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INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO Y ADMINISTRACIÓN UNIDAD TEPEPAN SEMINARIO: NUEVAS NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA A PARTIR DEL AÑO 2012 TEMA: NORMAS PARA ATESTIGUAR INFORME FINAL QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE: CONTADOR PÚBLICO PRESENTAN: ANA KAREN GONZÁLEZ MEJÍA CHRISTIAN MICHEL RAZO JIMÉNEZ GABRIELA DÍAZ MONTES GASTON SANTOS RÍOS MARTÍNEZ GERARDO GILBERTO GORDILLO TOLEDO CONDUCTORES DEL SEMINARIO CPC. CARLOS ALARCÓN FLORES DR. ALBERTO RIVERA JIMÉNEZ MÉXICO, D.F. MARZO 2014 AL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL POR SER UNA INSTITUCIÓN QUE PONE EN ALTO LOS COLORES DE NUESTRA NACIÓN, POR DEFENDER LA PERFECCIÓN ACADÉMICA Y COBIJAR A TODOS SUS MIEMBROS BAJO SU LEMA LA TÉCNICA AL SERVICIO DE LA PATRIA A LA E.S.C.A. POR SER UNA INSTITUCIÓN DE EXCELENCIA ACADÉMICA, QUE NOS BRINDO TODAS LAS HERRAMIENTAS Y CONOCIMIENTOS NECESARIOS PARA DESTACAR EN EL ÁMBITO PROFESIONAL Y ENSEÑARNOS QUE LO ÚNICO QUE SE NECESITA PARA ALCANZAR NUESTROS OBJETIVOS PERSONALES Y PROFESIONALES ES LA PERSEVERANCIA. A LOS PROFESORES POR EL APOYO, EXPERIENCIA Y ORIENTACIÓN QUE ME BRINDARON PARA CULMINAR UNO DE LOS PASOS DE MI CARRERA PROFESIONAL. I ÍNDICE ÍNDICE DE IMAGENES .................................................................................................. III ABREVIATURAS ............................................................................................................. III INTRODUCCIÓN ............................................................................................................. 1 CAPÍTULO I. NUEVAS NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA A PATRTIR DEL AÑO 2012 1.1 Estructura de la normatividad profesional respecto a la actividad del CP ................. 3 1.2 Código de ética profesional del instituto mexicano de contadores públicos ............... 7 1.3 Normas de auditoría y revisión de información histórica .......................................... 10 1.4 Normas para atestiguar ............................................................................................ 32 1.5 Otros informes sobre exámenes y revisiones de atestiguamiento ........................... 37 1.6 Normas de revisión y normas de otros servicios relacionados ................................. 39 1.7 Informe del CP sobre el resultado de la aplicación de procedimientos convenidos boletín 11010 ................................................................................................................. 41 CAPÍTULO II. MARCO DE REFERENCIA PARA LAS NORMAS DE ATESTIGUAMIENTO 2.1 Lineamientos generales y personales que el CP debe cumplir en su práctica profesional ...................................................................................................................... 43 2.2 Requisitos a cumplir para ejercer el trabajo de atestiguar ........................................ 45 2.3 Cuidado y diligencia profesional ............................................................................... 46 2.4 Planeación de la auditoría ........................................................................................ 46 2.5 Independencia .......................................................................................................... 47 2.6 Características del informe del CP sobre una revisión en un trabajo de atestiguamiento .............................................................................................................. 51 2.7 Obligación del CP del resguardo de los P.T. ............................................................ 52 CAPÍTULO III. INFORME SOBRE EXÁMENES Y REVISIONES IFP 3.1 Objetivo del informe sobre exámenes y revisiones de IFP ....................................... 54 3.2 Objetivos de los procedimientos que son aplicados por el CP en la IFP .................. 55 3.3 Informe sobre el examen del control interno relacionado con la preparación de la información financiera .................................................................................................... 59 3.4 Evaluación de la efectividad de diseño de los controles .......................................... 63 3.5 Probar y evaluar la efectividad de operación de los controles ................................. 63 3.6 Cartas de declaraciones ........................................................................................... 65 3.7 Informe sobre disposiciones específicas .................................................................. 66 II 3.8 Riesgo inherente en los trabajos para atestiguar ..................................................... 67 3.9 Riesgo de detección en los trabajos para atestiguar ................................................ 68 3.10 Obtener un entendimiento sobre el cumplimiento de las disposiciones específicas ....................................................................................................................................... 70 3.11 Otros informes sobre exámenes y revisiones de atestiguamiento ......................... 73 3.12 Nivel de los informes de trabajos para atestiguar................................................... 74 3.13 Reglas referentes al informe del CP ....................................................................... 75 CAPÍTULO IV. EXAMEN DE INFORMACIÓN FINANCIERA PROYECTADA 4.1 Descripción de los exámenes................................................................................... 77 4.2 Información financiera proyectada y pronosticada ................................................... 77 4.3 Importancia relativa en la aplicación del boletín ....................................................... 78 4.4 Reglas para la emisión de informes ......................................................................... 79 4.5 Contenido de los informes sobre el examen de estados financieros proyectados ... 83 4.6 Informes sobre las proyecciones .............................................................................. 84 4.7 Informe del CP sobre el resultado de la aplicación de procedimiento convenidos ... 90 CAPÍTULO V. INFORME SOBRE LOS CONTROLES DE UNA ORGANIZACIÓN DE SERVICIOS, LISTADO DE TRABAJOS Y CARTA CONVENIO 5.1 Informe de atestiguar sobre los controles de una organización de servicios ........... 92 5.2 Evaluación de lo apropiado de los criterios .............................................................. 95 5.3 Adquisición de un entendimiento del sistema de la empresa de servicios ............. 104 5.4 Carta convenio para confirmar la prestación de servicios para atestiguar ............. 108 CASO PRÁCTICO ANÁLISIS DE BASE Y CÁLCULO DE IVA Historia y actividad de la compañía y objetivo del trabajo ............................................ 104 Opinión y restricciones de uso ................................................................................. 10416 Trabajo a desarrollar y responsabilidad de la administración ................................... 10419 Programación del trabajo e informe a presentar ...................................................... 10421 Otros aspectos importantes ..................................................................................... 10422 CONCLUSIONES ......................................................................................................... 124 RECOMENDACIONES .............................................................................................. 1245 GLOSARIO .................................................................................................................. 126 REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ............................................................................. 129 ANEXOS ...................................................................................................................... 130 III ÍNDICE DE IMÁGENESImagen 1 Estructura serie 7000 ....................................................................................... 4 Imagen 2 Elementos contenidos en un trabajo de atestiguamiento ................................. 5 ¡Error! Marcador no definido.magen 3 Trabajos de aseguramiento ........................... 75 Imagen 4 Servicios Profesionales……………………………………….…….…………………....