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Normatividad-Seguridad ocupacional en la práctica odontológica

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Universidad de Guadalajara
Centro Universitario de Ciencias de la Salud
Licenciatura en Cirujano dentista
Seguridad ocupacional en la práctica odontológica
Dra. Guadalupe Galvan Salcedo
Normatividad
Integrantes:
Almonte Pineda Arlette Michel
Guerrero Alcaraz Edgar Elizardo
Jiménez Pérez Mariana
Lara Quiroz Fernando de Jesús
Rodríguez Zúñiga Gael
Buscan que se realice un trabajo 
adecuado y seguro en la práctica 
odontológica tanto para el paciente 
como para el odontólogo teniendo 
en cuenta aspectos como:
● Seguridad laboral.
● Seguridad hacia el paciente.
● Desechos 
biológicos-infecciosos.
● Infraestructura.
● Equipamento.
● Reglas/normas laborales.
Normas que nos rigen en la odontología.
NOM-027-SSA3-2013
Debe de contar con:
➔ Un trabajador de la salud responsable del 
servicio.
➔ Infraestructura física y equipamiento del 
servicio de urgencias.
➔ Contenedores para RPBI (residuos 
peligrosos biológico infecciosos).
“La 027”
“Regulación de los servicios de salud. 
Que establece los criterios de 
funcionamiento y atención en los 
servicios de urgencias de los 
establecimientos para la atención 
médica.”
NOM-027-SSA3-2013
Características y obligaciones del médico/odontólogo encargado:
➔ Establecer y supervisar la aplicación de instrumentos 
de control administrativo.
➔ Asegurarse de que haya de manera impresa y electrónica 
manuales de organización, procedimientos de servicio, 
de bioseguridad, mecánica corporal, guías de atención de 
urgencias, carta consentimiento del paciente, etc.
➔ Médico especialista debe contar con cédula.
➔ Tener personal las 24h 365 días del año.
➔ Personal aprendiz debe estar bajo supervisión de 
expertos.
➔ Si se amerita, informar a familiares o tutores la condición 
del paciente.
NOM-027-SSA3-2013
Infraestructura física y equipamiento del servicio de urgencias:
➔ Módulo de recepción y control de fácil ubicación para el paciente.
➔ Ubicado preferentemente en la planta baja del establecimiento y deberá contar con 
accesos directos para vehículos y peatones desde el exterior del inmueble.
➔ Consultorios o cubículos para valoración y determinación de prioridades de atención.
➔ Área de descontaminación, área de hidratación, cuando se atiendan urgencias pediátricas, 
área de observación con cubículos de atención.
➔ Sala de espera con sanitario público y sanitario para el personal.
NOM-005-SSA3-2010
“Establece los requisitos mínimos de 
infraestructura y equipamiento de 
establecimientos para la atención médica 
de pacientes ambulatorios.”
Consultorio de odontología
➔ La instalación eléctrica requiere contactos 
apropiadamente distribuidos y en número 
suficiente para los equipos instalados. 
➔ La instalación hidráulica debe ser 
complementada con sistema local de filtración 
de agua para la que se utiliza en la jeringa triple 
y/o piezas de mano.
➔ Compresora de aire libre de aceite.
“La 005”
➔ Contar con áreas para el sillón 
dental y sus accesorios, un área 
para entrevistas y aparato de 
Rayos X dental.
NOM-005-SSA3-2010
Equipo:
Autoclave, olla de presión o esterilizador eléctrico; compresora de aire para unidad dental, 
sillón dental con plataforma y respaldo reclinable; unidad dental con charola 
porta-instrumentos, lámpara y abastecedor de agua para la pieza de mano y la jeringa triple.
NOM-005-SSA3-2010
Mobiliario:
➔ Asiento para odontólogo, asiento para pacientes y acompañantes.
➔ Cubeta o cesto para bolsa de basura municipal y contenedores para la basura de residuos 
establecidos en la NOM-087 (bolsa de plástico rojo, recipiente rojo duro, etc). 
➔ Guarda de materiales.
➔ Instrumental o equipo. 
➔ Mesa con tarja.
➔ Mueble para escribir. 
➔ Mueble con cajonera. 
➔ Sistema para guarda de expedientes clínicos.
