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1 DIPLOMADO VIRTUAL EN REVISORÍA FISCAL DIPLOMADO VIRTUAL EN REVISORÍA FISCAL Guía didáctica 1: Antecedentes y generalidades de la revisoría fiscal 2 DIPLOMADO VIRTUAL EN REVISORÍA FISCAL Se espera que, con los temas abordados en la guía didáctica del módulo 1: Antecedentes y generalidades de la revisoría fiscal, el estudiante logre la siguiente competencia específica: ➢ Conocer los antecedentes de la revisoría fiscal en Colombia. Los contenidos temáticos a desarrollar en la guía didáctica del módulo 1: Antecedentes y generalidades de la revisoría fiscal, son: Ilustración 1: contenidos temáticos de la guía. Fuente: autora. Antecedentes, alcance y cualidades de la revisoría fiscal Importancia de la revisoría fiscal Entes obligados a tener revisor fiscal 3 DIPLOMADO VIRTUAL EN REVISORÍA FISCAL La revisoría fiscal es una institución de origen legal y de carácter profesional a la cual le corresponde por ministerio de la ley, bajo la responsabilidad de un contador público, con sujeción a las normas que le son propias, vigilar integralmente a los entes revisados, dando fe pública de sus actuaciones. La Universidad del Cauca [Unicauca] (2003) indica que, en la Declaración Profesional No. 7 del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, se define la revisoría fiscal como: Un órgano de fiscalización que, en interés de la comunidad, bajo la dirección y responsabilidad del revisor fiscal y con sujeción a las normas de auditoría generalmente aceptadas, le corresponde dictaminar los estados financieros y revisar y evaluar sistemáticamente sus componentes y elementos que integran el control interno, en forma oportuna e independiente en los términos que le señala la ley, los estatutos y los pronunciamientos profesionales. [CTCP,1999]. (párr. 4) En la Circular Externa 115 del 21 de octubre de 2008, de la Superintendencia de Sociedades, se plasma el marco conceptual y normativo de la revisoría fiscal, indicando que esta: Desempeña un papel de especial importancia en la vida del país, a tal punto que una labor eficaz, independiente y objetiva, brinda confianza para la inversión, el ahorro, el crédito y en general contribuye al dinamismo y al desarrollo económico. [Especificando, así mismo, que la revisoría fiscal, como órgano privado de fiscalización] está estructurada con el ánimo de dar confianza a los propietarios de las empresas sobre el sometimiento de la administración a las normas legales y estatutarias, el aseguramiento de la información financiera, así como acerca de la salvaguarda y conservación de los activos sociales. (párr. 10) Tema 1: Definición de la Revisoría Fiscal 4 DIPLOMADO VIRTUAL EN REVISORÍA FISCAL Como se mencionó, la revisoría fiscal parte y se sustenta en un estándar de control de fiscalización, llevando a cabo un examen integrado e integral de los objetivos materiales de su supervisión y vigilancia. De manera que no simplemente se detiene en la detección de errores e irregularidades, sino que, adicionalmente, los pone en evidencia y propone su corrección, con el objetivo de identificar además a sus responsables. Partiendo de este compromiso, se pueden observar en la siguiente figura los principales componentes de la revisión fiscal: Ilustración 2: componentes de la revisoría fiscal. Fuente: autora. Antecedentes de la Revisión Fiscal en Colombia En los gremios artesanales de las sociedades de Antiguo Régimen se vio la necesidad de ejercer funciones de vigilancia y control por parte de la administración. Esto llevó a encontrar la manera de ejercer dichas funciones de manera periódica y con especial cuidado sobre todas las concesiones, monopolios y prebendas otorgadas a los habitantes, en especial, respecto a aquellas actividades que generaban rentas y beneficios económicos para el Estado. De esta manera se garantizaba que todos los órganos del Estado estuviesen funcionando de manera idónea. Con lo anterior se constituyó una rica tradición latina (derecho romano) respecto al control de la fiscalización. Tema 2: Antecedentes, Alcance y