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1 APUNTES SOBRE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO REGISTRACION CONTABLE CON IVA A continuación explicaremos la vinculación que existe entre las operaciones comerciales, la registración contable y el Impuesto al Valor Agregado. Sabemos que la inmensa mayoría de los negocios están alcanzados con este Impuesto. O sea que cada vez que la empresa compra mercaderías (o cualquier otro bien, o contrata un servicio) paga 2 cosas: lo que está comprando específicamente y el IVA. Viceversa: cuando la empresa vende, cobra el IVA a su cliente junto al precio de venta. Todo esto debemos incluirlo en nuestras registraciones contables. De esto trata estos apuntes ACLARACIÓN IMPORTANTE: Este Apunte no intenta ser un desarrollo profundo del IVA en cuanto Impuesto en si mismo. Todo lo contrario. En forma muy simplificada se intenta comentar exclusivamente, aquellos conceptos mínimos necesarios para poder comprender la Registración Contable del mismo. EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Consulte la Ley de Impuesto al valor agregado: http://www.mrecic.gov.ar/userfiles/ley%2023349%20IVA.pdf Lea el artículo 1 que le menciona el objeto del impuesto. Para ser muy sintéticos podríamos decir que el IVA, es un Impuesto que cobra el Estado Nacional (AFIP- DGI) a todas las operaciones de venta. Es decir que cada vez que vendemos mercaderías (u otro bien), la empresa se convierte en deudora del Estado. Este IVA lo paga el cliente, sin embargo es la empresa la responsable del efectivo ingreso del Impuesto al Estado. O sea que nace un Pasivo para la misma. Sin embargo, cuando la empresa compró las mercaderías que ahora está vendiendo, tuvo que pagar el IVA que le impusieron. En ese momento a la empresa la nació un Activo, o sea un derecho frente a la AFIP. Sencillamente la empresa cuando compra paga el Impuesto por Adelantado y por eso es un concepto de este tipo. (Recuerde: todo lo pagado por adelantado –Anticipo a proveedores, Alquileres pagados por adelantado, Seguros pagados por adelantado, etc.- son derechos que tiene la empresa, o sea que son Activos) Pasivo para la empresa: IVA DÉBITO FISCAL (artículo 11 Ley de IVA) Activo para la empresa: IVA CRÉDITO FISCAL (artículo 12 ley de IVA) VENTA COMPRA 2 Llamamos IVA- DÉBITO FISCAL a la Obligación frente a la AFIP, que nace con las ventas de mercaderías (entre otras cosas). Obviamente es una cuenta de Pasivo Llamamos IVA- CRÉDITO FISCAL al derecho frente a la AFIP, que nace con las compras de mercaderías (entre otras cosas). Ésta es una cuenta de Activo. En definitiva…. ¿cuánto paga la empresa? Este Impuesto es de liquidación mensual. Cada mes, la empresa deberá efectuar una liquidación que se llama “Posición mensual”. En ella sumamos el saldo de las dos cuentas mencionadas y los restamos entre si. Puede resultar: • IVA- CF > IVA-DF: La empresa tiene saldo a Favor • IVA- CF < IVA-DF : La empresa tiene saldo a Pagar • IVA- CF = IVA-DF: La empresa tiene saldo cero. Veremos ésto con más profundidad en el desarrollo del tema. SUJETOS DEL IVA Y TIPO DE FACTURA. De acuerdo a las leyes y a las Resoluciones de la AFIP vigentes, existen los siguientes tipos de “personas” (físicas o jurídicas) frente al Impuesto: (Ver art. 4 ley de IVA) - Responsable Inscripto (RI) - Monotributista (MT) - Sujeto Exento y no Alcanzado (Ex) - Consumidor Final. (CF) La existencia del Responsable no Inscripto está seriamente limitada hoy en el país desde la sanción de la ley 24.977 del Monotributo o Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes. En realidad, esta ley tenía como objetivo justamente intentar simplificar la estructura de obligados frente al Impuesto. El RI es sin duda lo que más nos importa acá. Esto se debe a que es el obligado directo al pago del IVA. Si bien este tema es mucho más profundo, aclaramos que fundamentalmente la diferencia existente ente un RI y un MT es una cuestión de tamaño. La máxima categoría del MT es la categoría “K” que permite para la venta de cosas muebles una facturación anual de hasta $1.050.000 (en caso de prestaciones de servicios la facturación