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0 0.1 0.2 1 1.1 1.2 1.3 1.4 2 2.1 2.1.1 2.1.2 2.1.3 2.1.4 2.1.5 2.1.6 2.1.7 2.1.8 2.1.9 2.1.10 2.2 2.2.1 2.2.2 2.2.3 2.2.4 2.2.5 2.2.6 2.2.7 2.2.9 2.2.8 Tabla de contenido Bienvenida Presentación Foro de presentación Información General del Módulo Competencias a desarrollar Metodología de trabajo Evaluación Fuentes de consulta Unidad 1 Sesión 1. Importancia del derecho Fenómenos y actos de la vida cotidiana Actividad 1. Ámbitos de la vida cotidiana y consecuencias jurídicas El derecho Actividad 2. Antecedentes del derecho (etapa 1) Actividad 2. Antecedentes del derecho (etapa 2) Actividad 2. Antecedentes del derecho (etapa 3) Actividad 3. ¿Qué es el derecho? Actividad integradora. La protección de los derechos Cierre Fuentes de consulta Sesión 2. Características de las normas jurídicas Presentación Tipos de normas Actividad 1. Normas, ¿dónde? Características de validez de las normas jurídicas Actividad 3. Validez de las normas jurídicas Actividad 4. Derecho y deontología Ámbitos de validez de las normas jurídicas Actividad integradora. Ámbito espacial de validez de las normas jurídicas Cierre Hecho, acto y sujetos de derecho 2 2.2.10 2.2.11 3 3.1 3.1.1 3.1.2 3.1.3 3.1.4 3.1.5 3.1.6 3.1.7 3.1.8 3.1.9 3.1.10 3.1.11 3.1.12 3.1.13 3.2 3.2.1 3.2.2 3.2.3 3.2.4 3.2.5 3.2.6 3.2.7 3.2.8 4 4.1 4.1.1 4.1.2 4.1.3 4.1.4 4.1.5 4.1.6 Bitácora de aprendizaje Fuentes de consulta Unidad 2 Sesión 3. Fuentes del derecho y su clasificación general Presentación Fuentes del derecho Actividad 1. Fuentes reales y bien jurídico tutelado Fuentes formales Actividad 2. Proceso legislativo Actividad 3. Jurisprudencia Actividad 4. La costumbre como fuente de derecho Clasificación del derecho Actividad 6. Positivo o natural Actividad 7. División tricotómica del derecho Actividad integradora. Legislación Cierre Fuentes de consulta Sesión 4. Sistemas jurídicos Presentación Sistemas jurídicos Sistema jurídico mexicano Actividad 1. Constitución vs. tratados internacionales Actividad integradora. Sistemas jurídicos Cierre Bitácora de aprendizaje Fuentes de consulta Unidad 3 Sesión 5. Sujetos de derecho Presentación Sujetos de derecho Actividad 1. Sujetos y personas Actividad 2. Capacidad de goce y ejercicio Actividad integradora. Atributos de la personalidad Cierre Hecho, acto y sujetos de derecho 3 4.1.7 4.2 4.2.1 4.2.2 4.2.3 4.2.4 4.2.5 4.2.6 4.2.7 4.2.8 4.2.9 4.2.10 Fuentes de consulta Sesión 6 Presentación Hechos jurídicos Actividad 1. Hechos y actos jurídicos Elementos de los actos jurídicos Actividad 2. Fondo y forma Actividad integradora. Conclusiones Bitácora de aprendizaje Actividad final Cierre Fuente de consulta Hecho, acto y sujetos de derecho 4 Aprovechamos este primer módulo para darles la bienvenida a la Licenciatura en Derecho y a la Universidad Abierta y a Distancia de México, institución obligada a convertirse en una de las mejores opciones de educación superior a nivel nacional e internacional. Esa excelencia sólo será alcanzada sumando entre otros factores el compromiso que ustedes como alumnos tengan con sus procesos formativos, porque no sólo las instituciones ni los docentes son quienes producen a los grandes intelectuales y líderes en cualquier disciplina; es la pasión por escudriñar cada aspecto de nuestro oficio o profesión, es el deseo de conocer y buscar la excelencia día tras día. Ahora todos ustedes forman parte de una comunidad con más de 50 mil estudiantes inscritos. ¡Bienvenidos! Hecho, acto y sujetos de derecho 5Bienvenida Presentación Esta universidad nace para responder a las limitaciones que en ocasiones enfrentamos para acceder a estudios de educación superior; por ello, nuestros estudiantes provienen de distintas partes de la República Mexicana e incluso radican en el extranjero Los materiales que encontrarán a lo largo de la carrera, se construyen considerando dicha diversidad. Éstos están pensados para romper con el sentir generalizado de una formación desvinculada de la práctica profesional, de las necesidades sociales y del mercado laboral, con ello buscamos que nuestros egresados sean profesionales competentes para desempeñarse en sus respectivas disciplinas. Para lograr lo anterior, implementamos una formación modular en la cual convocamos a la teoría mediante situaciones prácticas, buscando en todo momento hacer explícita la importancia de la teoría en la vida profesional; pues así evitamos un estudio aislado o desvinculado de la realidad. Hecho, acto y sujetos de derecho 6Presentación Foro de presentación Antes de iniciar con la primera unidad del módulo 1, los invitamos a participar en el siguiente foro de presentación para comenzar juntos esta trayectoria. Ingresemos al foro de presentación y realicemos lo siguiente: 1.Redactemos una breve presentación incluyendo los siguientes aspectos: Nombre completo ¿Cómo prefieres que te llamen? ¿De dónde eres? ¿En dónde vives? ¿A qué te dedicas? ¿Por qué has decidido estudiar esta carrera? ¿Por qué has elegido estudiar en la UnADM? Consideremos los siguientes aspectos en esta actividad: Podemos ser completamente sinceros siempre que seamos respetuosos. La presentación no debe rebasar los 200 caracteres. 2.Respondamos al menos tres aportaciones de los compañeros con los cuales nos identifiquemos, ya sea por el nombre, el lugar donde radica, sus motivaciones, etcétera. No olvidemos ser respetuosos en este espacio. Una vez concluida la actividad procedamos con el estudio del módulo 1. Hecho, acto y sujetos de derecho 7Foro de presentación Información General del Módulo Presentación El presente módulo procura acercarnos a los principios, valores y fundamentos del derecho desde una perspectiva del mundo del deber ser en un espacio y tiempo presente, llevándonos a razonar los aspectos de la vida diaria que tienen consecuencias jurídicas. Aunque como estudiantes todavía no podemos ejercer la profesión, podemos identificarnos con ella, encontrar su utilidad en la sociedad y su aplicabilidad desde sus cimientos y fundamentos, conociendo, razonando y averiguando sobre situaciones prácticas que centren nuestra atención en razonamientos lógico-jurídicos, basando dichos conocimientos en la investigación, el estudio de la teoría vinculada a la práctica y en la interpretación de las normas jurídicas, desde un punto de vista crítico y ético. Además de conocer y razonar sobre las bases del derecho, lo cual constituye parte del objeto de estudio de la ciencia jurídica, vamos a situarnos como sujetos de derecho y nuestra relación con otros entes en diversos hechos de la vida cotidiana, y reconoceremos cuáles de éstos hechos pueden tener consecuencias de derecho. Asimismo, comenzaremos a familiarizarnos con el lenguaje que se maneja en la ciencia jurídica para iniciar un proceso de entendimiento de los conceptos universalmente aceptados en la misma. Así, situarnos como sujetos de derechos y obligaciones nos lleva a tomar conciencia de nuestra conducta como estudiantes y futuros abogados, para trascender de actuar por actuar a hacerlo conscientemente, es decir, dirigiendo la acción de aprender hacia la propia superación, con alto sentido ético, de honestidad y responsabilidad de nuestra misión social hacia lo justo y el respeto por la dignidad humana. En este módulo adquiriremos conocimientos básicos y antecedentes generales del derecho, identificando los conceptos que de él emanan, comprendiendo que los fenómenos y actos que suceden a nuestro alrededor tienen una consecuencia jurídica. Buscaremos responder, entre otros, los siguientes cuestionamientos: ¿Qué es el derecho, de dónde emana y cómo influye en nuestra vida cotidiana? ¿Cuáles son los antecedentes del derecho? ¿Qué son las normas jurídicas, cuáles son sus características primordiales y cuál es su proceso de creación? ¿Cómo es el sistema jurídico mexicano? ¿Quiénes son sujetos de derecho? ¿Qué hechos y actos tienenconsecuencias jurídicas y cuáles son éstas en general? Hecho, acto y sujetos de derecho 8Información General del Módulo Uno de los desafíos iniciales del estudio y la práctica del derecho es establecer una ruptura conceptual para desarrollar la habilidad de interpretar las diferentes acepciones que la ciencia jurídica ha asignado a distintos términos e introducirnos al mundo cognoscitivo del derecho. Problema prototípico El sentido común deja de ser útil, para necesitarse sentido especializado. Ya no el conocimiento popular nos servirá totalmente, sino que hemos de tener una nueva construcción mental sobre las relaciones humanas, y sobre sus conflictos y soluciones (Zambrano y Torres, 2010). “El sentido común deja de ser útil, para necesitarse sentido especializado. Ya no el conocimiento popular nos servirá totalmente, sino que hemos de tener una nueva construcción mental sobre las relaciones humanas, y sobre sus conflictos y soluciones (Zambrano y Torres, 2010)”. El primer problema a resolver en el estudio y práctica del derecho es la comprensión del lenguaje primario de dicha disciplina. Para los profesionistas en derecho es fundamental conocer y comprender los conceptos fundamentales del mundo jurídico, toda vez que en el ámbito material en el que se desarrolle el profesionista, ya sea civil, penal, administrativo, laboral, constitucional, internacional, etcétera, o ya sea que su actividad profesional, como abogado postulante, asesor, juzgador o servidor público, debe desplegar tales conocimientos base, los que a su vez darán soporte a otros más especializados. Escenario y contexto del problema prototípico El abogado debe usar constantemente los conceptos fundamentales del derecho, pues dichos conceptos van a estar presentes en su cotidiano desarrollo profesional, serán la base de su práctica, la cual sólo puede contribuir a la prevención y solución de conflictos en la medida en que se fundamente en la doctrina, en la reflexión teórica y en la autoconstrucción de conocimientos a través de la investigación de dichos conceptos. También deben comprenderse y conocerse, de