Cualidades de la Revisoría Fiscal Teórico Científico Práctica Social 5 DIPLOMADO VIRTUAL EN REVISORÍA FISCAL En Colombia, desde el siglo XIX, esta tradición y práctica del Antiguo Régimen comienza a ser usada por el empresariado nacional como normal o cotidiana. Precisamente, es a partir de allí que se mantuvo la independencia frente a la Administración1. Esta es una de las razones por las que la revisoría fiscal se ha ejercido, desde entonces, bajo otras denominaciones, como por ejemplo: comisario fiscal, interventor, inspector, comisario, revisor, hasta llegar a su nombre actual, siendo así reconocida mediante la Ley 58 de 1931. Elección del Revisor Fiscal Según el artículo 204 del Código de Comercio (decreto 410 de 1971), «la elección del revisor fiscal se debe hacer por la mayoría absoluta de la asamblea o de la junta de socios». En las siguientes sociedades se realizará así: • En las comanditarias por acciones, el revisor fiscal será elegido por la mayoría de votos de los comanditarios. • En las sucursales de sociedades extranjeras lo designará el órgano competente de acuerdo con los estatutos. 1 Todos estos hechos evidenciaron la improcedencia de su definición como órgano interno, especialmente porque no formaba parte de la estructura interna del ente. 6 DIPLOMADO VIRTUAL EN REVISORÍA FISCAL La representación de la revisoría fiscal es un apoyo de vital importancia para las entidades. Es usual cuando se trata de brindar apoyo a la vigilancia y control de estas (públicas y privadas), al igual que en el momento de ejercer inspección y control dentro de las sociedades mercantiles. En muchos casos, está referido expresamente al examen crítico, sistemático y detallado de los sistemas de información financiero, de gestión y legales; e, igualmente, a la supervisión de las áreas administrativas. Sin embargo, la razonabilidad e imparcialidad de los informes elaborados por los profesionales contables de esta disciplina se puede ver alterada por las circunstancias de tipo contractual o intereses: el testimonio y firma del revisor hará presumir legalmente que el proceso se encuentra bien (salvo que pueda probarse lo contrario), y se ajusta a los requisitos legales y lineamientos estatutarios establecidos por las empresas. Cabe anotar que toda la información en la cual se presume y se reflejan los saldos se toma de los libros contables. El estudio realizado por los revisores fiscales es de carácter descriptivo y en su desarrollo se hace un abordaje teórico, normativo y conceptual acerca del ámbito empresarial y de negocios, afrontando todas las normas contables, administrativas y legales; esta disciplina no está exenta de la incertidumbre que genera la crisis de valores que afronta un país como Colombia. Al final, se establece la discusión y la conclusión en una ética responsable en el control de los recursos monetarios de las Tema 3: Importancia de la Revisoría Fiscal 7 DIPLOMADO VIRTUAL EN REVISORÍA FISCAL empresas y en un apoyo más decidido a la labor de gestión gerencial en las organizaciones. Además, para el caso de la revisoría fiscal, cobra gran importancia el elemento normativo, dado que este tipo de ejercicio profesional se sustenta no solamente en conocimientos y procedimientos de tipo técnico, sino también en múltiples disposiciones legales, en especial en aquellas contenidas en las normas internacionales de auditoría —NIA—, el Código de Comercio, la Ley 43 de 1990, Ley 222 de 1995, el Decreto 2270 de 2019 y el 2170 de 2017, entre muchas otras, amén de múltiples resoluciones y circulares. Al analizar el control de estrategia o controlde sostenibilidad se caracteriza como control preventivo, que corresponde a la acción de prever la forma en que se afectarán las decisiones administrativas o los factores del entorno, a la organización en el futuro, para lo cual debe estar atento a informar oportunamente a los altos directivos sobre el impacto de estas decisiones, especialmente cuando observe que los efectos no sean favorables a los intereses de la compañía. En este campo, la oportunidad se entiende como la prevención de daño y su objetivo es coadyuvar a la viabilidad o continuidad de la organización. 