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Unidad 2. Preparación y desarrollo del acto procesal Sesión 3. Los actos procesales Texto de apoyo División de Ciencias Sociales y Administrativas / Derecho 1 Módulo 6 Proceso, procedimiento y juicio Unidad 2 Preparación y desarrollo del acto procesal Sesión 3 Los actos procesales Texto de apoyo Unidad 2. Preparación y desarrollo del acto procesal Sesión 3. Los actos procesales Texto de apoyo División de Ciencias Sociales y Administrativas / Derecho 2 Índice Presentación .......................................................................................................................................... 3 Condiciones de tiempo, forma y lugar del Acto procesal ........................................................................ 3 Actos procesales de las partes .............................................................................................................. 5 Actos procesales del órgano jurisdiccional ............................................................................................. 7 Notificaciones ..................................................................................................................................... 8 Cierre ....................................................................................................................................................10 Fuentes de consulta .............................................................................................................................11 Legislación ........................................................................................................................................11 Unidad 2. Preparación y desarrollo del acto procesal Sesión 3. Los actos procesales Texto de apoyo División de Ciencias Sociales y Administrativas / Derecho 3 Presentación Los actos procesales Fuente: http://bit.ly/2crRSXd Genéricamente, la relevancia de los actos procesales radica en la acreditación de las afirmaciones. En esta sesión conocerás las condiciones (tiempo, forma y lugar), los elementos de los que pueden disponer cada una de las partes y las acciones que puede llevar a cabo el órgano jurisdiccional. Condiciones de tiempo, forma y lugar del acto procesal El proceso jurisdiccional se encuentra dividido en varias etapas, las cuales tienen tiempos específicos para el deshago y la integración. Estos tiempos son indicados en las leyes procesales. Esquema 1. Etapas de un juicio Las partes tienen la carga de hacer valer sus derechos procesales dentro de los plazos que la ley les otorga; de no hacerlo, precluirá el derecho. La preclusión se puede definir como “la pérdida de una facultad procesal por haberse llegado a los límites fijados por la ley para el ejercicio de esa facultad en el juicio o fuera de él…” (TCC, 1989:554). Postulatoria Probatoria Preconclusiva Sentencia Unidad 2. Preparación y desarrollo del acto procesal Sesión 3. Los actos procesales Texto de apoyo División de Ciencias Sociales y Administrativas / Derecho 4 La preclusión se encuentra señalada en el artículo 1020 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, en su artículo VIII. Para consultar los términos, se proporciona la siguiente liga a la Gaceta Oficial del Distrito Federal: http://www.ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Distrito%20Federal/wo96095.p df Para que se puedan hacer valer los derechos procesales, es importante que éstos reúnan todas las condiciones del acto procesal: Forma: Entendida como la exteriorización de los actos procesales. Sus requisitos en términos generales son: - Todos los actos de las partes deben encontrarse en castellano y los documentos extranjeros que se presenten en otro idioma, deben presentarse con su traducción al castellano. - Las fechas y cantidades deben escribirse con letra. - Los escritos de las partes deben presentarse firmados por ellas. Las actuaciones judiciales deben estar debidamente autorizadas, de lo contrario serán investidas de nulidad por el funcionario público que tenga como función dar fe en el órgano jurisdiccional. Tiempo: Es de gran importancia, ya que regula el momento en que se pueden y deben practicar diversos actos procesales para ejercitarlos en los plazos legales pues, de no cumplirse, precluye el derecho. Los aspectos regulados por la ley en cuanto al tiempo son los siguientes: - Los días y horas hábiles: Se consideran por la ley días hábiles todos los días del año menos sábados y domingos y aquéllos que la ley declare como festivos. Las horas hábiles dependerán de las que establezca el código procesal de la localidad donde se lleve a cabo el juicio. - El establecimiento de los plazos y términos: Comúnmente estas acepciones se confunden y son usadas indistintamente como sinónimos; sin embargo, es importante señalar que la doctrina los ha diferenciado. Por un lado, plazo es “un periodo de tiempo a todo lo largo del http://www.ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Distrito%20Federal/wo96095.pdf http://www.ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Distrito%20Federal/wo96095.pdf Unidad 2. Preparación y desarrollo del acto procesal Sesión 3. Los actos procesales Texto de apoyo División de Ciencias Sociales y Administrativas / Derecho 5 cual, desde el momento inicial y hasta el final, se puede realizar válidamente un acto procesal”; mientras que término es “el momento (día y hora) señalado para el comienzo de un acto procesal” (Ovalle, 2005:287). - El cómputo de los plazos: Existen diversas reglas para computar los plazos. En resumen, se pueden señalar aquéllas en donde los plazos empiezan a correr a partir del día siguiente al que fueron notificados; que los días inhábiles no pueden contarse al momento de computar los plazos, que los meses son regulados conforme al calendario del año y los días deben entenderse de 24 horas. En los casos en que la ley no señale un plazo en específico para desahogar cierto acto procesal, señala plazos genéricos para los casos de esas omisiones. Lugar: Se debe entender como el espacio físico donde se llevan a cabo los actos procesales. Generalmente será la sede del órgano jurisdiccional (el juzgado o tribunal). Hay casos en los que los actos procesales se llevan a cabo fuera del mismo, por ejemplo, la diligencia para emplazar al demandado, la cual se lleva a cabo en el domicilio que se señaló del demandado. A propósito de aspectos tales como las preclusiones, se recomienda la lectura “Teoría de las nulidades e ineficacias del acto jurídico”, en el siguiente material de consulta: Sánchez Barroso, J. (2011). Cien años de Derecho Civil en México 1910-2010. México: UNAM. Recuperado de http://bibliohistorico.juridicas.unam.mx/libros/libro.htm?l=3834 Actos procesales de las partes Los sujetos principales que intervienen en la relación jurídica procesal son: la parte actora (la que reclama), la parte demandada (de quien se reclama) y el órgano jurisdiccional (representado por el juez, a quien le corresponde conocer y resolver la controversia surgida entre las partes). Asimismo, como parte en el proceso se define al que reclama para sí, o en nombre de otro, la intervención del órgano jurisdiccional para la tutela de una pretensión, aplicando la ley al caso concreto y aquel de quien se reclama la satisfacción de la pretensión. Empero, es necesario distinguir la parte http://bibliohistorico.juridicas.unam.mx/libros/libro.htm?l=3834 Unidad 2. Preparación y desarrollo del acto procesal Sesión 3. Los actos procesales Texto de apoyo División de Ciencias Sociales y Administrativas / Derecho 6 material y formal dentrodel proceso, la primera se refiere a que la sentencia que ponga fin al proceso le afectará en su esfera jurídica ya que opera sobre sus bienes o derechos, además, requiere ser titular del derecho reclamado, mientras que para la parte formal su esfera jurídica permanecerá inalterada, en razón de que actúa en representación y no en nombre propio. Para que las partes puedan actuar deben estar legitimadas. Se entiende por legitimación la facultad que la ley concede a un sujeto de derecho para desarrollar una actividad o conducta procesal; puede ser en la causa o procesal. La primera corresponde al titular de un derecho y la segunda a los sujetos a quienes la ley faculta para actuar en un proceso por sí o a nombre de otros. Una vez legitimadas las partes, se encuentran facultadas para poder actuar en el proceso, realizando algunos de los siguientes actos: Actos de petición: Las partes manifiestan al juzgador sus pretensiones; solicitan que, agotándose los actos necesarios, se dicte sentencia. En estos actos las partes reclaman algo al juzgador. Actos de prueba: Las partes buscan dar certeza al juzgador sobre los fundamentos de derecho y hecho, respecto a su acción o petición. Actos de alegación: Las partes argumentan los fundamentos de hecho y de derecho que tienen para sostener su pretensión. Actos de impugnación: Las partes combaten la validez de los actos jurisdiccionales, así como los actos u omisiones del órgano jurisdiccional. Unidad 2. Preparación y desarrollo del acto procesal Sesión 3. Los actos procesales Texto de apoyo División de Ciencias Sociales y Administrativas / Derecho 7 Actos procesales del órgano jurisdiccional Resoluciones judiciales: Son los actos procesales mediante los cuales el órgano jurisdiccional resuelve las peticiones de las partes. La resolución judicial más importante en todo proceso es la sentencia. Audiencia: Tiene diversos significados, en esta ocasión la entenderemos como …el acto procesal complejo y público, que se desarrolla en la sede y bajo la dirección del órgano jurisdiccional, y en el que intervienen las partes, sus abogados y los terceros cuya presencia sea necesaria para la celebración del acto (Ovalle, 2005:296). Actos de ejecución: Son los actos procesales mediante los cuales el órgano jurisdiccional hace que se cumplan sus determinaciones. Para esto es importante diferenciar entre los actos de ejecución para hacer cumplir los actos que se dictan durante el procedimiento y el acto de ejecución en contra de la sentencia definitiva. Multa: Se cuantifica conforme al salario mínimo y se determina en mínimos y máximos. Uso de la fuerza pública: Mediante la cual el órgano jurisdiccional solicita el apoyo de elementos de seguridad pública (policía). Un ejemplo es cuando se usa la fuerza pública para que un testigo que sistemáticamente se niega acudir a declarar, comparezca. Rompimiento de cerraduras: En caso que la determinación ordene el acceso a un inmueble, pero se le niegue el acceso, se puede autorizar que se rompan las cerraduras. Arresto: Consiste en privar a la persona de su libertad por determinadas horas, mismas que no pueden exceder de 36. Asimismo, es importante