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PRACTICA CALIFICADA N3_ 267504 - DERECHO PENAL - 2021-02 - FC-PREDER04B1T

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PRACTICA CALIFICADA N°3
Fecha de entregaFecha de entrega 22 de oct de 2021 en 18:40 PuntosPuntos 20
PreguntasPreguntas 10
DisponibleDisponible 22 de oct de 2021 en 18:00 - 22 de oct de 2021 en 18:40 40 minutos
Límite de tiempoLímite de tiempo 40 minutos
Instrucciones
Este examen ya no está disponible, debido a que el curso ha concluido.
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Puntaje para este examen: 2020 de 20
Entregado el 22 de oct de 2021 en 18:26
Este intento tuvo una duración de 2 minutos.
Instrucciones:Instrucciones:
Según la lectura del autor Santiago MIR PUIGSantiago MIR PUIG, sobre la “Legítima Defensa”.
Los hechos en los casos deben darse por probados.
El valor de cada pregunta es de 2 puntos. La pregunta mal contestada o no
contestada no resta puntos.
Marque a, b, c, o d según corresponda. Sólo hay una respuesta correcta.
La evaluación tiene una duración de 40 minutos.
 
2 2 / 2/ 2 pts ptsPregunta 1Pregunta 1
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 1. Marque la alternativa que contenga la (s) afirmación (es)
falsa (s):
I. El derecho Romano fundamentó la legítima defensa desde
la perspectiva colectiva de defensa del orden jurídico.
II. De la frase “mientras que el agresor niega el Derecho, el
defensor lo afirma”, se infiere que la legítima defensa no
es un deber ni una obligación, sino un derecho innato al
hombre.
III. Desde el punto de vista individual, juega un papel el
principio básico de la legítima defensa según el cual es
lícita toda defensa que resulte necesaria.
  a) Sólo I 
  b) Sólo II 
  c) I y II 
  d) I y III 
 
2 2 / 2/ 2 pts ptsPregunta 2Pregunta 2
2. Marque la alternativa que contenga la (s) afirmación2. Marque la alternativa que contenga la (s) afirmación
(es) correcta (s):(es) correcta (s):
I. Respecto al aspecto subjetivo de la legítima defensa, es
válido precisar que tanto las agresiones dolosas como
imprudentes o culposas le son aplicables, ya que ambas
son producto de la negligencia del individuo.
II. Es correcto afirmar que el estado de necesidad justificante
obedece a una concepción restringida porque no admite
bienes jurídicos diferentes a los de la vida, integridad
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corporal y libertad.
III. La estructura de la legítima defensa: requiere obrar en
defensa de una persona o derechos al concurrir una
agresión ilegítima, necesidad racional del medio empleado
para impedirla y requiere que la agresión no haya sido
provocada por el defensor.
  a) Sólo I 
  b) Sólo II 
  c) I y II 
  d) I y III 
 
2 2 / 2/ 2 pts ptsPregunta 3Pregunta 3
3. Marque la alternativa que contenga la (s) afirmación3. Marque la alternativa que contenga la (s) afirmación
(es) correcta (s):(es) correcta (s):
I. El origen del peligro puede ser un comportamiento
humano o un fenómeno de la naturaleza tanto en la
legítima defensa como en el estado de necesidad.
II. La necesidad abstracta de la defensa, es el medio
defensivo concretamente empleado, aunque sólo se
manifiesta de forma inmaterial.
III. La legítima defensa requiere que la agresión sea un
peligro próximo, y que dicho peligro no esté consumado
ni agotado.
  a) Sólo I 
  b) Sólo II 
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  c) Solo III 
  d) I y III 
 
2 2 / 2/ 2 pts ptsPregunta 4Pregunta 4
4. Marque la alternativa que contenga la (s) afirmación4. Marque la alternativa que contenga la (s) afirmación
(es) falsa (s):(es) falsa (s):
I. Se habla de legítima defensa putativa cuando el sujeto
cree erróneamente que concurren los presupuestos
objetivos de la legitima defensa.
II. La razón material de la justificación es igual a las causas
de justificación y de exculpación en sentido estricto.
III. La riña mutuamente aceptada, no da lugar a legítima
defensa, porque supone desde un principio la voluntad de
agresión por ambas partes.
 
