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Legislación turística 
Unidad 1. Contextualización del derecho turístico 
Contenido nuclear 
 
División de Ciencias Sociales y Administrativas | Administración de Empresas Turísticas 0 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Legislación turística 
 
4º semestre 
 
Clave: 
LIC. 11142422 / TSU 12142420 
 
Unidad 1. Contextualización del derecho turístico 
Contenido nuclear 
Legislación turística 
Unidad 1. Contextualización del derecho turístico 
Contenido nuclear 
División de Ciencias Sociales y Administrativas | Administración de Empresas Turísticas 1 
Índice 
Presentación 2 
Estructura temática 3 
Ley General de Turismo 4 
Plan Nacional de Desarrollo 9 
Normas oficiales mexicanas en materia turística 13 
Cierre de contenido nuclear 19 
Fuentes de consulta 20 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Legislación turística 
Unidad 1. Contextualización del derecho turístico 
Contenido nuclear 
División de Ciencias Sociales y Administrativas | Administración de Empresas Turísticas 2 
Presentación 
 
Turismo 
Fuente: Latitud21 
En esta unidad revisarás lo referente al contexto del Derecho 
turístico, entendido este como el conjunto de normas de 
carácter legal público y privado que se encargan de regular las 
actividades, servicios y empresas que proporcionan servicios de 
viaje, transporte, alojamiento, alimentación, productos, 
espectáculos y otras actividades para individuos o grupos que 
viajan fuera de casa con carácter de esparcimiento; así como 
las facultades de los entes públicos involucrados en la materia. 
 
Por tanto, primero revisarás la Ley General de Turismo, específicamente sus artículos 1 a 13. En los cuales se contempla la 
participación de los entes públicos y sus alcances en la dirección y acciones en este campo. 
 
De igual manera, y al ser el turismo una actividad internacional habrás de conocer los principios que rigen mundialmente 
respecto del trabajo y las autoridades que potencialmente pueden llegar a conocer de un conflicto laboral, sobre todo en 
consorcios transnacionales. 
 
¿Qué vas estudiar en dichos conflictos? Te centrarás en los derechos y obligaciones de los que son sujetos tanto los 
trabajadores como los patrones a raíz de la relación plasmada en el contrato laboral. Recordando que es en dichos 
instrumentos donde se plasman las verdaderas condiciones que prevalecerán entre las partes contratantes en atención a la 
naturaleza o clase de contrato que impera en ella. 
http://www.latitud21.com.mx/diciembre09/images/reportaje-especial/fotos-turisticas-de-mexico.jpg
Legislación turística 
Unidad 1. Contextualización del derecho turístico 
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Estructura temática 
 
 
 
Legislación turística 
Unidad 1. Contextualización del derecho turístico 
Contenido nuclear 
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Ley General de Turismo 
 
La legislación en materia de turismo tiene como objetivo establecer las bases de coordinación y distribuir las obligaciones y 
facultades de los tres órdenes de gobierno en materia de turismo. Si bien es cierto el turismo se entiende como un fenómeno 
social, donde una persona o grupo de personas se traslada de un lugar a otro con finalidades distintas, preponderantemente 
de ocio, y al tratarse de una actividad que involucra derechos y obligaciones por parte de particulares, es que el estado se 
involucra con una regulación que proteja y respete los derechos de ambos. Es por ello, que en esta unidad ubicarás al turismo 
en una rama del derecho público llamada derecho administrativo, analizando la relación existente, así como los 
ordenamientos legales que dan forma y protección a los usuarios y prestadores de los servicios relacionados con esta 
materia. 
 
Es preciso que comprendas que la actividad turística rebasa fronteras, por tanto existe la necesidad de una regulación 
nacional e internacional, ya que esta actividad debe dejar ingresos al país como parte primordial de una actividad económica, 
hay que reconocer que países que basan su economía en el ámbito jurídico son naciones que le dieron un gran realce a su 
patrimonio gracias al turismo, pero siempre con una visión hacia una buena regulación dentro de la materia turística, es ahí 
donde se da cuenta de la importancia que tiene la regulación en un marco legal adecuado a nuestro sistema jurídico en el 
ámbito turístico. 
 
