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MODULO 2 Catedrático: Ing. Fiorela Bendezú Monge Especialista en Residuos Sólidos SESIÓN 1: CONDICIONES GENERALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE RESIDUOS SÓLIDOS Artículo 98.- Condiciones generales 98.1 Toda infraestructura de residuos sólidos, en forma previa a la construcción e inicio de sus operaciones, debe contar con el IGA y el proyecto debidamente aprobados por la autoridad competente, según corresponda; así como con la respectiva Licencia de Funcionamiento, de acuerdo con la normativa vigente. 98.2 El MINAM aprobará normas complementarias para el diseño, operación y mantenimiento de las infraestructuras de residuos sólidos, las mismas que serán de cumplimiento obligatorio. 98.3 Toda infraestructura de residuos sólidos debe cumplir como mínimo con lo siguiente: a) Garantizar la accesibilidad a la infraestructura de residuos sólidos; b) Sistema de seguridad contra incendios, dispositivos de seguridad operativos y equipos e indumentaria de protección para el personal de acuerdo con la naturaleza y características de los residuos; c) Exclusividad para la realización de las actividades operativas de la infraestructura, quedando excluido para fines de vivienda, crianza de animales y la quema de residuos sólidos; d) Instalaciones sanitarias y vestuarios; e) Señalización en las zonas de tránsito y áreas de seguridad, según corresponda; f) Barrera sanitaria natural y/o artificial en todo el perímetro de la infraestructura de disposición final. Para las otras infraestructuras deben contar con cerco perimétrico de material noble; g) Suministro de agua para realizar actividades de lavado e higienización, alcantarillado y suministro de energía eléctrica; h) Registro de la cantidad de residuos sólidos manejados. ESTUDIOS PREVIOS Y REQUISITOS GENERALES PARA TODO TIPO DE IRS, SE NECESITA: DOC. QUE ACREDITE LA PROPIEDAD DEL ÁREA. COMPATIBILIDAD DE USO – INFORME DE SELECCIÓN DE SITIO. *LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN Y FUNCIONAMIENTO. CIRA, ANA, SERNAP, CENEPRED. CERTIFICACIÓN AMBIENTAL. CONSENTIMIENTO SOCIAL ES TU D IO S B A SI C O S ESTUDIO DEMOGRAFICO POBLACION ACTUAL TASA DE CRECIMIENTO DE LA POBLACION ESTUDIO DE CARACTERIZACION DE RESIDUOS GENERACION PERCAPITA GENERACION TOTAL DE RS PROYECCION DE LA PRODUCCION TOTAL CLASE O TIPO DE RESIDUO A MANEJAR 1. Residuos domiciliarios. 2. Residuos comerciales. 3. Residuos de limpieza de espacios públicos. 4. Residuos de establecimiento de salud. 5. Residuos industriales. 6. Residuos de las actividades de construcción. 7. Residuos agropecuario. 8. Residuos de instalaciones sanitarias o actividades especiales COMPOSICION DENSIDAD ESTUDIO TOPOGRAFICO CURVAS DE NIVEL ESCALAS INFORMACION ANEXADA SESIÓN 2: ¿QUE ES LA CARACTERIZACIÓN DE RR.SS. MUNICIPALES? CANTIDAD DENSIDAD COMPOSICIÓN HUMEDAD PLANIFICACIÓN DEL MANEJO DE LOS RRSS TÉCNICA OPERATIVA PLANIFICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA PÚBLICA ADMINISTRATIVA FINANCIERA CONSIDERACIONES PARA LA ACTUALIZACIÓN DEL ESTUDIO • Crecimiento poblacional • Desarrollo o incremento de actividades económicas: comerciales, productivas, servicios, extractivas y otras que desarrollen en sus distritos. • Implementación de estrategias de minimización de residuos sólidos Se realiza cada 5 años ETAPAS PARA ELABORAR E IMPLEMENTAR EL ESTUDIO DE CARACTERIZACIÓN DE RR.SS. MUNICIPALES ETAPA 1 PLANIFICACIÓN ETAPA 3 ANALISIS DE INFORMACIÓN ETAPA 2 TRABAJO DE CAMPO Y OPERACIONES 1.1. Conformación del equipo planificación 1.2 Conformación del equipo campo 1.4. Identificación de las muestras por fuentes de generación 3.3. Estimación de generación de RRSS no domiciliarios 3.2. Validación de la GPC hallada 3.1. Estimación de GPC de RRSS domiciliarios 2.3. Procedimiento para el análisis de las muestras 1.3. Aseguramiento de aspectos logísticos 2.2. Procedimiento para el