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GRUPO 8 NIAS 540-550-560

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UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVA
CONTADURIA PUBLICA AUTORIZADA
DICTÁMENES DE AUDITORES INDEPENDIENTE 
GRUPO # 8
• CHILA GRACIA INGRID NOEMI
• HERRERA ILER JORDAN WILFRIDO
• MARTINEZ ZAMBRANO DEYSI MARLENE 
• RODRÍGUEZ BRIONES ALBA MARÍA 
• YANCE FLORES CARMEN VERONICA 
PROFESOR
ING. VERA CEDEÑO VICTOR RAUL 
CURSO 
CPA N-8-4
AÑO LECTIVO
2023-2024
NIA 540
AUDITORIA DE ESTIMACIONES 
CONTABLES,INCLUYENDO ESTIMACIONES 
CONTABLES DEL VALOR RAZONABLE Y 
REVELACIONES RELACIONADAS 
CONCLUSION
Partiendo de la base de que cualquier error material en los estados 
financieros, puede deberse a fraude o error, el auditor aplica el escepticismo 
profesional que le permite reducir el riesgo de detección, ya que mejora la 
eficacia de los procedimientos de auditoría aplicados reduce la posibilidad 
que el auditor llegue a una conclusión inapropiada.
NIA 550
PARTES VINCULADAS
NIA 550 
PARTES 
VINCULADAS
ALCANCE DE LA NIA 550
Proporciona orientación sobre cómo el auditor
debe abordar las relaciones y transacciones con
partes relacionadas en el contexto de una
auditoría de estados financieros. En concreto,
desarrolla la aplicación de la NIA 315 , la NIA
330 y la NIA 240 en relación con los riesgos de
incorrección material asociados a las relaciones y
transacciones con partes vinculadas.
¿QUÉ ESTABLECE LA NIA 550? 
que el auditor debe obtener un entendimiento de las relaciones
y transacciones con partes relacionadas relevantes para la
auditoría y evaluar el riesgo de incorrección material en la
información financiera debido a estas relaciones y
transacciones. El auditor también debe obtener evidencia de
auditoría suficiente y adecuada sobre las relaciones y
transacciones con partes relacionadas, así como evaluar la
presentación y revelación adecuadas de esta información en los
estados financieros.
RESPONSABILIDADES DEL 
AUDITOR
Por consiguiente, en este contexto, ante la
posibilidad de que existan relaciones y
transacciones con partes vinculadas no
reveladas, es especialmente importante la
planificación y la ejecución de la auditoría
con el escepticismo profesional requerido
por la NIA 200 .
1.-Cumplir con los principios fundamentales de ética profesional, 
incluyendo la independencia, la integridad y la objetividad.
2.-Obtener un entendimiento adecuado de la entidad y su entorno, incluyendo el 
sistema de control interno relevante para la auditoría.
3.-Planificar y realizar la auditoría de acuerdo con las normas internacionales de 
auditoría, asegurando la calidad de la auditoría y el cumplimiento de los 
requisitos legales y reglamentarios aplicables.
4.-Obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada mediante la 
aplicación de procedimientos de auditoría apropiados.
5.-Evaluar los juicios y estimaciones significativas realizados 
por la administración en la preparación de los estados 
financieros.
6.-Emitir un informe de auditoría adecuado en función de 
las conclusiones alcanzadas durante la auditoría.
OBJETIVOS DEL 
AUDITOR SEGÚN 
NIA 550
reconocer, en su caso, los factores de riesgo de 
fraude debidos a las relaciones y transacciones 
con partes vinculadas, que sean relevantes para 
la identificación y valoración de riesgos de 
incorrección material debida a fraude
concluir, sobre la 
base de la 
evidencia de 
auditoría obtenida, 
si los estados 
financieros, en la 
medida en que se 
vean afectados por 
dichas relaciones 
y transacciones.
asimismo, en los casos 
en los que el marco de 
información financiera 
aplicable establezca 
requerimientos sobre 
partes vinculadas, la 
obtención de evidencia 
de auditoría suficiente 
y adecuada sobre si las 
relaciones y 
transacciones con las 
partes vinculadas se 
han identificado,
DEFINICIONES 
¿QUÉ ES PARTES VINCULADAS? 
se refiere a aquellas entidades o individuos que tienen 
una relación con la entidad auditada y que tienen la 
capacidad de ejercer influencia significativa sobre ella, o 
que están sujetos a la influencia significativa de la 
entidad auditada.
