Descarga la aplicación para disfrutar aún más
Vista previa del material en texto
Módulo #. Nombre Unidad #. Nombre Sesión #. Nombre Guía de actividades División de Ciencias Sociales y Administrativas / Derecho 1 Módulo 22 Contenidos Particulares del Campo Elegido: Derecho Ambiental Unidad 2 Abordaje metodológico Sesión 6 La vinculación jurídica de las partes Texto de apoyo Módulo 22. Contenidos Particulares del Campo Elegido: Derecho Ambiental Unidad 2. Abordaje metodológico Sesión 6. La vinculación jurídica de las partes Texto de apoyo División de Ciencias Sociales y Administrativas / Derecho 2 Índice Presentación .................................................................................................................................... 3 Vinculación procedente del Derecho Público ................................................................................... 4 Vínculos de Derecho Público entre la PROFEPA e Hilos y telas de San Valentín, S.A. de C.V. .. 8 Vínculos procedentes de Derecho Privado ................................................................................... 9 Esquematización general ........................................................................................................... 10 Cierre ............................................................................................................................................. 11 Fuentes de consulta ...................................................................................................................... 12 Módulo 22. Contenidos Particulares del Campo Elegido: Derecho Ambiental Unidad 2. Abordaje metodológico Sesión 6. La vinculación jurídica de las partes Texto de apoyo División de Ciencias Sociales y Administrativas / Derecho 3 Presentación La vinculación jurídica de las partes Fuente: Pxhere Cuando se analiza un caso para proponer soluciones viables, suele ser de gran utilidad visualizar las relaciones existentes entre las personas involucradas, ya que esto permite comprender los vínculos que se desarrollan entre las mismas y, por lo tanto, las afectaciones jurídicas que surgen de dichas interacciones. Para ello, se debe repasar cómo sucedieron en el tiempo, además de determinar la naturaleza jurídica básica de las obligaciones legales detectadas. En el caso de estudio referido a Hilos y Telas San Valentín, S.A. de C.V., se sabe que un tercero desconocido realiza una denuncia popular ante la Procuraduría de la Defensa del Ambiente (Profepa), lo que incita a esta dependencia pública a iniciar una visita de inspección y, posteriormente, un procedimiento administrativo por infracciones. En relación con lo anterior, en esta sesión se analizará la existencia de vínculos de Derecho Público y Privado entre los sujetos implicados. Módulo 22. Contenidos Particulares del Campo Elegido: Derecho Ambiental Unidad 2. Abordaje metodológico Sesión 6. La vinculación jurídica de las partes Texto de apoyo División de Ciencias Sociales y Administrativas / Derecho 4 Vinculación procedente del Derecho Público El vínculo jurídico es una relación abstracta entre dos o más sujetos de Derecho que surge, en primer lugar, de una norma jurídica que obliga a una persona a realizar una determinada conducta a favor de otra. Cabe recordar que los preceptos legales determinan el curso de acción de los individuos respecto a sus interacciones sociales y, por lo tanto, marcan pautas de conducta a seguir (sean facultades, prohibiciones o permisiones), generando nexos que sólo el Derecho puede, en un momento dado, llegar a deshacer. Así, las normas son fuente de sujeciones jurídicas cuando se ha verificado una situación de hecho que coincide plenamente con el supuesto previsto en la norma, generando con ello consecuencias que deben observarse por todo aquel señalado en la misma. En relación con lo anterior, las normas ambientales son una fuente de obligaciones y vínculos jurídicos. Cuando estos vínculos involucran al Estado para garantizar su observancia a través de alguna de sus entidades, nos encontraremos frente a relaciones de carácter público. En el caso de estudio, se ha analizado que las actuaciones de la Profepa no son arbitrarias, pues estuvieron basadas en diversos ordenamientos tales como lo son: El acuerdo por el que se señala el nombre, sede y circunscripción territorial de las delegaciones de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente en las entidades federativas y en la zona metropolitana del Valle de México. La Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR). La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF). El Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (RLGPGIR). El Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (RISMARN). Ahora