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Unidad 1
Naturaleza y características de la industria turística.
Tema 2
El turismo y las organizaciones internacionales
EPISTEMOLOGÍA DEL TURISMO
Docente: Mgs. Emilio José Vivas Urdánigo
1. Organizacionales nacionales, planes de desarrollo, leyes, reglamentos.
Subtemas
Objetivo
Conocer el ordenamiento jurídico, el Ministerio de Turismo del Ecuador y Planes de Desarrollo a favor de la actividad turística en el ámbito nacional e internacional. 
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Objetivos
1) Incrementar la oferta de destinos y servicios turísticos sostenibles y competitivos en el Ecuador.
2) Incrementar la participación del turismo en la sostenibilidad del sistema económico del Ecuador.
3) Incrementar la eficiencia institucional en el Ministerio de Turismo.
4) Incrementar el desarrollo del talento humano en el Ministerio de Turismo.
5) Incrementar el uso eficiente del presupuesto en el Ministerio de Turismo.
6)Fomento turístico provincial.
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Fue creado a principios de 1993, al iniciarse el gobierno del Arq. Sixto Durán-Ballén, con el propósito de canalizar la información relacionada con las actividades del gobierno y el manejo del Estado.
Entre sus funciones contempla además el desarrollo de las actividades turísticas en todas las regiones del país, para lo cual se encarga de preparar diferentes planes que son promocionados dentro y fuera del país.
Ministerio de Turismo del Ecuador
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Ley de Turismo:
Art. 15.- El Ministerio de Turismo es el organismo rector de la actividad turística ecuatoriana, con sede en la ciudad de Quito, estará dirigido por el Ministro quien tendrá entre otras las siguientes atribuciones.
Art. 16.- Será de competencia privativa del Ministerio de Turismo, en coordinación con los organismos seccionales, la regulación a nivel nacional, la planificación, promoción internacional, facilitación, información estadística y control del turismo, así como el control de las actividades turísticas, en los términos de esta Ley.
Art. 17.- El Ministerio de Turismo coordinará asimismo con otras instituciones del sector público las políticas y normas a implementarse, a fin de no afectar el desarrollo del turismo.
Ministerio de Turismo del Ecuador
SEGURIDAD PÚBLICA: Desplazamiento
SEGURIDAD SOCIAL: Desplazamiento & paralización 
 
SEGURIDAD MÉDICA: Asistencia medica 
SEGURIDAD INFORMATIVA: Comunicación segura 
SEGURIDAD ECONÓMICA: Reaseguro del viajero
SEGURIDAD DE LOS SERVICIOS TURISTICOS
SEGURIDAD EN EVENTOS: Protección
SEGURIDAD TURÍSTICA
Problemas relacionados con la seguridad del visitante en un destino o atractivo turístico: 
PROTEGER AL VISITANTE
DE LA GENTE
DEL DELINCUENTE
DEL MEDIO CULTURAL
ATRACTIVO TURÍSTICO DEL VISITANTE
SEGURIDAD DEL VISITANTE EN EL ATRACTIVO TURÍSTICO
VISITANTE DE ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS
Ministerio de Turismo del Ecuador
Jerarquía de las Normas Jurídicas
La pirámide kelsiana, es un método jurídico que categoriza las diferentes clases de normas ubicándolas en una forma fácil de distinguir cual predomina sobre las demás. (Kelsen, 1994)
https://images.app.goo.gl/QRzA31iJqz8HsJ2d8
Estructura de una ley
La ley se organiza sobre la base de un orden metodológico que facilita el entendimiento de la norma.
La ley, de forma general tiene la siguiente estructura: título, capítulo, sección y artículos. (Durán y La Laguna, 1996. Pag. 167)
Ley de Turismo - Generalidades: CAP I
Art 1.-Tiene por objeto determinar el marco legal que regirá para la promoción, el desarrollo y la regulación del sector turístico; las potestades del Estado y las obligaciones y derechos de los prestadores y de los usuarios.
Art 2.- Turismo es el ejercicio de todas las actividades asociadas con el desplazamiento de personas hacia lugares distintos al de su residencia habitual; sin ánimo de radicarse permanentemente en ellos.