una manera muy cercana, las fuentes de las que emanan las normas jurídicas, como es el caso de las leyes derivadas, además de conocer el procedimiento legislativo del que resultan. En este sentido, un abogado debe estar actualizado con respecto no sólo al contenido de las reformas normativas, sino de las causas que las motivaron; asimismo, debe contar con conocimientos actualizados en materia de jurisprudencia emitida por el Poder Judicial Federal ya que lo contrario, en muchas ocasiones, hace ineficaz y nugatorio el manejo del derecho que se despliega en sus actividades profesionales. Hecho, acto y sujetos de derecho 9Información General del Módulo Por otro lado, la clasificación del derecho es una base doctrinaria que el abogado usa de manera cotidiana en sus labores y que debe saber manejar en su léxico y práctica profesional. Por ello, son sobresalientes los conceptos relativos al derecho sustantivo y adjetivo, derecho positivo y derecho natural, lo cual es aplicable a la práctica, como en el caso de la protección integral a los derechos humanos que postula el artículo 1º de la Constitución Federal. Por otra parte, resulta también básico manejar el conocimiento de la división tricotómica del derecho. Es muy diferente el derecho público, del privado, del social; estas áreas abarcan diferentes supuestos y son tuteladas por diferentes figuras jurídicas. En ellas también inciden los sistemas jurídicos, sobre todo porque hoy se presenta el reto fundamental del respeto a los derechos humanos dentro de un orden jurídico mexicano, con una fuente nacional, pero que está contenida en tratados internacionales y cuyo lenguaje debe manejarse y acoplarse al sistema jurídico nacional dentro del que se encuentra ejerciendo el profesional en derecho. Por último, pero no menos importante, se encuentra el conocimiento de los hechos, los actos jurídicos, sus consecuencias y sus efectos en la esfera personal o colectiva de los individuos. Esto está relacionado íntimamente con la actuación del abogado en todas sus proyecciones profesionales, pues vivimos en un mundo en el que, como se contempla desde este módulo, gran parte de los acontecimientos de la vida diaria tienen una consecuencia de derecho, algo con lo que el estudiante de esta licenciatura debe identificarse y comprometerse a entender, pues su vida profesional estará ligada a este postulado de manera permanente y constante. Sesión 1 Unidad 1 Fenómenos y actos de la vida cotidiana El derecho Sesión 2 Tipos de normas Características de validez de las normas jurídicas Ámbitos de validez de las normas jurídicas Sesión 3 Hecho, acto y sujetos de derecho 10Información General del Módulo Unidad 2 Fuentes del derecho Fuentes formales Clasificación del derecho Sesión 4 Sistemas jurídicos Sistema jurídico mexicano Sesión 5 Unidad 3 Sujetos de derecho Sesión 6 Hechos jurídicos Elementos de los actos jurídicos Hecho, acto y sujetos de derecho 11Información General del Módulo Competencias a desarrollar Competencia general Analiza las consecuencias de los hechos y actos jurídicos para distinguir, primero, las normas jurídicas de otro tipo de normas y, después, a quienes están sujetos a las mismas, asociando la información teórica e histórica con situaciones reales. Competencias específicas Describe cómo la sociedad está sujeta a normas jurídicas para identificar la necesidad del derecho, exponiendo su relación con distintos acontecimientos a su alrededor, y el papel de las normas en una sociedad. Define la importancia de la evolución del derecho y la vigencia del derecho romano para sustentar la práctica en la teoría e historia de esta disciplina comparando las principales instituciones jurídicas que surgieron en los cuatro periodos en que se divide. Distingue los tipos de normas para ubicar el campo de acción del profesionista en Derecho, identificando las de carácter jurídico, de acuerdo a sus principales características y ámbitos de validez. Distingue de dónde emanan las normas jurídicas mediante el análisis de las fases del proceso legislativo y la forma en la que se constituye la jurisprudencia para reconocer los actos y acontecimientos sociales como fuentes del derecho. Contrasta las clasificaciones del derecho, categorizando actos y hechos jurídicos, así como las áreas que los regulan identificando la ordenación especial definida en el sistema jurídico. Distingue, mediante el estudio de sus características, a los sujetos de derecho desde las perspectivas personal, familiar y social para identificar cuáles son las consecuencias jurídicas de los hechos y actos. Distingue al sistema jurídico mexicano dentro del sistema jurídico denominado romanista y lo contrasta con otros sistemas en el mundo para explicar las características propias del derecho positivo mexicano así como las de otros sistemas como el anglosajón. Analiza los acontecimientos en los que interviene la voluntad del hombre y en los que no, así como la vinculación entre los ellos y las consecuencias del derecho, comparando doctrinas al respecto para distinguir los hechos y actos de la vida cotidiana que tienen consecuencias jurídicas. Competencias transversales Identificación, definición y solución de problemas Hecho, acto y sujetos de derecho 12Competencias a desarrollar Analiza las dimensiones de un problema sobre el que intervenir para identificarlo claramente y plantear soluciones mediante el estudio de información relevante y sus posibles causas. Uso de las TIC Utiliza las herramientas de las tecnologías de la información y comunicación de forma eficiente para la construcción de conocimiento y el adecuado ejercicio de su profesión. Trabajo en equipo Participa de forma respetuosa e integrada en el grupo para favorecer el trabajo en equipo y el cumplimiento de roles en las actividades atendiendo lo que se le solicita. Comportamiento ético Integra en su participación y sus aportacioneslas responsabilidades sociales y éticas vinculadas al ejercicio de su profesión. Comunicación efectiva Argumenta y comunica sus conclusiones de un modo claro y sin ambigüedades atendiendo las normas de escritura y redacción (ortografía, puntuación, acentuación, concordancia, uso de conectores, etcétera) acorde a los diferentes tipos de texto que se le solicitan. Compromiso con el aprendizaje Asume la responsabilidad en el aprendizaje y desarrollo profesional al ser consciente de sus propias habilidades y las estrategias para lograrlo. Hecho, acto y sujetos de derecho 13Competencias a desarrollar Metodología de trabajo En este módulo se ha pensado en la siguiente secuencia para alcanzar tanto la competencia general como las específicas y, además, enfrentar la problemática planteada: Distinguir de entre los ámbitos de la vida cotidiana aquellos de carácter jurídico y sus características. Entender que gran parte de nuestras actividades cotidianas se encuentran reguladas por normas jurídicas. Distinguir las fuentes del derecho y su conformación, así como conocer el procedimiento legislativo y la manera en que se constituye la jurisprudencia reflexionando en torno a las demás fuentes del derecho. Distinguir las normas eficientes y reflexionar sobre los principios éticos que deben contener las normas expedidas por el Estado. Diferenciar los ámbitos de validez de las normas jurídicas identificando las que pertenecen al ámbito internacional, al federal y al local. Reflexionar en aspectos sociales, políticos y económicos que influyen en el derecho. Comprender la clasificación del derecho: sustantivo y adjetivo, positivo y natural, así como la división tricotómica de esta disciplina. Comprender el contraste existente entre los diversos sistemas que integran el derecho a nivel mundial, identificando las características del sistema jurídico mexicano. Comprender quiénes son sujetos de derecho y cuáles son las consecuencias jurídicas de su intervención en la vida cotidiana. Identificar los hechos y actos de la vida cotidiana que tienen consecuencias jurídicas. Componentes principales Este módulo se ha dividido en seis sesiones mediante las cuales ofrece una primera aproximación a distintas herramientas conceptuales que son la base o los fundamentos del derecho. Para ello, podremos acceder, principalmente, a los siguientes elementos: Contenidos nucleares En cada sesión tendremos un documento con la información necesaria que contribuirá al logro de las competencias establecidas para este módulo. El contenido del documento se presenta de una forma ordenada y sencilla, buscando establecer un puente entre la complejidad intrínseca del marco teórico jurídico y nuestro proceso formativo como licenciados en Derecho. Se trata de exponer cada tema de una forma amena y significativa, haciendo un cruce continuo entre la teoría y la práctica para que podamos identificar la pertinencia y la necesidad de los saberes expuestos en estos Hecho, acto y sujetos de derecho 14Metodología de trabajo documentos. Actividades Encontraremos al menos dos actividades en cada sesión. Éstas han sido diseñadas a partir de las competencias establecidas para el módulo. Los contenidos de cada sesión proporcionarán una base que permita realizar las actividades de manera sencilla y gradual, de lo simple a lo complejo. El objetivo de las actividades es hacer que nos apropiemos de este módulo y lo transformemos en un elemento significativo de lo que será nuestra práctica profesional. Además, contaremos con un (una) docente en línea que nos acompañará durante todo el módulo, retroalimentándonos en cada una de las actividades. El (la) docente en línea también puede aconsejarnos o recomendarnos estrategias de estudio para mejorar nuestro proceso formativo, así como sugerir algunas actividades complementarias que faciliten la comprensión de algún tema. Hecho, acto y sujetos de derecho 15Metodología de trabajo Evaluación En una concepción innovadora de la enseñanza y el aprendizaje debemos considerar que la evaluación ya no se basa exclusivamente en el hecho de conocer más sobre un tema concreto, sino