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UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA AMAZONIA PERUANA FACULTA DE INGENIERIA QUIMICA Curso Salud y seguridad industrial y laboral Tema Monografía sobre OHSAS 18001:2007. Ciclo de Deming y Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo INDICE 1. INTRODUCCION. 2. LA NORMA OHSAS 18001 Y LA LEGISLACIÓN SOBRE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL. 3. LA POLÉMICA ISO 18000 – OSHAS 18001 – DIRECTRICES DE LA OIT 4. SITUACIÓN ACTUAL DE DISYUNTIVA ENTRE OHSAS 18001 Y LAS DIRECTRICES DE LA OIT 5. DIFERENCIAS MÁS SIGNIFICATIVAS ENTRE OHSAS 18001 Y LAS DIRECTRICES DE LA OIT 6. PRINCIPIOS DE LA NORMA 7. LEGISLACIÓN Y NORMA OHSAS 18001 8. EL CICLO DE DEMING 9. LA LEY 29783 DE PERÚ 10. IMPLEMENTACIÓN DE LA NORMA OHSAS 18001 11. ESTRUCTURA DE LA NORMA 12. LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 13. PRINCIPIOS 14. ANEXOS 15. CONCLUSIONES 16. BIBLIOGRAFIA Introducción Desde hace tiempo ha existido la inquietud del mundo empresarial por demostrar su compromiso con la seguridad y la salud ocupacional de sus trabajadores contratados, es así como en 1998 se reúne un grupo de organismos certificadores de 15 países de Europa, Asia y América para crear la primera norma para la certificación de un sistema de seguridad y salud ocupacional que tuviera un alcance global, es así como nace la Norma OHSAS 18.001, que son una serie de estándares internacionales relacionados con la seguridad y salud ocupacional, y cuyo desarrollo se basó en la directriz BS 8800 (Britsh Standar). La Norma OHSAS 18.001, fue publicada oficialmente por la British Standars Institution y entró en vigencia el 15 de abril de 1999. La Norma OHSAS 18.001, entrega los requisitos para que una organización implemente un sistema de seguridad y salud ocupacional y la habilita para que fije su propia política y objetivos de seguridad y salud ocupacional, tomando en consideración los requisitos legales aplicables y el control de los riesgos de seguridad y salud ocupacional provenientes de sus actividades. La Norma OHSAS 18.001 ha sido concebida para ser compatible con las Normas ISO 9.001 e ISO 14.001, de tal forma de facilitar la integración de los sistemas de gestión de calidad, medio ambiente, seguridad y salud ocupacional LA NORMA OHSAS 18001 Y LA LEGISLACIÓN SOBRE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL La implementación de un Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) basado en un estándar reconocido internacionalmente como la norma OHSAS 18001:2007 en cualquier organización, sea cual sea su tamaño, país de origen o sector supone añadir valor a la misma y generar una ventaja competitiva: dos elementos fundamentales en una economía tan globalizada y competitiva como la actual. Ventajas de la OHSAS 18001 La correcta y eficaz gestión de los riesgos y de la salud de sus trabajadores permite a las empresas alcanzar una serie de beneficios fundamentales para aumentar su productividad y mejorar su imagen tanto interna (entre los propios trabajadores, proveedores y otros grupos de interés) como externa (clientes potenciales y reales y la sociedad en su conjunto). De forma sintetizada, estos beneficios son los siguientes: ❖ Disminución de la siniestralidad laboral a través de la identificación, evaluación, análisis y control de los riesgos asociados a cada puesto de trabajo. De esta forma se evitan las causas que originan los accidentes y enfermedades profesionales, lo cual redunda en un aumento de la rentabilidad y productividad de las organizaciones. ❖ Percepción de un entorno más seguro por parte de trabajadores y grupos de interés, como los proveedores y los sindicatos. Esta es una línea de actuación que conlleva un aumento del bienestar y satisfacción de los empleados, posibilitando la fidelidad y retención de los miembros del equipo de trabajo más capaces y talentosos. ❖ Ahorro de costos por bajas laborales, sustituciones e interrupciones innecesarias, consiguiendo así una fluida continuidad del negocio. ❖ La adopción de una norma como la OHSAS 18001, que fundamenta los Sistema de Gestión y Seguridad y Salud en el Trabajo permite cumplir con la legislación vigente en cada país y sector, lo que implica la eliminación o reducción considerable de multas y sanciones administrativas derivadas de su