  a) Sólo I 
  b) Sólo II 
  c) II y III 
  d) I y II 
 
2 2 / 2/ 2 pts ptsPregunta 5Pregunta 5
5. Marque la alternativa que contenga la (s) afirmación5. Marque la alternativa que contenga la (s) afirmación
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(es) correcta (s):(es) correcta (s):
I. La legítima defensa requiere la presencia de un elemento
subjetivo que exija el conocimiento de la situación
justificante.
II. En los casos de legítima defensa putativa resulta aplicable
el artículo 21° del Código Penal por tratarse de una
defensa ilegítima imperfecta (atenuante).
III. El exceso intensivo supone que la agresión sea actual pero
que la defensa podría y debería adoptar una intensidad
lesiva mucho menor.
  a) Sólo I 
  b) Sólo II 
  c) I y II 
  d) I y III 
 
2 2 / 2/ 2 pts ptsPregunta 6Pregunta 6
  Caso 1Caso 1
Juan Chancaque y Luis Mojas son personas que
constantemente agreden sexualmente a las mujeres. Por ello,
ambos deciden arremeter sexualmente contra Sofí Pepian
porque se habían dado cuenta que ella estaba acostumbraba
a hacer deporte sola todas las mañanas en ropa deportiva
muy corta. Se abalanzan encima de Sofi, pero ella de su
canguro llega a tomar un arma de fuego y suelta dos balazos
al aire. Por tanto, Juan y Luis, se alejan de ella producto del
susto que les produjo los balazos. No obstante, ambos le
manifiestan a Sofí que si vuelve a pasar por ese lugar nada
evitaría que la agredan sexualmente. En ese momento, Sofí
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para no ser agredida les dispara a cada uni, hiriéndolos
gravemente.
6. Del análisis del caso anterior, es correcta la6. Del análisis del caso anterior, es correcta la
siguiente afirmación:siguiente afirmación:
 
 
a) La acción de Sofi no se encuentra subsumida en una causa
de justificación (legítima defensa) porque no existe
proporcionalidad entre la agresión y el medio empleado.
 
b) Respecto del requisito de actualidad de la agresión
ilegítima, en el presente caso la agresión ya había cesado.
 
c) De acuerdo a las características del hecho y al contexto en
general, no resulta exigible un medio distinto al empleado
para repeler la agresión, por lo que es el más idóneo y ello
permite amparar la justificación.
 
d) La acción de Sofi representa un exceso intensivo de la
legítima defensa.
 
2 2 / 2/ 2 pts ptsPregunta 7Pregunta 7
Caso 2Caso 2
Stephanie Yllanez es compañera de Universidad de Karla
Apolinario, Stephanie odia a Karla, porque Karla había
hablado de ella con todos sus compañeros de la universidad,
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dejándola como una persona que le gustaba meterse en las
relaciones amorosas de sus compañeras. Es por ello, que ellas
están en un constante enfrentamiento verbal, del que siempre
sale airosa Karla por su formación en derecho. Es por ello,
que Stephanie decide seguir a Karla a todos los lugares que
frecuenta para poder encontrar la oportunidad de atacarla.
Sin embargo, lo que Stephanie desconocía era que Karla tenía
conocimientos y preparación en artes marciales. Cuando
Stephanie la va a atacar con un objetopunzocortante, Karla
para defenderse despliega una patada que hace que la navaja
caiga al suelo. Producto de la patada, también Stephanie
sufre una fractura del brazo derecho.
7. Si usted fuese el abogado de Karla, ¿Cómo7. Si usted fuese el abogado de Karla, ¿Cómo
sustentaría su defensa?sustentaría su defensa?
 
a) Aplicar la legítima defensa putativa, debido al error en el
que incurre Karla respecto de los supuestos objetivos de la
legítima defensa.
 
b) Se puede alegar legítima defensa imperfecta; sin embargo,
dirigir la acción de Karla al artículo 21° del Código Penal, a fin
de obtener una disminución prudencial de la pena.
 
c) Aplicar el artículo 20° inciso 7 que establece la exclusión
de la culpabilidad referida al miedo insuperable.
 
d) Se debe invocar la legítima defensa, pues se cumplen con
todos sus presupuestos objetivos y subjetivos.
 
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2 2 / 2/ 2 pts ptsPregunta 8Pregunta 8
Caso 3Caso 3
Gitanito Lorezin es un barman que trabaja en una discoteca
en el distrito de Miraflores. Una noche, él había tenido una
discusión con Luiggi Carnívoro porque se había pasado de
copas; quien lo amenaza de muerte, a pesar de que Gitanito
conoce que Luiggi es excesivamente violento, evita tener
mayor contacto con el esa noche, pero queda alerta por
cualquier acción que quiera realizar en su contra. La
discoteca está por cerrar, Gitanito está agotado producto de
haber preparado diferentes licores durant una jornada que se
extendió por más de 12 horas. Cuando Gitanito está
dirigiéndose a su domicilio en medio de la madrugada, por
una calle oscura con poca iluminación, cree que quien viene
corriendo hacia él es Luiggi (por el color de su vestimenta y
por la fisionimía de la persona), para cumplir su amenaza.
Gitanito toma un trozo de madera de la calle y golpe al sujeto
antes de que pueda advertir que quien corría y es herido ni
era Luiggi ni pretendía atacar a nadie. Solo era una persona
que estaba apresurada en perseguir al ladrón que le había
arrebatado su celular.
8. Del caso citado, ¿Gitanito podría alegar que actuó en
legítima defensa?
 