NOM-005-SSA3-2010
Instrumental:
➔ Arco de Young para dique de hule.
➔ Cucharilla para cirugía.
➔ Espátula para preparar alginato o yeso.
➔ Espejo dental con mango de rosca estándar, sin aumento No. 5.
➔ Explorador (kit de exploración dental).
➔ Grapas variadas para dique de hule.
➔ Jeringa Carpulle, con adaptador para aguja desechable con hendidura para introducir cartucho de 
anestésico de 1.8 ml.
➔ Juego de cucharillas para impresión total para pacientes dentados y desdentados.
➔ Mortero con capacidad para 125 ml.
➔ Obturadores.
➔ Piezas de mano de baja y alta velocidad esterilizable.
➔ Pinza para curaciones.
➔ Portavasos para escupidera.
➔ Torundero con tapa.
Establece las características mínimas de 
infraestructura y equipamiento de hospitales 
y consultorios de atención médica 
especializada.
Norma Oficial Mexicana 
NOM-016-SSA3-2012
Esta norma es obligatoria para todos los 
establecimientos hospitalarios de los sectores 
público, social y privado que tengan como 
finalidad la atención de pacientes que acudan 
para su diagnóstico, tratamiento médico, 
quirúrgico o rehabilitación
Disposiciones generales 
aplicables a consultorios de 
atención médica especializada
➔ Los consultorios de atención médica especializada independientes 
deberán contar con aviso de funcionamiento y responsable 
sanitario
➔ El responsable deberá ser un médico especialista en el área de la 
medicina de que se trate
➔ Debe contar con un botiquín 
➔ Sala de espera (preferentemente con sanitarios)
➔ Infraestructura con equipo básico de diagnóstico, tratamiento o 
rehabilitación
NOM-004-SSA3-2012
Expediente clínico: 
conjunto único de información y datos personales de un paciente, se utiliza 
durante la atención médica. Consta de documentos en los cuales, el personal de salud 
deberá hacer los registros, anotaciones y certificaciones correspondientes para su 
intervención médica del paciente.
Del expediente clínico
Este documento debe contener:
➔ El proceso de la atención médica 
➔ Intervenciones del personal del área de la salud
➔ Descripción el estado de salud del paciente
➔ Debe incluir en su caso, datos acerca del bienestar 
físico, mental y social del mismo.
Los personal médico estará obligado integrar y conservar el expediente clínico; así como 
también, los establecimientos serán responsables del cumplimiento de esta obligación, por 
parte del personal. 
Todo expediente clínico, deberá tener los siguientes datos generales:
➔ Tipo, nombre y domicilio del establecimiento y en su caso, nombre 
de la institución
➔ En su caso, la razón y denominación social del propietario o 
concesionario
➔ Datos personales del paciente: Nombre, sexo, edad y domicilio del 
paciente
➔ Los demás que señalen las disposiciones sanitarias
➔ El médico, así como otros profesionales o personal técnico que 
intervengan en la atención del paciente, tendrán la obligación de 
cumplir las disposiciones de esta norma, en forma ética y profesional
➔ El paciente tiene derechos sobre los datos de su expediente, 
así como la confidencialidad de los mismos 
➔ Los datos que se encuentren en este expediente no deberían ser 
divulgadas o dadas a conocer 
➔ Se debe conservar por 5 años a partir de su último acto 
médico 
➔ Para efectos de literatura médica, docencia e investigación, se 
requerirá contar con la autorización escrita del paciente 
➔ La información contenida solo se le puede proporcionar al tutor, 
representante legal, familiar, autoridades competentes o cuando se 
requiera derivar a otro especialista 
➔ Las notas deberán contener:
❏ Nombre completo del paciente, edad, sexo y en su caso número de cama 
o expediente.
❏ Fecha, hora, nombre de quien la elabora y firma
❏ Debe tener letra legible, en lenguaje técnico-médico, sin abreviaturas sin 
tachaduras y conservarse en buen estado 
NOM-013-SSA2-2015:
Objetivo: explicar y comprender los componentes necesarios 
para la prevención, detección y control de las enfermedades 
bucodentales. 
Para la prevención y control de enfermedades bucales
También las estrategias, técnicas operativas y medidas de 
control y vigilancia epidemiológica necesarias en materia 
de salud pública, que deben realizarse por todo el personal 
de salud y en todos los establecimientospara la atención 
médica y consultorios de los sectores público y privado.
