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UNIDAD N3 EL MERCADO DE CAPITAL

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UNIDAD Nº 3 – EL MERCADO DE CAPITALES
Mercados primarios, secundarios y a término. Conceptos, fuentes de información. Mercados Primarios:
Se denomina Mercado “Primario” al ámbito al cual las sociedades emisoras acuden por primera vez para obtener fondos líquidos a cambio de la entrega de instrumentos de financiación (única relación directa del emisor con el inversor). Participan básicamente dos tipos de jugadores: los que buscan financiamiento -Tomadores de Fondos- y, aquellos que tienen excedentes de fondos denominados Colocadores de Fondos; originándose los primeros intercambios de necesidades de financiación e inversión entre quienes tienen necesidades de fondos y quienes poseen liquidez.
Mercados Secundarios: es el mercado que está relacionado con la cotización y negociación de los valores negociables que han sido emitidos con anterioridad (mercado primario). En él diferentes unidades superavitarias realizan transacciones de compra y venta a través de los intermediarios autorizados.
Mercado a Término: Son entidades autorreguladas autorizadas por la CNV donde se negocian contratos de futuros y también opciones sobre futuros de distintos activos subyacentes.
Estas entidades llevan el registro de los Intermediarios, que son los que se encargarán de acordar las operaciones de compraventa de contratos de futuros y de opciones (ej commodities agrícolas), garantizan y liquidan operaciones.
1. Mercado a Término de Buenos Aires S.A.
2. Mercado a Término de Rosario S.A.
La Bolsa como proveedora de financiamiento: ventajas y desventajas
· PARA LAS EMPRESAS Ventajas:
1. Acceso a financiamiento permanente a menor costo
2. Acceso a inversores de distinto perfil
3. Estructuración según las necesidades de la empresa
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4. Liquidez
5. Incorporación de nuevos participantes a la estructura
6. Valoración objetiva de las empresas
7. Prestigio y consolidación de la imagen empresarial: EMPRESA PÚBLICA
8. Excelencia empresaria
Desventaja: el principal riesgo al financiamiento en el Mercado de Valores es el ceder espacios de poder en las empresas al vender una porción de capital, razonamiento que deja de ser real cuando hay una mayoría accionaria dominante.
· PARA LOS INVERSORES Ventajas:
1. Diferentes instrumentos para diferentes perfiles de riesgo
2. Financiar y participar para cubrir riesgos de mercado
3. Acceso a análisis profesionales
4. Liquidez
5. Operaciones garantizadas
Desventajas:
· El invertir en la Bolsa de Valores necesita tener un horizonte de inversión que sea mayor a 3 o 5 años, dependiendo del caso, tiempo en el cual no se usará el dinero invertido.
· Es necesario hacer un estudio sobre la Bolsa de Valores en la cual se invertir, es decir, saber en qué momento conviene invertir, en qué empresas, en qué industrias, cuánto conviene invertir en un determinado momento, entre otros.
· Al hacer una inversión a largo plazo, es posible que a corto plazo observe momentos de pérdida, Debe ser inteligente y asesorase bien, pues hay momentos en los que conviene retirar dinero, vender acciones compradas, etc., y otros en los que conviene no tocar lo invertido.
Ofrecimientos públicos de instrumentos financieros
 (LEY 26.831) Oferta pública: es la invitación que se hace a personas en general o a sectores o a grupos determinados para realizar cualquier acto jurídico con valores negociables, efectuada por los emisores o por organizaciones unipersonales o sociedades dedicadas en forma exclusiva o parcial al comercio de aquéllos, por medio de ofrecimientos personales, publicaciones periodísticas, transmisiones radiotelefónicas, telefónicas o de televisión, proyecciones cinematográficas, colocación de afiches, letreros o carteles, programas, medios electrónicos, circulares y comunicaciones impresas o cualquier otro procedimiento de difusión.
a) Oferta pública de valores negociables y otros instrumentos financieros
La Comisión Nacional de Valores será la que autorice la oferta pública de valores negociables, podrá establecer regímenes diferenciados de autorización de oferta pública de acuerdo con las características objetivas o subjetivas de los emisores y/o de los destinatarios, la naturaleza, origen y/o especie de los valores negociables, o cualquier otra particularidad que lo justifique razonablemente.
Pueden realizar oferta pública de valores negociables u otros instrumentos financieros las entidades que los emitan y los agentes registrados autorizados a estos efectos por la Comisión Nacional de Valores.
Pueden ser objeto de oferta pública los valores negociables emitidos o agrupados en serie que por tener las mismas características y otorgar los mismos derechos dentro de su y se
individualizan en el momento de cumplirse el contrato respectivo y todos aquellos instrumentos financieros que autorice la Comisión Nacional de Valores.
El Banco Central de la República Argentina en ejercicio de sus funciones de regulación de la moneda, el crédito y de la ejecución de la política cambiaria puede limitar, con carácter general y por el tiempo que estime necesario, la oferta pública de nuevas emisiones de valores negociables públicos o privados. La resolución debe ser comunicada a la Comisión Nacional de Valores para que suspenda la autorización de nuevas ofertas públicas y a los mercados para que suspendan la autorización de nuevas autorizaciones o negociaciones.
b) Oferta pública de adquisición
Toda oferta pública de adquisición de acciones con derecho a voto de una sociedad cuyas acciones se encuentren admitidas al régimen de la oferta pública, sea de carácter voluntaria u obligatoria, deberá dirigirse a todos los titulares de esas acciones. Las ofertas de adquisición obligatoria puedan dar derecho a la suscripción, adquisición o conversión en acciones con derecho a voto, en proporción a sus tenencias y al monto de la participación que se desee adquirir; y deberá realizarse cumpliendo los procedimientos que establezca la Comisión Nacional de Valores, este debe asegurar y prever:
a) La igualdad de tratamiento entre los accionistas tanto en las condiciones económicas y financieras
b) El precio equitativo;
c) La obligación de brindar al inversor la información detallada que le permita adoptar su decisión contando con los datos y elementos necesarios y con pleno conocimiento de causa; entre otros.
Bolsas y Mercado de Valores. Conceptos, actores, funciones, régimen legal y órgano rector en la República Argentina; estructura; principales indicadores. Glosarios de conceptos básicos: cotización, precios, índices. Requisitos para cotizar. Régimen especial para PyMES. Sociedades de Garantía Recíproca (SGR): concepto, funciones, rol en el Mercado de Capitales. Suspensión y retiro de cotización. Cotización en rueda reducida. Instrumentos financieros y tipo de operaciones en el mercado local.
Concepto
Bolsas de Comercio: son entidades que autorizan la cotización de los títulos que emiten las empresas (acciones, obligaciones negociables, etc.). Existen Bolsas de Comercio con Mercados de Valores adheridos y Bolsas de Comercio sin mercado de Valores adheridos. No obstante, para poder cotizar primero deben contar con la autorización de Oferta Pública de la Comisión Nacional de Valores (CNV).
En el caso de las Bolsas de Comercio con Mercados de Valores cuyos estatutos prevén la cotización de títulos emitidos por las empresas, están facultadas para: autorizar, suspender y cancelar la cotización de los títulos que se negocien en los mercados de valores adheridas a ellas.
En el caso de las Bolsas de Comercio sin Mercado de Valores adheridos cuyos estatutos prevén la cotización de valores negociables, pueden: intervenir en la colocación de valores negociables, recibir órdenes de comitentes sobre valores negociables con oferta pública en el país, a los efectos de cursarlas (por los medios de comunicación pertinentes) a los agentes de bolsa registrados en los mercados de valores donde coticen los valores negociables o a los agentes inscriptos en otras en otras entidades autorreguladassegún corresponda.
En el marco de lo expuesto precedentemente, una Bolsa de Comercio sin Mercado de Valores adherido es asimilable a la figura de un intermediario.
Mercado de Valores: es el lugar donde se produce la concertación, registración y liquidación de operaciones realizadas con valores negociables que tengan oferta pública y que se negocien en las Bolsas de Comercio.
Debe constituirse bajo la forma de una sociedad anónima y solicitar autorización al Poder Ejecutivo por intermedio de la CNV. Posteriormente a su autorización, el mercado de valores queda sujeto a la fiscalización y control de la CNV.
Principales actores y funciones del mercado bursátil argentino
La unidad rectora en el:
· Mercado Monetario Financiero y el Mercado de Divisa es el BCRA
· Mercado de Seguro es la Superintendencia de Seguros de la Nación
· Mercado de Capitales es la Comisión Nacional de Valores (CNV)
La Comisión Nacional de Valores (CNV): es una entidad autárquica con jurisdicción en toda la República creada por la Ley N° 17.811 cuyo objeto principal es otorgar la autorización de la oferta pública de los valores que emiten las empresas; regida actualmente por ley Nº26.831.Sus relaciones con el Poder Ejecutivo nacional se mantienen por intermedio del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
Se encarga en forma directa e inmediata, supervisar, regular, inspeccionar, fiscalizar y sancionar a todas las personas físicas y/o jurídicas que, por cualquier causa, motivo o circunstancia, desarrollen actividades relacionadas con la oferta pública de valores negociables, otros instrumentos, operaciones y actividades contempladas en la presente ley y en otras normas aplicables, que por su actuación queden bajo competencia de la Comisión Nacional de Valores.
El mercado de capital está divido en dos grandes mercados:
1) Mercado Bursátil: es donde los intermediarios financieros realizan sus operaciones en forma organizada y reglamentada brindando mayor seguridad y transparencia a los inversores.