Existe un cúmulo importante de ordenamientos jurídicos que se encuentran vinculados con la actividad turística. El cuerpo 
normativo por excelencia que pretende regular la actividad turística en México es la Ley General de Turismo; sin embargo, es 
importante mencionar que existen otro tipo de normas que complementan dicha regulación y que estructuran la base legal del 
mismo. 
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Unidad 1. Contextualización del derecho turístico 
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La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos garantiza en su artículo 11 la libertad tránsito de personas, premisa 
indiscutible para poder llevar a cabo dentro del territorio nacional actividades turísticas tanto para nacionales como para 
extranjeros. 
 
De conformidad al artículo 49 de la Carta Magna El Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en 
Legislativo, Ejecutivo y Judicial. 
 
En términos generales, el Poder Ejecutivo es el órgano encargado de dirigir la administración pública, el Poder Legislativo 
crea leyes y el Poder Judicial imparte justicia. Así, cada uno de los poderes tiene un ámbito de competencia específica 
aunque de hecho, existen funciones que no corresponden propiamente al ámbito para el que fueron creados. 
 
El artículo 50 de la Constitución Federal refiere que el poder legislativo de los Estados Unidos Mexicanos se deposita en un 
Congreso general, que se dividirá en dos Cámaras, una de diputados y otra de senadores. 
 
Para nuestro estudio, es importante mencionar que de conformidad con el artículo 73, fracción XXIX-K, El Congreso tiene 
facultades para expedir leyes en materia de turismo, estableciendo las bases generales de coordinación de las facultades 
concurrentes entre la Federación, Estados, Municipios y el Distrito Federal, así como la participación de los sectores social y 
privado. 
 
La Ley General de Turismo apareció en el Diario Oficial de la Federación el día 17 de junio de 2009, y la última reforma 
llevada a cabo fue publicada el día 13 de abril de 2018. La estructura de la Ley es la siguiente: 
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Título primero 
Capítulo único: De las disposiciones generales 
 
Título segundo: De la concurrencia y coordinación de autoridades 
Capítulo I: De la federación 
Capítulo II: De las dependencias concurrentes en materia turística 
Capítulo III: De los estados y la Ciudad de México 
Capítulo IV: De los municipios 
Capítulo V: De la comisión ejecutiva de turismo 
Capítulo VI: De los consejos consultivos 
 
Título tercero: De la política y planeación de la actividad turística 
Capítulo I Del atlas turístico de México 
Capítulo II: De la incorporación de la actividad turística a las cadenas productivas 
Capítulo III: Del turismo social 
Capítulo IV: Del turismo accesible 
Capítulo V: De la cultura turística 
Capítulo VI: Del Programa Sectorial de Turismo 
Capítulo VII: Del ordenamiento turístico del territorio 
Capítulo VIII: De las zonas de desarrollo turístico sustentable 
 
Abigail Gore
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Título cuarto: De la promoción y fomento al turismo 
Capítulo I: De la promoción de la actividad turística 
Capítulo II: Del fomento a la actividad turística 
 
Título quinto: De los aspectos operativos 
Capítulo I: Del registro nacional de turismo 
Capítulo II: De los prestadores de servicios turísticos y de los turistas 
Capítulo III: De los derechos y obligaciones de los prestadores de servicios turísticos 
Capítulo IV: De los derechos y obligaciones de los turistas 
Capítulo V: De la competitividad y profesionalización en la actividad turística 
Capítulo VI: De la verificación 
Capítulo VII: De las sanciones y del recurso de revisión 
 
Así, como descubrirás al revisar el contenido de la Ley, identificarás que la misma tiene por objeto convertir al turismo en 
México como actividad líder, modernizar la actividad turística, clarificar los derechos y obligaciones a prestadores de servicios 
turísticos como a turistas, promover la sustentabilidad, estimular un turismo social y hacer más eficientes los recursos 
públicos disponibles para este sector entre otros. 
 
