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Diferencia entre contrato publico y privado, partes del contrato publico y privado

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Diferencia entre contrato público y privado:
Podemos decir un contrato público es un documento mediante el cual dos partes interesadas, siendo una de ellas el estado o un ente público, se ponen de acuerdo para el cumplimiento de sus obligaciones, en este documento se especifican los detalles y las condiciones para llevar a cabo una operación.
Y un contrato privado es un documento que establece un acuerdo entre dos partes, en este documento se explican las condiciones o datos que ambas partes han acordado previamente.
	 Contratación publica 
	 Contratación privada 
	Es contratada por entidades del estado 
	Se hace por entidades de inversionistas particulares 
	La contratación es más compleja por todos los trámites legales que debe cumplir por contratar con el estado 
	Su contratación es más sencilla, prácticamente directa, no requiere tanta tramitología. 
	El inversionista es el estado o mixta publica privada 
	Capital exclusivamente privado 
	se hace con el fin de desarrollar una obra de beneficio social 
	Se crea para desarrollar inversiones de infraestructura o mejoramientos de empresas 
	Para los contratos de la administración pública, el artículo 76 de la constitución consagra naturaleza de orden público de las normas que regulan el contrato.
	Según el artículo 1352 del código civil, el consentimiento de las partes basta para el perfeccionamiento del contrato 
	Para poder contratar con el estado es requisito indispensable estar inscrito el registro único de proponentes (RUP).
	Para celebrar un contrato, solo se requiere una buena propuesta 
	Por tanto, el procedimiento y la forma es bajo sanción de nulidad. 
	Tanto el procedimiento como la forma son libres salvo la ley exige bajo sanción de nulidad 
Partes del contrato público y privado:
Partes del contrato público: Las partes o etapas de un contrato publico son: precontractual, contractual y postcontractual 
Etapa precontractual: Esta etapa se inicia con la elaboración y aprobación de los estudios y documentos previos, En esta etapa se planea lo que se va hacer, se generan los estudios de factibilidad y se emite el pliego de condiciones. Esta etapa o fase contempla tres momentos que son: la planeación, la invitación a contratar y la selección del contratista.
 Selección Abreviada: Es una modalidad de contratación que se puede adelantar mediante procesos simplificados, para garantizar la eficacia de la gestión estatal. Esta se puede presentar de dos formas, Menor cuantía, selección abreviada o subasta inversa, esta aplica cuando los bienes y servicios a contratar son de características técnicas uniformes. 
Concurso de méritos: Es una modalidad de contratación prevista para la selección de consultores o proyectos donde se utiliza un sistema de concurso abierto o de precalificación, la conformación de las listas de precalificados se realiza mediante convocatorias públicas, para llevar a cabo un concurso de méritos abiertos o con precalificación se debe tener en cuenta
La entidad en los pliegos de condiciones es importante indicar la forma de cómo se calificará, experiencia del calificado, formación académica del equipo de trabajo y publicar desde 3 días hábiles el informe de evaluación. 
Contratación directa: Es una modalidad de contratación que consiste en que la entidad estatal escoge libremente a las personas o empresas que van a ejecutar el contrato sin llevar a cabo ningún tipo de proceso de selección competitivo, por este motivo en esta modalidad no se reciben varias ofertas para postularse como proveedor, no se realiza convocatoria pública no se publica ni en el secop 1 ni en el secop 2 , este tipo d contratación solo se aplica en los casos establecidos por la ley y son los siguientes: Empréstito, contratos interadministrativos, prestación de servicios profesionales, actividades científicas o tecnológicas entre otras. 
Mínima cuantía: Es el procedimiento que se da con independencia del objeto a contratar siempre y cuando este no acceda al 10% de la menor cuantía de la entidad contratante, así se logra un proceso ágil garantizado 
- Licitación pública: Es un proceso de selección de proveedores que se da cuando la entidad convoca de forma abierta y publica para que las empresas interesadas en participar en igualdad de condiciones se presenten, de esta forma las empresas interesadas en participar presentan sus ofertas y se selecciona la más favorable.
Etapa contractual: podemos definir y fundar el acuerdo de voluntades Con sinceridad y esmero para que las partes tengan evidencia del objeto del contrato de sus términos y sus resultados este es una etapa muy importante Ya que es el marco del cual la partes llevarán a cabo lo que se ha acordado
Etapa postcontractual: Etapa en la cual las partes intervinientes de un contrato pueden efectuar los reconocimientos, ajustes y revisiones de las prestaciones reciprocas que se hayan pactado en el mismo la herramienta utilizada por la administración se denomina liquidación, acto con el cual se formaliza la terminación del contrato en los casos que se requiere. 
 Partes del contrato Privado: Estructuralmente este compuesto por:
Título. En donde se indica la naturaleza del contrato.
Cuerpo sustantivo. Primera sección en donde se identifica a las partes involucradas y se brinda información contextual como la fecha de firma del contrato, las representaciones intervinientes, la identificación de los objetos o servicios comprometidos, etc.
Exposición. Donde se da relación de los antecedentes y hechos registrados, y se incluyen cláusulas explicativas necesarias más adelante.
Cuerpo normativo. Donde se detallan los pactos suscritos entre las partes y las eventuales sanciones de haberlas.
Cierre. Fórmula de fin de contrato que abarca las firmas de las partes.
Consentimiento de los contratantes: Este implica la existencia de voluntades internas y externas de dos partes una constituye la oferta y la otra es la aceptación, es necesario que la voluntad de contratar, que se manifiesta por una parte y la voluntad de aceptación del contrato estén de acuerdo.
Objeto: es el contenido en el que se basa dicha obligación contractual
Causa: es el motivo que determina a los contratantes a cumplir con sus obligaciones
sumado a la contraprestación.

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