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Epidemiología 2 parte (2022)

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Epidemiología
Salud Pública I
Lic. en Enfermería
UNNOBA
2° Parte
Vigilancia de la Salud
 Desde una perspectiva individual y clínica, 
el término Vigilancia se refiere a una 
actitud de alerta responsable sobre el 
estado de Salud de un individuo por parte 
de los agentes de Salud. 
 Esta actitud requiere de observaciones 
sistemáticas orientadas a la toma de 
decisiones sobre las medidas concretas 
que se deben implementar, en cada caso 
en particular, para la prevención, atención 
y mejoramiento del estado de Salud.
 En cambio, para aludir al interés por 
vigilar el estado de Salud de la población, 
y no el de un individuo en particular, se 
utiliza el término Vigilancia de la Salud. 
 Esto implica la producción sistemática de 
información sobre el comportamiento de 
eventos de Salud-Enfermedad de la 
población y los factores que los 
condicionan, para orientar el proceso de 
toma de decisiones dirigidas a mejorar la 
calidad de la Salud de la población.
 Si bien el concepto de Vigilancia de la Salud 
originalmente se aplicó a la observación y control de 
las enfermedades transmisibles, en la actualidad su 
uso se ha extendido al estudio de otros problemas 
sanitarios tales como el deterioro del medio por la 
contaminación o las radiaciones ionizantes, las 
adicciones, los accidentes de tránsito y las 
enfermedades no transmisibles (cáncer, enfermedades 
crónicas degenerativas, obesidad, etcétera).
 La Vigilancia de la Salud se ocupa de recopilar datos 
en forma oportuna, sistemática y ordenada; los 
analiza e interpreta para observar o registrar cambios 
en la tendencia o distribución de los problemas de 
Salud y sus factores asociados, con el fin de 
recomendar medidas de prevención y control de las 
enfermedades o de promoción de la Salud para una 
población.
Vigilancia epidemiológica
 Ante el proceso de salud-enfermedad como un proceso 
dinámico y cambiante en forma permanente, los 
sistemas de Salud se vieron ante la necesidad de 
desarrollar mecanismos sistemáticos de recolección de 
información. Surge el concepto de Vigilancia 
Epidemiológica, aunque más recientemente en algunos 
ámbitos se la ha denominado Vigilancia en Salud 
Pública con el objeto de separarla de la esfera de la 
Epidemiología para darle un estatus independiente. 
 La Vigilancia se refiere a la observación y 
recolección sistemática y permanente de datos 
de la ocurrencia y distribución de los sucesos 
de salud-enfermedad para su oportuno análisis 
en cuanto a determinantes, tendencias y otras 
informaciones útiles para su aplicación práctica 
en el campo de la Salud Pública.
¿ Qué es?
 No es solamente la recolección de datos que surgen 
espontáneamente del campo, sino un sistematizado 
servicio de observación y comparación que 
activamente busca información sobre el dinámico 
campo de la Salud. 
 Se trata de información sobre enfermedades 
transmisibles y no transmisibles pero también sobre 
determinantes de la enfermedad y sistemas de salud.
 Provee información y conocimientos para la detección 
oportuna de amenazas a la salud poblacional que 
surge de la identificación de: cambios en la ocurrencia 
de las enfermedades (fundamentalmente con 
situaciones de epidemias), conformación de 
conglomerados (grupos de riesgo aun sin situación 
epidémica) y cambios en las características del 
proceso (presentación, gravedad, etc).
Atributos de los sistemas de Vigilancia
 Simplicidad: facilidad con que funciona un sistema de 
vigilancia. 
 Flexibilidad: capacidad del sistema de adaptarse a nuevos 
requerimientos. 
 Sensibilidad: capacidad del sistema para detectar brotes y 
epidemias. 
 Representatividad: posibilidad de aplicar a la población las 
observaciones obtenidas.
 Oportunidad de la información: está en relación con los 
tiempos requeridos para realizar intervenciones. 
 Difusión de la información por él generada: fundamental para 
la prevención y control; estimula a mejorar la recolección de 
datos en los niveles locales (retroalimentación) y sirve de 
fuente de datos de otras investigaciones. 
 Aceptabilidad: hace referencia a la actitud que los trabajadores 
de salud y las organizaciones para participar de las tareas de 
vigilancia. 
 Predicción positiva: capacidad del sistema de captar 
verdaderos casos positivos entre los casos notificados. Refleja 
la sensibilidad del sistema y especificidad del diagnóstico del 
caso definido y depende de su prevalencia
 La notificación de casos representa la 
columna vertebral de los sistemas rutinarios 
de vigilancia en salud. 
 Es un proceso sistemático y continuo de 
comunicación de información que involucra a 
todo el equipo de salud. 
 En general, es de carácter obligatorio y está 
respaldado por la ley. 