incumplimiento. LA POLÉMICA ISO 18000 - OSHAS 18001 - DIRECTRICES DE LA OIT Desde hace unos años se viene polemizando en nuestro contexto de la prevención de los riesgos laborales y también en el de los sistemas de gestión, sobre la hoy día inexistente norma ISO 18000, de forma que unos apoyan una norma hegemónica de tipo internacional y otros la existencia de diferentes modelos que se adapten a los distintos países, actividades, y tipos de organizaciones en las que se vaya a implantar el sistema de gestión de seguridad y salud. Realmente la guerra no se libra en cuanto a la mejor o peor calidad técnica de unos u otros modelos o especificaciones, sino que en el fondo lo que se observa es el apoyo de unos y la oposición de otros a que se imponga de forma generalizada una especificación técnica sobre gestión de la seguridad y salud, impulsada por su carácter de reconocido prestigio internacional y por la posibilidad de certificación por tercera parte. En cuanto a la certificación por tercera parte, el mercado lo resuelve en cierta medida mediante la certificación no acreditada o el otorgamiento de sellos de garantía, como ha venido sucediendo con guías, estándares, o incluso modelos de gestión no certificables, véase Guía BS 8800 o incluso EFQM. Otro asunto es el reconocido prestigio internacional, incuestionable en las normas ISO. Así, resulta bastante realista pensar que una norma ISO 18001 especialmente si es certificable, nos conduciría a un escenario en el que las empresas más grandes siguiendo los pasos ya dados con ISO 9001 e incluso ISO 14001, demandarían su implantación y certificación a suministradores y proveedores, y esto podría llevarnos en la práctica a su "exigencia" en muchos ámbitos por razones de mercado, no por imposición legal. En este sentido, los detractores de una norma ISO 18001 argumentan tantas razones como aquellos que están a su favor, obviamente resulta innegable que detrás de toda esta polémica se esconden intereses de mercado que mantienen viva la cuestión. Así, se argumenta en contra: la imposibilidad de garantizar y certificar la excelencia de la seguridad y salud de los trabajadores como si fuese la excelencia de un producto; el cansancio y saturación de las empresas en la implantación y certificación de un nuevo sistema de gestión y el consiguiente aumento de costes de forma innecesaria; la posible adquisición de "complacencia" de dichos certificados sin el correlativo nivel de seguridad y salud en los lugares de trabajo; las diferencias entre las distintas legislaciones de todo el mundo con la consiguiente imposibilidad de flexibilidad que le sería exigida; y como cuestión sobresaliente la posibilidad de convertirse en una verdadera barrera técnica al libre comercio, en la práctica un obstáculo para el desarrollo de acuerdos como el GATT/WTO. Por otro lado es obvio que la implantación generalizada de una norma de estas características facilitaría: la gestión de la prevención de riesgos laborales en las empresas que operan en distintos ámbitos geográficos del mundo; la gestión entre distintas empresas implicadas entre sí en cuestiones de trabajo; y la integración del sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales con los ya certificados o implantados de calidad ISO 9001 y medioambiente ISO 14001. Respecto a la integración, conviene recordar que con una sola norma de sistemas integrados de calidad, prevención y medio ambiente, se reducirían bastantes costes a las empresas. Lógicamente,tanto quienes están a favor de una ISO 18000 como quienes están en contra, coinciden en que en primer lugar y en cualquier caso, es necesario cumplir la extensa legislación aplicable, aunque sus detractores argumentan que en muchos casos, como ocurre por ejemplo en la Unión Europea, la legislación en prevención de riesgos laborales supone de hecho la exigencia de implementar un sistema de gestión al respecto, por lo que no es necesario implantar una norma y mucho menos certificarla. SITUACIÓN ACTUAL DE DISYUNTIVA ENTRE OHSAS 18001 Y LAS DIRECTRICES DE LA OIT El hecho es que hoy día no existe una norma ISO 18000, muy probablemente porque algunos importantes países industrializados no cuentan aún con su propia norma al respecto, como Estados Unidos o Japón, razón por la que en la actualidad esta guerra se libra entre aquellos que apoyan la