……82 ÍNDICE DE TABLAS TABLA 1 Opiniones del CP en cada uno de los informes…………………………………99 IV ABREVIATURAS BANXICO Banco de México CNSF Comisión Nacional de Seguros y Fianzas CONAA Comisión de Normas de Auditoría y Aseguramiento CONPA Comisión de Normas y Procedimientos de Auditoria CNBV Comisión Nacional Bancaria y de Valores CNSF Comisión Nacional de Seguros y Fianzas CINIF Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera CP Contador Público CPC. Contador Público Certificado EFP Estado Financiero Proforma IFP Información Financiera Proforma IMCP Instituto Mexicano de Contadores Públicos IMSS Instituto Mexicano de Seguridad Social INFONAVIT Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores NIA Normas Internacionales de Auditoría NIC Normas de Información de Contabilidad NIF Normas de Información Financiera NIIFs Normas Internacionales de Información Financiera NOSR Normas de Otros Servicios Relacionados P.T. Papeles de trabajo SAT Secretaría de Administración Tributaría SHCP Secretaria de Hacienda y Crédito Público TI Tecnología de la Información 1 INTRODUCCIÓN Desde los inicios de la contaduría pública, una de las funciones más recurrentes del Contador Público, ha sido la auditoría de estados financieros, sin embargo con el paso del tiempo está profesión ha evolucionado a la par del mundo empresarial y las regulaciones a las que este está sometido. Por tal motivo, surge una creciente necesidad de las empresas públicas y privadas para obtener servicios diferentes a la auditoría de estados financieros. En México, el Contador Público ha denominado a los servicios no relacionados con la auditoría de los estados financieros como trabajos especiales, sin embargo a la gran influenza que tiene la práctica contable de Estados Unidos en México, se decide tomar los boletines normativos denominados como normas para atestiguar. Debido a lo anteriormente citado, se decidió integrar dentro de este trabajo la nueva Serie 7000 normas relativas a servicios para atestiguar, misma que regula los servicios que son diferentes a la auditoría de estados financieros. El interés por el que se realizó este trabajo es para ahondar más en el tema de los informes que se pueden emitir con los lineamientos que son marcados en los boletines de la serie 7000, asimismo será útil para poder identificar qué tipo de informe será adecuado emitir de acuerdo al trabajo que se esté prestando. A continuación se hará mención de los capítulos que integran este trabajo, los cuales están compuestos por una breve síntesis y comentarios de los boletines que conforman la serie 7000 normas para atestiguar. En la serie 7000 se desglosan las normas para atestiguar, el cual sirven como marco de referencia que se puede observar en el capítulo I para la variedad de servicios que pueda llegar a prestar el Contador Público. Estas normas tienen como único fin dar una solución a las demandas de nuevos servicios. A si mismo dentro de la serie 7000 es emitido el boletín 7020 en cual se detalla en el capítulo II Informe sobre exámenes y revisión de información financiera pro forma. Los estados financieros pro forma son aquellos que se determinan al incorporar efectos de uno o más operaciones o eventos propuestos o ya ocurridos en una fecha posterior a la de los estados financieros con el propósito de reflejar y comunicar que efectos 2 importantes se obtienen al aplicar dicha información y como se pudiese beneficiar y afectar a la entidad. Dentro del capítulo III se menciona el Informe sobre exámenes de control interno relacionado con la preparación de información financiera, aquí se hace mención acerca de las guías para que el Contador Público lleve a cabo sus servicios de atestiguamiento sobre la efectividad operación y/o diseño de los sistemas de control interno de una entidad así como la revisión sobre la efectividad de las cuentas contables de una división operativa, como parte de los servicios de atestiguamiento en además, se hace mención de los Exámenes de cumplimiento de disposiciones específicas, el cual establece la normatividad que el Contador Público debe de seguir cuando preste sus servicios de atestiguamiento bajo disposiciones específicas. Otro tema que se aborda dentro del capítulo es otros informes sobre exámenes y revisiones de atestiguamiento. Dentro de este apartado se hace mención de la normatividad que el Contador Público, de seguir cuando es contratado para otorgar sus servicios de atestiguamiento que no están incluidos dentro de la serie 7000. Dentro de este punto, se hace mención de la normatividad que regula los servicios de atestiguamiento del Contador Público, cuando realiza su examen de información financiera proyectada, la cual es requerida cuando los usuarios de la información financiera, necesitan conocer los resultados que ocurrirán en periodos posteriores. Carta convenio para confirmar la prestación de servicios de atestiguar. Dentro del capítulo IV se hace mención de los requerimientos que el Contador Público debe de incluir en la carta convenio que especifica los servicios de atestiguamiento que están por ser presentados. Se hace mención en el capítulo V del Informe de atestiguamiento sobre los controles de una organización de servicios, este informe se refiere a los trabajos de atestiguamiento realizados por el Contador Público. En el caso practico presentado, son abarcados diferentes tipos boletines, como es el caso del boletín 7080 el cual establece los lineamientos a seguir para la prestación del servicio profesional, asimismo está basado en el boletín 7040 ya que es el tipo de informe que se apega a las características de la opinión que fue emitida. 3 CAPÍTULO I NUEVAS NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA A PARTIR DEL AÑO 2012 1.1 Estructura de la normatividad profesional respecto a la actividad del CP Para poder efectuar un buen trabajo de aseguramiento, se necesita tener bien definidos los elementos y objetivos, así como identificar los trabajos a los que se aplican las Normas Internacionales de Auditoría (NIA), Normas para atestiguar y Normas de revisión (NR). Cabe señalar que el marco de referencia no establece lineamientos ni procedimientos para el desarrollo de trabajos de aseguramiento; toda vez que las Normas mencionadas en el párrafo anterior, contienen principios y guías relativas para el desarrollo de dichos trabajos de aseguramiento. No obstante en lo que señalan las NIA, Normas para atestiguar y NR; el Contador Público (CP) que efectúe trabajos de aseguramiento, deberá aplicar lo establecido, tanto en el Código de Ética Profesional y la Norma de Control de Calidad. Los postulados básicos que debe emplear el CP, dentro de la labor de auditorías, trabajos de atestiguamiento y revisión de información financiera son los siguientes: Independencia de criterio Calidad profesional Preparación y calidad profesional Responsabilidad personal y Secreto profesional Por medio del trabajo de aseguramiento, el CP, aumentará la confianza a los usuarios de la información financiera, toda vez que emitirá una conclusión verídica o afirmación sobre el resultado de la evaluación que se requiera. Asimismo sobre esta información, el CP, reunirá la evidencia suficiente que soporte la conclusión de su informe de aseguramiento. 4 Cabe señalar que algunos trabajos de aseguramiento, los efectúa la parte responsable,no obstante con ello, se efectúa la aseveración por la misma quien proporciona la información a los usuarios. Imagen 1 Estructura serie 7000 Un informe que no corresponde a trabajos de aseguramiento, evita referir al cumplimiento de este marco de referencia, así como las NIA, normas para atestiguar y NR. Utilizar de manera errónea, las palabras seguridad, auditoría y revisión. Contener una declaración que pudiera confundir la conclusión para elevar el grado de confianza de los usuarios. El CP, acepta el trabajo de aseguramiento siempre y cuando la certeza de las circunstancias obtenidas por él mismo, le indican lo siguiente: Cumple con los requisitos básicos de ética relevantes, de independencia y de competencia. Código de Ética de IMCP Normas de Control de Calidad Normas para atestiguar Boletín 7010 Generalidades de las Normas para atestiguar Boletín 7020 Informe sobre exámenes y revisiones de IFP Boletín 7030 Informe sobre el examen del control interno relacionado con la preparación de información financiera Boletín 7040 Exámenes sobre el cumplimiento de disposiciones específicas Boletín 7050 Otros informes sobre exámenes y revisiones de atestiguamiento Boletín 7060 Examen de información financiera proyectada Boletín 7080 Carta convenio para confirmar la prestación de servicios para atestiguar Boletín 7090 Informe de atestiguamiento sobre los controles de una organización de servicios 5 Cumple con todas las siguientes características; el asunto del trabajo es apropiado, los criterios a utilizar son adecuados, tiene acceso a evidencia suficiente, la conclusión se presenta por escrito y existe un propósito razonable. Cabe señalar que las NIA, normas para atestiguar y NR, pueden contener requisitos adjuntos que deben ser o estar elaborados antes de la aceptación de un trabajo. Imagen 2 Elementos de un trabajo de aseguramiento Los trabajos de aseguramiento requieren de tres partes independientes que son: El CP, quien va más allá de un auditor, toda vez que se le puede solicitar efectué trabajos con habilidades y conocimientos más especializados. Por lo tanto el CP, no puede aceptar un trabajo sin antes tener la certeza de que los acontecimientos cubren los requisitos éticos. Asimismo el CP, puede cubrir el trabajo de especialistas. Parte responsable, son las personas responsables de generar la información proporcionada como base sobre la cual se realiza el trabajo. La parte responsable puede ser quien o no contrata al CP. Los usuarios son las personas para quien el profesionista contable, prepara el informe de aseguramiento, estos también deben involucrarse con el CP, para cuando existan requerimientos del trabajo; en algunos casos los usuarios hacen requerimientos a la parte responsable. Existen diferentes formas que puede adquirir el asunto sobre el cual se realizará el trabajo, por ejemplo: Elementos contenidos en un trabajo de atestiguamiento Relación entre partes Asunto sobre el cual se realizará el trabajo Criterios adecuados Evidencia suficiente y adecuada Informe escrito acorde al trabajo desarrollado 6 Desempeño o condiciones financieras, características físicas, sistemas y procesos y conducta. Cabe señalar que un asunto apropiado sobre el cual se realizará el trabajo, debe ser identificable y susceptible a una evaluación. Criterios adecuados, son los puntos de referencia de donde parte la evaluación del asunto sobre el cual se realizará el trabajo; y pueden ser formales que son aquellos que se encuentran asociados en reglamentos o leyes, y no formales que son elaborados para el propósito del trabajo. Estos se requieren para una evaluación razonablemente consistente, mismo que puede limitar una interpretación y por lo tanto evitar malentendidos, sin