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“Presupuestos del Contrato”. Derecho. | Derecho Civil. | 7°B. | Universidad Británica de México. | Samuel Ebenezer Martínez Paredes. Introducción. • En el presente documento se desarrollara un cuadro conceptual relacionado con un tema de los mas importantes para el Derecho Civil, que se refiere a los contratos, en este caso, se analizaran los presupuestos del contrato, que se refiere a lo que un contrato tiene que llevar para que estos sean validos, en trabajos anteriores, realizamos definiciones y vimos de manera general lo que eran los contratos y los requisitos que estos necesitaban para poder ser validos, pero en este caso, nos enfocaremos en explicar a lo que se refiere con la capacidad jurídica, acerca de la edad de la persona y la significación jurídica que estas tienen, la capacidad y la incapacidad de una manera mas general. Sin embargo, antes de comenzar a realizar dicho trabajo, es necesario que comencemos explicando lo que es un contrato: • Contrato: Se define como un acuerdo legal, ya sea de una forma oral u escrita, en donde se manfiesta la voluntad de una o mas personas con capacidad jurídica, en donde se regulan las relaciones de las partes con respecto a la finalidad o cosa del objeto del mismo contrato. • Dicho lo anterior, se puede proceder a realizar el mapa mental en donde explicaremos cada uno de los temas anteriormente mencionados. La capacidad jurídica. Es un derecho humano fundamental, progresivo y complejo en cuanto a su concepto y regulación. Se relaciona de manera directa con la facultad de tomar decisiones libremente, sin estar sujeto a limitantes, sin imposiciones y ejerciendo la voluntad de realizar o no un acto. Las limitaciones a la capacidad jurídica no son exclusivas de las personas con discapacidad, también se presentan en el con texto de situaciones limítrofes de la vida, en que tanto los niños y las niñas como las personas adultas mayores, las personas con discapacidad y las mujeres requieren del apoyo para lograr su independencia y para el ejercicio efectivo de su capacidad. ¿Qué es? ¿Tiene limitaciones? ¿Cuáles son los aspectos fundamentales del derecho con respecto a la capacidad juridica? El núcleo del derecho a la capacidad jurídica parte de que todas las personas, incluyendo a las y los niños, las personas con discapacidad, las mujeres y las personas adultas mayores, cuentan con el derecho a adoptar decisiones de manera directa y personal. En cualquier caso en que se designe un representante en contra de su voluntad, deberá ser considerado como un caso que atenta contra el núcleo fundamental de este derecho. También están constituidos por las cuestiones relacionadas con la privacidad, la familia, la vida independiente, el acceso a la justicia y otros derechos que se derivan indirectamente del derecho al ejercicio de la capacidad jurídica y la toma de decisiones. La edad de la persona y la significación jurídica. Importancia de la edad. Viene dada por los cambios que se producen en relación a la capacidad de obrar. Da lugar a la configuración de dos estados civiles: Mayor de edad y Menor de edad. Se tienen como estados civiles porque significan una diferente manera de inserción o de estar del individuo dentro de la sociedad. ¿Qué es la edad? Constituye una manifestación de la influencia del tiempo en el ámbito de las relaciones jurídicas, y no depende de la voluntad de la persona. Mayor de edad. Menor de edad. Se identifica por la plena independencia de la persona y la adquisición de la plena capacidad de obrar, se extingue automáticamente la tutela y la patria potestad. La mayor edad sólo puede ser limitada por una decisión judicial por incapacitación, prodigalidad o concurso. Significa que tienen limitada su capacidad de obrar y no pueden actuar por sí solos. Aunque hay determinados actos que si pueden, significa una fase de dependencia de la persona y sujeta a padres y tutores. La ley habilita al menor para intervenir en las relaciones jurídicas de la cual es titular bien para ser oído o para denunciar determinados hechos. El criterio que se utiliza es el de madurez. La edad de la persona y la significación jurídica. Importancia de la edad. Viene dada por los cambios que se producen en relación a la capacidad de obrar. Da lugar a la configuración de dos estados civiles: Mayor de edad y Menor de edad. Se tienen como estados civiles porque significan una diferente manera de inserción o de estar del individuo dentro de la sociedad. ¿Qué es la edad? Constituye una manifestación de la influencia del tiempo en el ámbito de las relaciones jurídicas, y no depende de la voluntad de la persona. Mayor de edad. Menor de edad. Se identifica por la plena independencia de la persona y la adquisición de la plena capacidad de obrar, se extingue automáticamente la tutela y la patria potestad. La mayor edad sólo puede ser limitada por una decisión judicial por incapacitación, prodigalidad o concurso. Significa que tienen limitada su capacidad de obrar y no pueden actuar por sí solos. Aunque hay determinados actos que si pueden, significa una fase de dependencia de la persona y sujeta a padres y tutores. La ley habilita al menor para intervenir en las relaciones jurídicas de la cual es titular bien para ser oído o para denunciar determinados hechos. El criterio que se utiliza es el de madurez. La capacidad y la incapacidad. ¿Qué es la capacidad? Es la medida o porción de la personalidad. traducida en la idoneidad para establecer relaciones jurídicas determinadas. La capacidad puede ser: Absoluta: