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El sistema social venezolano y su relacióncon las distintas manifestaciones de violencia

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS 
 RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA 
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LA SEGURIDAD 
INSTITUTO UNIVERSITARIO DE POLICIA CIENTIFICA 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
AUTOR (A): 
CARRASCO GUILLEN VICTORIA 
CI: V- 28.446.156 
AMBIENTE: 5 
DOCENTE: COMISARIO CICPC (j) PEDRO DIAZ 
PNF INVESTIGACIÓN PENAL PROCESO I-2020 
 
 
BARQUISIMETO, JULIO DE 2020 
INTRODUCCIÓN 
 
En el siglo XXI la mujer ha tomado socialmente una figura primordial como 
sujeto de derecho, deslastrándose de subordinaciones y discriminaciones de la figura 
masculina dominante que la limitaba culturalmente a la figura doméstica. Actualmente, 
la actuación de la mujer ha tenido un progreso participativo en el área social, educativo, 
político, laboral que genera en ella un gran desarrollo personal, siempre en la búsqueda 
de la reivindicación de sus derechos inspirada en los principios de igualdad y justicia 
social ante los hombres. Este avance fortalece la figura femenina cada vez más 
comprometida a la lucha, a la participación social activa evidenciando roles relevantes y 
significativos. Sin embargo, es en situaciones de violencia social, la mujer quien es la 
víctima más vulnerable, la que se encuentra más propensa a diversos tipos de agresión, 
esto conlleva a que la violencia de género se manifieste como un grave problema de 
salud pública y de violación de los derechos humanos. 
El presente informe es un análisis del sistema social Venezolano y su relación 
con las distintas manifestaciones de violencia su categorización, causas y ámbito legales 
considerando la violencia como un problema de salud pública que afecta no solo a 
Venezuela si no a muchos países del mundo. Estos sucesos perturban a las familias y 
van desarrollando en las personas conductas violentas que desencadenan una sociedad 
con altos índices de hechos de este tipo y es así donde ocurre la descomposición social, 
poco a poco observaran el desarrollo de los tipos de violencia y sus modalidades. 
Además, de los diferentes ordenamientos jurídicos en el nuevo sistema penal 
venezolano. 
 
 
 
 
 
 
 
 
EL SISTEMA SOCIAL VENEZOLANO Y SU RELACIÓN CON LA 
DISTINTA MANIFESTACIÓN DE VIOLENCIA 
 
VIOLENCIA 
 
 El concepto de violencia ha recibido diversas definiciones; con notables 
divergencias según disciplinas, autores, investigaciones, etc. El investigador francés 
Jean Claude Chesnais, dice: “La violencia en sentido estricto, la única violencia medible 
e incontestable es la violencia física. Es el ataque directo, corporal contra las personas. 
Ella reviste triple cáracter: brutal, exterior y doloroso. Lo que define es el uso material 
de la fuerza, la rudeza voluntariamente cometida en detrimento de alguien. Otra 
definición la refiere del investigador Thomas Platt, quien habla de al menos siete 
acepciones del término violencia, dentro de las cuales menciona como más precisa es: 
“fuerza física empleada para causar daño”. Ahora bien, la forma mas restringida de 
entender la violencia supone identificarla como: El uso intencional de la fuerza o el 
poder fisico, de hecho o como amaneza, contra uno mismo, otra persona o un grupo o 
comunidad, que cause o tenga muchas probabilidades de causar lesiones, muerte, daños 
psicologicos, trastornos del desarrollo o provaciones. 
 
