Logo Studenta

T15_FACTORES DE RIESGO

¡Este material tiene más páginas!

Vista previa del material en texto

UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA AMAZONIA PERUANA 
FACULTA DE INGENIERIA QUIMICA 
Curso 
Salud y seguridad industrial y laboral 
 
Tema 
Monografía sobre OHSAS 18001:2007. Ciclo de Deming y Ley de Seguridad y Salud 
en el Trabajo 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
INDICE 
1. INTRODUCCION. 
2. LA NORMA OHSAS 18001 Y LA LEGISLACIÓN SOBRE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL. 
3. LA POLÉMICA ISO 18000 – OSHAS 18001 – DIRECTRICES DE LA OIT 
4. SITUACIÓN ACTUAL DE DISYUNTIVA ENTRE OHSAS 18001 Y LAS DIRECTRICES DE LA OIT 
5. DIFERENCIAS MÁS SIGNIFICATIVAS ENTRE OHSAS 18001 Y LAS DIRECTRICES DE LA OIT 
6. PRINCIPIOS DE LA NORMA 
7. LEGISLACIÓN Y NORMA OHSAS 18001 
8. EL CICLO DE DEMING 
9. LA LEY 29783 DE PERÚ 
10. IMPLEMENTACIÓN DE LA NORMA OHSAS 18001 
11. ESTRUCTURA DE LA NORMA 
12. LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 
13. PRINCIPIOS 
14. ANEXOS 
15. CONCLUSIONES 
16. BIBLIOGRAFIA 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Introducción 
Desde hace tiempo ha existido la inquietud del mundo empresarial por demostrar su compromiso 
con la seguridad y la salud ocupacional de sus trabajadores contratados, es así como en 1998 se 
reúne un grupo de organismos certificadores de 15 países de Europa, Asia y América para crear la 
primera norma para la certificación de un sistema de seguridad y salud ocupacional que tuviera un 
alcance global, es así como nace la Norma OHSAS 18.001, que son una serie de estándares 
internacionales relacionados con la seguridad y salud ocupacional, y cuyo desarrollo se basó en la 
directriz BS 8800 (Britsh Standar). La Norma OHSAS 18.001, fue publicada oficialmente por la 
British Standars Institution y entró en vigencia el 15 de abril de 1999. La Norma OHSAS 18.001, 
entrega los requisitos para que una organización implemente un sistema de seguridad y salud 
ocupacional y la habilita para que fije su propia política y objetivos de seguridad y salud 
ocupacional, tomando en consideración los requisitos legales aplicables y el control de los riesgos 
de seguridad y salud ocupacional provenientes de sus actividades. La Norma OHSAS 18.001 ha sido 
concebida para ser compatible con las Normas ISO 9.001 e ISO 14.001, de tal forma de facilitar la 
integración de los sistemas de gestión de calidad, medio ambiente, seguridad y salud ocupacional 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
LA NORMA OHSAS 18001 Y LA LEGISLACIÓN SOBRE SEGURIDAD Y SALUD 
OCUPACIONAL 
La implementación de un Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) basado en 
un estándar reconocido internacionalmente como la norma OHSAS 18001:2007 en cualquier 
organización, sea cual sea su tamaño, país de origen o sector supone añadir valor a la misma y 
generar una ventaja competitiva: dos elementos fundamentales en una economía tan globalizada y 
competitiva como la actual. 
Ventajas de la OHSAS 18001 
La correcta y eficaz gestión de los riesgos y de la salud de sus trabajadores permite a las empresas 
alcanzar una serie de beneficios fundamentales para aumentar su productividad y mejorar su imagen 
tanto interna (entre los propios trabajadores, proveedores y otros grupos de interés) como externa 
(clientes potenciales y reales y la sociedad en su conjunto). 
De forma sintetizada, estos beneficios son los siguientes: 
❖ Disminución de la siniestralidad laboral a través de la identificación, evaluación, análisis y 
control de los riesgos asociados a cada puesto de trabajo. De esta forma se evitan las causas 
que originan los accidentes y enfermedades profesionales, lo cual redunda en un aumento de 
la rentabilidad y productividad de las organizaciones. 
❖ Percepción de un entorno más seguro por parte de trabajadores y grupos de interés, como los 
proveedores y los sindicatos. Esta es una línea de actuación que conlleva un aumento del 
bienestar y satisfacción de los empleados, posibilitando la fidelidad y retención de los miembros 
del equipo de trabajo más capaces y talentosos. 
❖ Ahorro de costos por bajas laborales, sustituciones e interrupciones innecesarias, consiguiendo 
así una fluida continuidad del negocio. 
❖ La adopción de una norma como la OHSAS 18001, que fundamenta los Sistema de Gestión y 
Seguridad y Salud en el Trabajo permite cumplir con la legislación vigente en cada país y sector, 
lo que implica la eliminación o reducción considerable de multas y sanciones administrativas 
derivadas de su incumplimiento. 
 