especificación técnica OHSAS 18001, y aquellos que están a favor de las Directrices de la OIT o simplemente de implantar el sistema de gestión legal exigible. Para resumir los acontecimientos que nos han llevado hasta aquí, diremos de forma breve que en 1997 un año después de la publicación de la norma experimental UNE 81900 y de la Guía BS 8800, ISO decidió que el organismo adecuado para desarrollar una norma de gestión de seguridad y salud era la OIT, así la OIT encargó un estudio a la IOHA sobre los sistemas de gestión relacionados y de referencia, a partir del cual se desarrollaron las actuales Directrices de la OIT de 2001. Entre tanto hubo cambios de sensibilidad en el seno de algunos organismos de normalización, a tenor de la respuesta del mercado al respecto, de forma que algunos de ellos (entre otros AENOR) y algunas empresas de certificación, crearon un consorcio liderado por el BSI que desarrolló las actuales especificaciones OHSAS 18001/2 como medida de presión al respecto y para satisfacer a aquellos clientes que así lo demandaban. Tras esto, en 2000 se propuso en ISO la creación de un Comité Técnico de Gestión sobre la cuestión, pero se perdió la batalla. Básicamente la especificación OHSAS, que tiene la determinación de desaparecer en el momento en que se publique una norma ISO 18000, presenta los objetivos de facilitar al máximo la integración y la compatibilidad con las normas ISO 9001 e ISO 14001, así como la certificación por tercera parte. Por su lado las Directrices de la OIT indican textualmente que "su aplicación no exige certificación", pero no excluyen literalmente dicha posibilidad, aunque es evidente su enfoque a favor de los sistemas "voluntarios", entendido este término en su sentido no literal. Las Directrices están redactadas para facilitar la flexibilidad de adaptación a los distintos tipos de organizaciones, actividades y países, de forma que aconsejan a los estados crear sus propios marcos nacionales adecuados al respecto, incluso redactando sus propias Directrices Nacionales y Específicas para determinados sectores de actividad, tamaño, etc. También presentan el objetivo de facilitar la integración dela gestión de la seguridad y salud en la gestión general de la empresa. Siendo esta la situación, los acontecimientos se han ido acelerando, así según Juan Raul Gómez Obele, Coordinador de Seguridad Industrial y Protección Ambiental de PEMEX en Méjico, en declaraciones aparecidas en el último monográfico de Mapfre Seguridad, la norma NMX-SAST-001-IMNC adaptada de la OHSAS 18001 e incorporada en Méjico, "es certificable y de obligado cumplimiento". También Clive Stallwood, Director de Desarrollo de Productos de la British Standars Institution y miembro de OHSAS, se asombraba de que OHSAS 18001 "sea prácticamente obligatoria en Sudamérica". Por otro lado, en Portugal está en fase de revisión la norma NP 4397/2001 que básicamente es la especificación OHSAS 18001, de manera que la administración portuguesa va a intentar impulsar la certificación de la misma. Para esto va a poner en marcha cuatro programas de apoyo a las empresas que quieran certificar sus sistemas de gestión de acuerdo a dicha norma. Así se van a incluir ayudas a las empresas para la certificación de dicha implantación, tanto técnicas como económicas, incluso con importantes incentivos que pueden incluir reducciones hasta del 20% en las cotizaciones a la Seguridad Social y la exención del pago de las primas anuales de seguros a las empresas que tengan sus sistemas de gestión certificados, con facilidades para la contratación en concursos públicos. Sin embargo, los institutos de seguridad de la mayor parte de la Unión Europea, creen que no es conveniente la existencia de sistemas normalizados certificables, mientras que los organismos de certificación, están a favor de los mismos. Por otro lado, países como Alemania, Finlandia, Corea, Brasil, Vietnam, India, Polonia, Rusia, Tailandia, Japón (mediante JISHA), China (cuya traducción literal de las Directrices de la OIT casi al 100%, tiene objetivos de certificación), etc, han traducido a sus idiomas las Directrices de la OIT, mientras que en otros muchos países se están realizando seminarios y reuniones de expertos para crear el marco adecuado al respecto, y otros están modificando sus normas nacionales teniendo en cuenta las