Seguidamente, esta forma de entender la violencia excluye otras manifestaciones 
violentas de carácter no estrictamente físico, pero cuya gravedad es frecuentemente 
destacada por las propias víctimas (como puede ser el caso de la violencia verbal o 
psicológica). De hecho, Johan Galtung distingue tres formas de violencia: violencia 
directa violencia estructural y violencia cultural. Estas tres formas de violencia pueden 
ubicarse gráficamente en los vértices de un triángulo como el que se presenta en el 
siguiente gráfico. 
Gráfico 1. Triángulo de la violencia (Johan Galtung) 
 
 
 
 
 
 
Violencia Directa 
Violencia Cultural 
Violencia estructural 
Violencia visible 
Violencia invisible 
 En primer lugar, la violencia directa es aquella violencia física y/o verbal, visible 
en formas de conductas. Seguidamente, la violencia estructutal consiste en “la suma 
total de todos los choques incrustados en las estructuras socials y mundiales, es decir, 
hace referencia a situacions de explotación, discriminación y marginación. Finalmente, 
la violencia cultural hace referencia al ataque contra los rasgos culturales y la identidad 
colectiva de una comunidad. Existe una estrecha interrelación entre estas tres formas de 
violencia; de manera que la violencia puede empezar en cualquiera de las esquinas del 
triángulo de la violencia y fácilmente se transmite de una esquina a otra. 
 
 
TIPOS DE VIOLENCIA 
 
Violencia Física: Es el acto de forzar la integridad de la persona, con el ánimo de 
causar daño físico o moral, la utilización de la fuerza con el claro objeto de causar 
lesiones en la victima. En general, la violencia física es una consecuencia de la 
agresividad; la agresividad es un componente biológico presente en el hombre que lo 
conduce a cometer un daño físico. Una persona agresiva, si no puede controlarse, puede 
llegar a cometer actos de violencia física. Podemos observar ejemplos en el siguiente 
gráfico. 
 
Gráfico 2. VIOLENCIA FÍSICA 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 Podemos interpretar, que la violencia física puede presentarse prácticamente en 
cualquier ámbito en la pareja, familia, escuela, trabajo, comunidad o instituciones y 
puede llegar en último extremo a la muerte. 
Violencia Física 
Utilización de la fuerza 
Heridas Fracturas Muerte 
Violencia Psicológica: Es cualquier daño emocional y disminución de la autoestima o 
perjudica y perturba el pleno desarrollo personal o que busca degradar o controlar sus 
acciones, comportamientos, creencias y decisiones, mediante amenaza, acoso, 
hostigamiento, restricción, humillación, deshonra, descrédito, manipulación o 
aislamiento. Es importante mencionar que la violencia psicológica va acompañada de 
otro tipo de violencia, ya que es utilizada como instrumento de control y dominio de su 
agresor para su fin último, que incluye amenazas, humillaciones, exigencias, 
convencimiento de su culpa, manipulación, insultos, descalificaciones y aislamiento. 
Las principales causas de la violencia psicológica son las siguientes: 
1. El alcoholismo. 
2. Ignorancia y el 
desconocimiento. 
3. Educación Deficiente. 
4. No poder controlar los impulsos. 
5. Falta de comprensión hacia 
otros. 
6. La drogadicción. 
 
Violencia Verbal: Este tipo de violencia puede dar tanto del hombre a la mujer como 
viceversa, es una forma de agresión que muchas veces pasa desapercibida, pues no deja 
huellas a la vista; sin embargo, las lesiones causadas por este tipo de maltrato son tan 
dolorosas como las que dejan la violencia física, incluso a veces son más difíciles de 
sanar, los casos son: acusaciones, insultos, amenazas, juicios, críticas degradantes, 
órdenes agresivas o gritos. En este caso la violencia verbal puede presentarse sin la 
violencia física, por ejemplo, una persona que sufrió violencia verbal en su infancia por 
parte de su padre suele experimentarla de sus parejas también. 
 
Violencia Sexual: La Organización Mundial de la Salud (OMS) define la violencia 
sexual como: “todo acto sexual, la tentativa de consumar un acto sexual, los 
comentarios o insinuaciones sexuales no deseados, o las acciones para comercializar o 
utilizar de cualquier otro modo la sexualidad de una persona mediante coacción por otra 
persona, independientemente de la relación de esta con la víctima, en cualquier ámbito, 
incluidos el hogar y el lugar de trabajo”. 
 