2) Mercado Extra Bursátil: en el cual los intermediarios financieros (autorizados) desde distintas localizaciones geográficas, operan entre sí o con sus clientes mediante sistemas telefónicos y de computadoras por fuera del mercado bursátil.
 Mercado Bursátil
La Bolsa de Comercio: son entidades, constituida bajo la forma de asociación civil o de sociedad anónima, cuyo estatuto prevé la cotización de valores negociables que emiten las empresas (acciones, obligaciones negociables, etc.) para lo cual es requisito previo que hayan sido autorizados por esta CNV para ser ofrecidos públicamente.
La principal bolsa de comercio en Argentina es la Bolsa de BS.AS (asociación civil sin fines de lucro fundada en el año 1854).
	Bolsas de Comercio con Mercados de
Valores
	Bolsas de Comercio sin Mercado de
Valores
	Autorizar,	suspender		y	cancelar	la cotización de valores negociables, Establecer		los	requisitos			que		deben cumplirse			para	cotizar	valores negociables				y	mientras		subsista	la autorización,
Controlar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias por parte de las sociedades cuyos valores negociables se coticen,
Dictar las normas y medidas necesarias para asegurar la veracidad de los balances y documentos que deban presentarles o publicar las sociedades cuyos valores negociables tienen cotización autorizada, y
Dictar normas reglamentarias que aseguren la veracidad en el registro de las cotizaciones y publicar las mismas y
los precios corrientes.
	Intervenir en la colocación de valores negociables públicos o privados,
Recibir órdenes de comitentes sobre valores negociables con oferta pública en el país, a los efectos de cursarlas - por los medios de comunicación pertinentes- a los agentes de bolsa registrados en los mercados de valores donde coticen los valores negociables o a los agentes inscriptos en otras entidades autorreguladas según corresponda.
Deben difundir el sistema de oferta pública y promover el ingreso al mismo de empresas radicadas en sus respectivas zonas de influencia (jurisdicción donde tenga su sede la entidad).
ES ASIMILABLE A LA FIGURA DE UN INTERMEDIARIO.
	1. Bolsa de Comercio de Buenos Aires (BCBA)
2. Bolsa de Comercio de Rosario (BCR) Bolsa de Comercio de Santa Fe (BCSF)
3. Bolsa de Comercio de Córdoba (BCC)
4. Bolsa de Comercio de Mendoza S.A.
5. Bolsa de Comercio de La Rioja S.A. (BCLR)
	1. Bolsa de Comercio de La Plata (BCLP)
2. Bolsa	de	Comercio	de	Bahía Blanca S.A. (BCBB)
3. Nueva	Bolsa	de	Comercio	de Tucumán S.A.
4. Bolsa de Comercio Confederada SA
En la bolsa de comercio se negocian títulos representativos de cosas o de flujo de fondos, los “commodities” son aquellos BIENES que tienen mercado transparente, comercializables, fungibles generalmente son todos los bienes primarios (el trigo, la sal, el petróleo, los minerales, la soja, etc.) se los puede dividir por tipo de calidad; en cambio un automóvil de la misma marca, modelo, no son fungibles porque cada auto tiene su número de chasis motor.
La bolsa de comercio no actúa como antes, no se va con lo que se quiere vender (bienes) sino que queda almacenado en algún lugar, otorgándose un certificado de depósito que representa efectivamente el bien.
También pueden existir commodities de bienes que aún no existen. Por ejemplo: yo vendo la cosecha de maíz que voy a tener el verano que viene, no está todavía, no tengo certificado, pero puedo vender, es un negocio especial de futuro en el que se comercializan pero no son bienes concretos, están representados por contrato, certificado que en definitiva están referidos a bienes tangibles.
La bolsa tiene un edificio, el cual tiene un lugar central donde se hace las transacciones, llamado “reciento”
El Mercado de Valores: es el lugar donde se produce la concertación, registración y liquidación de operaciones realizadas con valores negociables que tengan oferta pública y que se negocien en las Bolsas de Comercio. Deben constituirse bajo la forma de una sociedad anónima comprendidas en el régimen de oferta pública de acciones y solicitar autorización al Poder Ejecutivo por intermedio de la CNV. Posteriormente a su autorización queda sujeto a la fiscalización y control de la CNV.
Los títulos valores son instrumentos representativos de flujos de fondos futuros, acá esos valores, ya no representan bienes. Los mercados:
 Mercado Abierto Electrónico S.A.
 Mercado a Término de Buenos Aires S.A.
 Mercado a Término de Rosario S.A. Mercado de Valores de Buenos Aires S.A.
 Mercado de Valores de Córdoba S.A. Mercado de Valores de La Rioja S.A. Mercado de Valores de Mendoza S.A. Mercado de Valores de Rosario S.A. Mercado de Valores del Litoral S.A
Funciones: los mercados deben contemplar las siguientes funciones de acuerdo a las características propias de su actividad específica:
1. Dictar las reglamentaciones a los efectos de habilitar la actuación en su ámbito de agentes autorizados por la Comisión Nacional de Valores, no pudiendo exigir a estos fines la acreditación de la calidad de accionista del mercado;
2. Autorizar, suspender y cancelar el listado y/o negociación de valores negociables en la forma que dispongan sus reglamentos;
3. Dictar normas reglamentarias que aseguren la veracidad en el registro de los precios así como de las negociaciones;
4. Dictar las normas y medidas necesarias para asegurar la realidad de las operaciones que efectúen sus agentes;
5. Fijar los márgenes de garantía que exijan a sus agentes para cada tipo de operación que garantizaren;
6. Constituir tribunales arbitrales, conforme lo dispuesto en el artículo 46 de la presente ley;
7. Emitir boletines informativos.
Facultades concurrentes: las atribuciones conferidas a los mercados no impiden el ejercicio de estas facultades a la Comisión Nacional de Valores, al efecto de establecer recaudos mínimos aplicables de manera uniforme en todo el país.
Precio corriente: El resultado de las operaciones realizadas habitualmente en un mercado determina el precio corriente de los valores negociables.
Aranceles: Serán libreslos derechos y aranceles que perciban por sus servicios los mercados, sujetos a los máximos que establecerá la Comisión Nacional de Valores, los que podrán ser diferenciados según la clase de instrumentos, el carácter de pequeñas y medianas empresas de las emisoras o la calidad de pequeño inversor.
 Los sistemas de negociación: de valores negociables bajo el régimen de oferta pública que se realicen en los mercados deben garantizar la plena vigencia de los principios de protección del inversor, equidad, eficiencia, transparencia, no fragmentación y reducción del riesgo sistémico. Los mercados establecerán las respectivas reglamentaciones, las que deberán ser aprobadas por la Comisión Nacional de Valores.
La Comisión Nacional de Valores podrá requerir que los mercados en los que se listen y/o negocien valores negociables, establezcan un sistema de interconexión entre ellos para permitir la existencia de un libro de órdenes común, el establecimiento de sistemas de negociación de valores negociables se dé prevalencia a la negociación con interferencia (corte) de ofertas con prioridad de precio-tiempo.
 Garantía de operaciones: los mercados deberán establecer con absoluta claridad, en sus estatutos y reglamentos, en qué casos y bajo qué condiciones esas entidades garantizan el cumplimiento de las operaciones que en ellas se realizan o registran.
 Fondo de garantía: los mercados deben constituir un fondo de garantía que podrá organizarse bajo la figura fiduciaria o cualquier otra modalidad que resulte aprobada por la Comisión Nacional de Valores, destinado a hacer frente a los compromisos no cumplidos por sus agentes, originados en operaciones garantizadas, con el cincuenta por ciento (50%) como mínimo de las utilidades anuales líquidas y realizadas.
Las sumas acumuladas en este fondo, deberán ser invertidas en la forma y condiciones que establezca la Comisión Nacional de Valores, y están exentas de impuestos, tasas y cualquier otro gravamen fiscal.
Los agentes de bolsa: (Agentes registrados): Personas físicas y/o jurídicas autorizadas por la Comisión Nacional de Valores para su inscripción dentro de los registros correspondientes creados por la citada comisión, para abarcar las actividades de negociación, de colocación, distribución, corretaje, liquidación y compensación, custodia y depósito colectivo de valores negociables, las de administración y custodia de productos de inversión colectiva, las de calificación de riesgos, y todas aquellas que, a criterio de la Comisión Nacional de Valores, corresponda registrar para el desarrollo del mercado de capitales.
Registro: Para actuar como agentes los sujetos deberán contar cumplir con las formalidades y requisitos que para cada categoría establezca la Comisión Nacional de Valores
Prohibiciones e incompatibilidades: No pueden ser autorizados para su inscripción como agentes:
1. Los condenados por los delitos previstos en los artículos 176 a 180 del Código Penal o cometidos con ánimo de lucro o contra la fe pública o que tengan pena principal, conjunta
o alternativa de inhabilitación para ejercer cargos públicos, hasta diez (10) años después de cumplida la condena;
2. Los fallidos y los concursados, hasta cinco (5) años después de su rehabilitación;
3. Las personas en relación de dependencia con las sociedades que listen y/o negocien sus valores negociables, conforme sus categorías;
4. Los funcionarios y empleados rentados de la Nación, las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios, con exclusión de los que desempeñen actividades docentes o integren comisiones de estudio;
5. Aquellos a quienes se les hubiere cancelado o revocado una inscripción anterior como agentes, hasta cinco (5) años después de quedar firme la cancelación;
6. Las sociedades entre cuyos accionistas controlantes, administradores o síndicos hubiere una o más personas a quienes se les hubiere cancelado una inscripción anterior como agentes, hasta cinco (5) años después de quedar firme la cancelación;
7. Las personas que ejercen tareas que las reglamentaciones dictadas por la Comisión Nacional de Valores declaren incompatibles con esa función;
8. Los miembros de los órganos de administración o fiscalización de agentes de depósito de valores negociables.
Cuando la incompatibilidad sobrevenga a la inscripción, el agente quedará suspendido en sus funciones hasta tanto aquélla desaparezca.