La prevención de las enfermedades bucales en el ámbito individual debe orientarse:
❏ Mejorar hábitos higiénico-alimenticios
❏ Eliminación de hábitos nocivos funcionales y parafuncionales
❏ Cuidado integral de la cavidad bucal
❏ Uso adecuado de los fluoruros sistémicos y tópicos
❏ Diagnóstico temprano, tratamiento, rehabilitación y control de 
enfermedades, y las medidas y estrategias que ayuden a 
mantener la salud bucal y general del paciente
❏ Referir aquellos casos que requieran atención especializada
➔ Informar, orientar y capacitar a la población, para 
desarrollar hábitos, conductas y prácticas que 
favorezcan la salud bucal mediante medidas 
preventivas, de atención y control de las enfermedades 
bucales
➔ Enseñar la importancia de la salud bucal como parte 
de la salud integral de las personas
➔ Promover el autocuidado y cómo realizar el autoexamen bucal 
rutinario
➔ Realizar acciones de promoción de la salud bucal y prevención 
de enfermedades bucales, en cada cita, que acuda al consultorio 
de acuerdo al grupo de edad y con base a factores de riesgo, y 
deben seguir las indicaciones determinadas
NOM-229-SSA1-2002
Salud ambiental. Requisitos técnicos 
para las instalaciones, 
responsabilidades sanitarias, 
especificaciones técnicas para los 
equipos y protección radiológica en 
establecimientos de diagnóstico 
médico con rayos X
“La 229”
“SI EXISTE LA POSIBILIDAD 
DE QUE USTED SE 
ENCUENTRE EMBARAZADA, 
INFORME AL MÉDICO O AL 
TÉCNICO RADIÓLOGO ANTES 
DE HACERSE LA 
RADIOGRAFÍA”.
NOM-017-SSA2-2012
Establece los lineamientos y procedimientos de operación 
del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, así 
como los criterios para la aplicación de la vigilancia 
epidemiológica en padecimientos, eventos y situaciones 
de emergencia que afectan o ponen en riesgo la salud 
humana
“La 017”
NOM-030-SSA3-2013
Establece las características arquitectónicas para facilitar el acceso, 
tránsito, uso y permanencia de las personas con discapacidad en 
establecimientos para la atención médica ambulatoria y hospitalaria del 
Sistema Nacional de Salud.
“La 030”
Establece:
➔ Las características de los residuos peligrosos 
biológico-infecciosos 
➔ Las especificaciones de su manejo
➔ Los prestadores de servicios a terceros que tengan 
relación directa con ellos 
NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002
➔ Se define como residuos peligrosos a todos aquellos residuos por sus características corrosivas, 
reactivas, explosivas, tóxicas y biológico-infecciosos, que representan un peligro para el equilibrio 
ecológico o el ambiente.
➔ Agente biológico-infeccioso: cualquier microorganismo capaz de producir enfermedades cuando 
está presente en concentraciones suficientes.
➔ RPBI son aquellos materiales generados durante los servicios de atención médica que contengan 
agentes biológico-infecciosos 
Clasificación de los 
RPBI
➔ Sangre
➔ Utensilios desechables
➔ Tejidos/Órganos 
➔ Muestras biológicas
➔ Cadáveres
➔ Materiales de curación
Manejo de RPBI
Los generadores y prestadores de servicios deben:
1- Identificar los residuos y separarlos
2-Envasar los residuos generados
3-Almacenar temporalmente
4-Recolectar y transportar
5-Tratar
NORMA OFICIAL 
MEXICANA 
Sistemas de Información de 
Registro Electrónico para la 
Salud. Intercambio de 
Información en Salud, a fin de 
que se continúe con los 
trámites para su publicación 
en el Diario Oficial de la 
Federación, de conformidad 
con las disposiciones jurídicas 
aplicables.
Objetivo y campo 
de aplicación 
Esta Norma tiene por objeto 
regular los Sistemas de 
Información de Registro 
Electrónico para la Salud, así 
como establecer los 
mecanismos para que los 
Prestadores de Servicios de 
Salud del Sistema Nacional 
de Salud registren, 
intercambien y consoliden 
información.