 
 
 
LA POLÉMICA ISO 18000 - OSHAS 18001 - DIRECTRICES DE LA OIT 
Desde hace unos años se viene polemizando en nuestro contexto de la prevención de los riesgos 
laborales y también en el de los sistemas de gestión, sobre la hoy día inexistente norma ISO 18000, 
de forma que unos apoyan una norma hegemónica de tipo internacional y otros la existencia de 
diferentes modelos que se adapten a los distintos países, actividades, y tipos de organizaciones en 
las que se vaya a implantar el sistema de gestión de seguridad y salud. 
Realmente la guerra no se libra en cuanto a la mejor o peor calidad técnica de unos u otros modelos 
o especificaciones, sino que en el fondo lo que se observa es el apoyo de unos y la oposición de otros 
a que se imponga de forma generalizada una especificación técnica sobre gestión de la seguridad y 
salud, impulsada por su carácter de reconocido prestigio internacional y por la posibilidad de 
certificación por tercera parte. En cuanto a la certificación por tercera parte, el mercado lo resuelve 
en cierta medida mediante la certificación no acreditada o el otorgamiento de sellos de garantía, 
como ha venido sucediendo con guías, estándares, o incluso modelos de gestión no certificables, 
véase Guía BS 8800 o incluso EFQM. Otro asunto es el reconocido prestigio internacional, 
incuestionable en las normas ISO. 
Así, resulta bastante realista pensar que una norma ISO 18001 especialmente si es certificable, nos 
conduciría a un escenario en el que las empresas más grandes siguiendo los pasos ya dados con ISO 
9001 e incluso ISO 14001, demandarían su implantación y certificación a suministradores y 
proveedores, y esto podría llevarnos en la práctica a su "exigencia" en muchos ámbitos por razones 
de mercado, no por imposición legal. 
En este sentido, los detractores de una norma ISO 18001 argumentan tantas razones como aquellos 
que están a su favor, obviamente resulta innegable que detrás de toda esta polémica se esconden 
intereses de mercado que mantienen viva la cuestión. Así, se argumenta en contra: la imposibilidad 
de garantizar y certificar la excelencia de la seguridad y salud de los trabajadores como si fuese la 
excelencia de un producto; el cansancio y saturación de las empresas en la implantación y 
certificación de un nuevo sistema de gestión y el consiguiente aumento de costes de forma 
innecesaria; la posible adquisición de "complacencia" de dichos certificados sin el correlativo nivel 
de seguridad y salud en los lugares de trabajo; las diferencias entre las distintas legislaciones de todo 
el mundo con la consiguiente imposibilidad de flexibilidad que le sería exigida; y como cuestión 
sobresaliente la posibilidad de convertirse en una verdadera barrera técnica al libre comercio, en la 
práctica un obstáculo para el desarrollo de acuerdos como el GATT/WTO. 
Por otro lado es obvio que la implantación generalizada de una norma de estas características 
facilitaría: la gestión de la prevención de riesgos laborales en las empresas que operan en distintos 
ámbitos geográficos del mundo; la gestión entre distintas empresas implicadas entre sí en cuestiones 
de trabajo; y la integración del sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales con los ya 
certificados o implantados de calidad ISO 9001 y medioambiente ISO 14001. Respecto a la 
integración, conviene recordar que con una sola norma de sistemas integrados de calidad, 
prevención y medio ambiente, se reducirían bastantes costes a las empresas. 
Lógicamente,tanto quienes están a favor de una ISO 18000 como quienes están en contra, coinciden 
en que en primer lugar y en cualquier caso, es necesario cumplir la extensa legislación aplicable, 
aunque sus detractores argumentan que en muchos casos, como ocurre por ejemplo en la Unión 
Europea, la legislación en prevención de riesgos laborales supone de hecho la exigencia de 
implementar un sistema de gestión al respecto, por lo que no es necesario implantar una norma y 
mucho menos certificarla. 
SITUACIÓN ACTUAL DE DISYUNTIVA ENTRE OHSAS 18001 Y LAS DIRECTRICES DE 
LA OIT 
El hecho es que hoy día no existe una norma ISO 18000, muy probablemente porque algunos 
importantes países industrializados no cuentan aún con su propia norma al respecto, como Estados 
Unidos o Japón, razón por la que en la actualidad esta guerra se libra entre aquellos que apoyan la 
especificación técnica OHSAS 18001, y aquellos que están a favor de las Directrices de la OIT o 
simplemente de implantar el sistema de gestión legal exigible. 
Para resumir los acontecimientos que nos han llevado hasta aquí, diremos de forma breve que en 
1997 un año después de la publicación de la norma experimental UNE 81900 y de la Guía BS 8800, 
ISO decidió que el organismo adecuado para desarrollar una norma de gestión de seguridad y salud 