manejo de las muestras 2.1. Procedimiento para la participación de los predios del estudio 3.4. estimación de generación de RRSS especiales 3.5. estimación de generación total de RRSS municipales 3.6. estimación de generación de RRSS especiales 3.7. estimación de la densidad de los RRSS 3.8. estimación de la humedad de RRSS ECOSERMAC E.I.R.L. GENERACIÓN TOTAL Y GENERACIÓN PER CÁPITA TOTAL MUNICIPAL Población urbana del distrito (N° hab.) GPC per cápita domiciliaria (kg/hab/día) Generación Domiciliaria (Kg/día) Generación No Domiciliaria (Kg/día) Generación Municipal (Kg/día) GPC Municipal (Kg/hab/día) 862 0.37 318.94 32.37 351.11 0.41 SESIÓN 3: ECOSERMAC E.I.R.L. CRITÉRIOS DE SELECCIÓN DE SITIO PARA LA UBICACIÓN DE LAS INFRAESTRUTURAS DE RESIDUOS SÓLIDOS. ESTUDIO DE SELECCIÓN DE SITIO- COMPATIBILIDAD DE USO MARCO LEGAL Artículo 110.- Condiciones para la ubicación de infraestructuras de disposición final de residuos sólidos Las infraestructuras de disposición final de residuos sólidos deben seguir las siguientes condiciones: a) Ubicarse a una distancia no menor a 500 metros de poblaciones, así como de granjas porcinas, avícolas, entre otras. Por excepción, y de acuerdo a lo que se establezca en el IGA, la autoridad ambiental podrá permitir su ubicación a distancias menores sobre la base de los potenciales riesgos para la salud o la seguridad de la población; b) No estar ubicadas a distancias menores de 500 metros de fuentes de aguas superficiales. Por excepción y de acuerdo a lo que establezca en el IGA, la autoridad ambiental podrá permitir su ubicación a distancias menores, considerando la delimitación de la faja marginal conforme a la normativa vigente de la materia; c) No estar ubicada en zonas de pantanos, humedales o recarga de acuíferos en la zona de emplazamiento del proyecto; d) No estar ubicada en zonas con presencia de fallas geológicas; e) No estar ubicada en zonas donde se puedan generar asentamientos o deslizamientos que desestabilicen la integridad de la infraestructura de residuos sólidos; f) Otros que establezca la normatividad sobre la materia. ECOSERMAC E.I.R.L. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS IMPORTANCIA Y REQUISITOS • Permite ubicar la mejor área para la disposición final de los residuos sólidos que cuente con las características más optimas para ello. IMPORTANCIA • Áreas ubicadas dentro del distrito. • Áreas con saneamiento físico legal. • Con aprobación social. REQUISITOS PROCESO 1. Ubicación •Contar con 2 o 3 opciones. •Deben contener ciertos criterios para su selección. •Realizar estudios al área seleccionada. 2. Informe de Selección de Sitio •Se analizan los criterios de selección. •Se comparan entre 2 o 3 alternativas. •Se elige a la de mayor puntuación. •* Se tramitan la obtención del CIRA, ANA, INDECI, SERNANP. 3. COMPATIBILIDAD DE USO •Se tramita sobre el área con mayor puntuación. 1. Ubicación •Contar con 2 o 3 opciones. •Deben contener ciertos criterios para su selección. •Realizar estudios al área seleccionada. Criterios de selección ITEM CRITERIOS DE SELECCIÓN LEY DL N° 1278 Y SU REGLAMENTO DS N° 014-2017 1 Distancia a la población mas cercana (m) > 500 (*) 2 Distancia a granjas de crianza de animales (m) > 500 (*) 3 Distancia a fuentes de agua superficiales, zonas de pantanos, humedales o recarga de acuíferos (m) > 500 (*) 4 Distancia a fallas geológicas > 500 (*) 5 Vulnerabilidad a desastres naturales (inundaciones , deslizamientos) 6 Infraestructuras existentes (embalses, represas, obras hidroeléctricas, entre otros). 