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INTERVENCIÓN DEL MÉDICO FORENSE • Se establece como requisitos: • • Existencia de enfermedad o deficiencia persistente de carácter físico o psíquico. • • Impida a la persona gobernarse por sí misma (Demencias. Retrasos mentales. Psicosis residuales. Ludopatía, dependencia a drogas (curatela). Afasia mixta. Sensoriales no educados, etc.). • Una de las exigencias del procedimiento de incapacitación es que el Juez valore el dictamen de un facultativo acerca de la concurrencia o no de una causa de incapacitación. Este dictamen médico es indispensable para que el Juez pueda adoptar la decisión final. • Para la realización del informe será preciso practicar una prueba pericial, psiquiátrica. Prueba de la incapacidad, similar en su forma a la técnica general del diagnóstico médico y psiquiátrico, (entrevistas con el interesado, familiares, análisis de documentos, informes médicos, pruebas complementarias, etc.). • El informe pericial de incapacidad debe recoger las siguientes consideraciones. • • Si la persona examinada tiene algún tipo de enfermedad psíquica o física. • • Diagnóstico de la enfermedad, haciendo constar la sintomatología que presenta. • • Incidencia de la enfermedad en las funciones psíquicas (voluntad, conciencia e inteligencia) que sustenta el autogobierno. Y la repercusión de estas alteraciones psíquicas en la vida cotidiana, como: cuidado y aseo personal, alimentación, tareas domésticas, protección de riesgos habituales como incendios, gestión y manejo de dinero para los gastos básicos. • • Evolución de la enfermedad, si es crónica y persistente o si evolucionará hacia la mejoría y recuperación. • • Pronóstico y posible incidencia de factores exógenos como las drogas que pueden agravar su evolución. • • Posibilidades terapéuticas.
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