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Covid-19, en medio de la Crisis carcelaria 24/09/22021 Melissa Guerra Pinillos, Angie Vanessa Castiblanco, Valentina Lizarazo , Cristian Giuseppe Huertas, María Paula Herrera, Nathalia, Alexandra Riscanevo, Jeimmy Stefania Velandia, Karem Alejandra Páez, María Ángel Cárdenas, Sara Gabriela Monsalve, Lesly Maritza Cetina, Ana Camila Rivera, Mariana Acero Velandia, Angelly Sofia Gonzalez , Miguel Santiago Urrego, Sofia Sánchez No, está situación no ha sido superada, considerando que antes de que llegara la pandemia al país, en los establecimientos carcelarios ya existían estas precarias condiciones de las que el Webinar habla, como la falta de agua potable, médicos, y hacinamiento entre otros, entonces lo que sucede en el marco de la pandemia es incrementar la crisis, y poner a esta población, que de por si ya es vulnerable, en una condición de vulnerabilidad mucho más alta si tenemos en cuenta que las cárceles viene en siendo un foco terriblemente alto de contagio, y esto sin contar la falta de presencia estatal y medidas de regulación o planes de contingencia ante la crisis en establecimientos carcelarios. La llegada del COVID a las cárceles o centros de reclusión era una situación inminente o inevitable y pues claramente las instalaciones no cuentan con las medidas sanitarias de bioseguridad debido al hacinamiento. La Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec) aseguró que había garantizado la disponibilidad de elementos de aseo como gel antibacterial y jabón (7.102 litros) para el lavado y limpieza de manos. Así mismo, de 1.053 unidades de desinfección y esterilización representadas en alcohol convencional, detergente enzimático y alcohol glicerinado (12.800 litros). Además, indicó, que había asegurado el abastecimiento de medicamentos básicos para la atención de personas que puedan presentar síntomas relacionados con el Covid-19, con 908 unidades de analgésicos y antipiréticos, 62.526 unidades de antihistamínicos y 98.331 elementos de protección como batas, tapabocas convencionales, guantes y sábanas. Si, en ese patio tiene infraestructura para 900 reclusos, hay mas 3000, tienen que rentar colchonetas para poder dormir en el piso.. 1. Debemos empezar por la concientización, tan necesaria en un en un mundo donde se visibilizan las brechas de desigualdad, y adquiere mayor relevancia la llegada de la educación como derecho fundamental y social y como carta náutica para la comprensión de lo social, político y cultural. 2. Replantear y reformular las políticas como las de confinamiento y cuarentenas adoptadas en todo el mundo como respuesta ante la pandemia conllevan la restricción de movimientos, la reducción de las interacciones en la comunidad, el cierre de servicios y el empeoramiento de las condiciones socioeconómicas. Antes de presentarse esta pandemia había una crisis sanitaria por el hacinamiento en las cárceles y penitenciarias, hoy a causa del Covid-19 por un recluso que se contagie llenaría de muerte y desolación estos penales. También replantear, la política criminal en Colombia porque seamos sinceros es selectiva, pues tiende a perseguir y castigar a los miembros de las clases sociales más desfavorecidas, particularmente los hombres jóvenes, con bajos niveles educativos. Como consecuencia de una política criminal expansiva, autoritaria y selectiva, en las últimas tres décadas la capacidad de las prisiones en Colombia ha sido inferior al número de personas recluidas y hay una sobrepoblación de más de 48 %. La política criminal que se desarrolla en Colombia y todo su sistema político, que ve las cárceles como la única solución a cualquier problema social que se manifieste, y eso lo que genera es un incremento de penas, una disminución de garantías y lo que considero más grave, una criminalización constante de conductas, en este país todo da cárcel, pero el sistema penitenciario es insuficiente, así cualquier cárcel colapsa. Mientras ese sistema continúe, las cárceles seguirán siendo lugares de tortura y horror que no cumplen ninguna labor de resocialización. 