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3a sesión Repaso actividad 1, marco legal act 2

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FORMULACIÓN Y EVALUACIÓN DE 
PROYECTOS.
Unidad 1. Diseño del anteproyecto. 
3a. Sesión Collaborate
Enlace de grabación:
Lic. Lorena Rodríguez Enríquez 19 de febrero de 2019.
OBJETIVO Y/O PROPÓSITOS.
Saberes previos: Estudio de mercado y 
Estudio técnico y viabilidad financiera.
Marco legal del proyecto.
Atención a dudas y preguntas. 
Estudio de mercado
Estudio técnico
Cómo (forma de 
producción y 
comercialización),
Cuánto (es la 
cantidad 
demandada ya 
determinada del 
mercado meta) 
Cuándo (los días que 
se laborarán para 
satisfacer dicha 
demanda)
Dónde (lugares 
donde se venderá el 
producto para 
acercarlo al cliente) 
La localización 
óptima es de 
acuerdo a todo lo 
que se describe en el 
cómo y en el con 
qué, como sería el 
lugar ideal y también 
cuantos recursos 
humanos serán 
necesarios. 
Con qué (recursos 
necesarios para 
producir y vender: 
maquinaria, equipo, 
herramientas) 
Gastos de producción:
Gastos de energía eléctrica: $ 1,250
Gastos de gas: $ 750
Gastos de agua y combustible $ 1,100
Gastos de calidad $ 1,000
Gastos de administración: $ 2.400
Gastos de venta: $ 17,500
Inversión inicial: $ 45,250
Capital de trabajo: $ 43,936.40
Costos iniciales del anteproyecto: 
Producción: Materia prima 0.6099 pieza 
Mano de obra: $ 19,500
Costos Variables: $ 2,480
$ 113,186.40Al hacer la evaluación del proyecto, se consideró un 
horno industrial con un costo de $ 80,000.00, para 
conocer la rentabilidad con este activo (opcional).
$ 193,186.40
Viabilidad financiera del proyecto:
Inversión inicial:
Punto de equilibrio:
Costos iniciales del anteproyecto: 
Producción: Materia prima 0.6099 
pieza 
Mano de obra: $ 19,500.00
Materia prima mensual $ 21,956.40
Costos variables (mensual)
Energía eléctrica $ 600
Renta de teléfono $ 380
Agua $ 200
Gas $ 500
Gasolina para vehículo de repartición $ 800
Total $ 2,480
Costos Variables: $ 2,480
Costos Variables: 2,480/36,000 
0.0688
Costo de venta: $4.50
Plan de producción mensual
Materia prima (inventarios)
1500 piezas diarias*6 días=
9,000*4 semanas=
36,000*0.6099 costo por
materia prima
$ 21,956.40
Mano de obra: $ 19,500.00
Servicios (costos variables) $ 2,480.00
Total $ 43,936.40
En esta gráfica se observa claramente que en las ventas
número 19 se encuentra el punto de equilibrio, es decir,
se encuentra la menor diferencia posible entre los
ingresos y los costos. Los ingresos que corresponden
para llegar al punto de equilibrio deben ser de $
85,500.00 que son 19,000 unidades de venta y se tendrá
la menor diferencia posible entre los costos y los
ingresos que es de $ -37.00. A partir de la venta número
20 ya se tendrán utilidades.
La línea gris nos indica que al inicio del proyecto habrá
pérdidas, pero que éstas irán ascendiendo y a partir de
los ingresos de la venta 19, en el punto de equilibrio se
tendrá ya una utilidad neta.
La línea azul nos indica los ingresos que inician desde 0
y a partir también del punto de equilibrio ya se tienen
beneficios.
La línea naranja nos indica los costos, estos se van
nivelando hasta la venta 19.
Revisar el video que envié a sus correos como material extra. 
Se determinaron con la siguiente fórmula:
Amortización=
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑟𝑒𝑎𝑙
𝑉𝑖𝑑𝑎 ú𝑡𝑖𝑙
Amortización.
El valor real es el valor presente, 
el valor nominal es el de término 
de 10 años, es decir, después de 
su vida útil, se considerará una 
depreciación del 10% de acuerdo 
a los parámetros establecidos por 
la Secretaría de Hacienda y 
Crédito Público: 
80,000*10%=$ 8,000/10 (años vida útil) =$ 800.00
Primer año: $80,000-800 = $ 79,200
Depreciación.
Otra manera de calcular la depreciación. 
Normas Aplicables
Para el sector agroalimentario, las 
normas vigentes que regulan las 
operaciones de las panaderías son:
Norma Oficial mexicana nom-147-ssa1-
1996.
NORMA Oficial Mexicana NOM-247-SSA1-
2008
Leyes
- CÓDIGO DE COMERCIO
- LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA
- LEY FEDERAL DEL TRABAJO
- LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA 
Para el uso del suelo comercial para el 
establecimiento de panaderías.
Reglamento
Artículo 1.- Para los efectos del presente
Reglamento se establece la Comisión
Técnica Consultiva de Panaderías y
Expendio de Pan de Trigo. Dicha Comisión
será integrada por un representante del H.
Ayuntamiento que fungirá como residente,
uno del Comité de Precios y Distribuciones
dependiente de la Delegación Federal de la
Secretaria de Comercio en el Estado de
Jalisco, uno de los industriales y otro de los
Consumidores.
Artículo 2.- La Comisión Técnica Consultiva
para panaderías será renovada en los
primeros quince dais del mes de Enero de
cada año. La Presidencia Municipal
convocara a las partes interesadas, para
que en la junta que para el efecto se cite,
designen representantes. Sus integrantes
pueden ser reelectos.
Licencias y permisos para iniciar operaciones
• Secretaría de Hacienda y Crédito Público
• Gobierno Municipal/Gobierno del estado de Jalisco
• Secretaría de Salud
• Instituto Mexicano del Seguro Social
Impuesto sobre la renta.
Impuesto al valor agregado (IVA).
Impuesto sobre nóminas. 
Impuesto al activo. 
Impuestos
Impacto de las restricciones normativas de la 
planeación de los estudios de mercado y técnico de 
proyectos:
Ningún proyecto, por muy rentable que sea, podrá
llevarse a cabo si no se encuadra en el marco legal de
referencia en el que se encuentran incorporadas las
disposiciones particulares que establecen lo que
legalmente está aceptado por la sociedad; es decir:
• Lo que se manda
• Prohíbe
• Permite a su paso.
Solo un análisis acabado del marco legal, permitirá la
optimización de los resultados a nivel de una inversión.
El conocimiento de la legislación aplicable a la actividad
económica y comercial resulta fundamental para la
preparación eficaz del proyecto debido a la necesidad de
conocer adecuadamente las disposiciones legales:
Multas y sanciones de incumplir la 
normatividad:
SAT: Multas y sanciones relacionadas con la 
declaración anual. Se impondrán las siguientes multas por 
incumplimientos relacionados con la presentación de la 
Declaración Anual:
SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN
SOCIAL. Destitución por violación a los artículos 8º.
Fracción IV, 23 y 28 de los Reglamentos de Trabajo:
Artículo 30: 
Recibidas de la Inspección del Trabajo o de cualquier otra 
autoridad el acta, expediente o documentación en la cual 
se hagan constar presuntas violaciones a la legislación 
laboral, el área competente de las autoridades del trabajo 
procederá a su valoración y calificación. 
DEL AYUNTAMIENTO DE CHAPALA, JALISCO:
Artículo 127.-
Procederá la clausura, temporal o definitiva, parcial o total, según la
gravedad de la infracción en las características de la actividad o
establecimiento, en los siguientes casos:

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