Si permite actuar en toda clase de actos jurídicos y políticos. Relativa: Cuando consciente realizar alguno de ellos y otros no. Así se puede tener capacidad para testar, para contraer matrimonio, para trabajar, para ser elector o elegido, para disponer de los bienes, etc. Capacidad de Goce: Es la idoneidad que tiene una persona por imperio de la ley para ser titular de derechos, contraer obligaciones y de adquirir deberes desde que se le reconoce personalidad. Capacidad De Ejercicio: Es la idoneidad de una persona reconocida por ley para realizar actos jurídicos validos y que produzcan efectos de Derecho que comienza con la mayoría de edad plena (18 años en México). Capacidad de imputación: Es el estado asignado por ley a una persona que lo obliga a responder por hechos ilícitos. Donde la imputabilidad es la situación psíquica de una persona de comprender la antijuridicidad de su conducta y de no adecuar la misma a esa comprensión . ¿Cómo se clasifica? La capacidad y la incapacidad. ¿Qué es la incapacidad? Es el defecto o falta total de la idoneidad para ser titular de derechos, contraer obligaciones y adquirir deberes o para ejercerlos. La incapacidad es la inexistencia de la idoneidad de la persona para tener derechos, deberes y voluntad para relacionarse con terceros y quedar obligado con terceros. Incapacidad jurídica o de derecho: Es la falta de idoneidad de una persona para ser titular de derechos, contraer obligaciones y adquirir deberes. No existe persona con Incapacidad Jurídica O De Derecho. La ausencia no puede extenderse a su totalidad, por haber desaparecido de las legislaciones la muerte civil. Por incapaz que se suponga a un individuo, cuenta con los derechos: Ya que, el recién nacido, los tiene a los alimentos de sus progenitores y al cuidado de éstos; incluso el condenado a muerte tiene el de ser ejecutado conforme a la ley, y el de no ser antes maltratado inútilmente. Incapacidad de obrar: Falta de idoneidad de una persona ejercitar los derechos que tiene. Esta también es conocida como la incapacidad de ejercicio, incapacidad de hecho y se contrapone a la incapacidad jurídica. La incapacidad de obrar puede referirse a la totalidad de los derechos y a determinada clase de ellos; en el primer caso se habla de incapacidad absoluta, y en el segundo, de incapacidad relativa. ¿Cómo se clasifica? La capacidad y la incapacidad.Incapacidad Total: Es la falta total de capacidad, de aptitud para ejercer derechos y contraer obligaciones. Se daba en la antigüedad con la esclavitud y en la edad media con la muerte civil. Configuraba este estado con la “capitis deminutio” (pérdida de la libertad y de la ciudadanía) en la Roma antigua y con la muerte civil (despojo o privación de todos sus derechos civiles y políticos en vida de una persona) en la edad media. La institución fue incorporada al Código de Napoleón, pero hoy está abolida por todas partes. En la actualidad ya no existen seres humanos con incapacidad total. Incapacidad Parcial: Aquella que afecta a determinadas personas privándoles de ciertos derechos subjetivos en consideración de determinadas circunstancias. Esos casos determinados por ley son: La nacionalidad: A los extranjeros se les limita el derecho de trabajo, excepto que tengan radicaría en el país nacional. “Ya que ningún extranjero ejercerá mando ni empleo o cargo administrativo en las Fuerzas Armadas, o ser presidente de la republica”. Los menores de edad que no tengan un tutor designado o padres. Las personas con discapacidad mental que no tengan un tutor designado. ¿Cómo se clasifica? Conclusión. • Como conclusión puedo mencionar que la capacidad es uno de los dos requisitos esenciales para que un contrato pueda ser, o mas bien, pueda existir, no solo es cuestión de que se realice un convenio verbal, si no, que quede estipulado y en escrito, donde también tenga clausulas y otras cuestiones diferentes para que se pueda cumplir el contrato por ambas partes, pero ahora bien, la capacidad es importante ya que una persona que tenga una discapacidad mental, y quiera celebrar un contrato, pero se están aprovechando de esa persona, entonces el no lo sabría, ya que esta persona, posee características especiales, y la ley, nos establece que este tipo de personas necesitan un tutor para poder realizar dicho convenio. Este es uno de los temas mas importantes para los contratos en materia del derecho civil. Bibliografía. • http://aulavirtualunibritanica.com/pluginfile.php/129877/mod_resource/content/0/5.1%20Capacidad%20Juridica.pdf • http://aulavirtualunibritanica.com/pluginfile.php/129880/mod_resource/content/0/5.2%20La%20edad%20de%20la%20Persona%20y%20 su%20Significacion%20Juridica.pdf • https://jorgemachicado.blogspot.com/2011/06/cain.html#:~:text=En%20Derecho%20la%20Capacidad%20es,contraer%20obligaciones% 20y%20adquirir%20deberes. • http://aulavirtualunibritanica.com/pluginfile.php/129879/mod_resource/content/0/5.4%20Interpretacion%20de%20los%20Contratos%20e n%20el%20Codigo%20Civil.pdf http://aulavirtualunibritanica.com/pluginfile.php/129877/mod_resource/content/0/5.1 Capacidad Juridica.pdf http://aulavirtualunibritanica.com/pluginfile.php/129880/mod_resource/content/0/5.2 La edad de la Persona y su Significacion Juridica.pdf https://jorgemachicado.blogspot.com/2011/06/cain.html#:~:text=En%20Derecho%20la%20Capacidad%20es,contraer%20obligaciones%20y%20adquirir%20deberes http://aulavirtualunibritanica.com/pluginfile.php/129879/mod_resource/content/0/5.4 Interpretacion de los Contratos en el Codigo Civil.pdf
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