3. Ahora, necesitamos proteger y mitigar la vulneración de los Derechos humanos es un hoyo negro que como sociedad hemos alimentado y como Estado patrocinado, la misma Corte Constitucional, estipulo en las sentencias T-153 de 1998, T-388 de 2013 y T-762 de 2015 que el fenómeno del hacinamiento crónico del sistema penitenciario y carcelario colombiano ha sido el gran motor de la mayoría de sus problemas estructurales. La sensación constante de “crisis”, la violencia en las cárceles, la precariedad del tratamiento penitenciario, la insuficiencia permanente de infraestructura y servicios, y la urgencia correlativa de construir más prisiones como única respuesta a la crisis, ha dado como resultado un estado de cosas inconstitucional caracterizado por la violación sistemática y masiva de los derechos humanos de los presos, atribuible a la falta de acción efectiva del Estado colombiano y a una política criminal reactiva, represiva y autoritaria. Es necesario concientizarnos que a pesar de que esta crisis carcelaria se ha tratado mediante una cuestión normativa, de parágrafos y de incisos; sabiendo que de lo que se trata es de un indiscutible estado de necesidad, donde lo que hay de por medio son seres humanos que están privados de la libertad. 4. Entender la pandemia como un problema de salud pública y no de seguridad pública. “Si la pandemia de Covid-19 es entendida como una grave emergencia de salud pública, las acciones de Estado deben ir encaminadas a prevenir y mitigar la propagación de la epidemia entre la población privada de la libertad (particularmente entre aquella que presente mayores riesgos de salud), así como del cuerpo de custodia y vigilancia, personal administrativo y todas aquellas personas que trabajan o prestan servicios en las cárceles, además de las comunidades que tienen vínculos con todas estas personas”. 5. Implementar medidas eficaces para reducir de manera sustancial la población reclusa, no solo durante la pandemia sino en el mediano y largo plazo, como una forma de enfrentar el problema estructural del hacinamiento. Lo primero es determinar, en cada establecimiento de reclusión, y no simplemente de forma global, cuántas personas deben ser liberadas para que las que permanezcan detenidas puedan recibir un tratamiento de salud adecuado y para que se puedan implementar protocolos de bioseguridad, de distanciamiento social y de aislamiento de contagiados o casos sospechosos, así como realizar tests masivos a la población privada de la libertad. Con este fin, frente a cada establecimiento de reclusión se deben considerar factores relevantes como su nivel de hacinamiento, el perfil de la población privada de la libertad, la infraestructura y condiciones físicas del establecimiento, el flujo de ingresos, entre otros. Con miras a garantizar la protección de la seguridad pública (sin sacrificar el derecho a la salud y la vida de la población privada de la libertad) se puede priorizar, dentro de los grupos más vulnerables de población, a los sindicados sobre los condenados, y, dentro de estos últimos, a quienes se considere que no representan un riesgo concreto para la seguridad pública o que representan un riesgo muy bajo. 6. Eliminar o modificar las trabas legales que dificultan la aplicación eficaz de las medidas de liberación de la población privada de la libertad en el contexto de emergencia. 7. Apoyar a las personas liberadas y a las comunidades que las reciben. En conclusión, es diseñar una política criminal y penitenciaria que se enfoque en varios aspectos, entre estos: prevenir el delito (más que reprimirlo), redimensionar el sistema penitenciario y carcelario (en lugar de expandirlo) y reducir drásticamente el uso de la detención preventiva. https://www.elcolombiano.com/colombia/hacinamiento- juega-en-contra-de-carceles-ante-el-covid-19- GG12726231 https://derecho.uniandes.edu.co/sites/default/files/covi d19-y-crisis-estructural-de-prisiones-en-Colombia.pdf https://www.wola.org/es/analisis/aliviar-el-hacinamiento-carcelario/ https://www.amnesty.org/es/latest/press- release/2021/03/prisoners-forgotten-in-covid-19- pandemic-as-crisis-grows-in-detention-facilities/ https://publications.iadb.org/publications/spanish/docu ment/Las-carceles-de-America-Latina-y-el-Caribe- ante-la-crisis-sanitaria-del-COVID-19.pdf https://www.elcolombiano.com/colombia/hacinamiento-juega-en-contra-de-carceles-ante-el-covid-19-GG12726231 https://derecho.uniandes.edu.co/sites/default/files/covid19-y-crisis-estructural-de-prisiones-en-Colombia.pdf https://www.wola.org/es/analisis/aliviar-el-hacinamiento-carcelario/ https://www.amnesty.org/es/latest/press-release/2021/03/prisoners-forgotten-in-covid-19-pandemic-as-crisis-grows-in-detention-facilities/ https://publications.iadb.org/publications/spanish/document/Las-carceles-de-America-Latina-y-el-Caribe-ante-la-crisis-sanitaria-del-COVID-19.pdf
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