Logo Studenta

hecho-acto-y-sujetos-de-derecho

¡Este material tiene más páginas!

Vista previa del material en texto

0
0.1
0.2
1
1.1
1.2
1.3
1.4
2
2.1
2.1.1
2.1.2
2.1.3
2.1.4
2.1.5
2.1.6
2.1.7
2.1.8
2.1.9
2.1.10
2.2
2.2.1
2.2.2
2.2.3
2.2.4
2.2.5
2.2.6
2.2.7
2.2.9 2.2.8
Tabla	de	contenido
Bienvenida
Presentación
Foro	de	presentación
Información	General	del	Módulo
Competencias	a	desarrollar
Metodología	de	trabajo
Evaluación
Fuentes	de	consulta
Unidad	1
Sesión	1.	Importancia	del	derecho
Fenómenos	y	actos	de	la	vida	cotidiana
Actividad	1.	Ámbitos	de	la	vida	cotidiana	y	consecuencias	jurídicas
El	derecho
Actividad	2.	Antecedentes	del	derecho	(etapa	1)
Actividad	2.	Antecedentes	del	derecho	(etapa	2)
Actividad	2.	Antecedentes	del	derecho	(etapa	3)
Actividad	3.	¿Qué	es	el	derecho?
Actividad	integradora.	La	protección	de	los	derechos
Cierre
Fuentes	de	consulta
Sesión	2.	Características	de	las	normas	jurídicas
Presentación
Tipos	de	normas
Actividad	1.	Normas,	¿dónde?
Características	de	validez	de	las	normas	jurídicas
Actividad	3.	Validez	de	las	normas	jurídicas
Actividad	4.	Derecho	y	deontología
Ámbitos	de	validez	de	las	normas	jurídicas
Actividad	integradora.	Ámbito	espacial	de	validez	de	las	normas	jurídicas
Cierre
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
2
2.2.10
2.2.11
3
3.1
3.1.1
3.1.2
3.1.3
3.1.4
3.1.5
3.1.6
3.1.7
3.1.8
3.1.9
3.1.10
3.1.11
3.1.12
3.1.13
3.2
3.2.1
3.2.2
3.2.3
3.2.4
3.2.5
3.2.6
3.2.7
3.2.8
4
4.1
4.1.1
4.1.2
4.1.3
4.1.4
4.1.5
4.1.6
Bitácora	de	aprendizaje
Fuentes	de	consulta
Unidad	2
Sesión	3.	Fuentes	del	derecho	y	su	clasificación	general
Presentación
Fuentes	del	derecho
Actividad	1.	Fuentes	reales	y	bien	jurídico	tutelado
Fuentes	formales
Actividad	2.	Proceso	legislativo
Actividad	3.	Jurisprudencia
Actividad	4.	La	costumbre	como	fuente	de	derecho
Clasificación	del	derecho
Actividad	6.	Positivo	o	natural
Actividad	7.	División	tricotómica	del	derecho
Actividad	integradora.	Legislación
Cierre
Fuentes	de	consulta
Sesión	4.	Sistemas	jurídicos
Presentación
Sistemas	jurídicos
Sistema	jurídico	mexicano
Actividad	1.	Constitución	vs.	tratados	internacionales
Actividad	integradora.	Sistemas	jurídicos
Cierre
Bitácora	de	aprendizaje
Fuentes	de	consulta
Unidad	3
Sesión	5.	Sujetos	de	derecho
Presentación
Sujetos	de	derecho
Actividad	1.	Sujetos	y	personas
Actividad	2.	Capacidad	de	goce	y	ejercicio
Actividad	integradora.	Atributos	de	la	personalidad
Cierre
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
3
4.1.7
4.2
4.2.1
4.2.2
4.2.3
4.2.4
4.2.5
4.2.6
4.2.7
4.2.8
4.2.9
4.2.10
Fuentes	de	consulta
Sesión	6
Presentación
Hechos	jurídicos
Actividad	1.	Hechos	y	actos	jurídicos
Elementos	de	los	actos	jurídicos
Actividad	2.	Fondo	y	forma
Actividad	integradora.	Conclusiones
Bitácora	de	aprendizaje
Actividad	final
Cierre
Fuente	de	consulta
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
4
Aprovechamos	este	primer	módulo	para	darles	la	bienvenida	a	la	Licenciatura	en	Derecho	y
a	la	Universidad	Abierta	y	a	Distancia	de	México,	institución	obligada	a	convertirse	en	una
de	las	mejores	opciones	de	educación	superior	a	nivel	nacional	e	internacional.
Esa	excelencia	sólo	será	alcanzada	sumando	entre	otros	factores	el	compromiso	que
ustedes	como	alumnos	tengan	con	sus	procesos	formativos,	porque	no	sólo	las
instituciones	ni	los	docentes	son	quienes	producen	a	los	grandes	intelectuales	y	líderes	en
cualquier	disciplina;	es	la	pasión	por	escudriñar	cada	aspecto	de	nuestro	oficio	o	profesión,
es	el	deseo	de	conocer	y	buscar	la	excelencia	día	tras	día.
Ahora	todos	ustedes	forman	parte	de	una	comunidad	con	más	de	50	mil	estudiantes
inscritos.	¡Bienvenidos!
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
5Bienvenida
Presentación
Esta	universidad	nace	para	responder	a	las	limitaciones	que	en	ocasiones	enfrentamos
para	acceder	a	estudios	de	educación	superior;	por	ello,	nuestros	estudiantes	provienen	de
distintas	partes	de	la	República	Mexicana	e	incluso	radican	en	el	extranjero
Los	materiales	que	encontrarán	a	lo	largo	de	la	carrera,	se	construyen	considerando	dicha
diversidad.	Éstos	están	pensados	para	romper	con	el	sentir	generalizado	de	una	formación
desvinculada	de	la	práctica	profesional,	de	las	necesidades	sociales	y	del	mercado	laboral,
con	ello	buscamos	que	nuestros	egresados	sean	profesionales	competentes	para
desempeñarse	en	sus	respectivas	disciplinas.
Para	lograr	lo	anterior,	implementamos	una	formación	modular	en	la	cual	convocamos	a	la
teoría	mediante	situaciones	prácticas,	buscando	en	todo	momento	hacer	explícita	la
importancia	de	la	teoría	en	la	vida	profesional;	pues	así	evitamos	un	estudio	aislado	o
desvinculado	de	la	realidad.
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
6Presentación
Foro	de	presentación
Antes	de	iniciar	con	la	primera	unidad	del	módulo	1,	los	invitamos	a	participar	en	el
siguiente	foro	de	presentación	para	comenzar	juntos	esta	trayectoria.
Ingresemos	al	foro	de	presentación	y	realicemos	lo	siguiente:
1.Redactemos	una	breve	presentación	incluyendo	los	siguientes	aspectos:
Nombre	completo
¿Cómo	prefieres	que	te	llamen?
¿De	dónde	eres?
¿En	dónde	vives?
¿A	qué	te	dedicas?
¿Por	qué	has	decidido	estudiar	esta	carrera?
¿Por	qué	has	elegido	estudiar	en	la	UnADM?
Consideremos	los	siguientes	aspectos	en	esta	actividad:
Podemos	ser	completamente	sinceros	siempre	que	seamos	respetuosos.
La	presentación	no	debe	rebasar	los	200	caracteres.
2.Respondamos	al	menos	tres	aportaciones	de	los	compañeros	con	los	cuales	nos
identifiquemos,	ya	sea	por	el	nombre,	el	lugar	donde	radica,	sus	motivaciones,	etcétera.	No
olvidemos	ser	respetuosos	en	este	espacio.
Una	vez	concluida	la	actividad	procedamos	con	el	estudio	del	módulo	1.
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
7Foro	de	presentación
Información	General	del	Módulo
Presentación
El	presente	módulo	procura	acercarnos	a	los	principios,	valores	y	fundamentos	del	derecho
desde	una	perspectiva	del	mundo	del	deber	ser	en	un	espacio	y	tiempo	presente,
llevándonos	a	razonar	los	aspectos	de	la	vida	diaria	que	tienen	consecuencias	jurídicas.
Aunque	como	estudiantes	todavía	no	podemos	ejercer	la	profesión,	podemos	identificarnos
con	ella,	encontrar	su	utilidad	en	la	sociedad	y	su	aplicabilidad	desde	sus	cimientos	y
fundamentos,	conociendo,	razonando	y	averiguando	sobre	situaciones	prácticas	que
centren	nuestra	atención	en	razonamientos	lógico-jurídicos,	basando	dichos	conocimientos
en	la	investigación,	el	estudio	de	la	teoría	vinculada	a	la	práctica	y	en	la	interpretación	de
las	normas	jurídicas,	desde	un	punto	de	vista	crítico	y	ético.
Además	de	conocer	y	razonar	sobre	las	bases	del	derecho,	lo	cual	constituye	parte	del
objeto	de	estudio	de	la	ciencia	jurídica,	vamos	a	situarnos	como	sujetos	de	derecho	y
nuestra	relación	con	otros	entes	en	diversos	hechos	de	la	vida	cotidiana,	y	reconoceremos
cuáles	de	éstos	hechos	pueden	tener	consecuencias	de	derecho.	Asimismo,
comenzaremos	a	familiarizarnos	con	el	lenguaje	que	se	maneja	en	la	ciencia	jurídica	para
iniciar	un	proceso	de	entendimiento	de	los	conceptos	universalmente	aceptados	en	la
misma.
Así,	situarnos	como	sujetos	de	derechos	y	obligaciones	nos	lleva	a	tomar	conciencia	de
nuestra	conducta	como	estudiantes	y	futuros	abogados,	para	trascender	de	actuar	por
actuar	a	hacerlo	conscientemente,	es	decir,	dirigiendo	la	acción	de	aprender	hacia	la	propia
superación,	con	alto	sentido	ético,	de	honestidad	y	responsabilidad	de	nuestra	misión	social
hacia	lo	justo	y	el	respeto	por	la	dignidad	humana.
En	este	módulo	adquiriremos	conocimientos	básicos	y	antecedentes	generales	del	derecho,
identificando	los	conceptos	que	de	él	emanan,	comprendiendo	que	los	fenómenos	y	actos
que	suceden	a	nuestro	alrededor	tienen	una	consecuencia	jurídica.	Buscaremos	responder,
entre	otros,	los	siguientes	cuestionamientos:
¿Qué	es	el	derecho,	de	dónde	emana	y	cómo	influye	en	nuestra	vida	cotidiana?
¿Cuáles	son	los	antecedentes	del	derecho?
¿Qué	son	las	normas	jurídicas,	cuáles	son	sus	características	primordiales	y	cuál	es	su
proceso	de	creación?
¿Cómo	es	el	sistema	jurídico	mexicano?
¿Quiénes	son	sujetos	de	derecho?
¿Qué	hechos	y	actos	tienenconsecuencias	jurídicas	y	cuáles	son	éstas	en	general?
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
8Información	General	del	Módulo
Uno	de	los	desafíos	iniciales	del	estudio	y	la	práctica	del	derecho	es	establecer	una	ruptura
conceptual	para	desarrollar	la	habilidad	de	interpretar	las	diferentes	acepciones	que	la
ciencia	jurídica	ha	asignado	a	distintos	términos	e	introducirnos	al	mundo	cognoscitivo	del
derecho.
Problema	prototípico
El	sentido	común	deja	de	ser	útil,	para	necesitarse	sentido	especializado.	Ya	no	el
conocimiento	popular	nos	servirá	totalmente,	sino	que	hemos	de	tener	una	nueva
construcción	mental	sobre	las	relaciones	humanas,	y	sobre	sus	conflictos	y	soluciones
(Zambrano	y	Torres,	2010).
“El	sentido	común	deja	de	ser	útil,	para	necesitarse	sentido	especializado.	Ya	no	el
conocimiento	popular	nos	servirá	totalmente,	sino	que	hemos	de	tener	una	nueva
construcción	mental	sobre	las	relaciones	humanas,	y	sobre	sus	conflictos	y	soluciones
(Zambrano	y	Torres,	2010)”.
El	primer	problema	a	resolver	en	el	estudio	y	práctica	del	derecho	es	la	comprensión	del
lenguaje	primario	de	dicha	disciplina.	Para	los	profesionistas	en	derecho	es	fundamental
conocer	y	comprender	los	conceptos	fundamentales	del	mundo	jurídico,	toda	vez	que	en	el
ámbito	material	en	el	que	se	desarrolle	el	profesionista,	ya	sea	civil,	penal,	administrativo,
laboral,	constitucional,	internacional,	etcétera,	o	ya	sea	que	su	actividad	profesional,	como
abogado	postulante,	asesor,	juzgador	o	servidor	público,	debe	desplegar	tales
conocimientos	base,	los	que	a	su	vez	darán	soporte	a	otros	más	especializados.