bien, derivado de los hechos, los únicos vínculos jurídicos que podemos detectar son los siguientes: Entre el tercero y la Profepa. Módulo 22. Contenidos Particulares del Campo Elegido: Derecho Ambiental Unidad 2. Abordaje metodológico Sesión 6. La vinculación jurídica de las partes Texto de apoyo División de Ciencias Sociales y Administrativas / Derecho 5 Entre la Profepa e Hilos y Telas San Valentín, S.A. de C.V. En el caso en estudio, no existe ni existirá una vinculación entre el tercero que realizó la denuncia popular e Hilos y Telas San Valentín, S.A. de C.V., ya que, como se menciona en la sesión anterior, el último párrafo del artículo 190 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), determina que: Si el denunciante solicita a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente guardar secreto respecto de su identidad, por razones de seguridad e interés particular, ésta llevará a cabo el seguimiento de la denuncia conforme a las atribuciones que la presente ley y demás disposiciones jurídicas aplicables le otorgan. Este supuesto se dio a conocer a la representante legal de la visitada, cuando le pregunta a la autoridad sobre las circunstancias que habían motivado la visita de inspección. Asimismo, en el expediente respectivo se especifica tal situación. No debe olvidarse que la protección al ambiente tiene una naturaleza colectiva, ya que es un derecho humano contemplado en el artículo 4º de la Constitución, por lo que el denunciante puede ser cualquier persona, incluyendo trabajadores u habitantes de la comunidad posiblemente afectada, por lo que la autoridad competente está obligada a dar una respuesta jurídicamente adecuada y, por lo tanto, a seguir los principios de oficiosidad y precaución. Estas situaciones han sido reconocidas en las siguientes tesis aisladas: Tesis: XXVII.3o.29 A (10a.). Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Décima época, l. 37, diciembre de 2016, T. II, p. 1839. Disponible en: https://bit.ly/2Vgrfey Tesis: XXVII.3o.28 A (10a.). Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Décima época, l. 37, diciembre de 2016, T. II, p. 1840. Disponible en: https://bit.ly/2GCpxMs https://bit.ly/2Vgrfey Módulo 22. Contenidos Particulares del Campo Elegido: Derecho Ambiental Unidad 2. Abordaje metodológico Sesión 6. La vinculación jurídica de las partes Texto de apoyo División de Ciencias Sociales y Administrativas / Derecho 6 Para efectos de nuestro caso de estudio y como se ha expuesto desde la sesión anterior, se señala al denunciante como “tercero”, ya que éste no se encuentra presente ni es parte en la visita de inspección, así como tampoco en el respectivo procedimiento administrativo sancionatorio. Cabe aclarar que la protección de la identidad del denunciante sólo se hace a petición de éste, lo cual noocurre en todos los casos, por lo que éste podría participar activamente en un procedimiento, tal como se reconoce en el artículo 193 de la LGEEPA al establecer que el denunciante podrá coadyuvar con la Profepa. Por otra parte, se presenta la siguiente tesis: Tesis: XXVII.3o.30 A (10a.). Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, l. 37, diciembre de 2016, T. II, p. 1841. Disponible en: https://bit.ly/2UMS5v6 Ahora bien, todas las denuncias populares deben realizarse por escrito, debiendo contener lo siguiente: Nombre, domicilio y teléfono (si lo tiene) del denunciante. Datos de su representante legal. Hechos denunciados (actos u omisiones). Datos de identificación del presunto infractor. Localización de la fuente contaminante. Pruebas. La Profepa, de conformidad con la LGEEPA, puede aceptar de primera instancia denuncias por medios digitales o telefónicos, sin embargo, es necesario su ratificación por escrito dentro del término de tres días hábiles posteriores a su realización. En caso de denuncias notoriamente improcedentes o infundadas, aquéllas en las que se advierta mala fe, carencia de fundamento o inexistencia de petición, la Profepa no las admitirá y notificará sus motivos a la persona que la interpuso. Módulo 22. Contenidos Particulares del Campo Elegido: Derecho Ambiental Unidad 2. Abordaje metodológico Sesión 6. La vinculación jurídica de las partes Texto de apoyo División de Ciencias Sociales y Administrativas / Derecho 7 Por otra parte, cuando proceda la instancia, la Procuraduría deberá hacer del conocimiento del denunciante que los acuerdos, resoluciones y recomendaciones que emita no afectarán el ejercicio de otros derechos o medios de defensa que pudieran corresponderle y que no suspenderán ni interrumpirán sus plazos preclusivos, de prescripción o de caducidad. Ahora bien, para efectos del caso en cuestión, dicha denuncia inició un procedimiento similar al que se muestra en el esquema 1. Esquema 1. Procedimiento llevado a cabo en el caso de estudio Lo anterior concuerda con lo preceptuado en el artículo 199, fracción VII de la LGEEPA, que señala las diversas formas en que puede concluir un procedimiento abierto en la Profepa a partir de una denuncia popular: Artículo 199.