Directrices de la OIT, como Gran Bretaña con la BS 8800, Indonesia, etc. En este estado de la cuestión, merece la pena destacar el hecho de que en la actualidad la American Industrial Hygiene Association se encuentra elaborando el documento ASC-Z10 como borrador de la que en un futuro no muy lejano se convertirá en una norma ANSI norteamericana de aplicación voluntaria (no exigible legalmente) y que aún no se sabe si será certificable por tercera parte. En cualquier caso y aunque según fuentes de la AIHA se descarta el apoyo a la especificación OHSAS, es obvio que el desarrollo de una norma ANSI podría cambiar el rumbo de los acontecimientos respecto de la hipotética ISO 18000. Curiosamente, en estos momentos también parece que existe la voluntad, no del todo clara y quizás algo tardía, de superar la fase experimental de la norma UNE 81900 en España. DIFERENCIAS MÁS SIGNIFICATIVAS ENTRE OHSAS 18001 Y LAS DIRECTRICES DE LA OIT ¿Qué diferencia a la especificación técnica OHSAS 18001 de las Directrices de la OIT? Realmente las diferencias no son importantes, ni tampoco existen grandes diferencias con otras normas como la experimental UNE 81900 u otras similares. Si, claro está, si nuestra empresa encara un proceso de implantación y posterior certificación de nuestro sistema, tendremos que leer con detenimiento la letra escrita, ya conocemos el proceso de certificación de otros sistemas y sabemos que podemos encontrarnos con una no conformidad más o menos grave en algún que otro aspecto requerido. Sin embargo, la filosofía de mejora continúa, que también está implícita en la legislación de muchos países, es el denominador común, y todos van a exigir el establecimiento de objetivos y metas y de una política en seguridad y salud, la organización adecuada al respecto, la definición de funciones y responsabilidades, la evaluación de riesgos y la planificación de las actividades, la evaluación y revisión de la gestión, la orientación al cliente, y la formación y participación como principios rectores, además de la sistematización de la gestión. No obstante, algunas de las diferencias formales más significativas son las siguientes: La especificación OHSAS presenta un mayor nivel de exigencia en su redacción, como podemos observar del uso del imperativo "debe" o "deberá", frente a un uso bastante importante del condicional "debería" en las Directrices. Los requisitos respecto a la vigilancia de la salud quedan únicamente de forma implícita recogidos en la OHSAS, mientras que el tratamiento que hace las Directrices resulta mucho más explícito. La redacción de las Directrices de la OIT presenta algunos requerimientos quizás redundantes, fruto de las dificultades propias del proceso de consensotripartito origen de las mismas. Las referencias y exigencias de participación de los trabajadores son mayores en las Directrices de la OIT. Las Directrices dedican un punto de las mismas a la mejora continua, dándole mediante el punto 3.16.2 un enfoque competitivo a la gestión en el sentido de animar a la organización a llevar a cabo comparaciones de los procedimientos y los resultados con otras organizaciones. Por otro lado conviene indicar que la especificación OHSAS 18001 ha sido desarrollada junto con la guía para su implantación OHSAS 18002, aunque se hecha en falta la especificación OHSAS 18003 (aún sin desarrollar) sobre las auditorías, sobre todo de cara a la creación del adecuado marco de acreditación de auditores y certificadores, si bien se hace referencia a las normas ISO de auditoría de calidad y medioambiente y al anexo F de la Guía BS 8800. Mientras tanto las Directrices de la OIT no disponen de una guía para su implantación ni de una especificación para las auditorías, como le recomendó la IOHA, aunque su redacción es menos sintética que en OHSAS. PRINCIPIOS DE LA NORMA El estándar OHSAS 18001 ha sido desarrollado por las principales certificadoras del mundo a partir de los criterios establecidos por la British Standard BS 8800. Con el objeto de ser compatible con las normas sobre sistemas de gestión ISO 9001 e ISO 14001, la OHSAS 18001 comparte sus principios comunes: ➢ Compromiso de toda la organización. ➢ Cumplimiento de la normativa legal. ➢ Se fundamenta en la metodología de la mejora continua y el ciclo PDCA (Plan– Do– Check– Act), conformado por las siguientes etapas: · PLAN (Planificar): Establecer los objetivos y procesos necesarios para obtener el resultado acorde a la política de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) de la organización. · DO (Hacer): Ejecutar el plan a través de la recogida de datos para su empleo en las siguientes etapas. · CHECK (Verificar): Efectuar un seguimiento y la medición de lo realizado, ver hasta qué punto y en qué medida ha conseguido la dirección cumplir con su deber de garantizar la SST, así como informar sobre los resultados logrados. · ACT (Actuar): Llevar a cabo las acciones para la mejora del SGSST. Es la etapa que cierra el ciclo dando paso a uno nuevo y que supone la implantación real del concepto de la mejora continua. LEGISLACIÓN Y NORMA OHSAS 18001 La norma OHSAS se fundamenta en la legislación, normativa y mandatos legales de los distintos países y sectores, siendo sus principales referencias: ➢ Las normativas y especificaciones técnicas de cada sector laboral. ➢ Las Leyes de Prevención y Riesgos laborales de cada país. ➢ Los Institutos de Seguridad e Higiene de los distintos países y regiones. ➢ Las normas internacionales. EL CICLO DE DEMING El Ciclo Deming es un sistema muy utilizado en la actualizar para la implantación de planes de mejora continua. Hoy en día para que una empresa se mantenga a flote en un entorno competitivo y con cambios constantes, todo pasa por mejorar la calidad de sus procesos constantemente. ¿Qué es el ciclo Deming? Las organizaciones deben configurar planes de gestión y mejora continua con los que consigan mejorar su competitividad y calidad de sus procesos, reduciendo costes y fallos, optimizando la productividad y eliminando riesgos. El ciclo Deming es el sistema más utilizado para implantar dicho plan de mejora continua. Recibe el nombre de Edwards Deming, quien fue su principal impulsor, pero también se conoce como ciclo PHVA que son las siglas de Planificar, Hacer, Verificar y Actuar, o PDCA en inglés (Plan, Do, Check, Act). Etapas del ciclo Deming El ciclo Deming está compuesto por cuatro etapas, de manera que, al finalizar la última de ellas comienza la primera de nuevo. Esto permite que la actividad sea evaluada una y otra vez periódicamente incorporando nuevas mejoras. Dichas cuatro etapas son las siguientes: PLAN (Planificar) Esta fase es la más influyente. Mediante métodos como la realización de grupos de trabajo, encuestas entre los trabajadores y búsqueda de nuevas tecnologías, debemos definir: • El problema o actividad que mejorar. • Los objetivos que alcanzar. • Los indicadores de control. • Los métodos y herramientas para llevarlo a cabo. Algunas de estas herramientas de planificación pueden ser: • Diagrama de Gantt: planificación y seguimiento de actividades y proyectos. • Método de diseño intuitivo Poka-yoke: diseño a prueba de errores. • AMFE: análisis modal de fallos y efectos. • Lluvia de ideas (brainstorming): participación de todas las partes implicadas. DO (Hacer) Se lleva a cabo lo determinado en el plan, en la mayoría de los casos mediante una prueba piloto. Esta fase incluye: • Verificar y aplicar las correcciones planificadas. • Introducir las modificaciones al plan inicial si el resultado de las correcciones no ha sido positivo. • Registrar lo desarrollado y los resultados obtenidos. • Formar al personal que deba aplicar las soluciones desarrolladas. CHECK (Controlar) Se comprueba si la mejora implantada ha alcanzado el objetivo mediante herramientas de control como Diagrama de Pareto, Check lists o KPI’s. Debemos controlar las causas críticas como la calidad del producto o la forma de operar de máquinas y equipos. ACT (Actuar) Es la última de las fases y en ella se debe ajustar el plan de mejora. Se normaliza la solución al problema y se establecen las condiciones para mantenerlo. Si se ha alcanzado el objetivo en la prueba piloto, se implantará de forma definitiva. En caso contrario se examinará el desarrollo para descubrir errores y empezar un nuevo ciclo PDCA. De esta forma se cierra el ciclo y se realimenta volviendo a la primera fase. Herramientas del ciclo Deming Para aplicar los principios del ciclo Deming se usan herramientas de mejora. Estas herramientas buscan puntos débiles en los procesos, productos y servicios. Algunas de estas herramientas son: • Análisis de valor: método para aumentar el valor