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Studocu no está patrocinado ni avalado por ningún colegio o universidad. M16 U2 S5 VEVF - Demanda de los conflictos practica forense laboral (Universidad Abierta y a Distancia de México) Studocu no está patrocinado ni avalado por ningún colegio o universidad. M16 U2 S5 VEVF - Demanda de los conflictos practica forense laboral (Universidad Abierta y a Distancia de México) Descargado por Jessica Garcés (garcesjessicat@gmail.com) lOMoARcPSD|28356101 https://www.studocu.com/es-mx?utm_campaign=shared-document&utm_source=studocu-document&utm_medium=social_sharing&utm_content=m16-u2-s5-vevf-demanda-de-los-conflictos https://www.studocu.com/es-mx/document/universidad-abierta-y-a-distancia-de-mexico/practica-forense-laboral/m16-u2-s5-vevf-demanda-de-los-conflictos/9503003?utm_campaign=shared-document&utm_source=studocu-document&utm_medium=social_sharing&utm_content=m16-u2-s5-vevf-demanda-de-los-conflictos https://www.studocu.com/es-mx/course/universidad-abierta-y-a-distancia-de-mexico/practica-forense-laboral/4464933?utm_campaign=shared-document&utm_source=studocu-document&utm_medium=social_sharing&utm_content=m16-u2-s5-vevf-demanda-de-los-conflictos https://www.studocu.com/es-mx?utm_campaign=shared-document&utm_source=studocu-document&utm_medium=social_sharing&utm_content=m16-u2-s5-vevf-demanda-de-los-conflictos https://www.studocu.com/es-mx/document/universidad-abierta-y-a-distancia-de-mexico/practica-forense-laboral/m16-u2-s5-vevf-demanda-de-los-conflictos/9503003?utm_campaign=shared-document&utm_source=studocu-document&utm_medium=social_sharing&utm_content=m16-u2-s5-vevf-demanda-de-los-conflictos https://www.studocu.com/es-mx/course/universidad-abierta-y-a-distancia-de-mexico/practica-forense-laboral/4464933?utm_campaign=shared-document&utm_source=studocu-document&utm_medium=social_sharing&utm_content=m16-u2-s5-vevf-demanda-de-los-conflictos UNIVERSIDAD ABIERTA Y A DISTANCIA DE MÉXICO PRÁCTICA FORENCE LABORAL DE LOS CONFLICTOS INDIVIDUALES DE SEGURIDAD SOCIAL DEMANDA EN LOS CONFLICTOS INDIVIDUALES DE SEGURIDAD SOCIAL DOCENTE: LIC. AURORA PALACIOS CAMACHO ALUMNA: VERA VALDÉS FUENTES MATRICULA: ES172018284 AGOSTO 2020 Descargado por Jessica Garcés (garcesjessicat@gmail.com) lOMoARcPSD|28356101 https://www.studocu.com/es-mx?utm_campaign=shared-document&utm_source=studocu-document&utm_medium=social_sharing&utm_content=m16-u2-s5-vevf-demanda-de-los-conflictos Actividad 1. Procedimientos de los conflictos individuales de Seguridad Social. PROCEDICIMIENTO LABORAL ESPECIAL CONCLICTOS INDIVIDUALES DE SEGURIDAD SOCIAL AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN La C. Auxiliar, declara abierta la audiencia. En esta fase del procedimiento, se presentaron ambas partes, a petición de la parte actora para llegar a un acuerdo con base a los requerimientos para obtener mejores condiciones laborales, sobre todo de carácter económico. DEMANDA Se presentan los datos del actor y del demandado, nombre de la empresa, dirección. Se redactan las prestaciones y los hechos. Se redactan las condiciones laborales: horarios de trabajo, sueldo y prestaciones. EXCEPCIONES El patrón opone sus defensas respecto a todos los puntos de la demanda, ya sea afirmándolos, negándolos o explicándolos. Como no conteste algún punto, ese punto se tomará como si hubiera admitido. RESOLUCIÓN Certificación, ya no hay nada que desahogar y se pasa a proyecto de laudo. Proyecto de laudo. Sentencia. Cierre de instrucción. Puede haber un amparo adhesivo en quince días. ALEGATOS Desahogo de pruebas, confesionales y testimoniales, peritaje para firmarse, presentación de testigos. Certificación de los alegatos, presentando dos promocionales, donde ya no hay que desahogar. PRUEBAS Se presentan las pruebas de la parte actora y demandada, como son: recibos, credenciales y todos aquellos documentos que prueban la relación laboral entre las