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D S N 0072021-MINEDU

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D.S N°007–2021-MINEDU, que modifica el reglamento de la ley Nº 28044 General de 
Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED 
• La norma modifica el artículo 11 del reglamento de la Ley General de Educación 
para desarrollar una nueva definición de educación inclusiva más amplia y 
precisa respecto a su alcance y a las obligaciones del Estado. 
• Este decreto promueve la Educación Inclusiva en todas sus etapas, formas, 
modalidades, niveles y ciclos; busca atender el problema de una alta tasa de 
exclusión educativa e inadecuada atención a la diversidad de estudiantes, que 
deja fuera del sistema o rezagados a aquellos estudiantes con necesidades 
educativas especiales, asociadas o no a discapacidad, por la existencia de 
barreras educativas que impiden o dificultan su aprendizaje. 
• Para cumplir este propósito, establece que los servicios educativos deben 
garantizar las condiciones de asequibilidad, accesibilidad, adaptabilidad y 
aceptabilidad y asegurar los servicios de apoyo educativo para superar dichas 
barreras, en todos los ciclos, niveles, etapas y modalidades del sistema. 
• Los nuevos artículos aportan al reglamento el concepto de barreras educativas 
como un elemento central de la atención a la diversidad, así como la 
implementación del diseño universal para el aprendizaje, los modelos de servicio 
educativo y los servicios de apoyo educativo en todo el sistema. 
• Asimismo, amplían el alcance de los servicios de apoyo educativo para 
beneficiar a todos los estudiantes que experimentan barreras educativas, 
reconvirtiendo los servicios de apoyo y asesoramiento a las necesidades 
educativas especiales (dirigidos exclusivamente a estudiantes con discapacidad) 
de forma progresiva durante un periodo de cuatro años que se inicia el 2022. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CURRICULO NACIONAL BÁSICO (CNB) 
 
Aprobado en junio del 2016, mediante R.M. Nº281-2016 y modificado mediante R.M. Nº159-
2017. 
 
• Este documento muestra la visión de la educación que queremos para nuestros 
estudiantes. En ese sen�do, con�ene los aprendizajes y las orientaciones para su 
formación, con la finalidad de que los estudiantes se desenvuelvan en su vida presente 
y futura; en concordancia con los fines y principios de la educación peruana, los obje�vos 
de la educación básica y el Proyecto Educa�vo Nacional. 
• El Currículo Nacional es una de las columnas básicas de la educación, pues es clave para 
indicar hacia qué aprendizajes deben orientarse los esfuerzos del Estado y de los 
diversos actores de la comunidad educa�va. 
• Pese a ser un documento de carácter oficial, debe cumplir una función pedagógica que 
acompañe al docente en su labor co�diana. 
• Establece el Perfil de Egreso de la Educación Básica, las competencias nacionales y sus 
progresiones desde el inicio hasta el fin de la educación básica, así como sus niveles 
esperados por ciclo, nivel y modalidades. 
• Con�ene orientaciones para la evaluación forma�va y la diversificación curricular. 
• Los programas curriculares forman parte del Currículo Nacional de la Educación Básica y 
�enen como finalidad contribuir con orientaciones específicas que permitan concretar 
la propuesta pedagógica del Currículo Nacional. 
 
 
 
 
 
 
 
DISEÑO UNIVERSAL DE APRENDIZAJE 
 
• El Diseño Universal para el Aprendizaje (DUA) es un modelo que, fundamentado 
en los resultados de la práctica y la investigación educativa, las teorías 
del aprendizaje, las tecnologías y los avances en neurociencia, combina una 
mirada y un enfoque inclusivo de la enseñanza con propuestas para su 
aplicación en la educación. 
• Ayuda a que todos los estudiantes tengan la misma oportunidad de ser exitosos, 
un programa de apoyo inclusivo individual, es un marco educativo que reconoce 
que todos los niños, niñas y adolescentes aprenden de diversas maneras y se 
benefician de técnicas de aprendizaje diferenciadas en el aula. 
• Partiendo del concepto de diseño universal, se organiza en torno a tres grupos 
de redes neuronales afectivas, de reconocimiento y estratégicas y propone tres 
principios vinculados a ellas. 
• Proporcionar múltiples formas de implicación, múltiples formas de 
representación de la información y múltiples formas de acción y expresión del 
aprendizaje. 
• El DUA parte de la diversidad desde el comienzo de la planificación didáctica y 
trata de lograr que todo el alumnado tenga oportunidades para aprender. 
• Facilita a los docentes un marco para enriquecer y flexibilizar el diseño del 
currículo, reducir las posibles barreras y proporcionar oportunidades de 
aprendizaje a todos los estudiantes. 
• Por todo ello se reconoce el potencial de este modelo teórico-práctico para 
contribuir a lograr el Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS4) de la Agenda 
2030: «Garantizar una educación inclusiva y de calidad y promover 
oportunidades de aprendizaje para todos». 
• Es un cambio en la mirada que, además de verse reflejada en la normativa, debe 
acompañarse de prácticas metodológicas y organizativas para hacerla efectiva. 
• Supone, por lo tanto, un cambio de paradigma para entender que la educación 
tiene que ser inclusiva en todos los casos y así garantizar una educación de 
calidad a todos los estudiantes que hay en un I.E y a todo el alumnado del aula, 
en el desarrollo curricular para todos. 
• Por todo lo expuesto, el DUA se identifica como un marco teórico-práctico para 
la práctica docente des- de la perspectiva inclusiva.

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