de un producto o servicio. • Método Kaizen: busca la mejora en todos los aspectos de la organización. Como el método de las 5S. • Diagrama de afinidad: recopilar ideas y asuntos a mejorar y agrupar las ideas afines. • Los cinco porqués: método que se basa en la realización de preguntas para relacionar causas- efectos que generan un problema en particular. Tanto en la norma ISO 9001 como en la ISO 14001 se nombra explícitamente el Ciclo PDCA al hablar de la mejora de la gestión continua de calidad y gestión medioambiental respectivamente. El ciclo Deming es, en conclusión, una ayuda fundamental para una empresa que quiera desarrollar un sistema de gestión y mejora continua que contribuya a prosperar y tener futuro. LA LEY 29783 DE PERÚ La Ley 29783 sitúa a Perú en situación de vanguardia, dentro de los países de la región, en materia de SST. Es una normativa creada para intentar rebajar la elevada cifra de accidentes laborales que se venían produciendo en los últimos años Esta Ley considera que el principal instrumento clave en materia de prevención se encuentra en fomentar la concienciación de todos los integrantes de una empresa (directivos y empleados). Por este motivo, se persigue que las organizaciones se identifiquen, evalúen, prevengan y comuniquen los posibles riesgos a todos los trabajadores. El Reglamento de la ley, publicada en el año 2013 remarca que los empleados tienen el derecho a estar informados en todo momento de cualquier actividad que suponga un riesgo para su persona. Para conseguir sus objetivos, la Ley 29783 obliga a llevar a cabo una serie de cambios, no solo de infraestructuras y logísticos, sino también organizativos: más participación en las organizaciones sindicales o mayor dureza a nivel de sanciones. En general, las obligaciones de los empresarios sonlas siguientes: creación de mapas de riegos, gestión de cursos y formación de los trabajadores, auditorías obligatorias, velar por la salud de los empleados, etc. http://www.trabajo.gob.pe/archivos/file/SNIL/normas/2011-08-20_29783_1669.pdf http://www.trabajo.gob.pe/archivos/file/SNIL/normas/2011-08-20_29783_1669.pdf IMPLEMENTACIÓN DE LA NORMA OHSAS 18001 ESTRUCTURA DE LA NORMA ESTRUCTURA DEL ESTÁNDAR OHSAS 18001:2007 1. Objeto y campo de aplicación 2. Publicaciones para consulta 3. Términos y definiciones 4. Requisitos del sistema de gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo 4.1. Requisitos generales 4.2. Política de SST 4.3. Planificación 4.3.1. Identificación de peligros, evaluación y control de riesgos 4.3.2. Requisitos legales y otros requisitos 4.3.3. Objetivos y Programas 4.4. Implementación y operación 4.4.1. Recursos, funciones, responsabilidad y autoridad 4.4.2. Competencia, formación y toma de conciencia 4.4.3. Comunicación, participación y consulta 4.4.3.1. Comunicación 4.4.3.2. Participación 4.5. Verificación 4.5.1. Seguimiento y medición del desempeño 4.5.2. Evaluación del cumplimiento legal 4.5.3. Investigación de incidentes, no conformidades y acción correctiva y preventiva 4.5.3.1. Investigación de incidentes 4.5.3.2. No Conformidades y acción correctiva y preventiva 4.5.4. Control de registros 4.5.5. Auditoría Interna 4.6. Revisión por la Dirección Anexo A (Informativo) Correspondencia entre OHSAS 18001:2007 y las Normas ISO 14001:2004 e ISO 9001:2000. Anexo B (Informativo) Correspondencia entre OHSAS 1001, OHSAS 18002 e ILO-OSH: 2001 Directrices relativas a los sistemas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo . LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PRINCIPIOS I. PRINCIPIO DE PREVENCIÓN El empleador garantiza, en el centro de trabajo, el establecimiento de los medios y condiciones que protejan la vida, la salud y el bienestar de los trabajadores, y de aquellos que, no teniendo vínculo laboral, prestan servicios o se encuentran dentro del ámbito del centro de labores. Debe considerar factores sociales, laborales y biológicos, diferenciados en función del sexo, incorporando la dimensión de género en la evaluación y prevención de los riesgos en la salud laboral. II. PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD El empleador asume las implicancias económicas, legales y de cualquier otra índole a consecuencia de un accidente o enfermedad que sufra el trabajador en el desempeño de sus funciones o a consecuencia de el, conforme