8 DIPLOMADO VIRTUAL EN REVISORÍA FISCAL El artículo 203 del Código de Comercio (Decreto 410 de 1971) indica cuáles sociedades deben tener revisor fiscal: • Las sociedades por acciones: o Sociedades anónimas y sociedad en comandita por acciones. • Las sucursales de compañías extranjeras. • Las sociedades en las que, por ley o por estatutos, la administración no corresponda a todos los socios; cuando así lo disponga cualquier número de socios, excluidos los de la administración, que representen no menos del 20 % del capital. En estos casos no se tienen en cuenta el valor del patrimonio ni los ingresos de dicha sociedad. Sociedad por Acciones Simplificada A estas sociedades no aplica la revisoría fiscal, según el artículo 203 del Código de Comercio, así su capital esté compuesto por acciones, ya que es regulada por el artículo 28 de la Ley 1258 de 2008 y el artículo 1 del Decreto 2020 de 2009; en este caso se considera el parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 43 de 1990 o por disposición de la ley. Cuando esta cumpla con los topes de ingresos y patrimonio que la ley dispone o sea una empresa prestadora de servicios de salud y, adicionalmente, sea vigilada por la Superintendencia de Salud. La Sociedad de Responsabilidad Limitada Cuyo capital está compuesto por cuotas y no acciones al tenor del artículo 203 del Código de Comercio; este tipo de sociedades no están obligadas al momento de la constitución, sino en los topes de ingresos y activos toda vez que su capital no esté conformado por acciones sino por cuotas partes. Por lo anterior, las sociedades limitadas estarán obligadas a tener revisor fiscal una vez superen los topes de ingresos y patrimonio establecidos en la Ley 43 Tema 4: Entes Obligados a Tener Revisor Fiscal 9 DIPLOMADO VIRTUAL EN REVISORÍA FISCAL de 1990 o cuando una norma especial lo disponga en función a la actividad que desarrolle. Otras • Entidades sin ánimo de lucro, tales como: o Cooperativas; artículo 38 de la Ley 78 de 1998. o Fondos de empleados; artículo 41 del Decreto 1481 de 1989. o Entidades prestadoras de servicios de salud; artículo 228 de la Ley 100, incluye IPS vigiladas por la Supersalud. • Entidades financieras (vigiladas por la Superintendencia Financiera); artículo 79 del Estatuto Orgánico Financiero, artículo 20 de la Ley 45 de 1990. • De acuerdo con la Ley 43 de 1990, parágrafo 2 del artículo 13: Será obligatorio tener Revisor fiscal en todas las sociedades comerciales, de cualquier naturaleza, cuyos activos brutos a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior sean o excedan el equivalente de cinco mil salarios mínimos y/o cuyos ingresos brutos durante el año inmediatamente anterior sean o excedan al equivalente a tres mil salarios mínimos. (p. 8) Es decir: Activos. Quienes obtuvieron activos por valor de $ 4 389 015 000; ¿de dónde resulta esto? De multiplicar el salario mínimo en el año 2020 ($ 877 803 por 5000). Ingresos. Quienes obtuvieron ingresos por valor de $ 2 633 409 000; ¿de dónde resulta esto? De multiplicar el salario mínimo en el año 2020 $ 877 803 por 3000. Es importante tener en cuenta el salario del año anterior, es decir, para el año 2022 se tomaría el salario mínimo del año 2021: $ 908 526. 10 DIPLOMADO VIRTUAL EN REVISORÍA FISCAL ¡¡¡Recordemos!!! Ilustración 3: empresas obligadas a tener revisor fiscal. Fuente: Código de Comercio (Decreto 410 de 1971). Para todas aquellas entidades que pertenezcan al sector financiero, sometidas al control y vigilancia de la Superintendencia Financiera, están obligadas a tener revisor fiscal (según el artículo 20 de la Ley 45 de 1990): ✓ Bancos. ✓ Cooperativas integrales con sección de ahorro y crédito, entre otras. ✓ Cooperativas especializadas de ahorro y crédito. ✓ Cooperativas multiactivas con sección de ahorro y crédito. ✓ Sociedades fiduciarias. ✓ Corporaciones financieras, de ahorro y vivienda. Toda empresa o sociedad que por ley especial no deba tener revisor fiscal, deberá tenerlo si cumple estas