Logo Studenta

Los pagos provisionales de las personas morales

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

Los pagos provisionales de las personas morales
Docente: Matilde Cardoso Tenorio
Asignatura: Ley del Impuesto sobre la Renta
Personas Morales
Actividad 06
Fecha de entrega: 29 de mayo de 2022
Los pagos provisionales de las personas morales
En esta actividad reforzarás la competencia Sello EBC: Ser estudiantes para siempre – Autodesarrollo, tu competencia técnica: Manejo de legislación fiscal, y tu competencia laboral: Trabajo en equipo. 
Se recomienda realizar la actividad en equipo. 
Instrucciones: 
1. Lee con atención las siguientes situaciones y realiza lo que se solicita. 
	Situación
	
Durante el ejercicio fiscal 2021, la empresa La Joya, S.A. de C.V., tuvo una utilidad fiscal del ejercicio por $825,400.00 MXN; los ingresos acumulables del ejercicio fueron por $2,463,200.00 MXN, importe que incluye el ajuste anual por inflación acumulable por $18,600.00 MXN y en el ejercicio inmediato anterior obtuvo una pérdida fiscal por $65,810.00 MXN. 
 
a. Determina el coeficiente de utilidad aplicable en el ejercicio fiscal 2022. 
	INGRESO ACUMULABLE
	 $ 2,463,200.00 
	AJUSTE INFLACION
	 $ 18,600.00 
	INGRESOS NOMINALES
	 $ 2,444,600.00 
	UTILIDAD FISCAL
	 $ 825,400.00 
	COEFICIENTE PARA 2022
	 0.3376 
	Situación
	
La Industrial, S.A. de C.V., solicita apoyo para determinar los pagos provisionales de enero a junio del ejercicio 2022. Considera que presenta los siguientes datos del ejercicio 2021: 
	La Industrial, S.A. de C.V.
	
	
	Determinación del resultado fiscal 
	 
	Base del Impuesto Sobre la Renta del ejercicio 2021
	 
	 
	 
	Ingresos acumulables (MXN):
	 
	 
	Ingresos de la actividad 
	 11,257,830.00 
	 
	Ganancia en venta de activo fijo
	 64,521.00 
	 
	Ajuste anual por inflación acumulable
	 38,456.00 
	 
	Intereses ganados
	 21,347.00 
	 
	 
	 
	 $11,382,154.00 
	Menos:
	 
	 
	Deducciones autorizadas (MXN):
	 
	 
	Costo de lo vendido
	 6,945,127.00 
	 
	Gastos deducibles
	 2,984,554.00 
	 
	Deducción de inversiones
	 53,129.00 
	 
	 
	 
	 9,982,810.00 
	Resultado obtenido (MXN)
	 
	 $ 1,399,344.00 
	Menos:
	 
	 
	PTU pagada (MXN)
	 
	 128,451.00 
	Utilidad fiscal (MXN)
	 
	 $ 1,270,893.00 
	Menos:
	 
	 
	Pérdida fiscal (MXN)
	 
	 246,514.00 
	Resultado fiscal (MXN)
	 
	 $ 1,024,379.00 
	Por:
	 
	 
	Tasa ISR artículo 9
	 
	30%
	ISR anual causado (MXN)
	 
	 $ 307,313.70 
	Menos:
	 
	 
	Pagos provisionales (MXN)
	 
	 182,145.00 
	ISR por pagar (MXN)
	 
	 $ 125,168.70 
	 
	 
	 