Estas partes 
vinculadas 
pueden incluir: 
Participaciones 
directas o 
indirectas en el 
patrimonio 
neto u otros 
intereses 
financieros en 
la entidad. 
Participaciones 
directas o 
indirectas de la 
entidad en el 
patrimonio neto 
de otras 
entidades u otros 
intereses 
financieros de la 
entidad en otras 
entidades. 
Formar parte de los 
órganos de gobierno 
de la entidad, o del 
personal clave de la 
dirección (es decir, 
aquellas personas de 
la dirección que 
tienen autoridad y 
responsabilidad en la 
planificación, la 
dirección y el control 
de las actividades de 
la entidad). 
Ser un familiar 
próximo de 
cualquiera de 
las personas a 
las que se 
refiere la letra 
(c).
Tener una 
relación 
empresarial 
significativa 
con 
cualquiera de 
las personas a 
las que se 
refiere la 
letra (c).
.NOTA.- Es importante tener en cuenta que
la determinación de las partes vinculadas
específicas puede variar dependiendo del
contexto y de las circunstancias de la
entidad auditada. El auditor debe evaluar y
determinar cuáles son las partes vinculadas
relevantes para la auditoría en particular
que se está llevando a cabo.
¿ QUE ES TRANSACCIÓN 
REALIZADA EN CONDICIONES DE 
INDEPENDENCIA MUTUA?
transacción entre partes relacionadas que 
se lleva a cabo como si las partes 
estuvieran actuando de manera 
independiente y sin influencia significativa 
una sobre la otra.
El auditor tiene la responsabilidad de 
evaluar si las transacciones con partes 
relacionadas se han realizado en 
condiciones de independencia mutua, si 
tiene indicios de no cumplir esta condición 
debe realizar procedimientos adicionales 
para evaluar la razonabilidad de los 
precios, los términos y las revelaciones 
relacionadas en los estados financieros.
REQUERIMIENTOS 
SEGÚN NIA 550
PROCEDIMIENTOS DE VALORACIÓN DEL RIESGO Y ACTIVIDADES RELACIONADAS
La NIA 315, "Identificación y valoración de los riesgos de incorrección material mediante el entendimiento de la entidad y su entorno", y la 
NIA 240, "Responsabilidad del auditor de considerar el fraude en una auditoría de estados financieros", son dos normas fundamentales que 
abordan la valoración del riesgo en una auditoría. A continuación, se describen los procedimientos de valoración del riesgo y las actividades 
relacionadas según estas normas:
Procedimientos 
de valoración 
del riesgo según 
la NIA 315:
Obtener un entendimiento del negocio y su entorno: El auditor debe obtener un conocimiento y comprensión 
adecuados del negocio de la entidad, su estructura organizativa, sus actividades y las condiciones en las que opera. 
Esto incluye comprender la industria en la que opera la entidad, la regulación aplicable, los factores económicos y 
competitivos, así como las características específicas de la entidad.
Identificar y evaluar los riesgos significativos: El auditor debe identificar y evaluar los riesgos de incorrección material en los 
estados financieros debido a errores o fraudes. Esto implica considerar factores como la naturaleza de los saldos de cuentas, la
complejidad de las transacciones, la calidad de los controles internos y la presencia de riesgos inherentes en la entidad.
Obtener información y realizar procedimientos analíticos: El auditor debe obtener información relevante y confiable para 
evaluar los riesgos identificados. Esto puede implicar la obtención de documentos, registros contables y otra evidencia que 
permita analizar y comprender las transacciones y saldos de cuentas. Además, se deben realizar procedimientos analíticos 
para identificar fluctuaciones o tendencias inusuales en los datos financieros.
Procedimientos 
de valoración 
del riesgo según 
la NIA 240:
Obtener una comprensión del fraude y su contexto: El auditor debe obtener un entendimiento adecuado del fraude, incluyendo 
la forma en que podría ocurrir, los incentivos o presiones para cometerlo y las circunstancias que podrían indicar su existencia.Esto implica evaluar el tono en la cima, el sistema de control interno y otros factores relevantes.
Identificar riesgos de fraude y factores de riesgo: El auditor debe identificar los riesgos de fraude que podrían dar lugar a
incorrecciones materiales en los estados financieros. Esto puede incluir evaluar áreas o transacciones específicas con mayor 
susceptibilidad a fraude y considerar factores como la oportunidad, los incentivos y la racionalización.