Publicidad de registros: La Comisión Nacional de Valores deberá publicar los registros, detallando las distintas categorías donde los agentes se encuentren registrados.
Secreto: Los agentes registrados deben guardar secreto de las operaciones que realicen por cuenta de terceros así como de sus nombres. Quedarán eximidos de esta obligación por decisión judicial dictada en cuestiones de familia y en procesos criminales vinculados a esas operaciones o a terceros relacionados con ellas, así como también cuando les sean requeridas por la Comisión Nacional de Valores, el Banco Central de la República Argentina, la Unidad de Información Financiera y la Superintendencia de Seguros de la Nación en el marco de investigaciones propias de sus funciones.
El secreto tampoco regirá para las informaciones que, en cumplimiento de sus funciones, solicite la Administración Federal de Ingresos Públicos, ya sean de carácter particular o general y, referidas a uno o varios sujetos determinados o no, aun cuando éstos no se encontraren bajo fiscalización. Sin embargo, en materia bursátil, las informaciones requeridas no podrán referirse a operaciones en curso de realización o pendientes de liquidación.
Los agentes de bolsa tienen la “inside information” (información adentro) es información privilegiada que la conocen por la profesión, deben tener ética y evitar el fraude, tampoco pueden revelar la información de quien compro o vendió, porque por ejemplo: un agente quiere comprar una porción importante de MINETTI y viene la orden que dice vendo todo a minetti, si yo sé que minetti se va a devaluar, no puedo revelar información que favorezca ni a uno ni otro.
· Son los únicos autorizados a operar en el mercado de valores
· Registra diariamente órdenes de compra/venta en su Registro de Órdenes, suscripción y rescate en caso de FCI.
· Lleva un registro de Operaciones, de las efectuadas.
· Por su tarea especializada cobran Comisiones acordadas con el Inversor.
· Deben informar al Inversor antes y después de efectuar la operación.
SI EL INVERSOR PREFIERE NO HACERLO A TRAVÉS SUYO, PUEDE ACUDIR A un FCI
entregando sus ahorros a la Sociedad Depositaria del Fondo para que sean invertidos por la Sociedad Gerente.
Las calificadoras de riesgo (Agentes de calificación de riesgo): la Comisión Nacional de Valores establecerá las formalidades y requisitos que deberán cumplir las entidades que soliciten su registro como agentes de calificación de riesgo, incluyendo la reglamentación de lo dispuesto en la presente ley y determinando la clase de organizaciones que podrán llevar a cabo esta actividad.
La Comisión Nacional de Valores podrá incluir dentro de este registro a las universidades públicas autorizadas a funcionar como tales, a los efectos de su actuación, fijando los requisitos que deberán acreditar considerando su naturaleza.
 Objeto de calificación: Los agentes de calificación de riesgo, a solicitud de las emisoras y otras entidades, podrán calificar cualquier valor negociable, sujeto o no al régimen de oferta pública.
CAJA DE VALORES:
La Caja de Valores (s.a.): es la sociedad donde se mantiene el depósito y custodia de los valores negociables tanto públicos como privados de los inversores, facilitando las transacciones de los mismos en el marco de seguridad y privacidad exigido por la legislación vigente.
Los principales accionistas de la empresa son la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y el Mercado de Valores de Buenos Aires, y participan minoritariamente las bolsas y mercados del interior del país.
Los títulos valores que se emiten, pueden ser:
· Las cartulares: están impresos en un cartón o cartulina,es decir tienen una representación física.
· Los escriturales: no tienen un soporte físico, sino que están en asientos contables y la constancia de ese asiento en el libro es lo que da la propiedad; este libro se llama registro de acciones o títulos de la deuda. Es una obligación del emisor antes de entrar a operar, que estos títulos sean depositados en un agente depositario (en la “CAJA DE VALORES SA”), no los puede tener la sociedad en su caja fuerte.
Las funciones principales de la Caja de Valores son:
La custodia y registro de los títulos escriturales y la compensación de los títulos de acuerdo a las operaciones efectuadas.
El sistema de depósito funciona a través de cuentas en las cuales los depositantes son entidades financieras, sociedades depositarias de fondos de inversión, agentes y sociedades de bolsa, entre otros. De las cuentas de las sociedades de bolsa se desprenden subcuentas correspondientes a los clientes inversores, ejecutando las órdenes de transferencias de los valores negociables de esas subcuentas sin la necesidad de realizar su traslado físico.
· Una cuenta por emisor, por ejemplo: si LEDESMA tiene 100 acciones clase A con 5 votos; LEDESMA obligaciones negociables a 3 años de plazo con una amortización semestral y un interés del 9,5%; ESTADO NACIONAL bonex con amortización trimestral, etc.
o Sub cuenta por especie de cada emisor: es decir, por papeles que emite cada emisor.
· Sub subcuenta por inversor o tenedor de cada especie; ejemplo: A compro 3 acciones ordinarias de 5 votos a LEDESMA.
Es agente de pago de dividendos, ejerce los derechos de suscripción preferente en nuevas emisiones, extiende certificados de las acciones en depósitos para la asistencia a las asambleas, lleva el registro de acciones y obligaciones para muchas sociedades y actúa como agente fiduciario.
 Mercado Extrabursátil: Es el mercado que no está en la Bolsa; son Mercados Electrónicos que permite que los inversores puedan operar sin estar en el recinto los agentes de bolsas, sino desde su oficina, con una computadora y una clave de acceso se puede entrar a comprar y vender.
La ventaja es que en la bolsa, la rueda es desde las 10 am hasta las 15 hs.; acá se puede operar on-line las 24 hs y los 365 días del año sin necesidad de estar abierta la bolsa, pero la clave para que el inversor pueda operar se la da el agente de bolsa, y le paga toda la operación, pasa por la máquina del agente de bolsa con el número, por lo cual la comisión se la cobra por más que no opere, ejemplo: la comisión nacional de valores tienen un link en que ficticiamente explica cómo se opera, y uno puede operar en la bolsa, luego arma un ranking de los participantes.
La bolsa es un juego de especulación cuando ustedes han ganado hay alguien que perdió y viceversa así sucesivamente.
La clave es la transparencia y la confianza: Todas las operaciones son transparentes porque son publicadas en la pantalla de la bolsa y se negocian a viva.
La confianza está dada en que el inversor confía en que el agente de bolsa realizase lo mejor posible la operación.
¿Quiénes operan en la bolsa? (como funciona)
Cuando digo bolsa, me refiero al Mercado de Valores y la Bolsa.
el emisor que es el que necesita dinero, el deficitario que puede ser una empresa o el Estado; y por otro lado el inversor, que es a quien le sobra dinero, el que tiene ahorros, el que no quiere tener la plata liquida y quiere sacar una renta, por eso invierte en algo que le de rentabilidad.
Se tendrían que juntar emisor e inversor, pero resulta que no es fácil, esta bolsa sirve para unir la oferta y demanda de dinero, pero en forma directa
Entonces todos los lugares, los asientos están representados en la platea y cada uno representa una accionista, por eso cuando quiera ser socio tengo que comprar un asiento.
Comprar acción de la bolsa representa ser socio de la misma, un asiento, aunque todos ya están ocupados, raras veces alguien quiere vender ya que representa un muy buen negocio,
Las personas físicas o sociedades, en una sociedad va un representante de la misma va ocupar un asiento. A su vez estos socios que pueden entrar en la bolsa y operar además de poner plata y haber comprado el asiento, tiene que inscribirse como agente de bolsa, ellos son los socios de la bolsa ,autorizados para operar, son los únicos que pueden transar, realizar transacciones, entonces yo que quiero poner plata y aquel que necesita plata, cada uno tiene que buscar un agente de bolsa, y empiezan a transar agente de bolsa y agente de bolsa P/ej. Tengo 10 milllones de pesos y quiero invertir en tal cosa, vos ves en que invierto o yo le digo en que quiero invertir en la bolsa se va a encontrar con otro agente que le dijeron; ando necesitando plata para mi empresa, ¡conseguime! Y se juntan: un “nombre” que quiere invertir poner plata y otro que quiere recibir plata, se juntan y hacen la transacción.
¿Qué compran?
Papeles, títulos valores, que representan el capital, acciones o deudas del emisor, que es quien emite los papeles.
¿Quiénes pueden emitir papeles?