Revisa el siguiente video para profundizar en la estructura legal de la 
legislación turística y de la organización de poderes, disponible en: 
 Chávez Trejo Guadalupe. (16 de febrero 2013). Video Legislación 
Turística [Archivo de video]. Disponible en: 
https://www.youtube.com/watch?v=zsbEgPEB05o 
https://www.youtube.com/watch?v=zsbEgPEB05o
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Revisa los siguientes materiales para profundizar en lo que se refiere al 
fundamento legal del turismo en México, en el primer documento lee y revisa 
el contenido de los artículos constitucionales referidos, mismo que te servirá 
para comprender el fundamento constitucional de la actividad turística y las 
funciones del Poder Ejecutivo y Legislativo en la materia, el segundo recurso 
se trata de la Ley General de Turismo, revisa el cuerpo normativo referido en 
su totalidad, mismo que te servirá para identificar los aspectos que la propia 
legislación contempla, el tercer recurso lee el texto del artículo para identificar 
la evolución y estructura de la legislación turística en México, disponibles en: 
 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 
11, 39, 40, 55, 73 y 80. Disponible en: 
 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_090819.pdf 
 Ley General de Turismo, disponible en: 
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGT_310719.pdf 
 Jiménez, A. (2007). La legislación mexicana en torno a la actividad 
turística. Teoría y Praxis, pp. 99-111. Recuperado de: 
http://www.teoriaypraxis.uqroo.mx/doctos/Numero4/Jimenez.pdf 
 
Es importante que te actualices con respecto a las leyes y códigos, debido a que 
muchos artículos son reformados constantemente. Todos los hipervínculos son 
revisados y actualizados antes de cada ciclo, pero el sitio al que deben dirigirte puede 
cambiar, modificar su dominio o eliminar el material, de ser el caso deberás buscarlos 
en la WEB o bibliotecas de tu localidad. Recuerda que esta modalidad de estudio 
requiere poner en práctica la autogestión y que desarrolles tu capacidad de 
investigación. 
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_090819.pdf
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGT_310719.pdf
http://www.teoriaypraxis.uqroo.mx/doctos/Numero4/Jimenez.pdf
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Unidad 1. Contextualización del derecho turístico 
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Plan Nacional de Desarrollo 
 
La planeación es una labor de vital importancia para la labor de los poderes públicos en nuestro país, en términos generales y 
para efectos administrativos, podemos definir a la planeación como la función de la administración pública llevada a cabo para 
establecer con claridad y previo a su ejecución los objetivos generales de cada ente público a corto, mediano y largo plazo; 
formulando para ello planes, programas y proyectos; que contengan estrategias y recursos necesarios para tal objetivo. 
 
Para hablar del Plan Nacional y sectorial de desarrollo, debes saber que son y para qué sirven, el Plan Nacional Desarrollo, 
en México es el documento rector del Ejecutivo Federal, en el que se precisan los objetivos nacionales, estrategias y 
prioridades del desarrollo integral y sustentable del país. 
 
De forma oficial, el primer Plan Nacional de Desarrollo, fue el presentado por Miguel de la Madrid para el período 1983 - 1988; 
aunque el primer Plan Sexenal fue presentado por Lázaro Cárdenas del Río para el período 1934 - 1940, este documento, 
como anteriormente se expresó sirve al poder ejecutivo para planificar, organizar y sobre todo llevar acabo de forma integral 
todos los objetivos y metas que se fijó el Presidente de la República para su periodo de gestión, esto lógicamente también 
tiene su quehacer en el ámbito turístico, ya que como parte fundamental del avance económico, el turismo es una de las 
prioridades que debe considerar el primer mandatario, como fuente de ingresos para el país. 
 
El Plan Nacional de Desarrollo, tiene su fundamento constitucional, todo debe tener una base jurídica y está en la 
Constitución, se encuentra contemplado en el Artículo 26 en su apartado A de la Carta Magna que a la letra dice: 
 
A. El Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, 
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competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía, para la independencia y la democratización política, social y 
cultural de la nación (DOF, 2012). 
 
La planeación será democrática. Mediante la participación de los diversos sectores sociales recogerá las aspiraciones y 
demandas de la sociedad para incorporarlos al plan y los programas de desarrollo. 
 
La ley facultará al Ejecutivo para que establezca los procedimientos de participación y consulta popular en el sistema nacional de 
planeación democrática y los criterios para la formulación, instrumentación, control y evaluación del plan y los programas de 
desarrollo. Asimismo, determinará los órganos responsables del proceso de planeación y las bases para que el Ejecutivo Federal 
coordine mediante convenios con los gobiernos de las entidades federativas e induzca y concierte con los particulares las 
acciones para su elaboración y ejecución. El Plan Nacional de Desarrollo considerará la continuidad y adaptaciones necesarias de 
la política nacional para el desarrollo industrial, con vertientes sectoriales y regionales. 
 