Responder a los riesgos evaluados: El auditor debe diseñar e implementar respuestas a los riesgos de fraude identificados. Esto 
implica obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada que aborde los riesgos de fraude, como la realización de pruebas
adicionales, pruebas selectivas o revisiones más detalladas.
Evaluar la presunción de fraude: Si se identifica un riesgo de fraude o se sospecha la existencia de fraude, el auditor debe 
evaluar si existe una presunción de fraude. Si hay una presunción de fraude, el auditor debe considerar la naturaleza, el alcance 
y las implicaciones de este fraude en la auditoría.
IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE 
LOS RIESGOS DE INCORRECCIÓN 
MATERIAL ASOCIADOS A LAS 
RELACIONES Y TRANSACCIONES 
CON PARTES VINCULADAS
Obtener un entendimiento de la entidad y su entorno: El auditor debe obtener 
un conocimiento y comprensión adecuados de la entidad, incluyendo sus 
relaciones con partes vinculadas. Esto implica comprender la estructura de 
propiedad, las transacciones significativas, las políticas y procedimientos 
relacionados con las partes vinculadas, así como los posibles conflictos de 
intereses que podrían surgir.
Identificar riesgos inherentes relacionados con las partes vinculadas: El auditor debe 
identificar los riesgos inherentes asociados con las relaciones y transacciones con partes 
vinculadas. Esto incluye evaluar la naturaleza y magnitud de las transacciones, la 
existencia de conflictos de intereses, la posibilidad de manipulación de precios y 
cualquier otro riesgo que pueda afectar la fiabilidad de la información financiera.
Evaluar los controles internos relacionados con las partes vinculadas: El auditor debe evaluar el 
diseño y la implementación de los controles internos relacionados con las relaciones y 
transacciones con partes vinculadas. Esto implica revisar las políticas y procedimientos 
establecidos por la entidad para garantizar que se sigan prácticas adecuadas y que se mantenga 
la integridad de la información financiera.
Obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada: El auditor debe obtener evidencia de 
auditoría suficiente y adecuada para respaldar su evaluación del riesgo y sustentar su opinión 
sobre los estados financieros. Esto puede incluir la obtención de documentación, como contratos, 
acuerdos, políticas internas y registros contables, así como realizar pruebas y procedimientos 
adicionales para verificar la razonabilidad de las transacciones y la presentación de información 
financiera relacionada con las partes vinculadas.
Considerar el riesgo de fraude: La NIA 240 establece que el auditor también debe considerar el 
riesgo de fraude en relación con las relaciones y transacciones con partes vinculadas. Esto implica 
evaluar la posibilidad de que se realicen transacciones no arm's length (no a precio de mercado) o 
se utilicen estructuras fraudulentas para manipular la información financiera.
RESPUESTAS A LOS RIESGOS DE INCORRECCIÓN MATERIAL 
ASOCIADOS A LAS RELACIONES Y TRANSACCIONES CON PARTES 
VINCULADAS
Diseño y realización de 
pruebas sustantivas 
adicionales: El auditor puede 
planificar y ejecutar pruebas 
sustantivas adicionales para 
obtener una mayor seguridad 
sobre la razonabilidad de las 
transacciones y saldos 
relacionados con las partes 
vinculadas. Estas pruebas 
pueden incluir pruebas 
detalladas de transacciones 
individuales, confirmaciones 
directas de terceros 
independientes y análisis 
comparativos con datos de 
años anteriores.
Revisión de políticas y 
procedimientos relacionados 
con las partes vinculadas: El 
auditor puede revisar 
críticamente las políticas y 
procedimientos establecidos 
por la entidad en relación 
con las partes vinculadas. 
Esto implica evaluar si las 
políticas son adecuadas, si 
se siguen de manera 
consistente y si se aplican 
controles internos efectivos 
para garantizar que las 
transacciones con partes 
vinculadas se realicen en 
condiciones de 
independencia mutua.
Obtención de evidencia de 
auditoría adicional: El auditor 
puede obtener evidencia de 
auditoría adicional para 
respaldar la fiabilidad de las 
transacciones y saldos 
relacionados con las partes 
vinculadas. Esto puede incluir 
obtener confirmaciones de 
terceros independientes, 
revisar contratos y acuerdos 
relevantes, y realizar pruebas 
de detalle en los registros 
contables.