embargo, también dentro de un mismo contexto pueden llevar diferentes criterios. Las características de los criterios adecuados se mencionan a continuación; Relevancia, es la importancia que ayude a tomar decisiones, integridad son los factores que inducen a la decisión, confiabilidad la información debe ser confiable, neutralidad las conclusiones deben ser parciales, comprensibilidad son las conclusiones que deben ser claras e integrales. Cabe señalar que dichos criterios, deben estar a disposición de los usuarios ya sea públicamente, mediante su inclusión en forma clara, en la presentación de la información del objeto del trabajo, en el informe de aseguramiento y por entendimiento general; a efecto de que puedan observar como se ha evaluado el asunto sobre el cual se realizará el trabajo. El CP, debe obtener la suficiente cantidad de información que será la base de su conclusión y por medio de la cual se efectuará el trabajo, cabe señalar que dicha información debe ser confiable. Cuando el CP, planea el trabajo, considera la materialidad, el riesgo de trabajo y la cantidad y calidad de evidencia disponible; a efecto de determinar el alcance de los procedimientos. El CP, debe emitir un informe de aseguramiento que contenga la conclusión de la seguridad que se tiene sobre la información del trabajo. Cabe señalar que el informe de aseguramiento puede ser con seguridad razonable, mediante el cual se emite una conclusión positiva; asimismo puede ser con seguridad 7 moderada, en la cual expresa su conclusión en forma negativa, con base al nivel de los procedimientos para la obtención de la evidencia. 1.2 Código de ética profesional del instituto mexicano de contadores públicos La ética profesional de los Contadores Públicos se basa en servir al interés público independientemente de que sirva a un cliente o a una empresa. El CP, deberá cumplir con este Código de ética, solo se podrá irrumpir con el código en caso de que este se contradiga con la Ley o Reglamentos Jurídicos. El CP, en caso de que ocurra lo anterior se debe de cumplir con el resto del contenido de este Código. Estructura del Código de Ética Profesional del CP: El código de ética del profesionista contable, está conformado por las siguientes 5 partes: Parte A, Aplicación general del código de ética, Parte B, El CP, en la práctica independiente, Parte C, Labor de los CP, en los sectores públicos y privados, Parte D, Labor de los CP, en la enseñanza de la profesión, y Parte E, Sanciones a los CP, que no ejecuten de forma correcta los postulados que integran el código de ética que regula los servicios que presta el profesionista contable. La parte A, es en la que se establecen los principios fundamentales de la ética profesional e identifica las amenazas al cumplimiento de los principios, evalúa la importancia de las amenazas y salvaguarda para eliminar amenazas o por lo menos las reduce a un nivel aceptable. Las partes B, C y D que conforman esté código de ética profesional, describen como debe ser aplicado el marco conceptual en situaciones más específicas. Por ejemplo, la parte B se encarga de regular las actividades del CP independiente. Y establece que el CP, o la firma contable, deberán de abstenerse de participar en negocios, ocupación o actividad que deteriore o pudiera deteriorar la integridad, objetividad o la buena reputación de la profesión contable y que, como resultado, fuera incompatible con la prestación de servicios profesionales. 8 En cuanto a la parte C es aplicable a los CP, que se encuentran establecidos en el sector público o privado, tales como Inversionistas, acreedores, entidades para las que trabaja y otros sectores de la comunidad de negocios, así como gobiernos y el público en general. Y en esta parte se logra establecer las responsabilidades y obligaciones que el profesionista contable debe de cumplir para garantizar y obtener la confianza de la entidad para la que presta sus serviciosprofesionales. En la parte D, es aplicada para los CP, que aplican la docencia. Y se establece que el profesionista contable que imparta la enseñanza de la práctica contable, tiene la obligación de guiar a sus alumnos para que en su futuro ejercicio como profesionistas contables actúen con inflexible apego a las normas de ética profesional. Así mismo, el CP, tiene la obligación de estar actualizado en las áreas de su ejercicio, otorgar un trato digno y respetuoso y orientar a la superación personal a sus alumnos, abstenerse de hacer comentarios que denigren a la profesión contable, y ser respetuoso con la administración de la institución educativa a la que presta el servicio como profesor de la práctica contable. Y por último, en la parte E se mencionan las sanciones por el incumplimiento del código. En el cual se decreta que el CP, que viole este código, será acreedor a las sanciones que le imponga IMCP. Dichas sanciones, serán aplicadas de acuerdo a la gravedad de la falta cometida por el CP, y podrán consistir en las siguientes penalidades: Amonestación privada, Amonestación pública, Suspensión temporal de sus derechos como socio, Expulsión y denuncia ante las autoridades competentes, las violaciones a las leyes que rijan el ejercicio profesional. Principios fundamentales que el CP, tiene la obligación de seguir como prestador de servicios: El CP, deberá cumplir con principios fundamentales como: La integridad. Ser un profesionista leal, veraz y honrado 9 La objetividad. Dentro de este principio fundamental el CP, debe de evitar prejuicios y conflictos de interés o caer en la influencia de terceros. Diligencias y competencias profesionales, el CP, debe de estar actualizado y mantener el conocimiento y habilidades necesarias para así poder prestar sus servicios como profesionista contable. Confidencialidad. El CP, debe de obtenerse de revelar la información que el cliente le otorgue como resultado del trabajo para que el que es contratado. Comportamiento Profesional. El CP, tiene la obligación de cumplir con las legislaciones y reglamentos y evitar cualquier acto que desacredite la profesión contable. Debido a que no se puede definir cada situación que incumple con los principios fundamentales el CP, deberá ejercer su juicio profesional y tomar la decisión ,en dado caso de que no se pueda eliminar la amenaza, más viable para que terceros no salgan muy afectados. El CP, deberá evaluar la importancia de las amenazas considerando factores cualitativos y cuantitativos. En cuanto el CP, encuentre que la aplicación del código afecte a terceros el CP, deberá consultar al IMCP o con el organismo regulador competente. Amenazas y salvaguardas: El código indica que las amenazas pueden llegar a surgir por relaciones y circunstancias. Y estas amenazas son clasificada como: Amenazas de interés personal juicio comprometido, amenaza de auto revisión. Revisión mala, amenaza de interceder por el cliente promover posición, amenaza de familiaridad relaciones cercanas, y amenaza de intimidación. El CP, puede encontrar estas amenazas en su labor como profesionista contable independiente dentro del sector público o privado. Las salvaguardas de acuerdo al código son acciones o medidas que se pueden tomar para eliminar amenazas o reducirlas a un nivel aceptable. Estas se dividen en salvaguardas creadas por la profesión, legislación o reglamento y salvaguardas en el entorno del trabajo. 10 Las partes B y C analizan las salvaguardas que acontecen en el entorno de trabajo del CP, estas ayudan también a prevenir un comportamiento contrario a la ética. El CP, puede ser llamado para emitir su participación de manera formal o informal sobre hechos relevantes, asuntos éticos involucrados, principios fundamentales relacionados con el asunto en cuestión, procedimientos internos establecidos y cursos de acción. Cuando el asunto no pueda tener una resolución se podrá efectuar la participación del consejo de administración o comité de auditoría de la organización. En dado caso de que aún se llegue a una resolución el CP, deberá solicitar asesoría legal para que pueda obtener criterios fundamentados en las normas jurídicas. En dado caso de que no se llegue a un acuerdo el CP, deberá determinar si se deslinda del grupo de trabajo. 1.3 Normas de auditoría y revisión de información histórica NIA 200 Objetivos globales del auditor independiente y realización de la auditoría Alcance Esta norma dicta los objetivos, la naturaleza y el alcance del auditor independiente en una auditoría. Explica también el alcance de la NIA y dicta las responsabilidades del auditor. El auditor tiene que cumplir con todas sus obligaciones, ya sean provenientes de leyes, reglamentos o normas profesionales. La auditoría de estados financieros tiene como objetivo proporcionar un mayor grado de confianza de la información que fue auditada, esto es mediante la opinión que el auditor brinda de acuerdo a la seguridad razonable que se obtiene a través de la auditoría que se realiza sobre estos. Objetivos globales del auditor El auditor tiene como objetivos: a) Expresar una opinión de acuerdo a la obtención de una seguridad razonable sobre los estados financieros b) Emitir un informe que considere los requerimientos de la información contenidos en las NIA y los estados financieros. Guía de aplicaciones y otras anotaciones explicativas 11 El auditor debe expresar su opinión sobre si los estados financieros fueron preparados en base al marco de información financiera aplicable. Está norma también establece las bases de responsabilidad y los requerimientos para la preparación de los estados financieros que tiene la dirección y en su caso el gobierno de la entidad. Forma de expresión de la opinión del auditor. La opinión del auditor sobre los estados financieros se expresa conforme al marco de información financiera aplicable Escepticismo profesional. El auditor debe ejecutar su trabajo con escepticismo profesional para poder realizar una evaluación crítica Está norma contempla también que existen dos tipos de riesgo de auditoría, que son: el riesgo de incorrección material y el riesgo de detección NIA 210 - Acuerdo de los términos del encargo de auditoría Alcance Establece las responsabilidades del auditor con la administración y con el gobierno de la entidad. También esté boletín dice que solo podrán aceptarse encargos de auditoría cuando el profesional cumpla con determinadas características tanto éticas, de competencia profesional y de independencia Objetivo El boletín tiene como objetivo establecer cuando el auditor debe aceptar o continuar con auditoría. Este boletín indica cómo elegir el marco de información financiera más recomendable con el cual debe llevarse a cabo el trabajo de auditoría una vez aceptado. La administración con el fin de preparar sus estados financieros con una seguridad razonable deberán mantener un control interno adecuado, el cual deberá ser evaluado por el auditor. Carta de encargo Es recomendable que el auditor envié una carta antes de empezar con su trabajo de auditoría, esto para evitar malentendidos respecto a la auditoría. 