Así pues los fines del proyecto nacional contenidos en la Constitución, determinarán los objetivos de la planeación. Es 
importante mencionar que en la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo se integrará con la participación de los diversos 
sectores sociales y se acopiarán las aspiraciones y demandas de la sociedad para que las mismas sean incorporadas 
primeramente al plan y posteriormente a los programas de desarrollo. 
 
Esto es el fundamento legal de dicho Plan, considerando que parte fundamental de la economía es y será el turismo, para 
que se tenga un crecimiento primeramente como país, después dentro de las entidades federativas y así mismo con los 
municipios. 
 
Desde hace muchos años, el sector turístico ha sido un elemento de importancia en la planeación estratégica nacional, siendo 
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un aspectode impulso para el desarrollo nacional, por ello, su importancia y trascendencia al interior del Plan Nacional de 
Desarrollo. Por otra parte, los programas sectoriales integran los aspectos relativos a un sector específico de la economía que 
es atendido por una dependencia gubernamental. 
 
A través de cada programa sectorial se regirá el desempeño de las actividades del sector administrativo relacionado con la 
materia de su competencia legal, teniendo como eje rector el contenido del Plan Nacional de desarrollo en lo que a su materia 
corresponde. 
 
En la elaboración de cada programa sectorial de desarrollo se toman en consideración las propuestas viables de los 
organismos que dependen de la entidad que encabeza el sector, además, las recomendaciones de los otros niveles de 
gobierno y las opiniones de los sectores sociales cuyos intereses se encuentran vinculados. Su vigencia no excede del 
período constitucional de la gestión gubernamental en que se apruebe y, deberán especificar los objetivos, estrategias, 
prioridades, instrumentos y responsables de su ejecución conforme a las previsiones contenidas en el PND. 
 
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42, fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y el 
artículo 4 de la Ley General de Turismo, es la Secretaría de Turismo quien tiene la facultad de formular y conducir la política 
de desarrollo de la actividad turística nacional que corresponde al Poder Ejecutivo Federal. 
 
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Revisa los siguientes materiales para profundizar sobre el Plan Nacional de 
Desarrollo en materia turística, el primero de los recursos te permitirá conocer la 
política nacional enfocada al sector turístico, el segundo te permitirá identificar de 
manera detallada el programa sectorial de turismo, el tercer recurso te ayudará a 
comprender la vinculación que existe entre el Plan Nacional de Desarrollo y el 
Programa sectorial de Turismo: 
 Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024. Objetivo 3.9 “Posicionar a 
México como un destino turístico competitivo, de vanguardia, sostenible 
e incluyente”. Disponible en: 
http://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/458250/20190430-XVIII-
1.pdf 
 Programa Sectorial de Turismo 2013-2018 (aún vigente), disponible en: 
www.sectur.gob.mx/PDF/PlaneacionTuristica/Prosectur_2013_2018.pdf 
 Chapoy, D. (2003). Planeación, programación y presupuestación. 
México: Instituto de Investigaciones Jurídicas pp. 1-25. Recuperado de: 
http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/3/1009/3.pdf 
 
Es importante que te actualices con respecto a las leyes y códigos, debido a que muchos 
artículos son reformados constantemente. Todos los hipervínculos son revisados y 
actualizados antes de cada ciclo, pero el sitio al que deben dirigirte puede cambiar, modificar 
su dominio o eliminar el material, de ser el caso deberás buscarlos en la WEB o bibliotecas 
de tu localidad. Recuerda que esta modalidad de estudio requiere poner en práctica la 
autogestión y que desarrolles tu capacidad de investigación. 
 
 
http://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/458250/20190430-XVIII-1.pdf
http://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/458250/20190430-XVIII-1.pdf
file:///C:/Users/Usuario/Downloads/www.sectur.gob.mx/PDF/PlaneacionTuristica/Prosectur_2013_2018.pdf
http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/3/1009/3.pdf
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Normas oficiales mexicanas en materia turística 
 
Debemos comenzar por definir lo que se entiende por Normas Oficiales Mexicanas, así como su naturaleza Jurídica. 
 
