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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL P.P.P LA EDUC. UNIVERSITARIA, CIENCIA Y TECNOLOGIA MISION SUCRE PRODUCTIVA ALDEA-UBV TRAMO 2.1- 2022 PROFESOR: BACHILLERES: ARGENIS MAYOBRE CARABALLO GRISELYS DURÁN PEDRO ORTIZ MAURIAM PONCE ANGEL MATURIN, FEBRERO 2022 INTRODUCCIÓN El modelo de producción socialista, impulsado por el ex presidente Hugo Chávez a través del plan Simón Bolívar y posteriormente por el presidente Nicolás Maduro, se trata de un modelo que promueve y garantiza la libertad económica sin prejuicios. A través de ciertas leyes y encaminada por la CRBV y el Plan de la Patria, la economía popular arraiga ese derecho de crear organizaciones socio productivas por y para las comunidades, donde se sigan los valore y principios socialistas y se fortalezca el desarrollo endógeno. Dentro del contenido de este trabajo se está desarrollando todo lo concerniente al modelo productivo socialista, sus bases legales y en que se fundamenta este sistema como uno de los principales ejes del desarrollo de la nación. CONTENIDO 1. Proceso político y constituyente rupturista del año 1999 En el año 1998 se dio inicio a un proyecto político, que pretendió implementar cambios en un sistema político lleno de corrupción, de característica populista y tendencia favoritista. Se dio inicio para el año 1999 a un proceso nacional constituyente, que dio inicio una democracia participativa y protagónica. El presidente Hugo Rafael Chávez Frías le dio a Venezuela una idea denominada el socialismo del siglo XXI, en donde el estado se descentraliza, se vuelve alternativo y más social, dando el poder hasta las comunidades. El proceso constituyente del año 1999 dio nacimiento a la “República Bolivariana de Venezuela” y al concepto del Estado Comunal Bolivariano, para erradicar el capitalismo salvaje y transforma a Venezuela en un país nuevo, humano y socialista, demócrata y socialista. Todos estos ideales de la constituyente trajeron consigo que se forjara una patria socialista llena de valores humanistas. En lo que respecta el área social, tema resaltante del contenido de este trabajo, se puede decir de manera explícita que el proyecto constituyente y todo lo que lo suscitó, concibe e incluye a todos tipos de organizaciones ciudadanas, reconociendo además a los consejos comunales y comunas como los pilares de construcción del socialismo. En estos últimos 21 años la sociedad venezolana ha evolucionado hacia una sociedad más participativa y solidaria, cabe destacar que este efecto del proceso constituyente se venía gestando desde los años 80 y el Ex presidente Chávez lo vertió en la constitución de 1999. Este proyecto se ha considerado el que más se ha enfocado en nivelar las clases sociales, permitiendo que las comunidades se integren en todas las áreas. 2. Modelo económico productivo socialista. Este modelo propone lograr un trabajo significativo orientado a la eliminación de la división social del trabajo, de su estructura jerárquica, así como de satisfacer las necesidades humanas de la manera más justa posible. Para poder alcanzar estas metas, se creó el proyecto denominado Plan de la Patria 2019-2025, que precede del plan Simón Bolívar 2001- 2019. Este proyecto está enfocado en convertir a Venezuela en una nación socialista, soberana, estable y como potencia energética mundial. Se expone un modelo productivo, el cual al ser 100% socialista busca establecer un modelo socialista donde se creen fuerzas productivas que descentralicen tomas de decisiones y brinde valores colectivos, apropiándose de un espíritu que sea capaz de mejorar la relación comunidad-medios de producción. 3. Terminología básica asociada Modo de producción socialista: Hace referencia a un sistema de producción en el que los medios de producción se basan en la propiedad social y no privada. Economía popular: Es aquella que surge cuando los sectores excluidos del mercado laboral crean su propio trabajo. En algunos casos también crean sus propios circuitos de comercialización. Socialismo: Es un sistema económico y social que centra sus bases ideológicas en la defensa de la propiedad colectiva frente al concepto de propiedad privada de los medios productivos y de distribución. Sistema económico comunal: Es un conjunto de relaciones de producción, distribución, intercambio y consumo de bienes, servicios también de saberes, prácticas y conocimientos, en común acuerdo con instancias del Poder Popular, el Poder Público y organizaciones comunitarias socio productivas. Fuerzas productivas: Son todos aquellos medios materiales, la mano de obra y las técnicas que se utilizan para desarrollar un proceso productivo. 4. Bases legales y soporte institucional del sistema económico comunal y el modelo productivo socialista. Art 112 CRBV “Todas las personas pueden dedicarse libremente a la actividad económica de su preferencia, sin más limitaciones que las previstas en esta Constitución y las que establezcan las leyes, por razones de desarrollo humano, seguridad, sanidad, protección del ambiente u otras de interés social.” ART 5 LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA ECONOMICO POPULAR “El sistema económico comunal, como herramienta fundamental para construcción de la nueva sociedad, se inspira en la doctrina de nuestro Libertador Simón Bolívar, y se rige por los principios y valores socialistas de: Democracia participativa y protagónica, interés colectivo, propiedad social, equidad, justicia, igualdad social, complementariedad, primacía de los intereses colectivos, diversidad cultural, defensa de los derechos humanos, corresponsabilidad, cogestión, autogestión, cooperación, solidaridad, transparencia, honestidad, eficacia, eficiencia, efectividad, universalidad, responsabilidad, deber social, rendición de 8 Leyes del Poder Popular cuentas, control social, libre debate de ideas, voluntariedad, sustentabilidad, defensa y protección ambiental, garantía de los derechos de la mujer, de los niños, niñas y adolescentes y toda persona en situación de vulnerabilidad, y defensa de la integridad territorial y de la soberanía nacional.” ART 6 PARÁGRAFO 12 LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA ECONOMICO POPULAR “12. Modelo productivo socialista: Modelo de producción basado en la propiedad social, orientado hacia la eliminación de la división social del trabajo propio del modelo capitalista. El modelo de producción socialista está dirigido a la satisfacción de necesidades crecientes de la población, a través de nuevas formas de generación y apropiación así como de la reinversión social del excedente.” 