Evaluación de las 
revelaciones en los estados 
financieros: El auditor debe 
evaluar la adecuación de las 
revelaciones relacionadas 
con las partes vinculadas en 
los estados financieros. Esto 
implica verificar si se han 
revelado todas las 
transacciones significativas 
con partes vinculadas, así 
como cualquier conflicto de 
interés o contingencia 
relacionada.
Evaluación de la integridad y 
competencia de la 
administración: El auditor 
debe evaluar la integridad y 
competencia de la 
administración en relación con 
las relaciones y transacciones 
con partes vinculadas. Esto 
implica considerar si la 
administración ha 
proporcionado información 
precisa y completa sobre estas 
transacciones, y si ha tomado 
las medidas adecuadas para 
garantizar la objetividad y la 
independencia en estas 
transacciones.
el auditor puede aplicar los principios y procedimientos establecidos en la NIA 
330, "Respuestas del auditor a los riesgos evaluados“ A continuación, se 
describen las respuestas típicas del auditor a los riesgos de incorrección material 
asociados con las relaciones y transacciones con partes vinculadas, de acuerdo 
con la NIA 330
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Evaluación de la adecuación de las revelaciones en los estados financieros: El auditor debe evaluar si 
la entidad ha revelado adecuadamente las relaciones y transacciones con partes vinculadas en los 
estados financieros. Esto incluye verificar si se han revelado todas las partes vinculadas relevantes, 
así como las transacciones significativas y los saldos relacionados.
Confirmación de la información revelada: El auditor debe confirmar la exactitud y suficiencia de la 
información revelada sobre las relaciones y transacciones con partes vinculadas. Esto puede 
implicar obtener confirmaciones directas de las partes vinculadas, revisar contratos y acuerdos 
relevantes, y evaluar la consistencia de las revelaciones con otras fuentes de información.
Evaluación de las revelaciones requeridas por leyes y regulaciones: El auditor debe evaluar si la 
entidad ha cumplido con las revelaciones requeridas por leyes y regulaciones aplicables en relación 
con las partes vinculadas. Esto implica verificar el cumplimiento de los requisitos de divulgación 
establecidos por las autoridades reguladoras y otros organismos pertinentes.
MANIFESTACIONES 
ESCRITAS
En el caso de que el marco de información 
financiera aplicable establezca requerimientos 
sobre las partes vinculadas, el auditor obtendrá 
manifestaciones escritas de la dirección y, cuando 
proceda, de los responsables del gobierno de la 
entidad, por ejemplo:
Confirmación de la existencia de 
partes vinculadas
Revelación completa de las 
transacciones con partes vinculadas.
Cumplimiento de las políticas y 
procedimientos internos
Exactitud de la información 
proporcionada al auditor
COMUNICACIÓN CON LOS 
RESPONSABLES DEL 
GOBIERNO DE LA ENTIDAD
Salvo que todoslos responsables del gobierno de la entidad 
participen en su dirección13 , el auditor comunicará a los 
responsables del gobierno de la entidad las cuestiones 
significativas que surjan durante la realización de la auditoría con 
relación a las partes vinculadas a la entidad. 
obtener información sobre las partes 
vinculadas
discutir las políticas y 
procedimientos internos
obtener confirmaciones sobre las 
revelaciones
discutir cualquier hallazgo o problema 
identificado
DOCUMENTACIÓN 
El auditor incluirá en la 
documentación de auditoría 
los nombres de las partes 
vinculadas identificadas y la 
naturaleza de las relaciones 
con las partes vinculadas
CONCLUSIÓN 
• En conclusión, tanto en la NIA 550 como en la NIA 200, el auditor tiene la responsabilidad de realizar una auditoría de alta calidad, obteniendo evidencia de
auditoría suficiente y adecuada y emitiendo un informe de auditoría adecuado. La NIA 550 se enfoca específicamente en las relaciones y transacciones con
partes relacionadas, mientras que la NIA 200 establece los objetivos generales y los principios éticos que el auditor debe cumplir en todas las auditorías.
• La NIA 550, "Relaciones y transacciones con partes relacionadas", es una norma específica que aborda la auditoría de las relaciones y transacciones con
partes vinculadas. Esta norma se relaciona con otras normas de auditoría, como la NIA 315, NIA 330 y NIA 240, que proporcionan orientación adicional en
áreas relacionadas. Aquí se presenta una síntesis de las relaciones entre estas normas:
➢ NIA 315, "Identificación y evaluación del riesgo de incorrección material mediante el entendimiento de la entidad y su entorno": La NIA 315 establece los
procedimientos para identificar y evaluar los riesgos de incorrección material en los estados financieros. En el contexto de las relaciones y transacciones
con partes relacionadas, el auditor debe aplicar los principios de la NIA 315 para comprender el entorno de la entidad, incluyendo las partes vinculadas, y
evaluar los riesgos asociados.