Origen de la Ley de Turismo
Origen de la Ley de Turismo
Principios de la actividad turística
Art. 3.-
La iniciativa privada como pilar fundamental del sector; con su contribución mediante la inversión directa, la generación de empleo y promoción nacional e internacional;
La participación de los gobiernos provincial y cantonal para impulsar y apoyar el desarrollo turístico, dentro del marco de la descentralización;
El fomento de la infraestructura nacional y el mejoramiento de los servicios públicos básicos para garantizar la adecuada satisfacción de los turistas;
Principios de la actividad turística
La iniciativa privada como pilar fundamental del sector; con su contribución mediante la inversión directa, la generación de empleo y promoción nacional e internacional;
La participación de los gobiernos provincial y cantonal para impulsar y apoyar el desarrollo turístico, dentro del marco de la descentralización;
Actividades turísticas y quienes las ejercen. CAP II
Art. 5.- Se consideran actividades turísticas las desarrolladas por personas naturales o jurídicas que se dediquen a la prestación remunerada de modo habitual a una o más de las siguientes actividades:
Alojamiento;
Servicio de alimentos y bebidas;
Transportación, cuando se dedica principalmente al turismo; inclusive el transporte aéreo, marítimo, fluvial, terrestre y el alquiler de vehículos para este propósito;
Actividades turísticas y quienes las ejercen. CAP II
Operación, cuando las agencias de viajes provean su propio transporte, esa actividad se considerará parte del agenciamiento;
La	de	intermediación,	agencia	de	servicios	turísticos	y	organizadoras	de eventos congresos y convenciones; y,
Parques de atracciones estables.
Ministerio de Turismo. CAP IV
Art.	15.-	El	Ministerio	de	Turismo	es	el	organismo	rector	de	la	actividad turística ecuatoriana.
Preparar las normas técnicas y de calidad por actividad que regirán en todo el territorio nacional;
Elaborar las políticas y marco referencial dentro del cual obligatoriamente se realizará la promoción internacional del país;
Planificar la actividad turística del país;
Áreas Turísticas Protegidas. CAP VI
Art. 20.- Será de competencia de los Ministerios de Turismo y del Ambiente, coordinar el ejercicio de las actividades turísticas en las áreas naturales protegidas; las regulaciones o limitaciones de uso por parte de los turistas; la fijación y cobro de tarifas por el ingreso, y demás aspectos relacionados con las áreas naturales protegidas que constan en el Reglamento de esta Ley.
Incentivos y beneficios. CAP VII
Art. 26.- Las personas naturales o jurídicas que presenten proyectos turísticos y que sean aprobados por el Ministerio de Turismo, gozarán de los varios incentivos.
Protección al consumidor de servicios turísticos. CAP X
Art. 44.- El empresario que venda o preste servicios turísticos de los detallados en esta Ley es civilmente responsable por los eventuales daños que cause a quien los utilice. Su responsabilidad llega hasta la culpa leve.
Así mismo, es responsable por los actos de negligencia de sus empleados; en el ejercicio de sus funciones vinculadas con la empresa que presta el
servicio.
Protección al consumidor de servicios turísticos. CAP X
Art. 45.- Habrá lugar al resarcimiento de daños y perjuicios, en los siguientes casos:
El que anuncie al público, a través de medios de comunicación colectiva, de Internet o de cualquier otro sistema, servicios turísticos de calidad superior a los que realmente ofrece; o en su propaganda use fotografías o haga descripciones distintas a la realidad;
El empresario cuyo servicio tenga una calidad inferior a la que corresponda a su categoría a la oferta pública de los mismos;
El empresario que, por acto propio o de sus empleados, delegados o agentes, cause al turista un daño material;
Ordenamiento Jurídico para el desarrollo del turismo
Conjunto de reglas escritas, principios y valores que regulan la organización del poder, las relaciones con los ciudadanos y las garantías de los derechos y las relaciones entre estos, así como ordenan las políticaspúblicas en beneficio del interés general.
Ordenamiento Jurídico para el desarrollo del turismo
https://images.app.goo.gl/QqZzjwdT2tidTQLX6
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Actividad de cierre 
1. Comentarios y dudas sobre el tema estudiado.
2. Retroalimentación por parte de los estudiantes.
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Bibliografía 
Congreso Nacional. Ley de Turismo (2018). Ecuador. Recuperado a partir de https://www.turismo.gob.ec/wp-content/uploads/2019/02/2Ley-de-turismo-2018.pdf
Ministerio de Turismo del Ecuador. (2019). Recuperado 22 de abril de 2019, a partir de https://www.turismo.gob.ec/valores-mision-vision/
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Organización Mundial del Turismo. (2019). Recuperado 22 de abril de 2019, a partir de https://www2.unwto.org/es/content/acerca-de-la-omt
Organización Mundial del turismo
Organización Mundial del Turismo. (2019). Recuperado 26 de abril de 2019, a partir de http://wtd.unwto.org/es/content/historia
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Organización Mundial del Turismo. (2019). Recuperado 30 de abril de 2019, a partir de http://statistics.unwto.org/es/content/cstrmc2008
Organización Mundial del Turismo. (2019). Recuperado 30 de abril de 2019, a partir de http://calendar.unwto.org/
Organización Mundial del Turismo. (2019). Recuperado 30 de abril de 2019, a partir de http://media.unwto.org/es/node/42326

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