7 Distancia a aeropuertos o pistas de aterrizaje (m) > 13000 (*) 8 Área del terreno (m2) 9 Vida util 3 a 10 años (**) 10 Dirección predominante del viento (contraria a la población mas cercana) 11 Pendiente del terreno (topografía) 2. Informe de Selección de Sitio (*) Por excepción la autoridad podrá permitir su ubicación a distancias menores. (**) 03 años para cerrar celda transitoria / > o = 10 años para rellenos sanitarios ITEM CRITERIOS DESELECCIÓN LEY DL N° 1278 Y SU REGLAMENTO DS N° 014-2017 12 Geología del suelo (permeabilidad) 13 Profundidad de la napa freática (m) 14 Posibilidad del material de cobertura 15 Cuenta con barrera sanitaria natural 16 Accesibilidad al área (distancia a vía de acceso principal km) 17 Uso actual del suelo y del área de influencia 18 Opinión pública 19 Área natural protegida por el estado 20 Área arqueológica 21 Propiedad del terreno Criterios de selección MATRIZ DE CALIFICACIÓN PARA SELECCIÓN DE ÁREA ITEM CRITERIOS DE SELECCIÓN LEY DL N° 1278 Y SU REGLAMENTO DS N° 014-2017 PUNTAJE (A) Alternativa 1 Alternativa 2 1 Distancia a la población mas cercana (m) > 500 (*) 2 Distancia a granjas de crianza de animales (m) > 500 (*) 3 Distancia a fuentes de agua superficiales, zonas de pantanos, humedales o recarga de acuíferos (m) > 500 (*) 4 Distancia a fallas geológicas > 500 (*) 5 Vulnerabilidad a desastres naturales (inundaciones , deslizamientos) 6 Infraestructuras existentes (embalses, represas, obras hidroeléctricas, entre otros). 7 Distancia a aeropuertos o pistas de aterrizaje (m) > 13000 (*) 8 Área del terreno (m2) 9 Vida util 3 a 10 años (**) 10 Dirección predominante del viento (contraria a la población mas cercana) 11 Pendiente del terreno (topografía) 12 Geología del suelo (permeabilidad) 13 Profundidad de la napa freática (m) 14 Posibilidad del material de cobertura 15 Cuenta con barrera sanitaria natural 16 Accesibilidad al área (distancia a vía de acceso principal km) 17 Uso actual del suelo y del área de influencia 18 Opinión pública 19 Área natural protegida por el estado 20 Área arqueológica 21 Propiedad del terreno Grados Puntaje Regular 1 Moderado 3 Bueno 5 Una vez asignado el puntaje a cada criterio según los parámetros establecidos, se procede a multiplicar el puntaje asignado por el ponderado B, para cada alternativa. ITEM CRITERIOS DE SELECCIÓN PONDERADO (B) PUNTAJE (AxB) Alternativa 1 Alternativa 2 1 Distancia a la población mas cercana (m) 6 2 Distancia a granjas de crianza de animales (m) 6 3 Distancia a fuentes de agua superficiales, zonas de pantanos, humedales o recarga de acuíferos (m) 6 4 Distancia a fallas geológicas 6 5 Vulnerabilidad a desastres naturales (inundaciones , deslizamientos) 6 6 Infraestructuras existentes (embalses, represas, obras hidroeléctricas, entre otros). 5 7 Distancia a aeropuertos o pistas de aterrizaje (m) 5 8 Área del terreno (m2) 5 9 Vida util 5 10 Dirección predominante del viento (contraria a la población mas cercana) 4 11 Pendiente del terreno (topografía) 4 12 Geología del suelo (permeabilidad) 4 13 Profundidad de la napa freática (m) 4 14 Posibilidad del material de cobertura 3 15 Cuenta con barrera sanitaria natural 4 16 Accesibilidad al área (distancia a vía de acceso principal km) 4 17 Uso actual del suelo y del área de influencia 4 18 Opinión pública 5 19 Área natural protegida por el estado 5 20 Área arqueológica 5 21 Propiedad del terreno 4 TOTAL 100 Valores finales PUNTAJE PONDERADO TOTAL CALIFICACIÓN 0 -195 Terreno No aceptable – Regular (*) 195 – 355 Terreno aceptable – Moderado 355 a más Terreno aceptable de primera opción - Bueno (*) La alternativa a seleccionar debe caer en el puntaje correspondiente a “moderado” o “bueno”. Contenido del informe de selección de sitio CAPÍTULO I 1. UBICACIÓN 2. VULNERABILIDAD ANTE DESASTRES NATURALES 3. INFRAESTRUCTURA EXISTENTE 4. ÁREA DEL TERRENO Y VIDA ÚTIL 5. LOS FACTORES CLIMÁTICOS, TOPOGRÁFICOS, GEOLÓGICOS, GEOMORFOLÓGICOS, HIDROGEOLÓGICOS, ENTRE OTROS. 6. MATERIAL PARA LA COBERTURA 7. BARRERA SANITARIA NAURAL 8. VIAS DE ACCESO 9. COMPATIBILIDA CON EL USO DE SUELO Y PLANES DE EXPANSIÓN URBANA. 