a las normas vigentes. PRINCIPIO DE COOPERACIÓN El Estado, los empleadores y los trabajadores, y sus organizaciones sindicales establecen mecanismos que garanticen una permanente colaboración y coordinación en materia de seguridad y salud en el trabajo. IV. PRINCIPIO DE INFORMACIÓN Y CAPACITACIÓN Las organizaciones sindicales y los trabajadores reciben del empleador una oportuna y adecuada información y capacitación preventiva en la tarea a desarrollar, con énfasis en lo potencialmente riesgoso para la vida y salud de los trabajadores y su familia. V. PRINCIPIO DE GESTIÓN INTEGRAL Todo empleador promueve e integra la gestión de la seguridad y salud en el trabajo a la gestión general de la empresa. VI. PRINCIPIO DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA SALUD Los trabajadores que sufran algún accidente de trabajo o enfermedad ocupacional tienen derecho a las prestaciones de salud necesarias y suficientes hasta su recuperación y rehabilitación, procurando su reinserción laboral. VII. PRINCIPIO DE CONSULTA Y PARTICIPACIÓN El Estado promueve mecanismos de consulta y participación de las organizaciones de empleadores y trabajadores más representativos y de los actores sociales para la adopción de mejoras en materia de seguridad y salud en el trabajo. VIII. PRINCIPIO DE PRIMACÍA DE LA REALIDAD Los empleadores, los trabajadores y los representantes de ambos, y demás entidades públicas y privadas responsables del cumplimiento de la legislación en seguridad y salud en el trabajo brindan información completa y veraz sobre la materia. De existir discrepancia entre el soporte documental y la realidad, las autoridades optan por lo constatado en la realidad. IX. PRINCIPIO DE PROTECCIÓN Los trabajadores tienen derecho a que el Estado y los empleadores aseguren condiciones de trabajo dignas que les garanticen un estado de vida saludable, física, mental y socialmente, en forma continua. Dichas condiciones deben propender a: a) Que el trabajo se desarrolle en un ambiente seguro y saludable. b) Que las condiciones de trabajo sean compatibles con el bienestar y la dignidad de los trabajadores y ofrezcan posibilidades reales para el logro de los objetivos personales de los trabajadores. ANEXO CONCLUSIÓN ➢ Se debe tener en cuenta la importancia de realizar todo el ciclo PHVA que aplica dentro del SGSST ya que es una mejora continua que permite a implementación del sistema de seguridad y salud en el trabajo es importante para cualquier entidad sin importar el tamaño, ya que permite que la empresa garantice la seguridad y calidad de vida a sus trabajadores, disminuyendo los costos asociados a las enfermedades laborales y accidentes. ➢ En cuanto a la cuestión de que las empresas se viesen "obligadas" por el mercado a implantar y certificar sus sistemas de acuerdo con una futura norma ISO 18000, para muchos técnicos esto se traduciría en el impulso de las actuaciones preventivas en las empresas, ya que se les facilitaría mayores recursos y atención por parte de la gerencia. Para otros técnicos sin embargo, la experiencia les dice que independientemente del modelo o especificación de gestión implantado, cuyas diferencias además no van a ser significativas, lo único que en realidad puede impulsar la prevención de riesgos laborales es el necesario cambio cultural en las empresas (quizás ayudado con incentivos económicos reales), sin el cual todo quedaría en más papeles y el mismo nivel de atención tradicional. En cuanto a la actual disyuntiva OHSAS-Directrices, hasta el momento parece ir ganando la especificación OHSAS en las empresas a pesar del apoyo de muchas Administraciones a las Directrices de la OIT, no obstante habrá que estar atentos a ver que hace Estados Unidos y que efectos tiene en ISO. BIBLIOGRAFIA ➢ https://seguridadocupacionalperu.wordpress.com/2017/03/07/el-ciclo-de-mejora-continua- aplicado-al-sistema-de-gestion-de-seguridad-y-salud-en-el-trabajo/ ➢ ISO 18000 OSHAS 18001.pdf ➢ 1_LEY_~1.PDF ➢ 2_DS00~1.PDF https://seguridadocupacionalperu.wordpress.com/2017/03/07/el-ciclo-de-mejora-continua-aplicado-al-sistema-de-gestion-de-seguridad-y-salud-en-el-trabajo/ https://seguridadocupacionalperu.wordpress.com/2017/03/07/el-ciclo-de-mejora-continua-aplicado-al-sistema-de-gestion-de-seguridad-y-salud-en-el-trabajo/
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