Escenario	y	contexto	del	problema	prototípico
El	abogado	debe	usar	constantemente	los	conceptos	fundamentales	del	derecho,	pues
dichos	conceptos	van	a	estar	presentes	en	su	cotidiano	desarrollo	profesional,	serán	la
base	de	su	práctica,	la	cual	sólo	puede	contribuir	a	la	prevención	y	solución	de	conflictos	en
la	medida	en	que	se	fundamente	en	la	doctrina,	en	la	reflexión	teórica	y	en	la
autoconstrucción	de	conocimientos	a	través	de	la	investigación	de	dichos	conceptos.
También	deben	comprenderse	y	conocerse,	de	una	manera	muy	cercana,	las	fuentes	de	las
que	emanan	las	normas	jurídicas,	como	es	el	caso	de	las	leyes	derivadas,	además	de
conocer	el	procedimiento	legislativo	del	que	resultan.	En	este	sentido,	un	abogado	debe
estar	actualizado	con	respecto	no	sólo	al	contenido	de	las	reformas	normativas,	sino	de	las
causas	que	las	motivaron;	asimismo,	debe	contar	con	conocimientos	actualizados	en
materia	de	jurisprudencia	emitida	por	el	Poder	Judicial	Federal	ya	que	lo	contrario,	en
muchas	ocasiones,	hace	ineficaz	y	nugatorio	el	manejo	del	derecho	que	se	despliega	en
sus	actividades	profesionales.
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
9Información	General	del	Módulo
Por	otro	lado,	la	clasificación	del	derecho	es	una	base	doctrinaria	que	el	abogado	usa	de
manera	cotidiana	en	sus	labores	y	que	debe	saber	manejar	en	su	léxico	y	práctica
profesional.	Por	ello,	son	sobresalientes	los	conceptos	relativos	al	derecho	sustantivo	y
adjetivo,	derecho	positivo	y	derecho	natural,	lo	cual	es	aplicable	a	la	práctica,	como	en	el
caso	de	la	protección	integral	a	los	derechos	humanos	que	postula	el	artículo	1º	de	la
Constitución	Federal.
Por	otra	parte,	resulta	también	básico	manejar	el	conocimiento	de	la	división	tricotómica	del
derecho.	Es	muy	diferente	el	derecho	público,	del	privado,	del	social;	estas	áreas	abarcan
diferentes	supuestos	y	son	tuteladas	por	diferentes	figuras	jurídicas.	En	ellas	también
inciden	los	sistemas	jurídicos,	sobre	todo	porque	hoy	se	presenta	el	reto	fundamental	del
respeto	a	los	derechos	humanos	dentro	de	un	orden	jurídico	mexicano,	con	una	fuente
nacional,	pero	que	está	contenida	en	tratados	internacionales	y	cuyo	lenguaje	debe
manejarse	y	acoplarse	al	sistema	jurídico	nacional	dentro	del	que	se	encuentra	ejerciendo
el	profesional	en	derecho.
Por	último,	pero	no	menos	importante,	se	encuentra	el	conocimiento	de	los	hechos,	los
actos	jurídicos,	sus	consecuencias	y	sus	efectos	en	la	esfera	personal	o	colectiva	de	los
individuos.	Esto	está	relacionado	íntimamente	con	la	actuación	del	abogado	en	todas	sus
proyecciones	profesionales,	pues	vivimos	en	un	mundo	en	el	que,	como	se	contempla
desde	este	módulo,	gran	parte	de	los	acontecimientos	de	la	vida	diaria	tienen	una
consecuencia	de	derecho,	algo	con	lo	que	el	estudiante	de	esta	licenciatura	debe
identificarse	y	comprometerse	a	entender,	pues	su	vida	profesional	estará	ligada	a	este
postulado	de	manera	permanente	y	constante.
Sesión	1
Unidad	1
Fenómenos	y	actos	de	la	vida	cotidiana
El	derecho
Sesión	2
Tipos	de	normas
Características	de	validez	de	las	normas	jurídicas
Ámbitos	de	validez	de	las	normas	jurídicas
Sesión	3
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
10Información	General	del	Módulo
Unidad	2
Fuentes	del	derecho
Fuentes	formales
Clasificación	del	derecho
Sesión	4
Sistemas	jurídicos
Sistema	jurídico	mexicano
Sesión	5
Unidad	3
Sujetos	de	derecho
Sesión	6
Hechos	jurídicos
Elementos	de	los	actos	jurídicos
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
11Información	General	del	Módulo
Competencias	a	desarrollar
Competencia	general
Analiza	las	consecuencias	de	los	hechos	y	actos	jurídicos	para	distinguir,	primero,	las
normas	jurídicas	de	otro	tipo	de	normas	y,	después,	a	quienes	están	sujetos	a	las	mismas,
asociando	la	información	teórica	e	histórica	con	situaciones	reales.
Competencias	específicas
Describe	cómo	la	sociedad	está	sujeta	a	normas	jurídicas	para	identificar	la	necesidad
del	derecho,	exponiendo	su	relación	con	distintos	acontecimientos	a	su	alrededor,	y	el
papel	de	las	normas	en	una	sociedad.
Define	la	importancia	de	la	evolución	del	derecho	y	la	vigencia	del	derecho	romano
para	sustentar	la	práctica	en	la	teoría	e	historia	de	esta	disciplina	comparando	las
principales	instituciones	jurídicas	que	surgieron	en	los	cuatro	periodos	en	que	se	divide.
Distingue	los	tipos	de	normas	para	ubicar	el	campo	de	acción	del	profesionista	en
Derecho,	identificando	las	de	carácter	jurídico,	de	acuerdo	a	sus	principales
características	y	ámbitos	de	validez.
Distingue	de	dónde	emanan	las	normas	jurídicas	mediante	el	análisis	de	las	fases	del
proceso	legislativo	y	la	forma	en	la	que	se	constituye	la	jurisprudencia	para	reconocer
los	actos	y	acontecimientos	sociales	como	fuentes	del	derecho.
Contrasta	las	clasificaciones	del	derecho,	categorizando	actos	y	hechos	jurídicos,	así
como	las	áreas	que	los	regulan	identificando	la	ordenación	especial	definida	en	el
sistema	jurídico.
Distingue,	mediante	el	estudio	de	sus	características,	a	los	sujetos	de	derecho	desde
las	perspectivas	personal,	familiar	y	social	para	identificar	cuáles	son	las
consecuencias	jurídicas	de	los	hechos	y	actos.
Distingue	al	sistema	jurídico	mexicano	dentro	del	sistema	jurídico	denominado
romanista	y	lo	contrasta	con	otros	sistemas	en	el	mundo	para	explicar	las
características	propias	del	derecho	positivo	mexicano	así	como	las	de	otros	sistemas
como	el	anglosajón.
Analiza	los	acontecimientos	en	los	que	interviene	la	voluntad	del	hombre	y	en	los	que
no,	así	como	la	vinculación	entre	los	ellos	y	las	consecuencias	del	derecho,
comparando	doctrinas	al	respecto	para	distinguir	los	hechos	y	actos	de	la	vida	cotidiana
que	tienen	consecuencias	jurídicas.
Competencias	transversales
Identificación,	definición	y	solución	de	problemas
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
12Competencias	a	desarrollar
Analiza	las	dimensiones	de	un	problema	sobre	el	que	intervenir	para	identificarlo
claramente	y	plantear	soluciones	mediante	el	estudio	de	información	relevante	y	sus
posibles	causas.
Uso	de	las	TIC
Utiliza	las	herramientas	de	las	tecnologías	de	la	información	y	comunicación	de	forma
eficiente	para	la	construcción	de	conocimiento	y	el	adecuado	ejercicio	de	su	profesión.
Trabajo	en	equipo
Participa	de	forma	respetuosa	e	integrada	en	el	grupo	para	favorecer	el	trabajo	en
equipo	y	el	cumplimiento	de	roles	en	las	actividades	atendiendo	lo	que	se	le	solicita.
Comportamiento	ético
Integra	en	su	participación	y	sus	aportacioneslas	responsabilidades	sociales	y	éticas
vinculadas	al	ejercicio	de	su	profesión.
Comunicación	efectiva
Argumenta	y	comunica	sus	conclusiones	de	un	modo	claro	y	sin	ambigüedades
atendiendo	las	normas	de	escritura	y	redacción	(ortografía,	puntuación,	acentuación,
concordancia,	uso	de	conectores,	etcétera)	acorde	a	los	diferentes	tipos	de	texto	que
se	le	solicitan.
Compromiso	con	el	aprendizaje
Asume	la	responsabilidad	en	el	aprendizaje	y	desarrollo	profesional	al	ser	consciente
de	sus	propias	habilidades	y	las	estrategias	para	lograrlo.
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
13Competencias	a	desarrollar
Metodología	de	trabajo
En	este	módulo	se	ha	pensado	en	la	siguiente	secuencia	para	alcanzar	tanto	la
competencia	general	como	las	específicas	y,	además,	enfrentar	la	problemática	planteada:
Distinguir	de	entre	los	ámbitos	de	la	vida	cotidiana	aquellos	de	carácter	jurídico	y	sus
características.
Entender	que	gran	parte	de	nuestras	actividades	cotidianas	se	encuentran	reguladas
por	normas	jurídicas.
Distinguir	las	fuentes	del	derecho	y	su	conformación,	así	como	conocer	el
procedimiento	legislativo	y	la	manera	en	que	se	constituye	la	jurisprudencia
reflexionando	en	torno	a	las	demás	fuentes	del	derecho.
Distinguir	las	normas	eficientes	y	reflexionar	sobre	los	principios	éticos	que	deben
contener	las	normas	expedidas	por	el	Estado.
Diferenciar	los	ámbitos	de	validez	de	las	normas	jurídicas	identificando	las	que
pertenecen	al	ámbito	internacional,	al	federal	y	al	local.
Reflexionar	en	aspectos	sociales,	políticos	y	económicos	que	influyen	en	el	derecho.
Comprender	la	clasificación	del	derecho:	sustantivo	y	adjetivo,	positivo	y	natural,	así
como	la	división	tricotómica	de	esta	disciplina.
Comprender	el	contraste	existente	entre	los	diversos	sistemas	que	integran	el	derecho
a	nivel	mundial,	identificando	las	características	del	sistema	jurídico	mexicano.
Comprender	quiénes	son	sujetos	de	derecho	y	cuáles	son	las	consecuencias	jurídicas
de	su	intervención	en	la	vida	cotidiana.
Identificar	los	hechos	y	actos	de	la	vida	cotidiana	que	tienen	consecuencias	jurídicas.
Componentes	principales
Este	módulo	se	ha	dividido	en	seis	sesiones	mediante	las	cuales	ofrece	una	primera
aproximación	a	distintas	herramientas	conceptuales	que	son	la	base	o	los	fundamentos	del
derecho.	Para	ello,	podremos	acceder,	principalmente,	a	los	siguientes	elementos:
Contenidos	nucleares
En	cada	sesión	tendremos	un	documento	con	la	información	necesaria	que	contribuirá
al	logro	de	las	competencias	establecidas	para	este	módulo.	El	contenido	del
documento	se	presenta	de	una	forma	ordenada	y	sencilla,	buscando	establecer	un
puente	entre	la	complejidad	intrínseca	del	marco	teórico	jurídico	y	nuestro	proceso
formativo	como	licenciados	en	Derecho.	Se	trata	de	exponer	cada	tema	de	una	forma
amena	y	significativa,	haciendo	un	cruce	continuo	entre	la	teoría	y	la	práctica	para	que
podamos	identificar	la	pertinencia	y	la	necesidad	de	los	saberes	expuestos	en	estos
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
14Metodología	de	trabajo
documentos.
Actividades
Encontraremos	al	menos	dos	actividades	en	cada	sesión.	Éstas	han	sido	diseñadas	a
partir	de	las	competencias	establecidas	para	el	módulo.	Los	contenidos	de	cada	sesión
proporcionarán	una	base	que	permita	realizar	las	actividades	de	manera	sencilla	y
gradual,	de	lo	simple	a	lo	complejo.	El	objetivo	de	las	actividades	es	hacer	que	nos
apropiemos	de	este	módulo	y	lo	transformemos	en	un	elemento	significativo	de	lo	que
será	nuestra	práctica	profesional.
Además,	contaremos	con	un	(una)	docente	en	línea	que	nos	acompañará	durante	todo	el
módulo,	retroalimentándonos	en	cada	una	de	las	actividades.	El	(la)	docente	en	línea
también	puede	aconsejarnos	o	recomendarnos	estrategias	de	estudio	para	mejorar	nuestro
proceso	formativo,	así	como	sugerir	algunas	actividades	complementarias	que	faciliten	la
comprensión	de	algún	tema.
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
15Metodología	de	trabajo
Evaluación
En	una	concepción	innovadora	de	la	enseñanza	y	el	aprendizaje	debemos	considerar	que
la	evaluación	ya	no	se	basa	exclusivamente	en	el	hecho	de	conocer	más	sobre	un	tema
concreto,	sino	en	nuestra	capacidad	de	utilizar	de	forma	integral	nuestros	conocimientos,
habilidades	y	actitudes	con	el	fin	de	aplicarlos	de	manera	activa	y	eficiente	en	situaciones
específicas	de	la	vida	cotidiana	y	profesional.