Las Normas Oficiales Mexicanas (NOM), de acuerdo al artículo 3 fracción X 
de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, son regulaciones 
técnicas de observancia obligatoria que establecen reglas, especificaciones, 
atributos, características o prescripciones aplicables a un producto o proceso 
y procedimientos para garantizar que los servicios cumplan, con los 
propósitos y funciones para los que fueron diseñados, con características de 
seguridad, intercambiabilidad, confiabilidad y calidad. La aplicación de las 
Normas Oficiales Mexicanas es de aceptación generalizada entre usuarios y 
proveedores de servicios; ya que proporcionan soluciones y favorecen el 
logro de mayor seguridad, información e higiene. 
 
Seguridad 
Fuente: Pixabay 
 
Ahora bien, los encargados de elaborar las Normas Oficiales Mexicanas son las dependencias del Gobierno Federal dentro 
del ámbito de su competencia, que como ya se ha mencionado son de carácter obligatorio y contienen características o 
especificaciones que deben cumplir los servicios. 
 
Para la elaboración de las Normas Oficiales Mexicanas, se han constituido diversos Comités Consultivos Nacionales de 
Normalización, los cuales se integran por personal técnico de las dependencias competentes, organizaciones de industriales, 
prestadores de servicios, comerciantes, productores agropecuarios, forestales o pesqueros; centros de investigación científica 
o tecnológica, colegios de profesionales y consumidores. 
https://pixabay.com/en/security-beach-yellow-mar-1000620/
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Unidad 1. Contextualización del derecho turístico 
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En materia turística, el Comité Consultivo Nacional de Normalización Turística CCNNT está integrado de la siguiente manera: 
 Presidente, quien será el Titular de la Subsecretaría de Calidad y Regulación de la SECTUR. 
 Secretario Técnico, será el Titular de la Dirección General de Normalización y Calidad Regulatoria de la SECTUR. 
 Asesor, el Titular de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría. 
 Coordinador, el Titular de la Dirección de Normalización Turística de la SECTUR. 
 Vocales, quienes serán representantes de las dependencias, entidades, organizaciones, instituciones u organismos de 
los sectores público, social, privado, educativo así representantes de consumidores que formen parte del Comité. 
 Cada Vocal que se haya invitado a participar en el Comité, deberá acreditar ante el Presidente a un representante 
titular y un suplente para que asista a las sesiones en ausencia del primero. El Secretario Técnico llevará un registro 
del listado de los vocales e integrantes permanentes del Comité. 
 
Las funciones del Comité serán, de conformidad al artículo 6 de las Reglas de Operación del Comité Consultivo Nacional de 
Normalización Turística las siguientes: 
 Contribuir en la integración del Programa Nacional de Normalización y, en su caso, su Suplemento. 
 Elaborar, revisar, aprobar y cancelar las Normas Oficiales Mexicanas acerca de la prestación de servicios turísticos. 
 Desarrollar los temas propuestos en el PNN del año correspondiente. 
 Coordinar su actividad con otros Comités Consultivos Nacionales de Normalización. 
 Participar en la homologación y armonización de las Normas Oficiales Mexicanas con sus similares extranjeras e 
internacionales. 
 Constituir los Subcomités o GT que sean necesarios, así como disolverlos cuando hayan realizado el fin para el que 
fueron creados. 
 Aprobar a los vocales del Comité. 
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 Aprobar el calendario de reuniones. 
 Emitir y modificar sus reglas. 
 Cualquier otra actividad relacionada con sus funciones que le sea encomendada por la SECTUR o por la Comisión. 
Nacional de Normalización u otras que le atribuyan las presentes Reglasy las disposiciones jurídicas aplicables. 
 
Para el desarrollo de los trabajos del Comité, se prevé la integración de Subcomités o Grupos de trabajo que tienen a su 
cargo la investigación, análisis y elaboración de los proyectos de normas siendo éstos: 
• Subcomité de Seguridad Contractual. 
• Subcomité de Campamentos y Paradores de Casas Rodantes. 
• Subcomité de Operadoras de Buceo. 
• Subcomité de Guías de Turistas Generales. 
• Subcomité de Guías de Turistas Especializados. 
• Subcomité de Turismo de Aventura. 
 
Uno de estos puntos a considerar es que estas normas son creadas como un complemento de gran importancia en materia 
de turismo, para que toda actividad que sea en este tenor se lleve a cabo en un marco de legalidad, y que además se basan 
en la Ley de Metrología y Normalización, Ley que también es aplicable junto con la Ley Federal de Protección al Consumidor. 
 