12 El auditor puede solicitar una modificación a la carta de encargo en el encargo de auditoría cuando las circunstancias lo requieran. NIA 220 Control de calidad de la auditoría de estados financieros. Alcance Esta norma establece las responsabilidades del auditor con respecto al control de calidad que debe llevar el auditor en una auditoría, así como de la responsabilidad de quien revisa este control de calidad. Se establece como objetivo que el auditor debe llevar a cabo un control de calidad que permita cumplirnormas profesionales, reglamentos y requerimientos legales; y emitir un informe en función de las circunstancias. Guía de aplicación La firma de auditoría debe cumplir con un control de calidad adecuado de acuerdo a los requerimientos que establece está norma y la NIC 1 o los nacionales que deberán ser al menos igual de exigentes que esta norma. El socio es el responsable de la calidad con la que se realiza el encargo de auditoría. Aceptación y continuación de las relaciones con clientes y de encargos de auditoría Previo a la aceptación de realizar el encargo de auditoría de un nuevo cliente, la firma de auditoría debe obtener la información necesaria. Asignación de equipos a los encargos Es miembro del equipo aquella persona que esté en un área de contabilidad o auditoría, que aplique los procedimientos de auditoría, no se consideran miembros del equipo aquellos a los que solamente se les realice consultas. Revisiones. El trabajo realizado por los miembros del equipo con menor experiencia deberá ser revisado por los miembros que cuenten con mayor experiencia. Seguimiento. La firma deberá establecer un sistema para dar seguimiento y seguridad de que su sistema de control de calidad es el adecuado para los encargos de auditoría. NIA 230 Documentación de auditoría Alcance 13 En esta norma se establece la responsabilidad del auditor para realizar la documentación adecuada de la auditoría. Objetivo Esta norma tiene como propósito dar los lineamientos para realizar una documentación de auditoría oportuna, suficiente y apropiada, además para dejar como evidencia que el encargo de auditoría se realizó en base a las normas, leyes y regulaciones aplicables Compilación de archivo final de auditoría El auditor deberá conservar la documentación de auditoría durante el periodo fijado después de la fecha que se establece en el informe de auditoría, Guía de aplicación Una documentación de auditoría suficiente y adecuada permite una mejor calidad de auditoría La documentación de auditoría depende de diversos factores que se determinan en la planeación y en el transcurso de la auditoría, la documentación puede ser en medios electrónicos, papel u otros medios. Para documentar un asunto significativo se requiere que el auditor realice un análisis objetivo acerca de la situación NIA 240, Responsabilidades del auditor en la auditoría de estados financieros con respecto al fraude Esta NIA trata de las responsabilidades que tiene el auditor con respecto al fraude en la auditoría de estados financieros. En concreto, desarrolla el modo de aplicar las normas en relación con los riesgos de incorrección material debida a fraude. El factor que distingue el fraude del error es que la acción subyacente que da lugar a la incorrección de los estados financieros sea o no intencionada. La tarea que le concierne al auditor con respecto al fraude es el que da lugar a incorrecciones materiales en los estados financieros, de las cuales deben ser relevantes dos tipos de incorrecciones intencionadas: a) Las incorrecciones debidas a información financiera fraudulenta. b) Las debidas a una apropiación indebida de activos. Responsabilidad en relación con la prevención y detección del fraude 14 Los responsables del gobierno de la entidad y la dirección son los principales responsables de la prevención y detección del fraude. La supervisión por los responsables del gobierno de la entidad incluye prever la posibilidad de elusión de los controles o de que existan otro tipo de influencias inadecuadas sobre el proceso de información financiera, tales como intentos de la dirección de manipular los resultados con el fin de influir en la percepción que de ellos y de la rentabilidad de la empresa tengan los analistas. Responsabilidad del auditor El auditor que realiza una auditoría de conformidad con las NIA es responsable de la obtención de una seguridad razonable de que los estados financieros considerados en su conjunto están libres de incorrecciones materiales debidas a fraude o error. Debido a las limitaciones inherentes a una auditoría, existe un riesgo inevitable de que puedan no detectarse algunas incorrecciones materiales en los estados financieros, incluso aunque la auditoría se haya planificado y ejecutado adecuadamente de conformidad con las NIA . Como se indica en la NIA 200 los posibles efectos de las limitaciones inherentes son especialmente significativos en el caso de incorrecciones debidas a fraude. El riesgo de no detectar incorrecciones materiales debidas a fraude es mayor que el riesgo de no detectar las que se deben a error. Esto se debe a que el fraude puede conllevar planes sofisticados y cuidadosamente organizados para su ocultación, tales como la falsificación, la omisión deliberada del registro de transacciones o la realización al auditor de manifestaciones intencionadamente erróneas. Dichos intentos de ocultación pueden ser aún más difíciles de detectar cuando van acompañados de colusión. La colusión puede inducir al auditor a considerar que la evidencia de auditoría es convincente, cuando, en realidad, es falsa. La capacidad del auditor para detectar un fraude depende de factores tales como la pericia del que lo comete, la frecuencia y el alcance de la manipulación, el grado de colusión, la dimensión relativa de las cantidades individuales manipuladas y el rango jerárquico de las personas implicadas. Si bien el auditor puede ser capaz de identificar la existencia de oportunidades potenciales de cometer un fraude, puede resultarle difícil determinar si las 15 incorrecciones en aspectos en los que resulta necesario ejercer el juicio, tales como las estimaciones contables, se deben a fraude o error. Por otra parte, el riesgo de que el auditor no detecte una incorrección material debida a fraude cometido por la dirección es mayor que en el caso de fraude cometido por empleados, porque la dirección normalmente ocupa una posición que le permite, directa o indirectamente, manipular los registros contables, proporcionar información financiera fraudulenta o eludir los procedimientos de control diseñados para prevenir que otros empleados cometan fraudes de ese tipo. En el proceso de obtención de una seguridad razonable, el auditor es responsable de mantener una actitud de escepticismo profesional durante toda la auditoría, teniendo en cuenta la posibilidad de que la dirección eluda los controles y reconociendo el hecho de que los procedimientos de auditoría que son eficaces para la detección de errores pueden no serlo para la detección del fraude. Los requerimientos de la presente NIA se han diseñado para facilitar al auditor la identificación y valoración de los riesgos de incorrección material debida a fraude, así como el diseño de procedimientos destinados a detectar dicha incorrección. Objetivos del auditor Los objetivos del auditor son: a) identificar y valorar los riesgos de incorrección material en los estados financieros debida a fraude; b) obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada con respecto a los riesgos valorados de incorrección material debida a fraude, mediante el diseño y la implementación de respuestas apropiadas; y c) responder adecuadamente al fraude o a los indicios de fraude identificados durante la realización de la auditoría. Definiciones A efectos de las NIA, los siguientes términos tienen los significados que figuran a continuación: a) Fraude: un acto intencionado realizado por una o más personas de la dirección, los responsables del gobierno de la entidad, los empleados o terceros, que conlleve la utilización del engaño con el fin de conseguir una ventaja injusta o ilegal. 