en nuestra capacidad de utilizar de forma integral nuestros conocimientos, habilidades y actitudes con el fin de aplicarlos de manera activa y eficiente en situaciones específicas de la vida cotidiana y profesional. En este sentido, la evaluación de cada módulo parte de una organización global de la enseñanza y el aprendizaje en donde se incluyen experiencias de trabajo colaborativo e individual que favorecen la participación activa. Asimismo, se han diseñado distintos instrumentos que permitirán valorar los logros y aprendizajes, así como identificar las áreas de oportunidad. En todo el proceso formativo se espera que como estudiantes asumamos una responsabilidad personal en nuestra formación mediante la participación responsable y crítica en cada una de las actividades. Considerando lo anterior, la evaluación de este módulo se llevará a cabo tomando en cuenta los siguientes elementos: Actividades colaborativas Esta categoría engloba todas las actividades en equipo, pueden ser proyectos, escritos, participación en foros, etcétera. Los medios para la entrega de los productos que resulten de las actividades de esta categoría pueden ser diferentes, por lo que es importante que revises las instrucciones detenidamente a fin de comprender la dinámica de trabajo. Tareas Esta categoría incluye todas las actividades individuales; serán entregadas a través de la plataforma y se dispondrá de dos intentos: el primero es un borrador y, el segundo, la versión final, que, con el propósito de que obtengas los mejores resultados en tu evaluación, se enviará después de los ajustes que el (la) docente en línea sugiera en su retroalimentación. Portafolio de evidencia En esta categoría se integran los productos de las actividades que dan cuenta del alcance de las competencias que se plantean para cada sesión y que, en su conjunto, reflejan el logro de la competencia general del módulo. Cabe señalar que las actividades están Hecho, acto y sujetos de derecho 16Evaluación relacionadas entre sí y promueven un nivel de análisis gradual de acuerdo al logro de desempeño deseado, pensando en que con ellas se alcanzan las competencias de cada unidad. Bitácora de aprendizaje En esta categoría se adjunta un archivo que muestre lo aprendido en cada una de las actividades. Este documento se llama Lo que aprendí, está en Word y debe ser llenado conforme al avance del proceso de aprendizaje durante cada módulo. Con base en lo anterior, el esquema de evaluación para el módulo queda definido de la siguiente manera: Esquema de evaluación Actividades colaborativas + Tareas = 35% Bitácora de aprendizaje = 5% Portafolio de evidencia = 60% Hecho, acto y sujetos de derecho 17Evaluación Fuentes de consulta A continuación se enlistan las referencias sugeridas para profundizar en las distintas temáticas que se abordarán a lo largo de esta asignatura. Impresas Bernal Moreno, J. K. (2005). La idea de justicia. Revista del Posgrado de Derecho de la UNAM, 1(1), 168. Cárdenas Gracia, J. (2009). Introducción al estudio del derecho . México: IIJ - UNAM. Dávalos, J. (1992, mayo - agosto). Panorama del sistema legal mexicano. Revista de Derecho Comparado, nueva serie, año XXV (74), 485 - 494. Foucault, M. (1981). Un diálogo sobre el poder. Madrid: Alianza. Fucito, F. (2003). Sociología del derecho (2ª ed.). Buenos Aires: Universidad. García Máynez, E. (2002). Introducción al estudio del derecho (50ª ed.). México:Porrúa. García Máynez, E. (2009). Introducción al estudio del derecho(53ª ed.). México: Porrúa. García Máynez, E. (2009). Positivismo jurídico, realismo sociológico y iusnaturalismo. México: Fontamara. García Máynez, E. (2011). Introducción al estudio del derecho (63ª ed.). México:Porrúa. Hindess, B. (1996). Discourses of Power. From Hobbes to Foucault. Oxford: Blackwell. Parsons, T. (1949). Essays in Sociological Theory. Glencoe, Illinois: TheFree Press. Preciado Hernández, R. (1984). Lecciones de filosofía del derecho(2ª ed.). México: UNAM. Recaséns, S. L. (2004). Sociología(3ª ed.). México: Porrúa. Ritzer, G. (1999). Teoría sociológica clásica. México: McGraw - Hill. Smith, J. F. (coord.) (1990). Derecho constitucional comparado. México - Estados Unidos. Tomo I. México: IIJ - UNAM. Suprema Corte de Justicia de la Nación (2006). El sistema jurídico mexicano (4ª ed.) México: Suprema Corte de Justicia de la Nación. Tesis aislada (2007, abril). Gaceta , XXV época. Registro: 172 650, p. 6. Hecho, acto y sujetos de derecho 18Fuentes de consulta Villoro Toranzo, M. (2012). Introducción al estudio del derecho (21ª ed.). México: Porrúa. Weber, M. (1967). El político y el científico. Madrid: Alianza. Weber, M. (1987). Economía y sociedad. México: Fondo de Cultura Económica. Digitales Arellano García, C. (2002). Las grandes divisiones del derecho. Recuperado de http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/facdermx/cont/242/art/art1.pdf Sánchez Azcona , J. (1981). Normatividad social. En Ensayo de sociología jurídica (2ª ed.). México: IIJ - UNAM. Recuperado de http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/2/839/5.pdf Cámara de Diputados, Secretaría General y Secretaría de Servicios Parlamentarios (2005). Procedimiento legislativo. Recuperado de http://www.diputados.gob.mx/bibliot/publica/prosparl/iproce.htm De Silva Gutiérrez, G. (s .f.). La norma válida. Análisis sobr e la validez de las normas jurídicas. Recuperado de: http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/facdermx/cont/252/art/art9.pdf Domínguez García Villalobos, A. (s. f.). Hecho, acto y negocio jurídico. Recuperado de http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/8/3834/6.pdf González, N. (2010). Glosario. En González, N. Sistemas jurídicos contemporáneos (pp. 239 - 241). Recuperado de http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/7/3258/11.pdf Güemes, D. (s. f.) Sistemas jurídicos contemporáneos. Guadalajara: Universidad Autónoma de Guadalajara. Tomado de: http://genesis.uag.mx/posgrado/revista/numero2/der002.htm Senado de la República (2015). Servicios parlamentarios. Recuperado de http://www.senado.gob.mx/index.php?ver=sen&mn=1&sm=2 Suprema Corte de Justicia de la Nación (s. f.). Atribuciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Recuperado de https://www.scjn.gob.mx/conocelacorte/Paginas/atribucionesSCJN.aspx Zambrano T. A. R. y Torres M. (2010). Introducción al derecho. Recuperado de http://alexzambrano.webnode.es/products/introduccion-al-derecho/ Legislación de consulta y apoyo Cámara de Diputados (2015). Código Penal del Distrito Federal. México: DOF. Hecho, acto y sujetos de derecho 19Fuentes de consulta http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/facdermx/cont/242/art/art1.pdf http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/2/839/5.pdf http://www.diputados.gob.mx/bibliot/publica/prosparl/iproce.htm http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/facdermx/cont/252/art/art9.pdf http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/8/3834/6.pdf http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/7/3258/11.pdf http://genesis.uag.mx/posgrado/revista/numero2/der002.htm http://www.senado.gob.mx/index.php?ver=sen&mn=1&sm=2 https://www.scjn.gob.mx/conocelacorte/Paginas/atribucionesSCJN.aspx http://alexzambrano.webnode.es/products/introduccion-al-derecho/ Cámara de Diputados (2015). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. México: DOF. Recuperada de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_100715.pdf Hecho, acto y sujetos de derecho 20Fuentes de consulta http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_100715.pdf Unidad 1 Bienvenida “No hay mejor forma de ejercitar la imaginación que estudiar la ley. Ningún poeta ha interpretado la naturaleza como los abogados interpretan la verdad (Giraudoux, citado en Figueroa, 2013)” Esta primera unidad del módulo se ha dividido en dos apartados. En el primero trataremos de identificar la cercanía que tenemos con la disciplina que nos hemos propuesto estudiar y en la segunda comenzaremos a formar un panorama sobre sus componentes a partir de definir el concepto de derecho en sí mismo. No olvidemos considerar los criterios de evaluación específicos de esta actividad que el (la) docente en línea nos compartirá. Hecho, acto y sujetos de derecho 21Unidad 1 Sesión 1. Importancia del derecho En cualquier parte del mundo, desde el momento de su nacimiento, el ser humano tiene una existencia conformada por varios aspectos, entre los que podemos contar el familiar, el social, el espiritual o religioso, el moral y, desde luego, el jurídico. Hecho, acto y sujetos de derecho 22Sesión 1. Importancia del derecho Fenómenos y actos de la vida cotidiana En cualquier parte del mundo, desde el momento de su nacimiento, el ser humano tiene una existencia conformada por varios aspectos, entre los que podemos contar el familiar, el social, el espiritual o religioso, el moral. Desde su aspecto regulatorio, cada ámbito está integrado de la siguiente forma: Familiar Se integra con reglas parecidas a las sociales, pero con una relación de intimidad y proximidad que, cuando no se cumplen, podrían provocar hasta la división de la familia. Ejemplo: Cuando se establece a los hijos una hora de llegada, ésta debe ser respetada; en caso contrario podrían ser acreedores a una sanción, como por ejemplo no ver televisión por determinado tiempo. Social El ámbito social se compone por reglas de trato social que no imponen derechos ni obligaciones pero que, cuando no se respetan, son sancionables con el rechazo social. Ejemplo: Al pasear a un perro, debemos limpiar sus desechos, ya que de lo contrario los vecinos se enfadarán por dejar sucia nuestra calle (independientemente de que el acto pueda tener consecuencias jurídicas). Espiritual o religioso Se compone de mandamientos divinos, que incluyen un contenido moral. Ejemplo: En la religión católica, si se peca y se vulnera lo establecido en los 10 mandamientos, el sacerdote en confesión impone una sanción. Moral