Logo Studenta

VISION HISTORICA DE LA LEGISLACION ROMANA

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

VISION HISTORICA DE LA LEGISLACION ROMANA
El Derecho Romano es a partir del cual se ha conformado el sistema jurídico mexicano, por lo cual resulta de suma importancia para comprender las figuras jurídicas y su fundamento. Asimismo, a través de la historia del Derecho Romano podemos ver la evolución de dichas figuras y de esa manera, apreciar los alcances que tienen. 
El derecho es más que un conjunto de normas; es una verdadera ciencia, conformada por varios elementos y tiene un sustento en la naturaleza del ser humano: “el Derecho Positivo – el Derecho históricamente determinado – ha de descansar en principios de Moral. El juicio sobre la justicia que asiste a los preceptos positivos viene formulado por el Derecho natural” (Iglesias, 1972). 
El Derecho Romano se desarrolla a lo largo de la existencia de la civilización romana, por lo que atraviesa diferentes momentos políticos y sociales, los cuales se expondrán en esta unidad, con el fin de entender la evolución de las instituciones jurídicas a través de la historia. 
El Derecho Romano, más que un conjunto de normas jurídicas es la concreción de la vida del pueblo romano en las instituciones jurídicas; al estudiar el Derecho Romano nos daremos cuenta de la creación y evolución de las figuras jurídicas que existen actualmente en nuestro derecho. 
Es difícil dar una definición de Derecho Romano, puesto que se trata del derecho que evolucionó a lo largo de la historia del pueblo romano, es decir, más de mil años de la civilización romana, teniendo su culmen con el emperador Justiniano, quien mandó recopilar los textos jurídicos conocidos como el “Corpus Iuris Civilis”, el cual se retomó en la edad media como punto de referencia para los estudiosos del derecho de esa época. 
La historia de la civilización romana se puede dividir en tres grandes periodos: la monarquía, la república y el imperio. Éste último puede dividirse, a su vez, en dos: principado e imperio absoluto. El primer periodo en la historia romana, la Monarquía, comprende desde la fundación de Roma, en el año 753 a.C., hasta el año 510 a.C. 
No se conoce mucho acerca del origen de esta ciudad, pero es famosa la leyenda que cuenta de dos hermanos gemelos, Rómulo y Remo, hijos de Rea Silvia y el Dios Marte, así como nietos del rey de Alba Longa, a quien destronó su tío, por lo que, fueron echados al río Tíber para que no pudieran reclamar el trono (Bernal Beatriz, y José de Jesús Ledesma, 1981: 61). 
En esta sesión el estudiante analizará la importancia del Derecho Romano, así como el de identificar el contexto socio-político en el que se desarrolló el Derecho Romano para el jurista moderno. 
 	 