condiciones: Activos brutos del año anterior iguales o superiores a 5000 salarios mínimos mensuales. Ingresos brutos del año anterior iguales o superiores a 3000 salarios mínimos mensuales. C o n fo rm e a l o p re c e p tu a d o p o r e l C ó d ig o d e C o m e rc io , e n s u a rt íc u lo 2 0 3 , s ie m p re e s ta rá n o b lig a d a s d e s d e s u c o n s ti tu c ió n l a s s ig u ie n te s s o c ie d a d e s : Las sociedades por acciones. Las sucursales de compañías extranjeras. Las sociedades en las que, por ley o por los estatutos, la administración no corresponda a todos los socios, cuando así lo disponga cualquier número de socios excluidos de la administración que representan no menos del 20 % del capital. Ley 43 de 1990 (Código de Comercio, art. 203). Las S. A. S. (sociedad por acciones simplificada) según el art. 1 —de acuerdo con lo establecido por el art. 28 de la Ley 1258 de 2008— únicamente estará obligada a tener revisor fiscal cuando: (i) reúna los presupuestos de activos o de ingresos señalados para el efecto en el parágrafo 2º del artículo 13 de la Ley 43 de 1990; o (ii) cuando otra ley especial así lo exija. 11 DIPLOMADO VIRTUAL EN REVISORÍA FISCAL ✓ Compañías de financiamiento (leasing, factoring, renting, etc.). Están obligadas a tener revisor fiscal todas las entidades sometidas a la vigilancia de la Superintendencia Nacional de Salud (Circular Externa 122 de 2001): ✓ EPS; Las entidades promotoras de salud. ✓ ESS; las empresas solidarias de salud. ✓ IPS; las instituciones prestadoras de salud (siempre y cuando cumplan los requisitos del artículo 203 del Código de Comercio y el art. 13, parágrafo 2, de la Ley 43 de 1990). ✓ Todas las entidades que pertenezcan al Sistema de Seguridad Social en Salud. Todos los entes pertenecientes al sector real y que están sometidos a la acción de la Superintendencia de la Economía Solidaria estarán obligados a tener revisor fiscal cuando el total de sus activos, al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, sean o excedan el equivalente a quinientos (500) SMMLV, según la Resolución 0041 de 2000. Las entidades que pertenecen al Estado pero que única y exclusivamente son: ✓ Sociedades de economía mixta. Y todas aquellas entidades que no son parte de las anteriormente mencionadas pero que están obligadas a tener revisores fiscales: ✓ Empresas de servicios públicos domiciliarios (Ley 142 de 1994, núm. 15). ✓ Propiedades horizontales mixtas o comerciales (Ley 675 de 2001, art. 56). ✓ Cajas de compensación familiar (Ley 21 de 1982, art. 48). ✓ Fondos ganaderos (Ley 363 de 1997, art. 16). ✓ Asociaciones de autores (Ley 23 de 1982, art. 271). ✓ Asociaciones gremiales agropecuarias (Decreto 829 de 1984, art. 29). ✓ Fondos mutuos de inversión (Decreto 2514 de 1987, art. 7). ✓ Las cámaras de comercio (Decreto 1520 de 1978). ✓ Asociaciones, fundaciones e instituciones de utilidad común (Decreto1529 de 1990, art. 3). ✓ Instituciones no oficiales de educación (Decreto 80 de 1980). 12 DIPLOMADO VIRTUAL EN REVISORÍA FISCAL ✓ Empresas comunitarias (Decreto 2073 de 1973). ✓ Corporaciones autónomas regionales (Ley 99 de 1993). 13 DIPLOMADOVIRTUAL EN REVISORÍA FISCAL Blanco, Y. (2018). Revisoría fiscal ejercida con normas internacionales de auditoría y aseguramiento. ECOE Ediciones. Circular Externa 034. (2006, 14 de agosto). Instrucciones para la Autorización de Posesión del Revisor Fiscal Principal y/o Suplente, reelección y anexos para el trámite. Superintendencia Nacional de Salud. https://incp.org.co/Site/2006/InfoINCP/t56A.htm Circular Externa 115-000011. (2008, 21 de octubre). Revisoría Fiscal. Superintendencia de Sociedades. https://www.supersociedades.gov.co/nuestra_entidad/normatividad/normativ idad_circulares/28996.pdf Circular Externa 122. (2001, 21 de septiembre). Precisiones en materia de ejercicio de la función de fiscalización. Diario oficial, año CXXXVII, nro. 44567. http://www.suin- juriscol.gov.co/clp/contenidos.dll/Circular/4000855?fn=document- frame.htm$f=templates$3.0 Decreto 410 de 1971. (1971). Por el cual se expide el Código de