 
Violencia Económica y Patrimonial: Se puede decir indistintamente violencia 
económica o patrimonial, ya que es una forma de violencia de género. La Ley Orgánicasobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia en el capítulo III artículo 
15, numeral 12 consagra que la Violencia patrimonial y económica se considera toda 
conducta activa u omisiva que directa o indirectamente, en los ámbitos público y 
privado, este dirigida a ocasionar un daño a los bienes muebles o inmuebles en 
menoscabo del patrimonio de las mujeres víctimas de violencia o a los bienes comunes, 
así como la perturbación a la posesión o a la propiedad de sus bienes, sustracción, 
destrucción, retención o distracción de objetos, documentos personales, bienes y 
valores, derechos patrimoniales o recursos económicos destinados a satisfacer sus 
necesidades; limitaciones económicas encaminadas a controlar sus ingresos; o la 
privación de los medios económicos indispensables para vivir. 
 
Violencia Simbólica: Es reconocida como un tipo de violencia “amortiguada, 
insensible e invisible para sus propias víctimas, que se ejerce esencialmente a través de 
los caminos puramente simbólicos de la comunicación y del conocimiento, o más 
exactamente, del desconocimiento, del reconocimiento o, en último término, del 
sentimiento”. El autor Pierre Bourdieu, fue el iniciador de esta noción, buscaba 
demostrar las relaciones de dominación del género masculino sobre el femenino. No 
obstante, el término se puede extender hacia todo tipo de dominación y a su impacto a 
escala individual o comunitaria. Es decir, que son mensajes, valores, iconos o signos 
que se transmite y naturalizan la denigración de la mujer en sociedad. Por ejemplos: 
1. El patriarcado. 
2. Los medios de comunicación con propagandas bélicas o el racismo. 
3. Publicación de textos o imágenes en redes sociales que afectan la imagen de la 
mujer. 
MODALIDADES DE VIOLENCIA 
 
Violencia Doméstica: La Violencia intrafamiliar o Violencia doméstica, es definida 
como “la violencia ejercida en el terreno de la convivencia familiar o asimilada, por 
parte de uno de los miembros contra otro, contra algunos de los demás o contra todos 
ellos”. Comprende todos aquellos actos violentos, desde el empleo de la fuerza física, 
hasta el hostigamiento, el acoso, o la intimidación, que se producen en el seno de un 
hogar, y que perpetra al menos un miembro de la familia contra algún otro familiar. 
 
Es decir que puede presentarse, ya sea que el agresor comparta o haya 
compartida el mismo domicilio, y que comprende, entre otros, violación, maltrato 
físico, psicológico y abuso sexual. También puede incluir abuso psicológico repetido, 
ataque sexual, aislamiento social progresivo, castigo, intimidación y/o coerción 
económica. 
Violencia de Genero: La Organización Mundial de la Salud la define como todo acto 
de violencia de género que resulte, o pueda tener como resultado un daño físico, sexual 
o psicológico para la mujer, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la 
privación arbitraria de libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la 
privada. Esta forma de Violencia sobre la mujer afecta a muchos países del mundo en 
menor o mayor grado, indistintamente a clases sociales, niveles educativos y 
manifestaciones culturales, señalando así la conducta violenta de la pareja y 
evidenciando la desaprobación hacia tales hechos, exponiéndolo públicamente a la 
sociedad para mostrar la necesaria intervención externa del estado ante los miembros 
que lo generan, considerando que no es un asunto de esfera íntima de la pareja. 
Con base a lo anterior, se 
llama violencia a la mujer 
o violencia de género a 
los actos violentos donde 
el sujeto pasivo es de 
sexo femenino, aunque 
generalmente se utiliza 
para englobar únicamente 
a aquellos donde el sujeto 
activo es el hombre, y más 
concretamente si es su pareja sentimental o únicamente para abarcar aquellos actos 
violentos contra la mujer realizados por motivos discriminatorios sexistas, donde la 
mujer es objeto de sufrimiento físico y psicológico, entre otros. En Venezuela, la 
violencia de género está amparada bajo la Ley Orgánica sobre el Derecho de las 
Mujeres a una vida libre de Violencia. 
 
