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Antecedentes históricos del Sistema Romano-Germánico

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UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA 
CENTRO UNIVERSITARIO DE CIENCIAS SOCIALES Y HUMANIDADES 
 
Alumna: Daisy Jazmin Alvarado Ramos 
Profesor: Lic. Miguel Angel López Alba 
Grado y grupo: 1E Vesp 
Materia: Derecho Romano 
Fecha: 05/09/2022 
 
 
 
La historia del sistema jurídico Romano Germánico empieza como su nombre 
refleja, con la narración de roma y su derecho. El derecho romano influyó de 
forma fundamental el desarrollo de los sistemas jurídicos de Europa. 
Se adoptó primordialmente la jurisprudencia del derecho romano tradicional 
engendrada por los praetores1 y iudices2 entre los años 27 a.C. Más adelante esta 
jurisprudencia ha sido compilada durante el siglo 6 por el jefe supremo romano 
Justiniano y podría ser comentada nuevamente hasta el siglo once por los 
glosadores de Europa. 
El derecho romano estaba formado además por los comentarios de los juristas. 
En Roma los juristas eran habitantes principalmente de las clases altas del 
imperio con un entrenamiento jurídico especializado cuya primordial labor era 
detectar y refinar conceptos jurídicos. Un caso muestra de esto lo tenemos la 
posibilidad de ver reflejado en el Consilium principis3, organización engendrada 
por Augusto a lo largo de la era típica del derecho romano constituida por 
enormes juristas a la cual le otorgo el derecho de contestar en preguntas 
jurídicas como si lo hicieran con la autoridad del príncipe quien en la era había 
concentrado la mayor parte de las funcionalidades y correspondió a enorme 
trascendencia. Los praetores tomaban presente el trabajo de los juristas para 
cambiar las fórmulas usadas. 
El jefe supremo Justiniano rigió el Imperio Romano de Oriente a partir del año 527 
y uno de sus primordiales fines como jefe supremo ha sido dotar al Imperio 
Romano de Oriente de un derecho coherente, completo, nuevo y duradero. En el 
campo privado buscó restablecer el derecho romano tradicional que fue 
desarrollado primordialmente por los praetores y juristas como se dijo antes. 
Es importante implantar las diversas modalidades en que se adoptó el derecho 
romano en Francia y en Alemania. La recepción del derecho romano en Alemania 
 
 
fue diferente, ocurrió después a pesar de que ciertos juristas alemanes ya habían 
estudiado el derecho romano desde el siglo XII. 
La familia del sistema Romano Germánico, no solamente se limitó a las naciones 
del Imperio Romano, sino además tuvo una enorme expansión territorial por 
medio del tiempo y fue adaptado en todos los países de América Latina, gran parte 
de África y con mucha influencia en países de oriente, como por ejemplo Japón e 
Indonesia. En América Latina, la adopción del sistema Romano Germánico se debe 
por la colonización de los españoles que traían consigo este sistema después de 
haber adoptado y sido influenciados por el Derecho Romano y los recursos 
jurídicos que van surgiendo en la época. Es importante mencionar, que el nombre 
del sistema Romano Germánico proviene del Sacro Imperio Romano Germánico. 
 
Características: 
Podemos encontrar varias características del sistema romano-germánico como: 
• La aplicación de normas generales y abstractas a casos en concreto. 
• Codificaciones de las diversas ramas del derecho. 
• Formalismo y rigurosidad. 
• Las normas son emanadas por el legislativo, por lo tanto, son dotadas de 
una legitimidad democrática. 
• Se basa en la normativa emanada por los poderes legislativo y ejecutivo. 
• La jurisprudencia se limita al ámbito de interpretación de la normativa 
vigente. 
• El precedente jurisprudencial, a pesar de que no es fuente principal del 
sistema romano-germánico, ha ido adquiriendo importancia en el derecho 
constitucional. 
 
 
 
Glosario: 
1Praetores: eran jueces y también jefes militares en el imperio del que Hispania 
formaba parte. Hispania, la España romana, que no fue colonia sino parte del 
imperio, estuvo, en los primeros tiempos, dividida en dos provincias, desde un 
punto de vista administrativo. [link] 
2Iudices: jueces nombrados por el rey, posiblemente entre los miembros del 
Palatium, para juzgar por delegación real casos concretos. [link] 
3Consilium principis: fue un consejo creado por el primer emperador romano 
Augusto, en los últimos años de su reinado para controlar la legislación en la 
institución deliberativa del Senado. [link] 
 
 
Fuentes de consulta: 
Romano Germánico-A. (2020, 25 noviembre). UFM. https://proyectos-
derecho.ufm.edu/contemporaneos/index.php?title=Romano_Germ%C3%A1nico_-
_A#Caracter.C3.ADsticas_y_Principios 
 
 
https://confilegal.com/20180827-pretores-romanos-jueces-jefes-militares-imperio-hispania/
https://dpej.rae.es/lema/iudices-curiae
https://es.wikipedia.org/wiki/Consilium_principis

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