En	este	sentido,	la	evaluación	de	cada	módulo	parte	de	una	organización	global	de	la
enseñanza	y	el	aprendizaje	en	donde	se	incluyen	experiencias	de	trabajo	colaborativo	e
individual	que	favorecen	la	participación	activa.	Asimismo,	se	han	diseñado	distintos
instrumentos	que	permitirán	valorar	los	logros	y	aprendizajes,	así	como	identificar	las	áreas
de	oportunidad.
En	todo	el	proceso	formativo	se	espera	que	como	estudiantes	asumamos	una
responsabilidad	personal	en	nuestra	formación	mediante	la	participación	responsable	y
crítica	en	cada	una	de	las	actividades.
Considerando	lo	anterior,	la	evaluación	de	este	módulo	se	llevará	a	cabo	tomando	en
cuenta	los	siguientes	elementos:
Actividades	colaborativas
Esta	categoría	engloba	todas	las	actividades	en	equipo,	pueden	ser	proyectos,	escritos,
participación	en	foros,	etcétera.	Los	medios	para	la	entrega	de	los	productos	que	resulten
de	las	actividades	de	esta	categoría	pueden	ser	diferentes,	por	lo	que	es	importante	que
revises	las	instrucciones	detenidamente	a	fin	de	comprender	la	dinámica	de	trabajo.
Tareas
Esta	categoría	incluye	todas	las	actividades	individuales;	serán	entregadas	a	través	de	la
plataforma	y	se	dispondrá	de	dos	intentos:	el	primero	es	un	borrador	y,	el	segundo,	la
versión	final,	que,	con	el	propósito	de	que	obtengas	los	mejores	resultados	en	tu
evaluación,	se	enviará	después	de	los	ajustes	que	el	(la)	docente	en	línea	sugiera	en	su
retroalimentación.
Portafolio	de	evidencia
En	esta	categoría	se	integran	los	productos	de	las	actividades	que	dan	cuenta	del	alcance
de	las	competencias	que	se	plantean	para	cada	sesión	y	que,	en	su	conjunto,	reflejan	el
logro	de	la	competencia	general	del	módulo.	Cabe	señalar	que	las	actividades	están
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
16Evaluación
relacionadas	entre	sí	y	promueven	un	nivel	de	análisis	gradual	de	acuerdo	al	logro	de
desempeño	deseado,	pensando	en	que	con	ellas	se	alcanzan	las	competencias	de	cada
unidad.
Bitácora	de	aprendizaje
En	esta	categoría	se	adjunta	un	archivo	que	muestre	lo	aprendido	en	cada	una	de	las
actividades.	Este	documento	se	llama	Lo	que	aprendí,	está	en	Word	y	debe	ser	llenado
conforme	al	avance	del	proceso	de	aprendizaje	durante	cada	módulo.	Con	base	en	lo
anterior,	el	esquema	de	evaluación	para	el	módulo	queda	definido	de	la	siguiente	manera:
Esquema	de	evaluación
Actividades	colaborativas	+	Tareas	=	35%	Bitácora	de	aprendizaje	=	5%	Portafolio	de
evidencia	=	60%
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
17Evaluación
Fuentes	de	consulta
A	continuación	se	enlistan	las	referencias	sugeridas	para	profundizar	en	las	distintas
temáticas	que	se	abordarán	a	lo	largo	de	esta	asignatura.
Impresas
Bernal	Moreno,	J.	K.	(2005).	La	idea	de	justicia.	Revista	del	Posgrado	de	Derecho	de	la
UNAM,	1(1),	168.
Cárdenas	Gracia,	J.	(2009).	Introducción	al	estudio	del	derecho	.	México:	IIJ	-	UNAM.
Dávalos,	J.	(1992,	mayo	-	agosto).	Panorama	del	sistema	legal	mexicano.	Revista	de
Derecho	Comparado,	nueva	serie,	año	XXV	(74),	485	-	494.
Foucault,	M.	(1981).	Un	diálogo	sobre	el	poder.	Madrid:	Alianza.
Fucito,	F.	(2003).	Sociología	del	derecho	(2ª	ed.).	Buenos	Aires:	Universidad.
García	Máynez,	E.	(2002).	Introducción	al	estudio	del	derecho	(50ª	ed.).	México:Porrúa.
García	Máynez,	E.	(2009).	Introducción	al	estudio	del	derecho(53ª	ed.).	México:	Porrúa.
García	Máynez,	E.	(2009).	Positivismo	jurídico,	realismo	sociológico	y	iusnaturalismo.
México:	Fontamara.
García	Máynez,	E.	(2011).	Introducción	al	estudio	del	derecho	(63ª	ed.).	México:Porrúa.
Hindess,	B.	(1996).	Discourses	of	Power.	From	Hobbes	to	Foucault.	Oxford:	Blackwell.
Parsons,	T.	(1949).	Essays	in	Sociological	Theory.	Glencoe,	Illinois:	TheFree	Press.
Preciado	Hernández,	R.	(1984).	Lecciones	de	filosofía	del	derecho(2ª	ed.).	México:
UNAM.
Recaséns,	S.	L.	(2004).	Sociología(3ª	ed.).	México:	Porrúa.
Ritzer,	G.	(1999).	Teoría	sociológica	clásica.	México:	McGraw	-	Hill.
Smith,	J.	F.	(coord.)	(1990).	Derecho	constitucional	comparado.	México	-	Estados
Unidos.	Tomo	I.	México:	IIJ	-	UNAM.
Suprema	Corte	de	Justicia	de	la	Nación	(2006).	El	sistema	jurídico	mexicano	(4ª	ed.)
México:	Suprema	Corte	de	Justicia	de	la	Nación.
Tesis	aislada	(2007,	abril).	Gaceta	,	XXV	época.	Registro:	172	650,	p.	6.
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
18Fuentes	de	consulta
Villoro	Toranzo,	M.	(2012).	Introducción	al	estudio	del	derecho	(21ª	ed.).	México:
Porrúa.
Weber,	M.	(1967).	El	político	y	el	científico.	Madrid:	Alianza.
Weber,	M.	(1987).	Economía	y	sociedad.	México:	Fondo	de	Cultura	Económica.
Digitales
Arellano	García,	C.	(2002).	Las	grandes	divisiones	del	derecho.	Recuperado	de
http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/facdermx/cont/242/art/art1.pdf
Sánchez	Azcona	,	J.	(1981).	Normatividad	social.	En	Ensayo	de	sociología	jurídica	(2ª
ed.).	México:	IIJ	-	UNAM.	Recuperado	de
http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/2/839/5.pdf
Cámara	de	Diputados,	Secretaría	General	y	Secretaría	de	Servicios	Parlamentarios
(2005).	Procedimiento	legislativo.	Recuperado	de
http://www.diputados.gob.mx/bibliot/publica/prosparl/iproce.htm
De	Silva	Gutiérrez,	G.	(s	.f.).	La	norma	válida.	Análisis	sobr	e	la	validez	de	las	normas
jurídicas.	Recuperado	de:
http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/facdermx/cont/252/art/art9.pdf
Domínguez	García	Villalobos,	A.	(s.	f.).	Hecho,	acto	y	negocio	jurídico.	Recuperado	de
http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/8/3834/6.pdf
González,	N.	(2010).	Glosario.	En	González,	N.	Sistemas	jurídicos	contemporáneos
(pp.	239	-	241).	Recuperado	de	http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/7/3258/11.pdf
Güemes,	D.	(s.	f.)	Sistemas	jurídicos	contemporáneos.	Guadalajara:	Universidad
Autónoma	de	Guadalajara.	Tomado	de:
http://genesis.uag.mx/posgrado/revista/numero2/der002.htm
Senado	de	la	República	(2015).	Servicios	parlamentarios.	Recuperado	de
http://www.senado.gob.mx/index.php?ver=sen&mn=1&sm=2
Suprema	Corte	de	Justicia	de	la	Nación	(s.	f.).	Atribuciones	de	la	Suprema	Corte	de
Justicia	de	la	Nación.	Recuperado	de
https://www.scjn.gob.mx/conocelacorte/Paginas/atribucionesSCJN.aspx
Zambrano	T.	A.	R.	y	Torres	M.	(2010).	Introducción	al	derecho.	Recuperado	de
http://alexzambrano.webnode.es/products/introduccion-al-derecho/
Legislación	de	consulta	y	apoyo
Cámara	de	Diputados	(2015).	Código	Penal	del	Distrito	Federal.	México:	DOF.
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
19Fuentes	de	consulta
http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/facdermx/cont/242/art/art1.pdf
http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/2/839/5.pdf
http://www.diputados.gob.mx/bibliot/publica/prosparl/iproce.htm
http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/facdermx/cont/252/art/art9.pdf
http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/8/3834/6.pdf
http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/7/3258/11.pdf
http://genesis.uag.mx/posgrado/revista/numero2/der002.htm
http://www.senado.gob.mx/index.php?ver=sen&mn=1&sm=2
https://www.scjn.gob.mx/conocelacorte/Paginas/atribucionesSCJN.aspx
http://alexzambrano.webnode.es/products/introduccion-al-derecho/
Cámara	de	Diputados	(2015).	Constitución	Política	de	los	Estados	Unidos	Mexicanos.
México:	DOF.	Recuperada	de
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_100715.pdf
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
20Fuentes	de	consulta
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_100715.pdf
Unidad	1
Bienvenida
“No	hay	mejor	forma	de	ejercitar	la	imaginación	que	estudiar	la	ley.	Ningún	poeta	ha
interpretado	la	naturaleza	como	los	abogados	interpretan	la	verdad	(Giraudoux,	citado	en
Figueroa,	2013)”
Esta	primera	unidad	del	módulo	se	ha	dividido	en	dos	apartados.	En	el	primero	trataremos
de	identificar	la	cercanía	que	tenemos	con	la	disciplina	que	nos	hemos	propuesto	estudiar	y
en	la	segunda	comenzaremos	a	formar	un	panorama	sobre	sus	componentes	a	partir	de
definir	el	concepto	de	derecho	en	sí	mismo.
No	olvidemos	considerar	los	criterios	de	evaluación	específicos	de	esta	actividad	que	el	(la)
docente	en	línea	nos	compartirá.
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
21Unidad	1
Sesión	1.	Importancia	del	derecho
En	cualquier	parte	del	mundo,	desde	el	momento	de	su	nacimiento,	el	ser	humano	tiene	una
existencia	conformada	por	varios	aspectos,	entre	los	que	podemos	contar	el	familiar,	el
social,	el	espiritual	o	religioso,	el	moral	y,	desde	luego,	el	jurídico.
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
22Sesión	1.	Importancia	del	derecho
Fenómenos	y	actos	de	la	vida	cotidiana
En	cualquier	parte	del	mundo,	desde	el	momento	de	su	nacimiento,	el	ser	humano	tiene	una
existencia	conformada	por	varios	aspectos,	entre	los	que	podemos	contar	el	familiar,	el
social,	el	espiritual	o	religioso,	el	moral.
Desde	su	aspecto	regulatorio,	cada	ámbito	está	integrado	de	la	siguiente	forma:
Familiar
Se	integra	con	reglas	parecidas	a	las	sociales,	pero	con	una	relación	de	intimidad	y
proximidad	que,	cuando	no	se	cumplen,	podrían	provocar	hasta	la	división	de	la	familia.
Ejemplo:	Cuando	se	establece	a	los	hijos	una	hora	de	llegada,	ésta	debe	ser	respetada;	en
caso	contrario	podrían	ser	acreedores	a	una	sanción,	como	por	ejemplo	no	ver	televisión
por	determinado	tiempo.
Social
El	ámbito	social	se	compone	por	reglas	de	trato	social	que	no	imponen	derechos	ni
obligaciones	pero	que,	cuando	no	se	respetan,	son	sancionables	con	el	rechazo	social.
Ejemplo:	Al	pasear	a	un	perro,	debemos	limpiar	sus	desechos,	ya	que	de	lo	contrario	los
vecinos	se	enfadarán	por	dejar	sucia	nuestra	calle	(independientemente	de	que	el	acto
pueda	tener	consecuencias	jurídicas).
Espiritual	o	religioso
Se	compone	de	mandamientos	divinos,	que	incluyen	un	contenido	moral.	Ejemplo:	En	la
religión	católica,	si	se	peca	y	se	vulnera	lo	establecido	en	los	10	mandamientos,	el
sacerdote	en	confesión	impone	una	sanción.
Moral
Compuesto	por	costumbres	y	normas	que	se	consideran	buenas	para	dirigir	o	juzgar	el
comportamiento	de	las	personas.	Ejemplo:	Cuando	se	ofrece	a	un	individuo	participar	en
negocios	dudosos,	los	cuales	van	en	contra	de	los	principios	que	ha	asumido	como	base	de
su	conducta	(además	de	que	su	participación	podría	tener	consecuencias	jurídicas).
