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EVALUACIÓN PARCIAL DERECHO PÚBLICO 2021 Fecha:……………. Alumno/a:……………………………………….L.U.:……………. Importante: Para REGULARIZAR la asignatura, el/la alumno/a deberá obtener como mínimo DOS puntos en c/u de las partes en que se encuentra estructurado el presente examen, mientras que para PROMOCIONAR deberán alcanzar TRES puntos en c/u de ellas. 1era Parte: A) Norma jurídica (Respuesta completa 1 Pto. 0,1 c/u) Indique a continuación de cada enunciado de qué tipo de norma se trata: NORMA JURÍCIA, NORMA TÉCNICA NORMA RELIGIOSA o NORMA MORAL. Los hijos y las hijas deben honrar a sus padres (NORMA RELIGIOSA) El que encuentra un objeto perdido debe restituirlo a su dueño (NORMA MORAL) El ingreso a la administración pública debe efectuarse mediante concurso público de antecedentes y oposición (NORMA JURÍDICA) El método empleado para determinar el valor de costo debería aplicarse uniformemente de periodo a período (NORMA TÉCNICA) El que matare a otro tendrá una pena de 8 a 25 años de prisión (NORMA JURÍDICA) Las personas entre 16 y 70 años de edad deben concurrir a votar en la época que se establezcan comicios en su jurisdicción (NORMA JURÍDICA) B) Los recursos económicos del Estado (Todas correctas 1 Pto.) Unir con flechas según qué nivel de gobierno tenga competencia para legislar sobre cada recurso: Derechos de importación y exportación Gobierno Federal Contribuciones con asignación específica Contribuciones directas Contribuciones directas por tiempo determinado Gobiernos Provinciales Contribuciones indirectas C) Supremacía constitucional (Respuesta completa 1 Pto. 0,2 c/u) 1) El artículo 31 de la C.N. consagra el denominado “principio de supremacía constitucional”. Explique brevemente en qué consiste. El principio de supremacía constitucional tiene su fundamento en la distinción entre poder constituyente y poderes constituidos e implica que todo el derecho local, provincial y municipal, debe adecuarse al orden federal, siempre que el Congreso al sancionar las leyes, no desconociera las facultades propias de las provincias. 2) ¿Cómo queda conformada la pirámide jurídica, luego de la reforma constitucional de 1994? 1. La Constitución y los tratados sobre Derechos Humanos que tienen jerarquía constitucional. 2. Los Tratados de integración, que junto con los demás tratados tienen jerarquía inferior a la Constitución, pero superior a las leyes de la Nación. 3. Las leyes de la Nación. 3) ¿Qué sistema de control de constitucionalidad adoptó nuestro país? Mencione otros sistemas utilizados en el derecho comparado. Nuestro país adoptó el sistema de control a través de un órgano jurisdiccional, es decir, que está a cargo de los jueces en cada caso concreto, Bidart Campos lo denomina “sistema de control difuso”. En otros países se conocen sistemas de control a través de un órgano jurisdiccional especialmente creado para ello, denominado sistema de control concentrado, también a través n o de un órgano jurisdiccional, sino por medio de uno político como el Congreso o una comisión emanada de él. 4) Qué requisitos debe tener en cuenta el juez para declarar la inconstitucionalidad? a) Debe existir un caso concreto (art. 116 de la CN). b) Existir un interés legítimo, es decir que no se declara la inconstitucionalidad en abstracto. c) Debe haberse planteado en momento oportuno, o sea en la primera oportunidad procesal. d) En principio no procede la declaración de oficio, es decir que debe ser pedida por una de las partes. e) El pedido debe ser fundado. D) Declaraciones, derechos y garantías (Total 1,2 Pts. 0,4 c/u) 1) Coloque “Verdadero” o “Falso” según corresponda a cada párrafo del siguiente enunciado: Con motivo de la pandemia por el coronavirus, el Estado Nacional dictó un DNU estableciendo medidas que restringen algunos derechos garantizados por la Constitución Nacional. Los derechos consagrados por la Carta Magna no son absolutos y se ejercen de acuerdo a las leyes que reglamentan su ejercicio (VERDADERO), pueden ser limitados por Ley lo que se denomina “poder de policía” (VERDADERO). El Poder de Policía es ejercido directamente por las Fuerzas de Seguridad y emana de la autoridad que las mismas concentran para organizar la sociedad (FALSO). La reglamentación de los derechos debe ser “razonable”, lo que significa que deben adecuarse a los fines perseguidos, pero de manera alguna debe suprimir el derecho reglamentado (VERDADERO). Puntualmente el derecho a la salud, y por tanto la determinación de medidas sanitarias en una pandemia sólo pueden ser dispuestas por cada municipio, estando vedado al Estado Nacional dictar disposiciones al respecto (FALSO). En un sistema federal de gobierno, los distintos niveles –Nación, Provincias, CABA y Municipios– tienen facultades concurrentes que deben ejercerse en forma coordinada (VERDADERO). 