➢ NIA 330, "Respuesta del auditor a los riesgos evaluados": La NIA 330 se refiere a la respuesta del auditor a los riesgos evaluados durante la auditoría. En
relación con las partes relacionadas, el auditor debe considerar los riesgos identificados en la NIA 315 y diseñar procedimientos de auditoría adecuados en
la NIA 330 para abordar dichos riesgos, incluyendo la evaluación de las transacciones y saldos con partes vinculadas.
➢ NIA 240, "Responsabilidad del auditor respecto al fraude en una auditoría de estados financieros": La NIA 240 establece las responsabilidades del auditor
para abordar el riesgo de fraude en una auditoría de estados financieros. En el contexto de las partes relacionadas, el auditor debe considerar la posibilidad
de fraude relacionado con las transacciones y saldos con partes vinculadas, y aplicar los procedimientos de la NIA 240 para identificar y evaluar dicho
riesgo.
• En general, estas normas se complementan entre sí y deben ser aplicadas conjuntamente durante la auditoría. La NIA 550 proporciona orientación específica
sobre las relaciones y transacciones con partes relacionadas, mientras que las otras normas mencionadas establecen principios y procedimientos más
generales que también son relevantes en el contexto de las partes vinculadas. El auditor debe cumplir con las responsabilidades establecidas en cada una de
estas normas para llevar a cabo una auditoría completa y efectiva de las relaciones y transacciones con partes relacionadas.
NIA 560
HECHOS POSTERIORES AL CIERRE
ALCANCE
• Esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) trata de la responsabilidad que 
tiene el auditor con respecto a los hechos posteriores al cierre, en una 
auditoría de estados financieros
Hechos Posteriores al 
Cierre
Aquellos que proporcionan 
evidencia sobre condiciones que 
existían en la fecha de los estados 
financieros
Aquellos que proporcionan 
evidencia sobre condiciones que 
surgieron después de la fecha de 
los estados financieros
OBJETIVOS
Obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre si los hechos 
ocurridos entre la fecha de los estados financieros y la fecha del informe de 
auditoría y que requieran un ajuste de los estados financieros, o su revelación en 
éstos, estén reflejados adecuadamente.
Reaccionar adecuadamente ante los hechos que lleguen a su conocimiento 
después de la fecha del informe de auditoría y que, de haber sido conocidos 
por el auditor a dicha fecha, le podrían haber llevado a rectificar el informe de 
auditoría.
DEFINICIONES
Fecha de los 
Estados 
Financieros
Fecha de 
aprobación de 
los Estados 
Financieros
Fecha del 
Informe de 
Auditoría 
Fecha de 
Publicación de 
los Estados 
Financieros
Fechas 
Posteriores al 
Cierre
REQUERIMIENTOS
• Hechos ocurridos entre la fecha de los estados financieros y la fecha del informe de 
auditoría
No se espera que el auditor aplique procedimientos de auditoría 
adicionales con respecto a cuestiones sobre las que los 
procedimientos de auditoría aplicados previamente han 
proporcionado conclusiones satisfactorias
El auditor tendrá en cuenta su valoración del riesgo al determinar la naturaleza y 
extensión de dichos procedimientos de auditoría, que incluirán lo siguiente
•La obtención de conocimiento establecido por la dirección
•La indagación ante la dirección y los responsables de gobierno
•La lectura de actas
•La lectura de los últimos estados financieros
El auditor determinará si cada uno de dichos hechos se 
ha reflejado en los estados financieros adecuadamente
• Manifestaciones Escritas
El auditor no tiene obligación de aplicar procedimientos de auditoría con respecto a los 
estados financieros después de la fecha del informe de auditoría. Sim embargo si llega a su 
conocimiento un hecho que pudiera haberle llevado a rectificar este informe
• discutirá la cuestión con la dirección 
• determinará si los estados financieros necesitan ser modificados
• indagará sobre el modo en que la dirección piensa tratar la cuestión en los estados financieros
Si la dirección modifica los estados financieros
• aplicará los procedimientos de auditoría necesario
• Salvo que concurran las circunstancias descritas en el apartado 12