Compuesto por costumbres y normas que se consideran buenas para dirigir o juzgar el comportamiento de las personas. Ejemplo: Cuando se ofrece a un individuo participar en negocios dudosos, los cuales van en contra de los principios que ha asumido como base de su conducta (además de que su participación podría tener consecuencias jurídicas). Jurídico El ámbito jurídico se compone por normas que traen consigo derechos y obligaciones cuya finalidad es regular nuestra conducta en sociedad. Ejemplo: Al comprar una televisión, realizamos un acto jurídico en el que tenemos, por un lado, la obligación de pagar el precio y, por otro, el derecho de que se nos entregue un producto. Hecho, acto y sujetos de derecho 23Fenómenos y actos de la vida cotidiana Podemos encontrar las consecuencias de las actividades relacionadas con los ámbitos antes mencionados en el transcurrir de nuestra vida cotidiana, en los recorridos que realizamos para llegar a trabajar y estudiar, al comprar la despensa, salir de vacaciones, realizar algún trámite (como la obtención de la licencia para conducir), etcétera. Asimismo, no podemos encontrar casi ningún acto que realicemos que no tenga una connotación o alguna consecuencia jurídica, ya que necesitamos de normas creadas por el Estado para hacer posible nuestra convivencia en sociedad. Situaciones con consecuencias jurídicas El hecho de transportarnos hacia nuestro trabajo es un acto que realizamos cotidianamente que implica situaciones jurídicas. Al pagar el pasaje, pagamos un servicio consistente en llevarnos a determinado lugar, pero en casos extremos y fortuitos implica muchas más situaciones de derecho ya que, si hay un accidente, se deben deslindar responsabilidades por lesiones y por daños a otro vehículo por parte del chofer y de la empresa propietaria del autobús; asimismo, las personas que se encuentren trasladándose a su trabajo, tienen derecho a que dicho accidente y sus lesiones se tomen en consideración como un riesgo de trabajo. Es decir, la vida cotidiana,involucra siempre situaciones jurídicas, en diversos ámbitos (civil, laboral, mercantil, etcétera), de las que debemos estar conscientes como miembros de una sociedad y como profesionales del derecho. El derecho se encuentra ligado con nuestra vida diaria y con los actos que realizamos en forma cotidiana. De dichos actos y fenómenos se desprenden derechos y obligaciones con consecuencias jurídicas establecidas como obligatorias por el Estado a través de los supuestos que dictan las normas jurídicas que rigen en distintas materias. Por ello, actos tan sencillos como comprar medicina o conducir un auto –así como los que suceden de forma inesperada como un accidente vial o el deslave de una carretera– se encuentran contemplados en las normas jurídicas. Estas normas disponen los derechos y las obligaciones que surgen, tanto de los actos rutinarios, como de los que suceden de forma inesperada y que tienen mayor grado de complejidad. Hecho, acto y sujetos de derecho 24Fenómenos y actos de la vida cotidiana Actividad 1. Ámbitos de la vida cotidiana y consecuencias jurídicas Hemos aprendido que en la realización de las actividades diarias se llevan a cabo actos que tienen una implicación jurídica, por lo que ahora contamos con una perspectiva diferente para apreciar dichas acciones cotidianas. Allí se desarrolla la vida del abogado, observando los acontecimientos diarios y analizando sus efectos jurídicos. Como primera actividad ingresemos al foro vinculado en esta sección y realicemos lo siguiente: 1. Contestemos las preguntas: ¿En qué otras situaciones de la vida podemos identificar actos que puedan tener una consecuencia jurídica? ¿Hemos pasado alguna situación con estas características? ¿Cuáles son las normas que apoyaron a regular esta situación? 2. Revisemos las aportaciones de al menos tres compañeros para identificar qué actos tuvieron consecuencias jurídicas y qué normas se aplicaron en su caso. 3. Concluyamos nuestra participación en el foro agregando una conclusión que sintetice lo aportado por el grupo en la discusión y que enfatice cómo toda sociedad está sujeta a normas jurídicas. No olvidemos consultar los criterios de evaluación para la participación en foros para considerarlos en nuestras intervenciones. Hecho, acto y sujetos de derecho 25Actividad 1. Ámbitos de la vida cotidiana y consecuencias jurídicas El derecho Tomando en cuenta que hay sucesos en todos los ámbitos de la vida cotidiana con consecuencias de derecho, es importante identificar qué es el derecho. El origen del derecho se remonta a la época en que los hombres empezaron a vivir en sociedad, es decir, al momento en que el hombre dejó de ser nómada y se agrupó con sus semejantes para conseguir fines en común de una manera más sencilla y eficaz. Desde entonces se fueron creando reglas que garantizaran una convivencia ordenada, pacífica y con mejores resultados para sus integrantes. Cuando esas agrupaciones se convirtieron en sociedades, las normas empezaron a registrarse, se castigaba a quienes las infringieran y se establecieron las jerarquías de quienes las hacían valer. ¿Qué es una Sociedad? Cárdenas Gracia define la sociedad como: …un conjunto organizado de individuos que viven establemente diversos tipos de relación en un tiempo y espacio determinados, en donde el derecho es un aspecto de la sociedad, uno muy importante aunque no equivale a la totalidad de la sociedad, pues existe otro tipo de relaciones (económicas, sociales, políticas, culturales, etc.) y de normas diferentes a las jurídicas (religiosas, morales, de trato social y costumbres, entre otras) (2009, p. 23). Estas relaciones sociales son interacciones recíprocas entre los individuos, que llevan en sí mismas un significado proyectado hacia el agente a quien se dirigen, y tienen una expectativa socialmente construida de la reacción que provocarán. Antecedentes del derecho Revisemos los siguientes materiales, los cuales nos exponen las características y el desarrollo del principal referente histórico del sistema jurídico mexicano, el derecho romano. Es necesario leer estos materiales para poder realizar la siguiente actividad. Es recomendable seguir el orden enlistado para la revisión de los materiales dado que estos van de lo simple a lo complejo. Ministerio de Educación (2008). El derecho romano. Recuperado de http://recursos.cnice.mec.es/latingriego/Palladium/cclasica/esc335ca9.php Scannapieco, A. (s. f.). El derecho romano. Hecho, acto y sujetos de derecho 26El derecho http://recursos.cnice.mec.es/latingriego/Palladium/cclasica/esc335ca9.php Recuperado de http://moodle2.unid.edu.mx/dts_cursos_mdl/lic/DE/DR/AM/01/derecho_romano.pdf Auguskahl (2010). Derecho Romano (resumen). Recuperado de http://auguskahl.blogspot.mx/2010/06/derecho-romano-resumen.html Actividad 2. Antecedentes del derecho Después de haber revisado los materiales de Antecedentes del derecho, haremos un ejercicio para reflexionar sobre la importancia y vigencia del derecho romano. Realiza la actividad en la siguiente sección y posteriormente continúa con la revisión de este apartado. En su origen la palabra derecho proviene del vocablo latino directum, que significa “no apartarse del buen camino, seguir el sendero señalado por la ley, lo que se dirige o es bien dirigido” (Flores y Carvajal, citado en PJEG, 1986, p. 50). En realidad, la definición del derecho es muy difícil de precisar, debido a que no existe una que logre abarcar todo lo que encierra el derecho en la actualidad, aunque podemos establecer que, en general, el derecho es un sistema de normas jurídicas, principios e instituciones que regulan la conducta del individuo en sociedad. Al respecto, Eduardo García Máynez define derecho como …un orden concreto, instituido por el hombre para la realización de valores colectivos, cuyas normas –integrantes de un sistema que regula la conducta de manera bilateral, externa y coercible– son normalmente cumplidas por los particulares y, en caso de inobservancia, aplicadas o impuestas por los órganos del poder público (1986, p. 133). Antes de examinar la definición anterior, vale la pena esbozar algunos conceptos: Normas jurídicas Reglas dictadas por la autoridad para regular la conducta humana. Principios e instituciones La base axiológica o los valores en los cuales se fundamentan las normas. Por ahora es suficiente conceptualizar de esta forma los términos anteriores; los abordaremos con mayor profundidad en los siguientes apartados. Estado de derecho Hecho, acto y sujetos de derecho 27El derecho http://moodle2.unid.edu.mx/dts_cursos_mdl/lic/DE/DR/AM/01/derecho_romano.pdf http://auguskahl.blogspot.mx/2010/06/derecho-romano-resumen.html A continuación examinaremos la definición de derecho y se hará referencia al concepto Estado de derecho. Para obtener una primera aproximación, es conveniente que revisemos los siguientes recursos: Estado de derecho (2015). Definición de. Recuperado de http://definicion.de/estado-de-derecho/ Sarmiento Sosa, Carlos J. (2014). ¿Qué es el estado de derecho? El Universal. Recuperado de http://www.eluniversal.com/opinion/140703/que-es-el-estado-de-derecho El primer elemento de nuestra definición de derecho se dirige hacia la existencia de las normas jurídicas, ya que el derecho es un sistema de reglas, cuyas características formales y fuentes serán analizadas posteriormente; sin embargo, debemos tener en cuenta que las normas jurídicas provienen y van dirigidas hacia un proceso o fenómeno social, en virtud de que ninguna sociedad puede vivir sin reglas, ya que estaríamos hablando de un estado caótico y anárquico, lo contrario a un Estado de derecho. También debemos tomar en consideración que para que las reglas sean eficaces y puedan originar la convivencia ordenada y pacífica en una sociedad, deben tener impregnados principios deontológicos que guíen a las personas hacia el buen actuar y hacia el deber ser en su comportamiento frente a sus semejantes y a respetarlos, así como a sus derechos, bienesy