Jurídico
El	ámbito	jurídico	se	compone	por	normas	que	traen	consigo	derechos	y	obligaciones	cuya
finalidad	es	regular	nuestra	conducta	en	sociedad.	Ejemplo:	Al	comprar	una	televisión,
realizamos	un	acto	jurídico	en	el	que	tenemos,	por	un	lado,	la	obligación	de	pagar	el	precio
y,	por	otro,	el	derecho	de	que	se	nos	entregue	un	producto.
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
23Fenómenos	y	actos	de	la	vida	cotidiana
Podemos	encontrar	las	consecuencias	de	las	actividades	relacionadas	con	los	ámbitos
antes	mencionados	en	el	transcurrir	de	nuestra	vida	cotidiana,	en	los	recorridos	que
realizamos	para	llegar	a	trabajar	y	estudiar,	al	comprar	la	despensa,	salir	de	vacaciones,
realizar	algún	trámite	(como	la	obtención	de	la	licencia	para	conducir),	etcétera.	Asimismo,
no	podemos	encontrar	casi	ningún	acto	que	realicemos	que	no	tenga	una	connotación	o
alguna	consecuencia	jurídica,	ya	que	necesitamos	de	normas	creadas	por	el	Estado	para
hacer	posible	nuestra	convivencia	en	sociedad.
Situaciones	con	consecuencias	jurídicas
El	hecho	de	transportarnos	hacia	nuestro	trabajo	es	un	acto	que	realizamos	cotidianamente
que	implica	situaciones	jurídicas.	Al	pagar	el	pasaje,	pagamos	un	servicio	consistente	en
llevarnos	a	determinado	lugar,	pero	en	casos	extremos	y	fortuitos	implica	muchas	más
situaciones	de	derecho	ya	que,	si	hay	un	accidente,	se	deben	deslindar	responsabilidades
por	lesiones	y	por	daños	a	otro	vehículo	por	parte	del	chofer	y	de	la	empresa	propietaria	del
autobús;	asimismo,	las	personas	que	se	encuentren	trasladándose	a	su	trabajo,	tienen
derecho	a	que	dicho	accidente	y	sus	lesiones	se	tomen	en	consideración	como	un	riesgo	de
trabajo.	Es	decir,	la	vida	cotidiana,involucra	siempre	situaciones	jurídicas,	en	diversos
ámbitos	(civil,	laboral,	mercantil,	etcétera),	de	las	que	debemos	estar	conscientes	como
miembros	de	una	sociedad	y	como	profesionales	del	derecho.
El	derecho	se	encuentra	ligado	con	nuestra	vida	diaria	y	con	los	actos	que	realizamos	en
forma	cotidiana.	De	dichos	actos	y	fenómenos	se	desprenden	derechos	y	obligaciones	con
consecuencias	jurídicas	establecidas	como	obligatorias	por	el	Estado	a	través	de	los
supuestos	que	dictan	las	normas	jurídicas	que	rigen	en	distintas	materias.
Por	ello,	actos	tan	sencillos	como	comprar	medicina	o	conducir	un	auto	–así	como	los	que
suceden	de	forma	inesperada	como	un	accidente	vial	o	el	deslave	de	una	carretera–	se
encuentran	contemplados	en	las	normas	jurídicas.	Estas	normas	disponen	los	derechos	y
las	obligaciones	que	surgen,	tanto	de	los	actos	rutinarios,	como	de	los	que	suceden	de
forma	inesperada	y	que	tienen	mayor	grado	de	complejidad.
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
24Fenómenos	y	actos	de	la	vida	cotidiana
Actividad	1.	Ámbitos	de	la	vida	cotidiana	y
consecuencias	jurídicas
Hemos	aprendido	que	en	la	realización	de	las	actividades	diarias	se	llevan	a	cabo	actos	que
tienen	una	implicación	jurídica,	por	lo	que	ahora	contamos	con	una	perspectiva	diferente
para	apreciar	dichas	acciones	cotidianas.	Allí	se	desarrolla	la	vida	del	abogado,	observando
los	acontecimientos	diarios	y	analizando	sus	efectos	jurídicos.
Como	primera	actividad	ingresemos	al	foro	vinculado	en	esta	sección	y	realicemos	lo
siguiente:
1.	Contestemos	las	preguntas:
¿En	qué	otras	situaciones	de	la	vida	podemos	identificar	actos	que	puedan	tener	una
consecuencia	jurídica?
¿Hemos	pasado	alguna	situación	con	estas	características?
¿Cuáles	son	las	normas	que	apoyaron	a	regular	esta	situación?
2.	Revisemos	las	aportaciones	de	al	menos	tres	compañeros	para	identificar	qué	actos
tuvieron	consecuencias	jurídicas	y	qué	normas	se	aplicaron	en	su	caso.
3.	Concluyamos	nuestra	participación	en	el	foro	agregando	una	conclusión	que	sintetice	lo
aportado	por	el	grupo	en	la	discusión	y	que	enfatice	cómo	toda	sociedad	está	sujeta	a
normas	jurídicas.
No	olvidemos	consultar	los	criterios	de	evaluación	para	la	participación	en	foros	para
considerarlos	en	nuestras	intervenciones.
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
25Actividad	1.	Ámbitos	de	la	vida	cotidiana	y	consecuencias	jurídicas
El	derecho
Tomando	en	cuenta	que	hay	sucesos	en	todos	los	ámbitos	de	la	vida	cotidiana	con
consecuencias	de	derecho,	es	importante	identificar	qué	es	el	derecho.
El	origen	del	derecho	se	remonta	a	la	época	en	que	los	hombres	empezaron	a	vivir	en
sociedad,	es	decir,	al	momento	en	que	el	hombre	dejó	de	ser	nómada	y	se	agrupó	con	sus
semejantes	para	conseguir	fines	en	común	de	una	manera	más	sencilla	y	eficaz.	Desde
entonces	se	fueron	creando	reglas	que	garantizaran	una	convivencia	ordenada,	pacífica	y
con	mejores	resultados	para	sus	integrantes.	Cuando	esas	agrupaciones	se	convirtieron	en
sociedades,	las	normas	empezaron	a	registrarse,	se	castigaba	a	quienes	las	infringieran	y
se	establecieron	las	jerarquías	de	quienes	las	hacían	valer.
¿Qué	es	una	Sociedad?
Cárdenas	Gracia	define	la	sociedad	como:
…un	conjunto	organizado	de	individuos	que	viven	establemente	diversos	tipos	de	relación
en	un	tiempo	y	espacio	determinados,	en	donde	el	derecho	es	un	aspecto	de	la	sociedad,
uno	muy	importante	aunque	no	equivale	a	la	totalidad	de	la	sociedad,	pues	existe	otro	tipo
de	relaciones	(económicas,	sociales,	políticas,	culturales,	etc.)	y	de	normas	diferentes	a	las
jurídicas	(religiosas,	morales,	de	trato	social	y	costumbres,	entre	otras)	(2009,	p.	23).
Estas	relaciones	sociales	son	interacciones	recíprocas	entre	los	individuos,	que	llevan	en	sí
mismas	un	significado	proyectado	hacia	el	agente	a	quien	se	dirigen,	y	tienen	una
expectativa	socialmente	construida	de	la	reacción	que	provocarán.
Antecedentes	del	derecho
Revisemos	los	siguientes	materiales,	los	cuales	nos	exponen	las	características	y	el
desarrollo	del	principal	referente	histórico	del	sistema	jurídico	mexicano,	el	derecho	romano.
Es	necesario	leer	estos	materiales	para	poder	realizar	la	siguiente	actividad.	Es
recomendable	seguir	el	orden	enlistado	para	la	revisión	de	los	materiales	dado	que	estos
van	de	lo	simple	a	lo	complejo.
Ministerio	de	Educación	(2008).	El	derecho	romano.
Recuperado	de
http://recursos.cnice.mec.es/latingriego/Palladium/cclasica/esc335ca9.php
Scannapieco,	A.	(s.	f.).	El	derecho	romano.
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
26El	derecho
http://recursos.cnice.mec.es/latingriego/Palladium/cclasica/esc335ca9.php
Recuperado	de
http://moodle2.unid.edu.mx/dts_cursos_mdl/lic/DE/DR/AM/01/derecho_romano.pdf
Auguskahl	(2010).	Derecho	Romano	(resumen).
Recuperado	de
http://auguskahl.blogspot.mx/2010/06/derecho-romano-resumen.html
Actividad	2.	Antecedentes	del	derecho
Después	de	haber	revisado	los	materiales	de	Antecedentes	del	derecho,	haremos	un
ejercicio	para	reflexionar	sobre	la	importancia	y	vigencia	del	derecho	romano.
Realiza	la	actividad	en	la	siguiente	sección	y	posteriormente	continúa	con	la	revisión	de
este	apartado.	En	su	origen	la	palabra	derecho	proviene	del	vocablo	latino	directum,	que
significa	“no	apartarse	del	buen	camino,	seguir	el	sendero	señalado	por	la	ley,	lo	que	se
dirige	o	es	bien	dirigido”	(Flores	y	Carvajal,	citado	en	PJEG,	1986,	p.	50).
En	realidad,	la	definición	del	derecho	es	muy	difícil	de	precisar,	debido	a	que	no	existe	una
que	logre	abarcar	todo	lo	que	encierra	el	derecho	en	la	actualidad,	aunque	podemos
establecer	que,	en	general,	el	derecho	es	un	sistema	de	normas	jurídicas,	principios	e
instituciones	que	regulan	la	conducta	del	individuo	en	sociedad.
Al	respecto,	Eduardo	García	Máynez	define	derecho	como
…un	orden	concreto,	instituido	por	el	hombre	para	la	realización	de	valores	colectivos,
cuyas	normas	–integrantes	de	un	sistema	que	regula	la	conducta	de	manera	bilateral,
externa	y	coercible–	son	normalmente	cumplidas	por	los	particulares	y,	en	caso	de
inobservancia,	aplicadas	o	impuestas	por	los	órganos	del	poder	público	(1986,	p.	133).
Antes	de	examinar	la	definición	anterior,	vale	la	pena	esbozar	algunos	conceptos:
Normas	jurídicas
Reglas	dictadas	por	la	autoridad	para	regular	la	conducta	humana.
Principios	e	instituciones
La	base	axiológica	o	los	valores	en	los	cuales	se	fundamentan	las	normas.
Por	ahora	es	suficiente	conceptualizar	de	esta	forma	los	términos	anteriores;	los
abordaremos	con	mayor	profundidad	en	los	siguientes	apartados.
Estado	de	derecho
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
27El	derecho
http://moodle2.unid.edu.mx/dts_cursos_mdl/lic/DE/DR/AM/01/derecho_romano.pdf
http://auguskahl.blogspot.mx/2010/06/derecho-romano-resumen.html
A	continuación	examinaremos	la	definición	de	derecho	y	se	hará	referencia	al	concepto
Estado	de	derecho.	Para	obtener	una	primera	aproximación,	es	conveniente	que	revisemos
los	siguientes	recursos:
Estado	de	derecho	(2015).	Definición	de.
Recuperado	de
http://definicion.de/estado-de-derecho/
Sarmiento	Sosa,	Carlos	J.	(2014).	¿Qué	es	el	estado	de	derecho?	El	Universal.
Recuperado	de
http://www.eluniversal.com/opinion/140703/que-es-el-estado-de-derecho
El	primer	elemento	de	nuestra	definición	de	derecho	se	dirige	hacia	la	existencia	de	las
normas	jurídicas,	ya	que	el	derecho	es	un	sistema	de	reglas,	cuyas	características	formales
y	fuentes	serán	analizadas	posteriormente;	sin	embargo,	debemos	tener	en	cuenta	que	las
normas	jurídicas	provienen	y	van	dirigidas	hacia	un	proceso	o	fenómeno	social,	en	virtud	de
que	ninguna	sociedad	puede	vivir	sin	reglas,	ya	que	estaríamos	hablando	de	un	estado
caótico	y	anárquico,	lo	contrario	a	un	Estado	de	derecho.
También	debemos	tomar	en	consideración	que	para	que	las	reglas	sean	eficaces	y	puedan
originar	la	convivencia	ordenada	y	pacífica	en	una	sociedad,	deben	tener	impregnados
principios	deontológicos	que	guíen	a	las	personas	hacia	el	buen	actuar	y	hacia	el	deber	ser
en	su	comportamiento	frente	a	sus	semejantes	y	a	respetarlos,	así	como	a	sus	derechos,
bienesy	posesiones.
El	derecho	es	un	sistema	de	reglas.
Regula	procesos	o	fenómenos	sociales.
Las	normas	deben	contener	valores	que	procuren	el	bien	común.
Veamos	un	par	de	ejemplos	para	facilitar	nuestra	comprensión	del	concepto	de	Derecho.