era la OIT, así la OIT encargó un estudio a la IOHA sobre los sistemas de gestión relacionados y de 
referencia, a partir del cual se desarrollaron las actuales Directrices de la OIT de 2001. Entre tanto 
hubo cambios de sensibilidad en el seno de algunos organismos de normalización, a tenor de la 
respuesta del mercado al respecto, de forma que algunos de ellos (entre otros AENOR) y algunas 
empresas de certificación, crearon un consorcio liderado por el BSI que desarrolló las actuales 
especificaciones OHSAS 18001/2 como medida de presión al respecto y para satisfacer a aquellos 
clientes que así lo demandaban. Tras esto, en 2000 se propuso en ISO la creación de un Comité 
Técnico de Gestión sobre la cuestión, pero se perdió la batalla. 
Básicamente la especificación OHSAS, que tiene la determinación de desaparecer en el momento en 
que se publique una norma ISO 18000, presenta los objetivos de facilitar al máximo la integración y 
la compatibilidad con las normas ISO 9001 e ISO 14001, así como la certificación por tercera parte. 
Por su lado las Directrices de la OIT indican textualmente que "su aplicación no exige certificación", 
pero no excluyen literalmente dicha posibilidad, aunque es evidente su enfoque a favor de los 
sistemas "voluntarios", entendido este término en su sentido no literal. 
Las Directrices están redactadas para facilitar la flexibilidad de adaptación a los distintos tipos de 
organizaciones, actividades y países, de forma que aconsejan a los estados crear sus propios marcos 
nacionales adecuados al respecto, incluso redactando sus propias Directrices Nacionales y 
Específicas para determinados sectores de actividad, tamaño, etc. También presentan el objetivo de 
facilitar la integración dela gestión de la seguridad y salud en la gestión general de la empresa. Siendo 
esta la situación, los acontecimientos se han ido acelerando, así según Juan Raul Gómez Obele, 
Coordinador de Seguridad Industrial y Protección Ambiental de PEMEX en Méjico, en declaraciones 
aparecidas en el último monográfico de Mapfre Seguridad, 
la norma NMX-SAST-001-IMNC adaptada de la OHSAS 18001 e incorporada en Méjico, "es 
certificable y de obligado cumplimiento". También Clive Stallwood, Director de Desarrollo de 
Productos de la British Standars Institution y miembro de OHSAS, se asombraba de que OHSAS 18001 
"sea prácticamente obligatoria en Sudamérica". Por otro lado, en Portugal está en fase de revisión 
la norma NP 4397/2001 que básicamente es la especificación OHSAS 18001, de manera que la 
administración portuguesa va a intentar impulsar la certificación de la misma. Para esto va a poner 
en marcha cuatro programas de apoyo a las empresas que quieran certificar sus sistemas de gestión 
de acuerdo a dicha norma. Así se van a incluir ayudas a las empresas para la certificación de dicha 
implantación, tanto técnicas como económicas, incluso con importantes incentivos que pueden 
incluir reducciones hasta del 20% en las cotizaciones a la Seguridad Social y la exención del pago de 
las primas anuales de seguros a las empresas que tengan sus sistemas de gestión certificados, con 
facilidades para la contratación en concursos públicos. Sin embargo, los institutos de seguridad de 
la mayor parte de la Unión Europea, creen que no es conveniente la existencia de sistemas 
normalizados certificables, mientras que los organismos de certificación, están a favor de los 
mismos. 
Por otro lado, países como Alemania, Finlandia, Corea, Brasil, Vietnam, India, Polonia, Rusia, 
Tailandia, Japón (mediante JISHA), China (cuya traducción literal de las Directrices de la OIT casi al 
100%, tiene objetivos de certificación), etc, han traducido a sus idiomas las Directrices de la OIT, 
mientras que en otros muchos países se están realizando seminarios y reuniones de expertos para 
crear el marco adecuado al respecto, y otros están modificando sus normas nacionales teniendo en 
cuenta las Directrices de la OIT, como Gran Bretaña con la BS 8800, Indonesia, etc. 
En este estado de la cuestión, merece la pena destacar el hecho de que en la actualidad la American 
Industrial Hygiene Association se encuentra elaborando el documento ASC-Z10 como borrador de la 
que en un futuro no muy lejano se convertirá en una norma ANSI norteamericana de aplicación 
voluntaria (no exigible legalmente) y que aún no se sabe si será certificable por tercera parte. En 
cualquier caso y aunque según fuentes de la AIHA se descarta el apoyo a la especificación OHSAS, es 
obvio que el desarrollo de una norma ANSI podría cambiar el rumbo de los acontecimientos respecto 
de la hipotética ISO 18000. Curiosamente, en estos momentos también parece que existe la 
voluntad, no del todo clara y quizás algo tardía, de superar la fase experimental de la norma UNE 
81900 en España. 
 