2) La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en la causa “Bahamonde” delineó un concepto de libertad de decisión sobre la salud propia, resuma brevemente lo decidido en ese valioso precedente. El derecho a disponer del propio cuerpo según el art. 19 de la C.N. habilita a rechazar un tratamiento de salud. Los individuos sean adultos o no pueden aceptar o rechazar libremente toda interferencia en el ámbito de su intimidad individual. No resultaría constitucionalmente justificada una resolución judicial que autoriza a someter a una persona adulta a un tratamiento sanitario en contra de su voluntad cuando la decisión del individuo ha sido dada con pleno discernimiento y no afecta derecho de terceros. 3) Realice una reflexión personal sobre si el mismo criterio sentado por la Corte en el fallo aludido en el punto anterior, sería aplicable si los padres se niegan a cumplir con el calendario obligatorio de vacunación para sus hijos. La reflexión es personal, por lo que se tomará en cuenta para calificarla la coherencia de la respuesta, no obstante, la Corte ya ha decidido sobre situaciones similares distinguiendo entre el derecho a decidir sobre el propio cuerpo y la obligación de cumplir con pautas sanitarias que pueden tener incidencia sobre terceros. E) Habeas corpus (0,8 Pts.) El habeas corpus es una garantía institucional dirigido a proteger la libertada ambulatoria. Tal como está regulado se lo puede dividir en varias categorías. Una con flechas las que correspondan: Terminar con actos u omisiones que agraven indebidamente la situación de una persona detenida legalmente Habeas corpus preventivo Hacer cesar la restricción o privación ilegal de la libertad física y ambulatoria Habeas corpus restringido Hacer cesar limitaciones, atentados o molestias ilegítimas que perturban la Habeas corpus reparador libertad de locomoción o ambulatoria sin llegar a la privación de la libertad Evitar la privación de la libertad física Habeas corpus correctivo y ambulatoria y las amenazas ciertas o inminentes de detención arbitraria 2da Parte: F) Normas de funcionamiento del Congreso (Total 1 Pto. 0,2 c/u.) 1) Ordene cronológicamente las distintas etapas de sanción de las leyes: PROMULGACIÓN POR EL PODER EJECUTIVO – INICIATIVA – DISCUSIÓN Y SANCIÓN POR LAS CÁMARAS – PUBLICACIÓN 1) Iniciativa, 2) discusión y sanción por las cámaras, 3) promulgación por el poder ejecutivo y 4) publicación. 2) ¿En qué materias le corresponde exclusivamente la iniciativa a la Cámara de Diputados? De acuerdo al artículo 52 de la CN le corresponde la iniciativa exclusiva sobre leyes de reclutamiento de tropas y contribuciones. 3) ¿En qué materias le corresponde exclusivamente la iniciativa a la Cámara de Senadores? Las leyes convenio deben tener inicio en la Cámara de Senadores, ademásconforme el artículo 75 inciso 2 de de la CN. G) Facultades legislativas del Poder Ejecutivo (Total 1 Pto. 0,3 c/u) Ante una grave “emergencia” económica, El Poder Ejecutivo Nacional decide –a fin de adecuar la recaudación fiscal al gasto público- crear una nueva imposición aplicable al conjunto de los ciudadanos, consistente en un impuesto a abonarse por la transmisión gratuita de bienes, con una alícuota del 1,5% aplicable al valor de los bienes transmitidos. A continuación, conteste: 1. ¿Se encuentra facultado el P.E.N. para remitir proyectos de ley al Congreso? Fundamente. Si, se encuentra facultado conforme lo autorizado por el artículo 77 de la Constitución nacional. 2. ¿Si el Congreso se encontrara en receso, podría el P.E.N. utilizar el instituto del Decreto de necesidad y urgencia para poner en funcionamiento el impuesto? Fundamente. No, porque el artículo 99 inciso 3 de la Constitución nacional, expresamente le prohíbe legislar, bajo ningún supuesto, respecto de materia tributaria. 