partes en contienda. Descargado por Jessica Garcés (garcesjessicat@gmail.com) lOMoARcPSD|28356101 Actividad 2. Redacción de acuerdo admisorio JUNTA ESPECIAL No. 23 Exp. No. 374/2013 DAVID CARDONA ARIAS VS INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL ACUERDO ADMISORIO EN LA TOLUCA DE LERDO, ESTADO DE MÉXICO; A DIECISIETE DE FEBRERO DE DOS MIL TRECE. Con el Oficio, en fojas que al mismo se comparan recibidos con el número y en las fechas consignadas en la razón de cuenta que antecede, fírmese el expediente respectivo y regístrese en el Libro de Gobierno correspondiente. Con fundamento en los Artículos 685,892 al 899 y de los Artículos 899-A al G, de la Ley Federal del Trabajo, se admite la demanda laboral interpuesta en vía especial por: DAVID CARDONA ARIAS, en contra del INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, en consecuencia y no habiendo en concepto de esta Junta deficiencias que hagan necesaria la suplencia de la demanda ni irregularidades que requieran aclaración previa, cítense a las partes para que concurran ante esta Junta para la celebración de la Audiencia de DEMANDA Y EXCEPCIONES, PRUEBAS Y RESOLUCIÓN, prevista por el Artículo 893 de la Ley Federal del Trabajo, misma que tendrá lugar a las: 11:30 horas, debiéndose de apercibir a la Institución del Gobierno Federal de que en caso de no concurrir sus representantes, peritos en medicina laboral, se le tendrá por CONTESTADA LA DEMANDA entablada en su contra en sentido afirmativo, y por perdido su derecho para ofrecer pruebas, con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 894 de la citada Ley Laboral. Con fundamento en lo que dispone el Artículo 693 de la Ley Federal del Trabajo, se conoce la personalidad legal y jurídica como apoderado legal de la parte actora la de la Licenciada en Derecho: ALEXA CHÁVEZ VALDÉS, con domicilio señalado para oír y recibir notificaciones el ubicado en: Luis Donaldo Colosio número 4758, fraccionamiento Colosio, Jilotepec, Estado de México. Y la de los, como apoderados de la parte demandada, a todos con las facultades inherentes al mandato que se les confiere y por señalado de esta parte, domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad el ubicado en: Leandro Valle número 859, colonia Jalpa, Jilotepec, Estado de México. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE este acuerdo a las partes con diez días de anticipación a la fecha y hora señaladas, por conducto de sus apoderados legales en esta Ciudad y quedando comisionado para tales efectos el C. Secretario y Notificador de esta Junta, debiendo inclusive de entregar copia del presente acuerdo. Así lo acordó y firma la H. JUNTA FEDERAL, ante el C. Secretario que autoriza y da fe, DOY FE. En la misma fecha 17 de Octubre de 2013, se publica en lista en acuerdo anterior. CONSTE. EL C. AUXILIAREL C. SECRETARIO Descargado por Jessica Garcés (garcesjessicat@gmail.com) lOMoARcPSD|28356101 https://www.studocu.com/es-mx?utm_campaign=shared-document&utm_source=studocu-document&utm_medium=social_sharing&utm_content=m16-u2-s5-vevf-demanda-de-los-conflictos Actividad Integradora. Las notificaciones H. JUNTA ESPECIAL EN TURNO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE VALLE DE TOLUCA ESTADO DE MEXICO EXPEDIENTE: 374 /2013. ACTOR: C. DAVID CARDONA ARIAS DEMANDADO: INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL En la ciudad de VALLE DE TOLUCA ESTADO DE MEXICO, siendo las once horas con veinticinco minutos del día 22 del mes octubre del año dos mil tres, el actuario adscrito a la H. Junta de conciliación y arbitraje de Valle de Toluca, Estado de México, hago constar y doy fe que me constituí en el domicilio señalado en autos sito en de esta ciudad habiéndome cerciorado que efectivamente es el domicilio de donde habita, trabaja o tiene su domicilio en la casa o local señalado en autos para notificar al C. REPRESENTANTE LEGAL DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, cerciorándome que es el domicilio correcto por los medios que tengo a la vista y que son oficinas ubicadas en edificio color durazno con el nombre en fachada de “CONFECCIONES RIB, S.A. DE C.V.,” así como por el dicho de la persona que me atendió y se encontraba en el interior del domicilioseñalado en autos y quien dijo llamarse ser LIC. ALEXA CHÁVEZ VALDÉS, quien se identifica con credencial INE 0948594094639 y toda vez que es la persona que busco, de CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 741 Y 743 FRACCIONES II Y IV de la LEY FEDERAL DEL TRABAJO procedí a entender la diligencia con la misma, notificándole y corriéndole traslado con copia cotejada y autorizada del ACUERDO de fecha 017 DEL MES OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL TRES, dictado por la junta de mi adscripción; leyéndole el contenido del mismo, corriéndole traslado con copia autorizada cotejada del escrito inicial de demanda promovido por el C. DAVID CARDONA ARIAS y de la presente acta; haciéndole saber que se fijaron a las ONCE HORAS CON VEINTICINCO MINUTOS DEL DIA 22 DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DE DOS MIL TRES para que tenga verificativo la audiencia EN LA JUNTA ESPECIAL DE CONCILIACIÓN, DEMANDA Y EXCEPCIONES Y DEBERA COMPARECER ANTE LA AUTORIDAD LABORAL ubicada en Calle Manuel Arias, Cuauhtémoc, 02130 Toluca de Lerdo, Méx., para hacer valer sus derechos, pues de lo contrario, se le tendrá por inconforme con todo arreglo, por contestada la demanda en sentido afirmativo y por perdido su derecho para ofrecer pruebas en el juicio al que se le emplaza apercibiéndole igualmente para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta localidad en su primera comparecencia, ya que en caso omiso, las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal, se le harán por lista de estrados de la junta de mi adscripción, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 739 de la LEY FEDERAL DEL TRABAJO. Manifestándome que recibe la notificación que se relaciona, dándose por enterado, notificado y apercibido en sus términos. Por lo que di por terminada esta diligencia, levantando la presenta acta para debida constancia, firmando en ella los que intervinieron y quisieron hacerlo. CONSTE ATENTAMENTE EL ACTUARIO ADSCRITO A LA JUNTA ESPECIAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DEL VALLE DE TOLUCA Descargado por Jessica Garcés (garcesjessicat@gmail.com) lOMoARcPSD|28356101 LIC. ISAAC FRANCES REYES CONCLUSIÓN De acuerdo con el artículo 899-A de la Ley Federal del Trabajo, los conflictos individuales de seguridad social tienen por objeto reclamar el otorgamiento de prestaciones en dinero o en especie derivadas de los diversos seguros que componen el régimen obligatorio del seguro social, organizado y administrado por el Instituto Mexicano del Seguro Social, y de aquellas que conforme a la Ley del Seguro Social y la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores deban cubrir el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y las administradoras de fondos para el retiro, así como las que resulten aplicables en virtud de contratos colectivos de trabajo o contratos-ley que contengan beneficios en materia de seguridad social. Referencias UnADMEXICO. (Agosto de 2020). Texto de Apoyo. Ciudad de México, México. Unión, H. C. (Agosto de 2020). Cámara de Diputados. Obtenido de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/86_010519.pdf Unión, H. C. (Agosto de 2020). Cámara de Diputados. Obtenido de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_020719.pdf Descargado por Jessica Garcés (garcesjessicat@gmail.com) lOMoARcPSD|28356101 https://www.studocu.com/es-mx?utm_campaign=shared-document&utm_source=studocu-document&utm_medium=social_sharing&utm_content=m16-u2-s5-vevf-demanda-de-los-conflictos Referencias
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