16 b) Factores de riesgo de fraude: hechos o circunstancias que indiquen la existencia de un incentivo o elemento de presión para cometer fraudeo que proporcionen una oportunidad para cometerlo. De conformidad con la NIA 200,el auditor mantendrá una actitud de escepticismo profesional durante toda la auditoría, reconociendo que, a pesar de su experiencia previa sobre la honestidad e integridad de la dirección y de los responsables del gobierno de la entidad, es posible que exista una incorrección material debida a fraude. (Ref.: Apartados A7 A8) Salvo que tenga motivos para creer lo contrario, el auditor puede aceptar que los registros y los documentos son auténticos. Si las condiciones identificadas durante la realización de la auditoría llevan al auditor a considerar que un documento podría no ser auténtico, o que los términos de un documento se han modificado, pero este hecho no se ha revelado al auditor, éste llevará a cabo investigaciones detalladas. (Ref.: Apartado A9) Cuando las respuestas a las indagaciones ante la dirección o ante los responsables del gobierno de la entidad sean incongruentes, el auditor investigará dichas incongruencias. Procedimientos de valoración del riesgo y actividades relacionadas Al aplicar los procedimientos de valoración del riesgo y llevar a cabo las actividades relacionadas para obtener conocimiento de la entidad y de su entorno, incluido su control interno, como se requiere en la NIA 315,7 el auditor aplicará los procedimientos recogidos en los apartados 17-24 con el fin de obtener información para identificar los riesgos de incorrección material debida a fraude. La dirección y otras personas de la entidad El auditor evaluará si las relaciones inusuales o inesperadas que se hayan identificado al aplicar procedimientos analíticos, incluidos los relacionados con cuentas de ingresos, pueden indicar riesgos de incorrección material debida a fraude. Evaluación de factores de riesgo de fraude El auditor evaluará si la información obtenida mediante otros procedimientos de valoración del riesgo y actividades relacionadas indica la presencia de uno o varios factores de riesgo de fraude. Si bien los factores de riesgo de fraude no indican necesariamente su existencia, a menudo han estado presentes en circunstancias en las 17 que se han producido fraudes y, por tanto, pueden ser indicativos de riesgos de incorrección material debida a fraude. (Ref.: Apartados A23-A27) Respuestas a los riesgos valorados de incorrección material debida a fraude De conformidad con la NIA 330, el auditor determinará las respuestas globales necesarias frente a los riesgos valorados de incorrección material debida a fraude en los estados financieros .10 (Ref.: Apartado A33) En la determinación de respuestas globales frente a los riesgos valorados de incorrección material debida a fraude en los estados financieros, el auditor: a) asignará y supervisará al personal teniendo en cuenta los conocimientos, la cualificación y la capacidad de las personas a las que se les atribuyan responsabilidades significativas en el encargo, y su propia valoración de los riesgos de incorrección material debida a fraude; (Ref.: Apartados A34-A35) b) evaluará si la selección y la aplicación de las políticas contables por parte de la entidad, y en especial las políticas relacionadas con mediciones subjetivas y con transacciones complejas, pueden ser indicativas de información financiera fraudulenta originada por intentos de manipulación de los resultados por parte de la dirección; e c) introducirá un elemento de imprevisibilidad en la selección de la naturaleza, el momento de realización y la extensión de los procedimientos de auditoría. NIA 250 Consideración de las disposiciones legales y reglamentarias en la auditoría de estados financieros Alcance de la NIA Establece la responsabilidad que tiene el auditor para considerar los reglamentos y disposiciones legales que apliquen en la auditoría de estados financieros. Guía de aplicación Esta norma establece lineamientos de la responsabilidad que tiene el auditor para tomar en cuenta las leyes y reglamentos en la auditoría que se realiza. La administración tiene la obligación de que las operaciones de la entidad se realicen de acuerdo a las leyes y reglamentos aplicables. Cuando exista incumplimiento de alguna ley o reglamento el auditor deberá comentarlo a la administración y obtener evidencia de que estos se encuentran informados sobre el 18 incumplimiento y evaluar el impacto en los estados financieros, si no se puede obtener evidencia. NIA 260 Comunicación con los responsables del gobierno de la entidad Alcance Esta norma establece la responsabilidad que tiene le auditor de la comunicación que se debe tener con el gobierno corporativo de la entidad en la auditoría. Guía de aplicación Esta norma establece las normas y proporciona los lineamientos para tener una comunicación con la administración de la entidad acerca de los asuntos de la auditoría que surgen según la norma. El auditor está obligado a comunica a la administración los asuntos de la auditoría que surjan y se debe establecer previamente a quien se le deben comunicar estos asuntos. NIA 265 Comunicación de las deficiencias en el control interno a los responsables del gobierno y a la dirección de la entidad. Alcance Esta norma establece las responsabilidades que tiene el auditor de comunicar a la administración o gobierno corporativo de la entidad cualquier deficiencia en el sistema de control interno que se haya identificado con motivo de la auditoría Guía de aplicación El auditor debe tener un conocimiento claro del control interno de la entidad, El auditor no dará un informe sobre el control interno de la entidad sino que comunicará las deficiencias que se presenten durante la auditoría. El auditor deberá comunicar las deficiencias al nivel adecuado de la administración NIA 300 Planificación de la auditoría de estados financieros. Alcance Esta norma establece la responsabilidad que tiene el auditor para planificar la auditoría de estados financieros. Guía de aplicación 19 Esta norma se dicta en el contexto de las auditorías recurrentes y los asuntos que se consideran en los trabajos iniciales de la auditoría. El auditor deberá de planear la auditoría para que el trabajo se realice de una manera efectiva. En la planeación se debe involucrar el socio del trabajo y otros miembros del equipo que cuenten con experiencia para tener una mayor efectividad y eficiencia en la planeación. En la estrategia inicial de auditoría se tiene que determinar el alcance, oportunidad y enfoque del trabajo y el plan de auditoría detallado. NIA 315. Identificación y valoración de los riesgos de incorrección material mediante el conocimiento de la entidad y de su entorno. Alcance Esta norma establece la responsabilidad del auditor para tratar los riesgos de incorrección material que se presentan en los estados financieros. El auditor tiene la obligación debe entender la entidad y su ambiente, así como el control interno para evaluar los riesgos que puedan presentarse debido a fraude o error y así poder diseñar los procedimientos adecuadas a llevar en la auditoría. Si la entidad cuenta con un departamento de auditoría interna se deberá tener un entendimiento de los componentes de control interno, la información que se obtuvo mediante el entendimiento y el proceso de la evaluación de riesgos. NIA 320 Importancia relativa o materialidad en la planificación y ejecución de la auditoría en esta norma se establecen las responsabilidades del auditor en cuanto a la importancia relativa en la planeación y ejecución de la auditoría. El auditor cuando se encuentre en la realización de la auditoría debe considerar la importancia relativa en relación con los riesgos de la auditoría. La importancia relativa la debe tomar en cuenta el auditor para expresar una opinión sobre los estados financieros y que estosse encuentren de acuerdo al marco de información financiera aplicable. El auditor también debe considerar los errores de cantidades pequeñas que en su conjunto podrían tener un efecto relevante sobre los estados financieros. 20 El auditor debe entender a la entidad y su entorno para asimismo establecer una importancia relativa a los estados financieros. NIA 330. Respuestas del auditor a los riesgos valorados Alcance Esta norma establece la responsabilidad del auditor para diseñar e implementar respuestas a los riesgos de incorrección material. Guía de aplicación El auditor debe cumplir con el objetivo de obtener evidencia de auditoría respecto a los riesgos de importancia relativa. Un procedimiento sustantivo puede ser una prueba de detalle o un procedimiento analítico sustantivo que ayuda a detectar errores de importancia relativa a nivel aseveración, estos procedimientos comprenden pruebas de detalle y procedimientos analíticos sustantivos. Las pruebas de controles sirven para prevenir, detectar y corregir errores significativos a nivel aseveración. NIA 402 Consideraciones de auditoría relativa a una entidad que utiliza una organización de servicios Alcance Esta norma establece la responsabilidad del auditor de obtener una evidencia adecuada y suficiente cuando una entidad usuaria se le proporciona una organización de servicios. Guía de aplicación El auditor deberá considerar una organización de servicios que le presta algún servicio a su cliente de esta índole, se pueden ver afectados los sistemas contables, así como de control interno. Por esto el auditor deberá crear un plan de auditoría que sea adecuado y una ejecución de su trabajo de auditoría de manera efectiva. 