3. ¿Cuál es el mecanismo que impone la Constitución nacional para el dictado de Decretos de necesidad y urgencia? Deben concurrir circunstancias excepcionales que por razones de necesidad y urgencia hagan imposible seguir el camino habitual de sanción de las leyes, la decisión debe ser tomada en acuerdo general de ministros, posteriormente el Jefe de gabinete personalmente y dentro de los diez días deberá someter el decreto a consideración de la Comisión bicameral permanente, las Cámaras considerarán el despacho de inmediato, debiendo resolver en forma expresa. H) Poder Judicial – Competencia originaria (Respuesta completa 1 Pto. 0,3 c/u) La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) declaró que el reclamo de inconstitucionalidad interpuesto por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la suspensión de las clases presenciales corresponde a su competencia originaria. www.erreius.com 19/4/2021. A continuación, conteste: http://www.erreius.com/ 1) ¿En qué casos la CSJN ejerce su competencia originaria y exclusiva? En los asuntos concernientes a embajadores, ministros y cónsules extranjeros, y en los que alguna provincia fuese parte. 2) Cuando la Corte interviene por vía recursiva, abre su competencia por apelación, la que puede ser “ordinaria” o “extraordinaria”. Diferencie ambas. Se diferencian por sus diversos requisitos formales y sustanciales, por la materia y por los efectos. 3) ¿A su criterio, una causa que involucra al Gobierno Federal y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, debe atribuirse a la competencia originaria de la Corte o a su competencia apelada? Si bien la CSJN ya se expedido sobre el particular en distintos pronunciamientos, tratándose de una opinión personal, se tomará como válida aquella opinión que sea fundada y coherente, ya que aún en la propia Corte no hay unanimidad al respecto. I) Federalismo – Unir con flechas (Respuesta completa 1 Pto. 0,1 c/u) Irresponsabilidad fiscal Argumentos a favor Proximidad a las necesidades del gobierno centralizado de los ciudadanos Colusiones anti-impuestos Argumentos a favor Del gobierno descentralizado Distribución del ingreso Evita guerras fiscales o de competencia dañosa Tendencia al exceso de Comportamientos inconvenientes gasto público derivados de la falta de correspondencia fiscal Impacto positivo sobre la innovación en la producción de bienes públicos J) Federalismo fiscal (1 Pto. 0,2 c/u) El presidente Alberto Fernández firmó el Consenso Fiscal 2020 con gobernadores de 23 provincias, en un acto que se llevó a cabo el Museo del Bicentenario de la Casa Rosada, y del que no participa el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, en medio de la pelea por el recorte de fondos dispuesto por la Nación y avalado por el Congreso. www.ambito.com 4/12/2020. 1) ¿Cuál es el mecanismo previsto constitucionalmente para la generación de un régimen de coparticipación? http://www.ambito.com/ La Constitución Nacional en su artículo 75 inciso 2 establece que la coparticipación debe establecerse mediante una ley convenio. 2) ¿En qué consiste una Ley Convenio? La Ley Convenio consiste en un acuerdo previo entre la Nación y las Provincias, el que luego debe ser sometido a aprobación legislativa, iniciando por la Cámara de Senadores y aprobada por la mayoría absoluta de todos sus miembros, no podrá ser modificada unilateralmente y finalmente requerirá la adhesión legislativa de todas las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 3) ¿Qué disposición legislativa regula actualmente la distribución de la renta entre la Nación y las provincias? ¿Cuándo debía sancionarse el régimen de coparticipación sujeto a las disposiciones constitucionales reformadas en 1994? La Ley 23548 de coparticipación federal de impuestos es la que rige actualmente para la distribución de la renta entre el gobierno federal y los de provincia, a pesar que antes de finalizar el año 1996 debió dictarse una nueva ley de coparticipación que incorporara las disposiciones introducidas por la reforma de 1994 en el inciso 2 del artículo 75. 4) ¿Cuáles contribuciones pueden apartarse del sistema de coparticipación? ¿Con qué requisitos? Pueden detraerse las contribuciones a las que se le otorgue una asignación específica. En tal caso la ley debe ser aprobada por la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara
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