 
 
 
 
DIFERENCIAS MÁS SIGNIFICATIVAS ENTRE OHSAS 18001 Y LAS DIRECTRICES DE 
LA OIT 
¿Qué diferencia a la especificación técnica OHSAS 18001 de las Directrices de la OIT? Realmente las 
diferencias no son importantes, ni tampoco existen grandes diferencias con otras normas como la 
experimental UNE 81900 u otras similares. Si, claro está, si nuestra empresa encara un proceso de 
implantación y posterior certificación de nuestro sistema, tendremos que leer con detenimiento la 
letra escrita, ya conocemos el proceso de certificación de otros sistemas y sabemos que podemos 
encontrarnos con una no conformidad más o menos grave en algún que otro aspecto requerido. Sin 
embargo, la filosofía de mejora continúa, que también está implícita en la legislación de muchos 
países, es el denominador común, y todos van a exigir el establecimiento de objetivos y metas y de 
una política en seguridad y salud, la organización adecuada al respecto, la definición de funciones y 
responsabilidades, la evaluación de riesgos y la planificación de las actividades, la evaluación y 
revisión de la gestión, la orientación al cliente, y la formación y participación como principios 
rectores, además de la sistematización de la gestión. 
No obstante, algunas de las diferencias formales más significativas son las siguientes: 
La especificación OHSAS presenta un mayor nivel de exigencia en su redacción, como podemos 
observar del uso del imperativo "debe" o "deberá", frente a un uso bastante importante del 
condicional "debería" en las Directrices. 
Los requisitos respecto a la vigilancia de la salud quedan únicamente de forma implícita recogidos 
en la OHSAS, mientras que el tratamiento que hace las Directrices resulta mucho más explícito. 
La redacción de las Directrices de la OIT presenta algunos requerimientos quizás redundantes, fruto 
de las dificultades propias del proceso de consensotripartito origen de las mismas. 
Las referencias y exigencias de participación de los trabajadores son mayores en las Directrices de la 
OIT. 
Las Directrices dedican un punto de las mismas a la mejora continua, dándole mediante el punto 
3.16.2 un enfoque competitivo a la gestión en el sentido de animar a la organización a llevar a cabo 
comparaciones de los procedimientos y los resultados con otras organizaciones. 
Por otro lado conviene indicar que la especificación OHSAS 18001 ha sido desarrollada junto con la 
guía para su implantación OHSAS 18002, aunque se hecha en falta la especificación OHSAS 18003 
(aún sin desarrollar) sobre las auditorías, sobre todo de cara a la creación del adecuado marco de 
acreditación de auditores y certificadores, si bien se hace referencia a las normas ISO de auditoría 
de calidad y medioambiente y al anexo F de la Guía BS 8800. 
Mientras tanto las Directrices de la OIT no disponen de una guía para su implantación ni de una 
especificación para las auditorías, como le recomendó la IOHA, aunque su redacción es menos 