El estado o las sociedades legalmente constituidas. Existen una series de requisitos para hacer ofertas públicas, más que todo están las normas de la Comisión Nacional de Valores.(CNV)
Están ahí y negocian, se compra y vende, lo hacen a “viva voz” (como se ve en la película “Wall street”) donde se ven como funciona la principal bolsa norteamericana de NUEVA YORK. Las principales bolsas son las de Londres, la Bolsa Alemana la de Hong Kong y la la de Pekín. En America la de Sau Paulo
Los papeles y títulos de valores, acciones y títulos de deuda, son mercadería, porque no puedo comprar lo que no hay, entonces yo voy y digo “compro” y se denomina el nombre de la empresa emisora. P/Ej. “compro LEDESMA… $ 10,50” (cada uno tiene su apodo)le estoy diciendo mi precio de compra y el otro dice, “vendo LEDESMA A 11,30” podemos llegar a ponernos de acuerdo con el precio, sino llegamos a un acuerdo, no pasa nada; y si nos pusimos de acuerdo en el precio tenemos que ponernos de acuerdo en la cantidad de papeles, también se llaman: especies, títulos valor… es decir por ejemplo 30 mil unidades físicas por el precio, me da el total de la operación.
Cada agente tiene un block a su nombre ahí anota el número de agente con el que realizo la transacción y los datos de la operación, es muy veloz P/ Ej compre 74 LEDESMA a 82 pesos y el otro agente realiza la misma anotación, al costado del recinto hay buzones donde se deposita ese papel. Y los empleados anotan en una computadora es decir lo cargan en un sistema informático y dicen, que tal empresa vendió 74 acciones LEDESMA a 82 pesos, automáticamente la transacción es subida al sistema informático y publicado en el panel en un gran letrero como el que pasa en “crónica tv” aparecen las operaciones y los precios a los cuales se va negociando, cuando se cierra la jornada de trabajo se toca la campana, P/Ej le hicieron tocar al hijo de los socios del BANCO MACRO porque cumplía 5 años de cotizar en la bolsa de WALL STREET.
Son como premios.
CONCEPTOS BÁSICOS DEL M. DE CAPITALES
· Modalidades de Operatoria
· La Rueda: en el Recinto, de viva voz, confección de minuta por el vendedor para su registro. Prioridad: precio-tiempo
· Negociación Concurrente: de viva voz y electrónica en el horario de la Rueda. Operadores pueden hacerlo a través del SINAC –ofertas se activan a los 5 minutos de ingresadas; ofertas de viva voz no pueden ser inferiores.
· Negociación Contínua: concertación directa entre operadores debiendo informarse en tiempo real para su registro y publicación.
· MODALIDADES:
Garantizada y No Garantizada. En ésta no cuentan con garantía de	liquidación del MERVAL, no se explicitan comisiones y se opera a precio final.
, que se cargan al sistema y una vez cargado queda echa la operación, después la bolsa o sea la institución de todas las operaciones que se hicieron durante la rueda, se van cargando al sistema, no solo se publica, sino que se va a un sitio de liquidación donde dice que A le tiene quepagar tanto a B y así sucesivamente, como hay muchos cruces se hace un “CLEARING”
UN CLEARING es una compensación, yo tengo que cobrar aquí a quien tiene que pagar, P/Ej pago 60, cobro 40 etc etc etc… y lo que me queda es un saldo neto.
Además la bolsa, la institución cobra gastos por cada operación, eso lo pagan los conmitentes
¿Qué hay que hacer para emitir?
La ley de oferta pública de valores reúne las condiciones para emitir, sintéticamente lo vamos a explicar:
1º El emisor, suponemos una empresa privada, en primera instancia hay que saber que vamos a emitir, tenemos títulos de capital, acciones sean ordinarias o referidas, que tienen que tener previamente una asamblea que haya decidido el aumento de capital, la emisión de acciones, la oferta pública,etc….
Aprobada en la asamblea general de accionista e inscripto en el registro público de comercio etc. Dispuesto con todo esto en mano. Una sociedad puede hacer emitir acciones; después va y se lo vende a una amigo, esto no es oferta pública es privada, para esto no hace falta nada, en esta acción el amigo pide un recibo por la compra de títulos que compró y ya está.
Para la oferta de títulos públicos (es lo mismo para las acciones y deudas) tiene que existir una asamblea que autorizó al directorio a emitir tantos títulos de la deuda, con tal monto y plazo, con tal tasa de interés etc.… eso no hace falta inscripción, para la oferta pública tengo que ir a la CNV y reunir una serie de requisitos el emisor , los títulos, el último balance, las actas de asamblea a la composición del directorio etc. tiene que hacer pública la oferta
.… del emisor, para que la CNV lo autorice por que la asamblea ya aprobó su emisión.
Se tiene que presentar un legajo en la CNV quien va a estudiar todo esto a los oferentes de la empresa y va a pedir que lo acompañe una calificación de riesgo, emitida por la calificadora de riesgo que son empresas, sociedades anónimas de objeto único, que se dedican a estudiar el riesgo de los emisores públicos o privados, el riesgo es la posibilidad o probabilidad de que el emisor cumpla su compromiso de pago, es decir si va a poder pagar a su vencimiento la amortización de capitales, los intereses a pagar, los dividendos etc.… para eso se hacen estudios económicos financieros de estas empresas, sus antecedentes de su historia, de su situación actual de mercado, cuáles son sus perspectivas de mercado; la calificadora tiene conocimiento de todo el contexto en general, las condiciones a cumplir o no, los compromisos de pago que se van a efectivizar, los flujos de fondo futuro que promete este título valor, es decir, va a decir el riesgo que hay si la empresa no cumple.
Riesgo es la probabilidad de que no ocurra lo esperado.
Todo esto va a la CNV que estudia los aspectos legales, y si esta correcto lo aprueba y lo autoriza a hacer la oferta pública de estos papeles. Luego hay que ir a la bolsa de valores y ahí hay que hacer otros trámites, tienen requisitos fiscales, donde la bolsa hace su propio análisis y va a aceptar o no que esa oferta se publique en mi recinto. Si no acepta, generalmente no ocurre, existen otras bolsas dentro del país. Una vez que autoriza a negociar esos títulos en la oferta pública, tengo que buscar un agente de bolsa y le digo que tengo títulos autorizados para cotizar en bolsa.
El estado emite títulos de la deuda, para eso tiene que seguir las normas legales de cada estado ,en la Nación, el que esta autorizado es el Poder Ejecutivo, conforme a los limites que establece la ley anual de Presupuesto que se sanciono en el Congreso.
El ejecutivo emite un titulo, un decreto que dice que se emitió, tantos bonos de la deuda en tal plazo.
En el caso de Jujuy quien autoriza la emisión de deuda pública es la Legislatura, y en los municipios el concejo deliberante, con la mayoría agravada con el 2/3 del mismo PARA emitir Deuda publica
Eso sería como una asamblea en el caso de las sociedades. Después va a la CNV que lo tiene que autorizar para la oferta pública, y después se va a la bolsa con las mismas características.
El estado también contrata su agente de bolsa pero lo hace por licitación, depende las normas del estado, porque los montos que hay que pagar por comisión son grandes, se habla de millones de pesos, de connotación directa, salvo que la ley que autorice la emisión, autorice la contratación del agente de bolsa. Esto es fruto de un negociado. P/Ej: una comisión del 1 % de 5 millones es mucho, esto se presta a confusiones es por eso que se llama a licitación, pero a veces eso no ocurre.
Los bonos son títulos de la deuda pública, hay títulos provinciales y municipales que cotizan en Bolsa. Hay títulos de FORMOSA, RIO NEGRO, MENDOZA que están en Bolsa hasta que los rescaten, y el gran emisor de deuda pública ha sido el estado nacional que no solo cotizan en Bolsa nacionales sino que también en Bolsa Internacionales.
Régimen Legal (Normativa Básica) y Órgano rector en la República Argentina
 Ley N° 17.811 – Oferta Pública de Valores Ley N° 23.576 – Obligaciones Negociables
 Ley N° 24.083 – Fondos Comunes de Inversión Ley N° 24.411 – Fideicomisos
 Ley N° 24.587 – Nominatividad de Títulos-Valores Ley N° 25.248 – Leasing
 Ley N° 17.811 Oferta Pública de Valores (Reformada por Ley N° 26.831 – Ver última hoja)
 Oferta Pública de Valores: es la invitación que se hace a personas en general o a sectores o grupos determinados para realizar cualquier acto jurídico con títulos valores, efectuada por los emisores o por organizaciones unipersonales o sociedades dedicadas en forma exclusiva o parcial al comercio de aquellos, ofrecidos en forma genérica y emitidos en masa e individualizados en el momento de cumplirse el contrato respectivo.
En forma general, la ley de oferta de pública de valores señala:
1. Regula la organización y funcionamiento de las instituciones bursátiles.
2. Reglamenta los organismos de oferta pública de títulos valores.
3. Disciplina la actuación de los Agentes de Bolsa y demás personalidades dedicadas a esos papeles.
4. Crea y regula la entidad encargada del control y fiscalización de todo el mercado bursátil y extrabursátil.
5. Establece sanciones para el incumplimiento de sus disposiciones.
Nuestro régimen legal ha creado un sistema bursátil de estructura compleja, ya que reconoce la especialización operativa del Mercado de Valores, en cuanto sólo puede operar con títulos públicos o privados, de acuerdo con las condiciones que fijen los respectivos reglamentos, pero a su vez, debe integrar una Bolsa de Comercio autorizada, con estatutos que prevean la cotización de títulos. Hay pues dos personas jurídicas que no pueden existir independientemente sino que necesitan integrarse.
 Ley N° 23.576 Obligaciones Negociables
Las sociedades por acciones, las cooperativas y las asociaciones civiles constituidas en el país, y las sucursales de las sociedades por acciones constituidas en el extranjero en los términos del artículo 118 de la ley de Sociedades Comerciales, pueden contraer empréstitos mediante la emisión de obligaciones negociables, conforme las disposiciones de la presente ley.