10. OPINÓN PÚBLICA 11. PRESERVACIÓN DE LAS ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO 12. PRESERVACIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL 13. SANEMAENTO FÍSICO LEGAL DEL TERRENO CAPÍTULO II 1. MATRIZ DE CALIFICACIÓN PARA LA SELECCIÓN DE SITIO Instituciones en competencia N° Nombre del instrumento Noma legal que lo contempla Instancia que aprueba 1 COMPATIBILIDAD DE USO – Informe de selección de sitio. Municipalidad Provincial CIRA de la alternativa ganadora D.L. N° 1278, Ley de gestión integral de residuos sólidos. Ministerio de Cultura. Certificado del SERNANP de la alternativa ganadora. Ministerio del Ambiente. Informe de Riesgo y Vulnerabilidad de la alternativa ganadora. GORE - INDECI Propiedad del terreno de la alternativa ganadora. Registros Públicos. SESIÓN 4: EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL DE PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURAS DE RESIDUOS SÓLIDOS. EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL DE PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURAS DE RESIDUOS SÓLIDOS. Artículo 2: Ámbito de la ley Quedan comprendidos en el ámbito de aplicación de la presente Ley, los proyectos de inversión públicos y privados que impliquen actividades, construcciones u obras que puedan causar impactos ambientales negativos, según disponga el Reglamento de la presente Ley. INSTRUMENTOS DE GESTIÓN AMBIENTAL (IGAs) a) Categoría I - Declaración de Impacto Ambiental.- Incluye aquellos proyectos cuya ejecución no origina impactos ambientales negativos de carácter significativo. b) Categoría II - Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado.- Incluye los proyectos cuya ejecución puede originar impactos ambientales moderados y cuyos efecto negativos pueden ser eliminados o minimizados mediante la adopción de medida fácilmente aplicables. c) Categoría III - Estudio de Impacto Ambiental Detallado.- Incluye aquellos proyectos cuyas características, envergadura y/o localización, pueden producir impactos ambientales negativos significativos, cuantitativa o cualitativamente, requiriendo un análisis profundo para revisar sus impactos y proponer la estrategia de manejo ambiental correspondiente. Datos! Artículo 66.- Áreas degradadas por resíduos Aquellas áreas degradadas que no cuenten con un instrumento de gestión ambiental, podrán optar por los siguientes instrumentos correctivos: • a) Programa de Reconversión y Manejo de Áreas Degradadas por Residuos el cual constituye un instrumento correctivo de gestión ambiental, y tiene como finalidad la adecuación de áreas degradadas por residuos para efectos de que operen como infraestructuras adecuadas para la disposición final. b) Plan de Recuperación de Áreas Degradas por Residuos, constituye un instrumento de gestión ambiental que tiene como finalidad garantizar que no subsistan impactos ambientales negativos al cierre de las áreas degradadas por residuos. En el reglamento del presente Decreto Legislativo, se definirá el alcance de los instrumentos correctivos señalados en el presente artículo así como su procedimiento de aprobación. CERTIFICACIÓN AMBIENTAL Certificación Ambiental en IRS Certificación Ambiental D.L. N° 1278, Ley de gestión integral de residuos sólidos SENACE •IGA de Infraestructuras de residuos municipales para 02 o más regiones. Detallados y Semi Detallados. •IGA de Proyectos de inversión públicos y privados de infraestructura de manejo de residuos No Municipales y Mixtos ubicada fuera de instalaciones industriales o productivas, lotes de concesión o lote del titular del proyecto. Detallados y Semi Detallados. •IGA de Proyectos de inversión de infraestructuras de manejo de residuos No Municipales y Mixtos de titularidad de una EO-RS. Detallados y Semi Detallados. •IGA Complementarios de proyectos de Recuperación de Áreas Degradadas que sirvan a 02 o más regiones •IGA Complementarios de proyectos de Reconversión de Áreas Degradadas que sirvan a 02 o más regiones. Sectores • Proyectos de actividades de su sector, incluida la infraestructura de manejo