Violencia Institucional: Es definida en el numeral 16 del artículo 15 de la Ley 
Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia como las 
acciones u omisiones que realizan las autoridades, funcionarios y funcionarias, 
profesionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier órgano, ente o institución 
pública, que tengan como fin retardar, obstaculizar o impedir que las mujeres tengan 
acceso a las políticas públicas y ejerzan los derechos previstos en la Ley para 
asegurarles una vida libre de violencia. Este tipo de agresión contra la vida de las 
personas puede darse de muchas maneras distintas. La más común y visible es la que 
ejercen las fuerzas policiales y que la mayoría de las veces se da en contextos 
de desigualdad social. Las fuerzas actúan violando sus propios límites y controlan o 
maltratan a sectores humildes de un modo que no lo harían con sectores más poderosos. 
Pero no es la única manera, desde las instituciones públicas se puede maltratar con 
la negligencia, la falta de soluciones, la indiferencia o incluso también el mismo 
maltrato cuando una persona se presenta a reclamar por sus derechos 
 
Violencia Laboral: Es definida en el numeral 11 del artículo 15 de la Ley Orgánica 
sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia como la discriminación 
hacia la mujer en los centros de trabajo: públicos o privados que obstaculicen su acceso 
al empleo, ascenso o estabilidad en el mismo, tales como exigir requisitos sobre el 
estado civil, la edad, la apariencia física o buena presencia, o la solicitud de resultados 
de exámenes de laboratorios clínicos, que supeditan la contratación, ascenso o la 
permanencia de la mujer en el empleo. Constituye también discriminación de género en 
el ámbito laboral quebrantar el derecho de igual salario por igual trabajo. A 
continuación se presentan las principales características de la violencia laboral: 
1. Se trata de un tipo de violencia que busca excluir y perjudicar a un compañero 
de trabajo, bien sea del mismo rango o inferior. 
2. Estos actos pueden ser ejercidos por quienes poseen un cargo de director, jefe, 
supervisor, encargado de equipo, entre otros. 
3. También puede ser ejercida por los mismos compañeros de trabajo, con quienes 
se comparte el mismo rango de labores y responsabilidades, pero que propician 
este tipo de actos por diversos motivos. 
4. Puede manifestarse a través del acoso laboral, agresiones físicas o maltratos 
psicológicos como burlas, sarcasmos. 
5. La víctima puede ser objeto de discriminación debido a su origen, cultura, 
religión o color de piel. 
6. Implica la violación de una serie de derechos laborales y humanos que afectan a 
la integridad de cada individuo. 
7. Afecta de diversas maneras la integridad física y moral de la víctima. 
https://definicion.mx/desigualdad/
https://definicion.mx/negligencia/
Violencia Delictiva: La violencia delictiva, que hoy ocupa uno de los principales 
problemas de nuestra Sociedad. Esta violencia como todo problema de orden 
estructural, obedece a muchos factores causales de índole socioeconómico y cultural, 
donde la familia, la escuela, la comunidad y los medios de comunicación constituyen 
espacios de socialización muy importantes. 
 Cada vez que la violencia delictiva se abate 
con especial sadismo sobre una persona 
indefensa lo que acostumbran los medios, los 
políticos y la sociedad es buscar un "culpable", 
una cabeza de turco, para transferirle la 
responsabilidad, la bronca y el temor del que 
cree que puede ser la próxima víctima. 
 
