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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA VICERRECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE SALUD Y DESARROLLO HUMANO ESCUELA DE PSICOLOGÍA SAN JOAQUÍN DE TURMERO - ESTADO ARAGUA Fundamentación Legal de la Educación en Venezuela Integrante: Emily Angarita San Joaquín de Turmero, marzo 2021 PRINCIPIOS RECTORES DE LA EDUCACIÓN VENEZOLANA La educación tiene como finalidad fundamental el pleno desarrollo de la personalidad y el logro de una persona sana, culta, crítica y apta para convivir en una sociedad democrática, justa y libre. En el marco jurídico venezolano, la educación universitaria tiene su basamento legal en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (Asamblea Nacional Constituyente, 1999), La Ley Orgánica de Educación, LOE (Asamblea Nacional, 2009), Ley de Universidades (Congreso de la República, 1970), Reglamentos, Decretos y otros documentos inherentes al hecho educativo. Específicamente, las políticas educativas de la educación venezolana deben enmarcarse en el capítulo VI, de los derechos culturales- educativos, y el artículo 102 de la Constitución de la República Bolivariana (Asamblea Nacional Constituyente, 1999), este último establece: “La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrático, gratuita y obligatoria “… (p. 35). Este artículo define el concepto de la educación venezolana como servicio público, fundamentada en el pluralismo ideológico, además reafirma las características de participación, democracia, gratuidad y obligatoriedad por parte del Estado. En cuanto a la Ley Orgánica de Educación (2009) establece en su artículo 32 el concepto, las funciones, la finalidad y la conformación de la educación universitaria venezolana. También se establece en el artículo 33 los principios rectores de la educación universitaria, basados en la Constitución (1999), estos principios son: “el carácter público, el ejercicio del pensamiento crítico y reflexivo, la inclusión, la pertinencia, la formación integral, la formación a lo largo de la vida, la autonomía, la articulación y cooperación institucional, la democracia, la libertad, la solidaridad, la universalidad, la eficiencia, la justicia social, el respeto a los derechos humanos y bioética, la participación y la igualdad de condiciones y oportunidades” (p. 23). ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO VENEZOLANO El Sistema Educativo Venezolano comprende 4 niveles y 6 modalidades. Estos niveles son: la educación Preescolar, la educación Básica, la Educación Media Diversificada y Profesional y la Educación Superior. Se consideran oficialmente modalidades la Educación Especial, la Educación para las Artes, la Educación Militar, la Educación para la Formación de Ministros del Culto, la Educación de Adultos y la Educación Extraescolar. Niveles Educativos - Educación Preescolar: se oficializa como primer nivel de sistema educativo en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Educación (LOE) en 1980, este establece: “la educación preescolar constituye la fase previa a nivel de educación básica con el cual debe integrarse. Asistirá y protegerá al niño en su crecimiento y desarrollo y lo orientara en las experiencias socioeducativas propias de la edad”. Los niños ingresan a estos establecimientos educativos con edades comprendidas entre cero y seis años. - Educación Básica: se inicia a partir del año 1980, con la aprobación y publicación en Gaceta Oficial de la Ley Orgánica de Educación, es el segundo nivel obligatorio del sistema educativo; comprende dos etapas con duración de tres años cada una y se cursa preferentemente a partir de los seis años de edad. La primera etapa es de primero a tercer grado y la segunda etapa de cuarto a sexto grado. Tiene por finalidad formar niños y niñas activos, reflexivos, críticos e independientes, con elevado interés por la actividad científica humanística y artística; con un desarrollo de la comprensión, confrontación y verificación de su realidad por sí mismos, además con una conciencia que les permita aprender desde el entorno y ser cada vez más participativos, protagónicos y correspondientes en su actuación en la escuela, familia y comunidad. - Educación Media: es el tercer nivel del sistema educativo; constituye el nivel siguiente al de Educación Básica y previo al de Educación Superior. Tiene por finalidad profundizar los conocimientos científicos, humanísticos y tecnológicos de los estudiantes, así como continuar con su formación ética y ciudadana y particularmente, prepararlos para su incorporación digna y eficaz al mercado de trabajo y proseguir estudios a nivel