- Los expedientes de denuncia popular que hubieren sido abiertos podrán ser concluidos por las siguientes causas: I.- Por incompetencia de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente para conocer de la denuncia popular planteada. Recepción de la denuncia Acuse de recibido de recepción (registro y asignación de expediente) Acuerdo de calificación (es decir, qué tipo de trámite se dio a la denuncia). Estos después de 10 días hábiles del acuse de recibido Admisión de la instancia (identificación del denunciantes) Procedimiento de inspección y vigilancia Resolución Módulo 22. Contenidos Particulares del Campo Elegido: Derecho Ambiental Unidad 2. Abordaje metodológico Sesión 6. La vinculación jurídica de las partes Texto de apoyo División de Ciencias Sociales y Administrativas / Derecho 8 II.- Por haberse dictado la recomendación correspondiente. III.- Cuando no existan contravenciones a la normatividad ambiental. IV.- Por falta de interés del denunciante en los términos de este capítulo. V.- Por haberse dictado anteriormente un acuerdo de acumulación de expedientes. VI.- Por haberse solucionado la denuncia popular mediante conciliación entre las partes. VII.- Por la emisión de una resolución derivada del procedimiento de inspección. VIII.- Por desistimiento del denunciante. La página electrónica de la Profepa cuenta con información útil para realizar denuncias ambientales, por lo cual es importante revisar la siguiente información: Profepa (2018). ¿Cómo realizar una denuncia ante PROFEPA? Disponible en: https://www.gob.mx/profepa/articulos/como-realizar-una-denuncia-ante- profepa?idiom=es Por otra parte, en el siguiente vínculo puedes acceder a un formato de ejemplo para realizar una denuncia: Recuerda que este tipo de documentos unicamente sirven de referencia, ya que es responsabilidad de cada abogado estudiar los casos que son sometidos a su estudio para elaborar los escritos que se ajusten a los mismos, sin que éstos sean meras repeticiones de otros realizados previamente. Vínculos de Derecho Público entre la Profepa e Hilos y Telas San Valentín, S.A. de C.V. Las denuncias ambientales sirven para dar a conocer a la autoridad uno o varios eventos atribuidos a una o varias personas que, presumiblemente, están en disonancia con ciertas disposiciones normativas y su fin es impulsar la actuación de la autoridad competente. En este caso, se trata de la Profepa quien deberá, a través de los medios legales pertinentes, perfeccionar las pruebas para determinar si existen o no infracciones previstas con anterioridad en una ley. Así, en este caso la respuesta administrativa se tradujo en una visita de inspección y en el inicio de un procedimiento administrativo, surgiendo obligaciones por parte de Hilos y Telas San Valentín, S.A. de C.V. al respecto. https://www.gob.mx/profepa/articulos/como-realizar-una-denuncia-ante-profepa?idiom=es https://www.gob.mx/profepa/articulos/como-realizar-una-denuncia-ante-profepa?idiom=es http://cemda.org.mx/pdfs/machote-denuncia-profepa.doc Módulo 22. Contenidos Particulares del Campo Elegido: Derecho Ambiental Unidad 2. Abordaje metodológico Sesión 6. La vinculación jurídica de las partes Texto de apoyo División de Ciencias Sociales y Administrativas / Derecho 9 Como se ha mencionado, estas facultades de comprobación son consideradas un acto de molestia, por lo que para su ejercicio se requiere la observancia estricta de ciertos requisitos legales (CPEUM, art. 16). En materia ambiental esta atribución está a cargo de la SEMARNAT quien la ejerce a través de la Profepa, misma que cuenta con una subprocuraduría especializada en inspección industrial de conformidad con el organigrama localizado en el siguiente vínculo. Así, como también se ha referido, el procedimiento deberá iniciar con la debida identificación del personal encargado de la inspección por parte de la Profepa, así como la exhibición y entrega de la correspondiente orden. Debido que en sesiones anteriores se ha expuesto el procedimiento llevado a cabo por la autoridad, así como