• ampliará los procedimientos de auditoría
• proporcionará un nuevo informe de auditoría
• Hechos que llegan a conocimiento del auditor con posterioridad a la fecha del informe 
de auditoría pero con anterioridad a la fecha de publicación de los estados financieros 
En los casos en que las disposiciones legales o reglamentarias no prohíban que la dirección 
limite la modificación de los estados financieros a los efectos del hecho o de los hechos 
posteriores al cierre, y los responsables de la aprobación de los estados financieros no 
tengan prohibido limitar su aprobación a dicha modificación, el auditor puede limitar a la 
modificación los procedimientos de auditoría sobre los hechos posteriores al cierre que el 
apartado 11(b)(i) requiere
•rectificará el informe de auditoría para incluir una fecha adicional limitada a la citada modificación
•proporcionará un informe de auditoría nuevo o rectificado que contenga una declaración
En algunas jurisdicciones, es posible que no requieran a la dirección que publique estados 
financieros modificados. Sin embargo, si la dirección no modifica los estados financieros en 
circunstancias en las que el auditor estima que es necesario hacerlo
•si todavía no se ha entregado el informe de auditoría a la entidad, el auditor expresará una opinión modificada
•si el informe de auditoría ya se hubiera entregado a la entidad, el auditor notificará a la dirección y a los responsables 
del gobierno de la entidad
•discutirá la cuestión con la dirección
•determinará si es necesaria una modificación
•indagará sobre el modo en que la dirección tiene intención 
de tratar la cuestión
Si una vez publicados los estados 
financieros, llega a su conocimiento un 
hecho que, de haber sido conocidopor 
él en la fecha del informe de auditoría, 
pudiese haberle llevado a rectificar el 
informe de auditoría,
•aplicará los procedimientos de auditoría necesarios en tales 
circunstancias
•revisará las medidas adoptadas por la dirección
•salvo que concurran las circunstancias descritas en el 
apartado 12 ; ampliará los procedimientos, proporcionará un 
nuevo informe de auditoría
•cuando concurran las circunstancias del apartado 12, 
rectificará el informe de auditoría o proporcionará uno nuevo
Si la dirección modifica los estados 
financieros
• Hechos que llegan a conocimiento del auditor con posterioridad a la fecha de 
publicación de los estados financieros 
El auditor incluirá en el informe de auditoría nuevo 
o rectificado un párrafo de énfasis que describa 
más detalladamente la razón por la que los 
estados financieros anteriormente publicados se 
han modificado, y al informe anterior 
proporcionado por el auditor.
Si la dirección no adopta las medidas 
necesarias para garantizar que cualquier 
persona que haya recibido los estados 
financieros anteriormente publicados sea 
informada de la situación ni modifica los 
estados financieros, el auditor notificará a la 
dirección y a los responsables del gobierno 
de la entidad
• Es importante que, en la realización de la auditoria, se indague con 
respecto a hechos posteriores al cierre de los Estados Financieros, como lo 
indica la NIA 560, ya que hay hechos posteriores que van a requerir el 
asiento de ajustes para poder modificar los estados financieros porque eran 
hechos que ya existían. Pero si son hechos posteriores que no tenían 
precedencias solo se tendrán que realizar revelación, pero es 
responsabilidad del auditor obtener evidencia suficiente y adecuada de la 
ocurrencia de dichos hechos. Lo cual se deberá de revelar 
adecuadamente también en el informe de auditoría.
CONCLUSIÓN
	Diapositiva 1
	Diapositiva 2: NIA 540
	Diapositiva 3
	Diapositiva 4
	Diapositiva 5
	Diapositiva 6
	Diapositiva 7: CONCLUSION
	Diapositiva 8: NIA 550
	Diapositiva 9
	Diapositiva 10
	Diapositiva 11
	Diapositiva 12
	Diapositiva 13
	Diapositiva 14
	Diapositiva 15
	Diapositiva 16
	Diapositiva 17
	Diapositiva 18: CONCLUSIÓN 
	Diapositiva 19: NIA 560
	Diapositiva 20: Alcance
	Diapositiva 21
	Diapositiva 22: DEFINICIONES
	Diapositiva 23: Requerimientos
	Diapositiva 24
	Diapositiva 25
	Diapositiva 26
	Diapositiva 27
	Diapositiva 28: conclusión

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