Pueden emitirse diversas clases con derechos diferentes: dentro de cada clase se otorgarán los mismos derechos.
La emisión puede dividirse en series. No pueden emitirse nuevas series de la misma clase mientras las anteriores no estén totalmente suscriptas.
Pueden ser igualmente avaladas o garantizar por cualquier otro medio. Pueden también ser garantizadas por entidades financieras comprendidas en la ley respectiva.
Es permitida la emisión en moneda extranjera. La suscripción, así como el cumplimiento de los servicios de renta y amortización, cuyos pagos podrán ser efectuados en plazas del exterior, deberán ajustarse en todos los casos a las condiciones de emisión.
La salida de las obligaciones negociables del país y su reingreso se podrá efectuar libremente.
Las obligaciones negociables podrán ser representadas en título al portador o nominativo, endosableso no. Los cupones podrán ser, en todos los casos, al portador y deberán contener la numeración del título al cual pertenecen. También se podrán emitir obligaciones escriturales.
La emisora no puede recibir sus propias obligaciones en garantía.
En las condiciones de emisión de las obligaciones negociables se puede prever que las mismas no se representen en títulos. En tal caso deben inscribirse en cuentas llevadas a nombre de sus titulares en un registro de obligaciones negociables escrituras por la emisora, bancos comerciales o de inversión o cajas de valores.
Toda oferta pública de obligaciones negociables que efectúen las cooperativas y asociaciones civiles, requiere previa autorización de la Comisión Nacional de Valores.
A los fines de facilitar el acceso de las pequeñas y medianas empresas al presente régimen, la Comisión Nacional de Valores establecerá requisitos diferenciales por categorías definidas por la magnitud de la emisión y el tamaño de la empresa emisora.
 Ley N° 24.083 Fondos Comunes de Inversión
 Fondo Común de Inversión: es el patrimonio integrado por: valores mobiliarios con oferta pública, metales preciosos, divisas, derechos y obligaciones derivados de operaciones de futuro y opciones, instrumentos emitidos por entidades financieras autorizadas por el Banco Central de la República Argentina y dinero, pertenecientes a diversas personas a las cuales se les reconocen derechos de copropiedad representados por cuotapartes cartulares o escriturales. Estos fondos no constituyen sociedades y carecen de personería jurídica.
Los fondos comunes se constituyen con una cantidad máxima de cuotapartes, podrán tener objetos especiales de inversión e integrar su patrimonio con conjuntos homogéneos o análogos de bienes reales o personales, o derechos creditorios con garantías reales o sin ellas de acuerdo con lo que disponga la reglamentación del órgano de fiscalización.
Los fondos comunes de inversión podrán emitir distintas clases de cuotapartes con diferentes derechos. Las cuotapartes podrán dar derechos de copropiedad y también podrán emitirse cuotapartes de renta con valor nominal determinado y una renta calculada sobre dicho valor cuyo pago será sujeto al rendimiento de los bienes que integren el haber del fondo.
La dirección y administración de fondos comunes de inversión estará a cargo de una sociedad anónima habilitada para esta gestión que actuará con la designación de sociedad gerente o por una entidad financiera autorizada para actuar como administradora de cartera de títulos valores por la ley de entidades financieras.
Los bienes integrantes de un fondo común de inversión o sus títulos representativos serán custodiados por una o más entidades financieras autorizadas, o sociedades con domicilio en el país, y que actuarán con la designación de “Depositaria”. La entidad financiera que
fuere gerente de fondos comunes de inversión no podrá actuar como depositaria de los activos que conforman el haber de los fondos comunes de inversión que administre en ese carácter.
Las cuotapartes emitidas por el fondo común de inversión estarán representadas por certificados de copropiedad nominativos o al portador, en los cuales se dejará constancia de los derechos del titular de la copropiedad y deberán ser firmados por los representantes de ambos órganos del fondo. La emisión de cuotapartes debe expedirse contra el pago total del precio de suscripción, no admitiéndose pagos parciales.
Los suscriptores de cuotapartes gozarán del derecho a la distribución de las utilidades que arroje el fondo común, cuando así lo establezca el “Reglamento de Gestión”, y al de rescate previsto en esta ley, pero en ningún caso a exigir el reintegro en especie, sea que el reembolso se efectúe durante la actividad del fondo o al tiempo de su liquidación.
 Ley N° 24.411 Fideicomisos
Habrá fideicomiso cuando una persona (fiduciante) transmita la propiedad fiduciaria de bienes determinados a otra (fiduciario), quien se obliga a ejercerla en beneficio de quien se designe en el contrato (beneficiario), y a transmitirlo al cumplimiento de un plazo o condición al fiduciante, al beneficiario o al fideicomisario.
El contrato deberá individualizar al beneficiario, quien podrá ser una persona física o jurídica, que puede o no existir al tiempo del otorgamiento del contrato; en este último caso deberán constar los datos que permitan su individualización futura.
Podrá designarse más de un beneficiario, los que salvo disposición en contrario se beneficiarán por igual; también podrán designarse beneficiarios sustitutos para el caso de no aceptación, renuncia o muerte.
Si ningún beneficiario aceptare, todos renunciaren o no llegaren a existir, se entenderá que el beneficiario es el fideicomisario. Si tampoco el fideicomisario llegara a existir, renunciare o no aceptare, el beneficiario será el fiduciante.
El derecho del beneficiario puede transmitirse por actos entre vivos o por causa de muerte, salvo disposición en contrario del fiduciante.
El contrato también deberá contener:
a) La individualización de los bienes objeto del contrato. En caso de no resultar posible tal individualización a la fecha de la celebración del fideicomiso, constará la descripción de los requisitos y características que deberán reunir los bienes;
b) La determinación del modo en que otros bienes podrán ser incorporados al fideicomiso;
c) El plazo o condición a que se sujeta el dominio fiduciario, el que nunca podrá durar más de treinta (30) años desde su constitución, salvo que el beneficiario fuere un incapaz, caso en el que podrá durar hasta su muerte o el cese de su incapacidad;
d) El destino de los bienes a la finalización del fideicomiso;
e) Los derechos y obligaciones del fiduciario y el modo de sustituirlo si cesare.
El fiduciario podrá ser cualquier persona física o jurídica. Sólo podrán ofrecerse al público para actuar como fiduciarios las entidades financieras autorizadas a funcionar como tales sujetas a las disposiciones de la ley respectiva y las personas jurídicas que autorice la Comisión Nacional de Valores quien establecerá los requisitos que deban cumplir.
El fiduciario cesará como tal por:
a) Remoción judicial por incumplimiento de sus obligaciones, a instancia del fiduciante; o a pedido del beneficiario con citación del fiduciante;
b) Por muerte o incapacidad judicialmente declarada si fuera una persona física;
c) Por disolución si fuere una persona jurídica;
d) Por quiebra o liquidación;
e) Por renuncia si en el contrato se hubiese autorizado expresamente esta causa. La renuncia tendrá efecto después de la transferencia del patrimonio objeto del fideicomiso al fiduciario sustituto.
Fideicomiso financiero
Fideicomiso financiero es aquel contrato de fideicomiso sujeto a las reglas precedentes, en el cual el fiduciario es una entidad financiera o una sociedad especialmente autorizada por la Comisión Nacional de Valores para actuar como fiduciario financiero, y beneficiario son los titulares de certificados de participación en el dominio fiduciario o de títulos representativos de deuda garantizados con los bienes así transmitidos.
Dichos certificados de participación y títulos de deuda serán considerados títulos valores y podrán ser objeto de oferta pública.
La Comisión Nacional de Valores será autoridad de aplicación respecto de los fideicomisos financieros, pudiendo dictar normas reglamentarias.
Los certificados de participación serán emitidos por el fiduciario. Los títulos representativos de deuda garantizados por los bienes fideicomitidos podrán ser emitidos por el fiduciario o por terceros, según fuere el caso. Los certificados de participación y los títulos representativos de deuda podrán ser al portador o nominativos, endosables o no, o escriturales.
Pueden emitirse diversas clases de certificados de participación con derechos diferentes. Dentro de cada clase se otorgarán los mismos derechos. La emisión puede dividirse en series.
El fideicomiso se extinguirá por:
a) El cumplimiento del plazo o la condición a que se hubiere sometidoo el vencimiento del plazo máximo legal;
b) La revocación del fiduciante si se hubiere reservado expresamente esa facultad; la revocación no tendrá efecto retroactivo;
c) Cualquier otra causal prevista en el contrato.
Producida la extinción del fideicomiso, el fiduciario estará obligado a entregar los bienes fideicomitidos al fideicomisario o a sus sucesores, otorgando los instrumentos y contribuyendo a las inscripciones registrales que correspondan.
Letras hipotecarias
Las letras hipotecarias son títulos valores con garantía hipotecaria.
La emisión de letras hipotecarias sólo puede corresponder a hipotecas de primer grado y estar consentida expresamente en el acto de constitución de la hipoteca.
La emisión de letras hipotecarias extingue por novación la obligación que era garantizada por la hipoteca.
La emisión de letras hipotecarias no impide al deudor transmitir el dominio del inmueble; el nuevo propietario tendrá los derechos y obligaciones del tercer poseedor de cosa hipotecada. El deudor o el tercero poseedor tienen la obligación de mantener la cosa asegurada contra incendio en las condiciones usuales de plaza; el incumplimiento causa la caducidad de los plazos previstos en la letra.