sintética que en OHSAS. 
PRINCIPIOS DE LA NORMA 
El estándar OHSAS 18001 ha sido desarrollado por las principales certificadoras del mundo a 
partir de los criterios establecidos por la British Standard BS 8800. Con el objeto de ser compatible 
con las normas sobre sistemas de gestión ISO 9001 e ISO 14001, la OHSAS 18001 comparte sus 
principios comunes: 
➢ Compromiso de toda la organización. 
➢ Cumplimiento de la normativa legal. 
➢ Se fundamenta en la metodología de la mejora continua y el ciclo PDCA (Plan– Do– Check–
Act), conformado por las siguientes etapas: 
· PLAN (Planificar): Establecer los objetivos y procesos necesarios para obtener el resultado 
acorde a la política de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) de la organización. 
· DO (Hacer): Ejecutar el plan a través de la recogida de datos para su empleo en las 
siguientes etapas. 
· CHECK (Verificar): Efectuar un seguimiento y la medición de lo realizado, ver hasta qué 
punto y en qué medida ha conseguido la dirección cumplir con su deber de garantizar la 
SST, así como informar sobre los resultados logrados. 
· ACT (Actuar): Llevar a cabo las acciones para la mejora del SGSST. Es la etapa que cierra 
el ciclo dando paso a uno nuevo y que supone la implantación real del concepto de la 
mejora continua. 
LEGISLACIÓN Y NORMA OHSAS 18001 
La norma OHSAS se fundamenta en la legislación, normativa y mandatos legales de los distintos 
países y sectores, siendo sus principales referencias: 
➢ Las normativas y especificaciones técnicas de cada sector laboral. 
➢ Las Leyes de Prevención y Riesgos laborales de cada país. 
➢ Los Institutos de Seguridad e Higiene de los distintos países y regiones. 
➢ Las normas internacionales. 
 
 
 
EL CICLO DE DEMING 
El Ciclo Deming es un sistema muy utilizado en la actualizar para la implantación de planes de mejora 
continua. Hoy en día para que una empresa se mantenga a flote en un entorno competitivo y con 
cambios constantes, todo pasa por mejorar la calidad de sus procesos constantemente. 
¿Qué es el ciclo Deming? 
Las organizaciones deben configurar planes de gestión y mejora continua con los que consigan 
mejorar su competitividad y calidad de sus procesos, reduciendo costes y fallos, optimizando la 
productividad y eliminando riesgos. El ciclo Deming es el sistema más utilizado para implantar dicho 
plan de mejora continua. Recibe el nombre de Edwards Deming, quien fue su principal impulsor, 
pero también se conoce como ciclo PHVA que son las siglas de Planificar, Hacer, Verificar y Actuar, o 
PDCA en inglés (Plan, Do, Check, Act). 
Etapas del ciclo Deming 
El ciclo Deming está compuesto por cuatro etapas, de manera que, al finalizar la última de ellas 
comienza la primera de nuevo. Esto permite que la actividad sea evaluada una y otra vez 
periódicamente incorporando nuevas mejoras. Dichas cuatro etapas son las siguientes: 
 
