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Derecho Público Derecho Público: son normas de subordinación que regulan la organización y actividad del Estado, los entes públicos y la relación con los particulares. Dentro del Derecho Público las ramas que encontramos son: *Derecho Constitucional: conj. De normas que regulan la org. Y funcionamiento de los poderes del Estado. *Derecho Administrativo: disciplina del derecho cuyo objeto es la función administrativa del Estado *Derecho Penal: conjunto de normas que determinan cuales son los delitos y las penas que la realización de delitos acarrea. *Derecho Procesal: conjunto de reglas destinadas a la aplicación de las normas del Derecho a casos particulares. Deriva de proceso, proceso es el conj. De actividades realizadas por los tribunales y por los particulares haciendo valer sus derechos. *Derecho Internacional Público: conj. De normas que rigen las relaciones entre los estados o entre un estado y un organismo internacional. El Derecho Procesal.- es la rama del Derecho que tiene por objeto regular la organización y atribuciones de los tribunales de justicia y la actuación de las distintas personas que intervienen en los procesos judiciales. El ejemplo: las etapas procesales de un juicio: Preliminar o previa: en ella surge el motivo del litigio Postulatoria o expositiva: se inicia la demanda y en ella se exponen los motivos que dan origen al juicio Provatoria o demostrativa: en ella se ofrecen y desahogan las pruebas que estén a favor de cada una de las partes. Conclusiva: en ella se dicta la sentencia que deberá ser cumplida. Derecho Privado Derecho Privado: regula las relaciones entre los particulares. Son normas de coordinación Dentro del Derecho Privado las ramas que encontramos son: Derecho Civil: conj. De normas que regulan las relaciones entre los particulares como personas en general. Se divide en especialidades: a) Derecho de las personas: regula la personalidad jurídica, capacidad, domicilio, estado civil y todos los derechos personalísimos (nombre, identidad) b) Derecho de familia: regula el matrimonio, divorcio, patria potestad, adopción, tutela, etc. c) Derecho Sucesorio: regula lo referido a testamentos, legados, etc. d) Derecho de las obligaciones: regula los hechos y los actos jurídicos, obligaciones y derechos emergentes, etc. e) Derecho Contractual: regula las relaciones contractuales, su forma y modo. f) Derecho Real: regula sobre los bienes, su clasificación, posesión, derecho de propiedad y el desmembramiento por ej: el usufructo *Derecho Comercial: conj. De normas relativas al estatuto de los comerciantes y a los actos de comercio *Derecho Social o del Trabajo (Laboral): conj. De normas que regulan las relaciones jurídico-laborales. Establece los requisitos del contrato de trabajo, regula el salario, la suspensión y el despido, obras sociales, sistema jubilatorio, accidentes de trabajo, etc. *Derecho Internacional Privado: conj. De normas que resuelven conflictos entre particulares cuando se reúnen en una relación jurídica una pluralidad de legislaciones. Por ej.: divorcio de una pareja brasilera en Paraguay. El Derecho Procesal.- es la rama del Derecho que tiene por objeto regular la organización y atribuciones de los tribunales de justicia y la actuación de las distintas personas que intervienen en los procesos judiciales. El ejmplo: las etapas procesales de un juicio: preliminar o previa: en ella surge el motivo del litigio postulatoria o expositiva: se inicia la demanda y en ella se exponen los motivos que dan origen al juicio provatoria o demostrativa: en ella se ofrrecen y desahogan las pruebas que esten a favor de cada una de las partes. conclusiva: en ella se dicta la sentencia que deberá ser cumplida.
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