posesiones. El derecho es un sistema de reglas. Regula procesos o fenómenos sociales. Las normas deben contener valores que procuren el bien común. Veamos un par de ejemplos para facilitar nuestra comprensión del concepto de Derecho. Sistema de reglas En virtud de que el derecho mexicano se integra por la Constitución Federal, los tratados internacionales, todas aquellas leyes emanadas de la misma, así como por la Jurisprudencia emanada de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de los Tribunales Colegiados de Circuito, y por los reglamentos y demás ordenamientos normativos de carácter jurídico, podríamos ejemplificar el sistema de reglas respecto de la regulación de las relaciones obrero patronales en nuestro país. Al respecto, el artículo 123 de la Constitución requiere de su reglamentación para poder aplicarlo; así, el derecho laboral mexicano, con base en dicho precepto constitucional, se integra con las normas contenidas en los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (ratificados por México), la Hecho, acto y sujetos de derecho 28El derecho http://definicion.de/estado-de-derecho/ http://www.eluniversal.com/opinion/140703/que-es-el-estado-de-derecho Ley Federal del Trabajo y sus reglamentos, la Jurisprudencia en materia laboral decretada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los Plenos de los Tribunales Colegiados de Circuito y por dichos Tribunales, entre otras instituciones del derecho del trabajo. Regulación de procesos o fenómenos sociales y procuración del bien común Un ejemplo simplificado de lo anterior, aplicado a nuestra vida cotidiana, se observa en la jornada laboral que, según lo dispuesto por el artículo 123, inciso A fracciones I y IV de la Constitución Federal, no puede ser mayor a ocho horas diarias. Es decir que por cada seis días de trabajo, el operario tendrá derecho a descansar un día, por lo que la jornada laboral máxima semanal es de 48 horas. Cuando se laboren más horas, según lo establecido en la fracción XI de dicho dispositivo constitucional, éstas constituyen jornada extraordinaria y, por ello, se tendrá que pagar al trabajador el 100% extra por las horas que excedan el horario legal antes fijado. Esta disposición se encuentra regulada por los artículos 59 a 68 de la Ley Federal del Trabajo y procesalmente aclarada por varias Tesis Jurisprudenciales, como la número 181957, emitida por el Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, en el tomo XIX, de marzo de 2004, página 1379, perteneciente a la Novena Época, cuyo título es: HORAS EXTRAORDINARIAS. SU PAGO DEBE CALCULARSE CON EL SALARIO BASE U ORDINARIO QUE EL TRABAJADOR RECIBIÓ COMO CONTRAPRESTACIÓN A SU TRABAJO. Qué es el derecho Después de nuestro primer acercamiento a la conceptualización del derecho, revisemos los siguientes videos que nos ayudarán a fortalecer el entendimiento respecto a este término: • Canal de arturoramo (2010, 17 de mayo). ¿Qué es el derecho? [archivo de video]. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=MQFAZXQz9Ac Donna Alcala. (2015, 26 abril). ¿Qué es el derecho? | DONNA ALCALA - Abogados de Barcelona [archivo de video]. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=60bwb6OGbBU Educatina. (2013, 29 julio). Concepto de derecho - Derecho - Educatina [archivo de video]. Hecho, acto y sujetos de derecho 29El derecho https://www.youtube.com/watch?v=MQFAZXQz9Ac https://www.youtube.com/watch?v=60bwb6OGbBU Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=7OqthXWsTsE Dado que ya hemos realizado la segunda actividad de esta sesión, ahora realicemos la actividad 3 y la Actividad integradora antes de concluir con este módulo. y, desde luego, el jurídico. Hecho, acto y sujetos de derecho 30El derecho https://www.youtube.com/watch?v=7OqthXWsTsE Actividad 2. Antecedentes del derecho (etapa 1) Poco a poco nos aproximamos a un concepto propio de la disciplina, pero antes reflexionemos en torno a sus antecedentes históricos para saber de dónde viene y cómo surge. Dentro de la evolución del derecho, la cultura romana ha realizado las aportaciones más importantes en la construcción de muchas de las figuras jurídicas que cuentan con gran importancia y cuya trascendencia ha llegado hasta nuestros días, por lo que todo abogado debe conocer y analizar esas aportaciones. Etapa 1 1.Para definir la importancia de las aportaciones de los romanos en la evolución del derecho y cómo están vigentes en la actualidad, completemos la siguiente matriz. Archivo de MsWord: M1_S1_Actividad 2_E1.docx 2.Guardemos esta matriz en un archivo y vayamos a la siguiente etapa. Hecho, acto y sujetos de derecho 31Actividad 2. Antecedentes del derecho (etapa 1) Actividad 2. Antecedentes del derecho (etapa 2) Una vez que identificamos las aportaciones más significativas de los romanos: 1.Ubiquemos las principales instituciones jurídicas que surgieron en los cuatro periodos en que se divide el derecho romano y determinemos si tienen vigencia en la actualidad. Esto nos servirá para sustentar nuestra práctica en la teoría e historia de esta disciplina. En la siguiente plantilla puedes plasmar la información de esta etapa. Archivo de MsWord: M1_S1_Actividad 2_E2.docx 2.Integremos los resultados de las etapas 1 y 2 en un solo archivo de texto. 3.Enviemos a nuestro docente en línea nuestro archivo con la siguiente nomenclatura M1U1S1_A2_XXYZ. Sustituyendo las XX por las dos primeras letras de nuestro primer nombre, la Y por la inicial de nuestro apellido paterno y la Z por la inicial de nuestro apellido materno. En caso de que el docente en línea lo solicite, será necesario ajustar el documento y subirlo nuevamente a esta sección. No olvidemos considerar los criterios de evaluación específicos para esta actividad que el (la) docente en línea ha compartido. Hecho, acto y sujetos de derecho 32Actividad 2. Antecedentes del derecho (etapa 2) Actividad 2. Antecedentes del derecho (etapa 3) Para finalizar esta actividad, compartamos nuestras conclusiones con el resto del grupo, realizando lo siguiente: 1.Ingresemos al foro vinculado en esta sección. 2.Compartamos nuestra conclusión en torno a la importancia de conocer la evolución del derecho y la vigencia del derecho romano para poder sustentar nuestra práctica fundamentándonos en la teoría y la historia de esta disciplina. Nuestras aportaciones deben ser sintetizadas en máximo de 300 caracteres. 3.Comentemos las aportaciones de al menos tres de nuestros compañeros o compañeras de una forma constructiva y respetuosa. No olvidemos consultar los criterios de evaluación para la participación en foros para considerarlos en nuestras intervenciones. Hecho, acto y sujetos de derecho 33Actividad 2. Antecedentes del derecho (etapa 3) Actividad 3. ¿Qué es el derecho? Con lo revisado y realizado hasta ahora, vamos concibiendo al derecho como una disciplina íntimamente vinculada a la manera en la que el ser humano se desarrolla en sociedad, regulando su conducta con ciertos principios que se incluyen en sus reglas. Estas características fundamentales nos permiten conocer un poco más sobre el derecho. : Ahora, realicemos la siguiente actividad para construir nuestro propio concepto de derecho. 1.Elaboremos una tabla en donde expliquemos con nuestras propias palabras cada uno de los elementos de la definición de derecho. Elementos de la definición de derecho Yo entiendo El derecho es un sistema de reglas. Regula procesos o fenómenos sociales. Las normas deben contener valores que procuren el bien común. 2.Reunamos los tres párrafos en donde explicamos cada elemento para integrarlos en una definición propia de lo que entendemos por derecho. 3.Incluyamos en nuestra definición los aspectos que se refieren a los principios deontológicos que forman parte de las características del derecho. 4.Integremos en un solo documento la tabla del primer paso (lo que entendemos de cada parte del concepto) y la definición final.5.Enviemos al docente en línea nuestro archivo mediante esta sección, con la siguiente nomenclatura M1U1S1_A3_XXYZ. Sustituyendo las XX por las dos primeras letras de nuestro primer nombre, la Y por la inicial de nuestro apellido paterno y la Z por la inicial de nuestro apellido materno. En caso de que el (la) docente en línea lo solicite, ajustemos nuestro documento y volvamos a enviarlo en esta sección. No olvidemos considerar los criterios de evaluación específicos Hecho, acto y sujetos de derecho 34Actividad 3. ¿Qué es el derecho? Actividad integradora. La protección de los derechos Esta semana hemos aprendido lo que es el derecho y hemos asimilado su utilidad dentro de la sociedad, ya que la ausencia de leyes traería como consecuencia un estado de anarquía y de total desorden, en donde no se respetarían los derechos humanos, que deben ser garantizados a toda persona en cualquier lugar. Estos derechos humanos, cuya protección y respeto vemos consagrados en el artículo 1º constitucional, adquieren vigencia en nuestra vida diaria. Así, por ejemplo, el derecho humano a la libertad no solamente nos garantiza poder viajar a cualquier lugar de nuestro país, dedicarnos a cualquier actividad económica –siempre y cuando sea lícita– y expresar nuestras ideas con total libertad de opinión. Es decir, los derechos humanos consagrados en nuestra Carta Magna no tienen vigencia únicamente en los juzgados, en el edificio del Senado o de la Cámara de Diputados, o en Palacio Nacional, estos derechos fundamentales se aplican en la vida diaria, al viajar a un lugar al que deseemos ir, en una mesa de café en la que podemos expresar nuestras ideas o al adquirir un inmueble para el que hemos ahorrado toda la vida. Por ello, su comprensión adquiere total importancia en nuestra vida diaria y es necesidad primigenia entenderlos. Esta actividad nos servirá para comprender este importante aspecto de nuestra vida. El (la) docente en línea nos compartirá un documento con un caso para analizar. 