Las letras hipotecarias tendrán cupones para instrumentar las cuotas de capital o servicios de intereses. Quien haga el pago tendrá derecho a que se le entregue el cupón correspondiente como único instrumento válido acreditativo. Si la letra fuera susceptible de amortización en cuotas variables podrá omitirse la emisión de cupones; en ese caso el deudor tendrá derecho a que los pagos parciales se anoten en el cuerpo de la letra, sin perjuicio de lo cual serán oponibles aun al tenedor de buena fe los pagos documentados que no se hubieren inscrito de esta manera.
 Ley N° 24.587 Nominatividad de Títulos-Valores
Los títulos valores privados emitidos en el país y los certificados provisionales que los representen deben ser nominativos no endosables. También podrán emitirse acciones escriturales conforme a las prescripciones de la Ley de Sociedades Comerciales Nº 19.550 y sus modificaciones.
La transmisión de los títulos valores privados y los derechos reales que recaigan sobre los mismos deben constar en el título, si existe, inscribirse en el registro que debe llevarse a esos fines y notificarse al emisor.
Los actos referidos sólo producen efectos frente al emisor y terceros desde la fecha de la inscripción.
Los títulos valores privados nominativos no endosables podrán llevar cupones al portador, los que deberán contener la numeración del título valor al que pertenecen.
Se presume sin admitir prueba en contrario, que los cupones pertenecen a la persona a cuyo nombre está inscripto el título valor respectivo. Esta presunción rige a todos los efectos, salvo en el caso en que el portador de cupones que dan derecho a la suscripción de nuevas acciones, requiera que estas últimas sean emitidas directamente a su nombre.
Los títulos valores públicos o privados emitidos al portador en el extranjero, autorizados a ser ofrecidos públicamente en el país, deberán ser depositados en una entidad financiera, la que entregará en cambio certificados nominativos intransferibles representativos de aquéllos. Los títulos valores privados al portador en circulación a la fecha de vigencia de la presente ley, deberán ser presentados para su conversión en títulos nominativos no endosables o acciones escriturales, si el estatuto lo prevé. Los endosables quedarán convertidos de pleno derecho en títulos no endosables al vencimiento del plazo de conversión.
Los títulos valores privados al portador que no hayan sido presentados para su conversión no podrán transmitirse, gravarse ni posibilitarán ejercer los derechos inherentes a los mismos.
 Ley N° 25.248 Leasing
Concepto: En el contrato de leasing el dador conviene transferir al tomador la tenencia de un bien cierto y determinado para su uso y goce, contra el pago de un canon y le confiere una opción de compra por un precio.
Objeto. Pueden ser objeto del contrato cosas muebles e inmuebles, marcas, patentes o modelos industriales y software, de propiedad del dador o sobre los que el dador tenga la facultad de dar en leasing.
Canon. El monto y la periodicidad de cada canon se determinan convencionalmente.
Modalidades en la elección del bien. El bien objeto del contrato puede:
a) Comprarse por el dador a persona indicada por el tomador;
b) Comprarse por el dador según especificaciones del tomador o según catálogos, folletos descripciones identificadas por éste;
c) Comprarse por el dador, quien sustituye al tomador, al efecto, en un contrato de compraventa que éste haya celebrado;
d) Ser de propiedad del dador con anterioridad a su vinculación contractual con el tomador;
e) Adquiere por el dador al tomador por el mismo contrato o habérselo adquirido con anterioridad;
f) Estar a disposición jurídica del dador por título que le permita constituir leasing sobre él.
Forma e inscripción. El leasing debe instrumentarse en escritura pública si tiene como objeto: inmuebles, buques o aeronaves. En los demás casos puede celebrarse por instrumento público o privado.
El tomador puede arrendar el bien objeto del leasing, salvo pacto en contrario. En ningún caso el locatario o arrendatario puede pretender derechos sobre el bien que impidan o limiten en modo alguno los derechos del dador.
Opción de compra. Ejercicio. La opción de compra puede ejercerse por el tomador una vez que haya pagado tres cuartas (3/4) partes del canon total estipulado, o antes si así lo convinieran las partes.
Prórroga del contrato. El contrato puede prever su prórroga a opción del tomador y las condiciones de su ejercicio.
Transmisión del dominio. El derecho del tomador a la transmisión del dominio nace con el ejercicio de la opción de compra y el pago del precio del ejercicio de la opción conforme a lo determinado en el contrato. El dominio se adquiere cumplidos esos requisitos, salvo que la ley exija otros de acuerdo con la naturaleza del bien de que se trate, a cuyo efecto las partes deben otorgar la documentación y efectuar los demás actos necesarios.
 (
Mercado de
Futuros
Caja de Valores
Sociedades en
Actividad
Sociedades
Inactivas
Financieros
Ordinario
Público
 
 
 
Agente
 
de
Bolsa
Agente del
MAE
Sociedad
Sociedad
Gerente
Depositaria
Bolsa de Comercio
Fiduciarios
Fondos Comunes
de
 Inversión
Calificadoras
de
 Riesgo
Mercado
 
Abierto
Mercado de Valores
Cajas y Entidades
Compensadoras
Emisoras
)Órgano rector en la República Argentina: Estructura
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Comisión Nacional de Valores
)
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Inversores
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Principales indicadores
 Indicadores económicos: son magnitudes cuantitativas o cualitativas sobre la evolución de diferentes variables económicas.
En nuestro caso, nos interesan los que puedan producir cambios en los precios de los valores negociables.
Los indicadores económicos se utilizan como una fuente de información e intervienen en el proceso de formación de expectativas.
La evolución de las principales variables económicas determina el nivel de actividad agregado de una economía, influyendo sobre las potenciales ventas de las empresas y sus ganancias y, por lo tanto, sobre el precio de sus acciones.
También determinan la capacidad financiera de los emisores de bonos públicos o privados para cumplir con los pagos de interés y capital comprometidos.
Consenso de mercado: es el promedio de valores que los analistas e inversores esperan para un indicador económico. Por ejemplo, si el consenso de mercado pronostica una suba de precio del PBI del 3%, este será el promedio de los valores esperados, aunque puede haber algunos que estimen subas mayores o menores.
Cuando se difunden los indicadores, uno de los aspectos más relevantes a evaluar es la magnitud de la diferencia entre el valor observado y el esperado por el consenso de mercado. Siguiendo el ejemplo anterior, si se anticipaba un alza del PBI del 3% y el dato informado es de 1%, podría considerarse que la economía no está creciendotanto como se esperaba, las ventas serán menores y que habrá un deterioro en las ganancias empresarias.
En general, mientras mejor sea el desempeño de las principales variables de una economía (tasa de crecimiento, inflación y desempleo, por ejemplo), más satisfactoria será la evolución de los precios de los valores negociables. Mediante la lectura y el análisis de los indicadores económicos, los inversores buscan anticipar lo que ocurrirá con el nivel de actividad y con las variables relacionadas y, en consecuencia, con los precios de las acciones y los bonos.
En este sentido, existe una clasificación de indicadores según el momento en que estos registran sus valores máximos o mínimos con respecto a la evolución del nivel de actividad:
 Indicadores Adelantados o Líderes: son aquellas variables económicas cuyo
comportamiento puede anticipar la evolución futura del nivel de actividad. Por ejemplo, un indicador adelantado puede comenzar a subir o bajar antes de que lo haga el nivel de actividad.
 Indicadores Coincidentes: como su nombre lo indica, su patrón temporal coincide con
el del nivel de actividad, alcanzando máximos y mínimos al mismo tiempo.
 Indicadores Rezagados: su comportamiento sigue al de la actividad económica pero con una demora o rezago (un trimestre por ejemplo).
De esto surge que los indicadores adelantados serán los que más impacto pueden tener en los precios de los valores negociables. Sin embargo, los indicadores coincidentes y rezagados también se utilizan para confirmar las expectativas formadas en el pasado.
¿Cuáles son las variables económicas que se adelantan a lo que ocurrirá con el nivel de actividad? No existe una respuesta única, ya que el conjunto de indicadores que serán adelantados, coincidentes o rezagados, dependerá de la economía que se esté analizando. En el caso de nuestro país, existen estudios que consideran que la evolución de ciertas variables (por su frecuencia de publicación, disponibilidad y representatividad), pueden ser utilizadas como indicadores adelantados. Con estas variables se construye lo que se conoce
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como “indicadores líderes”, los cuales buscan estimar la probabilidad de que el PBI esté pasando de una etapa de crecimiento a una de recesión o viceversa.
Entre las variables que son consideradas para la elaboración de estos índices podemos mencionar los siguientes:
1) Índice Merval Argentina e Índice General de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires: frente a expectativas positivas sobre el nivel de actividad estarían dispuestos a pagar mayores precios, lo que se reflejará en el valor de los índices accionarios.
2) Permisos de realización de nuevas obras y despachos de cemento al mercado interno: la construcción es un sector muy relevante de la actividad económica y un importante generador de empleo. Un aumento de los permisos es una señal de nuevas construcciones, nuevos empleos, mayor ingreso salarial, y mayor nivel de consumo y de inversión.
3) Nuevas quiebras y concursos: previo a que el nivel de actividad caiga, los pedidos de quiebra y las presentaciones a concursos se incrementan.
4) Confianza del consumidor: si los consumidores tienen expectativas negativas sobre la economía, su trabajo e ingresos, serán menos propensos a gastar y ahorrarán más para amortiguar las consecuencias de este escenario futuro adverso. Esto puede resultar en una caída del gasto del consumo y de las ventas de las empresas.