 
 
 
 
 
 
PLAN (Planificar) 
Esta fase es la más influyente. Mediante métodos como la realización de grupos de trabajo, 
encuestas entre los trabajadores y búsqueda de nuevas tecnologías, debemos definir: 
• El problema o actividad que mejorar. 
• Los objetivos que alcanzar. 
• Los indicadores de control. 
• Los métodos y herramientas para llevarlo a cabo. 
Algunas de estas herramientas de planificación pueden ser: 
• Diagrama de Gantt: planificación y seguimiento de actividades y proyectos. 
• Método de diseño intuitivo Poka-yoke: diseño a prueba de errores. 
• AMFE: análisis modal de fallos y efectos. 
• Lluvia de ideas (brainstorming): participación de todas las partes implicadas. 
 
DO (Hacer) 
Se lleva a cabo lo determinado en el plan, en la mayoría de los casos mediante una prueba piloto. 
Esta fase incluye: 
• Verificar y aplicar las correcciones planificadas. 
• Introducir las modificaciones al plan inicial si el resultado de las correcciones no ha sido 
positivo. 
• Registrar lo desarrollado y los resultados obtenidos. 
• Formar al personal que deba aplicar las soluciones desarrolladas. 
CHECK (Controlar) 
Se comprueba si la mejora implantada ha alcanzado el objetivo mediante herramientas de 
control como Diagrama de Pareto, Check lists o KPI’s. Debemos controlar las causas críticas 
como la calidad del producto o la forma de operar de máquinas y equipos. 
ACT (Actuar) 
Es la última de las fases y en ella se debe ajustar el plan de mejora. Se normaliza la solución al 
problema y se establecen las condiciones para mantenerlo. Si se ha alcanzado el objetivo en la 
prueba piloto, se implantará de forma definitiva. En caso contrario se examinará el desarrollo para 
descubrir errores y empezar un nuevo ciclo PDCA. De esta forma se cierra el ciclo y se realimenta 
volviendo a la primera fase. 
Herramientas del ciclo Deming 
Para aplicar los principios del ciclo Deming se usan herramientas de mejora. Estas herramientas 
buscan puntos débiles en los procesos, productos y servicios. Algunas de estas herramientas son: 
• Análisis de valor: método para aumentar el valor de un producto o servicio. 
• Método Kaizen: busca la mejora en todos los aspectos de la organización. Como el método 
de las 5S. 
• Diagrama de afinidad: recopilar ideas y asuntos a mejorar y agrupar las ideas afines. 
• Los cinco porqués: método que se basa en la realización de preguntas para relacionar causas-
efectos que generan un problema en particular. 
Tanto en la norma ISO 9001 como en la ISO 14001 se nombra explícitamente el Ciclo PDCA al hablar 
de la mejora de la gestión continua de calidad y gestión medioambiental respectivamente. El ciclo 
Deming es, en conclusión, una ayuda fundamental para una empresa que quiera desarrollar un 
sistema de gestión y mejora continua que contribuya a prosperar y tener futuro. 
 
 
 
