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Legislación médica

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Legislación médica
BIOETICA
Legislación
Protege a los trabajadores
mediante normas sobre salud y
seguridad en el lugar de trabajo
Medicina
Es la ciencia dedicada al estudio de
la vida, la salud, las enfermedades y
la muerte del ser humano, e implica
el arte de ejercer tal conocimiento
técnico para el mantenimiento y
recuperación de la salud aplicándolo
al diagnóstico, tratamiento y
prevención de las enfermedades.
LEGISLACIÓN MÉDICA
Conjunto de normas establecidas precisamente para
proteger a los pacientes y que los médicos se
respalden en la ley para poder efectuar sus
conocimiento tanto técnico como científico a sus
pacientes para el mantenimiento y recuperación de su
salud.
Conjunto de acciones realizadas hacia el paciente que tienen como 
objetivo la recuperación del mismo.
- Consulta
-Intervención quirurgica 
-Procedimiento dx
-Sesión terapeutica
ACTO MEDICO
Implican interacción directa e inmediata con el / los pacientes
Responsabilidad 
profesional 
médica
Es "la obligación que tienen los médicos de
reparar y sastifacer las consecuencias de los
actos, omisiones y errores voluntarios e
involuntarios incluso, dentro de ciertos límites
cometidos en el ejercicio de su profesión".
Cuando el médico en el ejercicio de su actividad profesional
cause un resultado negativo en la salud de algún paciente en
ese momento surge la obligación de responder civil,
administrativa y/o penalmente por el daño producido.
Surge cuando se presentan algunas de las siguientes
hipótesis:
Negligencia
Incumplimiento de los principios
elementales inherentes al arte o profesión,
es, que sabiendo lo que se debe hacer, no
se hace, o a la viceversa, que sabiendo lo
que no se debe hacer se hace
Impericia
Es la falta de conocimientos técnicos
básicos e indispensables que se debe
tener obligatoriamente en
determinada arte o profesión
Imprudencia
Es afrontar un riesgo sin haber tomado las
debidas precauciones para evitarlo,
procediendo con apresuramiento
innecesario, sin detenerse a pensar los
incovenientes que resultarán de esa acción
u omisión.
Tipos de responsabilidad 
médica
Responsabilidad 
adminisrativa
Responsabilidad 
civil
Responsabilidad 
penal
Responsabilidad 
administrativa
Este tipo de responsabilidad surge
cuando el médico infringe alguno de los
preceptos establecidos en la Ley General
de Salud, sus Reglamentos y demás
disposiciones que emanan de dicha ley,
con independencia que se cause o no un
daño en la salud del paciente.
Responsabilidad 
civil
Debe haber necesariamente, la existencia de un
daño, ya sea éste de tipo patrimonial o moral.
• En primer término, que se cause un daño.
• En segundo lugar, que alguien haya causado
ese daño procediendo con dolo o con simple
culpa.
Finalmente, que medie una relación de causalidad entre el hecho determinante del
daño y éste último.
Responsabilidad 
penal
El derecho penal descansa en la idea de un valor colectivo
que el Estado debe proteger y que genera para el autor de
la conducta reprochable una sanción represiva, como
puede ser, entre otras, la pena de privación de la libertad.
La responsabilidad penal surge cuando una persona, en
contravención a las normas que describen las conductas
delictivas, comete en forma dolosa o culposa alguno de
los ilícitos previstos por dichos ordenamientos.
Comisión nacional de 
arbitraje medico 
Función de orientación y brindar atención y asesoría
tanto usuarios, prestadores de servicios sobre sus
derechos y obligaciones Función de orientación es
brindar atención y asesoría tanto usuarios como a
prestadores de servicios sobre sus derechos y
obligaciones en materia de salud
La ética médica
La responsabilidad ética y moral del médico es la
obligación que existe en todo profesional de la
salud de responder por el incumplimiento de los
códigos deontológicos y los dictados de su
conciencia.
FUNDADA EN LA RESPONSABILIDAD: Exige el
respeto a la dignidad humana, a la nobleza de su
cuerpo en cualquier situación.
Deontología medica
Un código de deontología médica
ayudaría mejorar la relación
médico-paciente y sobre todo para
que facultativo tuvieran
conocimiento exacto acerca de la
forma en que debe proceder al
ejercer su profesión
JURAMENTO 
HIPOCRÁTICO 
Tiene un contenido de carácter solo ético porque
orienta al profesional en la práctica de su profesión.
El contenido del juramento se ha adaptado a
menudo a las circunstancias y conceptos éticos
dominantes de cada sociedad. El Juramento
hipocrático ha sido actualizado por la Declaración de
Ginebra de 1948. También existe una versión, muy
utilizada actualmente en facultades de Medicina de
países anglosajones, redactada en 1964 por el doctor
Louis Lasagna
Principios esenciales de la profesión médica se traducen 
en las siguientes actitudes, responsabilidades y compromisos básicos:
• El fomento del altruismo, la integridad, la honradez, la veracidad, la empatía, que son esenciales para
una relación asistencial de confianza plena.
• La mejora continua en el ejercicio profesional y en la calidad sistencial, basadas en el conocimiento científico y la
autoevaluación.
• El ejercicio de la autorregulación con el fin de mantener la confianza social, mediante la transparencia, la aceptación y
corrección de errores y conductas inadecuadas y una correcta gestión de los conflictos

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