21 En esta norma también se establecen la información que el auditor debe obtener de la organización que le presta los servicios, las preguntas que se le deben formular a esta empresa. El contenido y naturaleza de sus informes, los servicios que le presta a su cliente, el alcance de tales servicios, así como el efecto de estos servicios en la evaluación del riesgo. NIA 450. Evaluación de las incorrecciones identificadas durante la realización de la auditoria Alcance Esta norma establece la responsabilidad que tiene el auditor al evaluar el efecto de las incorrecciones identificadas en el trabajo de auditoría. Guía de aplicación Presenta la responsabilidad del auditor de avaluar el efecto que tienen las representaciones erróneas identificadas durante la auditoría, esto incluyendo las no corregidas para determinar si los estados financieros están libres de representaciones erróneas que puedan llegar a ser significativas. NIA 500 Evidencia de auditoría Alcance Esta norma hace referencia a lo que constituye la evidencia de auditoría y establece la responsabilidad que tiene el auditor de aplicar y diseñar los procedimientos de auditoría para obtener el nivel de evidencia adecuado para a raíz de ahí sacar sus conclusiones. Guía de aplicación Esta norma presenta la responsabilidad que tiene el auditor en cuanto a los procedimientos de auditoría que tienen que ser diseñados y realizados de manera eficiente y efectiva para de esta manera obtener la evidencia suficiente y adecuada para los estados financieros. Esta norma trata acerca de toda la evidencia de auditoría. El auditor deberá diseñar y realizar los procedimientos de auditoria para obtener conclusiones razonables para soportar su opinión sobre los estados financieros. NIA 501 Evidencia de auditoría – consideraciones específicas para determinadas áreas Alcance 22 Esta norma establece las consideraciones que el auditor debe de tener en cuenta con respecto de obtener evidencia suficiente y adecuada. Guía de aplicación Esta norma expone las consideraciones específicas para obtener una adecuada y suficiente evidencia en el trabajo de auditoría que está relacionada con litigios, inventarios y reclamaciones e información por segmentos. NIA 505 Confirmaciones externas Alcance Esta norma establece como el auditor emplea los procedimientos de confirmación externa para tener evidencia de auditoría. Guía de aplicación Esta norma trata de que el auditor debe hacer uso de procedimientos de confirmación externa para obtener evidencia relevante y confiable. Este tipo de procedimiento generalmente es más confiable que la evidencia que se obtiene internamente en la entidad, y brinda un alto nivel de confianza y seguridad. El auditor debe implementar estos procedimientos de confirmación externa para obtener un adecuado nivel de evidencia. NIA 530. Muestreo de auditoría Alcance Esta norma establece la manera en que se debe emplear el muestreo de auditoría en los procedimientos de auditoría. El muestreo sirve para diseñar y seleccionar la muestra de auditoría para realizar pruebas de controles y de detalle. Guía de aplicación Esta norma habla del uso del muestreo de auditoría, el auditor debe diseñar y seleccionar la muestra de auditoría desarrollando pruebas tanto de control como de detalle y se tienen que evaluar los resultados de la muestra. El objetivo del auditor es extraer una base razonable para obtener conclusiones sobre la población de la cual se selecciona la muestra. Muestreo de auditoría: Es aplicar los procedimientos de auditoría a un porcentaje de la población de relevancia para dar al auditor una base razonable para obtener conclusiones del total de la población. 23 Población: Es el conjunto de datos del cual se extrae una muestra para obtener conclusiones. NIA 540. Auditoria de estimaciones contables, incluidas las de valor razonable, y de la información relacionada a revelar Alcance Esta norma establece las responsabilidades que tiene el auditor con respecto de las estimaciones contables. Guía de aplicación Esta norma también aplica para estimaciones contables a valor razonable y para las relevaciones con respecto a esta. Esta norma establece la responsabilidad que tiene el auditor con respecto de las estimaciones contables, que son aquellas partidas que se presentan en los estados financieros que no pueden medirse de una manera precisa sino solo se pueden estimar. Esta norma establece los requisitos y lineamientos sobre las representaciones erróneas de las estimaciones contables individuales y da una aproximación del posible sesgo de la administración. Las estimaciones tienen un cierto grado de falta de certeza que es afectado por la confiabilidad y naturaleza que tiene la administración para poder soportar las estimaciones contables, esto puede implicar un riesgo de representación errónea y un sesgo de la administración. Las estimaciones que implican una falta de certeza pueden ser: Surjan en entidades que participan en actividades de negocios que no sean muy complejas, son actualizadas constantemente y se relacionan con transacciones que son rutinarias. NIA 550 Partes vinculadas Alcance Se establecen las responsabilidades del auditor con respecto a las partes que son relacionadas y transacciones vinculadas. Guía de aplicación. 24 Esta norma establece las responsabilidades que tiene el auditor con respecto de las partes y transacciones con partes relacionadas que tiene la entidad en una auditoría de estados financieros. Las operaciones con partes relacionadas pueden implicar un mayor riesgo de error o fraude que las transacciones con partes independientes. El auditor tiene la obligación de realizar procedimientos de auditoría para identificar, evaluar y responder a los riesgos que existen de fraude o error de importancia relativa. El auditor debe comprender claramente las relaciones de la entidad permite que sean detectados los factores de fraude que se puedan estar presentando y de esta manera poder llegar a una conclusión sobre si los estadosfinancieros se presentan razonablemente y no contienen errores de acuerdo al marco de referencia de información financiera que se aplica. La administración debe tener claro la relación y las transacciones de las partes relacionadas. NIA 560. Hechos posteriores al cierre Alcance Esta norma establece la responsabilidad que tiene el auditor con referencia a los hechos posteriores al cierre. Guía de aplicación La norma presenta las responsabilidades del auditor con los hechos sucedidos una vez realizada la auditoría de estados financieros, ya que estos pueden ser afectados también por los hechos que se presentan después de su desarrollo. Son 3 momentos en los cuales se deben evaluar los hechos significativos. Los primeros son los que acontecen hasta la fecha de informe o dictamen presentado por el auditor, mismos que son descubiertos después de la fecha de informe pero aún no se hayan emitido los estados financieros y se verifica si estos necesitan incluirse en estos, se deben tomar decisiones apropiadas. Los descubiertos después de que se hayan emitido los estados financieros, en este caso se deben platicar con la administración para que esperen un nuevo informe. NIA 570. Empresa en funcionamiento Alcance 25 Esta norma establece las responsabilidades del auditor con respecto con la hipótesis por parte de la dirección de empresa en funcionamiento. Guía de aplicación Esta norma hace referencia a la responsabilidad que tiene el auditor en relación del uso de la administración del supuesto de negocio en marcha como un supuesto que sirve para la preparación de los estados financieros. En el negocio en marcha se considera que la entidad continuara con operación durante el futuro predecible. La administración deberá evaluar la capacidad que tiene la entidad para continuar con el negocio en marcha ya que es un requisito para la elaboración de los estados financieros. La evaluación que debe realizar la administración consiste en hacer un juicio sobre los resultados que puede alcanzar la entidad en un periodo determinado basado en la información que se tiene disponible y considerando factores como el tamaño y complejidad de la entidad, así como la naturaleza y condición del negocio. El auditor deberá obtener una adecuada y suficiente evidencia de auditoría sobre el uso de la administración del supuesto de negocio en marcha para la elaboración de los estados financieros y concluir si existe alguna incertidumbre de que la entidad continúe con el supuesto de negocio en marcha. NIA 580 Manifestaciones escritas Alcance Esta norma establece la responsabilidad del auditor con respecto de obtener manifestaciones escritas de la administración y del gobierno de la entidad. Guía de aplicación Esta norma se refiere a la responsabilidad del auditor para obtener declaraciones escritas por parte de la administración o encargados del gobierno corporativo. Las manifestaciones escritas son declaraciones que el auditor obtiene de la entidad y son usadas para soportar la evidencia obtenida de auditoría. Estas deben ser dirigidas al auditor en cartas de representación y deben ser de fechas cercanas al dictamen del auditor. 