LA LEY 29783 DE PERÚ 
La Ley 29783 sitúa a Perú en situación de vanguardia, dentro de los países de la región, en materia 
de SST. Es una normativa creada para intentar rebajar la elevada cifra de accidentes laborales que 
se venían produciendo en los últimos años 
Esta Ley considera que el principal instrumento clave en materia de prevención se encuentra en 
fomentar la concienciación de todos los integrantes de una empresa (directivos y empleados). Por 
este motivo, se persigue que las organizaciones se identifiquen, evalúen, prevengan y comuniquen 
los posibles riesgos a todos los trabajadores. El Reglamento de la ley, publicada en el año 2013 
remarca que los empleados tienen el derecho a estar informados en todo momento de cualquier 
actividad que suponga un riesgo para su persona. 
Para conseguir sus objetivos, la Ley 29783 obliga a llevar a cabo una serie de cambios, no solo de 
infraestructuras y logísticos, sino también organizativos: más participación en las organizaciones 
sindicales o mayor dureza a nivel de sanciones. 
En general, las obligaciones de los empresarios sonlas siguientes: creación de mapas de riegos, 
gestión de cursos y formación de los trabajadores, auditorías obligatorias, velar por la salud de los 
empleados, etc. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
http://www.trabajo.gob.pe/archivos/file/SNIL/normas/2011-08-20_29783_1669.pdf
http://www.trabajo.gob.pe/archivos/file/SNIL/normas/2011-08-20_29783_1669.pdf
IMPLEMENTACIÓN DE LA NORMA OHSAS 18001 
ESTRUCTURA DE LA NORMA 
ESTRUCTURA DEL ESTÁNDAR OHSAS 18001:2007 
1. Objeto y campo de aplicación 
2. Publicaciones para consulta 
3. Términos y definiciones 
4. Requisitos del sistema de gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo 
4.1. Requisitos generales 
4.2. Política de SST 
4.3. Planificación 
4.3.1. Identificación de peligros, evaluación y control de riesgos 
4.3.2. Requisitos legales y otros requisitos 
4.3.3. Objetivos y Programas 
4.4. Implementación y operación 
4.4.1. Recursos, funciones, responsabilidad y autoridad 
4.4.2. Competencia, formación y toma de conciencia 
4.4.3. Comunicación, participación y consulta 
4.4.3.1. Comunicación 
4.4.3.2. Participación 
4.5. Verificación 
4.5.1. Seguimiento y medición del desempeño 
4.5.2. Evaluación del cumplimiento legal 
4.5.3. Investigación de incidentes, no conformidades y acción correctiva y preventiva 
4.5.3.1. Investigación de incidentes 
4.5.3.2. No Conformidades y acción correctiva y preventiva 
4.5.4. Control de registros 
4.5.5. Auditoría Interna 
4.6. Revisión por la Dirección 
Anexo A (Informativo) Correspondencia entre OHSAS 18001:2007 y las Normas ISO 
14001:2004 e ISO 9001:2000. 
Anexo B (Informativo) Correspondencia entre OHSAS 1001, OHSAS 18002 e ILO-OSH: 2001 
Directrices relativas a los sistemas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo 
. 
 
 
 
LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 
PRINCIPIOS 
I. PRINCIPIO DE PREVENCIÓN 
 El empleador garantiza, en el centro de trabajo, el establecimiento de los medios y condiciones 
que protejan la vida, la salud y el bienestar de los trabajadores, y de aquellos que, no teniendo 
vínculo laboral, prestan servicios o se encuentran dentro del ámbito del centro de labores. Debe 
considerar factores sociales, laborales y biológicos, diferenciados en función del sexo, 
incorporando la dimensión de género en la evaluación y prevención de los riesgos en la salud 
laboral. 
II. PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD 
 El empleador asume las implicancias económicas, legales y de cualquier otra índole a consecuencia 
de un accidente o enfermedad que sufra el trabajador en el desempeño de sus funciones o a 
consecuencia de el, conforme a las normas vigentes. 
PRINCIPIO DE COOPERACIÓN 
El Estado, los empleadores y los trabajadores, y sus organizaciones sindicales establecen 
mecanismos que garanticen una permanente colaboración y coordinación en materia de seguridad 
y salud en el trabajo. 
IV. PRINCIPIO DE INFORMACIÓN Y CAPACITACIÓN 
 Las organizaciones sindicales y los trabajadores reciben del empleador una oportuna y adecuada 
información y capacitación preventiva en la tarea a desarrollar, con énfasis en lo potencialmente 
riesgoso para la vida y salud de los trabajadores y su familia. 
V. PRINCIPIO DE GESTIÓN INTEGRAL 
 Todo empleador promueve e integra la gestión de la seguridad y salud en el trabajo a la gestión 
general de la empresa. 
VI. PRINCIPIO DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA SALUD 
 Los trabajadores que sufran algún accidente de trabajo o enfermedad ocupacional tienen derecho 
a las prestaciones de salud necesarias y suficientes hasta su recuperación y rehabilitación, 
procurando su reinserción laboral. 
 