Ahora se revisarán las Normas Oficiales Mexicanas de turismo que están vigentes en nuestro país, las cuales son: 
 Norma Oficial Mexicana NOM-06-TUR-2009, Requisitos mínimos de información, higiene y seguridad que deben 
cumplir los prestadores de Servicios turísticos de campamentos (cancela la Norma Oficial Mexicana NOM-06-TUR-
2000). Publicada el 06/09/2010. 
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 Norma Oficial Mexicana NOM-12-TUR-2016, requisitos mínimos de seguridad a que deben sujetarse las operadoras 
de buceo para garantizar la prestación del Servicio. Publicada el 02/09/16. 
 Norma Oficial Mexicana NOM-09-TUR-2002, que establece los elementos a que deben sujetarse los guías 
especializados en actividades específicas. Publicada el 26/09/2003. 
 Norma Oficial Mexicana NOM-08-TUR-2002, que establece los elementos a que deben sujetarse los guías generales y 
especializados en temas o localidades específicas de carácter cultural. Publicada el 05/03/2003. 
 Norma Oficial Mexicana NOM-07-TUR-2002, de los elementos Normativos del seguro de responsabilidad civil que 
deben contratar los prestadores de servicios turísticos de hospedaje para la protección y seguridad de los turistas o 
usuarios. Publicada el 26/02/2003. 
 Norma Oficial Mexicana NOM-011-TUR-2001, requisitos de seguridad, información y operación que deben cumplir los 
prestadores de Servicios turísticos de Turismo de aventura Publicada el 22/07/2002. 
 Norma Oficial Mexicana NOM-010-TUR-2001, de los requisitos que deben contener los contratos que celebren los 
prestadores de servicios turísticos con los usuarios-turistas. (cancela la Norma Oficial Mexicana NOM-010-TUR-1999). 
Publicada el 02/01/2002. 
 
Así, las Normas Oficiales Mexicanas vienen a coadyuvar a la correcta forma de aplicación de las leyes en la actividad 
turística, por ende se puede decir que la Ley General de Turismo es la base de un marco jurídico aplicado al turismo, sin 
embargo, ésta no puede actuar sola, como todas las demás leyes que se aplican en el país, por tanto, debe apoyarse de otro 
tipo de disposiciones para que cumpla su objetivo principal. 
 
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Para profundizar sobre las Normas Oficiales Mexicanas revisa los siguientes 
materiales. El primero de ellos te permitirá comprender qué son las Normas Oficiales 
Mexicanas, el segundo recurso te permitirá revisar lo relacionado con la creación del 
Comité Consultivo Nacional de Normalización Turística, el tercero te permitirá 
profundizar en la operatividad del Comité Consultivo Nacional de Normalización 
Turística, y el último de los recursos te permitirá revisar las Normas Oficiales 
Mexicanas en materia turística: 
 
 Ley Federal sobre Metrología y Normalización, artículos 62 - 64. Disponible en: 
http://www.ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Federal/pdf/wo12918.pdf 
 Reglas de Operación del Comité Consultivo Nacional de Normalización 
Turística, artículos 3 - 6, 17 - 28 Disponible en: 
http://www.plataformanoms.sectur.gob.mx/pdfs/ligoteca/13.pdf 
 Secretaría de Turismo. Disponible en http://www.sectur.gob.mx/conoce-la-
sectur/marco-juridico-y-normativo/normas-oficiales-mexicanas/ 
 
Es importante que te actualices con respecto a las leyes y códigos, debido a que 
muchos artículos son reformados constantemente. Todos los hipervínculos son 
revisados y actualizados antes de cada ciclo, pero el sitio al que deben dirigirte puede 
cambiar, modificar su dominio o eliminar el material, de ser el caso deberás buscarlos 
en la WEB o bibliotecas de tu localidad. Recuerda que esta modalidad de estudio 
requiere poner en práctica la autogestión y que desarrolles tu capacidad de 
investigación 
 
 
http://www.ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Federal/pdf/wo12918.pdf
http://www.plataformanoms.sectur.gob.mx/pdfs/ligoteca/13.pdf
http://www.sectur.gob.mx/conoce-la-sectur/marco-juridico-y-normativo/normas-oficiales-mexicanas/
http://www.sectur.gob.mx/conoce-la-sectur/marco-juridico-y-normativo/normas-oficiales-mexicanas/
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Revisa los dos primeros videos para profundizar en la conceptualización 
y comprensión las Normas Oficiales Mexicanas, el tercer video te 
permitirá adentrarte al contenido una Norma Oficial Mexicana en materia 
de turismo: 
 