26 Las declaraciones deben presentarse de manera escrita para que no existan conflictos de entendimiento entre la administración y el auditor. La comunicación con la administración es importante porque pueden existir problemas importantes y que puedan afectar la razonabilidad de los estados financieros. Las manifestaciones escritas no garantiza que sean evidencia por si solas, pero le permiten al auditor argumentar su opinión, además sirven como evidencia de auditoría. En las declaraciones escritas se debe manifestar que se cumple responsablemente con la elaboración de los estados financieros de forma adecuada y con la integridad de la información que se le proporcionó al auditor. NIA 600 Consideraciones especiales - auditorias de estados financieros de grupos Alcance Esta norma hace referencia a consideraciones que sean aplicables a auditorias de grupos y particularmente a aquellas en las que participan los auditores de los componentes. El riesgo de auditoría está en función de que exista algún error material en un componente que el auditor no pueda detectar que pueda llegar a ser un error material en los estados financieros del grupo. Guía de aplicación La norma establece las consideraciones que deben tenerse en cuenta para las auditorías de un grupo en donde se involucran auditores de componentes de este grupo o en donde se involucra a otro auditor en algún proceso de la auditoría usando el trabajo de otros auditores en la información financiera de uno o más componentes del grupo. Cuando el auditor principal usa el trabajo de otros auditores, este tiene la responsabilidad de analizar cómo afecta a la auditoría la intervención de los otros auditores. NIA 610. Utilización del trabajo de auditores internos Alcance Esta norma establece las responsabilidades del auditor con el tratamiento del trabajo de los auditores internos. Guía de aplicación 27 Esta norma dice que de acuerdo a la NIA 315, el auditor puede determinar si es necesario utilizar la función de auditoría interna para realizar su auditoría. En esta norma se establece la responsabilidad que tiene el auditor respecto al trabajo que realiza el auditor interno sin que este sea una ayuda directa a los procedimientos de auditoría que realiza el auditor externo con base en su auditoría porque tienen diferentes objetivos. La auditoría interna tiene objetivos establecidos por la administración y el gobierno corporativo, pero puede ser que los medios por los cuales el auditor interno cumpla con su objetivo pueden ser similares a los del auditor externo. NIA 620 Utilización del trabajo de un experto del auditor Alcance Esta norma establece las responsabilidades con respecto al trabajo que realiza una persona u organización especializado en cierto campo. Guía de aplicación Esta norma define las responsabilidades que tiene el auditor cuando en una auditoría encuentra ciertas áreas en las cuales no tiene la capacidad de dictaminar debido a las limitaciones en conocimientos específicos detectados. En estos casos el auditor puede solicitar apoyo de una persona u organización que sea especializada en ese campo, es decir un experto que cuente con las habilidades, conocimientos y experiencias en dicho campo, diferentes a la contabilidad o auditoría. NIA 700 Formación de la opinión y emisión del informe de auditoría sobre los estados financieros Alcance Esta NIA habla de la responsabilidad que le corresponde auditor de formarse una opinión sobre los estados financieros, además de la estructura y el contenido del informe de auditoría emitido como resultado de una auditoría de estados financieros. Guía de aplicación La dirección realiza los juicios sobre los importes y la información revelados en los estados financieros. La NIA 260 examina los aspectos cualitativos de las prácticas contables, al considerar los aspectos cualitativos de las prácticas contables de la entidad, puede ocurrir que el 28 auditor advierta un posible sesgo en los juicios de la dirección. El auditor puede concluir que el efecto acumulativo de una falta de neutralidad, junto con el efecto de las incorrecciones no corregidas, suponen que los estados financieros en su conjunto contengan incorrecciones materiales. Entre los indicadores de una falta de neutralidad que puede afectar a la evaluación, por parte del auditor, de si los estados financieros en su conjunto contienen errores materiales, se incluyen los siguientes: La corrección selectiva de errores señaladas a la dirección durante la realización de la auditoría. Posible desviación de la administración al realizar las estimaciones contables. NIA 705 Opiniónmodificada en el informe emitido por un auditor independiente Alcance Esta NIA trata de la responsabilidad que tiene la persona que realiza la auditoría de emitir un informe adecuado en función de las circunstancias cuando, al formarse una opinión de conformidad con la NIA 700, concluya en que es necesaria una opinión modificada sobre los estados financieros. Guía de aplicación Esta NIA establece tres tipos de opinión modificada, denominadas: opinión con salvedades, opinión desfavorable (o adversa) y denegación (o abstención) de opinión. Dichas opiniones dependen de la naturaleza del hecho que origina la opinión modificada, es decir, si los estados financieros contienen incorrecciones materiales o, en el caso de la imposibilidad de obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada, si pueden contener incorrecciones materiales; y el juicio del auditor sobre la generalización de los efectos o posibles efectos del hecho en los estados financieros. NIA 706 Párrafos de énfasis y párrafos sobre otras cuestiones en el informe emitido por un auditor independiente Alcance Esta NIA trata de las comunicaciones adicionales en el informe de auditoría cuando el auditor lo considere necesario para: Asuntos presentados o revelados en los estados financieros, de tal importancia que sean fundamentales para que los usuarios comprendan los estados financieros; o 29 Asuntos distintos de los presentados o revelados en los estados financieros que sean relevantes para que los usuarios comprendan la auditoría, las responsabilidades del auditor o el informe de auditoría. Guía de aplicación Ejemplos de circunstancias en las que el auditor puede considerar necesario incluir un párrafo de énfasis son: La incertidumbre relacionada con resultados futuros de litigios o acciones administrativas excepcionales. Aplicación anticipada (cuando se permita), antes de su fecha de entrada en vigor, de una nueva norma contable (por ejemplo, una nueva norma internacional de información financiera) que tenga un efecto generalizado sobre los estados financieros. NIA 710 Información comparativa- cifras correspondientes de periodos anteriores y estados financieros comparativos Alcance Esta NIA trata de las responsabilidades que tiene el auditor en relación con la información comparativa en una auditoría de estados financieros. Si los estados financieros del periodo anterior fueron auditados por un auditor predecesor o no fueron auditados. Guía de aplicación En el caso de estados financieros comparativos, se solicitan manifestaciones escritas para todos los periodos a los que se refiere la opinión del auditor, ya que la dirección necesita reafirmar que las manifestaciones escritas, previamente realizadas, con respecto al periodo anterior siguen siendo adecuadas. En el caso de cifras correspondientes de periodos anteriores, las manifestaciones escritas se solicitan únicamente en relación con los estados financieros del periodo actual, ya que la opinión del auditor se refiere a dichos estados financieros, los cuales incluyen las cifras correspondientes a periodos anteriores, el auditor puede solicitar una manifestación escrita específica con respecto a cualquier re expresión que se haya realizado para corregir una incorrección material en los estados financieros del periodo anterior y que afecte a la información comparativa. 30 NIA 720, Responsabilidad del auditor con respecto a otra información incluida en los documentos que contienen los estados financieros auditados Alcance Esta NIA trata de las responsabilidades que tiene el auditor con respecto a otra información incluida en documentos que contienen estados financieros auditados y el correspondiente informe de auditoría. En ausencia de requerimientos específicos en las circunstancias concretas de un encargo, la opinión del auditor no cubre la otra información y el auditor no tiene la responsabilidad específica de determinar si la otra información se presenta correctamente o no. Sin embargo, el auditor examina la otra información ya que la credibilidad de los estados financieros auditados puede verse menoscabada por incongruencias materiales entre los estados financieros auditados y la otra información. Guía de aplicación Los siguientes son ejemplos de marcos de información con fines específicos: Contabilización con criterios fiscales para un conjunto de estados financieros que acompañan a una declaración de impuestos de la entidad; Contabilización con criterio de caja de la información sobre flujos de efectivo que tenga que preparar una entidad para sus acreedores, las disposiciones sobre información financiera establecidas por un regulador con el fin de cumplir los requerimientos de dicho regulador; o las disposiciones sobre información financiera de un contrato, tal como una emisión de obligaciones, un contrato de préstamo o una subvención. NIA 800. Consideraciones especiales auditorías de estados financieros preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos Alcance Esta norma hace referencia a las consideraciones especiales para aplicar las NIA’s a una auditoría de estados financieros preparados con un marco de referencia para fines específicos. Guía de aplicación 31 Esta norma presenta las consideraciones que existen para unos estados financieros que fueron preparados de acuerdo con un marco de referencia para fines específicos. El auditor debe tener en cuenta estas consideraciones porque son importantes para la aceptación del trabajo, planeación y ejecución de la auditoría y formación de una opinión y presentación del dictamen. Marco de referencia de propósito especial: Son los marcos de referencia diseñados para cumplir con las necesidades de usuarios específicos. NIA 805. Consideraciones especiales auditorías de estados financieros preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos. Alcance Las normas internacionales de