.
Con una capacidad de operación mayor de 
20 t/día hasta 400 t/día de residuos sólidos, 
ubicada a una distancia no menor de 1 km 
de la población y áreas donde se 
desarrollan actividades económicas, y que 
además cuente con por lo menos una de las 
siguientes condiciones:
Ubicación en:
– Distancia de aeropuertos: Entre 4 y 13 Km
– Fuente superficial: a distancia mayor a 
800 metros y menor a 1000 metros.
– Áreas con fallas geológicas: A una 
distancia mayor a cien (100) metros de 
zonas de falla geológica.
Con una capacidad de operación de 2 
t/día hasta 20 t/día de residuos sólidos, 
ubicada a una distancia no menor de 1 
km de la población y áreas donde se 
desarrollan actividades económicas, y 
que además cuente con por
lo menos una de las siguientes 
condiciones:
Ubicación en:
– Distancia de aeropuertos: Mayor a 13 
Km
– Fuente superficial: a distancia mayor 
de 1000 metros.
– Áreas con fallas geológicas: A una 
distancia mayor a quinientos (500) 
metros de zonas de falla geológica.
EIA-d
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