superior. - Educación Superior: tiene como base los niveles precedentes y comprende la formación profesional y de postgrado, y pueden cursarse en las Universidades, los Institutos Universitarios Pedagógicos, Politécnicos, Tecnológicos y Colegios Universitarios y en los Institutos de Formación de Oficiales de las Fuerzas Armadas; los Institutos Especiales de Formación Docente, de Bellas Artes y de Investigación; los Institutos Superiores de Formación de Ministros del Culto; y en general, aquellos que tengan los objetivos señalados en la Ley y se ajusten a sus requerimientos. Modalidades Educativas - Educación de Adultos: está destinada a las personas mayores de quince años que deseen adquirir, ampliar, renovar o perfeccionar sus conocimientos o cambiar su profesión. Tiene por objeto proporcionar la formación cultural y profesional indispensable que lo capacite para la vida social, el trabajo productivo y la prosecución de sus estudios. - Educación Especial: destinada a atender en forma diferenciada, por métodos y recursos especializados, a aquellas personas cuyas características físicas, intelectuales o emocionales comprobadas sean de tal naturaleza y grado, que les impida adaptarse y progresar a través de los programas diseñados para los diferentes niveles del sistema educativo. Igualmente presta atención especializada a aquellas personas que posean aptitudes superiores y sean capaces de destacarse en una o más áreas del desenvolvimiento humano. - Educación Estética: presenta especial atención y orienta a las personas cuya vocación especial, aptitudes e intereses estén dirigidos al arte y su promoción, asegurándoles la formación para el ejercicio profesional en este campo, mediante programas e instituciones de distinto nivel, destinado a tales fines. - Educación Pre-Militar: se rige por las disposiciones de leyes especiales, sin perjuicio del cumplimiento de los preceptos establecidos en la Ley Orgánica de Educación. - Educación para la Formación de Ministros del Culto: se rige por las disposiciones de la Ley Orgánica de Educación, en cuanto le sean aplicables y por las normas que dicten las autoridades religiosas competentes. - Educación Extraescolar: atiende los requerimientos de la educación permanente. Programas diseñados especialmente proveen a la población de conocimientos y prácticas que eleven su nivel cultural, artístico y moral y perfeccionen la capacidad para el trabajo. CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES El Consejo Nacional de Universidades (CNU) es, en Venezuela, es el organismo rector del sistema de educación superior y está adscrito al Ministerio de Educación Superior. Está formado por instituciones de una elevada calidad académica orientadas a producir y transmitir conocimientos. Fue creado el 05 de abril de 1990, a través de la ley de Autonomía de las Instituciones de Educación Superior. Desde su inicio ha tenido como misión y visión la formación integral de profesionales de pre y posgrado de la más alta calidad; la generación y difusión de conocimientos por medio de la investigación científica y tecnológica que responda a las necesidadespresentes y futuras de la sociedad. Este consejo es el ente encargado de organizar y aplicar a los interesados un examen requerido para iniciar los estudios de educación superior en Venezuela, denominado Prueba Nacional de Admisión, que es solo una parte de un macro proceso llamado Programa Nacional de Admisión, los cuales se llevan a cabo anualmente y permite signar a los aspirantes a las diferentes instituciones educativas superiores (Colegios universitarios, institutos, universidades) y se obtiene después de promediar las notas de educación media y la calificación obtenida en dicho examen. https://es.wikipedia.org/wiki/Venezuela https://es.wikipedia.org/wiki/Educaci%C3%B3n_superior REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS Ley Orgánica de Educación. Caracas: Gaceta Oficial Núm. 2635 del 28 de julio de 1980. Herrera, M. (2019). El sistema educativo venezolano [Archivo PDF]. Disponible en: https://www.cice.org.ve/descargas/Sistema%20Educativo%20Vene zolano.pdf Anónimo. (Sin fecha). Historia del CNU. CNU. Disponible en: http://www.cnu.edu.ni/historia-del-cnu/ Anónimo. (2014). La educación media en Venezuela. Infoguia. Disponible en: https://infoguia.com/infotip.asp?t=educacion-media-venezuela&a=157 https://www.cice.org.ve/descargas/Sistema%20Educativo%20Venezolano.pdf https://www.cice.org.ve/descargas/Sistema%20Educativo%20Venezolano.pdf http://www.cnu.edu.ni/historia-del-cnu/ https://infoguia.com/infotip.asp?t=educacion-media-venezuela&a=157
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