Violencia Juvenil: Está constituida por los actos violentos que realizan los jóvenes y 
que suelen afectar a otros jóvenes. Algunos expertos sostienen que la violencia es una 
característica innata del ser humano; es decir, hasta losniños son violentos por 
naturaleza. La sociedad, sin embargo, cuenta con mecanismos para reprimir dicha 
condición violenta y evitar el enfrentamiento. Cuando esos mecanismos fallan, la 
violencia no puede controlarse y genera numerosas víctimas. Varias son las 
circunstancias que se establecen como posibles causas de la violencia juvenil. No 
obstante, entre las más importantes se encuentran las siguientes: 
1. El ambiente familiar: El hecho de que los progenitores sean de un marcado tipo 
de carácter y personalidad y que en el seno del hogar se vivan situaciones 
violentas son dos de los motivos que pueden llevar a un joven a ser también 
violento. 
2. Las carencias afectivas: Cuando un adolescente ha tenido y tiene falta de cariño 
en su entorno también es mucho más proclive a llevar a cabo actos de violencia 
juvenil. 
3. El entorno social: Quienes se encuentran viviendo en barrios y zonas 
conflictivas con altos índices de criminalidad también es frecuente que tengan 
mucha más tendencia a verse envueltos en actos similares. 
https://definicion.de/ser-humano
4. Hábitos no saludables: Con ello nos referimos tanto al consumo de alcohol como 
las drogas. 
5. Presión social: El hecho de encontrarse en un círculo de amigos donde la 
violencia juvenil sea la nota dominante, es lo que puede hacer que cualquier 
chaval se vea presionado por aquel para también acometer actos delictivos de 
ese tipo. 
El no poder controlar los impulsos o el no poseer 
conciencia son también motivos que pueden hacer 
que un adolescente lleve a cabo acciones de 
violencia. Esta, por su parte, puede ser de dos 
tipos: física, que es la que se manifiesta a través de 
golpes y daños corporales de distinta clase, y 
psicológica, que es más difícil de detectar y que es 
la que se acomete mediante insultos, humillaciones 
o amenazas, por ejemplo, en el caso de la violencia juvenil, la falta de 
mecanismos sociales para la contención de los jóvenes hace que éstos se reúnan 
en grupos o comunidades (como las pandillas) y que desarrollen un 
comportamiento violento que no conoce límites. 
 
Violencia Contra la Libertad Reproductiva: Es que te obstaculicen el acceso a 
información o a los métodos anticonceptivos y que te impidan decidir si tener hijos/as o 
no, con quién tenerlos/as, el número de embarazos y el intervalo entre cada nacimiento. 
Algunos ejemplos son: 
Cuando tu pareja te impide el cuidado o 
en una institución niegan el 
asesoramiento o los métodos 
anticonceptivos o el acceso a la ligadura 
de trompas, imponen un método en vez de 
permitirte elegir o no te informan sobre 
alternativas para acceder a la maternidad. 
 
Violencia Obstétrica: Es definida en el numeral 13 del artículo 15 de la Ley Orgánica 
sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia como la apropiación del 
cuerpo y procesos reproductivos de las mujeres por personal de salud, que se expresa en 
un trato deshumanizador, en un abuso de medicalización y patologización de los 
procesos naturales, trayendo consigo pérdida de autonomía y capacidad de decidir 
libremente sobre sus cuerpos y sexualidad, impactando negativamente en la calidad de 
vida de las mujeres. 
 
 
Violencia Mediática: Es definida en el numeral 13 del artículo 15 de la Ley Orgánica 
sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia como la exposición, a 
través de cualquier medio de difusión, de la mujer, niña o adolescente, que de manera 
directa o indirecta explote, discrimine, deshonre, humille o que atente contra su 
dignidad con fines económicos, sociales o de dominación. 
 