Sistema	de	reglas
En	virtud	de	que	el	derecho	mexicano	se	integra	por	la	Constitución	Federal,	los	tratados
internacionales,	todas	aquellas	leyes	emanadas	de	la	misma,	así	como	por	la
Jurisprudencia	emanada	de	la	Suprema	Corte	de	Justicia	de	la	Nación	y	de	los	Tribunales
Colegiados	de	Circuito,	y	por	los	reglamentos	y	demás	ordenamientos	normativos	de
carácter	jurídico,	podríamos	ejemplificar	el	sistema	de	reglas	respecto	de	la	regulación	de
las	relaciones	obrero	patronales	en	nuestro	país.	Al	respecto,	el	artículo	123	de	la
Constitución	requiere	de	su	reglamentación	para	poder	aplicarlo;	así,	el	derecho	laboral
mexicano,	con	base	en	dicho	precepto	constitucional,	se	integra	con	las	normas	contenidas
en	los	convenios	de	la	Organización	Internacional	del	Trabajo	(ratificados	por	México),	la
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
28El	derecho
http://definicion.de/estado-de-derecho/
http://www.eluniversal.com/opinion/140703/que-es-el-estado-de-derecho
Ley	Federal	del	Trabajo	y	sus	reglamentos,	la	Jurisprudencia	en	materia	laboral	decretada
por	la	Segunda	Sala	de	la	Suprema	Corte	de	Justicia	de	la	Nación,	los	Plenos	de	los
Tribunales	Colegiados	de	Circuito	y	por	dichos	Tribunales,	entre	otras	instituciones	del
derecho	del	trabajo.
Regulación	de	procesos	o	fenómenos	sociales	y	procuración	del	bien	común
Un	ejemplo	simplificado	de	lo	anterior,	aplicado	a	nuestra	vida	cotidiana,	se	observa	en	la
jornada	laboral	que,	según	lo	dispuesto	por	el	artículo	123,	inciso	A	fracciones	I	y	IV	de	la
Constitución	Federal,	no	puede	ser	mayor	a	ocho	horas	diarias.	Es	decir	que	por	cada	seis
días	de	trabajo,	el	operario	tendrá	derecho	a	descansar	un	día,	por	lo	que	la	jornada	laboral
máxima	semanal	es	de	48	horas.
Cuando	se	laboren	más	horas,	según	lo	establecido	en	la	fracción	XI	de	dicho	dispositivo
constitucional,	éstas	constituyen	jornada	extraordinaria	y,	por	ello,	se	tendrá	que	pagar	al
trabajador	el	100%	extra	por	las	horas	que	excedan	el	horario	legal	antes	fijado.	Esta
disposición	se	encuentra	regulada	por	los	artículos	59	a	68	de	la	Ley	Federal	del	Trabajo	y
procesalmente	aclarada	por	varias	Tesis	Jurisprudenciales,	como	la	número	181957,
emitida	por	el	Sexto	Tribunal	Colegiado	en	Materia	de	Trabajo	del	Primer	Circuito,	publicada
en	el	Semanario	Judicial	de	la	Federación	y	su	Gaceta,	en	el	tomo	XIX,	de	marzo	de	2004,
página	1379,	perteneciente	a	la	Novena	Época,	cuyo	título	es:	HORAS
EXTRAORDINARIAS.	SU	PAGO	DEBE	CALCULARSE	CON	EL	SALARIO	BASE	U
ORDINARIO	QUE	EL	TRABAJADOR	RECIBIÓ	COMO	CONTRAPRESTACIÓN	A	SU
TRABAJO.
Qué	es	el	derecho
Después	de	nuestro	primer	acercamiento	a	la	conceptualización	del	derecho,	revisemos	los
siguientes	videos	que	nos	ayudarán	a	fortalecer	el	entendimiento	respecto	a	este	término:
•	Canal	de	arturoramo	(2010,	17	de	mayo).	¿Qué	es	el	derecho?	[archivo	de	video].
Recuperado	de
https://www.youtube.com/watch?v=MQFAZXQz9Ac
Donna	Alcala.	(2015,	26	abril).	¿Qué	es	el	derecho?	|	DONNA	ALCALA	-	Abogados	de
Barcelona	[archivo	de	video].
Recuperado	de
https://www.youtube.com/watch?v=60bwb6OGbBU
Educatina.	(2013,	29	julio).	Concepto	de	derecho	-	Derecho	-	Educatina	[archivo	de
video].
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
29El	derecho
https://www.youtube.com/watch?v=MQFAZXQz9Ac
https://www.youtube.com/watch?v=60bwb6OGbBU
Recuperado	de
https://www.youtube.com/watch?v=7OqthXWsTsE
Dado	que	ya	hemos	realizado	la	segunda	actividad	de	esta	sesión,	ahora	realicemos	la
actividad	3	y	la	Actividad	integradora	antes	de	concluir	con	este	módulo.	y,	desde	luego,	el
jurídico.
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
30El	derecho
https://www.youtube.com/watch?v=7OqthXWsTsE
Actividad	2.	Antecedentes	del	derecho
(etapa	1)
Poco	a	poco	nos	aproximamos	a	un	concepto	propio	de	la	disciplina,	pero	antes
reflexionemos	en	torno	a	sus	antecedentes	históricos	para	saber	de	dónde	viene	y	cómo
surge.
Dentro	de	la	evolución	del	derecho,	la	cultura	romana	ha	realizado	las	aportaciones	más
importantes	en	la	construcción	de	muchas	de	las	figuras	jurídicas	que	cuentan	con	gran
importancia	y	cuya	trascendencia	ha	llegado	hasta	nuestros	días,	por	lo	que	todo	abogado
debe	conocer	y	analizar	esas	aportaciones.	Etapa	1
1.Para	definir	la	importancia	de	las	aportaciones	de	los	romanos	en	la	evolución	del	derecho
y	cómo	están	vigentes	en	la	actualidad,	completemos	la	siguiente	matriz.
Archivo	de	MsWord:	M1_S1_Actividad	2_E1.docx
2.Guardemos	esta	matriz	en	un	archivo	y	vayamos	a	la	siguiente	etapa.
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
31Actividad	2.	Antecedentes	del	derecho	(etapa	1)
Actividad	2.	Antecedentes	del	derecho
(etapa	2)
Una	vez	que	identificamos	las	aportaciones	más	significativas	de	los	romanos:
1.Ubiquemos	las	principales	instituciones	jurídicas	que	surgieron	en	los	cuatro	periodos	en
que	se	divide	el	derecho	romano	y	determinemos	si	tienen	vigencia	en	la	actualidad.	Esto
nos	servirá	para	sustentar	nuestra	práctica	en	la	teoría	e	historia	de	esta	disciplina.
En	la	siguiente	plantilla	puedes	plasmar	la	información	de	esta	etapa.
Archivo	de	MsWord:	M1_S1_Actividad	2_E2.docx
2.Integremos	los	resultados	de	las	etapas	1	y	2	en	un	solo	archivo	de	texto.
3.Enviemos	a	nuestro	docente	en	línea	nuestro	archivo	con	la	siguiente	nomenclatura
M1U1S1_A2_XXYZ.	Sustituyendo	las	XX	por	las	dos	primeras	letras	de	nuestro	primer
nombre,	la	Y	por	la	inicial	de	nuestro	apellido	paterno	y	la	Z	por	la	inicial	de	nuestro	apellido
materno.
En	caso	de	que	el	docente	en	línea	lo	solicite,	será	necesario	ajustar	el	documento	y	subirlo
nuevamente	a	esta	sección.
No	olvidemos	considerar	los	criterios	de	evaluación	específicos	para	esta	actividad	que	el
(la)	docente	en	línea	ha	compartido.
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
32Actividad	2.	Antecedentes	del	derecho	(etapa	2)
Actividad	2.	Antecedentes	del	derecho
(etapa	3)
Para	finalizar	esta	actividad,	compartamos	nuestras	conclusiones	con	el	resto	del	grupo,
realizando	lo	siguiente:
1.Ingresemos	al	foro	vinculado	en	esta	sección.
2.Compartamos	nuestra	conclusión	en	torno	a	la	importancia	de	conocer	la	evolución	del
derecho	y	la	vigencia	del	derecho	romano	para	poder	sustentar	nuestra	práctica
fundamentándonos	en	la	teoría	y	la	historia	de	esta	disciplina.
Nuestras	aportaciones	deben	ser	sintetizadas	en	máximo	de	300	caracteres.
3.Comentemos	las	aportaciones	de	al	menos	tres	de	nuestros	compañeros	o	compañeras
de	una	forma	constructiva	y	respetuosa.
No	olvidemos	consultar	los	criterios	de	evaluación	para	la	participación	en	foros	para
considerarlos	en	nuestras	intervenciones.
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
33Actividad	2.	Antecedentes	del	derecho	(etapa	3)
Actividad	3.	¿Qué	es	el	derecho?
Con	lo	revisado	y	realizado	hasta	ahora,	vamos	concibiendo	al	derecho	como	una	disciplina
íntimamente	vinculada	a	la	manera	en	la	que	el	ser	humano	se	desarrolla	en	sociedad,
regulando	su	conducta	con	ciertos	principios	que	se	incluyen	en	sus	reglas.	Estas
características	fundamentales	nos	permiten	conocer	un	poco	más	sobre	el	derecho.	:
Ahora,	realicemos	la	siguiente	actividad	para	construir	nuestro	propio	concepto	de	derecho.
1.Elaboremos	una	tabla	en	donde	expliquemos	con	nuestras	propias	palabras	cada	uno	de
los	elementos	de	la	definición	de	derecho.	Elementos	de	la	definición	de	derecho	Yo
entiendo	El	derecho	es	un	sistema	de	reglas.
Regula	procesos	o	fenómenos	sociales.
Las	normas	deben	contener	valores	que	procuren	el	bien	común.
2.Reunamos	los	tres	párrafos	en	donde	explicamos	cada	elemento	para	integrarlos	en	una
definición	propia	de	lo	que	entendemos	por	derecho.
3.Incluyamos	en	nuestra	definición	los	aspectos	que	se	refieren	a	los	principios
deontológicos	que	forman	parte	de	las	características	del	derecho.
4.Integremos	en	un	solo	documento	la	tabla	del	primer	paso	(lo	que	entendemos	de	cada
parte	del	concepto)	y	la	definición	final.5.Enviemos	al	docente	en	línea	nuestro	archivo	mediante	esta	sección,	con	la	siguiente
nomenclatura	M1U1S1_A3_XXYZ.	Sustituyendo	las	XX	por	las	dos	primeras	letras	de
nuestro	primer	nombre,	la	Y	por	la	inicial	de	nuestro	apellido	paterno	y	la	Z	por	la	inicial	de
nuestro	apellido	materno.	En	caso	de	que	el	(la)	docente	en	línea	lo	solicite,	ajustemos
nuestro	documento	y	volvamos	a	enviarlo	en	esta	sección.
No	olvidemos	considerar	los	criterios	de	evaluación	específicos
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
34Actividad	3.	¿Qué	es	el	derecho?
Actividad	integradora.	La	protección	de
los	derechos
Esta	semana	hemos	aprendido	lo	que	es	el	derecho	y	hemos	asimilado	su	utilidad	dentro	de
la	sociedad,	ya	que	la	ausencia	de	leyes	traería	como	consecuencia	un	estado	de	anarquía
y	de	total	desorden,	en	donde	no	se	respetarían	los	derechos	humanos,	que	deben	ser
garantizados	a	toda	persona	en	cualquier	lugar.
Estos	derechos	humanos,	cuya	protección	y	respeto	vemos	consagrados	en	el	artículo	1º
constitucional,	adquieren	vigencia	en	nuestra	vida	diaria.	Así,	por	ejemplo,	el	derecho
humano	a	la	libertad	no	solamente	nos	garantiza	poder	viajar	a	cualquier	lugar	de	nuestro
país,	dedicarnos	a	cualquier	actividad	económica	–siempre	y	cuando	sea	lícita–	y	expresar
nuestras	ideas	con	total	libertad	de	opinión.	Es	decir,	los	derechos	humanos	consagrados
en	nuestra	Carta	Magna	no	tienen	vigencia	únicamente	en	los	juzgados,	en	el	edificio	del
Senado	o	de	la	Cámara	de	Diputados,	o	en	Palacio	Nacional,	estos	derechos
fundamentales	se	aplican	en	la	vida	diaria,	al	viajar	a	un	lugar	al	que	deseemos	ir,	en	una
mesa	de	café	en	la	que	podemos	expresar	nuestras	ideas	o	al	adquirir	un	inmueble	para	el
que	hemos	ahorrado	toda	la	vida.	Por	ello,	su	comprensión	adquiere	total	importancia	en
nuestra	vida	diaria	y	es	necesidad	primigenia	entenderlos.	Esta	actividad	nos	servirá	para
comprender	este	importante	aspecto	de	nuestra	vida.
El	(la)	docente	en	línea	nos	compartirá	un	documento	con	un	caso	para	analizar.