1.Una vez recibido el documento, debemos leerlo para responder las siguientes preguntas con base en el artículo 1º de la Constitución. ¿Qué derechos protege dicho artículo en el caso revisado? ¿Este artículo contiene un sentido ético? Según este artículo, ¿Qué acciones se deben realizar para proteger los derechos señalados en él y a quiénes corresponde su ejercicio? Con el fin de fortalecer nuestro análisis, el (la) docente en línea podrá incluir más preguntas en el documento que nos proporcionará. En el siguiente enlace podemos encontrar la última versión del artículo referido: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/htm/1.htm 1. Integremos nuestras respuestas en una cuartilla y enviemos nuestro documento en esta sección, con la siguiente nomenclatura: M1U1S1_A3_XXYZ. Sustituyendo las XX por las dos primeras letras de nuestro primer nombre, la Y por la inicial de nuestro Hecho, acto y sujetos de derecho 35Actividad integradora. La protección de los derechos http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/htm/1.htm apellido paterno y la Z por la inicial de nuestro apellido materno. En caso de que el (la) docente en línea lo solicite, ajustemos nuestro documento y volvamos a enviarlo en esta sección. Hecho, acto y sujetos de derecho 36Actividad integradora. La protección de los derechos Cierre Con la realización de las dos últimas actividades hemos llegado al final de nuestra primera sesión, en la cual hemos aprendido que el derecho cruza distintos ámbitos de nuestra vida cotidiana y que su ausencia generaría una sociedad anárquica; hemos identificado la importancia del derecho romano y generamos una definición de derecho, finalmente analizamos una situación desde los contenidos del artículo 1° de la Constitución. En la siguiente sesión empezaremos a analizar los componentes principales del derecho y sus características. Puedes revisar las fuentes de consulta que se utilizaron para construir estos apartados o iniciar con el estudio de la segunda sesión. ¡Felicidades! Has concluido la primera sesión de la licenciatura. Hecho, acto y sujetos de derecho 37Cierre Fuentes de consulta Cárdenas Gracia, J. (2009). Introducción al estudio del derecho. México: IIJ-UNAM. Figueroa, E. (2013). El abuso del derecho de defensa en los procesos constitucionales. La Razón. La Gaceta Jurídica. Recuperado de http://www.la- razon.com/suplementos/la_gaceta_juridica/abuso-derecho-defensa-procesos- constitucionales_0_1819618140.html García Máynez, E. (1986). Filosofía del derecho, México: Porrúa. Poder Judicial del Estado de Guanajuato. Recuperado de https://poderjudicial- gto.gob.mx/pdfs/ifsp_conceptosjuridicosfundamentales-1.pdf Legislación de consulta y apoyo Cámara de Diputados (2015). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. México: DOF. Recuperada de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_100715.pdf Cámara de Diputados (2015). Ley Federal del Trabajo. México: DOF. Recuperada de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lft.htm Hecho, acto y sujetos de derecho 38Fuentes de consulta http://www.la-razon.com/suplementos/la_gaceta_juridica/abuso-derecho-defensa-procesos-constitucionales_0_1819618140.html https://poderjudicial-gto.gob.mx/pdfs/ifsp_conceptosjuridicosfundamentales-1.pdf http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_100715.pdf http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lft.htm Sesión 2. Características de las normas jurídicas En esta sesión veremos qué son las normas jurídicas y su diferencia con otro tipo de normas, ya que conceden derechos e imponen obligaciones que, de no cumplirse, el Estado tiene la facultad para hacer que se cumplan de manera coercitiva. Hecho, acto y sujetos de derecho 39Sesión 2. Características de las normas jurídicas Presentación El conocimiento de las normas jurídicas y sus características juegan un papel muy importante en la enseñanza del derecho, ya que el objetivo de nuestra ciencia, como hemos analizado, es regular la conducta del hombre en sociedad y ese control se va a materializar a través de las leyes emanadas del poder legislativo que tienen carácter obligatorio, por lo que su incumplimiento es sancionado por el Estado. A través del control del cumplimiento de las normas se logra tener un Estado de derecho y una sociedad armónica, lo cual constituye el fin último del derecho. Vayamos pues, a conocer esta fascinante materia que durante el resto de nuestra vida profesional va acompañarnos muy de cerca y va a proporcionarnos las herramientas para poder ejercer la profesión de abogado en cualquiera de sus ámbitos, ya sea como postulante, como juzgador, como servidor público, etcétera. Hecho, acto y sujetos de derecho 40Presentación Tipos de normas Las normas son preceptos que marcan el deber ser de la actuación del ser humano, confieren derechos y obligaciones y establecen sanciones en el caso de su incumplimiento. Para el doctor Miguel Villoro Toranzo (1978, p. 857), “una norma es una orden general, dada por quien tiene autoridad, para regular la conducta de otros”. Bajo estos presupuestos y ya que las personas tenemos diferentes ámbitos de actuación en nuestras vidas, estas áreas son reguladas por distintos tipos de normas: Morales Sociales Religiosas Jurídicas Hay muchos otros tipos de normas como las familiares, las escolares, etcétera. Pero estas últimas son de carácter más particular o individual. La división más genérica es: morales, sociales, religiosas y jurídicas, por ello se estudian en este módulo para contrastarlas con las normas jurídicas y lograr su comprensión; incluso los más grandes tratadistas no dan a conocer las religiosas, ya que se consideran que forman parte de las morales. Aunque en este estudio nos queremos centrar en las normas jurídicas para poder identificar con toda claridad sus características, antes debemos conocer en qué consiste cada uno de los tipos de normas antes citados y, sabiendo la naturaleza de cada una, podremos diferenciar nuestro campo de acción y distinguir con precisión sus elementos. Normasmorales Las normas morales surgen de los valores que a cada persona se le hayan inculcado en su núcleo familiar, religioso y social; constituyen el deber ser de la persona. Autonomía: Consiste en la autorregulación con la que se caracterizan estas normas, ya que cada individuo adopta las normas morales que desea. No se puede implantar como obligatoria ninguna norma de este tipo. Ejemplo: Ser justo es un ejemplo de estas normas, ya que cada persona es justa por voluntad, sin depender de ninguna otra para serlo o no (García Máynez, 2002). Unilateralidad: Las normas morales son unilaterales, ya que su cumplimiento depende únicamente de la voluntad de la persona obligada, es decir, no existe un ente ni público ni privado que exija al individuo el cumplimiento de una norma moral. Hecho, acto y sujetos de derecho 41Tipos de normas Ejemplo: Ceder el asiento del autobús a una mujer embarazada: aunque se sabe que la mujer necesita el asiento debido a su estado, no hay ninguna autoridad que obligue a quien va sentado a pararse para ceder su lugar, sino que depende únicamente de la buena voluntad y los valores de quien se encuentra sentado. Lo anterior con la salvedad de que estuviera regulado el acto por alguna norma jurídica. Ver el artículo 16 del Reglamento de los Servicios de Vialidad, Tránsito y Transporte del Municipio de Tepatitlán de Morelos Jalisco, así como el artículo 11 del Reglamento para la Atención de Discapacitados. Incoercibilidad: Su cumplimiento, como se ha venido insistiendo, depende únicamente de la conciencia y de la buena voluntad de quien cumple la norma, ya que no se puede obligar a ninguna persona a cumplir una norma moral. Ejemplo: No mentir es una norma moral que cumple quien tiene la conciencia para ello, sin que se pueda obligar a una persona a decir sólo la verdad ante cualquier circunstancia (a menos que se encuentre declarando ante una autoridad, en cuyo caso se le sancionaría si emitiera alguna declaración con falsedad). Interioridad: Esta característica se refiere a que dichas reglas no se encuentran escritas y se cumplen o incumplen debido a la convicción interna de la persona. Ejemplo: Ayudar a los más necesitados es un deber moral que no se encuentra escrito en ninguna norma, sin embargo, sabemos que es de personas de bien y bondadosas, ayudar a nuestros semejantes y ese acto debe salir de la conciencia interior de cada individuo. Normas sociales Los convencionalismos sociales, normas sociales o reglas de trato social (Villoro, 1978) tienen como principal misión regular la convivencia entre un grupo determinado en la sociedad. En ciertos casos estas reglas llegan a convertirse en usos y costumbres, que, como estudiaremos posteriormente, constituyen una fuente del derecho, sin embargo, algunos ejemplos de estas reglas –cuando se tratan única y exclusivamente de trato social– pueden ser las reglas de etiqueta, los buenos modales o la moda. Estas reglas nacen del proceso de socialización que tenemos los individuos desde el momento en el que nacemos en un lugar, una época y una sociedad determinadas. Así, las reglas de trato social que se usaban en la época de los Luises en Francia, difieren de las que poseían las culturas mesoamericanas antes de la llegada de los españoles y, estas últimas, de las que tenemos en la sociedad mexicana contemporánea. Hecho, acto y sujetos de derecho 42Tipos de normas Este proceso de socialización consiste en todos aquellos ideales, valores y prácticas que se utilizan en una sociedad, en determinada época y que van forjando la manera de ser y de comportarse de los individuos, así como lo que van a considerar como correcto y como incorrecto. Un ejemplo de ello es la forma de vestir en la India en donde el uso social es que las mujeres lleven puesto un vestido, cuyo nombre es sari. Esta costumbre es muy diferente a la forma de vestir de las sociedades occidentales, en las que las mujeres incluso visten con pantalones de mezclilla o con minifaldas, usos que otros países consideran como incorrectos. Heteronomía: Ya que las normas