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CONTABILIDAD_

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Es la deuda a crédito que un cliente contrae con su proveedor por la adquisición 
de un bien o servicio. La deuda puede ser a corto o a largo plazo. 
Cuando un proveedor vende un bien o un servicio y emite una factura al cliente, 
este contrae una deuda con el primero. 
Cuando la deuda no se salda al momento (por pago en efectivo o tarjeta de 
crédito), dicha deuda y el derecho a cobrarla forma parte de lo que en contabilidad 
se conoce como cuentas por cobrar. 
Es uno de los activos más importantes, ya que es el activo más líquido después 
del efectivo en una entidad de carácter económico. Las cuentas por cobrar 
representan venta o prestación de algún bien o servicio que se recuperará en 
dinero en sumas parciales. 
Puede originarse de diferentes maneras, pero en todas las empresas o entidades 
económicas crea un derecho en el que le exige al tercero el pago de la misma. En 
caso contrario la empresa tiene derecho a recuperar lo vendido a crédito. 
Las cuentas por cobrar equivalen a derechos exigibles que se originan por ventas, 
servicios prestados, otorgamientos de préstamos o cualquier otro concepto 
análogo. A nivel general anterior suelen incluirse documentos por cobrar a clientes 
representando derechos exigibles, que han sido documentados con letras de 
cambio o pagarés. 
 
 
 
 
 
 
Las cuentas por cobrar representan derechos exigibles originados por ventas, 
servicios prestados, otorgamiento de préstamos o cualquier otro concepto 
análogo. 
Considerando el párrafo 60 de la NIF A-6, Reconocimiento y valuación, las 
cuentas por cobrar deben reconocerse a su valor de realización que es el monto 
que se recibe, en efectivo, equivalentes de efectivo o en especie, por la venta o 
intercambio de un activo; por ende, las cuentas por cobrar deben cuantificarse al 
valor pactado originalmente del derecho exigible. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Agrupa las subcuentas que representan los derechos 
de cobro a terceros que se derivan de las ventas de 
bienes y/o servicios que realiza la empresa debido a 
su objeto de negocio. 
121-FACTURAS, BOLETAS Y OTROS COMPROBANTES POR COBRAR: créditos 
otorgados por ventas de bienes o prestación de servicios. En caso no se haya 
emitido el documento, pero si devengado el ingreso y la cuenta por cobrar 
correspondiente, se debe registrar el derecho exigible en esta subcuenta. 
122-ANTICIPOS DE CLIENTES: Montos anticipados por clientes a cuentas de ventas 
posteriores, es de naturaleza acreedora. 
123-LETRAS POR COBRAR: créditos que se formalizan con letras aceptadas en canje 
de factura, boletas u otros comprobantes por cobrar. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
OTRAS CUENTAS POR 
COBRAR. 
La NIF C-3 menciona que las “otras cuentas por cobrar” son 
derechos exigibles que se originan por actividades distintas a la 
venta de bienes o prestación de servicios como son: préstamos 
otorgados a empleados, saldos de impuestos a favor, 
reclamaciones por siniestros y otras transacciones. 
 
Entonces ya nos queda claro que son y cómo se originan. Entonces 
esto nos lleva a analizar de qué manera debemos registrar y 
presentar dentro de nuestros estados financieros. 
 
El párrafo 42 de la NIF C-3 menciona que “las otras cuentas por 
cobrar” deben reconocerse en el balance general en el momento en 
que se conocen, es decir, en el momento en que se tiene derecho a 
exigirlas. 
 
Las mencionadas “otras cuentas por cobrar” deben reconocerse a 
su valuarse a su monto que le corresponda, es decir, a su valor 
nominal. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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Son aquellas cuentas que han sido producto de operaciones a crédito, y que por 
considerarse incobrables representan pérdidas para la compañía. No obstante, y como 
resultado de la experiencia, la empresa estima una provisión para suplir las cuentas 
incobrables de un ejercicio. 
Una cuenta puede ser incobrable cuando transcurrido un año desde que comenzaron 
los cobros pertinentes, no se obtengan resultados favorables o ingresos de esos 
créditos. El procedimiento de recuperación de cuentas incobrables es ampliamente 
aceptado por las empresas y se aplica mediante el método de porcentaje fijo sobre las 
cuentas por cobrar globales, el método de porcentaje fijo sobre las ventas abiertas y el 
método de estimación de cuentas incobrables sobre las ventas a crédito. 
Para el cálculo de la provisión o reserva para cuentas de cobro dudoso se usan 
básicamente, tres métodos que son: 
 Cancelación Directa: consiste en liquidar el saldo de dudoso cobro totalmente. Este 
método es de uso limitado por cuanto no opone los costos a los ingresos del período 
al cual corresponden las cuentas. Por lo general, se aplica cuando los montos de las 
cuentas morosas son de poca materialidad. 
 Cálculo: se basa en la clasificación de las cuentas según su antigüedad y el análisis 
de las cuentas más antiguas para determinar un porcentaje estimado de incobrables. 
Este método tampoco opone la pérdida por incobrable al ingreso que la produjo y por 
otra parte no determina un porcentaje justo para cada año según los ingresos. 
Estimación: mediante este método, la provisión puede estimarse sobre la base de un 
determinado porcentaje de las cuentas por cobrar vigentes, procedimiento que 
tampoco se ajusta al concepto de oposición de gastos e ingresos; o en base de un 
porcentaje del monto de las ventas a crédito. Este último procedimiento de estimación, 
se considera que es el más eficiente por cuanto permite determinar el monto a cargar 
en el año en curso. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
7 
DESCONTADOS. 
 
 
En la actualidad, la mayoría de las empresas, hacen 
frecuentemente uso del crédito, este se garantiza mediante 
títulos de crédito tales como letras de cambio, pagares. 
El descuento o Endoso de documentos consiste en ceder los 
derechos de estos documentos a instituciones financieras o 
particulares los cuales descuentan un interés calculado entre 
la fecha del descuento y la fecha de vencimiento, así como 
una cantidad como comisión por el servicio, entregando a la 
empresa el monto correspondiente a la diferencia.

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