 La notificación consiste, básicamente, en la 
declaración oficial de la ocurrencia de cada 
caso de un evento bajo vigilancia, que se 
detecta en la población según la definición de 
caso vigente y la transmisión de los datos 
relacionados a cada caso.
Características Vigilancia Investigación
Tiempo de 
recolección de datos
Continua
Método de 
Recolección de
datos
Rutinario con muchos
participantes
Especialmente diseñado,
pocas personas involucradas
Cantidad de datos
requerido por caso
Mínimos Detallados
Difusión de la 
Información
Continua, permite la
toma de decisiones rápida
Esporádica
Uso de los datos Genera hipótesis, define 
problemas, monitorea tendencias
Genera o verifica hipótesis,
describe problemas en detalle, 
monitorea tendencias
SNVS – Sistema Nacional de 
Vigilancia en Salud
Manual de normas y procedimientos de Vigilancia y Control de 
Enfermedades de Notificación Obligatoria Revisión nacional 2007 
ACTUALIZACIÓN DE LOS EVENTOS BAJO VIGILANCIA 
OBLIGATORIA (ENO) 
Según la situación epidemiológica de las enfermedades y los 
compromisos internacionales contraídos sobre eliminación o 
reducción de enfermedades, se han seleccionado en esta revisión 
noventa y cinco (95) 
Eventos de Notificación Obligatoria (ENO). 
Los mismos se agrupan en base a su principal mecanismo de 
transmisión o vinculadas a las acciones de prevención y control.
Así quedan conformados dieciséis (16) grupos separados en tres 
categorías: 
(I) enfermedades transmisibles con nueve (9) grupos,
(II) no transmisibles con tres (3) grupos 
(III) otros eventos con cuatro (4) grupos: 
• Eventos Transmisibles 
1. Dermatológicas 
2. Gastroentéricas 
3. Hepatitis Virales 
4. Infecciones de transmisión Sexual (I.T.S.) 
5. Inmunoprevenibles 
6. Meningoencefalitis 
7. Respiratorias 
8. Vectoriales 
9. Zoonóticas 
• Eventos no Transmisibles 
1. Lesiones por causas externas intencionales y no intencionales 
2. Intoxicación Aguda por agentes químicos 
3. Envenenamiento por Animales ponzoñosos. 
• Otros eventos 
1. Viruela 
2. Brote de cualquier etiología. 
3. Otros eventos con Riesgo para la Salud Pública (otros eventos infecciosos no 
incluidos en el 
listado, evento de causa desconocida, desastres naturales, epizootias, accidente 
químico, accidente 
nuclear, etc). 
4. Infecciones Nosocomiales 
Capítulo III: Normas para las enfermedades de notificación obligatoria 
II. DERMATOLÓGICAS 
II.1. LEPRA - CIE10 A30 (ACTUALIZACIÓN 2000. EN REVISIÓN)
III. ENVENENAMIENTO POR ANIMALES PONZOÑOSOS
IV. GASTROENTÉRICAS.
IV.1. INTOXICACION PARALÍTICA POR MOLUSCOS (IPM) 
IV.2. DIARREAS AGUDAS - CIE10 A00–A09 (ACTUALIZACIÓN 2000. EN REVISIÓN)
IV.3. FIEBRE TIFOIDEA Y PARATIFOIDEA CIE-10 A01.1–A01 
IV.4. SINDROME UREMICO HEMOLITICO (SUH) CIE 10 A04.3 
IV.5. COLERA CIE-10 A00 (ACTUALIZACIÓN 2000. EN REVISIÓN) 
IV.6. ENFERMEDADES DE TRANSIMISION ALIMENTARIA - (ETA) 
IV.7. TRIQUINOSIS CIE-10 B75 
IV.8. BOTULISMO CIE - 10 A05.1 (Alimentario, por heridas y del lactante) 
