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DERECHO MERCANTIL SAMUEL EBENEZER MARTINEZ PAREDES Derecho Mercantil 1.1 Concepto de Derecho Mercantil. Es el conjunto de normas coercibles que regulan la intermediación entre los bienes, servicios y quienes los consumen. Fundamento. • Articulo 73 constitucional, en la fracción X, faculta a la legislación del comercio. Reglamentación. • Código de Comercio. • Ley general de sociedades mercantiles. • Ley de concursos mercantiles. • Ley general de títulos y operaciones de crédito. • Código civil federal (Supletorio). Finalidad. • La intermediación de las prestaciones, siendo coercible. Sujetos, objetos y jurisdicción. • Los sujetos son los que producen y los que consumen bienes y servicios. • El objeto son los bienes y servicios. • Su jurisdicción es competente en controversias Federales y Estatales. Caracteristicas: • Es un Derecho Profesional. • Es un Derecho Individualista. • Es un Derecho Consuetudinario. • Es un Derecho Progresivo. • Es un Derecho Global o Internacionalizado. 1.2 Video Derecho Mercantil. Se aplican a los comerciantes en el ejercicio de su profesión y a los actos de comercio legalmente calificados. La legislación mercantil aplica a las empresas, particulares con carácter de comerciantes y a los particulares sin tener que tener el carácter de Comerciantes. ¿Qué es un comerciante? Es un intermediario entre el productor y el consumidor, y tiene un fin lucrativo con esta actividad. Productor->Comerciante- ->Consumidor ¿El derecho mercantil regula los Actos de Comercio? Si, el Derecho mercantil se encarga de regular estos actos, a continuación explicaremos lo que son los actos de comercio. 1.3 Los Actos de Comercio. Separación entre el Derecho Civil y Mercantil: La separación entre derecho mercantil y derecho civil se origina por la inadaptabilidad del derecho civil para regular las relaciones nacidas del tráfico comercial, debido a la flexibilidad y rapidez propia de las relaciones mercantiles; por otro lado, está la creación de nuevas instituciones con las correlativas normas jurídicas que hacen al derecho mercantil un derecho especial y distinto frente al civil. Al separar la legislación mexicana el derecho civil del mercantil, se crean, por una parte, el Código Civil y, por otra, el Código de Comercio y sus leyes complementarias. Ello como resultado de tener tan acentuadas diferencias, que requieren ser regidos por distintos ordenamientos. generalidades del derecho mercantil. El Código de Comercio, en su artículo primero, establece que sus disposiciones son aplicables a los actos comerciales y, en el segundo, señala que a falta de disposiciones de este Código de Comercio, serán aplicables a los actos de comercio los de derecho común, por lo que es contundente la diferencia entre el derecho civil y el derecho mercantil. No son Actos de Comercio: • Adquisición de bienes con fin del consumo personal. • Adquisición de bienes realizadas por funcionarios públicos o empleados con el fin de brindar un servicio publico. • Adquisición para producir obras artísticas y la enajenación de estas por su autor. • Enajenación de los agricultores o ganaderos de sus cosechas. Concepto Jurídico de los Actos Comerciales. “Es el acto jurídico realizado por persona física o moral, sea comerciante o no, que produzca efectos en el campo del derecho mercantil”. Importancia. • La normativa del fondo aplicable. • La prueba de los actos o negocios jurídicos. • La determinación de la profesión o actividad. • La capacidad de quienes son parte o ejecutan estos actos. • La aplicación de la costumbre y tributos. • La competencia judicial. Clasificación: El articulo 75 del Código de Comercio los clasifica de esta manera: • Actos absolutamente comerciales: Cheques o letras de cambio. • Actos relativamente comerciales: Arrendamiento. • Actos que dimanan de empresas: Editoriales y tipográficas. • Actos accesorios o conexos a otros mercantiles: Depósitos por causa de comercio. 1.4 La Empresa. Definición. Es un ente que nace por la ley y para la ley, esta combina los factores de producción (Capital + Trabajo + Naturaleza) para poder producir y vender bienes, o prestar sus servicios y satisfacer una necesidad y obtener benéficos (lucro). Asi como también es una célula social porque nace de una sociedad. Caracteristicas. • Tiene un patrimonio (Cuenta con recursos propios). • Produce bienes y los destina hacia el mercado. • Cuenta con su propia responsabilidad. • Se relaciona con la sociedad (satisface las necesidades de la misma) y con el estado (por el pago de impuestos). • Busca maximizar sus beneficios. • Alto grado de organización. Importancia. Es importante porque pone en marcha lo establecido por el proceso de planeación y organización, su calidad se ve reflejada al lograr sus objetivos, sirven a la sociedad, crean trabajos, son alternativas de inversión y rentabilidad y es el soporte del desarrollo de un país o una región. Clasificación: • Empresas Publicas: Estado. • Empresas Privadas: Cualquiera, menos el estado. • Empresas Mixtas: Estado + Particulares. • Empresas Locales: Nacionales, que operan en una localidad. • Empresas Multinacionales: Que operan en varios países, se adaptan. • Empresas Transnacionales: Operan en varios países.
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