Ciber Violencia: El mundo virtual evoluciona día a día, al convivir constantemente con 
sistemas informáticos y tecnológicos: ordenadores, teléfonos móviles, tablets, etc., con 
total acceso a la red, creándose nuevas formas de socialización. Con las herramientas 
informáticas y tecnológicas la realidad física, la presencia, el “cara a cara” se pierde, 
agudizándose en cambio la facilidad de difundir información, noticias y datos de todo 
tipo, fotografías, imágenes y vídeos. Contenidos que caracterizan a la red como un 
medio abierto, descentralizado y sin censura, conllevando los principales motivos por 
los que no todos los usuarios hacen un uso apropiado de los recursos tecnológicos, 
realizándose a través de estas nuevas formas de violencia, surgiendo así un nuevo 
concepto: ciberviolencia. 
Nuevo fenómeno que tiene 
lugar cuando el respeto a la 
libertad, a la dignidad, al 
honor, a la intimidad y a la 
propia imagen de otra persona 
se ve mutilado con la 
utilización de las nuevas 
formas de comunicación, en 
especial, a través del teléfono 
móvil (mediante llamadas o 
mensajería instantánea, sobre 
todo el whats-app), el correo electrónico, y las redes sociales tales como Facebook, 
Twitter o Linkedin. Se define la violencia como el tipo de interacción entre sujetos que 
se manifiesta en aquellas conductas o situaciones que, de forma deliberada, aprendida o 
imitada, provocan o amenazan con hacer daño o sometimiento grave de forma física o 
sexual (formas tradicionales de violencia), verbal o psicológico a un individuo o a una 
colectividad. Puede producirse a través de acciones y lenguajes, pero también mediante 
la omisión y el silencio. Varios autores plantean que el acto violento está constituido por 
tres elementos: 
a) El sujeto que lo genera “el agresor”, el cual posee un carácter netamente 
humano. 
b) el contexto en el que se produce (personal, profesional, laboral o familiar) y la 
dirección o finalidad que se pretende (agredir, amenazar, intimidar, avergonzar…). 
 c) se determina la violencia como un proceso, actos continuos en el tiempo. 
Elementos que se mantienen en la ciberviolencia dado que, en el mundo virtual, las 
partes reciben el nombre de cibernautas, manteniéndose el componente humano, y en 
cuanto al contexto, el ciberespacio es el lugar en donde se desarrolla la violencia. 
 
 
INSTRUMENTOS DEL MARCO JURÍDICO NACIONAL EMPLEADOS PARA 
LA CONSTRUCCIÓN DE LA RUTA DE ATENCIÓN EN CASO DE LAS 
DISTINTAS MANIFESTACIÓN DE VIOLENCIA 
 
1. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. 
2. Código Penal. 
3. Código Orgánico Procesal Penal. 
4. Ley Orgánica para la protección de niños, niñas y adolescentes (LOPPNA). 
5. Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia. 
6. Ley Orgánica contra la delincuencia organizada. 
7. Ley especial sobre Delitos Informáticos. 
8. Ley de Protección a las víctimas, testigos y demás sujetos procesales. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CONCLUSIÓN 
 