5. Formas de organización en el marco del nuevo modelo productivo socialista. Extraído textualmente de la LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA ECONOMICO POPULAR Artículo 10. A los efectos de la presente Ley, son formas de organizaciones socio productivas: 1. Empresa de propiedad social directa comunal: Unidad socio productiva constituida por las instancias de Poder Popular en sus respectivos ámbitos geográficos, destinada al beneficio de los productores y productoras que la integran, de la colectividad a las que corresponden y al desarrollo social integral del país, a través de la reinversión social de sus excedentes. La gestión y administración de las empresas de propiedad social comunal directa es ejercida por la instancia del Poder Popular que la constituya.2. Empresa de propiedad social indirecta comunal: Unidad socio productiva constituida por el Poder Público en el ámbito territorial de una instancia del Poder Popular, destinadas al beneficio de sus productores y productoras, de la colectividad del ámbito geográfico respectivo y del desarrollo social integral del país, a través de la reinversión social de sus excedentes. La gestión y administración de las empresas de propiedad social indirecta corresponde al ente u órgano del Poder Público que las constituyan; sin que ello obste para que, progresivamente, la gestión y administración de estas empresas sea transferida a las instancias del Poder Popular, constituyéndose así en empresas de propiedad social comunal directa. 3. Unidad productiva familiar: Es una organización cuyos integrantes pertenecen a un núcleo familiar que desarrolla proyectos socio productivo dirigido a satisfacer sus necesidades y las de la comunidad; y donde sus integrantes, bajo el principio de justicia social, tienen igualdad de derechos y deberes. 4. Grupos de intercambio solidario: Conjunto de prosumidores y prosumidoras organizados voluntariamente, con la finalidad de participar en alguna de las modalidades de los sistemas alternativos de intercambio solidario. 6. Proyecto socio productivo y la nueva economía comunal Extraído del Plan de la patria 2019-2025 Objetivo Nacional 1.9. Blindar a la República contra los actos y delitos de guerra económica, tanto internos como externos, que afecten el sistema económico financiero, capacidades logísticas y de distribución, ataques contra la moneda así como las libertades económicas del Pueblo. “2.1.1.2. Insertar nuevos esquemas productivos que irradien en su entorno relaciones de producción e intercambio complementario y solidario, al tiempo que constituyan tejidos productivos de sostén de un nuevo metabolismo socialista. Estos injertos productivos tendrán políticas de asociación entre sí bajo formas de conglomerados para multiplicar su escala.” “2.1.1.2.1. Establecer como metodología del modelo productivo socialista, en particular de las empresas estatales, mixtas y de la economía popular, la filosofía del punto y círculo.” “2.1.1.3. Democratizar los medios de producción, que impulsen nuevas formas de propiedad, colocándolas al servicio de la sociedad.” “2.1.1.3.2. Construir un circuito de complementariedad productiva de las empresas conjuntas, mixtas, comunales, estatales y del sistema de la economía popular, así como de los pequeños y medianos productores, identificando el mapa de distribución de las mercancías y una ruta concreta de especialización en cadenas productivas estratégicas de los motores de la Agenda Económica Bolivariana.” 7. Análisis estructural parcial de la ley orgánica para el fomento y desarrollo del sistema económico comunal. La ley orgánica para el fomento y desarrollo del sistema económico comunal, está hecha para promover el modelo socio productivo que es impulsado por las comunidades, permitiendo un desarrollo pleno de la misma mediante normas, principios y procedimientos dirigidos a la economía popular. Esta ley tiene como fundamento la libertad económica, donde resalte la producción e intercambio de saberes mediante el poder popular, donde la distribución de la renta pueda ser sustentada, construyendo así una nueva sociedad. CONCLUSION Una nueva economía popular requiere de la unidad de las comunidades, donde se formen para el desempeño profesional de las actividades productivas, con un acompañamiento integral de recursos financieros para el desenvolvimiento de sus actividades. Es indispensable coordinar proyectos socios productivos, generadores de sustento a las comunidades para acabar con el modelo capitalista, garantizando así la actividad organizada, participativa y protagónica. BIBLIOGRAFIA Hugo Chavez, N. M. (2013). Plan de la patria 2019-2025. Gaceta oficial. Caracas, Venezuela. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.1999. Gaceta oficial .Caracas, Venezuela LEY ORGANICA DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL. Gaceta oficial extraordinaria de la República Bolivariana de Venezuela, No. 601. Diciembre 30, 2010. Caracas, Venezuela
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