Los consumidores equiparados son sujetos que no tienen un vínculo contractual o de derecho público con el proveedor, pero como consecuencia o en oc...
Los consumidores equiparados son sujetos que no tienen un vínculo contractual o de derecho público con el proveedor, pero como consecuencia o en ocasión de ello adquieren o utilizan bienes o servicios que fueron adquiridos por un consumidor efectivo con el que los une un vínculo familiar o social. Se encuadra en esta categoría, por ejemplo, quien recibe como regalo o presente de estilo un producto defectuoso o quien es invitado a una comida en la que se sirven productos contaminados o adulterados, el acompañante en un automóvil que circula por una ruta con peaje, entre otros. (Garrido Cordobera, 2015, p. 224).
Compartir