de residuos sólidos propios de dichas actividades Gobierno Regional •Infraestructura de residuos municipales para 02 o más provincias de la región (Públicos y privados de una EO-RS o se encuentren fuera del lote de las instalaciones industriales del titular). •IGA Complementariosde proyectos de Reconversión de Áreas Degradadas que sirvan a 02 o más provincias. •IGA Complementarios de proyectos de Recuperación de Áreas Degradadas que sirvan a 02 o más provincias. Municipalidad provincial • Infraestructura de residuos municipales para 01 o más distritos de la provincia (Públicos y privados de una EO-RS o se encuentren fuera del lote de las instalaciones industriales del titular). • IGA Complementarios de proyectos de Reconversión de Áreas Degradadas que sirvan a 01 o más distritos de la provincia. • IGA Complementarios de Áreas Degradadas que sirvan a 01 o más distritos de la provincia. D.L. N° 1389 (05 Set. 2018) Plazos para la presentación de Programas de Reconversión (08 meses) y Recuperación de áreas degradadas (02 años) D.L. N° 1394 (06 Set. 2018) Incorpora los EIAsd a las competencias del SENACE. D.L. N° 1451 (16 Set. 2018) Se precisa competencias de SENACE en la GIRS, incluyendo a los EIA y precisa competencias de GORE y GL sobre IGA complementarios 1. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO a) Los antecedentes generales del proyecto, indicando su nombre, la identificación legal y administrativa del proponente. b) El marco de referencia legal y administrativo, especificando los aspectos legales y administrativos de carácter ambiental que tienen relación directa con el proyecto, especialmente aquellos relacionados con la protección del ambiente, la conservación de los recursos naturales e histórico – culturales, el cumplimiento de normas de calidad ambiental y la obtención de permisos para uso de recursos naturales, entre otros. c) El objetivo y justificación del proyecto. La localización geográfica y política del proyecto en coordenadas UTM, refrendado con cartografía a escala apropiada. d) Descripción secuencial de las distintas etapas del proyecto precisando su respectivo cronograma. e) La envergadura del proyecto, estableciendo su área de influencia (directa e indirecta) en función de los impactos ambientales potenciales que se generarán. f) El tiempo de vida útil del proyecto y monto estimado de la inversión. g) La descripción de la etapa de levantamiento de información sobre las características del terreno, incluyendo las acciones empleadas para la recolección de datos utilizados para el diseño de ingeniería del proyecto. h) La descripción de la etapa de construcción, indicando las acciones y requerimientos de materiales, maquinarias, equipos, campamentos, personal y requerimientos logísticos que sean necesarios; así como las vías de acceso para acceder al emplazamiento. i) La descripción de la etapa de operación y mantenimiento, detallando las diferentes fases del proceso de producción o transformación. Los recursos naturales, las materias primas, los insumos químicos, entre otros, que se utilizaran en los procesos de extracción, producción o transformación; su origen, características y peligrosidad, así como las medidas de control para su transporte, almacenamiento y manejo, la cantidad de producción diaria, mensual, anual de productos terminados e intermedios. Las características de los efluentes, emisiones y residuos sólidos generados. La cantidad de personal, los requerimientos logísticos y las vías de acceso, entre otros. j) La descripción de la etapa de abandono o cierre, incluyendo las acciones generales que implementará el proponente del proyecto de inversión en dicha etapa. 