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INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE
CIUDAD SERDAN
ALUMNA:
Lisbeth Bravo Huerta
DOCENTE:
Isabel Gutiérrez Serrano
Semestre 3
Flexible
La sociedad civil es una figura privada en la que dos o más personas se
obligan a poner en común recursos con el ánimo de repartirse entre sí
los posibles gananciales
Requisitos para ser una sociedad civil
*Tiene que estar constituida por dos o más personas.
*El nacimiento de la sociedad civil es cuando se firma el pacto.
*Debe tener un fin común a todos y de carácter lícito.
*El objeto común tiene que ser la consecución de una ganancia.
*Todos los socios han de participar en las pérdidas y ganancias.
*Puede tener socios capitalistas o industriales, aportando los primeros bienes y
dinero y los segundos trabajo o industria.
*Los socios tributan a través del IRPF de manera individual y como autónomos, no
la sociedad en su conjunto
a Artículo 2688. Por el contrato de sociedad los socios se obligan
mutuamente a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización
de un fin común
Artículo 2689. La aportación de los socios puede consistir en una
cantidad de dinero u otros bienes, o en su industria. 
Artículo 2690. El contrato de sociedad debe constar por escrito; pero se
hará constar en escritura pública, cuando algún socio transfiera a la
sociedad bienes cuya enajenación deba hacerse en escritura pública.
Artículo 2693. El contrato de sociedad debe contener:
Los nombres y apellidos de los otorgantes que son capaces de obligarse;
La razón social;
El objeto de la sociedad;
El importe del capital social y la aportación con que cada socio debe contribuir;
Si falta alguno de estos requisitos se aplicará lo que dispone el Artículo 2691.
Cuando varias personas convienen en reunirse, de manera que no sea
enteramente transitoria, para realizar un fin común que no esté prohibido
por la ley y que no tenga carácter preponderantemente económico (Art.
2670, Código Civil Federal)
Artículo 173.- El acto jurídico por el que se constituya una asociación, debe
constar en escritura pública otorgada ante notario
Artículo 180.- La asamblea general se reunirá en la época fijada en los
estatutos o cuando sea convocada por la dirección. 
Artículo 182.- Los acuerdos tomados en las asambleas generales son
obligatorios para todos los asociados
 
 
 
para constituir una asociación como ésta se requiere mínimo de dos personas, sin tener un
límite máximo de asociados
Sin duración definida
.
El patrimonio de las asociaciones civiles se conformará por las aportaciones de los asociados
y por el conjunto de activosEl contrato por el que se constituye una asociación civil debe
constar por escritoen 
(Arts. 2671, 2673 y 3072, Código Civil Federal) En estos artículos se estipulan los requisitos para
ser una asociación civil
Artículos del código civil federal que
fundamentan la asociación civil,
Artículos del código civil federal
que fundamentan la sociedad civil
Asociación civilSociedad civil

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