Es de vital importancia, para establecer soluciones al problema de la violencia 
de género, colocar gran atención a la formación de los niños como parte integral de una 
familia ya que es precisamente en esta etapa donde a través de los padres, se transmiten 
todos aquellos valores que servirán al individuo en su futuro para una debida adaptación 
en la sociedad, obteniendo como resultado personas capaces de respetar los derechos de 
cualquier ser humano y por ende los derechos de las personas que conforman su propia 
familia, ya que se considera según la sociología que para evitar problemas sociales 
como es la delincuencia, drogadicción, prostitución, etc., es necesario atacar de raíz, es 
decir siendo la familia la célula principal de toda agrupación humana, atender de 
manera responsable su problemática se evitara la violencia familiar. 
La solución a la violencia de género debe basarse en la reconstrucción del tejido 
social que actualmente se encuentra alterado por los procesos acelerados, los cambios 
políticos, el alto índice de inflación, la falta de políticas públicas a los problemas de la 
nación y todas estas situaciones que hacen vulnerable a los individuos por tener miles 
de necesidades insatisfechas. Son nuevas políticas públicas incluyentes de la realidad 
actual las que permitirán disminuirlos efectos de la desigualdad y exclusión para darle 
paso a la prevención y eliminación del problema de los hogares venezolanos. Una 
forma de prevenirla, es alentando a toda la comunidad a respetarse y entender que todos 
los seres humanos son iguales a pesar de los problemas; la familia es única y en 
consecuencia, se debe proteger, razón por la cual la violencia debe ser desterrada del 
hogar para brindar al mismo estabilidad, amor y equilibrio. 
Finalmente, es ampliamente reconocido los esfuerzos realizados hasta ahora por 
el estado Venezolano en proponer leyes que regulen y sancionen estos hechos y es 
necesario que se traduzcan en políticas públicas y acciones gubernamentales, regionales 
y locales puesto que la violencia de género se mantiene latente en la sociedad 
venezolana. Reducir las tasas de violencia contra la mujer indica la necesidad de definir 
estrategias de prevención que aborden los problemas sociales que inciden en tal 
problemática social. Venezuela ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño 
(1990) y a partir del año 2000 se ha adecuado o desarrollado el cuerpo normativo 
interno; en este sentido, cabe destacar: Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas 
y Adolescentes -LOPNNA- (2000) y su Reforma (2015); Ley de Protección de Niños, 
Niñas y Adolescentes en salas de uso de Internet, videojuegos y otros multimedia 
(2006); Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia 
(2014); Ley de Promoción y Protección a la Lactancia Materna (2007); Ley de 
Protección a la Familia, Maternidad y Paternidad (2007); Ley para la Prohibición de 
Videos Juegos Bélicos y Juguetes Bélicos (2009); Ley Orgánica de los Consejos 
Comunales (2009); Ley sobre Procedimientos Especiales en Materia de Protección 
Familiar de Niños, Niñas y Adolescentes (2010); Decreto con Rango, Valor y Fuerza de 
Ley Especial de Refugios Dignos para Proteger a la Población en Casos de Emergencias 
o Desastres Naturales (2011), entre otras. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS 
 
 ADOLF TOBEÑA, Anatomía de la agresividad humana, de la violencia infantil al 
belicismo, Barcelona, Ed. Galaxia Gütemberg, 2001). 
 
AVESA (2017a) “Violencia Sexual en el contexto de represión política – Algunos casos 
de la prensa nacional” En https://avesawordpress.wordpress.com/2017/07/13/violencia-
sexual-en-el-contexto-de-represion-politica-algunos-datos-de-la-prensa-nacional/ 
 
CENTRO DE ESTUDIOS DE LA MUJER (CEM). Universidad Central de Venezuela. 
Boletín en cifras: Violencia contra la mujer. Venezuela 2003-2004. Disponible en: 
http://cem.ve.tripod.com/sitebuildercontent/sitebuilderfiles/boletinviolencia.pdf. 
 
MICHEL FOUCAULT, Seguridad, territorio, población, traducción de Horacio Pons, 
Fondo de Cultura Económica, 2011, pp. 16-17. 
 
NACIONES UNIDAS. INFORME DE LA IV CONFERENCIA MUNDIAL SOBRE 
LA MUJER. Disponible en: www.un.org/ womenwatch/.../beijing/.../Beijing%20full% 
20report%20S.p 
 
OMS. Alianza para la Prevención de Violencia (VPA). Promoción de un compromiso 
mundial en pro de la prevención de la violencia. 
Disponible en: www.who.int/violenceprevention/ publications/vpabroch_es.pdf. 
 
RITA LAURA SEGATO, Las estructuras elementales de la violencia; ensayos sobre 
género entre la antropología, el psicoanálisis y los derechos humanos, Buenos Aires, 
Universidad Nacional de Quilmes, 2003. 
 
 
https://avesawordpress.wordpress.com/2017/07/13/violencia-sexual-en-el-contexto-de-represion-politica-algunos-datos-de-la-prensa-nacional/
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