decir que el órgano jurisdiccional para hacer cumplir sus determinaciones hace valer las medidas de apremio previstas en el artículo 73 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal e incluso éstos pueden también ser solicitados por las partes (actor o demandado). Así, el mencionado precepto señala: o La multa hasta por las cantidades a que se refiere el artículo 62, la cual podrá duplicarse en caso de reincidencia. o El auxilio de la fuerza pública y la fractura de cerraduras si fuere necesario. Unidad 2. Preparación y desarrollo del acto procesal Sesión 3. Los actos procesales Texto de apoyo División de Ciencias Sociales y Administrativas / Derecho 8 o El cateo por orden escrita. o El arresto hasta por treinta y seis horas. o La presentación de los testigos por la fuerza pública. Notificaciones La notificación es el conducto mediante el cual el órgano jurisdiccional hace saber a las partes o terceros los actos procesales o el contenido de las resoluciones dictadas. El emplazamiento es la primera comunicación que tiene el órgano jurisdiccional con la parte demandada, por este medio da a conocer la admisión de una demanda presentada en su contra, concediéndole un plazo para contestarla con las consecuencias legales correspondientes al hacerlo o no hacerlo. Las notificaciones pueden ser de la siguiente forma: Personal: Consiste en la entrega directa de la comunicación a la persona interesada. Quien acude a entregarla siempre es un empleado del órgano jurisdiccional, denominado procesalmente notificador o actuario. Esta notificación se realiza mediante un documento denominado cédula de notificación, la cual deberá contener el nombre de la persona a la que se dirige, la hora y fecha en la que se entrega, el tipo de procedimiento, los nombres de las partes, el órgano jurisdiccional que ordenó la notificación y copia de la resolución que se ordena notificar. Boletín judicial: Las notificaciones que no son personales se harán en el Boletín judicial que es una especie de periódico que cada órgano jurisdiccional publica diariamente y mediante el cual se da a conocer a las partes que existe un nuevo acto procesal dictado en su expediente. Por edictos: Se utiliza este medio de notificación para emplazar a personas inciertas o cuyo domicilio se desconoce. Esto se realiza mediante la publicación del auto o resolución que se pretende notificar en periódicos de circulación local y en el boletín judicial de la entidad del órgano jurisdiccional. Correo certificado o telégrafo: Algunas leyes procesales permiten que estos medios sean utilizados para realizar diversas notificaciones. Para lo anterior, el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal dispone que todos los litigantes, en el primer escrito o en la primera diligencia judicial, deben: Unidad 2. Preparación y desarrollo del acto procesal Sesión 3. Los actos procesales Texto de apoyo División de Ciencias Sociales y Administrativas / Derecho 9 o Designar casa ubicada en el lugar del juicio para que se les hagan las notificaciones y se practiquen las diligencias que sean necesarias. Si no lo hacen, las notificaciones –aun las personales– se harán por medio de boletín judicial. o Designar la casa en que ha de hacerse la primera notificación a la persona o personas contra quienes promuevan. No se hace notificación alguna a la persona contra quien se promueva hasta que se subsane la omisión. Y que si un litigante cambiare de domicilio sin informar al juzgado o el designado fuere incorrecto o en el proporcionado se negaren a recibir las diligencias y notificaciones personales, se le seguirán haciendo en el que proporcionó y, como consecuencia, las notificación se le harán por boletín judicial, así como las subsecuentes, además, las diligencias donde deba participar se practicarán en el juzgado sin su presencia. Se recomienda la consulta de los artículos 110 y 112 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, para profundizar en esta tema de las notificaciones. Unidad 2. Preparación y desarrollo del acto procesal Sesión 3. Los actos procesales Texto de apoyo División de Ciencias Sociales y Administrativas / Derecho 10 Cierre Cierre Fuente: Flaticon Para concluir, Ovalle señala sobre los actos lo siguiente: Sin desconocer la naturaleza, el contenido y el sentido específico de la acción y de la excepción, se puede afirmar que ambas derivan de un derecho genérico que tiene toda persona para acceder a los tribunales, con el fin de plantear unapretensión o defenderse de ella, a través de un proceso justo y razonable, en el que se respeten los derechos que corresponden a las partes (2005:175-176). Unidad 2. Preparación y desarrollo del acto procesal Sesión 3. Los actos procesales Texto de apoyo División de Ciencias Sociales y Administrativas / Derecho 11 Fuentes de consulta Fuentes de consulta Fuente: Flaticon Tribunales Colegiados de Circuito (TCC) (1989, enero-junio). Semanario Judicial de la Federación. Octava Época. Tomo III, Segunda parte. Recuperado de http://sjf.scjn.gob.mx/SJFSist/Documentos/Tesis/228/228845.pdf Ovalle Fabela, J. (2005). Teoría general del proceso. México: Oxford University Press. Legislación Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal. http://www.flaticon.com/free-icon/three-books_74982 http://sjf.scjn.gob.mx/SJFSist/Documentos/Tesis/228/228845.pdf
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