CONCEPTO DE DERECHO ROMANO
El Derecho Romano que ahora conocemos se debe principalmente al derecho que nos reporta el Corpus Iuris Civilis que mandó compilar el emperador Justiniano y fue redescubierto en el siglo XI por el jurista Irnerio. A partir de esta fecha se empieza a estudiar el Derecho Romano y se toma como punto de referencia en todos los sistemas con tradición romana. 
El Corpus Iuris Civilis se conforma de tres partes originales a las que se agregó después una cuarta. La primera es una introducción llamada Instituciones; la segunda, una antología de jurisprudencia, llamada Digesta; la tercera, llamada Codex, contiene una antología de constituciones imperiales hasta Justiniano; y, por último, la anexa, llamada Novellae, que contiene las leyes posteriores a Justiniano (D’Ors Álvaro, 1997: 27). 
El Derecho Romano es, entonces, de suma importancia para el estudioso del derecho; le ayuda a conocer el origen del derecho vigente y, sobre todo, ayuda a formar el criterio jurídico del abogado. 
I. LA MONARQUÍA
Se cuenta que los gemelos Rómulo y Remo fueron amamantados por una loba y educados por un pastor y su esposa. Al crecer, conocieron su historia, derrocaron al usurpador, restituyeron el trono a su abuelo, y deciden fundar su propia ciudad en el monte Palatino en el año 753 A.C. 
Al no poder haber dos reyes, Rómulo asesina a su hermano Remo y se convierte así en el primer rey de Roma, la cual fue poblándose de fugitivos de otras poblaciones, y se consolidó con el rapto de las hermanas Sabinas. 
A lo largo de este periodo, el poder descansa en tres órganos (Iglesias, Juan, 1972: 12): rey, senado y comicios. El rey es el sumo sacerdote, jefe del ejército, juez supremo y jefe rector de la ciudad-estado, y ejerce su poder de manera vitalicia. 
1. El senado:
Es un órgano asesor del rey, conformado, en principio, por los Pater Gentis de las Gens fundadoras; además de asesorar, tiene la función de decidir sobre la validez de los acuerdos tomados por las asambleas populares, así como tomar el poder provisionalmente al ausentarse el rey mientras se aclama al nuevo sucesor. Los comicios son las reuniones del pueblo para tomar decisiones de interés general, como la elección del nuevo rey a propuesta de cierto miembro del senado llamado el interrex (Bernal, Beatriz, y José de Jesús Ledesma, 1981: 71). 
2. El Rey: 
Los historiadores sostienen que Roma estuvo gobernada por siete reyes durante este periodo, siendo el primero Rómulo, a quien le sucede Numa Pompilio, Tulio Hostilio, Anco Marcio, Tarquino el Antiguo, Servio Tulio y, por último, Tarquino el Soberbio (Morineau, Iduarte Martha y Román Iglesias González, 1993:7). Cada uno de estos reyes caracterizó su gobierno por su trabajo en alguna área específica. 
Por lo que se refiere al Senado, fue creado por Rómulo con la finalidad de ser un órgano consultivo, a través de los senadoconsultos. En principio se conformó por cien miembros escogidos por el rey, hasta que Tarquino el Antiguo aumentó a trecientos miembros. 
3. Los Comicios: 
Los comicios toman su nombre del lugar en donde se reúne la asamblea de ciudadanos llamado comitium, y se reúnen por convocatoria del rey. Los primeros comicios se realizan por curias, que es la división de las tribus fundadoras de roma, como mencionamos anteriormente. En éstas, el voto es por curia y no por el número de sus integrantes, siendo válida una decisión aprobada por mayoría, que es revisada por el senado. 
En consecuencia, en este primer periodo no se trata de una monarquía absoluta; está nivelado por los comicios y el senado, puesto que el rey es electo por los primeros y se ejerce con la asesoría del senado. El derecho se genera principalmente de acuerdo con las costumbres de los antepasados con un trasfondo religioso importante. 
II. LA REPÚBLICA
Este periodo comprende del año 510 a.C. al 27 a.C., como consecuencia de la revolución generada en contra del último rey, Tarquino el Soberbio, así como la pugna entre patricios y plebeyos. 
Durante esta etapa, los plebeyos adquieren el derecho de ser representados por dos magistrados especiales, llamados tribuni plebis, y también tienen derecho a una asamblea de plebeyos que dictan los plebiscitos, que en principio solamente eran obligatorios para esta clase social y posteriormente también fueron vinculantes para los patricios. 
Es notable la extensión de Roma en este periodo; se consolida el dominio sobre toda la península itálica y se establecen colonias en los territorios conquistados, por lo que el sistema administrativo y jurídico se vuelve más complejo. 
El poder político se integra, durante la República, por el senado, los comicios y los magistrados (Morineau, Iduarte Martha y Román Iglesias González, 1993: 10). El senado adquiere una importancia mayor, siendo conformado por Patricios y posteriormente también por plebeyos. 
1. Los Magistrados: 
El cargo de magistrado es honorario y no recibe remuneración alguna; su poder varía dependiendo del magistrado del cual se trate. Por ejemplo, los cónsules tienen poder supremo y se llama Imperium, un poder originario y soberano, al que se somete a cualquier ciudadano (Iglesias, Juan, 1972: 20).

Continuar navegando