1.Una	vez	recibido	el	documento,	debemos	leerlo	para	responder	las	siguientes	preguntas
con	base	en	el	artículo	1º	de	la	Constitución.
¿Qué	derechos	protege	dicho	artículo	en	el	caso	revisado?
¿Este	artículo	contiene	un	sentido	ético?
Según	este	artículo,	¿Qué	acciones	se	deben	realizar	para	proteger	los	derechos
señalados	en	él	y	a	quiénes	corresponde	su	ejercicio?
Con	el	fin	de	fortalecer	nuestro	análisis,	el	(la)	docente	en	línea	podrá	incluir	más	preguntas
en	el	documento	que	nos	proporcionará.
En	el	siguiente	enlace	podemos	encontrar	la	última	versión	del	artículo	referido:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/htm/1.htm
1.	 Integremos	nuestras	respuestas	en	una	cuartilla	y	enviemos	nuestro	documento	en
esta	sección,	con	la	siguiente	nomenclatura:	M1U1S1_A3_XXYZ.	Sustituyendo	las	XX
por	las	dos	primeras	letras	de	nuestro	primer	nombre,	la	Y	por	la	inicial	de	nuestro
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
35Actividad	integradora.	La	protección	de	los	derechos
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/htm/1.htm
apellido	paterno	y	la	Z	por	la	inicial	de	nuestro	apellido	materno.
En	caso	de	que	el	(la)	docente	en	línea	lo	solicite,	ajustemos	nuestro	documento	y
volvamos	a	enviarlo	en	esta	sección.
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
36Actividad	integradora.	La	protección	de	los	derechos
Cierre
Con	la	realización	de	las	dos	últimas	actividades	hemos	llegado	al	final	de	nuestra	primera
sesión,	en	la	cual	hemos	aprendido	que	el	derecho	cruza	distintos	ámbitos	de	nuestra	vida
cotidiana	y	que	su	ausencia	generaría	una	sociedad	anárquica;	hemos	identificado	la
importancia	del	derecho	romano	y	generamos	una	definición	de	derecho,	finalmente
analizamos	una	situación	desde	los	contenidos	del	artículo	1°	de	la	Constitución.	En	la
siguiente	sesión	empezaremos	a	analizar	los	componentes	principales	del	derecho	y	sus
características.
Puedes	revisar	las	fuentes	de	consulta	que	se	utilizaron	para	construir	estos	apartados	o
iniciar	con	el	estudio	de	la	segunda	sesión.
¡Felicidades!	Has	concluido	la	primera	sesión	de	la	licenciatura.
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
37Cierre
Fuentes	de	consulta
Cárdenas	Gracia,	J.	(2009).	Introducción	al	estudio	del	derecho.	México:	IIJ-UNAM.
Figueroa,	E.	(2013).	El	abuso	del	derecho	de	defensa	en	los	procesos	constitucionales.
La	Razón.	La	Gaceta	Jurídica.	Recuperado	de	http://www.la-
razon.com/suplementos/la_gaceta_juridica/abuso-derecho-defensa-procesos-
constitucionales_0_1819618140.html
García	Máynez,	E.	(1986).	Filosofía	del	derecho,	México:	Porrúa.
Poder	Judicial	del	Estado	de	Guanajuato.	Recuperado	de	https://poderjudicial-
gto.gob.mx/pdfs/ifsp_conceptosjuridicosfundamentales-1.pdf
Legislación	de	consulta	y	apoyo
Cámara	de	Diputados	(2015).	Constitución	Política	de	los	Estados	Unidos	Mexicanos.
México:	DOF.	Recuperada	de
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_100715.pdf
Cámara	de	Diputados	(2015).	Ley	Federal	del	Trabajo.	México:	DOF.	Recuperada	de
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lft.htm
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
38Fuentes	de	consulta
http://www.la-razon.com/suplementos/la_gaceta_juridica/abuso-derecho-defensa-procesos-constitucionales_0_1819618140.html
https://poderjudicial-gto.gob.mx/pdfs/ifsp_conceptosjuridicosfundamentales-1.pdf
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_100715.pdf
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lft.htm
Sesión	2.	Características	de	las	normas
jurídicas
En	esta	sesión	veremos	qué	son	las	normas	jurídicas	y	su	diferencia	con	otro	tipo	de
normas,	ya	que	conceden	derechos	e	imponen	obligaciones	que,	de	no	cumplirse,	el	Estado
tiene	la	facultad	para	hacer	que	se	cumplan	de	manera	coercitiva.
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
39Sesión	2.	Características	de	las	normas	jurídicas
Presentación
El	conocimiento	de	las	normas	jurídicas	y	sus	características	juegan	un	papel	muy
importante	en	la	enseñanza	del	derecho,	ya	que	el	objetivo	de	nuestra	ciencia,	como	hemos
analizado,	es	regular	la	conducta	del	hombre	en	sociedad	y	ese	control	se	va	a	materializar
a	través	de	las	leyes	emanadas	del	poder	legislativo	que	tienen	carácter	obligatorio,	por	lo
que	su	incumplimiento	es	sancionado	por	el	Estado.
A	través	del	control	del	cumplimiento	de	las	normas	se	logra	tener	un	Estado	de	derecho	y
una	sociedad	armónica,	lo	cual	constituye	el	fin	último	del	derecho.
Vayamos	pues,	a	conocer	esta	fascinante	materia	que	durante	el	resto	de	nuestra	vida
profesional	va	acompañarnos	muy	de	cerca	y	va	a	proporcionarnos	las	herramientas	para
poder	ejercer	la	profesión	de	abogado	en	cualquiera	de	sus	ámbitos,	ya	sea	como
postulante,	como	juzgador,	como	servidor	público,	etcétera.
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
40Presentación
Tipos	de	normas
Las	normas	son	preceptos	que	marcan	el	deber	ser	de	la	actuación	del	ser	humano,
confieren	derechos	y	obligaciones	y	establecen	sanciones	en	el	caso	de	su	incumplimiento.
Para	el	doctor	Miguel	Villoro	Toranzo	(1978,	p.	857),	“una	norma	es	una	orden	general,
dada	por	quien	tiene	autoridad,	para	regular	la	conducta	de	otros”.
Bajo	estos	presupuestos	y	ya	que	las	personas	tenemos	diferentes	ámbitos	de	actuación	en
nuestras	vidas,	estas	áreas	son	reguladas	por	distintos	tipos	de	normas:
Morales
Sociales
Religiosas
Jurídicas
Hay	muchos	otros	tipos	de	normas	como	las	familiares,	las	escolares,	etcétera.	Pero	estas
últimas	son	de	carácter	más	particular	o	individual.	La	división	más	genérica	es:	morales,
sociales,	religiosas	y	jurídicas,	por	ello	se	estudian	en	este	módulo	para	contrastarlas	con
las	normas	jurídicas	y	lograr	su	comprensión;	incluso	los	más	grandes	tratadistas	no	dan	a
conocer	las	religiosas,	ya	que	se	consideran	que	forman	parte	de	las	morales.
Aunque	en	este	estudio	nos	queremos	centrar	en	las	normas	jurídicas	para	poder	identificar
con	toda	claridad	sus	características,	antes	debemos	conocer	en	qué	consiste	cada	uno	de
los	tipos	de	normas	antes	citados	y,	sabiendo	la	naturaleza	de	cada	una,	podremos
diferenciar	nuestro	campo	de	acción	y	distinguir	con	precisión	sus	elementos.
Normasmorales
Las	normas	morales	surgen	de	los	valores	que	a	cada	persona	se	le	hayan	inculcado	en	su
núcleo	familiar,	religioso	y	social;	constituyen	el	deber	ser	de	la	persona.
Autonomía:	Consiste	en	la	autorregulación	con	la	que	se	caracterizan	estas	normas,	ya
que	cada	individuo	adopta	las	normas	morales	que	desea.	No	se	puede	implantar	como
obligatoria	ninguna	norma	de	este	tipo.
Ejemplo:	Ser	justo	es	un	ejemplo	de	estas	normas,	ya	que	cada	persona	es	justa	por
voluntad,	sin	depender	de	ninguna	otra	para	serlo	o	no	(García	Máynez,	2002).
Unilateralidad:	Las	normas	morales	son	unilaterales,	ya	que	su	cumplimiento	depende
únicamente	de	la	voluntad	de	la	persona	obligada,	es	decir,	no	existe	un	ente	ni	público	ni
privado	que	exija	al	individuo	el	cumplimiento	de	una	norma	moral.
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
41Tipos	de	normas
Ejemplo:	Ceder	el	asiento	del	autobús	a	una	mujer	embarazada:	aunque	se	sabe	que	la
mujer	necesita	el	asiento	debido	a	su	estado,	no	hay	ninguna	autoridad	que	obligue	a	quien
va	sentado	a	pararse	para	ceder	su	lugar,	sino	que	depende	únicamente	de	la	buena
voluntad	y	los	valores	de	quien	se	encuentra	sentado.
Lo	anterior	con	la	salvedad	de	que	estuviera	regulado	el	acto	por	alguna	norma	jurídica.	Ver
el	artículo	16	del	Reglamento	de	los	Servicios	de	Vialidad,	Tránsito	y	Transporte	del
Municipio	de	Tepatitlán	de	Morelos	Jalisco,	así	como	el	artículo	11	del	Reglamento	para	la
Atención	de	Discapacitados.
Incoercibilidad:	Su	cumplimiento,	como	se	ha	venido	insistiendo,	depende	únicamente	de
la	conciencia	y	de	la	buena	voluntad	de	quien	cumple	la	norma,	ya	que	no	se	puede	obligar
a	ninguna	persona	a	cumplir	una	norma	moral.
Ejemplo:	No	mentir	es	una	norma	moral	que	cumple	quien	tiene	la	conciencia	para	ello,	sin
que	se	pueda	obligar	a	una	persona	a	decir	sólo	la	verdad	ante	cualquier	circunstancia	(a
menos	que	se	encuentre	declarando	ante	una	autoridad,	en	cuyo	caso	se	le	sancionaría	si
emitiera	alguna	declaración	con	falsedad).
Interioridad:	Esta	característica	se	refiere	a	que	dichas	reglas	no	se	encuentran	escritas	y
se	cumplen	o	incumplen	debido	a	la	convicción	interna	de	la	persona.
Ejemplo:	Ayudar	a	los	más	necesitados	es	un	deber	moral	que	no	se	encuentra	escrito	en
ninguna	norma,	sin	embargo,	sabemos	que	es	de	personas	de	bien	y	bondadosas,	ayudar	a
nuestros	semejantes	y	ese	acto	debe	salir	de	la	conciencia	interior	de	cada	individuo.
Normas	sociales
Los	convencionalismos	sociales,	normas	sociales	o	reglas	de	trato	social	(Villoro,	1978)
tienen	como	principal	misión	regular	la	convivencia	entre	un	grupo	determinado	en	la
sociedad.	En	ciertos	casos	estas	reglas	llegan	a	convertirse	en	usos	y	costumbres,	que,
como	estudiaremos	posteriormente,	constituyen	una	fuente	del	derecho,	sin	embargo,
algunos	ejemplos	de	estas	reglas	–cuando	se	tratan	única	y	exclusivamente	de	trato	social–
pueden	ser	las	reglas	de	etiqueta,	los	buenos	modales	o	la	moda.
Estas	reglas	nacen	del	proceso	de	socialización	que	tenemos	los	individuos	desde	el
momento	en	el	que	nacemos	en	un	lugar,	una	época	y	una	sociedad	determinadas.	Así,	las
reglas	de	trato	social	que	se	usaban	en	la	época	de	los	Luises	en	Francia,	difieren	de	las
que	poseían	las	culturas	mesoamericanas	antes	de	la	llegada	de	los	españoles	y,	estas
últimas,	de	las	que	tenemos	en	la	sociedad	mexicana	contemporánea.
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
42Tipos	de	normas
Este	proceso	de	socialización	consiste	en	todos	aquellos	ideales,	valores	y	prácticas	que	se
utilizan	en	una	sociedad,	en	determinada	época	y	que	van	forjando	la	manera	de	ser	y	de
comportarse	de	los	individuos,	así	como	lo	que	van	a	considerar	como	correcto	y	como
incorrecto.	Un	ejemplo	de	ello	es	la	forma	de	vestir	en	la	India	en	donde	el	uso	social	es	que
las	mujeres	lleven	puesto	un	vestido,	cuyo	nombre	es	sari.	Esta	costumbre	es	muy	diferente
a	la	forma	de	vestir	de	las	sociedades	occidentales,	en	las	que	las	mujeres	incluso	visten
con	pantalones	de	mezclilla	o	con	minifaldas,	usos	que	otros	países	consideran	como
incorrectos.
Heteronomía:	Ya	que	las	normas	sociales	no	son	autorregulables,	es	decir,	el	individuo,
aunque	elige	libremente	si	debe	cumplirlas	o	no,	no	las	crea	sino	que	son	producto	de	la
sociedad	de	determinado	lugar	y	determinada	época;	son	producto	del	proceso	de
socialización	y	su	contenido	no	está	sujeto	a	la	voluntad	de	una	sola	persona	sino	de	la
sociedad	en	la	que	se	desarrolla.