sociales no son autorregulables, es decir, el individuo, aunque elige libremente si debe cumplirlas o no, no las crea sino que son producto de la sociedad de determinado lugar y determinada época; son producto del proceso de socialización y su contenido no está sujeto a la voluntad de una sola persona sino de la sociedad en la que se desarrolla. Ejemplo: Para acudir a una fiesta de etiqueta hay que ir vestido de una manera determinada. Esta norma no la creó el sujeto que va a acudir a la fiesta, sino la sociedad o el grupo al que pertenece. Unilateralidad: Las reglas sociales son unilaterales, ya que nadie puede exigir al individuo que les dé cumplimiento, sino que éste se encuentra supeditado a la voluntad de cada uno. Ejemplo: Cuando alguien llega a trabajar, debe saludar a las personas que ya se encuentran en su lugar de trabajo, lo cual es un acto correcto más no forzoso. Incoercibilidad: Stammler considera que “...son invitaciones que la colectividad dirige al individuo, incitándolo a que se comporte en determinada forma” (citado en García Máynez, 2002, p. 26). Al tratarse de invitaciones u opciones, podemos concluir que no son obligatorias y que por lo tanto carecen de coercibilidad, debiendo tomar en consideración que aunque no es obligatorio cumplir estas normas, el grupo social afectado por su incumplimiento puede ejercer actos para reprimir el comportamiento de quien no lleve a cabo su conducta bajo su sujeción. Es decir, la sanción por no cumplir una norma de este tipo es el rechazo social, que se refleja en la crítica o en la ley del hielo, por ejemplo. Ejemplo: Para poder realizar alguna operación bancaria se debe respetar el turno de las personas que hayan llegado antes. Los demás usuarios no pueden obligar a una persona a que respete los turnos, sin embargo, recibirá diversos reclamos si no lo hacer. Exterioridad: Este tipo de reglas aunque no se encuentran escritas se refieren a la conducta externa del individuo. Ejemplo: El respeto es una norma social. Por ejemplo, cuando una persona expresa una idea con la cual no estemos de acuerdo, no se debe tener una conducta agresiva hacia dicha persona por contar con una concepción sobre alguna cosa diferente a nuestra Hecho, acto y sujetos de derecho 43Tipos de normas convicción. Lo socialmente correcto es guardar la calma con respecto a dicha opinión y, en su caso, expresar la nuestra, pero sin llegar a ofender ni verbal ni físicamente a quien piensa diferente a nosotros. Normas religiosas Normas cuyo origen son los preceptos surgidos de los dogmas de una religión determinada; se constituyen por principios o valores que esa religión y su doctrina consideran como correctos y que sus creyentes o fieles deben cumplir para poder contar con un estado gracia o de aprobación de la divinidad. Heteronomía: Establece el sometimiento al mandato de una divinidad (dios) que es quien impone la norma. Ejemplo: Los 10 mandamientos en la religión católica no están impuestos por el creyente sino por la religión. Unilateralidad: Prescribe únicamente deberes; no faculta a nadie para exigir su cumplimiento. Ejemplo: Uno de los sacramentos de la religión católica es la confesión, mediante la cual el creyente confiesa al sacerdote los pecados que ha cometido en contra de los diez mandamientos de esta religión. El sacerdote, en virtud de la gravedad de dichos pecados, impone una penitencia que el creyente debe cumplir por convicción y sin que nadie vigile su cumplimiento. Incoercibilidad: No se impone por la fuerza, debe cumplirse por voluntad propia. Ejemplo: Ir a un templo los domingos es voluntario y no existe una sanción por faltar. Interioridad: Le importan, primero, las intenciones y, en segundo término, los resultados. Ejemplo: En la religión católica, no comer carne en los días santos de la cuaresma es una acción que debe surgir de la conciencia interior de cada individuo. Normas jurídicas Para el derecho, las normas jurídicas son lasque revisten mayor importancia, pues tienen por objeto regular el comportamiento de los individuos en sociedad con la finalidad de que dicha sociedad pueda desenvolverse en un clima de orden, paz y respeto entre sus individuos. Asimismo, son un producto formal de dicha sociedad, ya que se les debe elevar a tal rango para adquirir la obligatoriedad necesaria. En caso de no respetar el ordenamiento jurídico, quien infrinja la norma tendrá un castigo. Hecho, acto y sujetos de derecho 44Tipos de normas Heteronomía: “Heteronomía es sujeción a un querer ajeno, renuncia a la facultad de autodeterminación normativa” (García Máynez, 2002), lo anterior quiere decir que el individuo no determina el contenido de las normas, sino es el Estado quien lo hace. Ejemplo: La Constitución mexicana, cuyas normas regulan la vida en nuestra sociedad, es producto de un proceso legislativo que realiza el Estado. Bilateralidad: Las normas jurídicas son bilaterales, ya que a la par que conceden derechos imponen obligaciones y frente al actuar del individuo, siempre va a existir un ente que obligue su cumplimiento, que en este caso es la autoridad. Ejemplo: Al momento de pagar por un bien, realizado nuestra obligación de dar a otro el precio que nos solicitó, teniendo nosotros el derecho de que en ese momento se nos otorgue el bien por el que hemos pagado. Sin embargo, en caso de no recibir tal bien, existe una autoridad que se va a cerciorar de que el vendedor cumpla con su obligación. Coercibilidad: La coercibilidad es la fuerza obligatoria que tiene el derecho para que sus normas sean cumplidas y respetadas. Ejemplo: Los niveles de velocidad al conducir deben ser respetados, ya que en caso contrario, la autoridad tiene la facultad de imponernos una multa, pues el cumplimiento de esa norma no es optativo, respetarla es una obligación. Exterioridad: Las normas jurídicas van a regular la conducta externa del individuo en sociedad y constituyen un orden externo que debe cumplirse. Este orden es expresado a través de las leyes que son públicas y su cumplimiento se va a expresar a través de las conductas de los individuos en sociedad. Ejemplo: El robo está regulado por la ley penal, sin embargo, si alguna persona roba, es un acto externo y no interno, ya que está tomando algo que no forma parte de su patrimonio. Podemos consultar más definiciones sobre los tipos de normas en los siguientes enlaces: La norma jurídica y sus caracteres: http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/facdermx/cont/111/dtr/dtr9.pdf Ejemplos de derecho: http://www.ejemplode.com/68-derecho/3579- caracteristicas_de_las_normas_juridicas].html También será de ayuda el video Normas jurídicas, en el que podremos encontrar una explicación más amplia, pero sencilla, con respecto a las diversas características de los diferentes tipos de normas. Claudia Hernández (2013). Normas Jurídicas. Recuperado de: Hecho, acto y sujetos de derecho 45Tipos de normas http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/facdermx/cont/111/dtr/dtr9.pdf http://www.ejemplode.com/68-derecho/3579-caracteristicas_de_las_normas_juridicas].html https://www.youtube.com/watch?v=GL42NfOCViQ Hasta ahora hemos aprendido que los seres humanos guían su comportamiento con base en diferentes tipos de normas aplicables en los diferentes ámbitos de su vida. Con base en ello, podemos decir que la vida del ser humano tiene una parte espiritual que se rige por las normas religiosas; una parte que va encaminada al deber ser de su vida y al bien común, que se encuentra a cargo de las normas morales; otra parte que rige sus relaciones en comunidad, que son los convencionalismos sociales, y otra que rige el deber ser de su comportamiento en la sociedad, que son las normas jurídicas. La comprensión y aprendizaje de estas últimas constituye una parte fundamental del derecho, por lo que hay que comprender muy bien las características que hemos expuesto en este apartado: Bilateralidad, que concede derechos e impone obligaciones. Exterioridad, que regulan conductas externas, a través de normas públicas. Coercibilidad al ser obligatorias. Heteronomía ya que no dependen de nuestra voluntad, sino de la del Estado en el que vivimos. En el siguiente apartado conoceremos características más específicas de las normas jurídicas con las cuales podremos comprender mejor su función en nuestra sociedad. Hecho, acto y sujetos de derecho 46Tipos de normas https://www.youtube.com/watch?v=GL42NfOCViQ Actividad 1. Normas, ¿dónde? Hemos aprendido que como seres humanos estamos inmersos en distintos ámbitos o esferas, como la familiar, social, espiritual y jurídica y que cada uno de estos ámbitos se rige por distintos tipos de normas. Para reafirmar nuestros conocimientos realizaremos la siguiente actividad en la cual señalaremos las características de cada tipo de norma mediante distintos ejemplos. Indicaciones: 1. Reflexionemos en torno a la información que se nos proporcionó en el contenido del tema “Tipos de normas” y en los recursos que se nos recomendó revisar. 2. Busquemos situaciones a nuestro alrededor en donde podamos identificar los tipos de normas expuestos. 3. Elaboremos un recurso gráfico (mapa conceptual, infografía, esquema, andamio, etcétera) en donde mencionemos muy brevemente un ejemplo de cada tipo de norma fundamentando por qué corresponde a dicho tipo mediante la explicación de sus características. 4. Ingresemos al foro vinculado en esta sección y compartamos nuestro recurso, revisemos y comentemos al menos tres aportaciones de nuestros compañeros(as). 