a) Si, podría alegar la legítima defensa putativa, debido al
error en el que incurre Gitanito respecto al presupuesto
material de la legítima defensa.
 
b) Sí, de conformidad con el Código Penal, la legítima defensa
puede presentarse sobre los derechos de terceros, conocida
como legítima defensa impropia.
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c) Si, podría alegar legítima defensa imperfecta, pues no
concurre el requisito objetivo de la legítima defensa referido a
la necesidad racional del medio empleado para impedir la
agresión ilegítima
 
d) No se aplica la legítima defensa y por ello se está ante un
delito de lesiones dolosas.
 
2 2 / 2/ 2 pts ptsPregunta 9Pregunta 9
Caso 4Caso 4
Ruperta Risueñor estaba regresando de sus clases de
esgrima que suele tomar por las mañanas antes de ir a
estudiar a la universidad San Borrin. Cuando está en el
paradero, se le acerca Gilberto Pirañon para robarle su celular
y su bolso de deporte. No obstante, Ruperta al observar ese
acto violento, saca su espadín que mide 1 metro. Mientras que
la navaja con la que Gilberto iba a atacarla media 10 cm. Es
por ello, que Ruperta aprovechó la ventaja que obtuvo con el
ladrón, quien lejos de amilanarse prosiguió con su objetivo de
robar y por ello Ruperta uso su espadin para evitar que le
robara sus pertenencias.
1. Del análisis del caso anterior, ¿se podría tratar deDel análisis del caso anterior, ¿se podría tratar de
legítima defensa?legítima defensa?
 
a) Si, se puede aplicar la legítima defensa porque están
presentes todos los presupuestos para su configuración.
 
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b) No, porque la agresión ilegítima del ladrón no es
suficientemente grave en comparación con las habilidades de
quien se defiende.
 
c) No, porque el requisito objetivo de la legítima defensa
referido al medio empleado no cumple con el criterio de
proporcionalidad.
 
d) Si, se trata concretamente de una legítima defensa
putativa o aparente, recurriendo al artículo 14° del Código
Penal.
 
2 2 / 2/ 2 pts ptsPregunta 10Pregunta 10
Caso 5Caso 5
En la mañana del 15 de mayo de 2021, a las 9:00 am
aproximadamente, César se disponía a abrir su farmacia
ubicada en Av. Arenales N° 114 en el distrito de Lince. En ese
preciso instante, lo sorprende por detrás un sujeto
identificado como Manuel “el cojo” Gálvez, quien apuntó con
una pistola directamente a la cabeza de César, amenazándolo
con disparar sino abría inmediatamente la puerta del local.
Casualmente, transitaba muy cerca de la zona un efectivo
policial, quien al ver la escena intervino según lo dispuesto en
el “Protocolo de Actuación Interinstitucional de Intervención
en casos de Flagrante Delito”. Así pues, Manuel dejó de
apuntar con la pistola a César y cambió la dirección al
efectivo policial, quien haciendo uso de su arma
reglamentaria, disparó a Manuel a la altura del corazón, quien
murió horas después en el hospital. De las investigaciones, se
tuvo que el arma que usó Manuel se encontraba descargada.
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10. Del análisis de los hechos narrados ¿la muerte de10. Del análisis de los hechos narrados ¿la muerte de
Manuel Gálvez es en un caso de legítima defensa?Manuel Gálvez es en un caso de legítima defensa?
 
 
a) No, porque no concurre el requisito objetivo de la legítima
defensa referido a la actualidad de la agresión ilegítima,
debido a que no se trataba de un peligro real.
 
b) No, concretamente el efectivo policial actuó bajo la figura
de ejercicio regular de un derecho.
 
c) Sí, porque se cumplen con todos los requisitos de la
legítima defensa (artículo 20º, inciso 3 del Código Penal).
 
d) No, porque la conducta del efectivo policial se encuentra
amparada bajo el artículo 20° inciso 8 del Código Penal.
Puntaje del examen: 2020 de 20

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