5) Producción de la industria metalmecánica y grado de utilización de la capacidad instalada de bienes intermedio: la industria metalmecánica (excluyendo automotores) abastece de insumos y equipos al resto de la industria, por lo tanto, su desempeño se relaciona directamente con las variables macroeconómicas.
6) Evolución de la cantidad de dinero en poder del público y de los depósitos en cuenta corriente y en caja de ahorro: la confianza en el sistema financiero y en la moneda como reserva de valor es una importante señal sobre las expectativas de los agentes económicos.
 Indicadores Económicos para Argentina
Los principales indicadores económicos para Argentina son:
1. Nivel de actividad: el Producto Bruto Interno (PBI): el PBI1 es el valor de todos los bienes y servicios finales producidos en una economía en un período, típicamente un año o un trimestre. Resulta de considerar las cantidades de bienes y servicios finales producidos y multiplicarlas por sus precios. Esto es lo que se conoce como PBI nominal o a precios corrientes.
Con respecto al PBI, en todas las economías esta variable ha registrado etapas de crecimiento y de caídas que se suceden en el tiempo, lo que se conoce como ciclos económicos.
¿Cuál es la relación causal entre el desempeño de la economía y los precios de las acciones y los bonos? En general, un mayor crecimiento de la economía.
1 El PBI puede dividirse en 4 categorías conocidas como los grandes agregados macroeconómicos:
· Consumo Privado: incluye los gastos de las personas en bienes y servicios finales tales como vestimenta, alimentos, electrodomésticos, muebles, viajes, etc. Representa el principal componente del PBI.
· Inversión: en el lenguaje económico, la inversión es todo aquel gasto destinado a mantener o incrementar la capacidad de producir bienes y servicios en una economía. Por ejemplo, la construcción de un galpón para almacenar mercadería representa un gasto de inversión.
· Consumo de Gobierno: también llamado Gasto Público. Comprende las compras de bienes y servicios finales por parte de los organismos gubernamentales.
· Exportaciones netas: es igual a las exportaciones menos las importaciones. Las exportaciones son todas las ventas a compradores extranjeros de bienes y servicios elaborados domésticamente. De modo similar, las importaciones son las compras de bienes y servicios que residentes domésticos hacen a empresas e individuos extranjeros.
2. Estimador Mensual de Actividad Económica (EMAE): dado que las cifras del PBI se informan trimestralmente y con tres meses de atraso, resulta útil contar con alguna medida de mayor frecuencia de publicación. El Estimador Mensual de Actividad Económica mide la evolución del PBI de forma mensual.
3. Ventas Minoristas: dada su importancia en el PBI, un aumento del consumo implicará mayores ventas de las empresas y, posiblemente, también de sus ganancias y del precio de sus acciones. Una forma aproximada de medir la evolución del consumo es a través de las ventas minoristas.
En nuestro país, no existe un indicador específico sobre esta variable pero se puede aproximar la evolución del consumo mediante la consideración conjunta de los siguientes indicadores:
· Ventas de Supermercados: se confecciona a partir de una encuesta entre supermercados, relevando el importe de las ventas mensuales.
· Ventas de centros de compras: (shopping centers) consiste en una encuesta realizada a estos centros comerciales sobre el valor de sus ventas mensuales.
· Consumo de Servicios Públicos: (Indicador Sintético de Servicios Públicos) en forma también mensual, se releva el consumo de los distintos servicios (electricidad, gas y agua, transporte de pasajeros y de carga, peajes y telefonía).
Otro índice para evaluar la evolución del consumo es el Índice de Confianza del Consumidor (ICC) elaborado por la Universidad Torcuato Di Tella; consiste en una encuesta telefónica a consumidores sobre tres aspectos: cómo ven su situación personal, cómo perciben la situación macroeconómica y cuál es su disponibilidad a comprar bienes durables e inmuebles. Si los consumidores tienen menor disponibilidad a gastar, podría producirse una caída del consumo y por lo tanto del nivel de actividad. Y si esto último ocurre, se verán afectados los precios de los bonos y de las acciones.
4. Producción industrial: la industria manufacturera es un importante demandante de mano de obra y, por lo tanto, una de las principales fuentes de ingresos salariales que pueden destinarse al gasto de consumo. Asimismo, muchos de los bienes finales e insumos intermediosnecesarios para incrementar el stock de capital de la economía (inversión) son producidos por este sector.
La medición oficial del nivel de actividad de la industria manufacturera se realiza a través de un indicador conocido como Estimador Mensual Industrial (EMI), un índice que se publica mensualmente y mide el volumen físico de producción. Mientras más alto sea el crecimiento de este índice, mayor será el volumen producido, lo que puede resultar en aumentos de las ventas de las empresas. También puede implicar un aumento del empleo industrial y, en consecuencia, un aumento de la masa salarial.
5. Indicador Sintético de la Actividad de la Construcción: la construcción es un importante sector de actividad económica, por dar lugar a lo que se conoce como ”efecto multiplicador”; además de la generación de los ingresos salariales del personal ocupado, que pueden destinarse al consumo, cada nueva obra desencadena una serie de gastos que originan nuevos aumentos del nivel de actividad. La actividad de la construcción se evalúa a través del Indicador Sintético de la Actividad de la Construcción (ISAC), el cual mide la demanda de un conjunto de insumos representativos.
6. Tasa de desempleo: cuando el PBI crece, deberían observarse mayores niveles de empleo y una caída del desempleo. La tasa de desempleo mide el porcentaje de la Población Económicamente Activa que, estando sin una ocupación, la busca activamente. Si el desempleo aumenta, habría menos personas con ingresos salariales, se reduciría la cantidad de dinero que se puede destinar al gasto de consumo por parte de los individuos y familias, lo que implicaría un menor nivel de actividad.
7. Reservas Internacionales: uno de los principales activos del Banco Central de la República Argentina (BCRA) son las reservas internacionales que están constituidas por las tenencias de moneda extranjera (divisas), oro y las colocaciones en moneda extranjera. La variación de las reservas del Banco Central es un indicador relevante para las economías emergentes como Argentina. En general, se considera que mientras más elevado es su nivel, mayor será la capacidad del Banco Central para evitar subas del tipo de cambio ante aumentos de la demanda de moneda extranjera. VER RESERVAS DEL BANCO CENTRAL ACTUALMENTE. Una caída sostenida de las reservas internacionales puede señalar una menor confianza de los inversores en la estabilidad del tipo de cambio a futuro. Este tendría un impacto negativo en los precios de los bonos denominados en pesos y de las acciones.
8. Resultado fiscal y recaudación tributaria: la diferencia entre los ingresos y los gastos del sector público se conoce como resultado fiscal. Cuando los ingresos superan a los egresos se dice que hay superávit, mientras que cuando los egresos son mayores a los ingresos se registra un déficit. El principal concepto asociado con la evolución fiscal del sector público es el resultado primario, que es la diferencia entre los ingresos y los egresos totales del sector público antes del pago de intereses y el capital de la deuda. La evolución del saldo primario es un indicador importante para el mercado de bonos: si el resultado primario presenta un déficit recurrente y creciente, podría comprometer la capacidad de pago de la deuda pública y por lo tanto afectar negativamente el precio de los bonos del gobierno.
El tamaño del superávit o déficit dependerá de los ingresos del sector público, siendo el rubro más importante la recaudación de impuestos (recaudación tributaria). Si mostrará una evolución negativa durante un período de tiempo sostenido, podría impactar en forma negativa en los precios de los bonos, especialmente los que vencen en el corto plazo, por el potencial impacto sobre el saldo primario y la capacidad de pago del gobierno.
9. Depósitos del sistema bancario: un primer indicador para medir la confianza en el sistema financiero es la evolución en el tiempo de los depósitos. Otro aspecto a tener en cuenta con respecto a los depósitos bancarios es su composición por tipo de moneda. En general, un aumento de la participación de los depósitos denominados en moneda extranjera es interpretado como una señal satisfactoria respecto de la confianza de los depositantes.
También es relevante observar la composición por plazo de los depósitos. Mientras mayor sea el tiempo promedio que transcurre hasta que los depósitos vencen y pueden ser retirados por sus titulares, se puede asumir que mayor es la confianza de los depositantes.
10. Tasas de interés: al mencionar las principales variables económicas se suele hablar de la tasa de interés. Sin embargo, no existe tal concepto como “la” tasa de interés. Dependiendo del activo de que se trate tendremos distintas tasas. Entre las principales tasas de interés que sirven de referencia a los analistas e inversores podemos mencionar:
· Plazo fijo común de 30 a 44 días de plazo: esta tasa es usualmente la más representativa para inversores minoristas, y constituye un piso para el nivel de tasa de interés al que captan fondos los bancos. Puede utilizarse de forma aproximada, como uno de los indicadores de la necesidad de liquidez del sistema bancario: incrementos sucesivos de esta tasa pueden ser una señal de dificultad de los bancos por mantener depósitos o captar nuevos.
· BADLAR: es la tasa de interés promedio ponderado por monto, correspondiente a depósitos de plazo fijo de 30 a 35 días de plazo y por más de millón de pesos, constituidos en los bancos privados incluidos en una muestra de entidades de Capital y Gran Buenos Aires. Se la considera como un referente de tasa de interés variable del segmento mayorista.