las infracciones registradas por la misma, las cuales se encuentran fundadas y motivadas por Derecho Público, resulta necesario realizar la recapitulación de ambos aspectos. Vínculos procedentes de Derecho Privado En relación con esta clase de vínculos en el caso tratado, si bien no son aplicables, es conveniente mencionar no obstante que la inspección fue realizada en las instalaciones de la persona moral denominada Hilos y Telas San Valentín, S.A. de C.V. mismas que se asientan sobre un predio que se presume de su propiedad. Conforme a lo anterior, la naturaleza jurídica del derecho de propiedad corresponde a un derecho real, es decir, a un poder de dominio que permite a su titular varias facultades sobre un bien, tales como lo son su uso y disfrute. Sin embargo, estas potestades no son ilimitadas y, como se ha mencionado en sesiones anteriores, el artículo 27 constitucional señala que el dominio originario de las tierras y aguas comprendidas en nuestro país corresponde a la Nación, por lo que cuando http://transparencia.profepa.gob.mx/Transparencia/TransparenciaDGP/ORGANIGRAMA/PROFEPA.pdf Módulo 22. Contenidos Particulares del Campo Elegido: Derecho Ambiental Unidad 2. Abordaje metodológico Sesión 6. La vinculación jurídica de las partes Texto de apoyo División de Ciencias Sociales y Administrativas / Derecho 10 se constituye la propiedad privada o derivada, tendrá en todo momento el derecho de imponerleciertos límites. Como algunas de las infracciones detectadas en la visita de inspección tienen que ver precisamente con la contaminación de suelos, poco importa que la propiedad del mismo corresponda a una persona moral de naturaleza privada, por lo que de cualquier forma estará obligada a reparar el daño ambiental. Esquema general Para concluir y contar con un panorama general que englobe todo lo integrado en el análisis del caso, observa el siguiente esquema. Esquema 2. Vinculación jurídica de las partes Tercero •Ejercicio del derecho de denuncia popular por persona que considera la existencia de daños al medio ambiente. PROFEPA •Respuesta administrativa por parte de la autoridad a través de una visita de inspección e iniciación de un procedimiento administrativo. Sociedad mercantil •Atención a visita de inspección, seguimiento a procedimiento administrativo y medidas impuestas, cumplimiento de sanciones en relación a la generación de residuos peligrosos con base en los siguientes cuerpos normativos: •Acuerdo por el que se señala el nombre, sede y circunscripción territorial de las delegaciones de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente en las entidades federativas y en la zona metropolitana del Valle de México. •Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR). •Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF). •Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (RISMARN). Módulo 22. Contenidos Particulares del Campo Elegido: Derecho Ambiental Unidad 2. Abordaje metodológico Sesión 6. La vinculación jurídica de las partes Texto de apoyo División de Ciencias Sociales y Administrativas / Derecho 11 Cierre Cierre Fuente: Flaticon Al momento de estudiar un caso, resulta de gran utilidad esquematizar las relaciones jurídicas que se generan entre los sujetos de derecho involucrados partiendo de la legislación ambiental aplicable. Esto nos ayuda a identificar la posición jurídica de cada uno, así como la naturaleza del vínculo que los liga, a fin de estar en posibilidad de vislumbrar posibles soluciones o, en su caso, medios de defensa o formas legítimas de proceder. Asimismo, resulta muy didáctico visualizar los problemas que se nos presentan, ya que al momento de estar elaborando los esquemas necesarios para comprender el problema que está en nuestras manos, se puede sintetizar un gran cúmulo de información, aclarar dudas o revisar datos, reflexionando e involucrándonos de forma activa con la situación. Módulo 22. Contenidos Particulares del Campo Elegido: Derecho Ambiental Unidad 2. Abordaje metodológico Sesión 6. La vinculación jurídica de las partes Texto de apoyo División de Ciencias Sociales y Administrativas / Derecho 12 Fuentes de consulta Fuentes de consulta Fuente: Flaticon Legislación Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM). Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA). Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR). Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF). Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (RLGPGIR). Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (RISMARN). http://www.flaticon.com/free-icon/three-books_74982
Compartir