máxima anual es de $700.000). Además no se deben ocupar mas de 200 metros cuadrados ni consumir más de 20.000 KW de electricidad, ni tener alquileres devengados de más de $126.000. Todos estos requisitos se deben dar en forma conjunta. Si el contribuyente los excediera deberá pasar a ser Responsable Inscripto. Los exentos que en principio caben en el objeto del Impuesto pero la ley los perdona (los exime) por algún motivo en particular. Las exenciones pueden ser objetivas (venta de pan, leche, remedios) o subjetivas (prestaciones realizadas por entidades religiosas, educacionales, artísticas, etc.). Ver ley de IVA: Título II artículo. Los No Gravados (o no alcanzados) son sujetos que o no caben dentro del Objeto del Impuesto Por ejemplo: los exportadores. El Consumidor Final es el único que obviamente, no emite factura aunque recibe facturas B o C según a quien le esté comprando. 3 La Resolución 3419 de la AFIP y sus modificatorias creó un sistema de facturación teniendo en cuenta esta clasificación de sujetos. Agrupándolos como veremos surgen 3 tipos de Factura (cuando decimos facturas estamos diciendo también Recibos, Notas de Crédito, Notas de Débito, etc). EMISOR RECEPTOR A RI RI B RI Monotributista Exento y no Grav. Consumidor Final C Exento y no Grav. Monotributista RI Monotributista Exento y no Grav Consumidor Final Como vemos, la Facturas A y B están reservadas al Responsable Inscripto. En cambio todos los otros sujetos emiten la factura C. Esto se puede traducir así: • las facturas A tienen IVA discriminado y B tienen IVA incluido • la factura C tiene IVA incluido pero no discriminado: si debemos imputar en nuestra empresa Responsable Inscripta, un comprobante C (por ejemplo hicimos una compra de Librería a un MT) no deberemos contabilizar un crédito fiscal por IVA alguno porque la compra se le hizo a un monotributista (MT) y en estos casos la ley no permite tomar ese IVA pagado como un crédito fiscal (como un activo) sino que deberá tomarse como mayor costo de compra del bien que se está adquiriendo puesto que no se puede recuperar el impuesto pagado. ¿Qué diferencia existe entre la factura A y la factura B? Como dijimos arriba, ambas tienen IVA. Sin embargo: - la factura A tiene el IVA discriminado ( o sea, separado, escrito, visible) - la factura B tiene el IVA incluido DESARROLLO DE EJEMPLOS Veremos a continuación los cambios fundamentales que impone el IVA en la técnica de contabilización habitual. Ejemplo 1 La empresa, RI, compra mercaderías a otro RI por $400 (+IVA). Se paga el 20% en efectivo y el resto se adeuda en cuenta corriente. (En esta operación la empresa tiene en su poder un Original de factura A) ------------ 1 ---------------- MERCADERÍAS (A/BC) 400 IVA – CREDITO FISCAL (A/OC) 84 4 A CAJA (A/CyB) 96,80 A PROVEEDORES (P/CPP) 387,20 ------------- ---------------- Cálculo: 400 x 21% = $84 / $400 + $84 = $484 $484 x 20% = 96,80.- $484 x 80% = 387,20 Ejemplo 2 Veremos qué asiento hizo la empresa vendedora de la operación mencionada en el ejemplo Suponga que el Costo de las Mercaderías Vendidas es de $320. (En esta operación la empresa tiene un duplicado de factura A) ------------ 2 ---------------- CAJA (A/CyB) 96,80 DEUDORES POR VENTAS (A/CPV) 387,20 A VENTAS (PN/RP/OO) 400 A IVA DEBITO FISCAL (P/CF) 84 ------------- ---------------- COSTO DE VENTAS (PN/RN/OO) 320 A MERCADERÍAS (A/BC) 320 ------------- ------------------ Ejemplo 3 La empresa, RI, paga en efectivo un servicio de limpieza a un Monotributista por $250.- (En esta operación la empresa tiene un original de factura C) ------------ 3 ---------------- GTOS DE LIMPIEZA (PN/RN/OO) 250 A CAJA (A/CyB)250 ------------ ------------------- Ejemplo 4 La empresa, RI, vende mercaderías a un consumidor final por $ 360 (total de la factura). Se cobra el 30% en efectivo y el resto con un cheque diferido sin interés. Costo de ventas $240. (En este caso la empresa tiene un duplicado de factura B) 5 ------------ 4 ---------------- CAJA (A/CyB) 108 VAL. DIFERIDOS A COBRAR (A/CPV) 252 A VENTAS (PN/RP/OO) 297,52 A IVA DEBITO FISCAL (P/CF) 62,48 ------------- ---------------- COSTO DE VENTAS (PN/RN/OO) 240 A