2. LÍNEA BASE Este aspecto debe contener las características del área o lugar donde se ejecutará el proyecto, precisando la delimitación de las áreas de influencia directa e indirecta, incluyendo los siguientes elementos, sólo en la medida que sean afectados por el proyecto: ASPECTOS SOCIO CULTURALES ASPECTOS FÍSICOS ASPECTOS BIOLÓGICOS La descripción y caracterización de los aspectos social, económico, cultural, y antropológico a) Índices demográficos, sociales, económicos, de ocupación laboral y otros similares. b) Servicios, infraestructura básica y actividades principales que aporten información relevante sobre la calidad de vida y costumbres de las comunidades involucradas. c) Descripción y análisis del uso actual del territorio, teniendo en consideración su aptitud y la tenencia de tierras. d) Otros aspectos que la autoridad competente determine. • El titular deberá elaborar el “Plan de Participación Ciudadana”, tomando en consideración las disposiciones establecidas en las normas sectoriales y el Titulo IV del D. S. Nº 002-2009-MINAM, según corresponda. • El titular presentará en el acápite correspondiente del EIA-sd, los resultados debidamente sustentados del desarrollo del Plan de Participación Ciudadana, donde se evidencie las estrategias, acciones y mecanismos de involucramiento y participación de las autoridades, población y entidades representativas de la sociedad civil debidamente acreditadas, en las diferentes etapas de elaboración del EIA-sd. • De acuerdo lo establecido en el D.S. Nº 002-2009-MINAM, cuando la autoridad competente determine la procedencia de la realización de la audiencia pública, el Plan de Participación Ciudadana debe contener, adicionalmente, el informe consolidado de las observaciones formuladas por la ciudadanía durante dicho proceso. • El informe solo incluirá las opiniones sustentadas de las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones de información efectuadas por la población y entidades representativas de la sociedad civil debidamente acreditadas, destacando la forma como se dieron respuesta a ellas en el proceso de elaboración del EIA-sd. Plan de Participación Ciudadana Se debe de tomar en consideración la identificación y caracterización de los impactos ambientales, así como los riesgos a la salud humana y los riesgos ambientales del proyecto, en todas sus fases y durante todo su periodo de duración. Para tal fin, se deberá realizar el procedimiento siguiente: • Identificar, evaluar, valorar y jerarquizar los impactos ambientales positivos y negativos que se generarán, así como los riesgos inducidos derivados de la planificación, construcción, operación, mantenimiento y cierre del proyecto, utilizando para ello las metodologías de evaluación aceptadas internacionalmente. 3. Caracterización de Impacto Ambiental 4. Estrategia de Manejo Ambiental Debe considerar los mecanismos y acciones para la implementación de las actividades y compromisos a los que está obligado a cumplir el titular del proyecto durante su periodo de duración; de conformidad con la Ley Nº 27446, el presente reglamento y otras normas complementarias aplicables. Plan de manejo ambiental Plan de vigilancia ambiental Plan de contingencias Plan de abandono o cierre EIA PARA INFRAESTRUCTURAS DE RRSS •Centro de acopio municipal •Planta de valorización •Planta de transferencia • Infraestructura de disposición final- relleno sanitario Centro de acopio municipal CLASIFICACIÓN ANTICIPADA EIA-sd DIA Comprende las actividades de segregación, almacenamiento, limpieza, compactación física, picado, triturado, empaque y/o embalaje, con una capacidad de operación mayor a 25 t/día de residuos sólidos inorgánicos no peligrosos, ubicados en zonas de uso de suelo industrial. Comprende las actividades de segregación, almacenamiento, limpieza, compactación física, picado, triturado, empaque y/o embalaje, con una capacidad de operación mayor a 10 t/día y menor o igual a 25 t/día de residuos sólidos inorgánicos no peligrosos, ubicado en zonas de uso de suelo industrial Planta de valorización CLASIFICACIÓN ANTICIPADA EIA-sd DIA Comprende actividades de procesos de