5. No olvidemos consultar los criterios de evaluación para la participación en foros para considerarlos en nuestras intervenciones. Hecho, acto y sujetos de derecho 47Actividad 1. Normas, ¿dónde? Características de validez de las normas jurídicas Las características de las normas jurídicas que ya conocemos son muy generales por lo que, en nuestro carácter de estudiantes de derecho, habremos de conocer con mayor profundidad las características de este tipo de normas que constituyen la materia prima de nuestra disciplina. Recordemos que las normas jurídicas regulan la conducta externa del hombre en sociedad por lo que, para lograr dicha finalidad, deben reunir ciertos requisitos de validez. Al respecto, De Silva (2009, p. 121) al referirse a la norma jurídica señala que “…su contenido será impuesto no como resultado del capricho o la ocurrencia, sino en virtud de que la organización social así lo ha acordado”. Características de las normas jurídicas Podemos consultar más definiciones sobre los tipos de normas en los siguientes enlaces: SJ Zona Interactiva (2013). OSL - La Norma, Características y Estructura. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=OGeb2bHp67k mathy suarez (2013). La norma jurídica. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=BjiWdYFCSvY Así, las normas adquieren su validez de otras normas que pertenecen al mismo sistema jurídico y dicho sistema en su conjunto, adquiere validez de una norma primigenia (superior jerárquicamente) y superior a las demás, que se denomina Constitución. En este sentido, para que una norma jurídica sea válida en determinado país, por ejemplo en México, debe ser una norma secundaria a una norma jerárquicamente suprema, en donde se encuentre fundamentada. Una característica primordial de las normas es su validez, ya que sin ésta, no se pueden hacer válidos los preceptos de dicha ley en una sociedad. La validez de las leyes debe cumplir cuatro características esenciales que son: Obligatoriedad Vigencia Retroactividad Principios deontológicos Hecho, acto y sujetos de derecho 48Características de validez de las normas jurídicas https://www.youtube.com/watch?v=OGeb2bHp67k https://www.youtube.com/watch?v=BjiWdYFCSvY Obligatoriedad De esta manera, para que las normas jurídicas tengan validez tienen que contar con algunas características primordiales. La primera de ellas es su obligatoriedad, ya que su cumplimiento no se encuentra supeditado a la voluntaddel individuo, sino que en este sentido, actúa el imperio del Estado que obliga a los sujetos que viven en una sociedad a su cumplimiento, de tal forma que quien no cumple la norma es sujeto de las sanciones que se contemplan en las mismas. Pero, ¿desde qué momento un sujeto se encuentra obligado a cumplir una norma? Desde que inician su vigencia. Es decir, una norma jurídica no puede ser válida para cualquier tiempo; necesariamente la validez de una norma inicia en un momento específicamente determinado y termina en otro, de ahí deriva la importancia de identificar plenamente estos momentos. Dentro del sistema jurídico mexicano es fácil de comprobar el comienzo de la vigencia temporal de una norma dado que generalmente se encuentra consignado en los artículos transitorios de un ordenamiento jurídico. Es importante señalar que la vigencia de una ley puede ser determinada (si el mismo ordenamiento indica cuando inicia y termina la obligatoriedad de la ley) o indeterminada (cuando no se ha fijado el término de su duración). Vigencia Dentro del sistema jurídico mexicano, la vigencia es otorgada por su mismo texto, normalmente dentro de sus artículos transitorios, que se encuentran en la parte final de la ley. En ellos se señala específicamente la fecha a partir de la cual la norma deberá ser cumplimentada por los miembros de la sociedad, es decir, a partir de la fecha en la que entrará en vigor. En dichos dispositivos legales, se suele especificar que la norma quedará vigente a partir de su publicación, ya que cuando se expide una ley, debe ser publicada en el periódico oficial, que en el ámbito federal, es el Diario Oficial de la Federación y en los estados son las gacetas de gobierno. Diario Oficial de la Federación: http://dof.gob.mx/ Gaceta del Gobierno del Estado de México: http://legislacion.edomex.gob.mx/periodico/actual Gaceta Oficial del Distrito Federal: http://www.df.gob.mx/gaceta-oficial-app/ Abrogación vs Derogación Por otra parte, un dispositivo legal en particular, es decir, un artículo o un conjunto de artículos de una ley o toda una ley, cuando ya no presentan una utilidad, son derogados por el Poder Legislativo (federal o local). Esto quiere decir que ya no se encuentran vigentes y, por tanto, su cumplimiento ya no es obligatorio para los ciudadanos. Hecho, acto y sujetos de derecho 49Características de validez de las normas jurídicas http://dof.gob.mx/ http://legislacion.edomex.gob.mx/periodico/actual http://www.df.gob.mx/gaceta-oficial-app/ Asimismo, en el caso de que la ley se derogue completamente por una disposición de mayor jerarquía, la ley queda abrogada, es decir, que se deroga la ley entera. La “abrogación es el acto de la voluntad de la autoridad que determina la revocación o supresión total de una ley; si la revocación de una ley es sólo parcial, entonces habrá una derogación” (Villoro, 1978, p. 294). La llamada derogación constituye una figura jurídica a través de la cual una ley posterior deja sin efectos a una ley anterior. El artículo 71 de nuestro Código Civil señala que la derogación de una ley puede ser tácita o expresa. La derogación tácita es aquella que se encuentra anunciada en el mismo cuerpo de una nueva ley que anuncia que con su entrada en vigor una ley anterior queda sin efectos en forma parcial o total (abrogación). En cuanto a la derogación expresa, esta sucede cuando las disposiciones de la ley que deroga no pueden conciliarse con las de la ley anterior. Haciendo una analogía al hablar de la vigencia de las normas jurídicas, podríamos pensar en una fecha de caducidad y en las actualizaciones de ciertos productos: un producto caduco ya no es apto para el consumo humano; mientras que una actualización es una modificación (regularmente una mejora) o ajuste de cierto elemento, puede ser una playera, un software, un vehículo, etcétera. Algo similar sucede con algunas normas, no sólo con las jurídicas, que varían según la época, el país o territorio y el contexto, y que en ocasiones son sustituidas como ordenamiento legal entero, es decir, la Constitución, una ley, reglamento o sólo cierta o ciertas disposiciones del mismo. En esta actividad afianzaremos dos términos vinculados a la vigencia de las normas jurídicas: derogación y abrogación. Para esto nuestro(a) docente en línea nos hará llegar un documento con los ejercicios correspondientes. Él (ella) nos notificará sobre la disponibilidad de este documento y las instrucciones para descargarlo. Sigamos sus instrucciones. Esta es actividad no es ponderable, pero será muy útil para irnos apropiando del vocabulario de nuestra profesión. Después de realizarla, continuemos con el estudio de la sesión. Retroactividad Una vez que hemos comprendido el principio de obligatoriedad, el momento en el que empieza y finaliza de acuerdo con el inicio de vigencia y la abrogación o derogación de las normas jurídicas, debemos aprender que la temporalidad de las leyes no debe perjudicar a persona alguna a través del principio de irretroactividad de la ley. Hecho, acto y sujetos de derecho 50Características de validez de las normas jurídicas Al hablar de retroactividad de la ley nos referimos a la posibilidad de que esta pueda aplicarse sobre acciones pasadas, es decir, sobre hechos o actos ya sucedidos; así, a partir de la sanción de una ley retroactiva se pueden juzgar hechos ocurridos antes de la existencia de una ley. Al respecto, el artículo 14 de la Constitución Federal señala en su primer párrafo que “a ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna” (Cámara de Diputados, 2015). Este principio consagrado por la Constitución se llama principio de no retroactividad y quiere decir que cuando una ley pierde su vigencia y surge una nueva norma, esta última no puede aplicarse en perjuicio de ninguna persona (solamente en su beneficio). Por ejemplo: una nueva ley administrativa establece que no se pueden abrir restaurantes a menos de 1000 metros de los hospitales. Sin embargo, anteriormente ya había restaurantes establecidos a una distancia menor a la asentada en la norma, por lo tanto, en aplicación de este principio consagrado por el artículo 14 constitucional, la autoridad administrativa no puede suspender ni cancelar el permiso que les había otorgado y debe permitir que sigan funcionando. Cabe señalar que en derecho penal prevalece el principio de retroactividad de la ley, de forma tal que una persona no puede ser castigada por una acción que cometió en el momento en que dicha acción se encontraba sancionada por la ley y, con la entrada en vigor de una nueva ley o alguna reforma, se deja de sancionar. En este sentido, aplicando la ley a contrario sensu, si se emite una nueva ley que supone un beneficio para un acusado, imputado o condenado, si se le pueden aplicar los favores de la nueva normatividad le conceda de forma que, por ejemplo, puede ser incluso exonerado de cumplir su condena si la reciente ley ya no considera como delictiva la conducta que el sujeto cometió en el pasado. Otro ejemplo de aplicación retroactiva de la ley en beneficio de un sujeto de derecho lo encontramos en el pago retroactivo de un incremento salarial autorizado en tales términos: un aumento de sueldo también puede ser retroactivo. Supongamos que, en el mes de marzo, un gobierno anuncia un incremento salarial del 15% para todos los empleados estatales, siendo ese aumento retroactivo al mes de enero. Esto quiere decir que, a los sueldos ya cobrados entre enero y marzo, se les aplica un incremento del 15% que el Estado debe proceder a abonar (http://definicion.de/retroactivo/). Para comprender mejor este principio, analicemos la información contenida en los siguientes materiales: Acosta Olivares, V., Ricoy Espinoza, I. D. (2006). El principio de la irretroactividad constitucional. Recuperado de http://catarina.udlap.mx/u_dl_a/tales/documentos/lfis/acosta _o_v/capitulo3.pdf Hecho, acto y sujetos de derecho 51Características de validez de las normas jurídicas http://definicion.de/retroactivo/
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