 
a. Calcula el coeficiente de utilidad aplicable a los pagos provisionales del ejercicio 2022. 
	INGRESO ACUMULABLE
	 $ 11,382,154.00 
	AJUSTE INFLACION
	 $ 38,456.00 
	INGRESOS NOMINALES
	 $ 11,343,698.00 
	UTILIDAD FISCAL
	$1,270,893.00
	COEFICIENTE
	 0.1120 
b. Determina la PTU del ejercicio aplicable a pagos provisionales del ejercicio 2022.
La PTU se deberá disminuir, por partes iguales, en los pagos provisionales correspondientes a los meses de mayo a diciembre del ejercicio fiscal. La disminución a que se refiere este artículo se realizará en los pagos provisionales del ejercicio de manera acumulativa.
	PTU DEL EJERCICIO 2021 QUE SE PAGARA EN MAYO 2022
	 $ 128,451.00 
	MESES RESTANTES INCLUYENDO MAYO 2022
	 8 
	MONTO A DEDUCIR MENSUALMENTE
	 $ 16,056.38 
	MONTO A DISMINUIR EN MAYO
	 $ 16,056.38 
	MONTO A DISMINUIR EN JUNIO
	 $ 32,112.75 
	MONTO A DISMINUIR EN JULIO
	 $ 48,169.13 
	MONTO A DISMINUIR EN AGOSTO
	 $ 64,225.50 
	MONTO A DISMINUIR EN SEPTIEMBRE
	 $ 80,281.88 
	MONTO A DISMINUIR EN OCTUBRE
	 $ 96,338.25 
	MONTO A DISMINUIR EN NOVIEMBRE
	 $ 112,394.63 
	MONTO A DISMINUIR EN DICIEMBRE
	 $ 128,451.00 
NOTA: El monto de los $ 128,451, también fue disminuido en la declaración anual del ejercicio 2021 porque así lo estipula la LISR Art. 9
c. Determina los pagos provisionales de ISR de enero a junio del ejercicio 2022. 
De igual forma, en la Industrial, S.A. de C.V., considera que el coeficiente de utilidad fiscal utilizado para el ejercicio 2021 fue de 0.1418 y los ingresos que a continuación se proporcionan:
	La Industrial, S.A. de C.V.
Ingresos mensuales correspondientes al ejercicio fiscal 2022
	Concepto
	Enero (MXN)
	Febrero (MXN)
	Marzo (MXN)
	Abril (MXN)
	Mayo (MXN)
	Junio (MXN)
	Ventas de contado
	545,154.00
	645,124.00
	551,458.00
	415,421.00
	245,184.00
	445,112.00
	Ventas a
crédito
	412,384.00
	294,586.00
	315,144.00
	545,211.00
	598,745.00
	635,641.00
	Intereses ganados
	1,842.00
	
	865.00
	3,459.00
	
	
	PAGOS PROVISIONALES 2022
	Concepto
	Enero (MXN)
	Febrero (MXN)
	Marzo (MXN)
	Abril (MXN)
	Mayo (MXN)
	Junio (MXN)
	Ventas de contado
	 $ 545,154.00 
	 $ 645,124.00 
	 $ 551,458.00 
	 $ 415,421.00 
	 $ 245,184.00 
	 $ 445,112.00 
	Ventas a crédito
	 $ 412,384.00 
	 $ 294,586.00 
	 $ 315,144.00 
	 $ 545,211.00 
	 $ 598,745.00 
	 $ 635,641.00 
	Intereses ganados
	 $ 1,842.00 
	 
	 $ 865.00 
	 $ 3,459.00 
	 
	 
	Ingresos nominales
	 $ 959,380.00 
	 $ 939,710.00 
	 $ 867,467.00 
	 $ 964,091.00 
	 $ 843,929.00 
	 $ 1,080,753.00 
	Ingresos nominales acumulados
	 $ 959,380.00 
	 $ 1,899,090.00 
	 $ 2,766,557.00 
	 $ 3,730,648.00 
	 $ 4,574,577.00 
	 $ 5,655,330.00 
	Coeficiente de utilidad
	 0.1418 
	 0.1418 
	 0.1120 
	 0.1120 
	 0.1120 
	 0.1120 
	Utilidad fiscal estimada
	 $ 136,040.08 
	 $ 269,290.96 
	 $ 309,951.65 
	 $ 417,963.74 
	 $ 512,513.46 
	 $ 633,595.79 
	PTU pagada 2022
	 
	 
	 