Comercio. Diario Oficial 33.339 de junio 16 de 1971. https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=41102 Franco, W., Moya, L., Gaitán, G., y Varón, L. (2019). Revisoría fiscal para pequeñas entidades – Parte I – Tipos de dictamen (Orientación Técnica No. 17). Consejo Técnico de la Contaduría Pública [CTCP]. https://www.ctcp.gov.co/publicaciones-ctcp/orientaciones- tecnicas/orientacion-revisoria-fiscal-parte-i-agosto-1-2019 Ley 43 de 1990. (1990, 13 de diciembre). Por la cual se adiciona la Ley 145 de 1960, reglamentaria de la profesión de Contador Público y se dictan otras disposiciones. Diario Oficial No. 39602. https://bibliotecadigital.ccb.org.co/bitstream/handle/11520/14007/Ley%2043 %20de%201990.pdf?sequence=1&isAllowed=y https://incp.org.co/Site/2006/InfoINCP/t56A.htm https://www.supersociedades.gov.co/nuestra_entidad/normatividad/normatividad_circulares/28996.pdf https://www.supersociedades.gov.co/nuestra_entidad/normatividad/normatividad_circulares/28996.pdf http://www.suin-juriscol.gov.co/clp/contenidos.dll/Circular/4000855?fn=document-frame.htm$f=templates$3.0 http://www.suin-juriscol.gov.co/clp/contenidos.dll/Circular/4000855?fn=document-frame.htm$f=templates$3.0 http://www.suin-juriscol.gov.co/clp/contenidos.dll/Circular/4000855?fn=document-frame.htm$f=templates$3.0 https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=41102 https://www.ctcp.gov.co/publicaciones-ctcp/orientaciones-tecnicas/orientacion-revisoria-fiscal-parte-i-agosto-1-2019 https://www.ctcp.gov.co/publicaciones-ctcp/orientaciones-tecnicas/orientacion-revisoria-fiscal-parte-i-agosto-1-2019 https://bibliotecadigital.ccb.org.co/bitstream/handle/11520/14007/Ley%2043%20de%201990.pdf?sequence=1&isAllowed=y https://bibliotecadigital.ccb.org.co/bitstream/handle/11520/14007/Ley%2043%20de%201990.pdf?sequence=1&isAllowed=y 14 DIPLOMADO VIRTUAL EN REVISORÍA FISCAL Ley 45 de 1990. (1990, 18 de diciembre). Por la cual se expiden normas en materia de intermediación financiera, se regula la actividad aseguradora, se conceden unas facultades y se dictan otras disposiciones. Diario Oficial No. 39607. https://normograma.sena.edu.co/normograma/docs/ley_0045_1990.htm Montaño, E. (2013). Control interno, auditoría y aseguramiento, revisoría fiscal y gobierno corporativo. Programa Editorial Universidad del Valle. Peña, J. M. (2017). Revisoría fiscal, una garantía para la empresa, sociedad y el Estado. ECOE Ediciones. Resolución 0041 de 2000. (2000, 21 de febrero). Por medio de la cual se fijan los requisitos y se establece el procedimiento para el control de legalidad de los actos de registro de los nombramientos de los órganos de Administración, Vigilancia y Control de las entidades del Sector Real. http://supersolidaria.gov.co/sites/default/files/public/normativa/resolucion_20 00_no.0041_0.doc Universidad del Cauca [Unicauca]. (2003). 3.2 Concepto de revisoría fiscal. http://fccea.unicauca.edu.co/old/tgarf/tgarfse16.html https://normograma.sena.edu.co/normograma/docs/ley_0045_1990.htm http://supersolidaria.gov.co/sites/default/files/public/normativa/resolucion_2000_no.0041_0.doc http://supersolidaria.gov.co/sites/default/files/public/normativa/resolucion_2000_no.0041_0.doc http://fccea.unicauca.edu.co/old/tgarf/tgarfse16.html 15 DIPLOMADO VIRTUAL EN REVISORÍA FISCAL Esta guía fue elaborada para ser utilizada con fines didácticos como material de consulta de los participantes en el diplomado virtual en REVISORÍA FISCAL del Politécnico de Colombia, y solo podrá ser reproducida con esos fines. Por lo tanto, se agradece a los usuarios referirla en los escritos donde se utilice la información que aquí se presenta. GUÍA DIDÁCTICA 1 M2-DV82-GU01 MÓDULO 1: ANTECEDENTES Y GENERALIDADES DE LA REVISORÍA FISCAL © DERECHOS RESERVADOS - POLITÉCNICO DE COLOMBIA, 2021 Medellín, Colombia Proceso: Gestión Académica Virtual Realización del texto: Enrique Gómez y Beatriz Gallo, docentes Revisión del texto: Comité de Revisión Diseño: Luisa Fernanda Serna, Comunicaciones Editado por el Politécnico de Colombia.
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