auditoría de la serie 100-700 son aplicables a la auditoría de estados financieros y, cuando se aplican a la auditoría de otra información financiera histórica, se deben adaptar a las circunstancias, según corresponda. Esta NIA trata de las consideraciones especiales para la aplicación de dichas normas internacionales de auditoría a la auditoría de un solo estado financiero o de un elemento, cuenta o partida específicos de un estado financiero. El estado financiero o el elemento, cuentan o partida específicos de un estado financiero puede haber sido preparado de conformidad con un marco de información con fines generales o con fines específicos. Si se han preparado de conformidad con un marco de información con fines específicos, también es de aplicación a la auditoría la NIA 800. Guía de aplicación El cumplimiento de los requerimientos de las NIA aplicables a la auditoría de un solo estado financiero o de un elemento específico de un estado financiero puede no ser factible cuando el auditor no haya sido también contratado para auditar el conjunto completo de los estados financieros de la entidad. En estos casos, a menudo, el auditor no tiene el mismo conocimiento de la entidad y de su entorno, incluido su control interno, que tiene un auditor que también audita el conjunto completo de los estados financieros de la entidad. El auditor tampoco tiene la evidencia de auditoría sobre la calidad general de los registros contables u otra información contable que se consigue en una auditoría del conjunto completo de los estados financieros de la entidad. En consecuencia, el auditor puede necesitar evidencia adicional para corroborar la 32 evidencia de auditoría obtenida de los registros contables. En el caso de una auditoría de un elemento específico de un estado financiero, algunas NIA requieren un trabajo de auditoría que puede resultar desproporcionadocon respecto al elemento que se audita. Por ejemplo, aunque, posiblemente, los requerimientos de la NIA sean aplicables a las circunstancias de la auditoría de un documento contable de cuentas a cobrar, puede no ser factible el cumplimiento de dichos requerimientos debido al esfuerzo de auditoría que se requiere. Si el auditor concluye que es posible que no sea factible la auditoría de un solo estado financiero o de un elemento, el auditor puede discutir con la dirección la viabilidad de otro tipo de encargo. NIA 810 Encargos para informar sobre estados financieros resumidos Alcance Esta NIA trata de las responsabilidades que tiene el auditor en relación con un encargo para informar sobre unos estados financieros resumidos derivados de unos estados financieros auditados por dicho auditor de conformidad con las NIA. Guía de aplicación La auditoría de los estados financieros de los que se derivan los resumidos y proporcionan al auditor el conocimiento necesario para cumplir sus responsabilidades en relación con los estados financieros resumidos de conformidad con esta NIA. La aplicación de esta NIA no proporcionará información suficiente y adecuada en la que basar la opinión sobre los estados financieros resumidos si el auditor no ha auditado también los estados financieros de los que se derivan los estados resumidos. 1.4 Normas para atestiguar La serie 7000 normas para atestiguar, está conformada por los siguientes boletines: el 7010 aplicación de las normas para atestiguar. Las normas para atestiguamiento, son una extensión de las normas de auditoria generalmente aceptadas, y al igual que estas, constituyen una guía y establecen un amplio marco de referencia para una variedad de servicios profesionales que constituyen lineamientos profesionales, orientados a promover tanto la consistencia como la calidad en la prestación de esos servicios. 33 El CP, al realizar su informe, se convierte en un testigo de calidad y ejerce la función de atestiguar, en México, la comisión de normas y procedimientos de auditoría, ha denominado a los servicios de atestiguamiento como trabajos especiales. Las normas para atestiguar han sido desarrolladas buscando dar una respuesta a las demandas de nuevos servicios y son aplicables a una lista cada vez más larga de estos, como lo son: Informes sobre descripciones del control interno, Descripciones de programas de cómputo, Estadísticas relativas al comportamiento de inversiones, Información suplementaria referente a estados financieros, Revisión de presupuestos, y Proyecciones financieras. Normas para atestiguar El propósito principal de las NAT es el de otorgar un marco de referencia que guie al profesionista contable en la aplicación de su trabajo de atestiguamiento. Dicho marco de referencia está conformado por los siguientes principios: Competencia técnica, Actitud de Independencia mental, Cuidado y diligencia profesional, Planeación y supervisión, y Obtención de evidencia suficiente y competente para que le CP, tenga las herramientas necesarias para poder emitir su juicio de atestiguamiento. En conclusión las normas para atestiguar han sido desarrolladas con la finalidad de dar una respuesta a las necesidades del auditor, donde es requerido para aplicar ciertos procedimientos que no corresponden a la totalidad de los requeridos por una auditoría de estados financieros, basados en la necesidad de la competencia técnica, actitud mental, cuidado y diligencia profesional, en la planeación y la supervisión y la obtención de evidencia suficiente y competente. 34 Además dan al CP la oportunidad de proporcionar diferentes servicios profesionales más allá del examen o revisión de los estados financieros, sin estar sujeto a las restricciones específicas que establecen las normas de auditoría. Informe sobre exámenes y revisión de Información Financiera Proforma (IFP) La IFP es aquella que es agregada a los estados financieros básicos los efectos de una o más operaciones o eventos previamente propuestos o ya transcurridos en una fecha subsiguiente a la de los estados financieros básicos. El objetivo principal de la IFP, es dar a conocer cuáles podrían ser los afectos más importantes de una o más operaciones o eventos ya transcurridos, pudieran haber tenido sobre los estados financieros básicos de la entidad, y para poder lograr dicho objetivo, es necesario la aplicación de ajustes proforma. Como parte del servicio de atestiguamiento el CP, debe de indicar la IFP, misma que debe de leerse en conjunto con la información financiera básica. Dicho señalamiento debe de mencionar las operaciones o eventos que se están abordando en la IFP e indicar los respectivos ajustes proforma que fueron aplicados para obtener los efectos sobre los estados financieros de la entidad. Para poder expresar lo antes mencionado el CP, debe de emitir un informe el cual debe de cumplir con los siguientes requisitos: El documento que contiene la IFP, debe de incluir los estados financieros básicos de la entidad del año más reciente. Los estados financieros básicos de una entidad, o en el caso de en la adquisición o fusión de negocios, de cada parte importante en la entidad adquirida o fusionada, deben de estar previamente auditados o revisados. El CP, debe de otorgar un nivel de seguridad a la IFP a una fecha o a un periodo determinado, con la limitación de que el dicho nivel de seguridad, debe de estar basado en los estados financieros básicos de la entidad. El CP, que emite el informe final, debe de tener un adecuado conocimiento de las operaciones de la entidad o de las partes adquiridas o fusionadas. Por último el CP, para poder otorgar sus servicios de atestiguamiento sobre la IFP, debe de seguir los criterios establecidos en el boletín 7010 normas para atestiguar. 35 Informe sobre el examen de control interno relacionado con la preparación de la información financiera El principal objetivo de este boletín es dar a conocer y establecer normas y proporcionar una guía al CP, que presta sus servicios de atestiguamiento para examinar y opinar sobre la efectividad del diseño y operación de los sistemas de control interno de la entidad. Cuando el CP, este ejerciendo su labor de atestiguamiento, debe de verificar que los componentes del control interno de la compañía estén basado en los siguientes cuatro criterios, se debe de permitir la medición de datos cualitativos y cuantitativos, suficiencia, relevancia, el criterio a revisar debe de ser de importancia significativa. Es importante que el CP, en su labor de atestiguar, evalué el control interno de la entidad relacionado con la preparación de los estados financieros a una fecha específica, así mismo es importante que el profesionista contable revise el diseño de los controles y en subsecuente la operación de dichos controles. Los procedimientos que le CP, debe de seguir para una evaluación de control interno debe de estar involucrado con los siguientes elementos: Evaluar el ambiente de control interno y verificar como afecta las políticas de una entidad y verificar si dicho ambiente está fortaleciendo o debilitado los controles de una entidad, una evaluación de riesgos sobre los estados financieros de una entidad y verificar si estos están presentados conforme a las NIF. Una adecuada evaluación sobre los sistemas de información y comunicación de la entidad, evaluar los procedimientos y políticas impuestos por la administración, con el fin de verificar si estas proporcionan una seguridad razonable sobre las operaciones de la entidad, y verificar si los procedimientos de control persiguen diferente objetivos y revisar si estos, están siendo aplicados a distintos niveles de la organización y del procesamiento de las transacciones. Exámenes y revisiones sobre cumplimiento
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