	 
	 $ 16,056.38 
	 $ 32,112.75 
	Remanente de perdida fiscal pendiente
	 $ - 
	 $ - 
	 $ - 
	 $ - 
	 $ - 
	 $ - 
	Utilidad fiscal base de PP
	 $ 136,040.08 
	 $ 269,290.96 
	 $ 309,951.65 
	 $ 417,963.74 
	 $ 496,457.08 
	 $ 601,483.04 
	Tasa de impuesto ISR
	30%
	30%
	30%
	30%
	30%
	30%
	Pago provisional causado
	 $ 40,812.03 
	 $ 80,787.29 
	 $ 92,985.50 
	 $ 125,389.12 
	 $ 148,937.12 
	 $ 180,444.91 
	Pagos provisionales anteriormente pagados
	 $ - 
	 $ 40,812.03 
	 $ 80,787.29 
	 $ 92,985.50 
	 $ 125,389.12 
	 $ 148,937.12 
	ISR retenido acum (sist finan)
	 $ - 
	 $ - 
	 $ - 
	 $ - 
	 $ - 
	 $ - 
	Pago provisional
	 $ 40,812.03 
	 $ 39,975.26 
	 $ 12,198.21 
	 $ 32,403.63 
	 $ 23,548.00 
	 $ 31,507.79 
2. Realiza lo que se solicita.
a. Indica el periodo a partir del cual deben presentar pagos provisionales las personas morales.
A partir del segundo periodo de operaciones:
Artículo 14 LISR, último párrafo:
…Los contribuyentes deberán presentar las declaraciones de pagos provisionales siempre que haya impuesto a pagar, saldo a favor o cuando se trate de la primera declaración en la que no tengan impuesto a cargo. No deberán presentar declaraciones de pagos provisionales en el ejercicio de iniciación de operaciones, cuando hubieran presentado el aviso de suspensión de actividades que previene el Reglamento del Código Fiscal de la Federación ni en los casos en que no haya impuesto a cargo ni saldo a favor y no setrate de la primera declaración con esta característica…
b. ¿Qué procede si en un ejercicio no resulta coeficiente de utilidad?
Artículo 14 LISR, fracción I último párrafo:
…Cuando en el último ejercicio de doce meses no resulte coeficiente de utilidad conforme a lo dispuesto en esta fracción, se aplicará el correspondiente al último ejercicio de doce meses por el que se tenga dicho coeficiente, sin que ese ejercicio sea anterior en más de cinco años a aquél por el que se deban efectuar los pagos provisionales…
c. Indica el procedimiento de la determinación del coeficiente de utilidad, en caso de que las personas morales distribuyan anticipos o rendimientos.
Artículo 14 de la LISR fracción I, párrafo 2o:
…Las personas morales que distribuyan anticipos o rendimientos en los términos de la fracción II del artículo 94 de esta Ley, adicionarán a la utilidad fiscal o reducirán de la pérdida fiscal, según corresponda, el monto de los anticipos y rendimientos que, en su caso, hubieran distribuido a sus miembros en los términos de la fracción mencionada, en el ejercicio por el que se calcule el coeficiente….
Utilidad fiscal + Anticipo o Rendimientos o,
Pérdida fiscal − Anticipo o Rendimientos
d. ¿Cuál es la diferencia entre ingreso acumulable y el nominal, para efectos de la determinación de los pagos provisionales?
El ingreso nominal es el ingreso acumulable menos el ajuste por inflación.
De acuerdo con el Art. 14, fracción lll párrafo 3ro:
…Los ingresos nominales serán los ingresos acumulables, excepto el ajuste anual por inflación acumulable. Tratándose de créditos o de operaciones denominados en unidades de inversión, se considerarán ingresos nominales, los intereses conforme se devenguen, incluyendo el ajuste que corresponda al principal por estar los créditos u operaciones denominados en dichas unidades….
e. ¿Qué tipo de ingresos no deben considerar las personas morales para la determinación de los pagos provisionales?
Artículo 14, último párrafo inciso a)
…No se considerarán los ingresos de fuente de riqueza ubicada en el extranjero que hayan sido objeto de retención por concepto de impuesto sobre la renta ni los ingresos atribuibles a sus establecimientos ubicados en el extranjero que estén sujetos al pago del impuesto sobre la renta en el país donde se encuentren ubicados estos establecimientos….
REFERENCIAS
IDC Online. (27 de mayo 2021). Aplicación de la PTU contra pagos provisionales. México. IDC Online. Recuperado de: https://idconline.mx/fiscal-contable/2021/05/27/aplicacion-de-la-ptu-contra-pagos-provisionales
Ley del Impuesto sobre la renta
Notas de clase
Sánchez, A. Aplicación práctica del ISR personas morales 2020.
Página 4 de 4	© Escuela Bancaria y Comercial, S.C. 
 
 
 
 
 
 
 
Los pagos provisionales de las personas morales
 
 
 
 
Docente: Matilde Cardoso Tenorio
 
 
 
 
Asignatura: Ley del Impuesto sobre la Renta
 
Personas Morales
 
 
 
Actividad 0
6
 
 
 
 
 
 
 
 
Fecha de entrega: 2
9
 
de mayo de 2022
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Los pagos provisionales de las personas morales 
 
 
 
Docente: Matilde Cardoso Tenorio 
 
 
 
Asignatura: Ley del Impuesto sobre la Renta 
Personas Morales 
 
 
Actividad 06 
 
 
 
 
 
 
 
Fecha de entrega: 29 de mayo de 2022

Continuar navegando