 
VII. PRINCIPIO DE CONSULTA Y PARTICIPACIÓN 
 El Estado promueve mecanismos de consulta y participación de las organizaciones de empleadores 
y trabajadores más representativos y de los actores sociales para la adopción de mejoras en 
materia de seguridad y salud en el trabajo. 
VIII. PRINCIPIO DE PRIMACÍA DE LA REALIDAD 
 Los empleadores, los trabajadores y los representantes de ambos, y demás entidades públicas y 
privadas responsables del cumplimiento de la legislación en seguridad y salud en el trabajo brindan 
información completa y veraz sobre la materia. De existir discrepancia entre el soporte documental 
y la realidad, las autoridades optan por lo constatado en la realidad. 
IX. PRINCIPIO DE PROTECCIÓN 
Los trabajadores tienen derecho a que el Estado y los empleadores aseguren condiciones de 
trabajo dignas que les garanticen un estado de vida saludable, física, mental y socialmente, en 
forma continua. Dichas condiciones deben propender a: 
a) Que el trabajo se desarrolle en un ambiente seguro y saludable. 
b) Que las condiciones de trabajo sean compatibles con el bienestar y la dignidad de los 
trabajadores y ofrezcan posibilidades reales para el logro de los objetivos personales de los 
trabajadores. 
ANEXO 
 
 
CONCLUSIÓN 
➢ Se debe tener en cuenta la importancia de realizar todo el ciclo PHVA que aplica dentro 
del SGSST ya que es una mejora continua que permite a implementación del sistema de 
seguridad y salud en el trabajo es importante para cualquier entidad sin importar el 
tamaño, ya que permite que la empresa garantice la seguridad y calidad de vida a sus 
trabajadores, disminuyendo los costos asociados a las enfermedades laborales y 
accidentes. 
➢ En cuanto a la cuestión de que las empresas se viesen "obligadas" por el mercado a 
implantar y certificar sus sistemas de acuerdo con una futura norma ISO 18000, para 
muchos técnicos esto se traduciría en el impulso de las actuaciones preventivas en las 
empresas, ya que se les facilitaría mayores recursos y atención por parte de la gerencia. 
Para otros técnicos sin embargo, la experiencia les dice que independientemente del 
modelo o especificación de gestión implantado, cuyas diferencias además no van a ser 
significativas, lo único que en realidad puede impulsar la prevención de riesgos laborales 
es el necesario cambio cultural en las empresas (quizás ayudado con incentivos 
económicos reales), sin el cual todo quedaría en más papeles y el mismo nivel de atención 
tradicional. En cuanto a la actual disyuntiva OHSAS-Directrices, hasta el momento parece ir 
ganando la especificación OHSAS en las empresas a pesar del apoyo de muchas 
Administraciones a las Directrices de la OIT, no obstante habrá que estar atentos a ver que 
hace Estados Unidos y que efectos tiene en ISO. 
BIBLIOGRAFIA 
➢ https://seguridadocupacionalperu.wordpress.com/2017/03/07/el-ciclo-de-mejora-continua-
aplicado-al-sistema-de-gestion-de-seguridad-y-salud-en-el-trabajo/ 
➢ ISO 18000 OSHAS 18001.pdf 
➢ 1_LEY_~1.PDF 
➢ 2_DS00~1.PDF 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
https://seguridadocupacionalperu.wordpress.com/2017/03/07/el-ciclo-de-mejora-continua-aplicado-al-sistema-de-gestion-de-seguridad-y-salud-en-el-trabajo/
https://seguridadocupacionalperu.wordpress.com/2017/03/07/el-ciclo-de-mejora-continua-aplicado-al-sistema-de-gestion-de-seguridad-y-salud-en-el-trabajo/

Continuar navegando