· Préstamos interbancarios o tasa de “call”: es la tasa de préstamos de hasta 15 días de plazo entre bancos privados. Es informada por el BCRA y se conoce como BAIBAR.
11. Inflación: la inflación se define como el crecimiento sostenido y generalizado del nivel de precios de una economía. En cada país la inflación se mide a partir de uno o más índices de precios, como por ejemplo índices de precios al consumidor o índices de precios mayoristas.
En general, tasas de inflación, bajas y estables constituyen un entorno favorable para los precios de las acciones y de los bonos. Tasas de inflación elevadas, en cambio, pueden aumentar la percepción de riesgo de la economía y de los activos financieros, lo que afectaría negativamente a sus precios.
En este sentido, aumentos de la inflación suelen estar acompañados de incrementos de las tasas de interés. Los precios de los bonos guardan una relación inversa con los niveles de tasas de interés.
En nuestro país, existen diferentes índices para medir la evolución de los precios. Entre ellos podemos mencionar los siguientes:
· Índice de Precios al Consumidor (IPC): cubre los precios minoristas de alimentos y bebidas, atención médica y gastos de salud, educación, equipamientos y mantenimiento del hogar, esparcimiento, indumentaria, vivienda y finalmente bienes y servicios varios.
· Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM): mide la evolución de los precios de los productos de origen nacional e importado ofrecidos en el mercado interno.
· Índice de Precio al Productor (PP): refleja la evolución de los precios de productos de origen nacional exclusivamente, por lo tanto no incluye importaciones.
Si las tasas de inflación son positivas y crecientes, esto puede impactar en forma negativa en los precios de los valores negociables.
Glosario de conceptos básicos: cotización, precios, índices
 Cotización: es el valor al que se transan los activos o instrumentos financieros durante la operatoria. Existe una cotización de apertura, de cierre, máxima y mínima.
 Elementos de precio de cotización:
1. Apertura: es el precio de la primera operación del día; no siempre es igual al del cierre del día anterior.
2. Máximo: es el precio más alto que alcanzó la especie en el día.
3. Mínimo: es el menor precio alcanzado por el instrumento financiero en el día.
4. Último: es el último precio al que se compró/vendió el instrumentofinanciero en el día.
5. Precio de punta de compra: (PrC) es la cantidad de títulos demandados el MEJOR precio que los compradores están dispuestos a pagar.
6. Cantidad punta de compra: (CantC) es la cantidad de títulos demandados para comprar.
7. Precio punta de venta: (PrV) es la cantidad de títulos ofertados al MENOR precio que los vendedores están dispuestos a cobrar.
8. Cantidad punta de venta: (CantV) es la cantidad de títulos ofertados para la venta.
9. Cierre: es el precio al que se concertó la última operación del día.
10. Variación: indica la tendencia en el precio de cotización del instrumento financiero relacionado el precio último con el de cierre anterior.
11. Variación en %: indica la tendencia en el precio de cotización del instrumento financiero relacionado el precio último con el de cierre anterior expresado en términos porcentuales.
12. Volumen: es el número de activos financieros negociados en el último día en que operó.
13. Volumen negociado: es la negociación total acumulada de un instrumento financiero, la cual es igual al número de acciones negociadas por el precio.
 Precio de cotización: es el precio al que se negocia determinado activo en el mercado como producto de la interacción entre su oferta y demanda.
 Índices: es una medida estadística que se resume en un valor numérico determinado y que expresa el rendimiento de un mercado a lo largo del tiempo, en función de las variaciones de precio de la canasta de instrumentos que los conforman.
Los Índices reflejan la evolución de un paquete de títulos valores, como pueden ser un conjunto de acciones, o bien de opciones y futuros. De esta manera, se puede estar invirtiendo en varios productos a través de un solo instrumento. El índice toma el promedio ponderado de precios de los instrumentos que compongan su canasta, y este promedio es el valor del índice. De esta manera se permite a través de un solo instrumento diversificar en cierto grado el riesgo.
Índice de mercado – Sus usos y determinación
¿Qué es?
1. Es un mecanismo de información sintética de las fluctuaciones porcentuales en los precios de las acciones.
2. Es un fiel reflejo de lo que sucede en el mercado al permitir identificar la evolución, tendencia y ciclos presentados en el mercado bursátil.
3. Aporta bases y criterios de comparación en decisiones de inversión en general y en la selección de portafolios accionarios en especial.
4. Permite relacionar la existencia de situaciones económicas coyunturales con las variaciones del mercado bursátil e inferir conclusiones sobre la existencia o no de determinados factores causantes de la evolución de los precios de las acciones.
5. Es un importante indicador auxiliar en el análisis de los precios de las acciones en términos corrientes y constantes.
6. Sirve para obtener pautas sobre las condiciones en que se está desenvolviendo el mercado.
 Tipos de índices
Los índices pueden ser:
 Sin depurar: mide la variación de precio de las acciones sin importar la causa que la motivan, ya sean ajenas o propias al mercado; es decir, que solamente expresa o mide las fluctuaciones de las cotizaciones de las acciones de las empresas, sin discriminar el tipo de factores causales que las produce.
 Depurado: mide sólo las variaciones causadas por el mercado. Se calcula mediante correcciones técnicas o rectificaciones a las fórmulas básicas para aislar los factores causantes de la situación; en otras palabras, se construye o calcula tomando en consideración solamente las fluctuaciones de los precios de las acciones de las empresas que están motivadas por el propio mercado bursátil.
 Estructuración del índice
La estructuración del índice indica el número y el grupo de acciones sobre las que se calcula. Hay dos tipos:
a) De cartera total: incluye todas las acciones que cotizan en el mercado.
b) De cartera parcial: incluye una muestra específica del mercado bursátil.
 Construcción del índice
Los pasos a seguir son:
a) Selección de las acciones de la muestra – Criterios
b) Ponderación de las variaciones de cada acción – Criterios
c) Índices “ficticios” (promedios aritmético o geométrico de índices no ponderados)
d) Índices “reales” (Laspeyres, Paache, Ficher valores)
e) Bases y subíndices por sectores de actividad.
 Índices Bursátiles - Elaboración
a) De tipo Aritmético donde se utiliza la Suma y Resta simple para su cálculo, asignando una puntuación estándar a los instrumentos o empresas que son tomadas en cuenta para el cálculo del mismo, y luego realizando una sumatoria o resta simple a fin de encontrar las posibles variaciones.
b) De tipo Geométrico donde las operaciones utilizadas son la División y Multiplicación porcentual de los puntos asignados a los instrumentos y empresas seleccionadas.
c) Una combinación de ambos parámetros de medición realizando operaciones alternadas entre la aritmética y la geometría. La veracidad y objetividad de cada uno dependerá de muchos factores.
Si bien el precio de cada activo puede tener un comportamiento diferente (subir o bajar), a través de los índices es posible determinar una única dirección para el conjunto.
Con respecto al mercado de acciones, los índices son importantes porque miden para un período determinado la rentabilidad de un conjunto de empresas cotizantes, seleccionadas de acuerdo a determinados criterios. A los especialistas que administran portafolios de inversión les sirven como referencia para comparar la performance de su cartera respecto de la “cartera teórica” de activos que integran el índice.
 Los índices bursátiles del mercado argentino
Existen varios índices bursátiles en Argentina que permiten a los analistas e inversores observar la evolución del mercado en su totalidad o de un sector específico en particular.
El Mercado de Valores de Buenos Aires (Merval) calcula tres índices que reflejan el desempeño de las acciones que cotizan en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (BCBA):
· El Merval,
· El Merval Argentina (M.AR),
· El Merval 25.
A su vez, la BCBA calcula otros dos índices:
· El Burcap,
· El Nuevo Índice General de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires.
 Índice Merval: es el indicador del mercado accionario argentino más difundido por los medios de prensa, creado por el Merval con fecha base el 30 de junio de 1986. Las acciones que integran se seleccionan de acuerdo a su participación en el volumen total negociado y en el total de operaciones de los últimos 6 meses. Para asegurar la representatividad de las acciones que componen la cartera teórica del índice, se requiere que las mismas hayan registrado operaciones en al menos el 80% de las ruedas bursátiles del semestre. El valor del índice Merval representa cuánto cuesta adquirir en el mercado la totalidad de las acciones que lo componen.
 Metodología: el índice MERVAL mide el valor en pesos de una canasta teórica de acciones, seleccionadas de acuerdo a criterios que ponderan su liquidez. El índice está compuesto por una cantidad nominal fija de acciones de distintas empresas cotizantes (conocidas como
empresas líderes). A esta cantidad fija de acciones que cada firma posee en el índice se la llama cantidad teórica.
Las acciones que componen el índice MERVAL cambian cada tres (3) meses, cuando se procede a realizar el recálculo de esta cartera teórica, sobre la base de la participación en el volumen negociado y en la cantidad de operaciones de los últimos seis (6) meses. Es así como, a fin de cada trimestre se procede a realizar el cálculo de la cartera y se determina qué empresas se mantendrán, cuáles ingresarán y cuáles dejarán de formar parte del índice.
 Índice Merval Argentina (M.AR): este índice busca reflejar el comportamiento de las empresas argentinas que cotizan en la BCBA. Su metodología se basa en la del índice Merval, pero, a diferencia de este, NO incorpora a empresas cotizantes extranjeras dado que su objetivo es medir la evolución de las empresas domésticas, es decir aquellas que desarrollan sus actividades dentro de las fronteras de nuestro país. Las acciones que integran

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