Descarga la aplicación para disfrutar aún más
Vista previa del material en texto
4/8/23, 13:39 Semana 14 introduccionalderecho 21 about:blank 1/4 S14.s1 - Presentación de ejercicios Esta semana deberemos de leer la Sentencia del Tribunal Constitucional EXP. N.° 01318-2010-PHC/TC. Para leer la sentencia ingrese al siguiente link: https://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2010/01318-2010-HC.html (Enlaces a un sitio externo.) Explique y grafique el principio de irretroactividad de la ley plasmado en el presente caso. Haga un diagrama en el tiempo y su aplicación de acuerdo a la ley penal. 4/8/23, 13:39 Semana 14 introduccionalderecho 21 about:blank 2/4 4/8/23, 13:39 Semana 14 introduccionalderecho 21 about:blank 3/4 ASUNTO SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL FUNDAMENTOS ANTECEDENTES El objeto de la demanda es que se declare la nulidad de la Resolución y que se disponga la emisión de un nuevo pronunciamiento judicial que estime su pedido de semilibertad. Recurso de agravio constitucional contra la resolución de la Sala Penal de Apelaciones de la Provincia de San Román de la Corte Superior de Justicia de Puno, su fecha 5 de marzo de 2010, que declaró improcedente la demanda de autos. Demanda de hábeas corpus contra la titular y los vocales del Segundo Juzgado Penal; solicitando que se declare la nulidad de las resoluciones judiciales El Cuarto Juzgado Penal de Emergencia de San Román declara improcedente la demanda por considerar que las resoluciones dictadas por los emplazados se encuentran arregladas a la ley. Al respecto, si bien este Tribunal Constitucional en ciertos casos en concreto ha admitido ocuparse de demandas de hábeas corpus rechazadas de manera liminar, ello ha sido porque aquellas fueron rechazadas por causas específicas previstas en el Código Procesal Constitucional HA RESUELTO Del análisis de las resoluciones cuestionadas se aprecia que los demandados han cumplido con la exigencia constitucional de la motivación de las resoluciones judiciales Declarar INFUNDADA la demanda de hábeas corpus de autos al no haberse acreditado la afectación de los derechos de la libertad personal invocados en la demanda. En consecuencia, de la demanda debe ser desestimada al no haberse acreditado principios de irretroactiva de la ley y de la aplicación de la ley más favorable al reo. 4/8/23, 13:39 Semana 14 introduccionalderecho 21 about:blank 4/4
Compartir