MERCADERÍAS (A/BC) 240 ------------- ------------------ Cálculo: $360 = $297,52 (Este es el Precio neto, o sea sin IVA) 1,21 Esta división surge de la siguiente regla de 3 simple: 121%--------$360 100%-------- x = $360-$297,52 = $62,48 (Valor del IVA incluido en la factura) $360 x 30% = $108 $360 x 70% = $252 Ejemplo 5 La empresa paga en efectivo $120 (+IVA) por Flete de mercaderías adquiridas. (La empresa transportista es Responsable Inscripto y emite un Recibo A) ------------ 5 ---------------- MERCADERIAS (A/BC) 120 IVA- CREDITO FISCAL (A/OC) 25,20 A CAJA (A/CyB) 145,20 -------------- ----------------- 6 EL IVA EN LOS SERVICIOS Si la empresa Responsable Inscripta contrata algún servicio (Limpieza, Seguros, Celulares, Bancarios, etc) está “adquiriendo” los mismos. Por lo tanto también tiene Crédito Fiscal Ejemplo: la empresa recibe Nota de Débito Bancaria por los Gastos de Mantenimiento de la cuenta corriente en el Banco Boston de $45 (+ IVA) ------------ ---------------- GASTOS BANCARIOS (PN/RN/OO) 45 IVA CREDITO FISCAL (A/OC) 9,45 A BANCO BOSTON C/C (A/CyB) 54,45 -------------- ----------------- Exactamente lo mismo haríamos cuando contratamos cualquier otro servicio. LA POSICIÓN MENSUAL DEL IVA El IVA es un Impuesto de liquidación mensual. Ésto implica que mensualmente se hace un resumen de las dos cuentas que intervienen. Y por comparación o diferencia surgirá cuánto es el saldo del mismo. Las alternativas son, como vimos más arriba, que tengamos saldo a favor o saldo a pagar. Lo cierto es que las cuentas “IVA- Crédito Fiscal” e “IVA – Débito Fiscal” hay que saldarlas (o sea, dejarlas sin saldo a fin de cada mes) y por diferencia surgirá el saldo que corresponda. Ejemplo 1 Al final del período, el saldo de “IVA – Crédito Fiscal” es de $4.000 y de “IVA- Débito Fiscal”es de $3.200. ------------- 1 ----------------- IVA- DEBITO FISCAL (¨P/CF) 3200 IVA-SALDO A FAVOR (A/OC) 800 A IVA- CREDITO FISCAL (A/OC) 4000 ------------ ----------------- Acá surge la cuenta “IVA – Saldo a Favor” que obviamente es un Activo. O sea un derecho que tiene la empresa frente al Estado. Ejemplo 2 Al final del período, el saldo de “IVA – Crédito Fiscal” es de $2.400 y de “IVA- Débito Fiscal”es de $3.000. 7 ------------- 2 ----------------- IVA- DEBITO FISCAL (P/CF) 3000 A IVA-SALDO A PAGAR (P/CF) 600 A IVA- CREDITO FISCAL (A/OC) 2.400 ------------ ----------------- Acá surge un pasivo de la empresa para con el Estado ya que el IVA Débito es mayor que el IVA –Crédito. Su nombre es “IVA- Saldo a Pagar” RESUMEN La cuenta IVA CRÉDITO FISCAL es un Activo ya que representa un derecho frente a la AFIP por los pagos de Impuesto antes de las ventas. Su saldo es deudor - Se debita: cuando adquirimos (mercaderías u otros bienes), cuando contratamos servicios. - Se acredita: en la posición mensual del IVA. Para que la empresa tenga derecho a Crédito Fiscal debe ser Responsable Inscripta en el IVA y las operaciones deben efectuarse con otros Re sponsables Inscriptos. O sea que el Crédito Fiscal siempre viene de facturas A o dicho de otra manera, el Crédito Fiscal siempre está discriminado . En estos casos el IVA no es un costo sino un activo, un derecho a que el Estado le devuelva dicho importe o se lo compense con otros impuestos que la empresa en el futuro deba pagar. Si un RI realiza compras a otro sujeto No RI entonces no tendrá derecho al crédito fiscal, en caso de existir IVA dentro de la operación éste es un concepto no recuperable y debe reconocerse como mayor valor de compra de los bienes adquiridos. La cuenta IVA DÉBITO FISCAL es un Pasivo ya que representa una obligación frente a la AFIP cuando se ha verificado el Hecho sustancial del Impuesto. Su saldo es acreedor - Se debita: en la posición mensual del IVA - Se acredita: cuando vendemos (mercaderías, bienes de uso) o cuando prestamos servicios El Débito Fiscal puede provenir de Facturas A o B d uplicadas. Es decir de cualquier comprobante emitido por un Responsable Inscripto ge nera un débito fiscal, es decir la obligación de la empresa de transferirle ese IVA qu e cobró a sus clientes al Estado.
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