NOM-024-SSA3-2012
NOM-009-SSA3-2013
En los establecimientos para la atención médica del Sistema Nacional de Salud, 
constituidos como campos clínicos para la prestación del servicio social de pasantes 
en medicina y estomatología; para los responsables de los programas de formación 
de recursos humanos para la salud en dichos establecimientos en el ámbito de su 
competencia
Educación en Salud
establecer los criterios mínimos para 
la utilización de los establecimientos 
para la atención médica de las 
instituciones del Sistema Nacional de 
Salud como campos clínicos para la 
prestación del servicio social de los 
pasantes de medicina y estomatología
OBJETIVO 
Campo de 
aplicacion 
Medidas sanitarias establecidas para evitar contagios por 
COVID-19
Medidas sanitarias establecidas para evitar contagios por 
COVID-19
Medidas sanitarias establecidas para evitar contagios por 
COVID-19
Medidas sanitarias establecidas para evitar contagios por 
COVID-19
Bibliografías:
➔ Andrea Badanian, Prof. Adj. Dr. (01 de Junio 2020). "Bioseguridad en odontología en tiempos de pandemia 
COVID-19". recuperado el 30 de Agosto del 2021, de Scielo (Extraído de la CDC). Sitio web: 
http://www.scielo.edu.uy/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1688-93392020000200004
➔ Secretaría de salud y Gobierno de México. (2002). Normas Federales mexicanas. recuperado el 27 de Agosto del 
2021, de DOF (Diario Oficial de la Federación) Sitio web: 
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5312893&fecha=04/09/2013
➔ Secretaría de Salud y Gobierno de México. (2010). Normas Federales mexicanas. recuperado el 27 de Agosto del 
2021, de CNDH México Sitio web: 
https://www.cndh.org.mx/documento/nom-005-ssa3-2010-que-establece-los-requisitos-minimos-de-infraestructura-y-e
quipamiento
➔ Secretaría de salud y Gobierno de México (2016) NORMA Oficial Mexicana NOM-013-SSA2-2015, Para la prevención 
y control de enfermedades bucales; DOF (Diario Oficial de la Federación): 
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5462039&fecha=23/11/2016 
➔ Secretaría de salud y Gobierno de México (2012) NORMA Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012, Del expediente 
clínico; DOF (Diario Oficial de la Federación): http://dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5272787 
➔
https://www.cndh.org.mx/documento/nom-005-ssa3-2010-que-establece-los-requisitos-minimos-de-infraestructura-y-equipamiento
https://www.cndh.org.mx/documento/nom-005-ssa3-2010-que-establece-los-requisitos-minimos-de-infraestructura-y-equipamiento
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5462039&fecha=23/11/2016
http://dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5272787
Preguntas 
1. De acuerdo a los equipos odontologicos mencionados en la NOM-005, ¿cuál de los siguientes 
tiene la función de esterilizar los instrumentos del odontólogo?
 
a) Abastecedor de agua. B) Autoclave. C) Arco de dique. D) Compresora de aire.
2. Según la NOM-005, ¿cómo debe de estar estructurado un consultorio de 
odontología/estomatología en cuanto a su infraestructura se refiere? 
Debe estar estructurado con áreas para el sillón dental y sus accesorios, un área para 
entrevistas y aparato de Rayos X, instalación eléctrica con contactos distribuidos para 
equipos instalados, instalación hidráulica con filtración de agua y compresora de aire.
3. ¿Que norma habla sobre la arquitectura para personas discapacitadas? 
030
4. ¿Que personas no pueden someterse a una radiografía? Las mujeres embarazadas
5. Cual es el objetivo de la NOM-009-SSA3-2013? establecer los criterios mínimos para 
la utilización de los establecimientos para la atención médica de las instituciones 
del Sistema Nacional de Salud como campos clínicos para la prestación del servicio 
social de los pasantes de medicina y estomatología.
6. ¿cual es el campo de aplicación de la NOM-024-SSA3-2012? Se aplica en todo el Sistema 
Nacional de Salud
7- ¿Qué es lo que nosotros debemos hacer con los RPBI? 
 Identificar, separar, envasar y almacenar los RPBI 
temporalmente hasta que los encargados de la recolección pasenpor ellos 
8- Menciona 3 ejemplos de RPBI

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