Ejemplo:	Para	acudir	a	una	fiesta	de	etiqueta	hay	que	ir	vestido	de	una	manera
determinada.	Esta	norma	no	la	creó	el	sujeto	que	va	a	acudir	a	la	fiesta,	sino	la	sociedad	o
el	grupo	al	que	pertenece.
Unilateralidad:	Las	reglas	sociales	son	unilaterales,	ya	que	nadie	puede	exigir	al	individuo
que	les	dé	cumplimiento,	sino	que	éste	se	encuentra	supeditado	a	la	voluntad	de	cada	uno.
Ejemplo:	Cuando	alguien	llega	a	trabajar,	debe	saludar	a	las	personas	que	ya	se
encuentran	en	su	lugar	de	trabajo,	lo	cual	es	un	acto	correcto	más	no	forzoso.
Incoercibilidad:	Stammler	considera	que	“...son	invitaciones	que	la	colectividad	dirige	al
individuo,	incitándolo	a	que	se	comporte	en	determinada	forma”	(citado	en	García	Máynez,
2002,	p.	26).	Al	tratarse	de	invitaciones	u	opciones,	podemos	concluir	que	no	son
obligatorias	y	que	por	lo	tanto	carecen	de	coercibilidad,	debiendo	tomar	en	consideración
que	aunque	no	es	obligatorio	cumplir	estas	normas,	el	grupo	social	afectado	por	su
incumplimiento	puede	ejercer	actos	para	reprimir	el	comportamiento	de	quien	no	lleve	a
cabo	su	conducta	bajo	su	sujeción.	Es	decir,	la	sanción	por	no	cumplir	una	norma	de	este
tipo	es	el	rechazo	social,	que	se	refleja	en	la	crítica	o	en	la	ley	del	hielo,	por	ejemplo.
Ejemplo:	Para	poder	realizar	alguna	operación	bancaria	se	debe	respetar	el	turno	de	las
personas	que	hayan	llegado	antes.	Los	demás	usuarios	no	pueden	obligar	a	una	persona	a
que	respete	los	turnos,	sin	embargo,	recibirá	diversos	reclamos	si	no	lo	hacer.
Exterioridad:	Este	tipo	de	reglas	aunque	no	se	encuentran	escritas	se	refieren	a	la
conducta	externa	del	individuo.
Ejemplo:	El	respeto	es	una	norma	social.	Por	ejemplo,	cuando	una	persona	expresa	una
idea	con	la	cual	no	estemos	de	acuerdo,	no	se	debe	tener	una	conducta	agresiva	hacia
dicha	persona	por	contar	con	una	concepción	sobre	alguna	cosa	diferente	a	nuestra
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
43Tipos	de	normas
convicción.	Lo	socialmente	correcto	es	guardar	la	calma	con	respecto	a	dicha	opinión	y,	en
su	caso,	expresar	la	nuestra,	pero	sin	llegar	a	ofender	ni	verbal	ni	físicamente	a	quien
piensa	diferente	a	nosotros.
Normas	religiosas
Normas	cuyo	origen	son	los	preceptos	surgidos	de	los	dogmas	de	una	religión	determinada;
se	constituyen	por	principios	o	valores	que	esa	religión	y	su	doctrina	consideran	como
correctos	y	que	sus	creyentes	o	fieles	deben	cumplir	para	poder	contar	con	un	estado
gracia	o	de	aprobación	de	la	divinidad.
Heteronomía:	Establece	el	sometimiento	al	mandato	de	una	divinidad	(dios)	que	es	quien
impone	la	norma.
Ejemplo:	Los	10	mandamientos	en	la	religión	católica	no	están	impuestos	por	el	creyente
sino	por	la	religión.
Unilateralidad:	Prescribe	únicamente	deberes;	no	faculta	a	nadie	para	exigir	su
cumplimiento.
Ejemplo:	Uno	de	los	sacramentos	de	la	religión	católica	es	la	confesión,	mediante	la	cual	el
creyente	confiesa	al	sacerdote	los	pecados	que	ha	cometido	en	contra	de	los	diez
mandamientos	de	esta	religión.	El	sacerdote,	en	virtud	de	la	gravedad	de	dichos	pecados,
impone	una	penitencia	que	el	creyente	debe	cumplir	por	convicción	y	sin	que	nadie	vigile	su
cumplimiento.
Incoercibilidad:	No	se	impone	por	la	fuerza,	debe	cumplirse	por	voluntad	propia.
Ejemplo:	Ir	a	un	templo	los	domingos	es	voluntario	y	no	existe	una	sanción	por	faltar.
Interioridad:	Le	importan,	primero,	las	intenciones	y,	en	segundo	término,	los	resultados.
Ejemplo:	En	la	religión	católica,	no	comer	carne	en	los	días	santos	de	la	cuaresma	es	una
acción	que	debe	surgir	de	la	conciencia	interior	de	cada	individuo.
Normas	jurídicas
Para	el	derecho,	las	normas	jurídicas	son	lasque	revisten	mayor	importancia,	pues	tienen
por	objeto	regular	el	comportamiento	de	los	individuos	en	sociedad	con	la	finalidad	de	que
dicha	sociedad	pueda	desenvolverse	en	un	clima	de	orden,	paz	y	respeto	entre	sus
individuos.	Asimismo,	son	un	producto	formal	de	dicha	sociedad,	ya	que	se	les	debe	elevar
a	tal	rango	para	adquirir	la	obligatoriedad	necesaria.	En	caso	de	no	respetar	el
ordenamiento	jurídico,	quien	infrinja	la	norma	tendrá	un	castigo.
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
44Tipos	de	normas
Heteronomía:	“Heteronomía	es	sujeción	a	un	querer	ajeno,	renuncia	a	la	facultad	de
autodeterminación	normativa”	(García	Máynez,	2002),	lo	anterior	quiere	decir	que	el
individuo	no	determina	el	contenido	de	las	normas,	sino	es	el	Estado	quien	lo	hace.
Ejemplo:	La	Constitución	mexicana,	cuyas	normas	regulan	la	vida	en	nuestra	sociedad,	es
producto	de	un	proceso	legislativo	que	realiza	el	Estado.
Bilateralidad:	Las	normas	jurídicas	son	bilaterales,	ya	que	a	la	par	que	conceden	derechos
imponen	obligaciones	y	frente	al	actuar	del	individuo,	siempre	va	a	existir	un	ente	que
obligue	su	cumplimiento,	que	en	este	caso	es	la	autoridad.
Ejemplo:	Al	momento	de	pagar	por	un	bien,	realizado	nuestra	obligación	de	dar	a	otro	el
precio	que	nos	solicitó,	teniendo	nosotros	el	derecho	de	que	en	ese	momento	se	nos
otorgue	el	bien	por	el	que	hemos	pagado.	Sin	embargo,	en	caso	de	no	recibir	tal	bien,	existe
una	autoridad	que	se	va	a	cerciorar	de	que	el	vendedor	cumpla	con	su	obligación.
Coercibilidad:	La	coercibilidad	es	la	fuerza	obligatoria	que	tiene	el	derecho	para	que	sus
normas	sean	cumplidas	y	respetadas.
Ejemplo:	Los	niveles	de	velocidad	al	conducir	deben	ser	respetados,	ya	que	en	caso
contrario,	la	autoridad	tiene	la	facultad	de	imponernos	una	multa,	pues	el	cumplimiento	de
esa	norma	no	es	optativo,	respetarla	es	una	obligación.
Exterioridad:	Las	normas	jurídicas	van	a	regular	la	conducta	externa	del	individuo	en
sociedad	y	constituyen	un	orden	externo	que	debe	cumplirse.	Este	orden	es	expresado	a
través	de	las	leyes	que	son	públicas	y	su	cumplimiento	se	va	a	expresar	a	través	de	las
conductas	de	los	individuos	en	sociedad.
Ejemplo:	El	robo	está	regulado	por	la	ley	penal,	sin	embargo,	si	alguna	persona	roba,	es	un
acto	externo	y	no	interno,	ya	que	está	tomando	algo	que	no	forma	parte	de	su	patrimonio.
Podemos	consultar	más	definiciones	sobre	los	tipos	de	normas	en	los	siguientes	enlaces:
La	norma	jurídica	y	sus	caracteres:
http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/facdermx/cont/111/dtr/dtr9.pdf
Ejemplos	de	derecho:
http://www.ejemplode.com/68-derecho/3579-
caracteristicas_de_las_normas_juridicas].html
También	será	de	ayuda	el	video	Normas	jurídicas,	en	el	que	podremos	encontrar	una
explicación	más	amplia,	pero	sencilla,	con	respecto	a	las	diversas	características	de	los
diferentes	tipos	de	normas.
Claudia	Hernández	(2013).	Normas	Jurídicas.	Recuperado	de:
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
45Tipos	de	normas
http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/facdermx/cont/111/dtr/dtr9.pdf
http://www.ejemplode.com/68-derecho/3579-caracteristicas_de_las_normas_juridicas].html
https://www.youtube.com/watch?v=GL42NfOCViQ
Hasta	ahora	hemos	aprendido	que	los	seres	humanos	guían	su	comportamiento	con	base
en	diferentes	tipos	de	normas	aplicables	en	los	diferentes	ámbitos	de	su	vida.	Con	base	en
ello,	podemos	decir	que	la	vida	del	ser	humano	tiene	una	parte	espiritual	que	se	rige	por	las
normas	religiosas;	una	parte	que	va	encaminada	al	deber	ser	de	su	vida	y	al	bien	común,
que	se	encuentra	a	cargo	de	las	normas	morales;	otra	parte	que	rige	sus	relaciones	en
comunidad,	que	son	los	convencionalismos	sociales,	y	otra	que	rige	el	deber	ser	de	su
comportamiento	en	la	sociedad,	que	son	las	normas	jurídicas.
La	comprensión	y	aprendizaje	de	estas	últimas	constituye	una	parte	fundamental	del
derecho,	por	lo	que	hay	que	comprender	muy	bien	las	características	que	hemos	expuesto
en	este	apartado:
Bilateralidad,	que	concede	derechos	e	impone	obligaciones.
Exterioridad,	que	regulan	conductas	externas,	a	través	de	normas	públicas.
Coercibilidad	al	ser	obligatorias.
Heteronomía	ya	que	no	dependen	de	nuestra	voluntad,	sino	de	la	del	Estado	en	el	que
vivimos.
En	el	siguiente	apartado	conoceremos	características	más	específicas	de	las	normas
jurídicas	con	las	cuales	podremos	comprender	mejor	su	función	en	nuestra	sociedad.
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
46Tipos	de	normas
https://www.youtube.com/watch?v=GL42NfOCViQ
Actividad	1.	Normas,	¿dónde?
Hemos	aprendido	que	como	seres	humanos	estamos	inmersos	en	distintos	ámbitos	o
esferas,	como	la	familiar,	social,	espiritual	y	jurídica	y	que	cada	uno	de	estos	ámbitos	se	rige
por	distintos	tipos	de	normas.
Para	reafirmar	nuestros	conocimientos	realizaremos	la	siguiente	actividad	en	la	cual
señalaremos	las	características	de	cada	tipo	de	norma	mediante	distintos	ejemplos.
Indicaciones:
1.	 Reflexionemos	en	torno	a	la	información	que	se	nos	proporcionó	en	el	contenido	del
tema	“Tipos	de	normas”	y	en	los	recursos	que	se	nos	recomendó	revisar.
2.	 Busquemos	situaciones	a	nuestro	alrededor	en	donde	podamos	identificar	los	tipos	de
normas	expuestos.
3.	 Elaboremos	un	recurso	gráfico	(mapa	conceptual,	infografía,	esquema,	andamio,
etcétera)	en	donde	mencionemos	muy	brevemente	un	ejemplo	de	cada	tipo	de	norma
fundamentando	por	qué	corresponde	a	dicho	tipo	mediante	la	explicación	de	sus
características.
4.	 Ingresemos	al	foro	vinculado	en	esta	sección	y	compartamos	nuestro	recurso,
revisemos	y	comentemos	al	menos	tres	aportaciones	de	nuestros	compañeros(as).
5.	 No	olvidemos	consultar	los	criterios	de	evaluación	para	la	participación	en	foros	para
considerarlos	en	nuestras	intervenciones.
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
47Actividad	1.	Normas,	¿dónde?
Características	de	validez	de	las	normas
jurídicas
Las	características	de	las	normas	jurídicas	que	ya	conocemos	son	muy	generales	por	lo
que,	en	nuestro	carácter	de	estudiantes	de	derecho,	habremos	de	conocer	con	mayor
profundidad	las	características	de	este	tipo	de	normas	que	constituyen	la	materia	prima	de
nuestra	disciplina.