V. HEPATITIS VIRALES 
V.1. HEPATITIS VIRAL TIPO A – CIE-10 B15
V.2. HEPATITIS VIRAL TIPO B – CIE-10 B16
V.3. HEPATITIS VIRAL TIPO C - CIE-10 B17.1
V.4. HEPATITIS VIRAL TIPO D - CIE-10 B17.0
V.5. HEPATITIS VIRAL TIPO E - CIE-10 B17.2
VI. INFECCIONES DE TRANSMISIÓNSEXUAL (I.T.S.) 
VI.1. URETRITIS GONOCOCCICA (GONORREA, BLENORRAGIA) CIE-10 A54.0-A54.2 
VI.2. SIFILIS DEL ADULTO (o adquirida) Y SIFILIS CONGENITA CIE-10 A-50-A-52 
VI.3. SIDA 
VII. INFECCIONES NOSOCOMIALES 
VIII. INMUNOPREVENIBLES
VIII.1. VARICELA 
VIII.2. PAROTIDITIS INFECCIOSA (Paperas) CIE10 B26
VIII.3. POLIOMIELITIS CIE10 A80
VIII.4. COQUELUCHE (Tos Convulsa) CIE 10 A37
VIII.5. TÉTANOS OTRAS EDADES CIE10 A35 
VIII.6. TETANOS NEONATAL CIE-10: A-33
VIII.7. DIFTERIA CIE10 A36 
VIII.8. SINDROME DE RUBEOLA CONGENITA (SRC) CIE10 p-35.0 
VIII.9. SARAMPION 
VIII.10. RUBEOLA 
IX. INTOXICACIÓN AGUDA POR AGENTES QUÍMICOS 
X. LESIONES POR CAUSAS EXTERNAS INTENCIONALES Y NO INTENCIONALES 
XI. MENINGOENCEFALITTIS
XI.1. MENINGITIS NO PIOGENA CIE-10 A87; CIE-10 G03.0 
XI.2. MENINGITIS MENINGOCOCCICA CIE10 -A39.0 
XI.3. MENINGITIS POR HAEMOPHILUS CIE-10 G00.0 
XI.4. MENINGITIS NEUMOCÓCCICA CIE-10 G00.1 
XI.5. MENINGOENCEFALITIS TUBERCULOSA EN MENORES DE 5 AÑOS CIE10 A15-A19 
XII. RESPIRATORIAS 
XII.1. INFLUENZA CIE10 J10 – J18
XII.2. NEUMONIA ADQUIRIDAS EN LA COMUNIDAD, NAC CIE 10 J12 – C18
XII.3. BRONQUIOLITIS CIE-10 J01 – J06 – J12
XII.4. SÍNDROME RESPIRATORIO AGUDO SEVERO, SARS CIE10 U04.9 (provisional) 
XII.5. TUBERCULOSIS. CIE10 A15 – A19 
XIII. VECTORIALES
XIII.1. LEISHMANIASIS VISCERAL CIE-10 B55.0 
XIII.2. LEISHMANIASIS MUCOSA (O MUCOCUTANEA) CIE-10 B55.2
XIII.3. LEISHMANIASIS CUTANEA CIE-10 B55.1
XIII.4. FIEBRE AMARILLA SELVÁTICA CIE-10 A95.0 / FIEBRE AMARILLA URBANA CIE-10 A95.1
XIII.5. ENCEFALITIS POR ARBOVIRUS
XIII.6. DENGUE CLÁSICO CIE-10 A90
XIII.7. DENGUE HEMORRAGICO/ SINDROME DE CHOQUE DEL DENGUE (DH/SCD) CIE 10 
A91158
XIII.8. PALUDISMO (MALARIA) CIE-10 B50-B54
XIII.9. ENFERMEDAD DE CHAGAS (AGUDO Y CONGÉNITO). CIE-10 B57
XIII.10. TIFUS EPIDEMICO CIE 10 A75.0
XIII.11. PESTE CIE-10 A20 
XIII.12. FIEBRE DEL NILO OCCIDENTAL CIE-10 A92.3 
XIV. ZOONOTICAS
XIV.1. RABIA HUMANA – ANIMAL CIE-10 A82
XIV.2. PSITACOSIS CIE10 A70 
XIV.3. CARBUNCO CIE10: A22 
XIV.4. HIDATIDOSIS CIE10 B67.0 – 67.4
XIV.5. BRUCELOSIS CIE10 A23 
XIV.6. HANTAVIRUS - SINDROME PULMONAR CIE10 B33.4 
XIV.7. LEPTOSPIROSIS CIE10 A27 
XIV.8. FIEBRE HEMORRÁGICA ARGENTINA CIE-10 A96.0
Proceso de Notificación
 ¿Quién notifica?
El médico que atiende al paciente o reconoce el 
cadáver. También debe notificarlo el laboratorista 
o el anatomopatólogo al lograr el diagnóstico de 
certeza. En casos animales, el veterinario es quien 
debe notificar. Están obligados a comunicar casos 
sospechosos: odontólogos, obstétricas, 
kinesiólogos y todo integrante del equipo de salud 
que tenga acceso a los mismos.
 ¿Qué se notifica?
Cualquier enfermedad con sospecha clínica o con 
certeza de laboratorio que se encuentre en la lista 
de eventos bajo Vigilancia en el Manual de 
Normas y Procedimientos.
 ¿Cuándo se notifica?
Ante la sospecha que se origina en la clínica o ante la certeza 
diagnóstica que se origina en el laboratorio.
 ¿Cómo se notifica?
En los formatos disponibles (planillas C2 y L2); por teléfono 
si la declaración es urgente y así es requerida por la 
autoridad sanitaria; también podrá hacerse por correo 
electrónico o Internet www.direpivigia.org.ar
 ¿A quién se notifica?
A la autoridad sanitaria inmediata superior local más 
próxima.
 ¿Para qué se notifica?
Para tomar las medidas sanitarias apropiadas, investigar y 
controlar la transmisión de las enfermedades y suministrar 
datos a los niveles superiores de vigilancia

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