degradación de los residuos sólidos orgánicos, con una capacidad de operación mayor a 50 t/día de residuos sólidos y que además cumpla por lo menos con una de las siguientes condiciones: Ubicación en: – Zona uso de suelo industrial o urbano – A una distancia no menor a 500 metros de instituciones educativas, establecimientos de salud y servicios médicos de Apoyo, mercados y centros de concentración pública. Comprende las actividades de Comprendeactividades de procesos de degradación de los residuos sólidos orgánicos, con una capacidad de operación mayor a 03 t/día y menor o igual a 50 t/día. de residuos sólidos y además cumpla por lo menos con una de las siguientes condiciones: Ubicación en: – Zona de uso de suelo industrial o rural – A una distancia mayor a 700 m de instituciones educativas, establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo, mercados y centros de concentración pública. Planta de transferencia CLASIFICACIÓN ANTICIPADA EIA-sd DIA Con una capacidad de operación mayor de 400 t/día y que además cumpla por lo menos con una de las siguientes condiciones: Ubicación en: – Áreas pertenecientes al Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado y de ecosistemas frágiles – Áreas de patrimonio arqueológico, cultural y monumental – Zona urbana – A una distancia menor a 500 metros desde Instituciones Educativas, Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo, mercados y centros de concentración pública. Con una capacidad de operación mayor de 200 t/día hasta 400 t/día de residuos sólidos y que además cumpla por lo menos con una de las siguientes condiciones: Ubicación en: – Zona industrial o urbana – A una distancia no menor a 500 metros desde instituciones educativas, establecimientos de salud y servicios médicos de Apoyo, mercados y centros de concentración públicas. Con una capacidad de operación hasta 200 t/día de residuos sólidos, ubicada en zona de uso de suelo industrial, y a una distancia mayor a 1000 m de instituciones educativas, establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo, mercados y centros de concentración pública. EIA-d Infraestructura de disposición final- relleno sanitario CLASIFICACIÓN ANTICIPADA EIA-sd DIA Con una capacidad de operación mayor a 400 t/ día, ubicada a una distancia no menor de 1 km de la población y áreas donde se desarrollan actividades económicas, y que además cuente con por lo menos con una de las siguientes condiciones: Ubicación en: – Distancia de aeropuertos: Entre 4 y 13 km – Fuente superficial: a distancia mayor a 500 metros y menor a 800 metros, ubicado en la faja marginal de una fuente de agua. – Áreas con fallas geológicas: A una distancia mayor a 60 y menor o igual a cien (100) m de zonas de falla geológica. Con una capacidad de operación mayor de 20 t/día hasta 400 t/día de residuos sólidos, ubicada a una distancia no menor de 1 km de la población y áreas donde se desarrollan actividades económicas, y que además cuente con por lo menos una de las siguientes condiciones: Ubicación en: – Distancia de aeropuertos: Entre 4 y 13 Km – Fuente superficial: a distancia mayor a 800 metros y menor a 1000 metros. – Áreas con fallas geológicas: A una distancia mayor a cien (100) metros de zonas de falla geológica. Con una capacidad de operación de 2 t/día hasta 20 t/día de residuos sólidos, ubicada a una distancia no menor de 1 km de la población y áreas donde se desarrollan actividades económicas, y que además cuente con por lo menos una de las siguientes condiciones: Ubicación en: – Distancia de aeropuertos: Mayor a 13 Km – Fuente superficial: a distancia mayor de 1000 metros. – Áreas con fallas geológicas: A una distancia mayor a quinientos (500) metros de zonas de falla geológica. EIA-d https://www.facebook.com/consultora.ecoambiental.huancayo https://www.facebook.com/consultora.ecoambiental.huancayo
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