Recordemos	que	las	normas	jurídicas	regulan	la	conducta	externa	del	hombre	en	sociedad
por	lo	que,	para	lograr	dicha	finalidad,	deben	reunir	ciertos	requisitos	de	validez.	Al
respecto,	De	Silva	(2009,	p.	121)	al	referirse	a	la	norma	jurídica	señala	que	“…su	contenido
será	impuesto	no	como	resultado	del	capricho	o	la	ocurrencia,	sino	en	virtud	de	que	la
organización	social	así	lo	ha	acordado”.
Características	de	las	normas	jurídicas
Podemos	consultar	más	definiciones	sobre	los	tipos	de	normas	en	los	siguientes	enlaces:
SJ	Zona	Interactiva	(2013).	OSL	-	La	Norma,	Características	y	Estructura.	Recuperado
de
https://www.youtube.com/watch?v=OGeb2bHp67k
mathy	suarez	(2013).	La	norma	jurídica.	Recuperado	de
https://www.youtube.com/watch?v=BjiWdYFCSvY
Así,	las	normas	adquieren	su	validez	de	otras	normas	que	pertenecen	al	mismo	sistema
jurídico	y	dicho	sistema	en	su	conjunto,	adquiere	validez	de	una	norma	primigenia	(superior
jerárquicamente)	y	superior	a	las	demás,	que	se	denomina	Constitución.	En	este	sentido,
para	que	una	norma	jurídica	sea	válida	en	determinado	país,	por	ejemplo	en	México,	debe
ser	una	norma	secundaria	a	una	norma	jerárquicamente	suprema,	en	donde	se	encuentre
fundamentada.
Una	característica	primordial	de	las	normas	es	su	validez,	ya	que	sin	ésta,	no	se	pueden
hacer	válidos	los	preceptos	de	dicha	ley	en	una	sociedad.
La	validez	de	las	leyes	debe	cumplir	cuatro	características	esenciales	que	son:
Obligatoriedad
Vigencia
Retroactividad
Principios	deontológicos
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
48Características	de	validez	de	las	normas	jurídicas
https://www.youtube.com/watch?v=OGeb2bHp67k
https://www.youtube.com/watch?v=BjiWdYFCSvY
Obligatoriedad
De	esta	manera,	para	que	las	normas	jurídicas	tengan	validez	tienen	que	contar	con
algunas	características	primordiales.	La	primera	de	ellas	es	su	obligatoriedad,	ya	que	su
cumplimiento	no	se	encuentra	supeditado	a	la	voluntaddel	individuo,	sino	que	en	este
sentido,	actúa	el	imperio	del	Estado	que	obliga	a	los	sujetos	que	viven	en	una	sociedad	a	su
cumplimiento,	de	tal	forma	que	quien	no	cumple	la	norma	es	sujeto	de	las	sanciones	que	se
contemplan	en	las	mismas.
Pero,	¿desde	qué	momento	un	sujeto	se	encuentra	obligado	a	cumplir	una	norma?	Desde
que	inician	su	vigencia.	Es	decir,	una	norma	jurídica	no	puede	ser	válida	para	cualquier
tiempo;	necesariamente	la	validez	de	una	norma	inicia	en	un	momento	específicamente
determinado	y	termina	en	otro,	de	ahí	deriva	la	importancia	de	identificar	plenamente	estos
momentos.
Dentro	del	sistema	jurídico	mexicano	es	fácil	de	comprobar	el	comienzo	de	la	vigencia
temporal	de	una	norma	dado	que	generalmente	se	encuentra	consignado	en	los	artículos
transitorios	de	un	ordenamiento	jurídico.	Es	importante	señalar	que	la	vigencia	de	una	ley
puede	ser	determinada	(si	el	mismo	ordenamiento	indica	cuando	inicia	y	termina	la
obligatoriedad	de	la	ley)	o	indeterminada	(cuando	no	se	ha	fijado	el	término	de	su	duración).
Vigencia
Dentro	del	sistema	jurídico	mexicano,	la	vigencia	es	otorgada	por	su	mismo	texto,
normalmente	dentro	de	sus	artículos	transitorios,	que	se	encuentran	en	la	parte	final	de	la
ley.	En	ellos	se	señala	específicamente	la	fecha	a	partir	de	la	cual	la	norma	deberá	ser
cumplimentada	por	los	miembros	de	la	sociedad,	es	decir,	a	partir	de	la	fecha	en	la	que
entrará	en	vigor.	En	dichos	dispositivos	legales,	se	suele	especificar	que	la	norma	quedará
vigente	a	partir	de	su	publicación,	ya	que	cuando	se	expide	una	ley,	debe	ser	publicada	en
el	periódico	oficial,	que	en	el	ámbito	federal,	es	el	Diario	Oficial	de	la	Federación	y	en	los
estados	son	las	gacetas	de	gobierno.
Diario	Oficial	de	la	Federación:	http://dof.gob.mx/
Gaceta	del	Gobierno	del	Estado	de	México:
http://legislacion.edomex.gob.mx/periodico/actual
Gaceta	Oficial	del	Distrito	Federal:	http://www.df.gob.mx/gaceta-oficial-app/
Abrogación	vs	Derogación
Por	otra	parte,	un	dispositivo	legal	en	particular,	es	decir,	un	artículo	o	un	conjunto	de
artículos	de	una	ley	o	toda	una	ley,	cuando	ya	no	presentan	una	utilidad,	son	derogados	por
el	Poder	Legislativo	(federal	o	local).	Esto	quiere	decir	que	ya	no	se	encuentran	vigentes	y,
por	tanto,	su	cumplimiento	ya	no	es	obligatorio	para	los	ciudadanos.
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
49Características	de	validez	de	las	normas	jurídicas
http://dof.gob.mx/
http://legislacion.edomex.gob.mx/periodico/actual
http://www.df.gob.mx/gaceta-oficial-app/
Asimismo,	en	el	caso	de	que	la	ley	se	derogue	completamente	por	una	disposición	de
mayor	jerarquía,	la	ley	queda	abrogada,	es	decir,	que	se	deroga	la	ley	entera.
La	“abrogación	es	el	acto	de	la	voluntad	de	la	autoridad	que	determina	la	revocación	o
supresión	total	de	una	ley;	si	la	revocación	de	una	ley	es	sólo	parcial,	entonces	habrá	una
derogación”	(Villoro,	1978,	p.	294).
La	llamada	derogación	constituye	una	figura	jurídica	a	través	de	la	cual	una	ley	posterior
deja	sin	efectos	a	una	ley	anterior.	El	artículo	71	de	nuestro	Código	Civil	señala	que	la
derogación	de	una	ley	puede	ser	tácita	o	expresa.
La	derogación	tácita	es	aquella	que	se	encuentra	anunciada	en	el	mismo	cuerpo	de	una
nueva	ley	que	anuncia	que	con	su	entrada	en	vigor	una	ley	anterior	queda	sin	efectos	en
forma	parcial	o	total	(abrogación).
En	cuanto	a	la	derogación	expresa,	esta	sucede	cuando	las	disposiciones	de	la	ley	que
deroga	no	pueden	conciliarse	con	las	de	la	ley	anterior.
Haciendo	una	analogía	al	hablar	de	la	vigencia	de	las	normas	jurídicas,	podríamos	pensar
en	una	fecha	de	caducidad	y	en	las	actualizaciones	de	ciertos	productos:	un	producto
caduco	ya	no	es	apto	para	el	consumo	humano;	mientras	que	una	actualización	es	una
modificación	(regularmente	una	mejora)	o	ajuste	de	cierto	elemento,	puede	ser	una	playera,
un	software,	un	vehículo,	etcétera.
Algo	similar	sucede	con	algunas	normas,	no	sólo	con	las	jurídicas,	que	varían	según	la
época,	el	país	o	territorio	y	el	contexto,	y	que	en	ocasiones	son	sustituidas	como
ordenamiento	legal	entero,	es	decir,	la	Constitución,	una	ley,	reglamento	o	sólo	cierta	o
ciertas	disposiciones	del	mismo.
En	esta	actividad	afianzaremos	dos	términos	vinculados	a	la	vigencia	de	las	normas
jurídicas:	derogación	y	abrogación.	Para	esto	nuestro(a)	docente	en	línea	nos	hará	llegar	un
documento	con	los	ejercicios	correspondientes.	Él	(ella)	nos	notificará	sobre	la
disponibilidad	de	este	documento	y	las	instrucciones	para	descargarlo.	Sigamos	sus
instrucciones.
Esta	es	actividad	no	es	ponderable,	pero	será	muy	útil	para	irnos	apropiando	del
vocabulario	de	nuestra	profesión.	Después	de	realizarla,	continuemos	con	el	estudio	de	la
sesión.
Retroactividad
Una	vez	que	hemos	comprendido	el	principio	de	obligatoriedad,	el	momento	en	el	que
empieza	y	finaliza	de	acuerdo	con	el	inicio	de	vigencia	y	la	abrogación	o	derogación	de	las
normas	jurídicas,	debemos	aprender	que	la	temporalidad	de	las	leyes	no	debe	perjudicar	a
persona	alguna	a	través	del	principio	de	irretroactividad	de	la	ley.
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
50Características	de	validez	de	las	normas	jurídicas
Al	hablar	de	retroactividad	de	la	ley	nos	referimos	a	la	posibilidad	de	que	esta	pueda
aplicarse	sobre	acciones	pasadas,	es	decir,	sobre	hechos	o	actos	ya	sucedidos;	así,	a	partir
de	la	sanción	de	una	ley	retroactiva	se	pueden	juzgar	hechos	ocurridos	antes	de	la
existencia	de	una	ley.
Al	respecto,	el	artículo	14	de	la	Constitución	Federal	señala	en	su	primer	párrafo	que	“a
ninguna	ley	se	dará	efecto	retroactivo	en	perjuicio	de	persona	alguna”	(Cámara	de
Diputados,	2015).
Este	principio	consagrado	por	la	Constitución	se	llama	principio	de	no	retroactividad	y	quiere
decir	que	cuando	una	ley	pierde	su	vigencia	y	surge	una	nueva	norma,	esta	última	no	puede
aplicarse	en	perjuicio	de	ninguna	persona	(solamente	en	su	beneficio).	Por	ejemplo:	una
nueva	ley	administrativa	establece	que	no	se	pueden	abrir	restaurantes	a	menos	de	1000
metros	de	los	hospitales.	Sin	embargo,	anteriormente	ya	había	restaurantes	establecidos	a
una	distancia	menor	a	la	asentada	en	la	norma,	por	lo	tanto,	en	aplicación	de	este	principio
consagrado	por	el	artículo	14	constitucional,	la	autoridad	administrativa	no	puede	suspender
ni	cancelar	el	permiso	que	les	había	otorgado	y	debe	permitir	que	sigan	funcionando.
Cabe	señalar	que	en	derecho	penal	prevalece	el	principio	de	retroactividad	de	la	ley,	de
forma	tal	que	una	persona	no	puede	ser	castigada	por	una	acción	que	cometió	en	el
momento	en	que	dicha	acción	se	encontraba	sancionada	por	la	ley	y,	con	la	entrada	en
vigor	de	una	nueva	ley	o	alguna	reforma,	se	deja	de	sancionar.	En	este	sentido,	aplicando	la
ley	a	contrario	sensu,	si	se	emite	una	nueva	ley	que	supone	un	beneficio	para	un	acusado,
imputado	o	condenado,	si	se	le	pueden	aplicar	los	favores	de	la	nueva	normatividad	le
conceda	de	forma	que,	por	ejemplo,	puede	ser	incluso	exonerado	de	cumplir	su	condena	si
la	reciente	ley	ya	no	considera	como	delictiva	la	conducta	que	el	sujeto	cometió	en	el
pasado.
Otro	ejemplo	de	aplicación	retroactiva	de	la	ley	en	beneficio	de	un	sujeto	de	derecho	lo
encontramos	en	el	pago	retroactivo	de	un	incremento	salarial	autorizado	en	tales	términos:
un	aumento	de	sueldo	también	puede	ser	retroactivo.	Supongamos	que,	en	el	mes	de
marzo,	un	gobierno	anuncia	un	incremento	salarial	del	15%	para	todos	los	empleados
estatales,	siendo	ese	aumento	retroactivo	al	mes	de	enero.	Esto	quiere	decir	que,	a	los
sueldos	ya	cobrados	entre	enero	y	marzo,	se	les	aplica	un	incremento	del	15%	que	el
Estado	debe	proceder	a	abonar	(http://definicion.de/retroactivo/).
Para	comprender	mejor	este	principio,	analicemos	la	información	contenida	en	los
siguientes	materiales:
Acosta	Olivares,	V.,	Ricoy	Espinoza,	I.	D.	(2006).	El	principio	de	la	irretroactividad
constitucional.	Recuperado	de
http://catarina.udlap.mx/u_dl_a/tales/documentos/lfis/acosta	_o_v/capitulo3.pdf
Hecho,	acto	y	sujetos	de	derecho
51Características	de	validez	de	las	normas	jurídicas
http://definicion.de/retroactivo/

Otros materiales