 Profecotv. (29 de enero de 2010). Video Webcast #56: ¿Qué 
es una Norma Oficial Mexicana? [Archivo de video]. Disponible 
en: https://www.youtube.com/watch?v=N4t6ZyBa-TY 
 Profecotv (05 de marzo de 2010). Video ¿Qué son las Normas 
Oficiales Mexicanas? ["Revista del Consumidor TV " 11.1] 
[Archivo de video]. Disponible en: 
https://www.youtube.com/watch?v=ad1EYUMpswY 
MAPA tv (01 de abril de 2014). Video DISTINTIVO H SECTUR 
 [Archivo de video]. Disponible en: 
https://www.youtube.com/watch?v=96IpNUNWAp4 
 
 
 
 
https://www.youtube.com/watch?v=N4t6ZyBa-TY
https://www.youtube.com/watch?v=ad1EYUMpswY
https://www.youtube.com/watch?v=96IpNUNWAp4
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Cierre de contenido nuclear 
 
Los temas que revisaste te han permitido: 
 
 
Ahora reflexiona respecto de la aplicación de esta base normativa, en donde conociste cuál es el principio o fin 
básicos del Derecho Turístico, de dónde surge y los contenidos, así como cuáles son las calidades cualitativas y 
cuantitativas que se verán reflejadas en la empresa que administres. 
 
Conocer las fuentes legales del 
derecho turístico
Identificar las fuentes del derecho 
turístico, así como la normativa 
aplicable.
Identificar el fundamento e importancia 
de la actiuvidad turística en el Plan 
Nacional de Desarrollo
Identificar cuáles son las Normas 
Oficiales Mexicanas 
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Fuentes de consulta 
 
 
Recursos 
 
 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Disponible en: 
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_090819.pdf 
 Ley General de Turismo, disponible en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGT_310719.pdf 
 Plan Nacional de Desarrollo 2019-2014, disponible en: 
http://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/458250/20190430-XVIII-1.pdf 
 Programa Sectorial de Turismo 2013-2018, disponible en: 
http://www.sectur.gob.mx/PDF/PlaneacionTuristica/Prosectur_2013_2018.pdf 
 Ley Federal sobre Metrología y Normalización, artículos 62- 64. Disponible en: 
http://www.ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Federal/pdf/wo12918.pdf 
 Reglas de Operación del Comité Consultivo Nacional de Normalización Turística, artículos 3 - 6, 17 - 28 Disponible en: 
www.plataformanoms.sectur.gob.mx/pdfs/ligoteca/13.pdf 
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_090819.pdf
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGT_310719.pdf
http://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/458250/20190430-XVIII-1.pdf
http://www.sectur.gob.mx/PDF/PlaneacionTuristica/Prosectur_2013_2018.pdf
http://www.ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Federal/pdf/wo12918.pdf
file:///C:/Users/Usuario/Downloads/www.plataformanoms.sectur.gob.mx/pdfs/ligoteca/13.pdf
Legislación turística 
Unidad 1. Contextualización del derecho turístico 
Contenido nuclear 
División de Ciencias Sociales y Administrativas | Administración de Empresas Turísticas 21 
 Secretaría de Turismo. Disponible en http://www.sectur.gob.mx/conoce-la-sectur/marco-juridico-y-normativo/normas-
oficiales-mexicanas/ 
 Chapoy, D. (2003). Planeación, programación y presupuestación. México: Instituto de Investigaciones Jurídicas pp 1-
25. Recuperado de: http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/3/1009/3.pdf 
 Jiménez, A. (2007). La legislación mexicana en torno a la actividad turística. Teoría y Praxis, 4, pp 99-111. 
Recuperado de: http://www.teoriaypraxis.uqroo.mx/doctos/Numero4/Jimenez.pdf 
 
 
http://www.sectur.gob.mx/conoce-la-sectur/marco-juridico-y-normativo/normas-oficiales-mexicanas/
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Vicente Riva Palacio

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